Moren Brito Marcelo Luis Manuel

Rut: 3.392.364-3

Cargos: Jefe de Estado Mayor de la 4.ª División

Grado : Coronel

Rama : Ejército

Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)

Año Fallecimiento : 2015


Ministro Guzmán procesó a siete militares (r)

Fuente :La Tercera 22 de Julio 

Categoría : Prensa

El ministro de fuero, Juan Guzmán Tapia, sometió a proceso a siete militares (r) por el delito de secuestro calificado, por la desaparición de 23 personas en el recinto de torturas de Villa Grimaldi, durante el gobierno militar.

Los ex uniformados son el ex director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda; el coronel Marcelo Moren Brito; brigadier Miguel Krassnoff; el suboficial Basclay Zapata; el agente Osvaldo Romo; el oficial en retiro de Carabineros, Conrado Pacheco y al agente Pedro Alfaro.

De un abogado de DDHH en Chile, recibimos mas detalles:

Manuel Contreras Sepúlveda por :  Jacqueline Drouilly, César Negrete Peña, Marta Neira, Alfredo Rojas Castañeda, Jaime Vásquez Sáenz, Juan Molina Mogollones, Alej. Avalos Davidson, Sonia Rios Pacheco, Elías Villar Quijón, María Isabel Gutiérrez Martínez, Horacio Carabantes, Fabián Ibarra Córdova, Carlos Rioseco Espinoza, Alfredo García Vega, Abel Vilches Figueroa, René Acuña Reyes, Carrasco Matus, Hugo Rios Videla, Martín Elgueta Pinto, Agustín Martínez Meza, Juan MacLeod, Julieta Ramírez Castro y Luis Palominos Rojas.

Marcelo Moren Brito por todos los anteriores menos Elgueta, Negrete y Neira.

Miguel Krassnoff por Negrete, Neira, Drouilly, Rojas, Vásquez, Molina, Avalos, Acuña, Carrasco, Ríos, Elgueta, Martínez y Palominos.

Pedro René Alfaro Fernández por: Ríos, Villar, Gutiérrez, Carabantes,

Ibarra, Rioseco, García y Vilches.

Basclay Zapata por: Rojas, Vásquez, Molina, Acuña, Carrasco, Ríos, Elgueta y Palominos.

Conrado Pacheco Cárdenas por: MacLeod y Ramírez.


Justicia chilena procesa por primera vez en Caso Llidó

Fuente :El Mostrador 15 de Mayo 2003

Categoría : Prensa

Por primera vez, la justicia chilena dictó autos de procesamientos en contra de personas que participaron en el secuestro calificado del sacerdote español Antonio Llidó.

El caso del sacerdote fue uno de los que determinó la detención en Inglaterra del general (R) Augusto Pinochet Ugarte, a raíz de la investigación que llevaba el juez español Baltasar Garzón.

Esta mañana fueron sometidos a proceso como autores del secuestro calificado, nueve ex integrantes de la DINA, incluida su plana mayor.

Los encausados son Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Osvaldo Romo Mena, Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana, Orlando Manzo Durán, Ciro Torré Sáez y Basclay Zapata Reyes.

El sacerdote Llido fue detenido ilegalmente en octubre de 1974 y visto por ultima vez en el centro de reclusión clandestino de Cuatro Álamos. Agentes de la DINA lo torturaron por ayudar y dar protección a militantes del MIR.


Procesan a cúpula de la DINA por secuestro de decorador

Fuente :El Mostrador 12 de Junio 2003

Categoría : Prensa

El juez especial Alejandro Solís, con dedicación exclusiva para causas de derechos humanos, sometió hoy a proceso a la cúpula de la ex Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por la desaparición de un decorador en 1974.

El magistrado encausó al ex jefe de la DINA, Manuel Contreras, al brigadier (r) Miguel Krassnoff, al coronel (r) Marcelo Moren Brito y al suboficial (r) Basclay Zapata.

La resolución del magistrado también incluye al civil Osvaldo Romo Mena.

Se trata del caso del secuestro del decorador Fernando Silva Camus, arrestado por cuatro agentes de la DINA el 27 noviembre de 1974, un día después de que desapareciera su hijo, Claudio Silva Peralta, quien era militante del MIR.

