Germán Simón Cárcamo Carrasco

Rut : 6.220.333-1
Fecha Asesinato : 30-10-1973
Comuna Asesinato : Porvenir
Fecha Nacimiento : 16-08-1949
Edad : 24
Lugar Nacimiento : Corral
Partido Político : Partido Socialista (PS)
Oficio o Profesión : Funcionario público
Nacionalidad : Chilena

Antecedentes del Caso

El 30 de Octubre de 1973 fueron ejecutados en el Regimiento Caupolicán de Porvenir, Carlos Raúl BAIGORRI HERNANDEZ, 31 años, profesor de la Escuela de esa ciudad, militante comunista; Germán Simón CARCAMO CARRASCO, 24 años, empleado de SOCOAGRO, militante socialista; y Ramón Domingo GONZALEZ ORTEGA, 37 años, empleado del Servicio de Impuestos Internos, sin militancia conocida.  Estas tres personas habían sido detenidas en forma separada en sus respectivos domicilios en fechas anteriores y luego de pasar por otros recintos, fueron conducidos al Regimiento Caupolicán de Porvenir.  El día 30 de Octubre en la madrugada, los afectados fueron sacados del lugar en que dormían y llevados por unos suboficiales al Polígono del Regimiento, donde se les hizo correr y se les disparó hasta darles muerte.  Según testimonios confiables presentados ante esta Comisión, los detenidos habrían sido fusilados en el polígono a las 04:00 horas del día 30, con el objeto de efectuar una medida ejemplarizadora.   

                                    La versión oficial sobre el hecho, publicada el 31 de Octubre en el diario La Prensa Austral, señalaba que los detenidos se habían escapado el 29 de Octubre a las 24.00 horas y habían sido ubicados por las patrullas que salieron en su búsqueda a unos 20 kms.  de Porvenir.  Agregaba que al no hacer caso a la voz de alto, los soldados dispararon y les dieron muerte.  Los cuerpos fueron entregados a los familiares varios días después de los hechos.

                                                                        La Comisión se formó la convicción que las muertes de Baigorri, Cárcamo y González, fueron en realidad ejecuciones sin juicio, constitutivas de graves violaciones de los Derechos Humanos.  Contribuye a formar tal convicción :  

                        -            La existencia de testimonios confiables acerca de la forma en que ocurrieron los hechos, específicamente que los detenidos fueron sacados por tres suboficiales de la barraca en que se hallaban. 

                        -            ue no resulta verosímil que en tan poco tiempo y atendidas las condiciones, los fugados hubiesen alcanzado a huir 20 kilómetros.

                        -            Que tampoco resulta verosímil que pudiese ocurrir una fuga desde un recinto con tanta vigilancia como la que tiene un Regimiento, más aún cuando hay detenidos en su interior.

                        -            Que testimonios dignos de fe recibidos por la Comisión señalan que a los afectados se les había comunicado que al día siguiente quedarían en libertad, lo que hace aún más inverosímil un intento de fuga.

                        -            En ningún caso parece verosímil que, para recapturar a prófugos desarmados fuese necesario darles muerte a todos.

 

Fuente :(Informe Rettig)

Prensa

El 29 de octubre de 1973 fueron ejecutados, Carlos Raúl Baigorri Hernández, Germán Simón Cárcamo Carrasco y Ramón Domingo González Ortega, según consta en los archivos jurídicos del caso González, en la localidad de Los Canelos, Cordón Baquedano, a unos 40 minutos de Porvenir. En tanto que, Jorge Manuel Parra Alarcón, fue asesinado por personal militar el 24 de octubre de 1973 en Cerro Sombrero. Estos cuatro presos políticos de la dictadura de Pinochet, fueron ejecutados sin juicio, asesinados por efectivos del Regimiento Caupolicán de Porvenir.  Estos horribles crímenes contra la humanidad se cometieron en el marco de una campaña nacional de la dictadura en 1973 conocida como la «Caravana de la Muerte».

Estos hechos están fehacientemente comprobados por la justicia chilena. De hecho, se condenó  en enero del 2008 a  Juan Antonio Ortiz Toledo y Miguel Pablo Muñoz Uribe  como autores del delito de homicidio calificado en la persona de Ramón Domingo González Ortega, Germán Simón Cárcamo Carrasco y Carlos Raúl Baigorri Hernández, según dice la sentencia por el  “hecho perpetrado en la localidad de Porvenir, la noche del 29 de octubre de 1973, a la pena de TRES AÑOS Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de las costas de la causa.” Igualmente, se condenó a   José Rafael Aguirre Aguirre ,  a la pena de CINCO AÑOS Y UN DIA de presidio mayor en su grado mínimo.

