Gilberto de las Mercedes Victoriano Veloso

Rut : 8.715.584-6
Fecha Asesinato : 01-07-1985
Comuna Asesinato : Santiago
Fecha Nacimiento : 08-02-1950
Edad : 35
Partido Político : Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR)
Oficio o Profesión : Empleado
Nacionalidad : Chilena

Antecedentes del Caso

Gilberto de las Mercedes VICTORIANO VELOSO

El 1° de julio de 1985 falleció Gilberto de las Mercedes VICTORIANO VELOSO, egresado de Servicio Social, militante del PC.

                                      Oficialmente se informó que "El 1° de julio de 1985, dos individuos que eran seguidos por un grupo operativo de la CNI, se enfrentaron con fuerzas de seguridad en un intenso tiroteo que se inició a las 10:05 horas de la mañana en la intersección de las Avenidas Los Morros y Alejandro Guzmán, a la altura del Paradero 31 de la Gran Avenida. Uno de los sujetos resultó gravemente herido y falleció en el trayecto al Hospital Barros Luco, quien fue identificado como Gilberto Victoriano Veloso; el otro, Pablo Yuri Guerrero González, quedó con lesiones de mediana gravedad."

                                    Esta versión está en contradicción con la narrada por un testigo presencial a esta Comisión que indica que a como a las 09:45 horas de ese día, llegó al sector en donde se produjeron los hechos un numeroso contingente de civiles armados.  En ese momento vio a la víctima que corría perseguido por varios sujetos armados.  Esta, dándose cuenta que no tenía escapatoria, hizo dos disparos, los que fueron respondidos con ráfagas de metralleta. Los efectivos de la CNI le gritaron que desistiera, ante lo cual tiró su arma al suelo, momento en el cual lo acribillaron.

                                    Considerando lo anterior, más otros antecedentes reunidos, la Comisión ha llegado a la convicción de que la víctima fue ejecutada por efectivos de la CNI, siendo su muerte una violación a los derechos humanos de responsabilidad de agentes estatales.

 

 

Fuente :(Informe Rettig)  

Prensa

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, sometió a proceso y ordenó la prisión preventiva de cinco agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad el homicidio calificado de Gilberto de las Mercedes Victoriano Veloso, ilícito perpetrado el 1 de julio de 1985. La víctima tenía 35 años de edad, era originario de la Comuna de Chiguayante, militante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), que por sus tareas de Resistencia se había trasladado a Santiago en donde trabajaba como taxista.

En la resolución, dictada el martes 9 de junio recién pasado, la ministra Cifuentes encausó a los oficiales de ejército: Hugo Iván Salas Wenzel, vice director nacional de CNI a la época de los hechos, y Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, jefe de la división antisubversiva del aparato represivo; y a los agentes Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca (alias "Mono Akito"), Pedro del Carmen Mora Herrera (alias "Rascabuche") y Germán Lisandro Sanhueza Figueroa, los tres empleados civiles y agentes de la Brigada Verde de la división antisubversiva de CNI, como responsables directos del homicidio ocurrido en calle Alejandro Guzmán N° 348, frente a la casa D, de la comuna de La Cisterna. La Brigada Verde era el grupo especializado en la represión al FPMR y al PC.

Los hechos

Según los antecedentes recopilados en la etapa investigativa, la magistrada logró dar por establecida la siguiente secuencia de hechos:

a) Que el día 1 de julio de 1985, alrededor de las 10:00 horas, Gilberto de las Mercedes Victoriano Veloso y Pablo Jury Guerrero González, integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, llegaron a la avenida Los Morros de la comuna de La Cisterna, en un automóvil marca Renault, de color rojo, patente FR 1624 y se estacionaron en las inmediaciones de la panadería situada en el N° 10.243 de la referida avenida.

b) Que, acto seguido, Pablo Guerrero González se dirigió al departamento 21 del edificio de avenida Los Morros N° 10.280, quedando Gilberto Victoriano Veloso al interior del vehículo.

c) Que, momentos después, Guerrero González fue interceptado por agentes de la Brigada Verde de la Central Nacional de Informaciones que, previamente alertados de su arribo al lugar, lo esperaba frente al departamento indicado, quienes dispararon en su contra y lograron detenerlo en avenida Los Morros, a metros del automóvil en que se movilizaba.

d) Que, luego, los citados agentes se dirigieron hacia el sitio en que se encontraba Gilberto Victoriano Veloso, quien, al percatarse de su presencia, huyó hacia calle Alejandro Guzmán, produciéndose un intercambio de disparos.

e) Que Victoriano Veloso ingresó al pasaje sin salida signado con el N° 348 de calle Alejandro Guzmán y, frente a la casa D, al verse acorralado, lanzó al suelo el arma de fuego que portaba y levantó las manos en señal de rendición.

f) Que, en ese instante, los agentes Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca, Pedro del Carmen Mora Herrera y Germán Lisandro Sanhueza Figueroa dispararon en contra de Gilberto Victoriano Veloso, quien se encontraba indefenso, causándole múltiples heridas, que le provocaron la muerte.