Los aprehensores ingresaron al domicilio del afectado, procediendo a interrogarlo sobre sus actividades laborales y a revisar la documentación relativa a pedidos y datos de clientes, según consigna el sitio Memoriaviva.

Al día siguiente fue enviado a Villa Grimaldi, lugar donde fue visto con vida por última vez.

 


Guzmán dicta procesamientos caso Caravana de la Muerte

Fuente :El Mercurio 21 de Julio 2003

Categoría : Prensa

El ministro de fuero Juan Guzmán sometió a proceso a tres militares (r) por delitos cometidos por la denominada Caravana de la Muerte en cuatro ciudades al sur del país.

Luego de su investigación, Guzmán encargó reos al general (r) Sergio Arellano Stark, por el homicidio calificado de dos personas en la ciudad de Curicó. Además encausó a Arellano y al general (r) Gabriel del Río por los delitos de secuestro y homicidio calificado de Teófilo Arce, Leopoldo González, Segundo Sandoval y José Sepúlveda, todos ellos de la ciudad de San Javier.

El magistrado determinó además recalificar desde secuestro a homicidio el procesamiento al general (r) Arellano, al brigadier Pedro Espinoza (r) y el coronel (r) Marcelo Moren Brito, por la muerte y desaparición de dos personas en la ciudad de Cauquenes.

Asimismo, Guzmán decidió nuevamente encargar reo a Arellano Stark y al general (r) Héctor Hernán Bravo por el secuestro con homicidio de dos personas en la ciudad de Valdivia.

Con la resolución emanada hoy el magistrado estableció que la comitiva militar efectivamente recorrió la zona sur del país en 1973.

Luego de notificarse, el abogado de derechos humanos Juan Bustos sostuvo que con la resolución "queda muy patente que en relación a la Caravana de la Muerte faltaba aún mucho más. Ahora esto se ha comprobado y ha quedado claro, y así el ministro dictó procesamientos por los casos de Valdivia, San Javier y Curicó".


Justicia chilena procesa por primera vez en Caso Llidó

Fuente :El Mostrador 15 de Mayo 2003

Categoría : Prensa

Por primera vez, la justicia chilena dictó autos de procesamientos en contra de personas que participaron en el secuestro calificado del sacerdote español Antonio Llidó.

El caso del sacerdote fue uno de los que determinó la detención en Inglaterra del general (R) Augusto Pinochet Ugarte, a raíz de la investigación que llevaba el juez español Baltasar Garzón.

Esta mañana fueron sometidos a proceso como autores del secuestro calificado, nueve ex integrantes de la DINA, incluida su plana mayor.

Los encausados son Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krasnov Marchenco, Osvaldo Romo Mena, Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana, Orlando Manzo Durán, Ciro Torré Sáez y Brazclay Zapata Reyes.

El sacerdote Llido fue detenido ilegalmente en octubre de 1974 y visto por ultima vez en el centro de reclusión clandestino de Cuatro Álamos. Agentes de la DINA lo torturaron por ayudar y dar protección a militantes del MIR.


Amnistía y prescripción en los alegatos por la primera condena contra la ex DINA

Fuente :La Nación 4 Agosto 2003

Categoría : Prensa

Es como si todo hubiese quedado a la espera de que en los próximos días el gobierno dé a conocer su propuesta en materia de violaciones de los derechos humanos. Incluso en esa senda parece anotarse el excesivo retraso de la vista de la apelación por la primera sentencia del país que condenó a altas penas de prisión a parte de la cúpula de la ex DINA.

Su debate en una sala de Corte de Apelaciones de Santiago podrá ser tan decidor, como resolver el corazón mismo de la discusión de fondo en este asunto trascendente: la aplicación o no de la ley de amnistía y la prescripción del delito.

La materialización de tal discusión debiera repletar los asientos de la corte cuando ella finalmente se verifique. Será en ese momento cuando, por fin, se llegará al instante en que, por primera vez en la historia de los procesos instruidos por la pasada represión militar, se conocerá una posición oficial de una corte acerca de la resistida ley de amnistía y la figura de la prescripción del delito, tan alegada por las Fuerzas Armadas y Carabineros y por la inmensa mayoría de civiles que sustentaron la pasada dictadura militar.

