José Alejandro Tapia Muñoz

Rut : 5.879.044-3
Fecha Detención : 04-10-1973
Comuna Detención : Santiago
Fecha Asesinato : 08-10-1973
Comuna Asesinato : Santiago
Fecha Nacimiento : 07-08-1954
Edad : 19
Lugar Nacimiento : Santiago
Estado Civil e Hijos : Soltero
Oficio o Profesión : Comerciante ambulante
Nacionalidad : Chilena

Antecedentes del Caso

TAPIA MUÑOZ, JOSE ALEJANDRO: 19 años, soltero, comerciante ambulante, ejecutado el 8 de octubre de 1973 en Colina.

José Alejandro Tapia Muñoz murió ese día a las 17:00 horas, en la vía pública de Colina, por heridas de bala transfixiante torácico abdominal, cervicales, facio cervical y bronquial, como acredita el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal.

Según declararon familiares, José Tapia fue detenido cuatro días antes, junto con Héctor Malvino Campos, por efectivos de Carabineros, en su domicilio de la población Parque Santa Mónica, Conchalí. Los cadáveres de ambos, con impactos de bala, fueron encontrados en la vía pública.

El caso de Héctor Malvino Campos fue calificado como víctima de violación de derechos humanos por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación.

Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que fue ejecutado por agentes del Estado al margen de proceso legal, mientras estaba detenido. Por tal razón, declaró a José Alejandro Tapia Muñoz víctima de violación de derechos humanos.
 

Fuente :(Corporacion)  

Prensa

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a los miembros en retiro de Carabineros René Ortega Troncoso y Fernando Durán Concha a penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los homicidios calificados de José Alejandro Tapia Muñoz y Héctor Juan Malvino Campos, ilícitos perpetrados el 8 de […]

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a los miembros en retiro de Carabineros René Ortega Troncoso y Fernando Durán Concha a penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los homicidios calificados de José Alejandro Tapia Muñoz y Héctor Juan Malvino Campos, ilícitos perpetrados el 8 de octubre de 1973, en la población Santa Mónica de Conchalí.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazo los recursos de casación en el fondo presentados por las defensas de los expolicías.

En la sentencia de primera instancia, el ministro en visita Mario Carroza dio por establecido que en la madrugada del 8 de octubre de 1973, los funcionarios de Carabineros de la Tenencia ‘Eneas Gonel’ Luis Fernando Donoso Concha, Onofre Roberto Andrade Bahamonde y Luis Bravo Hernández, dirigidos por el teniente René Ortega allanaron sin orden judicial y armados, la propiedad ubicada en calle Río Amazona N° 3662, de la población Santa Mónica, comuna de Conchalí.  

Al interior de dicho domicilio, los policías procedieron a detener a los moradores José Alejandro Tapia Muñoz y Héctor Malvino Campos, “a quienes sacan de la propiedad y les ordenan subir a una camioneta marca Ford, color blanco, y bajo custodia los trasladan hasta un lugar desconocido, sin informarles a ellos ni a sus familiares a dónde se les trasladaba”, consigna el fallo confirmado.

La resolución agrega que: “días después, los familiares de las señaladas víctimas, encuentran sus cuerpos sin vida en el Instituto Médico Legal, cuyos Protocolos de Autopsia, signados con los números 3194/73 y 3195/73, indican como fecha de fallecimiento de Héctor Juan Malvino Campos el día 08 de octubre de 1973, a las 03:00 horas, en la vía pública y, como causa de muerte ‘múltiples (treinta y dos) heridas de bala con entradas y salidas de proyectiles, distribuidas en ambas extremidades superiores e inferiores, tórax, abdomen y cráneo encefálicas’ y, para el caso de José Alejandro Tapia Muñoz, como fecha de fallecimiento el día 08 de octubre de 1973, en la vía pública y, como causa de muerte ‘heridas de bala (cuatro), transfixiante, tóraco abdominal, cervicales, facio-cervical y branquial'”.

 

 

 

 

 

 

Fuente :eldesconcierto 2019

Testimonios, fotografías, cartas, testimonios y otros documentos que familias, amigas y amigos entregaron o escribieron especialmente para ser publicados incorpora el libro “Rompiendo el silencio de niñas, niños y adolescentes ejecutados políticos durante la dictadura cívico-militar 1973-1990”, el que fue realizado por la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP) con el apoyo del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, a través de la Unidad de Cultura, Memoria y Derechos Humanos, y a la Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad de Chile.

La publicación basada principalmente en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (1991) y el Informe de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (1996), busca reconstruir de forma integral y cuidada cada una de las vidas e historias de las víctimas.

Durante la investigación se accedió al archivo de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, donde se custodian documentos que las familias han preservado a través de años. También se incluyeron ilustraciones que estuvieron a cargo de Álvaro Gómez.

El proceso de creación fue un desafío complejo que implicó conjugar delicadeza, respeto y rigurosidad metodológica para enunciar en esta obra una verdad dolorosa e ineludible.

Fuente :cultura.gobierno.cl 20/4/2023

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Ultima Actualización : 24/08/2024