Ruiz Bunger Freddy Enrique

Rut: 2.395.589-7

Cargos:

Grado : General

Rama : Fuerza Aérea

Organismos : Comando Conjunto

Año Fallecimiento : 2018


Ex general reconoce que represión fue ''institucional''.

Fuente :El Mostrador 26 de Marzo 2002

Categoría : Prensa

Un alto oficial de la FACH procesado en dos casos de violaciones a los derechos humanos habría admitido formalmente ante la justicia que la represión durante el gobierno de Augusto Pinochet obedeció a una política institucional y no a excesos individuales de algunos agentes.
Así lo señala una declaración judicial firmada por el general (R) Enrique Ruiz Bunge, ex jefe de la Dirección de Inteligencia (DIFA) de esa rama castrense, facilitada a la agencia española EFE por fuentes judiciales.
El ex jefe de inteligencia hizo la declaración ante la jueza María Teresa Díaz, quien el pasado febrero lo procesó como autor intelectual del secuestro de Alonso Gahona Chávez, detenido desaparecido, y ante el magistrado Carlos Hasbún, encargado de
encausarlo por asociación ilícita criminal en el juicio por la desaparición de Víctor Vega Riquelme.
Ruiz Bunge está considerado uno de los máximos responsables de la formación y funcionamiento del llamado Comando Conjunto, que operó desde 1973 hasta 1978 y se centró en la persecución de los miembros del MIR.
El Comando Conjunto compitió duramente con la DINA de Manuel Contreras, al punto que al menos dos agentes del Comando fueron asesinados por sus propios compañeros, tras descubrir que pasaban información a la otra agrupación represiva.
"Directo de la Junta" Según la declaración, las órdenes al Comando Conjunto
"emanaban directamente del comandante en jefe de la Fuerza Aérea, Gustavo Leigh, y de la Junta Militar, que incluso ordenó que todos los organismos de inteligencia operaran de forma centralizada, desde una misma oficina en el centro de Santiago".
Agrega que todo el personal involucrado en la represión, "lo hizo obedeciendo instrucciones emanadas del más alto nivel institucional (…), y en consecuencia, actuaron como soldados obedeciendo a sus superiores jerárquicos, en el entendido de que
lo hacían por el bien superior de la Patria".
Hasta ahora, las Fuerzas Armadas chilenas habían planteado, a nivel político y judicial, que las violaciones a los derechos humanos fueron producto de "excesos" cometidos por algunos efectivos, sin comprometer a las instituciones.
El Comando Conjunto funcionó hasta 1978, cuando Leigh fue destituido tras un álgido enfrentamiento con Pinochet


Revocan procesamiento a comandante FACh por desaparición de militante comunista

Fuente :emol.cl, 6 de Mayo  2002

Categoría : Prensa

La Séptima sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó este lunes el auto de procesamiento que pesaba contra el comandante de sanidad de la Fuerza Aérea, Alejandro Forero Alvarez, por la desaparición en 1976 de un militante comunista.

Según informó el diario “La Segunda”, el tribunal de alzada concedió además el beneficio de la libertad bajo fianza -de 500.00 pesos- al general en retiro de esa misma institución, Enrique Ruiz Bunger. La resolucion la tomó la sala integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Juan Muñoz Pardo


Procesan a ex jefes de Comando Conjunto por secuestro, no por obstrucción

Fuente :elmostrador.cl, 27 de Septiembre 2002

Categoría : Prensa

El juez Mario Carroza, quien investiga la supuesta rearticulación del Comando Conjunto, procesó al general (R) de la Fuerza Aérea Enrique Ruiz Bunger y al coronel (R) Juan Francisco Saavedra sólo como autores del delito de secuestro calificado.

Sus víctimas son los desaparecidos Víctor Vega, David Urrutia, Juan Carlos Orellana y Ricardo Weibel Navarrete.

También los procesó por el delito de secuestro de personas sobrevivientes Isabel Stange, Javier Ruiz-Tagle, Amanda Velasco y María Isabel Calvo. Enrique Ruiz Bunger, director de inteligencia del organismo represivo, hasta ahora no había sido procesado por estos delitos, sino sólo por el secuestro de Alfonso Gaona Chávez, que instruye el Cuarto Juzgado del Crimen de San Miguel.

En esta ronda de jueces exclusivos nunca había sido procesado El Mono Saavedra, quien sólo contaba con una encargatoria de reo dictada por el ministro Carlos Cerda en el marco de la investigación por el llamado “caso de los 13”. Tal procesamiento quedó anulado luego que la Corte Suprema aplicara en este caso la ley de amnistía.

Obstrucción a la justicia

El juez Carroza no procesó a Ruiz Bunger ni Saavedra por obstrucción a la justicia, pese a que las declaraciones del ex agente del organismo represivo, Otto Trujillo –hechas a La Nación bajo el seudónimo de Colmillo Blanco- apuntaban a ambos como jefes de la rearticulación del peligroso organismo.

Sin embargo, dijo que “esto no ha terminado, las diligencias continúan”. Existen algunas diligencias que se van a hacer en los próximos días cuya finalidad es verificar si existen grupos que está operando actualmente con el objetivo de obstruir la justicia para proteger a ciertas personas y falsear información a los tribunales.

“Mientras no dicte una resolución que defina esto, el tema va a seguirse investigando”, dijo el magistrado. Ha trascendido que todo lo relativo a la obstrucción a la justicia es llevado en un cuaderno secreto. Esto significa que al menos hasta ahora las pesquisas que ha realizado el magistrado no permitirían configurar sospechas fundadas de que ex agentes del organismo represivo actuaron presionando –a través de la amenaza o la compensación económica- a los agentes operativos de menor rango, entre ellos Otto Trujillo, para no ser vinculados en los procesos.

Ruiz Bunger quedó con arresto domiciliario, en tanto que Juan Francisco Saavedra continuará en la Base Aérea El Bosque. La representación de Ruiz Bunger quedó en manos del abogado Jorge Balmaceda, y la de Saavedra de su hijo Juan Carlos.

Respecto al interrogatorio al ex comandante en jefe de la Fuerza Aérea, Luis Rojas Vender, trascendió que no será hoy, pero está programado como una de las diligencias.