De acuerdo a los abogados querellantes y defensores en las causas, ése es el centro del conflicto jurídico en materia de derechos humanos. El resto pertenece a otras esferas de la discusión.

Será en ese momento, entendiendo que luego le tocará decir su palabra a la Sala Penal de la Corte Suprema por la vía del recurso extraordinario de la casación, cuando se sabrá cuánto quedarán conformes o decepcionados los familiares de las víctimas, las Fuerzas Armadas y Carabineros, especialmente el Ejército, el gobierno, y todos quienes tienen intereses y/o opinión en esta cuestión.

Esa es, ni más ni menos, la relevancia de esa audiencia que continúa postergándose, sin apreciarse muy claramente por qué el retraso, entendiendo que “hay reos presos”, como se nombra en la jerga de tribunales. Ello apura normalmente la vista de estas apelaciones.

En este proceso, el 14 de abril de 2003 el ministro Alejandro Solís condenó a 15 años de presidio al ex jefe de la DINA, general (R) Manuel Contreras Sepúlveda; a 15 años de la misma pena al ex jefe de varios recintos clandestinos de la DINA, coronel (R) Marcelo Moren Brito; y a 10 años de presidio al también ex jefe de algunos de estos centros de tortura y exterminio, brigadier (R) Miguel Krassnoff Martchenko, quien no hace mucho se atribuyó públicamente el cartel de “analista” y “entrevistador” de la ex DINA.

Todos fueron sentenciados por el juez Solís como autores del secuestro calificado y desaparición del militante del MIR, Miguel Angel Sandoval Rodríguez.

También fueron sentenciados a 5 años de presidio en calidad de cómplices del mismo delito los ex agentes de la DINA, brigadier (R) Fernando Lauriani Maturana, conocido como el “teniente Pablito” y uno de los más crueles represores de la ex DINA, y el teniente coronel (R) de Carabineros Gerardo Godoy García, alias “El cachete chico”.

Será respecto de estas “estrellas” de la ex DINA, donde se producirán los relevantes alegatos acerca de la amnistía y la prescripción del delito que están por venir.

En su sentencia condenatoria el ministro Alejandro Solís rechazó aplicar la amnistía y la prescripción del delito a favor de los ex agentes, esgrimiendo el argumento que hasta ahora aparece como insalvable en contra de los militares: que mientras no aparezca el cuerpo de la víctima, el secuestro es un ilícito de carácter permanente que se sigue cometiendo cada día, y por tanto excede ampliamente el período cubierto por la ley de amnistía que se extiende hasta el 10 de marzo de 1978.


Angeles de la Muerte

Fuente :La Nacion 23 Noviembre de 2003

Categoría : Prensa

Una exhaustiva y larga investigación del juez Juan Guzmán y su equipo de detectives del Departamento V logró develar el mejor secreto guardado por la DINA: el destino de sus desaparecidos en la Región Metropolitana. La operación sistemática fue realizada por los pilotos y mecánicos de los helicópteros Puma del Comando de Aviación del Ejército entre los años 1974 y 1978.

Desde los sacos paperos sobresalían las pantorrillas y los pies. A las mujeres se les veían los zapatos con tacones altos o bajos. A veces se les asomaba el ruedo de la falda. A los hombres se les veían los zapatos y el extremo de los pantalones. Cada saco contenía un cuerpo amarrado con alambre a un trozo de riel. Algunos cuerpos todavía mostraban sangre fresca. Otros expelían el olor de la primera descomposición. Otros sacos estaban impregnados de aceite humano, señal de que los cadáveres habían permanecido algún tiempo enterrados. Algunos de los bultos, los menos, no tenían la forma de un cuerpo sino que eran de un tamaño más reducido, sólo parte de los restos.