A Ortiz Toledo y Muñoz Uribe se les concedió el beneficio de la libertad vigilada, debiendo permanecer sujetos a tratamiento y observación por parte de un delegado de Libertad Vigilada, durante el término de tres años y un día.  Al condenado Aguirre Aguirre  no se les concedió dicho beneficio.

Como podemos ver, todos los inculpados cumplieron ya, hace rato, penas mínimas por los delitos de lesa humanidad cometidos, y sus superiores, quienes dieron las ordenes, permanecieron en completa impunidad.

Como acostumbramos a hacer,  de alguna manera hemos normalizado lo que fue un tremendo crimen de estado, ejecutado por una de sus instituciones, el Ejército de Chile. Falta aun tener explicaciones de el porqué de este crimen de lesa humanidad. ¿Por qué se escogieron estas cuatro personas para ser eliminados, sin cargos, ni juicio?

QUIENES ERAN LOS EJECUTADOS DE TIERRA DEL FUEGO

Los siguientes datos fueron tomados de un video elaborado el año 2006, denominado “Inauguración Memorial Magallanes”, que se refiere al Memorial de Ejecutados y Desaparecidos que se encuentra en el Cementerio Municipal de Punta Arenas.

Carlos Raúl Baigorri Hernández. Tenía 31 años y era viudo al momento de su ejecución. Era profesor de la Escuela Coeducacional F39 de Porvenir. Padre de un hijo. Militante y secretario regional del Partido Comunista. No había pasado un mes desde el golpe de estado de 1973 cuando lo destituyeron de su cargo de profesor y fue reducido a labores administrativas en el internado del colegio. Cuando lo detuvieron, fue acusado de ser participe del Plan Zeta, comprobada falsedad inventada por la maquinaria de propaganda de la Junta Militar para justificar el golpe.

Germán Simón Cárcamo Carrasco. Tenía 24 años cuando lo ejecutaron. Soltero. Técnico veterinario, trabajaba en la empresa SOCOAGRO. Secretario del sindicato de su empresa. Era militante del Partido Socialista. Cárcamo llegó a Porvenir en el mes de junio de 1973 desde Valdivia, donde residía junto a su madre y hermanos. En Porvenir vivía en una pensión desde donde fue detenido por Carabineros, acusado de poseer “material extremista”, o sea libros, fue llevado primero al retén de carabineros de Porvenir y luego entregado al Regimiento Caupolicán. La dueña de la pensión donde habitaba le llevaba ropa y recogía su ropa sucia, la que esta describió como habitualmente manchada de sangre.

Ramón Domingo González Ortega. Al momento de su ejecución tenía 37 años, era casado. Padre de cuatro hijos. Contador. Trabajaba en el Servicio de Impuestos Internos de Punta Arenas como Inspector Grado 1. Llegó a Porvenir como interventor de la Cooperativa de Pescadores de Tierra del Fuego (COPETIF) y permaneció en ese cargo desde octubre de 1971 hasta diciembre de 1972. No tenía militancia política. González nació en Chillán, llegando a trabajar en Punta Arenas en 1969. El 11 de septiembre de 1973 fue detenido por personal de la FACH en Punta Arenas. Estuvo detenido en Bahía Catalina, y luego conducido a ASMAR, desde donde fue llevado en barco por la Marina al campo de prisioneros Compañia Ingenieros de la Infantería de Marina, COMPINGIM, de Isla Dawson. El 11 de octubre de 1973 lo trasladaron al campo de prisioneros del Ejercito Caupolicán en Porvenir, desde donde no salió con vida.

