Oscar Enrique Vivanco Castro

Rut : 5.876.112-5
Comuna Detención : Conchalí
Fecha Asesinato : 16-10-1973
Comuna Asesinato : Santiago
Fecha Nacimiento : 05-09-1953
Edad : 20
Lugar Nacimiento : Conchalí
Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : Chilena

Antecedentes del Caso

Óscar Enrique Vivanco Castro, quien fue la detenido por efectivos militares y fusilado en la población La Palmilla de la comuna de Conchalí, en octubre de 1973, y cuyos restos fueron identificados en 2007 como una de las víctimas inhumadas ilegalmente en el Patio 29 del Cementerio General.

Fuente :pjud.cl

Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $400.000.000 (cuatrocientos millones de pesos) el monto de indemnización, por concepto de daño moral, que el fisco deberá pagar a la madre y hermanos de Óscar Enrique Vivanco Castro, quien fue la detenido por efectivos militares y fusilado en la población La Palmilla de la comuna de Conchalí, en octubre de 1973, y cuyos restos fueron identificados en 2007 como una de las víctimas inhumadas ilegalmente en el Patio 29 del Cementerio General.

En fallo unánime (causa rol 3.533-2022), la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Tomás Gray Gariazzo, Alejandro Aguilar Brevis y el abogado (i) Eduardo Jequier Lehuedé– confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Vigesimoprimer Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se eleva prudencialmente el montón indemnizatorio a una cifra más condigna con el dolor experimentado por los familiares de la víctima y de acuerdo a los baremos jurisprudenciales de la Corte Suprema.

“Que la indemnización del daño moral apunta a la reparación de un perjuicio que, ontológicamente, no resulta reparable desde que sus contornos no son susceptibles de cuantificación económica ni tienen un valor pecuniario determinado (sufrimiento psicológico, espiritual, emocional, incertidumbre, angustia, etc.). Su resarcimiento integral, con todo, se presenta como el camino idóneo e indispensable para compensar, económicamente al menos, el daño sufrido por la víctima directa o por repercusión. La vocación esencialmente compensatoria del daño moral o extrapatrimonial, por tanto, determina que sea precisamente en función de ese daño sufrido que deba apreciarse y fijarse el quantum resarcitorio o pretium doloris, lo que necesariamente deberá estar sustentado en la prueba producida en el proceso respecto del dolor o sufrimiento que se invoca. No se trata, por tanto, de una indemnización con fines punitivos, sino del resarcimiento de todo el daño y nada más que el daño experimentado, siendo indispensable por tanto la actividad probatoria de la parte que se dice afectada en su esfera moral”, razonan los ministros.

La resolución agrega que: “En este caso, y según se adelantó en la motivación segunda anterior, en el proceso existe prueba documental, pericial y testimonial que justifica de manera suficiente el grado de parentesco y la efectiva existencia del dolor y padecimientos que refieren los demandantes, en su calidad de madre y hermanos de don Óscar Enrique Vivanco Castro, respectivamente, con ocasión de los hechos ya mencionados”.

“Que –prosigue– para determinar prudencialmente el monto del daño moral causado, y más allá de la muy vasta y variada doctrina que puede encontrase sobre el punto, nacional y comparada, una de las herramientas orientadoras de la labor de los tribunales de justicia la constituyen los baremos que proporciona la Excma. Corte Suprema, con información estadística ajustada a parámetros objetivos que permite evitar además (al menos en parte) la disparidad de criterios ante situaciones semejantes; sin perjuicio, claro está, de la adecuación de esos parámetros al caso concreto. Como señala un autor, en efecto, ‘decisión prudencial no puede significar decisión no fundamentada o arbitraria’ (Corral T., Hernán, ‘El daño moral por muerte o lesiones en la jurisprudencia, con particular referencia a los accidentes del trabajo’, en Cuadernos de Extensión Jurídica, Nº10, Universidad de Los Andes, 2005, p. 185)”.