Fueron al menos 40 viajes. En cada uno subieron de ocho a quince bultos a bordo de los helicópteros Puma. De los 12 mecánicos del Ejército que al final terminaron reconociendo las operaciones, cada uno hizo al menos un viaje. En algunos casos fueron dos, tres e incluso más. Hay otros mecánicos que también participaron en estas operaciones pero que todavía lo niegan. Casi treinta años se guardó el secreto entre pilotos y mecánicos en el Comando de Aviación del Ejército (CAE), estamento responsable de la operación. Al comienzo todos negaron, varias veces. Los pilotos niegan hasta hoy. Pero los mecánicos quebraron el juramento sellado con la sangre de otros. El juez Guzmán y los detectives que lo asisten tomaron esta hebra y la investigaron silenciosos y pacientes durante más de un año, en el marco del proceso por la cúpula comunista desaparecida de calle Conferencia.

Interiorizarse de los detalles de los vuelos de la muerte sobrecoge. Ahí está al fin la respuesta, detallada, y esta vez relatada desde adentro, del destino de los prisioneros de la DINA en Santiago.

Entre 400 y 500 fueron los cuerpos lanzados al mar en estas operaciones realizadas principalmente entre 1974 y 1978, aunque también habrían ocurrido en las últimas semanas de 1973.

El informe de las Fuerzas Armadas que surgió de la Mesa de Diálogo sobre Derechos Humanos en enero de 2001 con información del destino de 200 detenidos desaparecidos (49 en tierra y 151 al mar), apenas consignó 29 casos atribuidos a la DINA. De ellos, sólo 23 aparecieron como arrojados al mar. En la mesa de diálogo el Ejército del entonces general Ricardo Izurieta afirmó que no contaba con más información. Otorgando el beneficio de la duda, el Ejército esa vez no logró romper el secreto de los juramentados. Pero tampoco lo ha hecho hasta hoy.

Las cifras oficiales del Informe Rettig y las entidades continuadoras indican que los desaparecidos de la DINA en la Región Metropolitana entre 1973 y 1978, fueron 590.

La razón del mamo

Al final se confirmó la verdad. La confirmaron los mismos ejecutores, o parte de ellos. Como viene ocurriendo con otros casos espeluznantes, como los ejecutados de La Moneda en Peldehue, los que hablaron fueron los de abajo, no los altos oficiales. Los mecánicos son todos suboficiales hoy retirados.

Hay que admitir que el ex jefe de la DINA, Manuel Contreras, tenía por una vez la razón. “No hay detenidos desaparecidos de la DINA, están todos muertos” dijo recientemente a una documentalista del Canal+ de la TV francesa. Lo que Contreras nunca ha reconocido es que la macabra y sistemática operación de lanzar los cuerpos al mar existió. Y que nunca pudo ser planificada sólo por quien fue el jefe del Comando de Aviación del Ejército entre enero de 1974 y diciembre de 1977, coronel Carlos Mardones Díaz. Éste, junto a otros cuatro ex pilotos del CAE, fue procesado el viernes 14 de noviembre de 2003 por el juez Guzmán en calidad de cómplice y encubridor en el sumario por la muerte de Marta Ugarte. El de esta dirigente comunista fue el único cuerpo de las víctimas arrojadas al mar que afloró desde las profundidades del Océano y que en septiembre de 1976 varó en la playa La Ballena, cerca de la caleta Los Molles en la V Región. Fue la única falla del sistema de exterminio, la pista que permitirá ahora condenar a los culpables. Ningún otro cuerpo lanzado al mar apareció. El “culpable” de la defectuosa atadura del peso que permitió que el cadáver de Ugarte subiera a la superficie y se convirtiera en una evidencia fundamental, está identificado y confeso de su criminal error.

Pero Guzmán también procesó por este caso en calidad de autores de secuestro y homicidio a Contreras y a su propio primo, el brigadier (R) Carlos López Tapia, quien en 1976 era el jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA y a la vez jefe de Villa Grimaldi. Éste fue el principal centro clandestino de reclusión y tortura en el país, y desde allí fue sacada la mayor cantidad de los cadáveres que iban al mar. El juez fue respaldado el viernes 21 de noviembre de 2003 por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó los procesamientos. Aunque revocó el del piloto Emilio de la Mahotiere “por encontrarse en Francia” cuando desapareció Marta Ugarte.