Jorge Manuel Parra Alarcón. Tenía 38 años cuando lo mataron. Era funcionario de la Empresa Nacional del Petróleo, ENAP. Era casado y tenía seis hijos. Era militante del Partido Comunista. Trabajaba como mecánico del taller de Cerro Sombrero, y supervisor mecánico de Manantiales. Para el 11 de septiembre se encontraba en comisión de servicio en Santiago. Vuelve a Punta Arenas el 16 de octubre de 1973, y es detenido al bajar del avión siendo inmediatamente trasladado a Cerro Sombrero donde es mantenido como prisionero en una casa del campamento que era usada como centro de interrogación, detención y tortura. El 24 de octubre de 1973, en un acto reflejo de defensa, en un momento de la tortura, Parra golpeó a quien lo torturaba e interrogaba, propinándole éste dos balazos con su arma de servicio. Lo dieron por muerto y se ordenó que lo trasladen a Porvenir. En el camino, Parra dio signos de vida, y los militares que lo transportaban procedieron a rematarlo.

A 50 años, los residentes de Porvenir, y de Magallanes en su conjunto, no hemos logrado reaccionar ante estos trágicos hechos, denunciándolos, y catalogándolos como lo que fueron, crímenes de lesa humanidad, al margen de toda conducta civilizada. Se hace necesario establecer el sector de Los Canelos como un sitio de memoria, con acceso comunitario y con marcadores que expliciten lo que allí sucedió, con las historias de los ejecutados y de los ejecutores. Ciertamente el Regimiento Caupolicán debe ser sitio de memoria, donde tanta gente, hombres y mujeres, fueron martirizados, como los retenes de Carabineros e incluso casas particulares. Igualmente, deberían marcarse calles con los nombres de los compañeros ejecutados, para honrar su memoria desde donde acabaron con sus vidas.

Por cierto, es una afrenta a la memoria de los ejecutados de Tierra del Fuego, y a las y los presos políticos de dicho lugar, el que el museo regional lleve el nombre del general de Carabineros Fernando Cordero Rusque. Al momento del golpe el entonces teniente Cordero Rusque se destacó en las tareas de represión y tortura de perseguidos políticos, bajo las órdenes del gobernador militar de la dictadura, Augusto Reiger Rago, nombres infamantes que deben pasar a la historia como asesinos, finalmente responsables de las ejecuciones aquí mencionadas. Estos militares vivieron y murieron en la impunidad, sin juicio ni castigo alguno. Que sea la ciudadanía la que juzgue y rechace sus acciones criminales ya que el estado y la justicia no han querido hacerlo.

Este 29 de octubre de 2023, nuevamente marcaremos la fecha, como lo hacemos año tras año las organizaciones de derechos humanos con una delegación que viajará a Porvenir para llevar a cabo el día 28 de octubre por la tarde la exhibición de la instalación de origami, “Mil Grullas por la Memoria” en el Museo Regional, la que continuará el domingo 29 por la mañana. El domingo 29 de octubre haremos la tradicional Romería por los Ejecutados de Tierra del Fuego en el Cementerio Municipal, a las 13 horas, y a las 15 horas viajaremos en bus hasta el sitio memorial de Los Canelos. Toda la comunidad de Porvenir invitada a participar de estos eventos, donde también esperamos contar con autoridades regionales, Porvenir y Tierra del Fuego.

Fuente :radiopolar.com

Fecha :29-10-2023

Desde el Cementerio de Porvenir,

el lunes al miércoles de la semana pasada se efectuó en Porvenir la exhumación de los restos de los presos políticos asesinados durante la dictadura, Germán Cárcamo Carrasco, administrativo del otrora Frigorífico Socoagro (hoy Patagonia) y Carlos Baigorri Hernández, profesor de la Escuela Coeducacional Nº1 (actual Bernardo O’Higgins). Ambos fueron removidos desde sus sepulturas en el Cementerio Municipal de esta ciudad por funcionarios de la Brigada de Derechos Humanos de la PDI (Policía de Investigaciones), por orden de la ministra de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, Marta Jimena Pinto.

Todo ello, para cumplir una nueva acción judicial impetrada por los familiares de los fusilados en septiembre de 1973 por personal del entonces Regimiento Caupolicán, tal como hace unos años se hizo lo propio con Jorge Parra Alarcón (a la sazón trabajador de Enap ultimado por militares en Cerro Sombrero), también hasta entonces inhumados en el camposanto fueguino. Aun cuando no fue posible obtener la versión judicial, trascendió que los restos de los dos ejecutados políticos fueron trasladados al Servicio Médico Legal de Punta Arenas, desde donde serán enviados a Europa, a fin de efectuárseles exámenes con medios de avanzada tecnología. Se trata de una diligencia que sus familiares consideraban vital pero que pese a sus solicitudes, no se realizó en una anterior instancia judicial, con el fin de establecer si además de su asesinato, los fallecidos sufrieron secuestro y tortura. Además de en Porvenir, en la ciudad de Chillán se exhumaron los restos del tercer asesinado en la capital fueguina, el administrativo de la desaparecida envasadora Copetif, Ramón González Ortega.