 


Dictan primeros procesamientos por muerte de Rivera Matus 

Fuente :elmostrador.cl, 4 de Octubre 2002

Categoría : Prensa

Los primeros autos de procesamiento por la muerte y desaparición de Juan Luis Rivera Matus fueron dictados hoy por el titular del Primer Juzgado del Crimen de Santiago, Joaquín Billard. 
El magistrado encausó a Alvaro Corbalán Castilla, quien integró el Comando Conjunto; al general (R) de la Fuerza Aérea Enrique Ruiz Bunger, Arturo Madrid, también integrante de esa entidad represiva, y Sergio López Díaz, ex miembro del DINE, por el delito de secuestro calificado. 
Ruiz Bunger había sido también sometido a proceso por el juez Mario Carroza la semana pasada, como autor del delito de secuestro calificado de Víctor Vega, David Urrutia, Juan Carlos Orellana y Ricardo Weibel Navarrete, quienes figuran como desaparecidos, y de cuatro personas sobrevivientes. Carroza también pesquisa las implicaciones de la supuesta rearticulación del Comando Conjunto denunciada recientemente por el ex agente Otto Trujillo. 
Díaz López, en tanto, es un ex efectivo del Ejército que formó parte de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE). 
Hasta antes de la declaración del ex agente del Comando Conjunto Andrés Valenzuela -alias Papudo-, hecha en Francia en enero de este año, existía el antecedente que Rivera Matus había estado detenido en el recinto militar de Colina, donde operaba ese organismo represor. El indicio señalaba que el detenido había sido retirado por el DINE luego de ser muerto. 
Sin embargo, el testimonio de Papudo permitió acreditar que el encargado de retirar al dirigente de Chilectra de esa repartición castrense fue Corbalán, quien fue acompañado por López. 
La investigación en el caso Rivera Matus ha avanzado constatando que su muerte resulta un caso distinto al de otros crímentes ocurridos durante el régimen militar, pues no se puede adjudicar a un grupo represivo determinado sino más bien a personas que aisladamente habrían concretado el delito. 
Debido a que durante casi 27 años nunca fue dictada una encargatoria de reo en esta causa, la Corte Suprema, en última instancia, no podría tampoco referirse al principio de cosa juzgada. 
Dudas sobre la mesa 
El nombre de Juan Luis Rivera Matus apareció en el informe entregado por las Fuerzas Armadas a la Mesa de Diálogo, en el que se indicaba que sus restos habían sido arrojados al mar. Sin embargo, y como parte de la búsqueda de otros detenidos desaparecidos sustanciada por la ministra Amanda Valdovinos, sus restos fueron encontrados en el fuerte del Ejército Justo Arteaga, en Colina. 
El hallazgo fue una de las primeras y dramáticas alertas sobre dudas e imprecisiones en las informaciones recopiladas por las FFAA en esa instancia. 
Los restos del dirigente sindical fueron entregados a sus familiares en mayo del año pasado: mostraban indicios de haber sido quemados luego de la muerte, según informaron peritos del Servicio Médico Legal (SML). 
Rivera Matus militaba en el PC y era dirigente sindical de Chilectra. Fue detenido el 6 de noviembre de 1975 en la esquina de Santo Domingo y San Antonio, por cerca de cinco personas de civil que lo subieron a un vehículo tipo station wagon Peugeot de color blanco, sin patente. 
El mismo día de su secuestro fue interpuesto un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual, como la casi totalidad de las acciones similares interpuerstas durante el régimen militar, fue rechazado sin más trámite por el tribunal de alzada luego de un informe negativo sobre la detención emitido por el Ministerio del Interior. El 26 de mayo de 1976 el proceso había sido sobreseído temporalmente


Confirman proceso contra ex jefe de Inteligencia de la FACH

Fuente :TVN.cl,18 de Octubre 2002

Categoría : Prensa

La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el procesamiento del ex jefe de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea, general (R) Enrique Ruiz Bunguer, por el caso del detenido desaparecido Juan Luis Rivera Matus.En fallo dividido, los ministros Alfredo Pfeiffer, Amanda Valdovinos y el abogado integrante Claudio Díaz desestimaron la presentación de la defensa del general en retiro que pretendía dejarlo libre de los cargos dictados por el juez Joaquín Billard por el secuestro del dirigente comunista.

La ministra Valdovinos y el abogado integrante Diaz decidieron mantener a firme el procesamientos; mientras que el ministro Pfeiffer estuvo por anular la sentencia por considerar que el general no tuvo participación en los hechos.

A los alegatos en el tribunal de alzada asistieron la abogada querellante en la causa, Julia Urquieta; el representante del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Francisco Bravo y el defensor del general Ruiz Bunguer, Jorge Balmaceda.

Además estuvieron los hijos de Rivera Matus, que luego de conocido el dictamen expresaron su satisfacción por la resolución judicial del tribunal de alzada.

El viernes 4 de octubre el juez Billard, del Primer Juzgado del Crimen de Santiago, sometió a proceso al general Ruiz Bunguer y otros tres miembros del Comando Conjunto por el secuestro de Juan Rivera Matus, cuyos restos aparecieron en una fosa del Fuerte Arteaga en marzo del 2001.

Junto al ex alto oficial, el juez encausó al comandante (R) de la FACH Carlos Madrid Hayden; al teniente (R) Sergio Antonio Díaz López y al comandante (R) del Ejército Alvaro Corbalán Castilla. A comienzos de semana la Sexta Sala anuló el procesamiento de Diaz López, pero en aquella ocasión el tribunal estuvo conformado por los ministros Pfeiffer, Valdovinos y Jorge Zepeda que en la audiencia de hoy fue reemplazado por un abogado integrante.

Rivera Matus fue detenido en noviembre de 1975 por agentes del Comando Conjunto y llevado hasta el Regimiento de Artillería Antiárea de Colina, unidad militar conocida como Remo Cero por los organismos represores del regimen militar.

Los restos de Rivera Matus fueron encontrados en una fosa del Fuerte Justo Arteaga del Ejército por la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago Amanda Valdovinos, cuando realizaba diligencias en esa unidad militar en busca de una fosa de 20 desaparecidos NN en ese recinto según la información aportada por las Fuerzas Armadas a la Mesa de Diálogo.

La misma información mencionaba que Rivera Matus, dirigente de Chilectra desaparecido desde el 5 de noviembre de 1975, había sido arrojado al mar frente a las costas de San Antonio. Fue el primer cuestionamiento al informe castrense.