Para el tribunal de alzada, en la especie: “En este entendido, y revisada la baremación del daño moral en caso de muerte respecto de cada uno de los demandantes, madre, hermanas y hermano de Óscar Enrique Vivanco Castro, respectivamente, esta Corte estima indispensable elevar los montos fijados por la sentencia recurrida, en la forma que se indica en el resolutivo de este fallo. Para ello, además, se tendrá en cuenta lo informado en autos por el Instituto de Previsión Social mediante Oficio Ord. Nº 56420/2018, de 23 de noviembre de 2018, donde se indica que don Óscar Enrique Vivanco Castro no está individualizado como víctima de violación a los Derechos Humanos o de la Violencia Política, en el Informe emitido por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (Rettig) y por la Comisión sobre Prisión Política y Tortura (Valech 2011), por lo que los demandantes no han recibido beneficios de reparación de las leyes Nºs 19.123 y 19.980”.

Por tanto, se resuelve:
“1.- Que SE CONFIRMA la sentencia apelada de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, dictada por el 21° Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol N° C-26141-2018, caratulados ‘Castro con Manaud’, CON DECLARACIÓN de que se condena a la parte demandada. Fisco de Chile, a pagar la suma de $100.000.000 en favor de doña Elba del Carmen Castro Mella, madre de don Óscar Vivanco Castro; y la suma de $50.000.000 en favor de cada uno de los demandantes María del Carmen, Marco Antonio, Graciela Soledad, Jacqueline del Carmen, Rosa del Carmen y Gloria de las Mercedes, todos Vivanco Castro, en su calidad de hermanos de la mencionada víctima.
2. Que las sumas indicadas deberán reajustarse en el mismo porcentaje de alza que experimente el Índice de Precios al Consumidor desde la fecha en que este fallo se encuentre firme y ejecutoriado y la fecha de su pago efectivo, devengando intereses desde que el demandado se encuentre en mora en el pago”.

Fuente :pjud.cl 12/7/2022

Por Francisca Soto y Diego Ortiz

El caso de Bernarda Vera, quien habría sido encontrada en Argentina, aunque figuraba como detenida desaparecida, ha despertado una ola de negacionismo sobre los crímenes de la dictadura cívico-militar. Lo que se desconoce es que mientras Vera podría salir de la nómina oficial de ejecutados y desaparecidos, otros casos hasta ahora no reconocidos podrían ingresar próximamente a ese listado. José González, Ricardo San Martín, Óscar Vivanco y Ricardo de la Jara son ejemplos: los cuatro desaparecieron entre septiembre y octubre de 1973, fueron fusilados y sus cuerpos sepultados sin dejar registro en el Cementerio General. Ninguno tenía militancia. El Servicio Médico Legal los identificó entre 2017 y 2024. Sus casos –por ahora– no forman parte de las nóminas oficiales de víctimas. Estas son sus historias.

En agosto de este año, el Servicio Médico Legal (SML) anunció la identificación de los restos de José González Gutiérrez, desaparecido hace 51 años. En 2017, otros tres cadáveres fueron identificados: los de Ricardo San Martín Fuentealba, Óscar Vivanco Castro y Ricardo de la Jara Frez. Todos fueron encontrados en el Patio 29 del Cementerio General, sector utilizado durante la dictadura cívico-militar para sepultar clandestinamente a ejecutados. Fueron fusilados poco después del golpe militar. Sin embargo, no están en ninguna nómina oficial de víctimas del régimen.

El 11 de septiembre de 1973, Ricardo San Martín (26 años) dejó su casa en la población Nuevo Amanecer de Puente Alto, con dirección a la Vega Central, donde trabajaba como cargador. Esa misma mañana, José González (19) se montó en una carreta en la comuna de La Granja y salió a vender verduras. Una semana después, Óscar Vivanco (20) se despidió de su familia en Pudahuel para juntarse con amigos en un salón de pool en Conchalí. El 13 de octubre, Ricardo de la Jara (26), hijo de un detective de la Policía de Investigaciones jubilado, salió de su casa a pedido de su padre para llamar a su hermana desde el teléfono de un vecino. 