Tobalaba-peldehue

La operación “Puerto Montt” (código con el que en los centros clandestinos de la DINA se marcaba en el registro de prisioneros a quienes serían ejecutados y lanzados al mar) tuvo un protocolo de actuación que se repitió. Antes de cada vuelo los mecánicos recibían la orden de sacar los asientos del Puma (18 a 20) y el estanque de combustible adicional. La autonomía de vuelo de este helicóptero sin el segundo estanque es de dos horas y media. Cada viaje era ordenado por el jefe del CAE al jefe de la Compañía Aeromóvil de ese comando de helicópteros. Todos los vuelos quedaban registrados.

Las máquinas partían cada vez desde el aeródromo de Tobalaba en la comuna de La Reina, donde durante esos años funcionó el Comando de Aviación del Ejército. La tripulación la conformaban un piloto, un copiloto, y un mecánico. El vuelo se iniciaba con destino a Peldehue, en Colina. Allí, en terrenos militares, descendían y eran esperados normalmente por dos o tres camionetas Chevrolet C-10, casi siempre de color blanco, cuya sección trasera estaba cubierta por un toldo. A cargo de estos vehículos estaban dos o tres agentes de civil. Los civiles descorrían los toldos que ocultaban los cadáveres amontonados y los descargaban para ponerlos dentro del helicóptero. A continuación el Puma volvía a elevarse con los agentes civiles a bordo. Normalmente se orientaba hacia la costa de la Quinta Región, y a la altura de Quintero la máquina tomaba dirección mar adentro. La menor de las veces los vuelos se fueron mar adentro a la altura de San Antonio o Santo Domingo.

Alcanzada una distancia adecuada, el piloto daba la orden para iniciar la descarga de los cuerpos. El lanzamiento se efectuaba a través de la escotilla de más o menos un metro cuadrado ubicada en el medio del helicóptero, donde se encuentra el gancho de carga que baja por dentro a la altura del rotor principal. Pero la descarga también se hacía a veces desde una escotilla de popa, de 1,80 metros de alto por casi un metro de ancho. El lanzamiento lo efectuaban los agentes civiles, que eran los responsables no sólo de llevar los cuerpos a Peldehue y ponerlos dentro de la nave, sino de supervisar que los bultos llegaran al fondo del mar.

Las identidades de los cuerpos arrojados al océano en esta operación no están establecidas, puesto que los testigos dicen no haberlas conocido nunca, salvo la de Marta Ugarte. Quienes sí las conocen, como el ex jefe de la DINA Manuel Contreras, niegan que esta operación existió.

 “Brillaban”

Los rieles “recién cortados, por lo que brillaban por los lados cortados” como los vio preparados el comisario de Investigaciones y agente de la DINA Nibaldo Jiménez Santibáñez, entregaban, en principio, la seguridad de que la prueba del crimen se iría con el pedazo de metal al fondo del océano. Dice Jiménez en una de sus declaraciones procesales que cuando preguntó un día para qué eran esos rieles cortados en trozos, recibió por respuesta “esos son pa’ los paquetes”. Cuando preguntó ¿qué paquetes?, sostiene que le respondieron “los que se van cortados todos los días de aquí, un lote grande al mar, los envuelven en un saco bien amarrados con alambre, echan el cuerpo y el riel, y con el peso del riel se van al fondo”.

Ya no eran ex prisioneros que hablaban de los rieles, ni sólo el campeón de pesca submarina Raúl Choque, que una vez en la década de los años 80 declaró a la prensa que vio osamentas en el fondo marino frente a Pisagua, pegadas a trozos de rieles. Ahora los fragmentos de vía eran una realidad vista por uno de los propios agentes que lo contaba a un juez.

Tampoco había enloquecido el coronel retirado Olagier Benavente Bustos, cuando el 24 de junio de 1999 declaró en una entrevista a La Nación que el “piloto de Pinochet, su regalón, Antonio Palomo”, le contó un día de verano un par de años después de 1973 en Pelluhue, donde ambos tenían casa de descanso, que le había correspondido hacer viajes pilotando un Puma para lanzar cuerpos al mar. “Partían desde Tobalaba”, dijo el coronel (R) Benavente que le había dicho Palomo. Era la primera vez que un alto oficial retirado revelaba parte del secreto. Pero esa vez todo quedó allí, sólo en las declaraciones. No existían todos los antecedentes descubiertos ahora. Por supuesto, Palomo desmintió las declaraciones de Benavente cuando el juez Guzmán lo interrogó.