Fuente :resumen.cl, 14 de Junio 2015

En el fallo (causa rol 38-2010), la ministra en visita condenó a Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, Juan Eduardo Rubilar Ottone, Pedro Javier Guzmán Olivares, Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca y Pedro del Carmen Mora Herrera a las penas de cumplimiento efectivo de 10 años y un día y 5 años de presidio, en calidad de autores de los delitos de homicidio calificado y aplicación de tormentos causando lesiones graves, respectivamente.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a seis agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en los delitos consumados de homicidio calificado de Gilberto de las Mercedes Victoriano Veloso y aplicación de tormentos causando lesiones graves a Pablo Jury Guerrero González. Ilícitos cometidos en julio de 1985, en las comunas de La Cisterna y Santiago, respectivamente.

En el fallo (causa rol 38-2010), la ministra en visita condenó a Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, Juan Eduardo Rubilar Ottone, Pedro Javier Guzmán Olivares, Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca y Pedro del Carmen Mora Herrera a las penas de cumplimiento efectivo de 10 años y un día y 5 años de presidio, en calidad de autores de los delitos de homicidio calificado y aplicación de tormentos causando lesiones graves, respectivamente.

En tanto, Germán Lisandro Sanhueza Figueroa y Carlos Enrique Altamirano deberán purgar 10 años y 5 años de presidio, en calidad de autores de los delitos de homicidio calificado y aplicación de tormentos causando lesiones graves, respectivamente.

Brigada Verde

En la resolución, la ministra Cifuentes Alarcón dio por establecidos los siguientes hechos:

1° Que el día 1 de julio de 1985, alrededor de las 10:00 horas, Gilberto de las Mercedes Victoriano Veloso y Pablo Jury Guerrero González, integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, llegaron a la avenida Los Morros de la comuna de La Cisterna, en un automóvil marca Renault, de propiedad del último de los mencionados y se estacionaron frente a la panadería situada en el N° 10.243 de la referida avenida.

2° Que, acto seguido, Pablo Guerrero González se dirigió a un departamento ubicado en el segundo piso del edificio de avenida Los Morros N° 10.280, quedando Gilberto Victoriano Veloso al interior del vehículo.

3° Que, momentos después, Guerrero González fue interceptado por un equipo de la Brigada Verde de la Unidad Antisubversiva ‘Bernardo O´Higgins’ de la Central Nacional de Informaciones, integrado por los agentes Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca, Pedro del Carmen Mora Herrera, Germán Lisandro Sanhueza Figueroa y Carlos Enrique Altamirano Cea, quienes, previamente alertados de su arribo al lugar, lo esperaban en las inmediaciones del departamento indicado, logrando detenerlo en avenida Los Morros, a metros del automóvil en que se movilizaba.

4° Que, luego, los agentes Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca, Pedro del Carmen Mora Herrera y Germán Lisandro Sanhueza Figueroa se dirigieron hacia el sitio en que se encontraba Gilberto Victoriano Veloso, quien, al percatarse de su presencia, huyó hacia calle Alejandro Guzmán, produciéndose un intercambio de disparos.

5° Que Victoriano Veloso ingresó a un pasaje interior, sin salida, situado en calle Alejandro Guzmán N° 348 y, frente a la casa D, al verse acorralado, lanzó al suelo el arma de fuego que portaba y levantó las manos en señal de rendición.

6° Que, en ese instante, los agentes Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca, Pedro del Carmen Mora Herrera y Germán Lisandro Sanhueza Figueroa dispararon en contra de Gilberto Victoriano Veloso, quien se encontraba indefenso, causándole múltiples heridas que le provocaron la muerte.