Ninguno tenía militancia. Ninguno volvió a su hogar. 

Sus nombres tampoco forman parte de los casos “no calificados” de los informes Rettig (1991) y Valech (2010-2011), denominación que se da a las denuncias de desaparición para las cuales no se logró la convicción de que habían sido víctimas de agentes del Estado. Sin embargo, ahora se sabe que sí lo fueron.

La Subsecretaría de Derechos Humanos explicó que tres de estos casos –Vivanco, González y De la Jara– no fueron denunciados formalmente a las comisiones creadas para esclarecer las violaciones de derechos humanos en dictadura. Esto, probablemente, por desconocimiento de las instancias de denuncia por parte de los familiares, quienes nunca dejaron de buscarlos, pero no lograron presentar los casos ante las comisiones Rettig o Valech . 

En cuanto a Ricardo San Martín, su madre entregó antecedentes a la Comisión Rettig, pero lo hizo fuera de plazo, siendo su denuncia desestimada por no reunir información suficiente. 

Estos cuatro ejecutados aún no integran la nómina oficial de víctimas de la dictadura, aunque esto podría cambiar. El Plan Nacional de Búsqueda (PNB) contempla la creación de un nuevo mecanismo que incorporará casos a la nómina de ejecutados por la dictadura. Esto, “siempre que se reúnan antecedentes que acrediten su condición de víctima”, explicaron desde la Subsecretaría de Derechos Humanos. Los casos de San Martín, González, Vivanco y De la Jara “pueden ser revisados para su eventual incorporación si se cumplen los requisitos técnicos y jurídicos”. Se estima que este nuevo mecanismo entrará en funcionamiento “durante el último trimestre de 2025”. 

El SML ya los reconoce como víctimas del régimen. Tras lograr identificarlos con pruebas de ADN, la entidad los incorporó al “Listado de víctimas de violación a los DD.HH. identificadas a la fecha”, registrándolos como casos “no calificados”. 

Tres de las cuatro familias de los ejecutados han interpuesto demandas por daños y perjuicios. El 21° Juzgado Civil de Santiago estableció que existió responsabilidad del Estado en la muerte de Óscar Vivanco. La demanda interpuesta por familiares de Ricardo San Martín tuvo un desenlace opuesto: el mismo juzgado estimó que, al no estar incluido en los informes Rettig o Valech, no puede ser considerado una víctima de la dictadura. La familia apeló a esta decisión. Por último, las hermanas de José González interpusieron una demanda ante el 12° Juzgado Civil, la que aún se encuentra en proceso. 

También hubo investigaciones penales para encontrar a los responsables. El Poder Judicial explicó a CIPER que las cuatro causas terminaron con sobreseimiento temporal por falta de indicios suficientes para acusar a alguien por los crímenes.

Estas no son las únicas desapariciones que están siendo revisadas por el Estado. El 10 de septiembre, un boletín del PNB informó dos casos que están siendo analizados para su recalificación: el de Luis Pino Soto, estudiante ariqueño desaparecido en 1986 y que quedó fuera del informe Rettig por un error de transcripción, por lo que se ordenó reconocer su calidad de víctima; y un caso opuesto, una detenida desaparecida que no es nombrada en el boletín, la cual habría sido vista con vida “fuera de Chile” y, por tanto, podría salir de la nómina oficial. Aquella persona fue identificada por el medio Reportea como Bernarda Vera, militante del MIR desaparecida en Neltume que viviría en Argentina. Un reportaje de Chilevisión asegura que la encontraron en aquel país, en la ciudad de Miramar. 

El exministro de Justicia y actual encargado de la cartera de Seguridad Pública, Luis Cordero, explicó que los nuevos hallazgos en el caso de Vera fueron fruto del trabajo del PNB. Después de detectar incongruencias, el Estado realizó diligencias ante entidades argentinas y también suecas, país por el que habría pasado Vera. Estos antecedentes servirán para determinar la recalificación de su caso. 

