Nelson José Márquez Agusto
Antecedentes del Caso
El 18 de enero de 1974 fue ejecutado en el Campamento de Prisioneros de Pisagua Nelson José MARQUEZ AGUSTO, 31 años, empleado, militante del Partido Comunista, quien había sido detenido en la ciudad de Iquique.
Múltiples declaraciones verosímiles y coincidentes de diversos testigos presenciales señalan que, luego del trato recibido en prisión, el detenido se encontraba con sus facultades mentales perturbadas. Estando los prisioneros en una cancha del recinto, Nelson Márquez, "se para y salta un pequeño muro que había alrededor de la cancha. Sólo había un conscripto cuidando a todos los detenidos y estaba a distancia. El conscripto corre y le grita para que se devuelva. Márquez se arrancó hacia el sector del muelle, no más de 50 metros de distancia desde la cancha, escondiéndose bajo el muelle. Lo traen de vuelta luego de más o menos 45 minutos y lo venían golpeando brutalmente..... Luego de unas dos horas se escucha una balacera no muy lejos de la Cárcel, alguno de los militares cuenta que Márquez fue fusilado".
A esta Comisión le asiste la convicción que Nelson Márquez fue ejecutado por agentes del Estado al margen de todo proceso, luego de ser recapturado, incurriendo en violación de sus derechos fundamentales.
Su cuerpo fue encontrado en l990 en la fosa de Pisagua.
Fuente :Informe Rettig
Prensa
La mesa directiva de la Cámara de Diputados pidió la renuncia al edecán, coronel (R) Jaime Krauss Rusque, y éste aceptó irse. La renuncia le fue demandada sólo horas después de que la ministra de fuero Carmen Garay lo procesó y ordenó su arresto como autor material de siete homicidios ocurridos en el campo de prisioneros de Pisagua, mientras Krauss cumplió en 1974 funciones como capitán a cargo de la Compañía de Vigilantes de los detenidos.
La información de la renuncia pedida al edecán, quien es hermano del actual embajador de Chile en Madrid Enrique Krauss, fue entregada ayer pasadas las 18:30 horas en el Palacio Ariztía en Santiago por el presidente de la Cámara de Diputados Pablo Lorenzini (DC).
Este expresó que la mesa de la Cámara acordó pedirle la renuncia porque, al haber sido procesado, cayó en la “inhabilidad sobreviniente” que señala el estatuto del personal de la institución en su artículo Nº23 letra c), que establece que “la persona que desempeñe labores funcionarias no podrá estar procesada ni condenada”.
El edecán se había declarado “inocente” en sus declaraciones en el proceso de Pisagua, y así también lo manifestó a La Nación Domingo que en su edición del domingo pasado publicó la crónica “El fantasma del edecán”.
El encausamiento del coronel (R) Krauss fue solicitado por el abogado querellante en la causa Pisagua Adil Brkovic. Este dijo ayer que “estamos muy conformes con esta resolución porque la verdad es que en el proceso existen suficientes antecedentes para acreditar la participación del señor Krauss en los homicidios de siete prisioneros”.
El abogado dijo que si bien a Krauss “no se le acusa de disparar él mismo contra los prisioneros, hay quienes lo sindican como quien impartió las órdenes como el segundo comandante del campo de prisioneros de Pisagua. Esta investigación ha tomado ya seis años y los hechos se encuentran totalmente acreditados”, dijo Brkovic.
Los hechos
El ahora ex edecán de la Cámara será notificado hoy a primera hora en el Palacio de Tribunales en Santiago, y luego será trasladado en calidad de detenido al Batallón de Policía Militar ubicado al interior del Comando de Telecomunicaciones del Ejército en la comuna de Peñalolén.
La ministra Garay sostuvo en su resolución que los siete homicidios ocurridos entre el 18 de enero de 1974 y el 30 de enero de ese año, sucedieron en Pisagua mientras el “capitán Jaime Krauss Rusque se encontraba a cargo de los efectivos militares que tenían por misión custodiar a los prisioneros políticos del Campamento de Pisagua, unidad militar que en definitiva dependía del comandante en jefe de la VI División del Ejército (en Iquique), general Carlos Forestier Haensgen”.
El coronel (R) Krauss reconoció en el proceso que efectivamente estos siete homicidios ocurrieron mientras cumplió funciones en Pisagua entre el 14 de enero de 1974 y al menos, según él, el 30 de enero de ese mes. Pero negó que ordenara las ejecuciones y también negó que su función fue la de comandante de la Compañía de Vigilantes de los prisioneros.
Dijo que su tarea fue “administrativa” inventariando y almacenando “serruchos, martillos, palas, estufas, queso, jamón y azúcar”, provenientes de una ayuda de la Cruz Roja para los prisioneros.
No obstante, según el abogado Brkovic la jueza “no le creyó” ese argumento, puesto que “no encaja” con lo realmente sucedido.
En Pisagua operó entre septiembre de 1973 y julio de 1974, como un reloj, un calendario rotativo de personal de oficiales que integraron la Compañía de Vigilantes de prisioneros, cada vez al mando de un oficial con el grado de capitán.
A su vez este tenía bajo su mando a cuatro o cinco tenientes y subtenientes. La compañía era la responsable de lo que ocurriera con los prisioneros, y fueron sus integrantes los que siempre participaron en las ejecuciones extrajudiciales, como está establecido en la investigación. Por estas mismas funciones han sido encausados por otros homicidios otros oficiales (R) que a la fecha de sus funciones en Pisagua, de acuerdo al calendario de turnos, tenían también los grados de capitán y tenientes o subtenientes.