7° Que, luego de ocurridos los hechos que terminaron con la muerte de Gilberto de las Mercedes Victoriano Veloso, los agentes Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca, Pedro del Carmen Mora Herrera y Carlos Enrique Altamirano Cea, de nombre operativo ‘Ernesto Reyes Romo’, ‘Raúl Navarro Rivera’ y ‘Freddy González Riquelme’, respectivamente, trasladaron al detenido Guerrero González al cuartel Borgoño, ubicado en la comuna de Santiago, sitio en que operaba la Brigada Verde de la Unidad Antisubversiva ‘Bernardo O’Higgins’ de la Central Nacional de Informaciones, lugar en que, después de identificarlo, lo obligaron a desnudarse y vestirse con un mameluco de mezclilla y zapatillas y lo encerraron en una dependencia, manteniéndolo en ese recinto durante tres días, período en que fue sometido de manera reiterada a interrogatorios y apremios ilegítimos, puntualmente, aplicación de electricidad y golpes de gran energía en diversas partes del cuerpo, inmersión en una tina con agua en la que le sumergían la cabeza hasta que le faltara el aire y amenazas contra su vida, lo que le provocó lesiones físicas graves, tales como luxo fractura cervical de C2 y C3, fractura de las costillas 8ª, 9ª, 10ª y 11ª derechas y secuelas psicológicas crónicas.

8° Que, el día 1 de julio de 1985, Marco Antonio Guerrero González, hermano de Pablo Jury Guerrero González, interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones Presidente Aguirre Cerda, cuestionando la legalidad de la detención de su hermano y, en el curso de la tramitación del referido recurso de amparo, dicho tribunal ordenó que el detenido Pablo Guerrero González fuera trasladado el día 4 de julio de 1985, en horas de la mañana, a dependencias de la Corte de Apelaciones Presidente Aguirre Cerda, con el fin de constatar su estado, ocasión en que se le interrogó e hizo un reconocimiento médico por un facultativo del Servicio Médico Legal, disponiéndose, a raíz de lo relatado por el detenido y las lesiones constatadas, la internación inmediata de este en la Posta de Urgencia del Hospital Barros Luco.

9° Que, en ese tiempo, la Central Nacional de Informaciones (CNI) se encontraba a cargo de dos oficiales del Ejército de Chile, el mayor general Humberto Gordon Rubio –en calidad de director- y el brigadier general Hugo Salas Wenzel –en calidad de subdirector–, ambos fallecidos.

10° Que, en el período indicado, la citada Unidad Antisubversiva ‘Bernardo O’Higgins’ de la Central Nacional de Informaciones estaba a cargo del mayor de Ejército Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y la Brigada Verde, dependiente de la Unidad Antisubversiva ‘Bernardo O’Higgins’, que se ocupaba de la represión del Partido Comunista y del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, bajo el mando del capitán de Ejército Juan Eduardo Rubilar Ottone –en calidad de jefe– y el capitán de Ejército Pedro Javier Guzmán Olivares –como subjefe–”.

En el ámbito civil, la sentencia condenó al fisco a pagar una indemnización total de $340.000.000 por concepto de daño moral, a la cónyuge e hijos de Victoriano Veloso. En tanto, la víctima directa Guerrero González recibirá una indemnización de $100.000.000 por concepto de daño moral.

Fuente :pdju.cl, 3 de Octubre 2024

GILBERTO DE LAS MERCEDES VICTORIANO VELOSO

El 1de julio de 1985 fue asesinado Gilberto con 35 años de edad, egresado de la carrera de Servicio Social, militante del FPMR.

Oficialmente se informó que "El 1? de julio de 1985, dos individuos que eran seguidos por un grupo operativo de la CNI, se enfrentaron con fuerzas de seguridad en un intenso tiroteo que se inició a las 10:05 horas de la mañana en la intersección de las Avenidas Los Morros y Alejandro Guzmán, a la altura del Paradero 31 de la Gran Avenida. Uno de los sujetos resultó gravemente herido y falleció en el trayecto al Hospital Barros Luco, quien fue identificado como Gilberto Victoriano Veloso; el otro, Pablo Yuri Guerrero González, quedó con lesiones de mediana gravedad."

Esta versión está en contradicción con la narrada por un testigo presencial, que indica que como a las 09:45 horas de ese día, llegó al sector en donde se produjeron los hechos un numeroso contingente de civiles armados. En ese momento vio al compañero que corría perseguido por varios sujetos armados. El compañero Victoriano dándose cuenta que no tenía escapatoria, hizo dos disparos, los que fueron respondidos con ráfagas de metralleta. Los efectivos de la CNI le gritaron que desistiera, ante lo cual tiró su arma al suelo, momento en el cual lo acribillaron.

Hermano Gilberto Victoriano Veloso, nuestro Colectivo de Familiares y amigos rinde a ti un homenaje por tu valentía y compromiso revolucionario.