En el punto de prensa, el ministro Cordero adelantó la existencia de casos no reconocidos de desaparecidos en dictadura: “Hay muchas víctimas no calificadas, o que sus calificaciones fueron rechazadas en el contexto de la comisión de verdad, y que luego (…) se ha podido identificar que hay errores”. 

CIPER consultó a la Subsecretaría de Derechos Humanos por la existencia de otros casos de ejecutados por el régimen de Pinochet –como González, San Martín, Vivanco y De la Jara– que no han sido reconocidos formalmente. La entidad afirmó: “Sí, existen otros casos identificados en procesos de revisión de protocolos históricos, debido a los avances tecnológicos, pero que no estaban calificados como víctimas”. Según explicaron, el PNB trabaja para identificar casos, “analizar la evidencia y presentarlos ante instancias correspondientes para su identificación y futura incorporación en la nómina oficial”.

 

JOSÉ GONZÁLEZ GUTIÉRREZ

La mañana del 11 de septiembre de 1973, José González se montó en una carreta tirada por caballos junto a un amigo y salió de su casa en La Granja para vender verduras. Tenía 19 años. Esa fue la última vez que su familia lo vio, según se puede leer en una demanda por daños y perjuicios interpuesta por sus hermanas el año pasado.

De acuerdo con el escrito, días después de perderle la pista a José, su madre escuchó rumores de sus vecinos, quienes le señalaron que su hijo había sido asesinado por los militares. Con ese dato, Gumercinda Gutiérrez fue a hospitales e incluso a la morgue. La incógnita sobre el paradero de José permaneció por 49 años.

Producto de los avances tecnológicos, se encontraron coincidencias dactilares en autopsias realizadas a cuerpos NN en el año 1973. Así, el SML logró dar preliminarmente con la identidad de José González. Su familia fue contactada en septiembre de 2022 y, tras la realización de muestras sanguíneas a sus hermanas, se ratificó su identidad en enero de 2024. Tres meses después, se inició una causa para determinar los responsables del asesinato de José, la cual fue sobreseída temporalmente en abril de 2025 por falta de indicios para acusar a alguien. Según el informe forense, la causa de muerte fue un traumatismo cráneo-facial y torácico por proyectiles de arma de fuego. 

Las hermanas de José –según documentos presentados a la justicia civil en la demanda– lo recuerdan como una persona cariñosa y trabajadora, quien las llevaba al colegio y les regalaba dulces. En una familia que tuvo 14 hijos, José es descrito como esforzado y responsable: a sus 19 años, vendía verduras para alimentar a sus hermanos. 

Su madre, Gumercinda, falleció antes de que se devolvieran los restos a su familia. Ambos yacen juntos en el Cementerio General. Sus hijas aseguran que nunca perdió la esperanza de que estuviera vivo.

 

ÓSCAR VIVANCO CASTRO

12 de septiembre de 1973, un día después del golpe militar. A sus 20 años, Óscar Vivanco salió a jugar pool. No tenía interés en política, así que lo ocurrido el día anterior no impidió que dejara su casa en Pudahuel para volver a Conchalí, la comuna donde vivió su infancia y donde estaban sus amistades. 

Pasaron los días y su familia, en principio, creyó que se había quedado en la casa de algún conocido. Cuando ya habían pasado dos semanas, Elba Castro, madre de Óscar, decidió ir a Conchalí a buscarlo. No estaba en ninguna parte. 

Meses después, Elba se encontró en una micro con uno de los amigos de su hijo, a quien apodaban “El Burro”. Él sabía el destino de su hijo. Lo vio con sus propios ojos: Óscar había sido detenido durante la noche, en pleno toque de queda, y posteriormente fusilado por la espalda en la población La Palmilla. Asustado, “El Burro” huyó del lugar. Al día siguiente volvió, pero el cuerpo ya no estaba. 