El primero en afirmar que Krauss ordenó ejecutar prisioneros en Pisagua fue el mayor (R) Carlos Herrera Jiménez, quien cumple presidio perpetuo en la cárcel de Punta Peuco. Herrera admitió que Krauss le ordenó matar al prisionero Nelson Márquez Agurto, una de las siete víctimas del auto de procesamiento, porque éste había intentado fugarse para intentar evitar que lo siguieran torturando.
Krauss lo niega, pero careados ambos, Herrera mantuvo sus dichos.
El coronel (R) Krauss también fue encausado por los homicidios de Luis Manríquez, Nicolás Chánez, Tomás Cabello, Juan Rojas, Hugo Martínez y Juan Mamani. Todos ellos fueron declarados “dejados en libertad” por el general Forestier, sin embargo sus cadáveres aparecieron, junto al de Márquez, en la fosa clandestina descubierta en Pisagua en junio de 1990 con 19 cuerpos.
Los otros procesados
Por los siete homicidios también fueron procesados el general (R) Carlos Forestier, como autor intelectual; el mayor (R) Carlos Herrera Jiménez, como autor material; el coronel (R) Bernardo Martínez Téllez, como encubridor; y al suboficial (R) de Carabineros Manuel Vega Collao, también como autor material. Vega integró el pelotón de fusilamiento de los seis prisioneros ejecutados a fines de enero de 1974.
En contra de los argumentos de inocencia del coronel (R) Krauss respecto a que cumplió sólo funciones administrativas, están las declaraciones de algunos ex prisioneros, quienes afirman, coincidentemente, que el entonces capitán Krauss ingresó a la cárcel la noche del intento de fuga de Márquez, amenazando que si éste no aparecía en media hora se iban a matar prisioneros.
Uno de ellos, Luis González Vivas, dijo que “cuando matan a Márquez estaba el mayor Krauss, a quien yo le había hecho un mueble. Y él advirtió que si no aparecía Márquez hasta las cuatro de la mañana, iban a sacar prisioneros de las celdas para ser fusilados”. Lo mismo afirmó Freddy Alonso. Ambas versiones contradicen las tareas “administrativas” del entonces capitán Krauss.
13 de Septiembre 2005 El Mostrador
Juez sobresee a ex edecán de la Cámara en caso Pisagua
El ministro en visita Joaquín Billard sobreseyó por "falta de méritos" al coronel (R) Jaime Krauss Rusque, ex edecán de la Cámara de Diputados y hermano del actual embajador de Chile en España, Enrique Krauss.
El ex uniformado se encontraba procesado desde julio del año pasado como autor material del homicidio de siete presos políticos en la zona de Pisagua, Primera Región, en 1974.
La decisión de la jueza Carmen Garay -que entonces tramitaba la causa- obligó a Krauss Rusque a dejar su puesto como edecán de la cámara baja, labor que había desempeñado a partir de 1990.
Esto, porque el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputado, era el que establecía que ningún funcionario que sea condenado o procesado por los tribunales de justicia podía permanecer en su cargo
"Como todo militar, me sometí a las reglas del juego y colaboré con la justicia, pero la presunción de inocencia no operó en mí. Ese derecho, que debe regir en Chile desde el Presidente de la República para abajo, me fue denegado", dijo el otrora edecán al diario La Segunda.
Krauss Rusque destacó los testimonios de “una decena” de detenidos que atestiguó a su favor en el transcurso del proceso. “Que a uno lo defiendan militares, es natural. Pero es verdaderamente reconfortante que lo hagan quienes han estado en la vereda de enfrente”, puntualizó el ex uniformado.
El ex uniformado estaba imputado por los asesinatos de Nelson Márquez Agurto, Luis Manríquez Wilden, Juan Rojas Osega, Hugo Martínez Guillén, Tomás Cabello Cabello, Juan Mamani García y Nicolás Chánes Chánes.
Por dichos casos también fueron procesados el general (R) Carlos Forestier, el fallecido suegro del actual jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, y al mayor (R) Carlos Herrera Jiménez y Bernardo Martínez Téllez. Estos últimos no fueron favorecidos con la resolución conocida este martes.
Fuente :23 de Julio 2004 La Nacion
Fecha :23-07-2004
El mayor(r) del Ejército y ex agente de la DINA Carlos Herrera Jiménez confesó otro homicidio ante al ministro de fuero Juan Guzmán Tapia que mató con un fusil SIG al dirigente comunista Nelson José Márquez Augusto, encontrado en 1990 en la fosa común de Pisagua, y ratificó ante el magistrado que el actual edecán de la Cámara de Diputados, Jaime Krauss Rusque le dio la orden de ejecución.
Primera Línea tuvo acceso a la declaración judicial en que Herrera Jiménez revela la estructura de mando de Pisagua durante diciembre de 1973 y enero de 1974 y donde confiesa que dirigió el pelotón de fusilamiento que costó la vida a un número indeterminado de personas, entre ellas, a quienes fueron encontradas en 1990 y probablemente al grupo de ocho detenidos desaparecidos cuyos restos fueron exhumados y destruidos por el paso de camiones, según la tesis de los querellantes avaladas por documentos entregados por el senador (PPD) Sergio Bitar que incluso identifican a los responsables.
Sin titubear y siguiendo la conducta que adoptó al reconocer el crimen del dirigente sindical Tucapel Jiménez, el ex agente dijo al magistrado que "yo daba la orden de fuego la que era ejecutada por el pelotón", y acto seguido le indicó en el caso puntual de Márquez que "este señor se fugo de la cárcel de Pisagua estando yo de oficial de guardia. Por tal propósito, se pusieron en ejecución las instrucciones que había al respecto, es decir, se desplegó la unidad militar en la búsqueda del prisionero de acuerdo a un plan preconcebido".