Dan libertad a ex general procesado por caso Rivera Matus

Fuente :latercera.cl, 14 de Noviembre 2002

Categoría : Prensa

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago otorgó la libertad bajo fianza al ex comandante de la Dirección de Inteligencia de la Fach, general (r) Enrique Ruiz Bunger.

Según TVN, en fallo dividido, el tribunal de alzada otorgó el beneficio al militar procesado por su presunta responsabilidad en el secuestro de Juan Luis Rivera Matus, cuyo cuerpo estuvo desaparecido durante 25 años hasta que fue encontrado en el Fuerte Arteaga.

De esta manera los magistrados ratificaron la decisión del juez del Primer Juzgado del Crimen, Joaquín Billard, quien había otorgado el beneficio previo pago de una fianza de 500 mil pesos.

Ruiz Bunger se encuentra bajo arresto domiciliario, por lo que esta determinación terminará con su prisión preventiva en las próximas horas.


Otorgan libertad bajo fianza a general (r) Ruiz Bunger

Fuente :emol.cl, 18 de Noviembre 2002

Categoría : Prensa

La primera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió otorgar la libertad bajo fianza al general (r) de la Fuerza Aérea de Chile (FACH), Enrique Ruiz Bunger, quien está procesado por la desaparición del militante comunista Juan Luis Rivera Matus.

Ruiz Bunger fue encausado el pasado 4 de octubre como autor del secuestro calificado de Juan Luis Rivera Matus, quien se desempeñaba como dirigente sindical cuando el 6 de noviembre de 1975 fue detenido por efectivos vestidos de civil a la salida de su trabajo.

Según datos entregados por los militares a la Mesa de Diálogo, su cuerpo había sido arrojado al mar frente a las costas del litoral central.

Sin embargo, en abril del año pasado el esqueleto de Rivera Matus fue hallado entre los restos óseos encontrados en un recinto militar del Ejército, lo que puso en duda la veracidad de la información que recopiló la Mesa de Diálogo.

 


Comando Conjunto: Ocho ex oficiales procesados por secuestro

Fuente :lanacion.cl, 14 de Marzo 2003

Categoría : Prensa

El juez con dedicación exclusiva Christián Carvajal sometió a proceso a ocho ex integrantes del Comando Conjunto, entre ellos el general (r) Enrique Ruiz Bunger, ex director de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea (DIFA), y Alvaro Corbalán
Castilla, ex jefe operativo de la CNI.
La medida adoptada por el titular del Tercer Juzgado del Crimen se refiere a la desaparición del estudiante Ignacio González Espinoza (24 años), militante del Partido Comunista, el 4 de diciembre de 1975.
También fueron procesados en calidad de autores del secuestro calificado Juan Saavedra Loyola, Sergio Díaz López, Daniel Guimpert (Armada), Manuel Muñoz Gamboa, y el ex oficial de la Armada y jefe del Departamento de Contrainteligencia del
Servicio de Inteligencia Naval (SIN), Jorge Osses Novoa. 
En calidad de cómplice quedó encargado reo Otto Trujillo, el conocido "Colmillo Blanco".
Hace algunos días, el magistrado -que heredó las causas del actual fiscal Mario Carroza- procesó a Alvaro Corbalán y el ex uniformado Sergio Díaz López por el secuestro calificado de Luis Moraga Cruz y Ricardo Weibel Navarrete, quienes desaparecieron el 20 de octubre y el 7 de noviembre de 1975, respectivamente.
Con la decisión del titular del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago se comprueba que Corbalán, previo a pertenecer a la Central Nacional de Informaciones (CNI), integró la DINE, organismo que dentro del Comando Conjunto detuvo y dio muerte a opositores al régimen militar.
Corbalán cumple en la actualidad presidio perpetuo por su participación en el asesinato del carpintero Juan Alegría Mondaca, crimen vinculado al homicidio del ex presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), Tucapel Jiménez Alfaro. En la actualidad el mayor en retiro permanece recluido en el Batallón de Policía Militar Número 1 de Santiago, ubicado en dependencias del Comando de Telecomunicaciones del
Ejército en la comuna de Peñalolén. 
También por la desaparición de Weibel, el juez Carvajal ha procesado a los ex uniformados y ex miembros del Comando Conjunto Juan Francisco Saavedra, Enrique Ruiz Bunger y Viviana Ugarte “La Pochi”, esposa del general (r) de la Fach Patricio Campos.
La semana pasada el juez especial encausó también al ex oficial de la Armada Jorge Aníbal Osses y al coronel (R) de la FACH Roberto Serón Cárdenas, por el secuestro de Weibel Navarrete y Luis Moraga Cruz


Seis ex uniformados procesados por caso de DDHH

Fuente :lanacion.cl, 30 de Enero 2004

Categoría : Prensa

La titular del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, Graciela Gómez, sometió a proceso a seis ex uniformados por su participación en el secuestro del ex dirigente comunista José Weibel y la detención de Carlos Sánchez Cornejo.

El encausamiento afectó a los ex miembros de la FACH Enrique Ruiz Bunger, Juan Fracisco Saavedra Loyola, Jorge Rodrigo Combos y Daniel Luis Guimpert; al ex carabinero Manuel Muñoz Gamboa; y al civil César Luis Palma Ramírez.

También fueron procesados en calidad de autores, junto a Alejandro Sáez Mardones, actualmente recluido en la cárcel de Punta Peuco, por el secuestro de José Weibel.


Juez dictó condenas en tres casos de detenidos desaparecidos

Fuente :elmostrador.cl, 4 de Mayo 2004

Categoría : Prensa

El titular del Primer Juzgado de Crimen de Santiago con dedicación exclusiva en causas de derechos humanos, Joaquín Billard, condenó a diez años y un día de presidio al ex jefe operativo de la CNI Álvaro Corbalán Castilla por el secuestro calificado y resultado de muerte de Juan Luis Rivera Matus, registrado en diciembre de 1975.

Junto a Corbalán, y por la misma pena, fue condenado el ex miembro de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), Sergio Díaz López.

En tanto, en calidad de encubridores, recibieron sentencias el jefe del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea (SIFA), Freddy Ruiz Bunger y Carlos Madrid Hayden, a 600 días de pena remitida.

La notificación, para el caso de Corbalán, hecha esta mañana en Punta Peuco. Fuentes allegadas al caso, indicaron que el Ejército habría preferido no trasladado hasta el tribunal, a fin de evitar problemas a raíz de sus últimas salidas.

