José Segundo Veloso Araya

Rut : 5.292.467-7
Fecha Asesinato : 18-09-1973
Comuna Asesinato : Valdivia
Fecha Nacimiento : 09-02-1930
Edad : 43
Oficio o Profesión : Carpintero
Nacionalidad : Chilena

Antecedentes del Caso

José Segundo VELOSO ARAYA

  Valdivia

                                    El 18 de septiembre de 1973 muere José Segundo VELOSO ARAYA por "un disparo de proyectil efectuado con arma de fuego de gran calibre y a relativa corta distancia por un tercero ", según señala el protocolo de autopsia. 

                                    El 22 de septiembre de 1973 muere Benjamín BUSTOS MORALES, 24 años, soltero y militante del Partido Comunista.  El protocolo de autopsia señala igual causa de muerte que el caso anterior.

                                    No obstante carecer de elementos que permitan precisar las circunstancias específicas de ambos hechos, y considerando los antecedentes generales del período esta Comisión se formó convicción que José Veloso y Benjamín Bustos cayeron víctimas de la violencia política de ese momento.

 

 

Fuente :(Informe Rettig)  

Prensa

El Primer Juzgado Civil de Valdivia condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $3.320.000.000 a las esposas e hijos de los trabajadores agrícolas, pertenecientes al sindicato campesino "La esperanza del obrero" del Complejo Agrícola y Forestal Panguipulli, que fueron ejecutados y luego desaparecidos a manos de agentes del Estado en 1973, en el sector Baños de Chihuío, Futrono.
La resolución sostiene que es un hecho no controvertido la existencia de sentencia firme y ejecutoriada dictada en causa criminal rol N° 2182-98, del episodio Chihuío, la de segunda instancia, así como la sentencia de casación y sentencia de reemplazo que rechazó los recursos de casación en el fondo interpuestos por el Fisco de Chile, agregados de fojas 149 a 259 del cuaderno de documentos, por la cual se condenó a diversos agentes del Estado por el delito de homicidio calificado como autores materiales o ideológicos por la muerte de las siguientes persones: don Rosendo Rebolledo Méndez, Sebastián Mora Osses, Fernando Mora Gutiérrez, José Segundo Veloso Araya, Rubén Vargas Quezada, Neftalí Rubén Durán Zúñiga, Manuel Jesús Sepúlveda Rebolledo, José Rosamel Cortés Díaz, Andrés Silva Silva, Carlos Maximiliano Acuña Inostroza, José Orlando Barriga Soto, Daniel Méndez, Narciso Segundo García Cancino y don Luis Arnoldo Ferrada Sandoval.
La resolución agrega que como ha señalado la Corte Suprema (rol N° 13.699-15) las acciones civiles tendientes a obtener la reparación íntegra de los perjuicios ocasionados, encuentra su fundamento en los principios generales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y establecimiento normativo en los tratados internacionales ratificados por Chile, los cuales obligan al Estado de Chile a reconocer y proteger este derecho a la reparación íntegra, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 5° y en el artículo 6° de la Constitución Política. Los artículos 1.1. y 63.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos consagran la responsabilidad del Estado por esta clase de ilícitos queda sujeta a reglas de Derecho Internacional, las que no pueden ser incumplidas a pretexto de hacer primar otros preceptos de Derecho interno.
A continuación, el fallo establece que si se verifica un hecho ilícito imputable a un Estado surge de inmediato la responsabilidad internacional de éste por violación de una norma internacional, con el consecuente deber de reparación y de hacer cesar las consecuencias de ese hecho. Estas normas de rango constitucional imponen un límite y un deber de actuación a los poderes públicos, y en especial, a los tribunales nacionales, en tanto éstos no pueden interpretar las normas de derecho interno de un modo tal que dejen sin aplicación las normas de derecho internacional que consagran este derecho a la reparación, pues ello podría comprometer la responsabilidad internacional del Estado de Chile. Por esta razón, no resultan aplicables a estos efectos las normas de Código Civil sobre prescripción de las acciones civiles comunes de indemnización de perjuicios, pues ellas contradicen lo dispuesto en la normativa internacional.
Cabe señalar, de acuerdo a la sentencia, que el denominado Caso Chihuió se refiere al operativo militar de personal de los regimientos "Cazadores" y Maturana" de Valdivia quienes realizaron el 7 de octubre de 1973 un recorrido por los lagos Futrono, Maihue y Ranco, pasando por las localidades de Llifén, Arquilhue, Curriñe y Chabranco, hasta llegar a Chihuío. Durante el trayecto, los militares detuvieron a 17 trabajadores agrícolas, pertenecientes al sindicato campesino "La esperanza del obrero" del Complejo Agrícola y Forestal Panguipulli, a partir de una lista confeccionada por un particular.
Así, agrega el recorrido culminó la noche del 9 de octubre, en la casa patronal del fundo, lugar en que los 17 trabajadores son trasladados al sector de Baños de Chihuío, donde fueron ejecutados. Días después de la ejecución, los restos de los trabajadores fueron sepultados ilegalmente en el mismo sitio en dos fosas distintas. Posteriormente, añade, en 1978 y en el marco de la "Operación Retiro de Televisores", se realizaron exhumaciones clandestinas con el objetivo de hacer desaparecer las evidencias del caso. En este contexto y de acuerdo a la investigación desarrollada por la justicia, militares de civil exhumaron los restos de los trabajadores, con la ayuda Américo González Torres, haciendo desaparecer sus cuerpos lanzándolos al mar.