Relata luego al juez que "dio la casualidad que fui quien fue precisamente junto a una patrulla de soldados y encontré al señor Márquez escondido debajo del muelle de la caleta de Pisagua, lo capturamos, se le llevó de vuelta a la cárcel.
En su declaración judicial añade que "el hecho se enteró el entonces mayor Mario Acuña Riquelme -ex fiscal de la zona que fue procesado en el caso y sobreseído luego de su muerte- que estaba ese día en Pisagua, el que dispuso que sacaran detenidas a mujeres que estaban en la cárcel y detenidos hombres que estaban allí, los trasladaran a un lugar de la playa de Pisagua y en presencia también de personal militar, Acuña ordenó a Krauss -actual edecán de la Cámara de Diputados- que se diera de baja al prisionero, éste me trasmitió la orden a mi y yo lo ejecute con un fusil SIG".
"Lo anterior -explica a renglón seguido- no tuvo otro propósito que ser un escarmiento para los prisioneros, para que supieran que les ocurriría en el caso de una fuga. Eso es lo que pensó Acuña y de este hecho hubo unas 30 ó 40 personas como testigos".
Con esta declaración, único documento judicial valido que inculpa a Herrera Jiménez, el abogado querellante en el caso Adil Brkovic solicitará en los próximos días el procesamiento del acusado por los delitos de secuestro y homicidio contra Márquez y el resto de los prisioneros de Pisagua que perecieron durante la época bajo la orden de disparar dictada por el condenado en el caso del carpintero Juan Alegría Mundaca.
Brkovic recuerda que testimonios de otros detenidos en la misma época confirman que Márquez se encontraba a sólo metros del resto de los prisioneros e indica que nuevamente se utilizó la excusa de la ley de fuga para asestar un golpe a los detenidos. Es más, los dichos del ex agente son plenamente coincidentes con el Informe Rettig.
Línea de mando y de otros fusilamientos
En su interrogatorio Herrera fue consultado acerca de quién era su superior jerárquico y su respuesta a la justicia fue categórica: "era el entonces capitán de Ejército Jaime Krauss Rusque que venía del Regimiento Rancagua de Arica y actualmente tiene el grado de coronel en retiro y es el edecán vitalicio militar de la Cámara de Diputados".
Asimismo puntualiza que "Krauss dependía del coronel Ramón Larraín Larraín y del Fiscal Militar Mario Acuña Riquelme -ambos fallecidos- y del comandante en jefe de la Sexta División del Ejército y juez militar y comandante de la CAJZI (Comando Aéreo Jurisdiccional de Zona Interior), el general Carlos Forestier Haensgen, que era la máxima autoridad militar de las provincias de Arica e Iquique".
Ante la consulta del tribunal constituido el 6 de septiembre de 2001 sobre si le correspondió participar en fusilamientos y quién le ordenó ello, Herrera Jiménez sostiene: "Sí efectivamente recibí orden directa y en forma verbal de Jaime Krauss Rusque de fusilar a unos prisioneros que no recuerdo que hayan sido éstos más de seis. Entre ellos recuerdo a uno de apellido Márquez, quien dentro del campo de prisioneros participó en algunas actuaciones como payaso, también estuve en el fusilamiento de un prisionero que cojeaba al caminar y otro que usaba un bisoñé, quienes eran narcotraficantes".
Defensa del inculpado
En un intento de justificar su actuación, Herrera sostiene en su declaración judicial que en diciembre de 1974 ostentaba el grado de subteniente del Ejército con sólo 22 años, por lo que su injerencia en las actividades internas del campo de prisioneros era nula. "Yo sólo me limitaba a cumplir las órdenes que me eran dadas", aseveró.
Sobre Forestier aclara a la Justicia que "no lo vi en ningún fusilamiento. Pero no me asiste ninguna duda que, dada la verticalidad del mando institucional, tiene que haber estado en total conocimiento de todo lo que pasare o dejara de pasar en Pisagua. Si no hubiera sido así, habría faltado gravemente a sus deberes militares", tesis que de hecho amparo el procesamiento que hoy rige en contra de Forestier dictado por el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia por el delito de secuestro.
Y sus palabras aún son más certeras al momento de precisar al juez Guzmán que "en los fusilamientos en que yo participé estuvieron presentes o el teniente coronel Ramón Larraín Larraín o el mayor, en ese tiempo, Acuña, en calidad de más antiguos. Ellos, el uno o el otro, llevándose la mano a la visera, me indicaban a mí, las veces que yo mande al pelotón de fusilamiento el momento de dar la orden del fuego. Ahora bien, quien me indicaba a mí a las personas que yo debía sacar de la cárcel para fusilarlas era el capitán Krauss, quien a su vez recibía la orden o de Larraín o de Acuña".
En esa línea sostiene que "con ninguno de los prisioneros que me ordenaron fusilar yo tuve algún diálogo previo al cumplir la orden. Yo no los interrogue, ni muchos menos torturé, es más ni siquiera quería saber sus nombres. Sólo me limité a comandar el pelotón de fusilamiento".
Explica que este pelotón estaba integrado por dos miembros de la Armada, dos Carabineros, dos gendarmes y tres militares, todos con categoría de suboficiales, pero asegura que no recuerda el nombre de ninguno de ellos.
Una vez más y siguiendo la tesis de la existencia de otros mandos, el condenado en el caso Alegría Mundaca señala que "yo nunca vi que se torturara a los detenidos estando yo de guardia en la cárcel. Ignoro que sucedía con los prisioneros mientras estaban en manos del SIM (Servicio de Inteligencia Militar)".
