Joel Bladimiro Esquivel Contreras
Prensa
En la resolución -causa N° 154-2011- la magistrada decretó la prisión preventiva de Joel Esquivel Contreras, Luis Vásquez Ramírez y José Fuentes Peña en calidad de autores del delito de secuestro calificado cometido desde la entonces tenencia Sumar.
La Ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel Marianela Cifuentes Alarcón, dictó auto de procesamiento en la investigación por el secuestro calificado de Vicente Vidal Paredes, ocurrido a partir del 5 de octubre de 1973 en la población Aníbal Pinto, comuna de San Joaquín.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:
a) Que el día 5 de octubre de 1973, en horas de la noche, en el marco de un allanamiento efectuado en la población Aníbal Pinto de la comuna de San Joaquín, funcionarios policiales de dotación de la Tenencia de Carabineros de San Joaquín, entre ellos los carabineros Luis Antonio Vásquez Ramírez y José Segundo Fuentes Peña, detuvieron, sin derecho, a Vicente del Carmen Vidal Paredes en su domicilio de pasaje 4 N° 3.271.
b) Que, en la fecha indicada, la Tenencia de Carabineros de San Joaquín (ex Tenencia Sumar) se encontraba bajo el mando del Teniente Joel Bladimiro Esquivel Contreras.
c) Que, el mismo día, los mencionados funcionarios policiales detuvieron a los pobladores Luis Enrique Pinto Lillo, Juan Darío Villagra González, Miguel Ángel Villagra González y Roberto Muñoz Candia.
d) Que, acto seguido, todos los detenidos fueron trasladados a la Tenencia San Joaquín, lugar en que fueron sometidos a malos tratos.
e) Que, posteriormente, Vicente del Carmen Vidal Paredes, en lugar de ser puesto a disposición de la autoridad judicial o administrativa correspondiente, fue ejecutado en las inmediaciones de la citada unidad policial, en el zanjón de La Aguada, a la altura de calle Sierra Bella, mediante disparos con armas de fuego, falleciendo producto de siete impactos balísticos que lo alcanzaron en el cráneo y tórax.
Fuente :diarioconstitucional.cl, 28 de Febrero 2018
La ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón de la Corte de Apelaciones de San Miguel, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por el secuestro y ejecución del obrero Vicente del Carmen Vidal Paredes, detenido el 5 de octubre de 1973, por funcionarios de Carabineros de la Tenencia de San Joaquín.
En su fallo, la magistrada condenó a Joel Bladimiro Esquivel Contreras, jefe de la Tenencia, a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito de secuestro calificado en grado consumado de la víctima.
Por otro lado, absolvió a los carabineros José Segundo Fuentes Peña y Luis Antonio Vásquez Ramírez, de la acusación en su contra como autores del delito de secuestro calificado de Vidal Paredes, al no existir pruebas contundentes que los responsabilice.
El abogado querellante Francisco Bustos, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, y quien representa a familiares de la víctima, informó que presentaron un recurso de apelación para que se aplique una pena mayor a Esquivel Contreras por su responsabilidad en este crimen.
Pese a ello, Bustos valoró que, a pesar del tiempo transcurrido, al fin se esté haciendo justicia, ya que a su juicio “se trata de modus operandi que usaban en dictadura, es decir, de allanamientos masivos, donde muchas personas eran detenidas y algunos de ellos sometidos a torturas y asesinados en la más completa impunidad”.
De acuerdo a la investigación sustanciada por la ministra Cifuentes, se pudo establecer que Víctor Vidal Paredes fue detenido el 5 de octubre de 1973, en horas de la noche, en el marco de un allanamiento efectuado en la población Aníbal Pinto de la comuna de San Joaquín, a manos de funcionarios policiales de dotación de la Tenencia de Carabineros de San Joaquín.
En ese mismo procedimiento fueron detenidos también los pobladores Luis Enrique Pinto Lillo, Roberto Muñoz Candia, Juan Darío Villagra González y Miguel Ángel Villagra González, todos trasladados a la citada Tenencia, lugar en que fueron sometidos a malos tratos.
Posteriormente, Vicente Vidal Paredes, en lugar de ser puesto a disposición de la autoridad judicial o administrativa correspondiente, fue ejecutado en las inmediaciones de la citada unidad policial, mediante siete impactos de proyectil balístico en cráneo y tórax, siendo abandonado su cuerpo en el Zanjón de La Aguada
Fuente :cambio21.cl, 26 de Septiembre 2022
El abogado querellante Francisco Bustos, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, informó que presentaron un recurso de apelación a la resolución de la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes para que se aplique una pena mayor a Joel Esquivel Contreras por su responsabilidad en este crimen.
La ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón de la Corte de Apelaciones de San Miguel dictó sentencia de primera instancia en la investigación por el secuestro y ejecución del obrero Vicente del Carmen Vidal Paredes, detenido el 5 de octubre de 1973, por funcionarios de Carabineros de la Tenencia de San Joaquín.
En su fallo, la magistrada condenó al teniente coronel (r) Joel Bladimiro Esquivel Contreras, jefe de la tenencia, a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito de secuestro calificado en grado consumado de la víctima.
Por otro lado, absolvió a los carabineros José Segundo Fuentes Peña y Luis Antonio Vásquez Ramírez, de la acusación en su contra como autores del delito de secuestro calificado de Vidal Paredes, al no existir pruebas contundentes que los responsabilice.
El abogado querellante Francisco Bustos, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, y quien representa a familiares de la víctima, informó que presentaron un recurso de apelación para que se aplique una pena mayor a Esquivel Contreras por su responsabilidad en este crimen.