Fuente :diarioconstitucional.cl 5/1/2018

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de las Cortes de Apelaciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, se encuentra realizando diligencias en la jurisdicción Valdivia en el marco de las causas por el secuestro y homicidio calificado de Andrés Silva Silva, el secuestro y homicidio calificado de José Gastón Buchhorsts Fernández, por el homicidio de Roberto Huaiqui Barría, el homicidio de José Segundo Veloso Araya, el secuestro de los hermanos Barría Bassay, el secuestro y tortura de Pedro Mella Contreras y otros y el secuestro de José Saldivia Saldivia.

 

El ministro Mesa señaló que estas diligencias consisten en toma de declaraciones y obedecen al «cumplimiento de las órdenes de investigar por parte de la Policía de Investigaciones, las cuales nos van aportando nuevos antecedentes y nos indican testigos que pueden entregar nuevos datos a la causa».

Respecto a la investigación de los hermanos Héctor y Guido Barría Bassay, de 19 y 27 años de edad respectivamente, detenidos el 16 de octubre de 1973 en el fundo Los Riscos, comuna de Río Negro, el ministro Mesa precisó que «hemos realizado diligencias para ver si en algunos sitios determinados se podrían encontrar antecedentes de los restos de estos hermanos, pero hasta el momento no tenemos nada, por ello, estamos revisando mejor los antecedentes, tanto del sitio del suceso, como de las fotografías aéreas y líneas de vuelo».

Sobre la acusación al coronel de Ejército en retiro Cristián Labbé Galilea, como autor del delito de aplicación de tormentos a Harry Edwards Cohen Vera, dictada el 29 de marzo pasado, el ministro Mesa puntualizó que «lo que ocurrió es que se cerró el sumario y se dictó auto acusatorio, es decir, estamos pasando a la etapa que se denomina ´plenario´. En este contexto, se va a dar traslado, en otras palabras, se va a notificar al abogado de Harry Cohen para que adhiera o presente acusación particular, posteriormente, una vez que el querellante conteste o manifieste lo que estime pertinente en derecho, se le va a dar traslado al abogado del señor Labbé. Luego de eso, viene un término probatorio y posteriormente vendría la sentencia», sostuvo. A partir de mañana el ministro Mesa se encontrará realizando diligencias en la jurisdicción Puerto Montt y el viernes a la jurisdicción Coyhaique.

 

Fuente :noticiaslosrios.cl 18/4/2018

11 de las más de mil querellas presentadas por la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos corresponden a casos de Valdivia. La información fue dada a conocer a la organización local este fin de semana.

Se trata de las víctimas de la dictadura: Hugo Carreño Zúñiga, José Miguel Cabrera Fernández, Pablo Yáñez Palacio, Benjamín Bustos Morales, Sebastián Rivas Ovalle, Antonio Contreras González, Osvaldo Jaramillo Figueroa, Eduardo Muñoz Navarro, Guillermo Pinto Vial, Erasmo Vásquez San Martín, Jorge Alberto Velásquez Aguilar y José Segundo Veloso Araya.

Las 11 personas fallecieron en distintas circunstancias en la Región de Los Ríos durante el gobierno de Augusto Pinochet y por cuyos casos se querelló la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos junto a otros mil, en los tribunales en Santiago.

La información fue dada a conocer a los familiares de las víctimas este sábado por la presidenta de la Agrupación, Alicia Lira, quien llegó a Valdivia para participar de diversas actividades, además de reunirse con las organizaciones locales de derechos humanos.

Alicia Lira destacó que la mayoría de los casos por los que presentaron querellas con chilenos comunes y corrientes, que fallecieron sin ser víctimas políticas y por las que también es necesario, dijo, hacer justicia

La dirigenta de la Agrupación de familiares de Ejecutados Políticos explicó que el ministro en Visita, Mario Carroza se ha declarado incompetente para conocer casos que no hayan ocurrido en Santiago y ha derivado los archivos a las ciudades correspondientes, por lo que la idea es que ahora las organizaciones locales se involucren con su tramitación en la Corte de Apelaciones valdiviana.

Durante su visita a Valdivia, Alicia Lira hizo una dura crítica a algunos de los ministros de la Corte Suprema, aunque reconoció que la llegada de nuevos jueces al máximo tribunal ha abierto la posibilidad de hacer justicia a las víctimas de la dictadura.

Alicia Lira encabezará este domingo la ceremonia de inauguración de la exposición fotográfica sobre Salvador Allende y participará en un acto de homenaje a 12 víctimas de la dictadura, en el sector de Llancahue.

Fuente :biobiochile.cl 2/10/2011

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Ultima Actualización : 31/08/2024