La carrera en los servicios represivos que realizó Herrera considera en 1977 su participación en el CIRE (Centro de Inteligencia Regional) como oficial de operaciones, organismo que en la práctica, y de acuerdo a sus palabras, dependía del Estado Mayor de la Defensa Nacional, mientras que la DINA de la Junta Militar de Gobierno y funcionaba donde la DINA no tenía representación.
Posteriormente, se incorporó a la disuelta CNI, organismos bajo el cual participó en el asesinato del ex presidente de la Anef, Tucapel Jiménez Alfaro, homicidio que reconoció judicialmente e incluso pidió perdón a su familia en una emotiva declaración ante TVN en que sostuvo: "Es cierto, señor Jiménez... yo maté a su papá aquel 25 de febrero de 1982. Lo hice no por una cuestión personal o por propia iniciativa, se me ordenó hacerlo y se me dijo que don Tucapel Jiménez era un traidor a la patria y como tal causaba mucho daño a los chilenos"
Pisagua, Lucia Hiriart Pinochet y el caso de los cocaleros
Uno de los mayores golpes a los opositores a la dictadura fue asestado el 29 de enero de 1974 cuando seis personas que habían sido detenidas en noviembre de l973 en Iquique fueron trasladadas a Pisagua. Se trata de Orlando Tomás Cabello Cabello, Nicolás Chanez Chanez, Juan Mamani García, Luis Anibal Manríquez Wilden, Hugo Tomás Martínez Guillen y Juan Rojas Osega.
De acuerdo a los antecedentes recopilados hasta el momento se ha establecido que este grupo conocido como los "cocaleros" jamás realizó contrabando de estupefacientes como se les acusa, sino que "los cuerpos de todos ellos fueron encontrados, en l990,en la fosa de Pisagua, ensacados, con las manos atadas, y los ojos vendados" .Es más, ante la desesperación de las familias a quienes se les aseguró que sus cónyuges habían huido a otro país, decidieron enviar una carta a la Primera Dama de la Nación, Lucía Hiriart de Pinochet, quien en un tono poco agradable les dijo que nada sabía de sus esposos, los que obviamente las habían abandonado. La carta consta en el tomo diez del extenso expediente que maneja el ministro Guzmán.
Sin embargo, la constante en Pisagua fue la emisión de bandos en que se informaba de Consejos de Guerra. El primero con fecha 11 de octubre de 1973 significó la muerte de Julio Cabezas Gacitua, José Cordova Croxatto, Humberto Lizardi Flores, Mario Morris Barrios y Juan Valencia Hinojosa. El segundo, fechado el 29 de octubre de 1973, significó la ejecución de Rodolfo Jacinto Fuenzalida Fernández, Juan Antonio Ruz Díaz, José Demóstenes Rosie Sampson Ocaranza y Freddy Marcelo Taberna Gallegos. En el tercer consejo de fecha 29 de noviembre de 1973 se dio muerte a Germán Eladio Palominos Lamas, cuyo cuerpo apareció en la fosa de 1990.
Por último, en el cuarto consejo, efectuado el 10 de febrero de 1974, se condenó a muerte a dos militantes comunistas: Alberto Yañez Carvajal y Luis Toro Castillo.
La tónica en gran parte de estos casos fue informar a las familias de algunos inhumados de Pisagua, que sus deudos estaban vivos y libres bajo fianza y que debían firmar semanalmente ante la comisaría respectiva, "pues de lo contrario sí que corrían peligro de prisión; y que los motivos por los cuales no regresaban al hogar sólo la familia podía colegirlos, y no eran de incumbencia de las autoridades".
La fosa común de Pisagua
Desde inicios del régimen militar la zona norte del país tuvo como epicentro de la acción represiva el campo de prisioneros de Pisagua, lugar donde cientos de personas deambularon por los estrechos pasillos de la cárcel a la espera que de un momento a otro se ordenará su ejecución.
Aunque lugareños sobrevivientes del centro de reclusión siempre señalaron que en las cercanías del campo fueron enterrados algunas de las víctimas de las torturas propinadas por personal del Ejército y el CIRE, sólo en junio de 1990, cuando se descubrió la fosa común adjunta al cementerio, el proceso toma nuevos bríos y recién en 1999 se concretan los procesamientos del general Carlos Forestier, del ex fiscal Mario Acuña y del suboficial (r) Miguel Aguirre.
Los 19 cuerpos hallados en 1990 dieron luces de los tratos inhumanos que vieron durante su corta permanencia en Pisagua y alertaron sobre la feroz acción represiva en el norte del país.
El informe Rettig consigna que en el caso de la fosa común "los restos estaban dispuestos en tres niveles, en correspondencia con las datas de muerte. Todos los cuerpos se encontraban ensacados y con varios impactos de bala. La mayoría presentaba claros e inconfundibles vestigios de haber tenido vendas en los ojos y las manos amarradas".
El Servicio Médico Legal logró identificar entonces a Juan Calderon Villalon, Nolberto Jesús Cañas Cañas, Marcelo Omar Guzmán Fuentes, Luis Alberto Lizardi Lizardi, Juan Jiménez Vidal, Michel Selim Nash Saez, Nelson Márquez (18 de enero de 1974), Luis Fernando Rojas Valenzuela (17 de diciembre de 1973). Pero siguen desaparecidos Jorge Marín Rossel, William Millar Sanhueza y Manuel Heriberto Ayala Zavala.
En tanto, el 20 de octubre de 1973 muerieron ejecutados Oscar Walter Pedro Ripollcodoceo, Julio Gastón Valenzuela Bastias, Manuel Francisco Donoso Dañobeitia. Al día siguiente, corrió la misma suerte el sacerdote salesiono Gerardo Poblete Fernández.