Pese a ello, Bustos valoró que, a pesar del tiempo transcurrido, al fin se esté haciendo justicia, ya que a su juicio “se trata de modus operandi que usaban en dictadura, es decir, de allanamientos masivos, donde muchas personas eran detenidas y algunos de ellos sometidos a torturas y asesinados en la más completa impunidad”.
Arrojado al Zanjón de la Aguada
De acuerdo a la investigación sustanciada por la ministra Cifuentes, se pudo establecer que Víctor Vidal Paredes fue detenido el 5 de octubre de 1973, en horas de la noche, en el marco de un allanamiento efectuado en la población Aníbal Pinto de la comuna de San Joaquín, a manos de funcionarios policiales de dotación de la Tenencia de Carabineros de San Joaquín.
En ese mismo procedimiento fueron detenidos también los pobladores Luis Enrique Pinto Lillo, Roberto Muñoz Candia, Juan Darío Villagra González y Miguel Ángel Villagra González, todos trasladados a la citada tenencia, lugar en que fueron sometidos a malos tratos.
Posteriormente, Vicente Vidal Paredes, en lugar de ser puesto a disposición de la autoridad judicial o administrativa correspondiente, fue ejecutado en las inmediaciones de la citada unidad policial, mediante siete impactos de proyectil balístico en cráneo y tórax, siendo abandonado su cuerpo en el Zanjón de La Aguada.
Por: Samuel Romo
Fuente :eldesconcierto.cl, 26 de Septiembre 2022
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que condenó a un ex oficial de Carabineros por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado de Vicente del Carmen Vidal Paredes, cometido a partir del 5 de octubre de 1973, en la población Aníbal Pinto de la comuna de San Joaquín, en Santiago.
En fallo unánime (causa rol 26.253-2023), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por el ministro Manuel Antonio Valderrama, las ministras María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo, la abogada (i) Pía Tavolari y el abogado (i) Eduardo Gandulfo- descartó error en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que confirmó la de primer grado que condenó al teniente de Carabineros a la época de los hechos, Joel Bladimiro Esquivel Contreras, a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito.
Zanjón de la Aguada
En la investigación judicial y sentencia dictada por la ministra en visita extraordinaria para causa por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, y ratificada por el tribunal de alzada, se estableció que el día 5 de octubre de 1973, en horas de la noche, en el marco de un allanamiento efectuado en la población Aníbal Pinto de la comuna de San Joaquín, funcionarios policiales de dotación de la Tenencia de Carabineros de San Joaquín detuvieron en su domicilio al poblador Vicente del Carmen Vidal Paredes, de 25 años de edad.
En el mismo operativo los carabineros también detuvieron a los pobladores Luis Enrique Pinto Lillo, Roberto Muñoz Candia, Juan Darío Villagra González y Miguel Ángel Villagra González. Todos los detenidos fueron trasladados a la Tenencia de Carabineros de San Joaquín, lugar en que fueron sometidos a tormentos.
Posteriormente, Vicente Vidal Paredes, fue ejecutado en las inmediaciones de la citada unidad policial, mediante siete impactos de proyectil balístico en cráneo y tórax, siendo abandonado su cuerpo en el Zanjón de La Aguada.
En esa fecha, la mencionada Tenencia (ex Tenencia Sumar) se encontraba bajo el mando del teniente Joel Bladimiro Esquivel Contreras.
Sentencia
Para el máximo tribunal, en la especie: "(...) 'Que, en razón de lo anterior, se determinó la participación de Joel Esquivel Contreras en calidad de autor del delito de secuestro calificado, en grado consumado, de Vicente Vidal Paredes, cometido a contar del 5 de octubre de 1973, en los términos del artículo 15 N°2 del Código Penal, toda vez que el citado oficial tenía la calidad de superior jerárquico de quienes detuvieron y mantuvieron encerrada a la víctima y, faltando a su deber de velar por un comportamiento conforme a derecho de las fuerzas a su cargo, permitió que debido a las acciones directas de sus subordinados el detenido Vidal Paredes fuera maltratado y ejecutado mediante múltiples impactos con armas de fuego, resultando inverosímil que no estuviera al tanto de lo que acontecía en la Tenencia de Carabineros San Joaquín, atendida la dinámica existente al interior de la referida unidad policial, relatada por el personal que prestó servicios en ese lugar en la época de los hechos y, en especial, por José Fuentes Peña, quien, al respecto, expresó que el teniente Esquivel tenía dominio completo de lo que sucedía en la Tenencia de Carabineros San Joaquín y cualquier acción pasaba por él y por Luis Vásquez Ramírez, quien refirió que el oficial Esquivel vivía en la misma unidad policial, estaba en ella día y noche, por lo que presume que conocía todo lo que ocurría en su interior".
"De esa manera, los elementos del ilícito examinado y la participación en ellos del acusado, se estimaron verificados por el tribunal de primera instancia, lo que fue ratificado por el de segunda, conclusión que esta Corte comparte", concluye.
Por su parte, el abogado querellante Francisco Bustos, del Estudio Caucoto Abogados afirmó que: "Esta sentencia da tranquilidad a los hijos, hermanas y hermanos de don Vicente Vidal Paredes, una familia por años aguardó pacientemente que se hiciera justicia".
"El rechazado recurso del imputado también debe destacarse pues por su jerarquía, y mando efectivo, era inverosímil negar conocimiento de lo que ocurría en la Tenencia de Carabineros Sumar. En ese sentido, el fallo se alinea con las obligaciones del Derecho Penal Internacional en materia de proscribir la impunidad", agregó Bustos.
por Darío Núñez
Fuente :resumen.cl, 6 de Mayo 2025