Juan Luis Rivera Matus fue nombrado en el primer informe de la Mesa de Diálogo, como uno de las víctimas de la represión que había sido lanzada al mar, junto a otras 131 personas. Sin embargo, en 2001 sus restos aparecieron en los terrenos del Fuerte “Justo Arteaga Cuevas”, en Peldehue. Para muchos, este dato echó por el suelo la credibilidad de esta instancia.

Rivera Matus militaba en el PC y era dirigente sindical de Chilectra. Fue detenido el 6 de noviembre de 1975 en la esquina de Santo Domingo y San Antonio, por cerca de cinco personas de civil que lo subieron a un vehículo tipo station wagon Peugeot de color blanco, sin patente.

El mismo día de su secuestro fue interpuesto un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual, como la casi totalidad de las acciones similares interpuestas durante el régimen militar, fue rechazado sin más trámite por el tribunal de alzada, luego de un informe negativo sobre la detención emitido por el Ministerio del Interior. El 26 de mayo de 1976 el proceso había sido sobreseído temporalmente.

Otros casos

Pero ésta no fue la única sentencia dictada por el magistrado. También condenó al ex agente de la DINA Osvaldo Romo Mena, por el delito de secuestro calificado en la persona de Jorge Espinoza Méndez, apodado “Abel” o “Juancho”, cuyos últimos rastros se tienen del 18 de junio de 1974.

Según el informe Rettig, Espinoza Méndez fue sido visto por testigos en el recinto de detención de Londres 38 y desapareció en poder de la DINA, sin que se hayan vuelto a tener noticias de él.

El magistrado también condenó a los ex agentes de la DINA Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata y Osvaldo Romo a diez años y un día por el delito de secuestro calificado en contra de los ex militantes del MIR Elsa Leuthner, María González, Hernán González y Ricardo Troncoso Muñoz.

El caso de Troncoso Muñoz es particular. Antes de su detención, había permanecido asilado en la Embajada de México en Santiago, desde el 10 de octubre de 1973, hasta el 1 de marzo de 1974, fecha en que abandonó el asilo, desesperado por la tardanza en otorgársele salvoconducto. Quince días después fue detenido por agentes de la DINA.

El magistrado aún investiga el caso de Juan Suil Faúndez, quien fue hecho desaparecer por agentes de la SIFA, a mediados de los setenta. Las otras dos causas que tenía el magistrado, una de ellas por la Operación Colombo, se adjuntaron al expediente que sustancia el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia.

Con las condenas en estos tres casos, se abre el camino a que la Corte Suprema unifique el criterio respecto a la aplicación de la ley de Amnistía. En 1997, cambió el criterio de fallo de la Segunda Sala Penal del máximo tribunal, donde se modificó la aplicación de ese cuerpo legal y se instauró la teoría del secuestro permanente.


Primera condena contra el general de la FACH

Fuente :lanacion.cl, 5 de Mayo 2004

Categoría : Prensa

Una condena de 600 días de presidio contra el ex jefe del Servicio de Inteligencia de la FACH, general (R) Enrique Ruiz Bunger, como encubridor del secuestro del militante comunista Juan Luis Rivera Matus, en noviembre de 1975, dictó el titular del Primer Juzgado del Crimen de Santiago, Joaquín Billard. Si bien la pena se dictó con carácter de “remitida”, vale decir no se cumple en cárcel a cambio de un control periódico de identidad, es la primera vez que un juez sentencia a Ruiz Bunger, uno de los gestores del Comando Conjunto en 1975.

El magistrado también condenó en calidad de autor del mismo delito al ex jefe operativo de la CNI, mayor (R) Alvaro Corbalán. Igualmente, sentenció en calidad de autor al oficial (R) de Ejército Sergio Díaz López a diez años. Como encubridor fue condenado a 600 días de presidio remitido el oficial (R) de la FACH Carlos Madrid Heiden.

Corbalán cumple condena de presidio perpetuo desde hace unos días en la cárcel de Punta Peuco por el crimen del carpintero Juan Alegría Mundaca, cometido por la CNI y la DINE en 1983 para intentar encubrir el asesinato de líder sindical Tucapel Jiménez. Además, fue dictada en su contra otra sentencia de presidio de diez años por el homicidio de Lisandro Sandoval.

El destino de Rivera Matus adquirió una connotación especial, puesto que fue el primer caso que puso en duda el informe de las Fuerzas Armadas de 2001 sobre el destino final de 200 detenidos desaparecidos como resultado de la mesa de diálogo de derechos humanos.

En marzo de 2001, realizando excavaciones en el Fuerte Arteaga en Colina, producto de información contenida en el mencionado informe, la ministra Amanda Valdovinos encontró un esqueleto completo, que finalmente se comprobó eran los restos de Rivera. Sin embargo, éste apareció en ese informe como lanzado al mar junto con otros 150 prisioneros políticos.

El secuestro y homicidio de Rivera Matus correspondió a una operación mixta entre la DNE, para la cual en 1975 trabajaba Corbalán, y el recién formado Comando Conjunto, uno de cuyos impulsores fue el general Ruiz Bunger.

Rivera, trabajador de Chilectra, fue secuestrado y llevado al Regimiento de Colina de la FACH, lugar donde permaneció unos días. Desde allí fue sacado por Corbalán y Díaz y conducido al interior del entonces recinto militar de Peldehue, donde fue ejecutado. La autopsia realizada a sus osamentas revelaron que el detenido, después de muerto, fue rociado con petróleo y quemado.

Rechazo a amnistía

En 2002 las revelaciones de Otto Trujillo, ‘Colmillo Blanco’, en La Nación Domingo, señalaron un dato hasta entonces escasamente conocido: la colaboración entre la DINE y el Comando Conjunto en 1975 para secuestrar y asesinar a Juan Luis Rivera Matus.

Los antecedentes suministrados por Trujillo fueron claves para la pista que siguió el juez Joaquín Billard. Ésta además continuó la vía abierta por el ministro Alejandro Solís y no aplicó la amnistía a favor de los condenados. Incluso las defensas de los sentenciados alegaron que Juan Luis Rivera Matus ya no era un detenido desaparecido, desde que sus restos fueron hallados en Fuerte Arteaga en 2001. Y que, por lo tanto, la figura del secuestro como delito de carácter permanente para rechazar la amnistía, ya no podía ser invocada.