El 23 de octubre la prensa, canal utilizado para difundir los decesos en la zona, anunció la ejecución de Luis Pedro Solar Welchs. Lo mismo sucede el 11 de enero de 1974 cuando fallece Isaias Higueras Zuñiga, gendarme de la cárcel de Iquique
Fuente :Lunes 12 de Noviembre 2001 Primera Linea
Fecha :12-11-2001
Pescador con daño cognitivo por torturas. Militante Comunista.
Nelson fue detenido en ciudad de Iquique. Trabajaba en la marina mercante, por lo que fue falsamente acusado de contrabando y tráfico de drogas. Siendo trasladado al campo de Prisioneros de Pisagua, pasó 4 meses permanente apremiado con torturas. Su estado mental rápidamente decayó, por lo que su daño cognitivo se volvió permanente. En tales condiciones, la fuerza militar decide dejarlo sin custodia en la cancha ubicada frente a la Cárcel, lo que le permitió realizar un intento de fuga hacia el sector del muelle de Caleta Pisagua. La huida fue descubierta, siendo recapturado y brutalmente golpeado. Nelson es devuelto a la cárcel, para un par de horas más tarde, ser llevado a la playa, donde finalmente sería fusilado frente a 40 prisioneras y prisioneros como parte de un escarmiento colectivo. La versión entregada por militares señaló su defunción a causa de suicidio. No obstante, su cuerpo fue encontrado con las manos atadas, ojos vendados e impactos de bala, en la fosa clandestina de Pisagua, el año 1990.
Fuente :nucleodisca.cl 11/9/2023
Anyelina Rojas Valdés.- Un éxito resultó la jornada de memoria realizada en conjunto por el INDH Tarapacá, La Municipalidad de Iquique y la Cormudesi, que desplegaron dos actividades, teniendo como telón de fondo, el frontis del Museo Regional de Iquique. La primera consistió en la exhibición del documental “El Palero”, de Patricio Santander y la segunda, la presentación de la obra teatral “Lobo”.
La jornada se realizó en el contexto de los 50 años del golpe de Estado, que le cambió nefastamente el curso de la historia a nuestro país; y a 33 años del descubrimiento de los hallazgo de la fosa clandestina de Pisagua, hecho que todavía duele en el alma.
En la ocasión se rindió homenaje a todas las víctimas y sus familias, “quienes son testimonio de la importancia de la justicia, la búsqueda de la verdad; y la necesidad de una pedagogía de la memoria para la no repetición de los horrores de nuestra historia reciente”, se indicó en la presentación de la ceremonia.
“EL PALERO”
Patricio Santander director del Documental El Palero: Historia de una búsqueda, hizo la presentación de este importante material. También estaban presente Karina Olmos, hija del arqueólogo Olaf Olmos, que dirigió la excavación de la fosa, y Bernardo Tapia familiar de Julio Cabezas, el procurador de la época, asesinado en Pisagua.
En el documental participa como entrevistado Patricio Cabezas, que es hijo del procurador Cabezas, quien se encuentra entre los paleros que cavan la fosa. Según el documental esta experiencia le devuelve algo curativo para su vid,a pero lo deja marcado para siempre.
OBRA “LOBO”
En la segunda parte de la jornada de Memoria, se presentó la obra «Lobo» que cuenta la historia de una pareja que se encuentra atrapada en una relación donde la violencia y el desprecio se han automatizado. Mario (Luis Dubó), representa a un hombre mayor que se ha enamorado de una mujer joven (Valentina Acuña). Ambos actores realizaron una extraordinaria presentación
En el desarrollo de la obra se muestran de detalles que evidencia que la pareja lleva mucho tiempo juntos, creando una relación de dependencia insana. La mujer hace lo posible para que Mario enfrente sus actos y sea capaz de sincerar los terrores que lo aquejan.
El valor de la obra, en palabras de su director Patricio Yovane, es que no una obra del pasado. “Es una obra sobre el presente. Sobre cómo el pasado afecta nuestro presente”.
CONTEXTO DE LA JORNADA
Durante la ceremonia se indicó que “a partir del golpe de Estado de 1973 y teniendo como base ideológica la Doctrina de Seguridad Nacional, se implementó en Chile un Estado represivo que tuvo por objetivo eliminar cualquier amenaza al nuevo orden establecido y castigar a simpatizantes y dirigentes del gobierno del Presidente Salvador Allende, recurriendo para ello a la detención, la tortura, el asesinato y el exilio, entre otras medidas de fuerza”.
Se añadió que desde entonces, «se llevó a cabo en Chile una política sistemática de violación de los derechos humanos, a través de un gobierno de facto , destinando para ello a efectivos uniformados, funcionarios civiles, presupuesto público, creando instituciones represivas y disponiendo de diversos lugares para concretar el abuso”.
Hay que recordar que uno de los sitios más emblemáticos de la represión de estos años fue el puerto de Pisagua, que ya había sido utilizado como lugar de reclusión de prisioneros políticos durante los gobiernos de Gabriel González Videla (entre 1947 y 1948), y durante el segundo gobierno de Carlos Ibáñez del Campo (entre 1952 y 1958).
La ubicación geográfica de Pisagua, pueblo aislado, ubicado en el desierto y flanqueado por cerros, lo hjace un cárcael «natural. Es muy difícil, más bien imposible, huir de este lugar, razón por la cual la dictadura de Pinochet, decide utilizarlo nuevamente como un espacio de reclusión… y exterminio.
Los primeros detenidos, llegan a Pisagua el 18 de septiembre de 1973, quienes fueron trasladados en el barco mercante «Maipo», desde Valparaíso.