Con esta información, Elba Castro acudió al SML, a hospitales y a la cárcel, pero no encontró a su hijo. También fue al local de pool, pero, según testificó ante la PDI, el locatario no habló, ya que no quería tener problemas con los militares.

2014. 41 años después, personal de la brigada de Derechos Humanos de la PDI llamó a la puerta de la casa de la familia Vivanco Castro. Los restos de Óscar habían sido encontrados en el Patio 29 del Cementerio General. Recién se confirmó su identificación en 2017, después de un análisis genético. 

Al recibir los restos de su hermano, cuenta Jacqueline Vivanco, se enteraron de que habían sido previamente entregados a otra familia, con el nombre de otro fallecido. Según el informe del SML, los restos estaban enterrados en Malloco y tuvieron que ser nuevamente exhumados y periciados para confirmar que, en realidad, correspondían a Óscar. 

La muerte de Vivanco se produjo por heridas de bala en el cráneo y en el área abdominal. Tal como relató “El Burro”. 

En 2016, María y Marco Vivanco presentaron una querella por el homicidio de su hermano. En octubre de 2017, en el 34° Juzgado del Crimen, el ministro en visita Mario Carroza emitió sentencia, en donde confirmó la participación de terceros en la muerte, pero concluyó que “no es posible individualizar a persona determinada a quien pueda atribuírsele participación precisa y concreta en los hechos”. La causa fue sobreseída temporalmente. 

Jacqueline tenía 7 años cuando Óscar desapareció. “Yo me sentaba en las piernas de él cuando llegaba. Era cariñoso con nosotros. A él no le gustaba que saliéramos a la calle, no le gustaba que anduviéramos a pie pelado. Nos pasaba plata o nos traía dulces”, rememora. 

 

RICARDO DE LA JARA

Óscar de la Jara, padre de Ricardo, estaba en contra del gobierno de Salvador Allende. Jubilado de la Policía de Investigaciones, era de derecha y para el 13 de octubre de 1973 estaba contento con el golpe de Estado. Ese día todo cambió.

“Cuando desapareció su hijo y no lo vio más, se dividió. Para nosotros se acabó la infancia y quedamos para siempre con miedo. A él se le acabó la felicidad”, recuerda Magdalena de la Jara, hermana de Ricardo, quién tenía 10 años cuando se le perdió el rastro. 

La desesperación invadió a su padre, un hombre reservado y compuesto que rara vez perdía la calma. Por su trabajo como detective, Óscar pudo recorrer comisarías, hablar con detectives, carabineros y militares.

Ricardo no figuraba en ningún listado. Ni por aquellos meses de 1973 en que su padre recorrió todas las comisarías de Santiago, ni en los 52 años posteriores a su desaparición. 

Magdalena no recuerda con exactitud qué pasó el día en que no lo vieron más, pero guarda consigo un texto donde se narran los hechos, escrito por su padre. Óscar lo redactó para que así la memoria no lo traicionara en caso de que alguien retomara la búsqueda de su hijo: 

Salió de la casa al domicilio de su amigo Ricardo Bórquez, a media cuadra de distancia, con el objetivo de hablar por teléfono con mi hija María”, dice el escrito de Óscar de la Jara. Su hijo volvió a los tres minutos, contando que no le contestaron, por lo que su padre le pasó “una libretita de direcciones para que llamara a una señora vecina [de su hermana], de cuyo segundo viaje no llegó a la casa de su amigo ni a la nuestra hasta el día de hoy”. Ricardo, afirma su padre, “era un niño grande, honrado y sin malicia”.

La familia, vecinos y amigos de Ricardo buscaron por todos lados, sin éxito. No había pistas sobre su paradero. 

Es la primera vez en mi vida que me sentí impotente para luchar por algo, especialmente por algo tan querido como un hijo”, apunta en el escrito, y confiesa: “No quiero recordar el sufrimiento de su madre y hermanos hasta la fecha, donde todos eran mudos, sordos y ciegos; y antes de contestar se miraban con el miedo retratado en sus rostros”. 