Pero el juez desechó estos argumentos y dijo que, en ese caso, el delito se siguió cometiendo más allá de marzo de 1978, fecha hasta la que se extiende la amnistía. Pero los argumentos de fondo del magistrado apuntaron a que estos delitos, por ser de lesa humanidad, no son amnistiables.

 


Justicia toca al Comando Conjunto

Fuente :lanacion.cl, 24 de Noviembre 2004

Categoría : Prensa

El caso Comando Conjunto, una agrupación de agentes del Estado y civiles de ultraderecha coordinada por los cuatro organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas y que operó entre 1975 y 1976, entró en su fase final. Es, tal vez, uno de los procesos emblemáticos de violaciones de los derechos humanos por la ferocidad que hubo contra las víctimas (cerca de 70) y porque es el único caso en que participan todas las ramas castrenses, aunque las más involucradas sean la FACH y Carabineros. De hecho, algunos de sus integrantes en los años ’80 se sumaron a la Dicomcar.

La jueza con dedicación exclusiva del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago para investigar los delitos cometidos por este organismo represivo, Graciela Gómez, dictó en los últimos días las primeras acusaciones en contra de sus agentes, los responsables del secuestro de Carlos Contreras Maluje, hijo del primer intendente de la UP en la provincia de Concepción, ex regidor por la comuna de Concepción y dirigente del Partido Comunista.

Se trata de uno de los cuatro episodios que dividen este proceso, pero es el más simbólico, porque los hechos que rodearon el secuestro del militante de izquierda dejaron al descubierto los actos cometidos por el CC y provocaron la inmediata disolución del organismo represivo.

Nombres

Como autores intelectuales del plagio fueron acusados el general (R) FACH Freddy Enrique Ruiz Bunger y el coronel (R) de la misma institución Juan Francisco Saavedra Loyola. En tanto, como autores materiales fueron acusados Alejandro Sáez Mardones (que actualmente cumple condena por el caso degollados), Jorge Cobos Manríquez (alias ‘Kiko’ y teniente (R) de la FACH), Daniel Guimpert Corvalán (teniente en retiro de la Armada), César Palma Ramírez (alias ‘Fifo’, un civil ex Patria y Libertad y mencionado en al menos 15 asesinatos) y Manuel Muñoz Gamboa (alias ‘Lolo’, mayor en retiro de Carabineros que también fue condenado en el caso degollados).

Ruiz Bunger estaba a cargo de Inteligencia de la FACH y era un hombre de confianza del entonces comandante en jefe de la Aviación e integrante de la Junta Militar, general Gustavo Leigh, a quien acompañó cuando a éste lo destituyó el general Augusto Pinochet en 1978.

Los hechos

En su resolución, la jueza Gómez llega a la convicción de que los agentes secuestraron a Contreras Maluje y, tras torturarlo, lo utilizaron para montar un operativo donde pretendían capturar a otros militantes comunistas.

El 2 de noviembre de 1976, tras obtener el dato, proporcionado por otro detenido bajo tortura, los agentes lo interceptaron en calle Nataniel y, por la fuerza, lo llevan al centro de detención denominado La Firma (ubicado en calle Dieciocho, donde antes funcionaban las oficinas del diario Clarín).

Tras someterlo a apremios ilegítimos, el ex regidor ofrece llevar a los agentes a un lugar donde podrían apresar a otro militante comunista. Pero los planes de Contreras Maluje eran otros. Según se estableció, al día siguiente el CC montó un operativo en calle Nataniel.

Al llegar al lugar, afirma la jueza, Contreras Maluje “logra eludir a sus vigilantes y se lanza al paso de un vehículo de locomoción colectiva que transitaba en dirección al sur, por calle Nataniel, quedando lesionado a consecuencia del impacto, sin perjuicio de lo cual solicita ayuda a los transeúntes y a un funcionario de Carabineros”. Dijo estar secuestrado, pero los funcionarios no pudieron hacer nada porque apareció un vehículo patente EG-588, que, posteriormente se acredito, pertenecía a la FACH, de uso exclusivo de Ruiz Bunger, jefe de Inteligencia de la Fach. Sus ocupantes se indetificaron como agentes de la DINA. De Contreras Maluje no se supo más.


Condenan a siete ex integrantes del Comando Conjunto

Fuente :lanacion.cl, 30 de Noviembre 2005

Categoría : Prensa

El ministro Juan Fuentes Belmar condenó hoy a diversas penas a siete ex miembros del Comando Conjunto responsables de la desaparición, en noviembre de 1976, del dirigente comunista Carlos Contreras Maluje, informaron fuentes judiciales.

En su resolución, el magistrado no aplicó la Ley de Amnistía dictada en 1978 por el ex dictador Augusto Pinochet, pero sí la prescripción gradual de la pena, tomando como fecha de fin del secuestro calificado el 11 de marzo de 1990, fecha del retorno de la democracia.

Las condenas, de primera instancia, afectan a cuatro oficiales retirados de la Fuerza Aérea (FACH), un ex miembro de la Marina y dos de Carabineros, integrantes de esta agrupación de agentes del Estado y civiles de ultraderecha coordinada por los cuatro organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas y que operó entre 1975 y 1976.

El juez condenó a tres años de prisión remitida (en libertad) al director del Servicio de Inteligencia de la FACH, Freddy Ruiz Bunger, al coronel Juan Saavedra Loyola, al oficial de la Marina Daniel Guimpert y al ex oficial de Carabineros Manuel Muñoz Gamboa.

La misma condena, pero con reclusión nocturna, al ex integrante de la FACH César Palma Ramírez y al policía retirado Alejandro Sáez Mardones, quien desde agosto de 2003 cumple en prisión otra sentencia por violaciones a los derechos humanos.

En ese sentido, también condenó a tres años y un día de presidio al ex capitán de la FACH Jorge Cobos Manríquez.

Fuentes Belmar por último, desestimó una demanda civil contra el Estado presentada por el abogado de la familia de la víctima, Nelson Caucoto.

El de Carlos Contreras Maluje fue uno de los pocos casos en que la Corte de Apelaciones de la época acogió un recurso de amparo presentado por su familia tras su detención.