Durante todo el proceso de búsqueda de los desaparecidos y de la demanda por justicia, la información proporcionada por testigos de las ejecuciones dio las pistas suficientes para que la Vicaría de la Solidaridad presentara una denuncia por inhumación ilegal el 31 de mayo de 1990. Al día siguiente, el magistrado Nelson Muñoz se constituyó en el sitio.
El 2 de junio de 1990 se produce el hallazgo de la fosa clandestina, en las inmediaciones del Cementerio de Pisagua, donde se encuentra a 19 prisioneros que fueron fusilados y arrojados a esta fosa común.
LOS CUERPOS “HABLAN”
En una fosa de 2,10 metros de ancho, por 11 de largo y 2,00 metros de profundidad, se encontraron 19 osamentas que fueron identificadas y entregadas a sus familiares; además de una bolsa que contenía restos desintegrados, que no lograron ser identificados y que podrían corresponder a otros fusilados.
Los presos ejecutados, en su mayoría jóvenes, menores de 40 años, finalmente emergieron de la tierra y “hablan” a través de sus cuerpos baleados, sus ojos vendados, con sus manos atacadas, ensacados y fusilados. Un homenaje para todos ellos:
Tomás Orlando Cabello Cabello, 44 años, comerciante, sin militancia política. Detenido el 1 de noviembre de 1973.
Nicolás Chanez Chanez, 42 años, dueño de camiones, sin militancia política. Detenido el 19 de noviembre de 1973.
Juan Apolinario Mamani García, 27 años, chofer, sin militancia política. Detenido entre el 18 y el 20 de noviembre de 1973.
Luis Aníbal Manríquez Wilden, 44 años, comerciante, sin militancia política. Detenido el 2 de noviembre de 1973.
Hugo Tomás Martínez Guillén, 36 años, comerciante, sin militancia política. Detenido el 2 de noviembre de 1973.
Juan Orlando Rojas Osega, 38 años, comerciante, sin militancia política. Detenido el 2 de noviembre de 1973.
Manuel Eduardo Sanhueza Mellado, 30 años, obrero, militante de las Juventudes Comunistas. Detenido el 10 de julio de 1974.
Julio César Cabezas Gacitúa, 45 años, abogado, sin militancia política. Se presentó voluntariamente ante las autoridades al ser llamado por Bando el 14 de septiembre de 1973.
Juan Efraín Calderón Villalón, 25 años, empleado, militante del Partido Socialista. Detenido el 14 de septiembre de 1973.
José Rufino Córdova Croxato, 35 años, administrador portuario militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU). Detenido el 11 de septiembre de 1973.
Marcelo Omar Guzmán Fuentes, 34 años, jefe área salud, militante del Partido Socialista. Se presentó voluntariamente ante las autoridades al ser llamado por Bando el 16 de septiembre de 1973.
Humberto Lizardi Flores, 26 años, profesor, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Detenido el 11 de septiembre de 1973.
Luis Alberto Lizardi Lizardi, 29 años, empleado portuario, militante del Partido Socialista. Detenido el 11 de septiembre de 1973.
Nelson José Márquez Augusto, 31 años, obrero, militante del Partido Comunista. Detenido con posterioridad al 11 de septiembre de 1973.
Mario Morris Barrios, 27 años, vista de aduana, sin militancia política. Detenido el 11 de septiembre de 1973.
Germán Edilio Palominos Lamas, 25 años, empleado. Era un destacado carpintero mueblista y militante del Partido Socialista. Fue detenido el 23 de septiembre de 1973 por personal de Ejército,
Luis Alberto Toro Castillo, 34 años, mecánico FFCC, militante del Partido Comunista, PC. Detenido el 1 de octubre de 1973.
Juan Valencia Hinojosa, 51 años, jefe administrativo, militante del Partido Comunista. Se presentó voluntariamente al ser requerido por Bando Militar el 11 de septiembre de 1973.
Alberto Amador Yáñez Carvajal, 31 años, empleado, militante del Partido Comunista. Detenido el 5 de septiembre de 1974.
También se rindió homenaje a:
Isaías Higuera Zúñiga, 39 años, gendarme en la Cárcel de Iquique, militante del Partido Comunista. Muerto el 17 de enero de 1974 en Pisagua, fueron entregados a su cónyuge dentro de una urna sellada.
En la ocasión se recordó a quienes, muchas veces de manera anónima, hicieron posible el descubrimiento de los hallazgos de Pisagua:
Alberto Neumann, médico del Hospital Deformes de Valparaíso, que llegó como prisionero a Pisagua, en septiembre de 1973, en el buque Maipo. Fue quien entregó los antecedentes necesarios que permitieron ubicar la fosa.
Nelson Muñoz Morales, juez de Pozo Almonte, al momento del hallazgo de la fosa y quien en tres días logró establecer una verdad muchas veces negada e instalarla no sólo en Chile, sino que en el mundo entero. Su hija, Lorena, participó en este acto de memoria.
Olaf Olmos Figueroa, arqueólogo que estuvo en muchas jornadas de búsqueda en Pisagua. Y que con el respeto y sigilo que le acompañó, dirigió las labores de recuperación los restos de los prisioneros ejecutados.
Fernando Muñoz Marinkovic, ingeniero electrónico y quien fuera propietario de la afamada Radio Iquique, que cumplió un rol central en dictadura y quien registrara las imágenes del hallazgo de la fosa, las cuales dieron la vuelta al mundo.
Mario Vergara Figueroa, reportero de la entonces radio Iquique y actualmente del Diario Longino. Fue parte de las expediciones de búsqueda y realizó el primer despacho del hallazgo, a la Radio Cooperativa, instalando la noticia.
Patricio Cabezas, hijo del procurador Julio Cabezas, quien, siendo muy joven, acompañó a su padre que se presentó voluntariamente en la Sexta División de Ejército, cuando fue requerido. Y lo hizo bajo la lógica del que nada hace, nada teme.
