Regimiento "La Concepción"/Regimiento Andino, Lautaro

Ubicación : Av Manue lAntonio Matta con Bilbao Lautaro , IX Región
Rama Nacimiento : Ejército

 El antiguo recinto del Regimiento de Infantería Reforzado N°20 La Concepción de Lautaro/ Regimiento Andino, ubicado en Avenida Lautaro-Calle de Llaima, funcionó como centro de detención y tortura entre 1973 y 1974. 

Este Regimiento fue un recinto de reclusión, de interrogación y torturas tanto de hombres como de mujeres. Los prisioneros políticos permanecían en calabozos, incomunicados, algunos desnudos, hacinados, por lo que debían permanecer en posiciones rígidas por largos períodos, escuchando los gritos de los detenidos que estaban siendo torturados y el ruido de música estridente. Para los interrogatorios los presos políticos eran conducidos amarrados y con los ojos vendados a las caballerizas o a la sala de oficiales.

Algunos testimonios señalan que se les cortó el pelo al rape con tijeras para trasquilar caballos. Los prisioneros sufrieron golpes, simulacro de fusilamiento, aplicación de electricidad, obligados a permanecer en posiciones forzadas, recibieron amenazas en contra de sus familiares directos, fueron objeto de quemaduras con cigarrillos, les introducían por la nariz agua sucia, vinagre con sal y ají a presión (operación whisky); las mujeres recibían amenazas de violación sexual; fueron obligados a presenciar la tortura de compañeros, luego de lo cual eran constantemente amenazados con ser el próximo. Se señala que eran conducidos al campo y obligados a cavar hoyos que serían sus tumbas o bien los hacían sumergirse en las heladas aguas del río Cautín.

El Regimiento de Infantería Reforzado N°20 La Concepción, Lautaro abandono este recinto en 1999, remplazado por 3.ª Brigada Acorazada "La Concepción" (Antofagasta)

 

Criminales y Cómplices:

Capitán Garcia (Ejercito); Capitán Del Río (Ejército);

 

Fuentes de Información Consultadas: Informe Rettig; CODEPU; Informe Valech; Memoriaviva;


Prensa

El ministro Álvaro Claudio Mesa, en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos, condenó a 12 años de presidio al oficial de Carabineros en retiro, Jorge Enrique Schweizer, por secuestro calificado.

El ilícito de carácter de crimen de lesa humanidad fue en contra del agricultor Benedicto Poo Álvarez, quien fue secuestrado en octubre de 1973, en la comuna de Lautaro, región de La Araucanía.

El ministro Mesa además inhabilitó, de forma absoluta y perpetua, al exoficial para ejercer cargos y oficios públicos, además, de acuerdo al fallo, “la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más al pago de las costas del proceso”.

Adicionalmente, en el ámbito civil, Mesa condenó al fisco a pagar una indemnización de $50 millones de pesos, por concepto de daño moral, a Myriam Rosa Flor Poo Carrasco, sobrina de la víctima.

El secuestro

En la resolución se detalla que, a partir del 11 de septiembre de 1973, en la 1° Comisaría de Carabineros de Lautaro, el mayor Jorge Enrique Schweizer, junto al capitán Marcial Edmundo Vera (fallecido), organizó y coordinó un grupo especial de Carabineros, quienes bajo las órdenes del teniente José Orlando Huerta (fallecido), colaboraron con personal de ejército del Regimiento La Concepción de Lautaro, realizando patrullajes para obtener los datos de quienes serían opositores al régimen militar, para luego detener a estas personas, interrogarlas, y trasladarlas a lugares que hasta el día de hoy se desconocen.

Benedicto Poo Álvarez, agricultor y militante comunista de 41 años, domiciliado en Lautaro, salió de su casa el 20 de octubre de 1973 hacia el centro de la comuna a realizar trámites, junto a su conviviente. Luego procedieron a visitar al primo de Benedicto Poo, y más tarde sólo el agricultor se retiró de la vivienda.

