Hugolino Humberto Arias Navarrete

Rut : 3.632.877-0
Fecha Detención : 01-10-1973
Comuna Detención : Buín
Fecha Asesinato : 02-10-1973
Comuna Asesinato : Santiago
Fecha Nacimiento : 29-09-1939
Edad : 35
Lugar Nacimiento : Buín
Oficio o Profesión : Profesor
Nacionalidad : Chilena

Antecedentes del Caso

Hugolino Humberto ARIAS NAVARRETE

El 2 de octubre de 1973, fueron muertos por miembros del Ejército,

 -           Hugolino Humberto ARIAS NAVARRETE, de 35 años, profesor técnico rural en la zona de Linderos,

 -           Víctor Omar GALVEZ NORAMBUENA, 21 años, profesor rural técnico en la zona de Linderos, y

 -           Nelson Joaquín MEDINA LETELIER, 23 años, profesor de capacitación técnica rural en la zona de Linderos. 

 Por órdenes de las nuevas autoridades el día 11 de septiembre de 1973 se suspendieron las clases hasta que las circunstancias del país se normalizaran.  Posteriormente se ordenó a los profesores que el uno de octubre se presentaran en sus lugares de trabajo.  Es así como estos tres profesores concurrieron a hacer sus clases en la Escuela Técnico Rural de Linderos, donde se desempeñaban.  Allí los esperaban Carabineros de la Comisaría de Buin, quienes les detuvieron.  Hubo un cuarto profesor al cual esperaban, pero que fue alertado en la Estación de Trenes que no se presentara porque habían detenido a sus compañeros de trabajo.  Esa misma tarde fueron llevados a la Comisaría de Carabineros de Buin en donde ingresan en calidad de “extremistas”, según el Libro de Detenidos de la Comisaría.  No obstante, en la tarde son retirados del lugar por un oficial de la Escuela de Infantería de San Bernardo y trasladados al Campamento de Detenidos de Cerro Chena.  Al día siguiente fueron ejecutados en ese centro de detención, registrando los cuerpos, según lo certifican los protocolos de autopsia, múltiples disparos en el pecho y las cabezas.

A las familias se les negó permanentemente las detenciones, no siéndoles tampoco comunicadas las defunciones.  Sin embargo, por otros medios pudieron enterarse posteriormente del desenlace y de que los cuerpos de sus familiares se encontraban enterrados en el Patio 29 del Cementerio General.  Los familiares de Hugolino Arias y de Víctor Gálvez lograron exhumar sus cuerpos y comprobar sus identidades.

La Comisión adquirió convicción de que las víctimas fueron ejecutadas al margen de todo proceso por funcionarios estatales, en violación de sus derechos elementales, sirviéndole para ello como evidencia suficiente la constancia de las detenciones y la forma en que ocurrieron las muertes.

Fuente :(Informe Rettig)

Prensa

La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a un ex oficial del Ejército por su responsabilidad en los delitos consumados de secuestro simple y homicidio calificado de los profesores Hugolino Humberto Arias Navarrete, Víctor Omar Gálvez Norambuena y Nelson Joaquín Medina Letelier, perpetrados en octubre de 1973, en la comuna de San Bernardo.

En fallo unánime (causa rol 440-2023), la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras María Carolina Catepillán Lobos, Liliana Mera Muñoz y el ministro Patricio Martínez Benavides- ratificó la sentencia dictada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón, que condenó al ex brigadier de Ejército Jorge Eduardo Romero Campos a las penas de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de homicidio calificado de las víctimas, y a 3 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito de secuestro de los docentes.

En tanto, el criminal ex oficial Alfonso Faúndez Norambuena, que en primera instancia también fue sentenciado a las mismas penas de presidio que Romero Campos, fue sobreseído por haber caído en demencia o enajenación mental antes de la dictación del fallo de la Corte.

En la investigación judicial de la ministra Cifuentes quedó establecido que, luego de las restricciones impuestas con el golpe de Estado, y en cumplimiento de una orden emitida por los militares que habían tomado el poder, el día lunes 1 de octubre de 1973 los profesores Hugolino Humberto Arias Navarrete, de 35 años de edad, Víctor Omar Gálvez Norambuena, de 21 años, y Nelson Joaquín Medina Letelier, de 23 años, salieron desde sus respectivos domicilios hacia la escuela técnico rural en que desempeñaban sus labores, ubicada en la localidad de Linderos, comuna de Buin, con el fin de reanudar las clases que se encontraban suspendidas desde el 11 de septiembre de 1973.

Sin embargo, los tres profesores fueron detenidos por funcionarios de dotación de la Comisaría de Carabineros de Buin, quienes los trasladaron a la referida unidad policial, dirigida en la época por el Mayor Héctor Ubilla Castillo (actualmente fallecido) y luego los entregaron a una patrulla militar de la Escuela de Infantería de San Bernardo, a cargo del capitán Víctor Raúl Pinto Pérez, también fallecido.

Posteriormente, los profesores detenidos fueron conducidos al campo de prisioneros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, situado en el cerro Chena, recinto militar bajo el mando de los oficiales Jorge Eduardo Romero Campos (quien escaló hasta el grado de Brigadier de Ejército), Alfonso Faúndez Norambuena (ahora "demente", quien llegó hasta teniente coronel) y Osvaldo Andrés Magaña Bau (ex coronel, ya fallecido) entre otros, todos de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo.