Bernardo Tapia Ugalde, quien fuera yerno de Julio Cabezas y cuñado de Patricio. Cumplió un rol fundamental como paleros y luego en el traslado de los restos del procurados, a la V Región, donde residía su familia.
Vladislav kuzmicic Calderón, médico iquiqueño. Era muy joven al momento del golpe. Fue detenido y enviado a Pisagua. Su intervención durante el hallazgo reforzó la acción para que los cuerpos tuvieran una revisión preliminar in situ y evitar el riesgo que, en el traslado a Iquique, hubiese distorsión sobre los hechos.
Aunque no hubo otro hallazgo similar, familiares piensan que podría existir una segunda fosa clandestina donde estarían los prisioneros que aún no aparecen; también está la teoría de que habrían sido lanzados al mar, como se dijo en la Mesa de Diálogo, donde participaron militares… Podría ser, pero también, los más incrédulos piensan que era una forma de poner un cierre al tema.
El Plan de Búsqueda anunciado por el Presidente Gabriel Boric, nuevamente abre las esperanzas de encontrar a los que faltan. Es decir, Nada ni Nadie está Olvidado.
Fuente :edicioncero.cl 4/6/2023
En el fallo (causa rol 2182-98), dictado este miércoles 23, el ministro de fuero condenó al ex mayor de ejército Carlos Alberto Fernando Herrera Jiménez a la pena única de 12 años de presidio por su responsabilidad en los homicidios calificados de Orlando Tomás Cabello Cabello, Nicolás Chanez Chanez, Juan Apolinario Mamani García, Luis Aníbal Manríquez Wilden, Hugo Tomás Martínez Guillén y Juan Rojas Osega, perpetrados el 29 de enero de 1974; y de Nelson José Márquez Agusto, ejecutado el 18 de enero de 1974.
En tanto, el ex suboficial de ejército Miguel Chile Aguirre Álvarez deberá purgar 10 años y un día por los delitos reiterados de secuestro agravado de Rodolfo Jacinto Fuenzalida Fernández, Juan Antonio Ruz Díaz, José Demóstenes Rosier Sampson Ocaranza y Freddy Marcelo Taberna Gallegos, perpetrados el 29 de octubre de 1973.
Asimismo, el ministro Carroza decretó la absolución del ex mayor de carabineros Manuel Rogelio del Carmen Vega Collao por no acreditarse su participación en estos delitos.
Herrera Jiménez, es el mismo que con la chapa de Marcos Belmar y el alias de Bocaccio", continuó luego sus acciones criminales en la DINA, en la CNI y en el DINE, y en la actualidad permanece cumpliendo condena en Punta Peuco por otros crímenes.
Los hechos
En la etapa de investigación, el ministro Carroza logró establecer la siguiente secuencia de hechos:
«a.- Que los ilícitos ocurridos con posterioridad al 11 de septiembre de 1973 en la ciudad de Iquique, se iniciaron en el Cuartel General de la Sexta División del Ejército, en ese entonces comandado por el General Ernesto Carlos Joaquín Forestier Haensgen, quien una vez ocurrido el Golpe Militar crea un organismo represivo de militantes o simpatizantes de partidos de izquierda y/o contrarios al Gobierno Militar, e incluye en ese conjunto a personas que el Fiscal Militar y ex Juez del Crimen de Iquique, Mario Acuña Riquelme, por razones personales, decide hacer responsables de presuntos ilícitos cometidos en la zona con anterioridad a la instauración del Gobierno Militar. En el cumplimiento de esta labor mutiladora de garantías individuales, este oficial de Ejército y el Fiscal Militar de la época, crean el Organismo de Inteligencia Regional, CIRE, con personal del Departamento de Inteligencia de la Sexta División del Ejército y de la Comisión Civil de la Primera Comisaría de Iquique;
b.- Que todas las operaciones efectuadas por los agentes del CIRE en la ciudad de Iquique, arbitrarias y restrictivas de derechos, lo fueron con evidente trasgresión de derechos fundamentales y no se limitaron a los allanamientos y detenciones de civiles y militares, sino que además intimidaron a numerosas personas de la zona para que se presentaran al Cuartel General de la Sexta División, bajo amenaza de dispararles si no se presentaban y se les encontraba en la vía pública, para ello se hizo uso de bandos militares que se publicitaban por los medios de comunicación;
c.- Que, como consecuencia de estas acciones, un número de personas indeterminado fue privado de libertad, trasladados al Regimiento de Telecomunicaciones de la ciudad de Iquique, sujeto a intensos interrogatorios bajo tormento, y algunos de ellos, como ocurrió con las víctimas de este proceso, fueron enviados al Campamento de Prisioneros de Guerra que se encontraba emplazado en la localidad de Pisagua, transformado en ese entonces en una unidad militar al mando del Oficial de Ejército Mayor Ramón Ibarra Ibarra, que además recibió cerca de 270 detenidos trasladados por vía marítima por la Armada de Chile en el Barco Mercante Maipo;
d.- Que en el Campamento de Prisioneros de Pisagua, los detenidos fueron encerrados en celdas compartidas y cada cierto tiempo, sacados de su lugar de encierro para ser interrogados y/o en ocasiones propinarle golpizas de ablandamiento, forzándoles así a firmar documentos en blanco, los mismos que posteriormente constituían una confesión de delitos de traición a la patria, con la cual el Fiscal Militar Acuña justificaba acusaciones falaces ante Consejos de Guerra espurios, que no fueron óbice para que este Fiscal Militar solicitara en ocasiones pena de muerte para los prisioneros, cuyo único delito era su ideología, y que una vez impuesta se ejecutaba dentro de las veinticuatro horas con fusilamientos en la zona norte de la localidad de Pisagua. Estos fallos fueron ratificados por el Comandante Regional Forestier y ejecutados por personal del Ejército y de otras instituciones;