Fuente :laprensaaustral.cl

Fecha :21-12-2021

El fallo fue pronunciado por cuatro votos contra uno por la II Sala Penal del máximo tribunal, siendo el voto disidente el del juez Nibaldo Segura, que estuvo por absolver a los procesados sobre la base de la prescripción del delito. Sin embargo, la legislación internacional sostiene que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles, lo cual Chile acogió.
La Corte Suprema condenó este martes a siete años de prisión, en un fallo definitivo, a tres represores de la dictadura militar que en octubre de 1973 asesinaron en la región de Magallanes a tres prisioneros políticos, informaron fuentes judiciales.
Los condenados, que según el fallo no tendrán beneficios carcelarios hasta cumplir la condena, son Miguel Pablo Muñoz Uribe, Juan Antonio Ortiz Toledo y José Aguirre Aguirre, precisaron las fuentes.
Los tres fueron procesados y condenados por los homicidios de Ramón González Ortega, Germán Cárcamo Carrasco y Carlos Baigorri Hernández, ocurridos la noche del 29 de octubre de 1973, en la localidad de Porvenir, a 2.600 kilómetros al sur de Santiago, en la región de Magallanes.
Según los antecedentes reunidos en el proceso, los tres fueron asesinados esa noche y al día siguiente las autoridades militares publicaron que habían sido ultimados durante un intento de fuga, a 20 kilómetros de la ciudad.
Carlos Baigorri tenía 31 años, era profesor y dirigente regional del Partido Comunista, Germán Cárcamo tenía 24 años, era empleado y militante del Partido Socialista, y Ramón González, de 37 años, no tenía militancia y era funcionario del Servicio de Impuestos Internos.
El fallo fue pronunciado por cuatro votos a uno por la II Sala Penal del máximo tribunal chileno, con el voto disidente del juez Nibaldo Segura, que estuvo por absolver a los procesados sobre la base de la prescripción del delito.

Según la legislación internacional, acogida en la legislación chilena, los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles.
En la parte civil del juicio el tribunal determinó que el Fisco debe pagar una indemnización de 50 millones de pesos a la familia de cada una de las víctimas.
 

 

Fuente :elmostrador.cl

Fecha :16-03-2010

El 30 de octubre en la madrugada, los tres fueron sacados del lugar en que dormían y llevados al polígono del regimiento, donde se les hizo correr y se les disparó hasta darles muerte. La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó dos condenas por tres ejecutados políticos en la XII Región, en 1973, pero absolvió a uno de los procesados en el llamado caso Porvenir.

Ramón González Ortega, Germán Cárcamo Carrasco y Carlos Baigorri Hernández fueron asesinados el 30 de octubre de 1973 en las cercanías del Regimiento de Infantería Caupolicán, en Porvenir.

La versión oficial afirmó que los detenidos se habían escapado y, al ser ubicados, no obedecieron la voz de alto, por lo cual los soldados dispararon y les dieron muerte.

En primera instancia, el ministro Joaquín Billard condenó a 5 años y un día de presidio al entonces subteniente José Aguirre Aguirre, y a 3 años y un día, con el beneficio de libertad vigilada, al cabo Miguel Muñoz Uribe y al sargento Juan Ortiz Toledo.

Sin embargo, el tribunal de alzada determinó la absolución de Aguirre, por estimar que no participó en los hechos, y elevó a siete años de presidio las penas para Muñoz y Ortiz.

Asimismo, la sentencia ordena al Fisco pagar una indemnización de $50.000.000 a cada uno de los padres de Carlos Baigorri Hernández:  Dieter Baigorri Kuvacic y Georgina Hernández Ponce.

Carlos Baigorri, de 31 años a la fecha de su muerte, tenía un hijo y era profesor y secretario regional del Partido Comunista. En tanto, Ramón González tenía 37 años, era empleado del Servicio de Impuestos Internos y no tenía militancia conocida.