HONOR Y GLORIA A TI HERMANO Y COMPAÑERO

Fuente :colectivo de familias de rodriguistas caídos

"De los quince casos, casi la mitad (siete) eran mujeres. Cuatro se encontraban embarazadas en el momento de su secuestro o ejecución. Del total de víctimas, sus edades iban entre los 19 y los 35 años y 13 eran menores de 29 años", detalló la rectora Marisol Durán Santis en la ceremonia que conmemeró 42 años de historia de la universidad.

Con la participación del presidente de la República, Gabriel Boric, y en el contexto de la conmemoración del 42 aniversario de nuestra casa de estudios superiores, se inauguró en su casa central el Patio de la Memoria con un memorial en reconocimiento de las y los estudiantes y profesionales que fueron víctimas de la violación a los derechos humanos en la dictadura cívico–militar.

Sus nombres fueron leídos en su discurso por el primer mandatario. La rectora UTEM, Marisol Durán Santis, detalló: “De los 15 casos, casi la mitad (siete) eran mujeres. Cuatro se encontraban embarazadas en el momento de su secuestro o ejecución. Del total de víctimas, sus edades iban entre los 19 y los 35 años y 13 eran menores de 29 años. Siete se encontraban estudiando al momento que fueron víctimas de la represión o estaban con los estudios interrumpidos en forma temporal, y otros ocho ya se habían titulado o estaban en calidad de egresados. Cuatro casos corresponden a ejecución política y 11 son víctimas de desaparición forzada”.

Del total de quince casos, dos fueron parte del Instituto Profesional de Santiago (IPS), la primera denominación de la Casa de Estudios luego de que se formara esta institución en 1981 a partir de la separación de la Universidad de Chile de su Academia de Estudios Tecnológicos y de unidades académicas como la Escuela de Trabajo Social. Trece eran estudiantes o profesionales egresados de esta entidad académica.

A continuación, detallamos quiénes fueron esas víctimas que ya forman parte de la memoria histórica de la comunidad universitaria de la UTEM.

1. Luis Jorge Almonacid Dumenes. Estudiante de Trabajo Social. Tenía 22 años cuando fue detenido el 16 de septiembre de 1973 por efectivos de Carabineros que lo trasladaron a la Comisaría de Padre Las Casas, lo torturaron y mantuvieron con pies descalzos y sin comida. Fue trasladado al Regimiento Tucapel de Temuco, en donde fue nuevamente apremiado, esta vez con corriente eléctrica. Fue trasladado a la Cárcel de Temuco permaneciendo hasta el 24 de septiembre, cuando fue sacado por una patrulla policial. Detenido Desaparecido.

2. Segundo Norton Flores Antivilo. Trabajador Social. Tenía 25 años cuando fue detenido el 1 de octubre de 1973 en su domicilio en María Elena. Fue trasladado a Tocopilla y a la cárcel de Antofagasta. El 19 de octubre 1973 fue fusilado por efectivos del Ejército, en el marco de las acciones de la llamada “Caravana de la Muerte”. Hasta el Golpe de Estado era Asistente Social de la empresa estatal Sociedad Química Minera (Soquimich). Ejecutado Político.

3. Juan Ernesto Ibarra Toledo. Estudiante de Trabajo Social. Tenía 21 años cuando la DINA lo secuestró el 25 de julio de 1974. Fue recluido en los recintos de la DINA en Londres 38 y “La Venda Sexy”. El 30 de abril, en el marco de la intervención militar de la Universidad, se le había imputado ejecutar “actos atentatorios a la convivencia normal de la comunidad universitaria”. Detenido Desaparecido.

4. Maria Cecilia Labrín Saso. Trabajadora Social. 25 años al momento de su secuestro, que fue perpetrado por la DINA el 12 de agosto de 1974. Se encontraba embarazada. Desde la Escuela, participó en la Reforma Universitaria y luego se desempeñó como ayudante en la carrera. Estuvo recluida en el centro de detención de Londres 38. Detenida Desaparecida.

5. Jacqueline del Carmen Binfa ContrerasEstudiante de Trabajo Social. 28 años al momento de su secuestro, realizado por la DINA el 27 de agosto de 1974. Fue detenida por primera vez en octubre de 1973. Fue torturada en los centros de detención de José Domingo Cañas y Cuatro Álamos. Su nombre se incluyó en la maniobra e desinformación conocida como la “Operación Colombo”. Detenida Desaparecida.

6. Jacqueline Paulette Drouilly Yurich. Estudiante de Trabajo Social. 24 años al momento de su secuestro, perpetrado por la DINA el 30 de octubre de 1974. Se encontraba embarazada. Fue vista por última vez en el “Cuartel Terranova”, como se denominaba a Villa Grimaldi, y su nombre fue incluido en la llamada “Operación Colombo”. Detenida Desaparecida.