e.- Que estos procedimientos por esencia arbitrarios e injustos, que incluían secuestros, encierros, interrogatorios, tortura y en ocasiones ejecuciones sumarias fueron dirigidos por el Fiscal Militar y Ex Juez del Crimen Mario Acuña Riquelme, en virtud de delitos admitidos bajo tormento, pese a ello constituyeron la base para Consejos de Guerra figurados y avalaron la despótica indefensión a que se sometía a los prisioneros por la jerarquía militar, en un marco carente de imparcialidad y de absoluto desprecio por las normas del debido proceso. Lo anterior se evidencia, porque en autos no existe constancia o antecedente alguno que acredite que se le permitió a las víctimas una defensa oportuna y eficaz ni menos cuando en aquellos casos en que se aplicó la pena de muerte, ésta ni siquiera fue aplicada con apego irrestricto a la ley de la época, sino que por el contrario lo fue con abierta vulneración a los requisitos que la ley exigía para estos casos, como en el que hoy nos preocupa, donde se aplica la pena capital sin la unanimidad de sus miembros, pero eso para otros ni siquiera se tuvo en consideración, sino que arbitrariamente se decidió que debían ser ejecutados sin un Consejo de Guerra, solamente amparado en consideraciones que solo sus aprehensores conocieron o en la llamada «Ley de Fuga»;
En virtud de lo expresado anteriormente, es posible colegir tres hechos ilícitos;
I.-) Que Orlando Tomás Cabello Cabello, Nicolás Chanez Chanez, Juan Apolinario Mamani García, Luis Aníbal Manríquez Wilden, Hugo Tomás Martínez Guillén y Juan Rojas Osega, fueron detenidos en la ciudad de Iquique en el mes de noviembre de 1973 y conducidos al Regimiento de Telecomunicaciones de la misma ciudad, luego de un tiempo trasladados al Campamento de Prisioneros Políticos de Pisagua, ambas unidades dependientes de la Comandancia General de la VI División del Ejército, bajo el mando del General de Ejército don Carlos Forestier Haensgen, actualmente fallecido. Los detenidos no tenían militancia política ni desarrollaban ningún tipo de actividad subversiva, pero si eran sindicados por las autoridades militares de ser autores de delitos de contrabando de mercaderías y/o tráfico de estupefacientes, sin base alguna que lo hubiese acreditado.
Un día del mes de enero de 1974, se informó a la ciudadanía y a sus familiares, por un bando militar, que los prisioneros ya aludidos habían sido dejados en libertad en la intersección del Camino de Pisagua y la carretera Panamericana. Sin embargo, con ocasión del descubrimiento y exhumación de restos humanos encontrados en una Fosa clandestina encontrada al costado del cementerio de Pisagua en el año 1990, sus cuerpos fueron encontrados en una fosa, todos con sus manos atadas, los ojos vendados y un circulo de color rojo adherido a sus ropas a la altura del corazón, cada uno de ellos estaba envuelto en sacos de arpillera y se les inhumó con otros prisioneros que recibieron la misma sanción punitiva.
Las pericias médico legales que se efectuaron a estos restos humanos, determinaron que la causa de sus decesos eran las múltiples heridas de bala producto de una ejecución, previa a que sus cuerpos fueran ensacados e inhumados en la fosa;
II.-) Que Nelson José Márquez Agusto, militante del Partido Comunista, es detenido en Iquique con posterioridad al 11 de septiembre de 1973 y trasladado al Campo de Prisioneros de Guerra de Pisagua, donde se le mantiene por espacio de unos cuatro meses con reiterados castigos físicos, que se incrementaron con la visita del General Oscar Bonilla, autoridad militar ante la cual denunció maltrato por parte de los militares que lo custodiaban. En vista de esta violencia a su persona, el estado mental de Márquez se deteriora, por lo que sus captores deciden dejarlo sin custodia en cancha ubicada al frente de la Cárcel Pública, cuestión que a éste le permite efectuar un intento de bajar al muelle para huir, pero es descubierto y pese a las órdenes no se detiene, por lo que se inicia una búsqueda por ley de fuga y logra detenérsele, a continuación se le da una golpiza de escarmiento y se le traslada nuevamente a la Cárcel, más tarde lo van a buscar y en la playa adyacente al teatro de Pisagua se decide ejecutarlo como escarmiento y ejemplo para los otros prisioneros, sin haber motivo alguno que lo hiciese necesario, solamente para evitar que otros detenidos decidieran seguir su ejemplo e intentar fugarse;
III.-) Que el día 29 de octubre de 1973, en la localidad de Pisagua, Región de Tarapacá, se realiza un Consejo de Guerra y se resuelve condenar a muerte a Freddy Marcelo Taberna Gallegos, José Demóstenes Rosiel Sampson Ocaranza, Juan Antonio Ruz Díaz y Rodolfo Jacinto Fuenzalida Fernández, quienes a la sazón se encontraban privados de libertad en el campo de prisioneros existente en dicha localidad, como consecuencia de ello fueron ejecutados al costado norte del Cementerio de ese lugar, sin que hasta la fecha se conozca el paradero de sus restos, por lo que no ha sido posible comprobar sus decesos, situación que subsiste hasta la fecha».
Como se sabe, este fallo es de primera instancia, lo que supone que la sentencia podría ser apelada a instancias superiores antes de ser ejecutoriada.
Fuente :resumen.cl 25/11/2016
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