La limpieza

Cumplida cada misión de vuelo, los helicópteros regresaban al lugar en Peldehue donde habían quedado estacionadas las camionetas C-10. Allí descendían los agentes civiles, montaban en las camionetas y se iban.

El helicóptero volvía a elevarse y se dirigía a su base del CAE en Tobalaba. Desocupada la máquina de su tripulación, los mecánicos realizaban la operación de limpieza del piso, que la mayoría de las veces quedaba con sangre impregnada y con un penetrante olor a carne descompuesta. Manguereaban el piso y el interior y dejaban ventilarse la máquina. Cuando el olor y la sangre desaparecían, los mecánicos volvían a instalar los asientos y el estanque de combustible adicional, a no ser que ya se supiera que al día siguiente ese mismo helicóptero debía cumplir una tarea similar. Normalmente esta limpieza no era realizada por los mismos mecánicos que habían participado del vuelo. Entre los limpiadores estuvo más de una vez E.A.O., el mismísimo mecánico personal del Puma Nº 256 del comandante en jefe del Ejército, general Augusto Pinochet. Aunque éste sostiene en el proceso que “nunca” le tocó realizar alguno de estos vuelos a alta mar. Su jefe fue por muchos años el ahora brigadier (R) Antonio Palomo.

La mayor parte de los desaparecidos que salían de Villa Grimaldi con la marca “Puerto Montt” partían del aeródromo de Tobalaba.

 “Cuando conversábamos entre los mecánicos, pude ver que varios de ellos habían realizado este tipo de viajes”, declaró en el proceso otro mecánico que participó en los vuelos y a quien nombraremos “Rotor 1”.

Las identidades de los mecánicos que finalmente contaron al juez las tenebrosas historias que permitieron conocer estos hechos, LND las mantiene en reserva. El hijo de uno de ellos fue secuestrado por algunas horas el viernes antepasado, el mismo día en que el juez Guzmán dictó los primeros procesamientos por el caso de Marta Ugarte contra cinco ex pilotos de los Puma, además de Contreras y López Tapia. Dos individuos lo obligaron a subir a un auto, lo amarraron, le pusieron una capucha en la cabeza, lo golpearon, y le dijeron que le dijera a su padre que “cierre el hocico”. Luego lo botaron en una calle de Santiago.

Otro de los mecánicos, “Rotor 2”, relató en la investigación que apenas se iniciaron estos vuelos, el comandante del CAE Carlos Mardones reunió a pilotos y mecánicos y les ordenó que “estas son misiones secretas que ustedes no deben comentar con nadie que no participe en ellas. Ni siquiera deben hablarlo con sus familias”.

El tribunal

El comisario (R) Nibaldo Jiménez, ex agente DINA con funciones en Villa Grimaldi y en el recinto de José Domingo Cañas, sostiene que “quienes enviaban a los individuos al mar era una reunión que se hacía con los jefes de grupo de esa época, los capitanes Miguel Krassnoff Martchenko, Maximiliano Ferrer Lima, y otros, porque había varios cuarteles. Se reunían en algo así como un tribunal, donde decidían qué detenido se salvaba y quiénes se iban al mar con el código anotado Puerto Montt. Esos “otros” a quienes se refiere Jiménez eran los de siempre, Marcelo Moren Brito y Pedro Espinoza Bravo, ambos jefes rotativos de varios de los centros clandestinos de la DINA.

El resultado de cada una de esas reuniones, continúa Jiménez, “era enviado al general Contreras, jefe máximo de la DINA (…) El general Contreras era quien revisaba las listas y en definitiva era quien decidía la suerte de los detenidos”.

Otra de las víctimas de la DINA fue el periodista Máximo Gedda Ortiz, hermano de los Gedda que realizan el programa de televisión “Al sur del mundo”. Detenido en julio de 1974, desapareció en el recinto de Londres 38. Jiménez cuenta el estado en que vio su cuerpo antes de que, presumiblemente, engrosara la lista de lanzados al mar. “Un sujeto de apellido Gedda estuvo detenido. Le habían sacado con cuchillo la carne de la pierna y se le veía el hueso. Estaba colgando, lo tenían colgando. Lo habían flagelado”.