Finalmente, Germán Cárcamo tenía 24 años y era empleado de Socoagro y militante socialista.

Estas tres personas habían sido detenidas en forma separada en sus respectivos domicilios y luego de pasar por otros recintos, fueron conducidos al regimiento Caupolicán.

El 30 de octubre en la madrugada, los tres fueron sacados del lugar en que dormían y llevados al polígono del regimiento, donde se les hizo correr y se les disparó hasta darles muerte.

Según testimonios confiables presentados ante la Comisión Rettig, los detenidos fueron fusilados a las 04 horas del día 30, con el objetivo de efectuar una "medida ejemplarizadora".

Fuente :lanacion.cl

Fecha :18-11-2008

El ministro de fuero Joaquín Billard condenó este lunes a tres militares en retiro acusados de homicidio calificado en contra de Ramón Domingo González Ortega, Germán Simón Cárcamo Carrasco y Carlos Raúl Baigorri Hernández, en hechos acontecidos en la localidad de Porvenir, el 29 de octubre de 1973.

El magistrado sentenció a Juan Antonio Ortiz Toledo y Miguel Pablo Muñoz Uribe, a la pena de tres años y un día de presidio, y a José Rafael Aguirre Aguirre, a cinco años y un día de cárcel.

El juez también estipuló que "reuniéndose respecto de los sentenciados Ortiz Toledo y Muñoz Uribe, los requisitos del artículo 15 de la ley 18.216, se les concede el beneficio de la libertad vigilada" y que "no concurriendo respecto del sentenciado Aguirre Aguirre los requisitos de la Ley 18.216, no se les concede ninguno de los beneficios por ella establecidos".

El ministro de fuero rechazó, además, en todas sus partes, la demanda civil de indemnización de perjuicios, deducida en contra del Fisco de Chile.

Según lo señala la orden de detención emanada del ministro de fuero sobre los delitos acaecidos en Magallanes: "Ramón González, Germán Cárcamo y Carlos Baigorri, mientras se encontraban prisioneros dentro de un container ubicado al interior del regimiento de infantería Nº11 "Caupolicán" de Porvenir, fueron sacados de su encierro por cuatro soldados de la misma unidad y los subieron a una camioneta para trasladarlos varios kilómetros fuera del regimiento".

Los antecedentes del proceso establecen que "una vez que se detuvo el vehículo, los soldados hicieron bajar a los prisioneros y acto seguido, les dispararon con los fusiles SIG, dándoles muerte en forma inmediata. Constatadas sus muertes, por un medico de la misma unidad militar, los uniformados procedieron a sepultar los cuerpos en el mismo lugar de su ejecución".

Al día siguiente, de acuerdo a lo que consigna en el expediente, "el comandante de la unidad dio como versión oficial la baja de los prisioneros por habérseles aplicado la ley de fuga, informándose al resto del regimiento y a los medios de información, que estos huyeron de la unidad, que fueron sorprendidos a unos 20 kilómetros de distancia, y al no hacer caso de la voz de alto, se les disparó dándoles muerte, hecho que importa la comisión del delito de homicidio calificado cometido en las personas de Ramón González Ortega, Germán Cárcamo Carrasco y Carlos Baigorri Hernández, ilícito previsto y sancionado en el articulo 391 Nº1 del Código Penal".

Fuente :lanacion.cl

Fecha :28-01-2008

Puede que sean las víctimas más australes de la dictadura de Augusto Pinochet:
tres hombres fusilados en las heladas pampas de Porvenir, XII Región, por efectivos del Regimiento Nº 11 Caupolicán. El ministro de fuero Joaquín Billard sometió a proceso y encarceló ayer, por homicidio calificado, a los tres suboficiales que abrieron fuego sobre Ramón González (empleado fiscal), Carlos Baigorri (profesor) y Hernán Cárcamo (obrero de pesca), la madrugada de un olvidado 30 de octubre de 1973. La Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos constató que los tres prisioneros fueron sacados desde la unidad militar, siendo los únicos detenidos del recinto que no eran de la zona.
Se acreditó que los suboficiales Miguel Muñoz, Luis Arata y Juan Ortiz los condujeron hasta un lejano punto de Tierra del Fuego, fusilándolos por orden del comandante del regimiento, Augusto Reijer Rago (fallecido). Los tres cuerpos fueron enterrados en el mismo lugar, acreditándose su muerte por un médico de la misma unidad militar que constató que sus muertes ocurrieron por las heridas provocadas por balas. Reijer Rago era amigo de Sergio Arellano Stark, jefe de la temida Caravana de la Muerte. Según testimonios, los fusilamientos se produjeron después de una llamada de Arellano en la que le consulta a Reijer “cuántos muertos tenían”.