El 2 de noviembre de 1976, Contreras Maluje, entonces de 29 años de edad, ex regidor de Concepción, y de profesión químico farmacéutico, fue detenido por agentes del Comando Conjunto y trasladado al recinto denominado "La Firma" (ubicado en calle Dieciocho, donde antes funcionaban las oficinas del diario Clarín) donde fue torturado.

Posteriormente, según el Informe Rettig, el dirigente fue trasladado por los agentes a un lugar donde supuestamente Contreras haría un contacto, en calle Nataniel, ocasión en que se arrojó a las ruedas de una micro gritando su nombre y su situación de secuestro.

Inmediatamente, los agentes lo trasladaron nuevamente al recinto de "La Firma" y lo ejecutaron esa misma noche en un camino cercano a Santiago, en donde sus restos fueron enterrados clandestinamente sin que hasta ahora hayan sido encontrados

 


Corte elevó condenas a ex agentes del Comando Conjunto

Fuente :lanacion.cl 28 de Junio 2006

Categoría : Prensa

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago aumentó las condenas a dos integrantes del ex Comando Conjunto, entre ellos a su creador, el general

(R) de la FACH Enrique Ruiz Bunger, por el secuestro en 1975 del militante comunista Juan Luis Rivera Matus.

La condena de Ruiz Bunger fue elevada de 600 días a 10 años, y en la misma proporción la del ex agente y coronel hoy retirado de la FACH, Carlos Madrid Haydn. A ambos se les cambió además la calidad de encubridor por la de autor.

La sala mantuvo la pena de 10 años de presidio para el teniente coronel (R) de Ejército Sergio Díaz López, pero rebajó de 15 a 10 años la del ex agente y jefe de la Brigada Metropolitana de la CNI, mayor (R) Álvaro Corbalán.

El ministro Jorge Zepeda constituyó el voto de minoría, ya que estuvo por condenar a los cuatro ex agentes sólo a la pena de tres años “por razones humanitarias”. En este sentido, el ministro Zepeda ha sido criticado por abogados querellantes por las bajas condenas que aplica por crímenes de lesa humanidad, si bien no es partidario de aplicar la amnistía. El voto de mayoría lo conformaron el ministro Jorge Dahm y la abogada integrante Victoria Valencia. La condena de primera instancia la dictó el ministro Joaquín Billard.

Los restos de Rivera Matus fueron hallados el 2001 mientras, en la zona de Peldehue donde hoy está el Fuerte Arteaga del Ejército, se rastreaban los cuerpos de los desaparecidos de La Moneda por una orden de la Corte Suprema, según datos recibidos en la Mesa de Diálogo el 2000.


Corte Suprema rebaja condenas por homicidio de Juan Rivera Matus

Fuente :elmostrador.cl, 30 de Julio 2007

Categoría : Prensa

Máximo tribunal acogió recurso de casación en el fondo fondo presentado por la defensa de los militares retirados condenados por el crimen del ex dirigente comunista.

La Segunda Sala de la Corte Suprema rebajó considerablemente las penas impuestas por el homicidio calificado del dirigente comunista Juan Rivera Matus, desaparecido en noviembre de 1975 por miembros del Comando Conjunto.

El máximo tribunal sentenció al general retirado de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) Enrique Ruiz Bunger y a el comandante (r) de la FACH Arturo Madrid Hayden a las penas de presidio remitido.

Por el mismo delito, el ex jefe operativo de la CNI Álvaro Corbalán Castilla y el oficial (r) Sergio Díaz López, el ex miembro de la DINE, fueron sentenciados a cuatro años de cárcel.

A este último se le otorgó el beneficio de la libertad vigilada, mientras que en el caso de Corbalán la pena deberá ser cumplida de forma efectiva.

En el fallo de segunda instancia, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago había condenado a los cuatro ex militares a diez años.

Rivera Matus, de 52 años al momento de su desaparición, estaba casado y tenía siete hijos. Se desempeñaba como técnico electricista en Chilectra, donde además era dirigente sindical.

Fue detenido el 6 de noviembre de 1975, por cinco hombres de civil a la salida de su trabajo.

El caso de Rivera Matus es considerado uno de los más emblemáticos en materia de violaciones a los derechos humanos, pues develó la inexactitud de la información entregada por las Fuerzas Armadas a la Mesa de Diálogo.

Si bien las ramas castrenses lo incluyeron en un listado de detenidos cuyos cuerpos habían sido arrojados al mar, la jueza Amanda Valdovinos determinó que sus osamentas habían sido enterradas en el fuerte Arteaga del Ejército, en Colina.


Juez del caso Víctor Jara absuelve a seis militares FACH

Fuente :lanacion.cl, 1 de agosto 2009 

Categoría : Prensa

El ministro en visita Juan Fuentes Belmar aplicó a los miembros del Servicio de Inteligencia de las Fuerza Aérea de Chile (SIFA) la prescripción y falta de participación, liberando de cargos también al funcionario civil César Palma Rodríguez.

La cúpula del denominado Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea (SIFA) quedó liberada de cargos en el juicio que se seguía en su contra por el secuestro del ex militante del Partido Comunista (PC) Carol Flores Castillo y el asesinato del miembro del Comando Conjunto, Guillermo Bratti Cornejo.

Esto último luego de que el ministro en visita Juan Fuentes, el mismo que investiga el asesinato del cantautor Víctor Jara, desechara los cargos que pesaban contra los seis militares involucrados en estos crímenes además del funcionario civil César Palma Rodríguez.

Se trata de los generales (R) de la FACh Edgar Cevallo Jones, Roberto Serón Cárdenas, Juan Luis López López, Freddy Ruiz Bunguer, Juan Saavedra Loyola y Daniel Guimpert Corvalán.

A los tres primeros se los liberó porque el magistrado estimó que hubo falta de participación, mientras que al resto le aplicó la prescripción de la acción penal. Lo mismo decretó respecto del civil.

Este fallo dejó preocupados a varios organismos vinculados a los derechos humanos, sobre todo porque el criterio de caducidad de la acción penal fue aplicado por el juez que actualmente indaga el crimen de Víctor Jara así como otras indagatorias ligadas a delitos de lesa humanidad.

Fuentes de la causa indicaron que esta sentencia será apelada a la Corte para que se condene a los responsables.

El magistrado en la misma línea desestimó las demandas indemnizatorias para los familiares de las víctimas, acogiendo de la misma forma la prescripción de la acción civil para las familias de Flores y Bretti.