Jiménez describe otra figura del horror y la brutalidad contra otro de los desaparecidos de la DINA. Se trata del fotógrafo Teobaldo Tello Garrido, quien había sido funcionario de Investigaciones durante el gobierno de Salvador Allende. Fue detenido en agosto de 1974 y permanece desaparecido. “Fui a verlo a un cuarto abarrotado de detenidos, al abrir su boca vi que estaba ensangrentada. Sus dientes habían sido removidos con un alicate por parte del señor Marcelo Moren (…) El coronel Moren era bastante bruto”.

Pilotos de la caravana

Entre los cinco ex pilotos de helicópteros Puma que el juez Juan Guzmán procesó por el secuestro y homicidio de Marta Ugarte están quienes fueron los pilotos de la Caravana de la Muerte. Antonio Palomo fue el piloto durante el tramo sur de este operativo, actuando como su copiloto Emilio de la Mahotiere González. Por el tramo norte de la caravana, el piloto fue el mismo De la Mahotiere y el copiloto, Luis Felipe Polanco Gallardo. El quinto piloto declarado reo es el coronel (R) Oscar Vicuña Hesse.

Una segunda fase de este método de desaparecimiento de detenidos arrojando sus cuerpos al mar, se inició después de 1978 y duró al menos hasta 1981-82, una vez que a fines de 1978 fueron descubiertos los cadáveres de 15 campesinos en un horno de Lonquén y el Ejército y Pinochet se alarmaron.

Esta segunda fase conocida como “las remociones” clandestinas, fue admitida incluso por el ex director de la Central Nacional de Informaciones, general Odlanier Mena, y sobre ella han prestado también declaraciones algunos ex agentes que participaron en el operativo. A esta operación pertenecen, entre otros, los prisioneros de Chihuío en la X Región; los ejecutados de La Moneda desenterrados desde Peldehue; y las 26 víctimas de la Caravana de la Muerte enterradas clandestinamente en el desierto de Calama. Estas no fueron víctimas de la DINA.

Probablemente, dada la experiencia adquirida, esta segunda fase fue realizada por los mismos pilotos y mecánicos del Comando de Aviación del Ejército. Este episodio no está totalmente aclarado judicialmente. En todo caso, los comandantes del CAE después de Carlos Mardones fueron: el coronel Hernán Podestá Gómez, entre enero y diciembre de 1978; coronel Fernando Darrigrandi Márquez, entre enero de 1979 a julio de 1981; y el coronel Raúl Dinator Moreno, entre agosto de 1981 y febrero de 1982.


Juez dictó condenas en tres casos de detenidos desaparecidos

Fuente :El Mostrador 4 de Mayo 2004

Categoría : Prensa

El titular del Primer Juzgado de Crimen de Santiago con dedicación exclusiva en causas de derechos humanos, Joaquín Billard, condenó a diez años y un día de presidio al ex jefe operativo de la CNI Álvaro Corbalán Castilla por el secuestro calificado y resultado de muerte de Juan Luis Rivera Matus, registrado en diciembre de 1975.

Junto a Corbalán, y por la misma pena, fue condenado el ex miembro de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), Sergio Díaz López.

En tanto, en calidad de encubridores, recibieron sentencias el jefe del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea (SIFA), Freddy Ruiz Bunger y Carlos Madrid Hayden, a 600 días de pena remitida.

La notificación, para el caso de Corbalán, hecha esta mañana en Punta Peuco. Fuentes allegadas al caso, indicaron que el Ejército habría preferido no trasladado hasta el tribunal, a fin de evitar problemas a raíz de sus últimas salidas.

Juan Luis Rivera Matus fue nombrado en el primer informe de la Mesa de Diálogo, como uno de las víctimas de la represión que había sido lanzada al mar, junto a otras 131 personas. Sin embargo, en 2001 sus restos aparecieron en los terrenos del Fuerte “Justo Arteaga Cuevas”, en Peldehue. Para muchos, este dato echó por el suelo la credibilidad de esta instancia.