Fuente :lanacion.cl

Fecha :09-08-2006

Hace 30 años en la ciudad de Porvenir, cruzando el Estrecho de Magallanes, ocurrieron hechos tan importantes respecto a violaciones de derechos humanos que, desde entonces, han permanecido olvidados en la conciencia magallánica, pero no entre aquellos que hemos crecido con la esperanza de reencontrarnos sobre la base de la verdad y la justicia.

El Diario “La Prensa Austral”, del 31 de octubre de 1973, informó a la comunidad de Punta Arenas –y con ello, a todos los medios nacionales- de un hecho que provocó impacto dejando huella en la historia de nuestra Región: la muerte por fusilamiento de tres personas detenidas en el Regimiento Caupolicán.de Porvenir.

El encabezado de la información menciona que fueron “ Muertos tres extremistas al fugarse ”, indicando que la razón de las ejecuciones fue la “ fuga de ellos del Regimiento a las 24:00 hrs. del día 30 de Octubre y una vez ubicados a 20 kilómetros de Porvenir y no haciendo caso a la voz de alto los soldados dispararon resultando los tres muertos ”.

El comunicado menciona los nombres de las tres personas; Germán Cárcamo Carrasco, Carlos Baigorri Hernández y Ramón González Ortega , mi padre.

Además, la noticia se centra en su persona, haciendo alusión a la actividad profesional que le tocó realizar en la Cooperativa de Pescadores de Tierra del Fuego (COPETIF), la forma en que fue detenido el día 11 y los lugares de detención en los cuales estuvo: Isla Dawson y el Regimiento Caupolicán de Porvenir.

El reporte de la época menciona que mi padre “fue trasladado al Regimiento Caupolicán de Porvenir para que, entre otras cosas, procediera a finiquitar su participación como Interventor”.

Asimismo se menciona que la razón por la cual se encontraba detenido era bajo la acusación de “ activista peligroso ”.

Todo fue mentira y engaño

Dicha noticia entregada en la época es un claro ejemplo de la mentira y el engaño.

La Comisión Verdad y Reconciliación creada bajo el gobierno de Patricio Aylwin Azócar, investigó los hechos ocurridos en la región de Magallanes respecto de las violaciones a los derechos humanos. Tal comisión, en su informe final, a razón de los sucesos ocurridos en Porvenir, se formó la siguiente convicción:

Que, las muertes de Baigorri, Cárcamo y González, fueron en realidad “ ejecuciones sin juicio ”, constitutivas de graves violaciones de los derechos humanos y las razones que contribuyen a tal convicción son:

La existencia de testimonios confiables acerca de la forma en que ocurrieron los hechos, específicamente que los detenidos fueron sacados por tres suboficiales de la barraca en que se hallaban;

Que no resulta verosímil que en tan poco tiempo y atendidas las condiciones, los fugados hubiesen alcanzado a huir 20 kilómetros;

Que tampoco resulta verosímil que pudiese ocurrir una fuga desde un recinto con tanta vigilancia como la que tiene un regimiento, más aún cuando hay detenidos en su interior;

Que testimonios dignos de fe recibidos por la Comisión señalaban que a los afectados se le había comunicado que al día siguiente quedarían en libertad, lo que hace más inverosímil un intento de fuga;

En ningún caso parece verosímil que, para recapturar a prófugos desarmados fuese necesario darles muertes a todos.

Además, poseo la declaración de un uniformado en retiro que da fe a los hechos reales de la muerte de mi padre, y que no existe documento o testimonio que acredite que Ramón González Ortega fuese un “Activista Peligroso o Extremista”.

Cooperativa de Pescadores

Sobre la cooperativa COPETIF, mi padre era Inspector de Impuestos Internos de Punta Arenas, cuyos antecedentes se pueden encontrar en la Contraloría General de la República, y por sus méritos profesionales se le asignó la Intervención de COPETIF para sacar a flote una Cooperativa que estaba al borde de la quiebra.