Carol Flores Castillo fue militante del PC hasta 1974. Ese año fue detenido junto a sus hermanos y trasladado hasta la Academia de Guerra Aérea (AGA). En este recinto, ocupado por organismos represivos de la dictadura, habría sido brutalmente torturado y luego liberado.

Testigos, en el informe Rettig, declararon que tras este episodio Flores comenzó a colaborar con la SIFA delatando a compañeros del PC, lo que coincide con una serie de detenciones a militantes comunistas durante esta época. Sin embargo, en junio de 1976 desaparece.

El ex miembro de la FACh, Andrés Valenzuela Morales, declaró en el proceso que supo que miembros de la SIFA llevaron a Flores hasta el Cajón del Maipo y se deshicieron de su cuerpo.

Esto último pues se habrían enterado que éste le entregaba información a la DINA de lo que hacía el comando. Ello molestó profundamente a los encargados de la AGA.

La misma conducta, según este testigo, se le imputó al oficial Guillermo Bratti, víctima de este caso judicial.Ante la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, Andrés Valenzuela señaló que tanto Flores como Bratti fueron ejecutados porque existía la "versión de que habían entregado información que poseíamos, a la DINA, la que efectuó operaciones perjudicando a nuestra agrupación (Comando Conjunto). La DINA, según los dichos de los agentes detenidos, les habría ofrecido más dinero, vehículo y casa".


Suprema dicta sentencia por caso de derechos humanos

Fuente :lnacion.cl, 27 de Abril 2010

Categoría : Prensa

Ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal condenaron definitivamente a ex integrantes del Servicio de Inteligencia de la FACh, por el secuestro calificado de Humberto Fuentes Rodríguez.
La Corte Suprema dictó sentencia final en la investigación por el secuestro calificado de Humberto Fuentes Rodríguez, detenido desaparecido desde noviembre de 1975 en la ciudad de Santiago.
En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Alberto Chaigneau determinaron las sanciones que se indican contra los responsables de estos crímenes atribuidos a personal de la SIFA (Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea).
El tribunal condena a César Palma Ramírez a 5 años de presidio por su responsabilidad en calidad de autor sin beneficios; a Freddy Ruiz Bunguer a 5 años de presidio por su responsabilidad como autor concediéndose la libertada vigilada. Misma condena recayó para Juan Saavedra Loyola, Eduardo Cartagena Maldonado y para Manuel Muñoz Gamboa.
En tanto a Otto Trujillo Miranda se le condeno a 541 días de presidio por su responsabilidad en calidad de cómplice, otorgándosele el beneficio de la remisión condicional.
Absuelto por falta de participación quedo Daniel Guimpert Corvalán.
En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización por daño moral de $ 80 millones a Humberto Fuentes Godoy, hijo de la víctima.
En este aspecto la sentencia se determinó con el voto en contra de los ministros Ballesteros y Rodríguez, quienes fueron partidarios de acoger la causal de incompetencia absoluta del tribunal.

 


Fallece general (R) de la FACH que cumplía condena en Punta Peuco

Fuente :latercera.cl, 8 de Marzo 2018

Categoría : Prensa

Se trata de Freddy Enrique Ruiz Bunger, quien padecía de cáncer multisistémico y que se encontraba internado en el Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile.

La tarde de este jueves se confirmó el deceso del general (R) de Brigada Aérea Freddy Enrique Ruiz Bunger, quien se encontraba cumpliendo condena en Punta Peuco por asociación ilícita y secuestro calificado.

Ruiz Bunger de 93 años, padecía de un cáncer terminal multisistémico, por lo que estaba internado en el Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile hace casi cinco meses.

Según había trascendido, sus abogados habían presentado un recurso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos "para que se le concediera el derecho a morir con dignidad en su domicilio junto a sus seres queridos", ya que la justicia chilena le habría negado el beneficio.

Este hecho se da luego de que en la presente semana, tras una entrevista de la Presidenta Michelle Bachelet a Canal 13, resurgieran las dudas respecto de un eventual cierre del recinto penitenciario antes de que asuma la presidencia Sebastián Piñera.

Teniendo en cuenta aquello, el abogado que representa a 80 de los internos del penal, Raúl Meza, indicó a La Tercera que tienen "la profunda convicción que la muerte del general llega como una señal muy potente en favor de los reos ancianos enfermos crónicos y terminales que cumplen condena en el penal de Punta Peuco, especialmente en momentos en que la Presidenta sigue pensando la posibilidad de cerrarlo, a 3 días de dejar el poder".

"Presidenta Bachelet le hacemos un suplicante llamado humanitario para que permita que reos ancianos, muchos con enfermedades crónicas y terminales sigan cumpliendo con dignidad su pena en el penal de Punta Peuco. Queremos que no se sigan violando los derechos humanos de reos mayores de edad, y se respete la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos de las personas mayores, el cual usted suscribió durante su gobierno", planteó.


Ordenan detención de dos oficiales (r) de la Fuerza Aéra

Fuente :mercuriovalpo.cl, 28 de Septiembre 2002

Categoría : Prensa

Resolución involucra al ex jefe de inteligencia de la Fuerza Aérea, general (r) Enrique Ruiz Bunger.

El juez del Tercer Juzgado del Crimen, Mario Carroza, quien investiga la supuesta rearticulación del "Comando Conjunto", procesó al ex jefe de inteligencia de la Fuerza Aérea, general (r) Enrique Ruiz Bunger, y al único detenido en el caso, el coronel (r) Juan Francisco Saavedra, como autores de distintos delitos de secuestro.

El magistrado encausó a Ruiz y Saavedra en tres resoluciones diferentes. En una de ellas los acusa de "coautores del delito de secuestro calificado" cometido en perjuicio de las personas de Ricardo Weibel Navarrete, ocurrido el 7 de noviembre de 1975; y de Juan Orellana Catalán, ocurrido el 8 de junio de 1976.

Una segunda resolución se refiere al secuestro de David Urrutia Galaz, quien fue detenido en diciembre de 1975, y de quien no se desconoce su paradero desde enero de 1976.

La tercera resolución se refiere a delitos reiterados de secuestros de Víctor Vega Riquelme, Isabel Stange Espínola, Jaime Estay Reyno, Amanda Velasco Pedersen, y María Eugenia Calvo Vega, previamente tipificados por el juez del 25ø Juzgado del Crimen de Santiago, Carlos Hazbún.