El día 2 de octubre de 1973, los profesores Hugolino Humberto Arias Navarrete, Víctor Omar Gálvez Norambuena y Nelson Joaquín Medina Letelier, fueron ejecutados al interior de la Escuela de Infantería de San Bernardo, al margen de toda legalidad, mediante múltiples disparos con arma de fuego.

Respecto de la condena que recae sobre el criminal Jorge Romero Campos, la resolución de la Corte de San Miguel señala:

"Que en lo que dice relación con la participación del acusado en los delitos de homicidios calificados por los que se le condenó, lo cierto es que es un hecho establecido en la causa, ......., que las víctimas, Hugolino Humberto Arias Navarrete, Víctor Omar Gálvez Norambuena y Nelson Joaquín Medina Letelier fueron detenidas el 1 de octubre de 1973 y llevadas posteriormente, desde la Comisaría de Carabineros de Buin, hasta la Escuela de Infantería de San Bernardo, lugar donde fueron ejecutados al día siguiente", sostiene el fallo.

"Los homicidios por los que se condenó a Jorge Eduardo Romero Campos se enmarcan dentro de un ataque generalizado y sistemático en contra de un grupo determinado de la población civil, conformado, en este caso, por personas a quienes agentes del Estado, calidad que tenía el acusado, catalogaron como 'extremistas"

por Darío Núñez

Fuente :resumen.cl, 28 de Octubre 2023

Fecha :28-10-2023

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que condenó a ex oficial de Ejército por el secuestro y homicidio calificado de los profesores rurales Hugolino Humberto Arias Navarrete, Víctor Omar Gálvez Norambuena y Nelson Joaquín Medina Letelier, detenidos en octubre de 1973 en Linderos y ejecutados en la Escuela de Infantería de San Bernardo.

En fallo unánime (causa rol 246.271-2023), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros y ministras Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo y el abogado (i) Eduardo Gandulfo- confirmó la sentencia que condenó al ex oficial Jorge Eduardo Romero Campos a las penas de 15 años y un día de presidio en calidad de autor del delito de homicidio calificado de los profesores, más tres años y un día de presidio, en calidad de autor del delito de secuestro simple de los docentes.

En la sentencia, la Sala Penal confirmó, además, el sobreseimiento del condenado en primera instancia, el también ex oficial de Ejército Alfonso Faúndez Norambuena por enajenación mental. Este criminal que en primera instancia también fue sentenciado a las mismas penas de presidio que Romero Campos, fue sobreseído por haber caído en demencia o enajenación mental antes de la dictación del fallo de alzada de la Corte de Apelaciones de San Miguel.

Asesinados en Cerro Chena

En la investigación judicial de la ministra Cifuentes quedó establecido que, luego de las restricciones impuestas con el golpe de Estado, y en cumplimiento de una orden emitida por los militares que habían tomado el poder, el día lunes 1 de octubre de 1973 los profesores Hugolino Humberto Arias Navarrete, de 35 años de edad, Víctor Omar Gálvez Norambuena, de 21 años, y Nelson Joaquín Medina Letelier, de 23 años, salieron desde sus respectivos domicilios hacia la escuela técnico rural en que desempeñaban sus labores, ubicada en la localidad de Linderos, comuna de Buin, con el fin de reanudar las clases que se encontraban suspendidas desde el 11 de septiembre de 1973.

Sin embargo, los tres profesores fueron detenidos por funcionarios de dotación de la Comisaría de Carabineros de Buin, quienes los trasladaron a la referida unidad policial, dirigida en la época por el Mayor Héctor Ubilla Castillo (actualmente fallecido) y luego los entregaron a una patrulla militar de la Escuela de Infantería de San Bernardo, a cargo del capitán Víctor Raúl Pinto Pérez, también fallecido.

Posteriormente, los profesores detenidos fueron conducidos al campo de prisioneros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, situado en el cerro Chena, recinto militar bajo el mando de los oficiales Jorge Eduardo Romero Campos (quien escaló hasta el grado de Brigadier de Ejército), Alfonso Faúndez Norambuena (ahora «demente», quien llegó hasta teniente coronel) y Osvaldo Andrés Magaña Bau (ex coronel, ya fallecido) entre otros, todos de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo.

El día 2 de octubre de 1973, los profesores Hugolino Humberto Arias Navarrete, Víctor Omar Gálvez Norambuena y Nelson Joaquín Medina Letelier, fueron ejecutados al interior de la Escuela de Infantería de San Bernardo, al margen de toda legalidad, mediante múltiples disparos con arma de fuego.

Respecto de la condena que recae sobre el criminal Jorge Romero Campos, en su oportunidad, la resolución de la Corte de San Miguel señaló:

«Que en lo que dice relación con la participación del acusado en los delitos de homicidios calificados por los que se le condenó, lo cierto es que es un hecho establecido en la causa, ……., que las víctimas, Hugolino Humberto Arias Navarrete, Víctor Omar Gálvez Norambuena y Nelson Joaquín Medina Letelier fueron detenidas el 1 de octubre de 1973 y llevadas posteriormente, desde la Comisaría de Carabineros de Buin, hasta la Escuela de Infantería de San Bernardo, lugar donde fueron ejecutados al día siguiente», sostiene el fallo.

«Los homicidios por los que se condenó a Jorge Eduardo Romero Campos se enmarcan dentro de un ataque generalizado y sistemático en contra de un grupo determinado de la población civil, conformado, en este caso, por personas a quienes agentes del Estado, calidad que tenía el acusado, catalogaron como ‘extremistas».

Fuente :serpaj.cl 7/7/2025

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Ultima Actualización : 28/08/2025