Solo nos quedaba el consuelo de que en esta vida alguien no se puede perder en un trayecto tan corto y a plena luz del día, todavía a un mes después del 11 de septiembre de 1973, cuando ya había tranquilidad en esas poblaciones, donde vive la mayoría del personal de servicio de las fuerzas armadas o exfuncionarios de las mismas”, cierra Óscar su carta. Vivían en la Población de Carabineros de Macul.

Ricardo de la Jara fue exhumado desde el Patio 29 del Cementerio General e identificado en 2017. Según su certificado de defunción, murió a causa de múltiples impactos de bala. Una investigación penal fue abierta en agosto de 2017 para dar con los responsables de su fusilamiento, siendo sobreseída temporalmente en junio de 2018.

Magdalena de la Jara tiene una petición: “Quiero que todos sepan que mi hermano existió, que fue una persona de carne y hueso, que fue un ciudadano de este país”. Aún quiere saber por qué lo mataron, pero está tranquila. Antes de morir, su padre le hizo prometerle que lo traería “de vuelta a casa”. Hoy, los restos de Ricardo están sepultados, esta vez, junto a su padre. 

 

RICARDO SAN MARTÍN

Ricardo San Martín tenía 26 años al momento del Golpe de Estado. Se desempeñaba como cargador en la Vega Central. Ese día salió a trabajar. Su madre, preocupada, lo quiso disuadir, pero sus intentos fueron en vano. “Si yo hubiese estado ese día, yo sé que a mi hermano no le habría pasado nada, porque él me hacía caso”, lamenta hoy Edith San Martín, su hermana. Recuerda que unas semanas antes del golpe, Ricardo pudo conocer a su primer sobrino, el hijo de Edith.

Aquel lunes 11 de septiembre de 1973, San Martín partió desde su casa, ubicada en Puente Alto, a trabajar a la Vega Central. Nunca más volvió.

Ante su desaparición, Manuela Fuentealba, su madre, partió a la Vega, donde le señalaron que su hijo había sido detenido junto a otros trabajadores, según testificó Edith ante el SML. Su madre lo buscó en hospitales, cárceles y en el mismo servicio, pero no logró dar con él.

Lo que la familia San Martin desconoció por casi 40 años era que la autopsia de Ricardo se realizó en noviembre del año 1973, rotulada como un cuerpo sin identificar. Su causa de muerte, según el informe forense, fueron heridas de bala en el cráneo y tórax. Fue sepultado, como un NN, en el Patio 29 del Cementerio General. 

En 1991 sus restos fueron exhumados y periciados por el SML, pero siguió sin poder ser identificado.

Sin saber aún del paradero de Ricardo, tras el retorno a la democracia la familia San Martín se enteró de la Comisión Valech, donde asistieron para presentar antecedentes. Pero, señaló su familia, estaban fuera de plazo, además de que los datos que poseían sobre su desaparición eran muy escasos. “Así, el caso de Ricardo no fue investigado mayormente, quedando su familia sin mayores respuestas respecto a lo ocurrido el día en que habría sido detenido”, señala un informe del SML. 

En junio de 2014, el SML logró realizar la primera identificación de Ricardo mediante registro de huellas dactilares que se tomaron en 1973. Luego se solicitaron muestras sanguíneas a los familiares. En junio de 2017 se ratificó la identificación y se entregaron sus restos. Ese mismo año se inició la investigación por su ejecución.

Según se explica en un documento emitido por la ministra en visita extraordinaria, Paola Plaza, la causa terminó sobreseída temporalmente en julio de 2018 por no haber indicios suficientes para acusar a alguien.

Edith lamenta no tener una foto de Ricardo, aunque asegura recordarlo. “Era de tez blanquita, gordito, no era tan alto. La gente antigua no era de foto. Nosotros no tenemos ni una foto de él, nada”.

Fuente :Ciperchile 2/10/2025

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Ultima Actualización : 06/10/2025