“Alrededor del mediodía y mientras Benedicto Poo Álvarez transitaba por el centro de Lautaro, esto es por la calle O’Higgins, es detenido por una patrulla de Carabineros perteneciente a la 1° Comisaría de Lautaro; los que lo introducen en la parte trasera del vehículo el cual se disponía a avanzar”, detalla el fallo.

Según los antecedentes, la sobrina de Benedicto habría visto la detención y escuchado a su tío indicarle que avisara a su padre sobre el hecho, por lo que luego la conviviente del agricultor consultó por la detención en la 1° Comisaría de Lautaro, desde donde le negaron el hecho y le señalaron que consultara en el regimiento de la comuna. De acuerdo al documento, Poo sí estaba detenido en la comisaría.

Tras esto, la resolución detalla que “los familiares de la víctima jamás volvieron a tener noticia acerca de su paradero, manteniéndose en la actualidad el relato existente en el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, el que da cuenta de su desaparición tras la detención de aquel día 20 de octubre del año 1973″.

Además, afirma que “hasta la fecha ningún funcionario público de Carabineros de Chile o de otra rama de las Fuerzas Armadas y/o de Orden y Seguridad que se desempeñaban en la época de los hechos, han dado algún antecedente a la autoridad respectiva en relación a lo sucedido con Benedicto Poo Álvarez, manteniendo hasta el día de hoy el ocultamiento de todo tipo de información sobre su paradero”.

Fuente :biobiochile.cl, 15 de Junio 2021

El Ministro Mesa dicta procesamiento en contra de 14 ex uniformados, por los delitos de apremios ilegítimos y homicidio calificado en contra de cuatro militantes del Partido Socialista,  perpetrados en la Comuna de Puerto Saavedra, en octubre de 1973.

El ministro en visita extraordinaria para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco Álvaro Mesa Latorre, sometió a proceso con prisión preventiva, como: autor, coautores, cómplices y encubridores a catorce ex funcionarios del Ejército y de Carabineros de Chile, por los delitos de apremios ilegítimos y homicidio calificado en las personas de: Bernardo Nahuelcoy Chihuaicura, Francisco Curamil Castillo, Mauricio Huenucoy Antil y Francisco Porma Cheuquecoy, perpetrados en la Comuna de Puerto Saavedra, en el mes de octubre de 1973.

Se trata de la Causa ROL número 27.530, que consiga procesamiento y prisión preventiva para HÉCTOR HERNÁN MONCADA SEPÚLVEDA, como autor y cómplice; ROBERTO SIGISFREDO SAN MARTÍN PÉREZ, CARLOS ALEJANDRO BRUNEVALD HUAIQUILAO y MIGUEL FERNANDO RUBIO DIOCARETZ procesados como coautores; HERNÁN MOLINA VERA, RAFAEL LAUREANO RECABAL BASCUÑÁN, JOSÉ GUILLERMO GARRIDO BUSTOS y SEBASTIÁN ENRIQUE MUÑOZ GANGAS como cómplices y ALDO CASTRO TAPIA, LUIS HUMBERTO CASANOVA ÁGUILA, ERNESTO DARÍO ORTEGA SAAVEDRA, ENRIQUE SEGUNDO MERINO SAGARDÍA, OLEGARIO SEGUNDO ALBA MARTÍNEZ y WALDAMIRO ANTONIO REBOLLEDO BURGOS como encubridores de las detenciones ilegales y torturas con resultado de muerte que sufrieron cuatro civiles en planteles policiales, delitos acontecidos en la zona costera de la provincia de Cautín, a inicios de la dictadura militar.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la investigación, el magistrado pudo determinar los siguientes hechos: «Que durante el mes de octubre de 1973 una patrulla militar del Regimiento de Montaña Reforzado número 4 “La Concepción” de Lautaro, recorrió la zona costera de Puerto Saavedra bajo las órdenes del Capitán Jorge Nibaldo del Río del Río, del Teniente Juan Enrique Silva Rebeco  y a lo menos otro oficial del grado de Teniente o Subteniente, período durante el cual ese contingente se constituyó en la Tenencia de Carabineros de esa comuna que estaba al mando del teniente César Edgardo Anziani Riquelme”.