 

BUNGER FUE DETENIDO

 

El general (r) Ruiz Bunger quedará detenido en su domicilio por orden del magistrado, y el coronel (r) Saavedra, en tanto, permanecerá en el mismo lugar donde ha estado recluido hasta ahora, la Base Aérea de El Bosque.

Consultado sobre si la resolución también incluía el delito de tortura, Carroza afirmó que "el secuestro no sólo dice relación con la detención de la persona, la privación ilegítima de libertad, sino que estamos hablando de personas que eran detenidas, interrogadas, torturadas, y luego desaparecidas".

El magistrado sostuvo que las investigaciones en el caso van a continuar y que las próximas diligencias que adopte serán tendientes a investigar el posible delito de obstrucción a la justicia y el delito de asociación ilícita, en que habrían incurrido miembros del "Comando Conjunto".

"Creo que tenemos que seguir investigando. Estamos hablando de una investigación que recién comienza, no podemos estar haciendo suposiciones ni dando situaciones por definidas. Creo que este paso que damos es un primer paso que había que dar, y establecer de inmediato cuáles eran las responsabilidades, pero obviamente que hay otros ilícitos que hay que seguir investigando", declaró.

Dijo además que en el marco de su investigación, recibió cooperación de la Fuerza Aérea.


Comando Conjunto: Corte de Santiago condena a penas efectivas a ex agentes como autores de cinco secuestros calificados.

Fuente :pjud.cl, 11 de Abril 2019

Categoría : Prensa

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, que condenó a Freddy Enrique Ruiz Bunger, Juan Francisco Saavedra Loyola y Manuel Agustín Muñoz Gamboa a penas de 18 años de presidio, más accesorias legales, en calidad de autores de los delitos de secuestro calificado.

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a penas efectivas a ex agentes del "Comando Conjunto" por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de José Arturo Weibel Navarrete, Mariano León Turiel Palomera, Francisco Hernán Ortiz Valladares, José Santos Rocha Álvarez y Carlos Enrique Sánchez Cornejo. Ilícitos cometidos entre el 15 de octubre de 1975 y el 15 de julio de 1976.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita Miguel Vázquez Plaza, que condenó a Freddy Enrique Ruiz Bunger, Juan Francisco Saavedra Loyola y Manuel Agustín Muñoz Gamboa a penas de 18 años de presidio, más accesorias legales, en calidad de autores de los delitos de secuestro calificado de Francisco Hernán Ortiz Valladares, José Santos Rocha Álvarez, Carlos Enrique Sánchez Cornejo, José Arturo Weibel Navarrete y Mariano León Turiel Palomera.

En tanto, Antonio Benedicto Quirós Reyes deberá purgar la pena de 6 años de presidio, más accesorias legales, como autor del delito de secuestro calificado de Mariano León Turiel Palomera.

Finalmente, los agentes Alejandro Segundo Sáez Mardones,Roberto Alfonso Flores Cisterna y Carlos Hernán Rodrigo Villarreal deberán cumplir 5 años y un día de presidio, más accesorias legales, como autores del delito de secuestro calificado de José Arturo Weibel Navarrete.

Asimismo, por fallecimiento se aprobaron los sobreseimientos parciales y definitivos respecto de Jorge Rodrigo Cobos Manríquez, César Luis Palma Ramírez y Freddy Enrique Ruiz Bunguer.

La sentencia sostiene que en cuanto a la prescripción y amnistía alegadas por todos los encartados, cabe precisar que estos capítulos están debidamente tratados en los motivos Trigésimo quinto y Cuadragésimo primero de la sentencia en alzada, y dado a la reiterada jurisprudencia del máximo tribunal en orden a que el secuestro es un delito permanente no cabe la aplicación de tales institutos. La amnistía tiene solo un espacio temporal delimitado de aplicación, y la prescripción aun no es posible comenzar a contar el plazo dado al carácter permanente del delito y a la situación de uno de lesa humanidad que impide su aplicación.

Además dice que las minorantes de responsabilidad penal alegadas están analizadas en el fallo que se revisa y que este tribunal comparte en su aplicación.

En el aspecto civil, se ratificó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total por $1.520.000.000 a familiares de las víctimas.

Decisión adoptada con el voto en contra de la abogada Herrera Fuenzalida, quien señala: A) En cuanto a la sanción penal fue del parecer de acoger lo referido a la media prescripción de la acción penal y rebajar en consecuencia la pena impuesta, haciendo aplicables sus efectos a todos los condenados, ya que la prescripción gradual constituye una minorante calificada  de responsabilidad criminal, cuyos efectos inciden en la determinación del quantum de la sanción corporal, independiente de la prescripción, con fundamentos y consecuencias diferentes.

Así , ésta también se explica gracias a la normativa humanitaria que encuentra su razón de ser en lo insensato que resulta una pena tan alta para hechos ocurridos hace más de 40 años atrás. Lo anterior, no implica que se deje sin castigo el delito, pero sí, que se imponga una pena atenuada. Asimismo, como se trata de una norma de orden público el juez debe aplicarla, al ser favorable al procesado. B) En cuanto a la acciones civiles, estuvo por rechazarlas y acoger la excepción de pago deducida por el Fisco de Chile, por entender que estas ya fueron pagadas, en razón de la naturaleza reparatoria de la indemnización dada por el Estado de Chile, la que se tuvo en cuenta para la dictación de la Ley N 19.123, que creó la “Comisión Verdad y Reconciliación" o "Comisión Rettig", donde se hace referencia a la reparación moral y patrimonial que buscaba dicho proyecto, por lo que las sumas de dinero acordadas son para hacer frente a la responsabilidad extracontractual de éste, estableciéndose dentro de las funciones de la Comisión el promover la reparación del daño moral de las víctimas a que se refiere su artículo 18. Que, en razón de tales fines, la ley mencionada, junto con la N 19.980 contempla el pago directo en dinero a las víctimas de derechos humanos, como es, a los hijos de los mismos cuyo caso es el de autos junto a otras reparaciones, como son aquellas mediante la asignación de derechos sobre prestaciones estatales y reparaciones simbólicas, todas con el mismo objeto reparatorio. Entonces, resulta evidente que todos aquellos beneficios legales tienen el mismo fundamento e igual finalidad reparatoria del da o moral, que la indemnización que se reclama en estos autos.