Al respecto, mi padre entregó un informe final con relación a la labor hecha en Porvenir, que acredita cuales fueron las funciones que realizó en COPETIF y que en ningún caso corresponden a actividades extremistas, la cual hace referencia la acusación militar; además la intervención de dicha Cooperativa fue asignada posteriormente a otro funcionario para obtener la completa normalización de la entidad intervenida.

Por lo antes dicho y dado los antecedentes que existen y desmienten tal comunicado es que, aclaro y rechazo las graves acusaciones publicadas por las autoridades de la época, de las cuales fue objeto Ramón González Ortega.

Fue un fusilamiento

Con igual fuerza repudio los calificativos de “ extremista y activista peligroso ” al cual se refiere el aludido reporte y que fue motivo de una falsa propaganda.

El 30 de octubre de 1973, a las 3 horas, en el Regimiento Caupolicán de Porvenir, fueron fusilados Ramón González Ortega, Carlos Baigorri, y German Cárcamo.

Tres personas fueron violentadas sin justificación respecto al Derecho consagrado por Dios y la Constitución, que es “el derecho a la vida y a la integridad física”. La excusa entregada para tal medida fue la aplicación de la ley de fuga, embuste utilizado para ejecutar sin juicio a prisioneros en centros de reclusión como fueron los recintos militares. Así ante el país reconocían su accionar ilegitimo y bárbaro.

Después de las ejecuciones los cuerpos fueron solicitados por distintas personas de Porvenir, como fue el caso de Cárcamo y Baigorri. Gracias a la oportuna intervención de aquellos que eran los más cercanos, los fallecidos descansan hoy en el Cementerio de esa ciudad.

Por su parte, González fue entregado al funcionario de Impuestos Internos que viajó en representación de la familia para ser trasladado y sepultado provisoriamente en el Mausoleo de la Cruz Roja en el Cementerio de Punta Arenas. En enero de 1974 sus restos fueron llevados a Chillán, su ciudad natal, en cuyo Cementerio General descansan hasta hoy.

Cajas de resonancia

Los medios de comunicación –entiéndase radios, televisión y prensa- daban a conocer con frecuencia este tipo de casos y Punta Arenas no fue la excepción, ya que se entregó información falsa de los hechos que ocurrieron realmente en Porvenir.

Lamento esta actitud, aún sabiendo que la primera medida adoptada por las Fuerzas Armadas fue controlar de manera absoluta los medios de comunicación, publicando y difundiendo la información que el régimen les solicitaba en materias relacionadas con derechos humanos, sin tomar precaución de averiguar la verdad de tales afirmaciones, que en muchas ocasiones, según se ha demostrado posteriormente, no correspondía a la realidad.

Con ello, la publicación del día 30 de octubre respecto a la supuesta fuga, permitió justificar ante la opinión pública las muertes en Porvenir, afectando el buen nombre y la dignidad de estas tres personas.

Sus muertes son un claro ejemplo de violación al derecho más fundamental del hombre. Ninguna muerte puede ser justificada; ninguno de los valores más básicos del ser humano puede ser aplastado y pisoteado tan cruelmente argumentando que existen motivos superiores.

Mintió la autoridad militar

Fomentaron esta postura las declaraciones formuladas por el Comandante en Jefe de la V División de Ejército y Comandante en Jefe de la Región Militar Austral y posterior Intendente de la época, que encabezó la Junta de Gobierno Provincial, al diario La Prensa Austral el 30 de diciembre de 2000.

En dicha entrevista, jamás reconoció los sucesos en Porvenir y en general en Magallanes, aseverando que “en Magallanes no hubo ningún problema, ni un sólo problema“ respecto a violación de derechos humanos; incluso desafió a probar lo contrario por medio de documentos y fotografías.

Los hechos son los mencionados y las pruebas existen, pero será ante las autoridades competentes que deban ser expuestos y dados a conocer para establecer las responsabilidades que correspondan.

Creo que con este testimonio, en parte, el daño ha sido reparado ya que jamás, respecto a estos hechos acaecidos en nuestra Región de Magallanes, se ha reconocido y mencionado oficialmente por aquellos que detentaban en esa oportunidad los más altos cargos; es más, aún siguen guardando silencio.

Fuente : Zonaimapcto.cl

Fecha :04-11-2003

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Ultima Actualización : 20/09/2026