El informe añade “que Bernardo Nahuelcoy Chihuaicura, militante del Partido Socialista, en septiembre 1973 se desempeñaba en el hospital de Puerto Saavedra como auxiliar y vivía junto a su familia en el asentamiento “Elmo Catalán” ubicado en la misma comuna. Durante el mes de octubre de 1973 fue detenido por una patrulla integrada por Carabineros de la Tenencia de Puerto Saavedra y militares, siendo trasladado desde su domicilio a la unidad policial antes indicada. En días posteriores a este hecho la esposa de Nahuelcoy concurrió hasta la unidad policial antes indicada para preguntar por su marido donde le dijeron que su esposo había sido trasladado a Temuco o Carahue, negando la presencia de su marido en Puerto Saavedra”.

La resolución agrega » Que Francisco Segundo Curamil Castillo y su tío Mauricio Huenucoy Antil, trabajadores del Asentamiento “Elmo Catalán” de la comuna de Puerto Saavedra, fueron detenidos durante el mes de octubre de 1973 por una patrulla militar que se trasladaba en camiones, la que momentos antes había procedido a allanar el lugar antes indicado. Curamil y Huenucoy fueron trasladados hasta la Tenencia de Carabineros de Puerto Saavedra”. 

Asimismo, se detalla “que Francisco Pascual Porma Cheuquecoy, agricultor del sector Leufuche de Puerto Saavedra y militante del Partido Socialista, fue detenido a fines de septiembre o principios de octubre de 1973 por una patrulla compuesta por Carabineros y militares mientras se encontraba junto a su hija Rosa Ester Porma Millavil sembrando en su predio. Porma Cheuquecoy y su hija fueron trasladados a la Tenencia de Carabineros de Puerto Saavedra, lugar desde el que sólo fue liberada más tarde Rosa Porma. Durante esa semana, Rosa Porma Millavil concurrió a la Tenencia de Puerto Saavedra para visitar a su padre, trayéndole ropa y alimentos. Sin embargo, en la última oportunidad que lo visitó le dijeron que su padre había sido trasladado a Temuco.

“Las personas detenidas, individualizadas precedentemente, fueron sometidas a interrogatorios y apremios ilegítimos al interior de la Tenencia de Carabineros de Puerto Saavedra y en el sector de las caballerizas, acciones que fueron dirigidas por el Capitán Jorge Nibaldo del Río del Río que comandaba la patrulla militar proveniente de Lautaro y en la que participaron, además, el Teniente Juan Enrique Silva Rebeco y el otro oficial de ejército, algunos clases y conscriptos de confianza del Capitán. Asimismo, en estas acciones tuvieron participación activa o presencial algunos carabineros de la Tenencia” sostiene la investigación.

Finalmente la investigación concluye que “más tarde, los cuatro detenidos fueron subidos a un camión militar y llevados hacia un sector cercano a la costa o a la rivera del río Imperial donde fueron ejecutados por el personal militar que los custodiaba entre los que se cuentan el Capitán Jorge del Río, el Teniente Juan Enrique Silva Rebeco, algunos clases y conscriptos que formaban parte del grupo cercano del oficial al mando y el Teniente de Carabineros Anziani Riquelme. El resto del contingente militar se mantuvo en la Tenencia de Puerto Saavedra tomando conocimiento de las ejecuciones previo a que estas sucedieran. Durante los días siguientes y de manera sucesiva los cuerpos de las personas ejecutadas fueron encontrados flotando en el sector de la barra del río Imperial o en la playa por familiares y lugareños de Puerto Saavedra. Dichos cadáveres presentaban evidentes signos de haber muerto por acción de terceros”. 

Fuente :radiouniversal.cl, 20 de Octubre 2014

La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia que condenó al ex general de Ejército, teniente a la época de los hechos, Ludovico Eduardo Aldunate Herman a la pena de 14 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado del empleado de la Corporación de Reforma Agraria (CORA), Samuel Alfonso Catalán Lincoleo. Delito de carácter de lesa humanidad perpetrado en septiembre de 1974, en la comuna de Lautaro, provincia de Cautín.