7. José Alberto Salazar Aguilera. Ex estudiante de Trabajo Social. Tenía 23 años cuando fue secuestrado por el Servicio de Inteligencia de la Armada el 22 de noviembre de 1974. Fue recluido en el Cuartel Silva Palma de Valparaíso. En el marco de un intento de fuga, resultó víctima de impactos de bala. Fue internado en el Hospital Naval y luego trasladado otra vez al cuartel hasta marzo de 1975, cuando fue entregado a la DINA. Detenido Desaparecido.

8. María Teresa Bustillos Cereceda. Estudiante de Trabajo Social. Tenía 24 años cuando fue secuestrada por la DINA el 9 de diciembre de 1974. El lunes siguiente a su arresto debía dar su último examen académico. Su madre enfrentaba una enfermedad incurable, siendo María Teresa quien había asumido los cuidados. Su padre, al conocer la desaparición de su hija, sufrió un ataque de hemiplegia que lo dejó paralizado hasta su muerte. Fue recluida en Villa Grimaldi. Su nombre fue incluido en la “Operación Colombo”. Detenida Desaparecida.

9. Alfredo Gabriel García Vega. Egresado de Trabajo Social. Tenía 30 años cuando la DINA lo secuestró en Viña del Mar el 18 de enero de 1975. Fue recluido en el Regimiento Maipo de Playa Ancha, en la ciudad de Valparaíso, y luego fue trasladado a “Villa Grimaldi”, donde permaneció aislado en “La Torre”. Detenido Desaparecido.

10. José Ernesto Agurto Arce. Trabajador Social. 27 años al momento de su secuestro, que fue realizado por la DINA el 1 de febrero de 1975. Hasta el Golpe de Estado, estuvo a cargo del Departamento de Asuntos Estudiantiles de la Universidad del Norte en Antofagasta. Detenido Desaparecido.

11. Modesta Carolina del Carmen Wiff Sepúlveda. Trabajadora Social. Tenía 34 años cuando fue secuestrada por la DINA el 25 de junio de 1975. En el marco del operativo de su captura, los agentes interrogaron a su hija de 9 años. Fue recluida en Villa Grimaldi. El secuestro fue parte de una acción contra la conducción clandestina del Partido Socialista, integrada por Exequiel Ponce, el diputado Carlos Lorca y Ricardo Lagos Salinas, entre otros. Detenida Desaparecida.

12. Elizabeth Mercedes Rekas Urra. Trabajadora Social. Tenía 27 años para el momento que fue secuestrada por la DINA, el 26 de mayo de 1976, en Alameda con Lord Cochrane, junto a su esposo Antonio Elizoldo Ormaechea. Se encontraba embarazada. Trabaja en el ejercicio de su disciplina profesional en el Metro. Detenida Desaparecida.

13. Julieta Sonia Valencia Huerta. Trabajadora Social. Con otras dos personas fue ejecutada el 31 de diciembre de 1977 en Coquimbo. Las víctimas fueron introducidas por agentes de la DINA en una vivienda, estando maniatadas y con signos de haber sido torturadas. Luego de ser dejadas en el lugar, se produjo una explosión. En el momento de su asesinato, estaba embarazada. Ejecutada Política.

14. Gilberto de las Mercedes Victoriano Veloso. Egresado de Trabajo Social en el Instituto Profesional de Santiago (IPS). Tenía 35 años cuando fue asesinado por la CNI en un falso enfrentamiento el 1 de julio de 1985, ocurrido a la altura del Paradero 31 de la Gran Avenida. En el lugar fue gravemente herido y falleció en el trayecto al Hospital Barros Luco. Ejecutado Político.

15. Ronald William Wood Gwiazdon. Estudiante de Auditoría del Instituto Profesional de Santiago (IPS). Tenía 19 años cuando fue acribillado por una patrulla militar en el Puente Loreto, el 20 de mayo de 1986, mientras que participaba en movilizaciones estudiantil con motivo de la realización de la Asamblea Parlamentaria Internacional por la Democracia. Falleció tres días más tarde a causa de un “traumatismo cráneo encefálico por disparos de arma de fuego”. La Universidad le otorgó un título póstumo en noviembre de 2018.

Ahora, el Puente Loreto pasará a denominarse Puente Ronald Wood.

* Texto escrito por Víctor Osorio Reyes, Coordinador del Programa de Derechos Humanos y Ciudadanía de la UTEM y Director de Relaciones Nacionales e Internacionales.

Fuente :noticias.utem.cl 1/9/2023

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Ultima Actualización : 11/08/2025