En fallo unánime (causa rol 2105-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada en octubre de 2024 por el ministro en visita extraordinaria Álvaro Mesa Latorre.

En la causa, el tribunal de alzada confirmó las penas de tres años de presidio impuestas al ex detective de la Policía de Investigaciones Jorge Eusebio Barriga Soto y al ex oficial de Ejército Sergio Fernando Alcayaga Barraza, pero sustituidas por la libertad vigilada intensiva por igual lapso, como coautores del delito de detención ilegal de Samuel Alfonso Catalán Lincoleo, Domingo Cayuán Cheuquén y José Miguel Pacheco Coliluán.

Los hechos

Samuel Alfonso Catalán Lincoleo, soltero, de 29 años, técnico agrícola, se desempeñaba desde 1970 como empleado de la Corporación de Reforma Agraria (CORA) en la comuna de Pitrufquén, estando a cargo de las expropiaciones de predios rurales. En 1973, luego del golpe militar solicitó su traslado a la oficina de Temuco, por lo que comenzó a viajar a esa ciudad desde la comuna de Lautaro, donde residía.

El trabajador, simpatizante de Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) fue detenido en su domicilio ubicado en el Fundo Millachiguay el día 27 de agosto de 1974, alrededor de las dos de la madrugada, por una patrulla militar del regimiento reforzado N°20 'La Concepción' de Lautaro. El grupo aprehensor lo integraban el subteniente Sergio Fernando Alcayaga Barraza, más el sargento Héctor Salazar, algunos clase, soldados conscriptos y el detective Jorge Eusebio Barriga Soto de la Policía de Investigaciones de Lautaro.

La patrulla, que se movilizaba en vehículos militares, llegando al Fundo Millachiguay y al domicilio de la familia Catalán, ingresaron violentamente al inmueble, allanaron la vivienda causando destrozos, y agredieron con golpes de culata y disparos de amedrentamiento a Samuel Catalán Lincoleo para luego reducirlo. Junto con Samuel, en esa misma oportunidad, fueron detenidos Víctor Cristóbal Catalán Trangol, primo de Samuel Catalán, quien se encontraba alojando en el domicilio; Domingo Cayuán Cheuquén, trabajador del lugar, y José Miguel Pacheco Coliluán, vecino de la familia Catalán, quien había sido detenido previo al allanamiento. Todos los detenidos fueron conducidos hasta el Regimiento La Concepción de Lautaro, donde fueron ingresados como prisioneros en dependencias de esa unidad.

Las tres personas detenidas junto con Samuel Catalán, que estaba vinculado al MIR, fueron interrogadas en el Regimiento por personal militar y dejadas en libertad en días posteriores; no así Samuel, del que nunca más se tuvo noticias de su situación y paradero.

Sin embargo, testimonios posteriores permitieron establecer que una patrulla que estaba a cargo del entonces teniente Ludovico Eduardo Aldunate Herman, y que estaba conformada por unos diez efectivos militares, entre oficiales, clases y conscriptos salió desde el regimiento, en camión, con dirección hacia la piscicultura de Lautaro. En un bosque que había en ese lugar, hicieron arrollidarse al detenido, le cubrieron el rostro con una prenda negra que el mismo vestía, y luego, el ex oficial Aldunate Herman, apoyó su fusil SIG en un arbusto para hacer puntería en la cabeza del detenido, disparándole y ocasionándole la muerte de manera inmediata.

Posteriormente el oficial ejecutor, ahora condenado por este crimen, siguió sus cometidos represivos en la DINA, como integrante de la Brigada Mulchén, y en la CNI, como parte de la Unidad Anti Terrorista (continuadora de la anterior), que operaba en el Cuartel Simón Bolívar, en Santiago.

por Darío Núñez

Fuente :resumen.cl, 28 de Julio 2025

Ultima Actualización : 03/08/2025