Rivera Matus militaba en el PC y era dirigente sindical de Chilectra. Fue detenido el 6 de noviembre de 1975 en la esquina de Santo Domingo y San Antonio, por cerca de cinco personas de civil que lo subieron a un vehículo tipo station wagon Peugeot de color blanco, sin patente.

El mismo día de su secuestro fue interpuesto un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual, como la casi totalidad de las acciones similares interpuestas durante el régimen militar, fue rechazado sin más trámite por el tribunal de alzada, luego de un informe negativo sobre la detención emitido por el Ministerio del Interior. El 26 de mayo de 1976 el proceso había sido sobreseído temporalmente.

Otros casos

Pero ésta no fue la única sentencia dictada por el magistrado. También condenó al ex agente de la DINA Osvaldo Romo Mena, por el delito de secuestro calificado en la persona de Jorge Espinoza Méndez, apodado “Abel” o “Juancho”, cuyos últimos rastros se tienen del 18 de junio de 1974.

Según el informe Rettig, Espinoza Méndez fue sido visto por testigos en el recinto de detención de Londres 38 y desapareció en poder de la DINA, sin que se hayan vuelto a tener noticias de él.

El magistrado también condenó a los ex agentes de la DINA Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata y Osvaldo Romo a diez años y un día por el delito de secuestro calificado en contra de los ex militantes del MIR Elsa Leuthner, María González, Hernán González y Ricardo Troncoso Muñoz.

El caso de Troncoso Muñoz es particular. Antes de su detención, había permanecido asilado en la Embajada de México en Santiago, desde el 10 de octubre de 1973, hasta el 1 de marzo de 1974, fecha en que abandonó el asilo, desesperado por la tardanza en otorgársele salvoconducto. Quince días después fue detenido por agentes de la DINA.

El magistrado aún investiga el caso de Juan Suil Faúndez, quien fue hecho desaparecer por agentes de la SIFA, a mediados de los setenta. Las otras dos causas que tenía el magistrado, una de ellas por la Operación Colombo, se adjuntaron al expediente que sustancia el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia.

Con las condenas en estos tres casos, se abre el camino a que la Corte Suprema unifique el criterio respecto a la aplicación de la ley de Amnistía. En 1997, cambió el criterio de fallo de la Segunda Sala Penal del máximo tribunal, donde se modificó la aplicación de ese cuerpo legal y se instauró la teoría del secuestro permanente.


Funa a Marcelo Moren Brito en Las Condes.

Fuente :2 Octubre 2004 

Categoría : Prensa

Luego de reunirse a las 11:30 am. en la plaza Italia, casi un centenar l@s funer@s se dirigieron en metro, al frontis del edificio en que vive actualmente Marcelo Moren Brito (uno de los más celebres personajes de la DINA), ubicado en Av. Américo Vespucio 101 (comuna de Las Condes), en donde se llevó a cado la manifestación.

Trascripción del volante repartido a los transeúntes:

MARCELO MOREN BRITO;  EL RONCO; EL CORONTA; ASESINO Y TORTURADOR DINA

VIVE EN: Av. Américo Vespucio 101. Las Condes. C.I. 3.392.364-3
Para l@s torturador@s, asesin@s y sus cómplices: ¡NI PERDÓN NI OLVIDO! 
SI NO HAY JUSTICIA…!HAY FUNA!

Marcelo Moren Brito tiene un largo historial de crímenes. Ya en los primeros días del golpe de Estado se destacó por su violencia y brutalidad. El 14 de Septiembre de 1973 asesinó al joven dirigente estudiantil de la UTE, Gregorio Mimica, ordenando ponerle un tiro al blanco en el pecho y disparando personalmente para luego incinerarlo en las calderas de la universidad.

Por sus horribles cualidades fue destinado a participar en la Caravana de la Muerte de Arellano Stark, con quien recorrió Chile asesinando prisioner@s polític@s. Pronto sería incorporado a la siniestra DINA, a cargo de la Brigada Caupolicán, hasta llegar a ser
jefe de Villa Grimaldi en reemplazo de Pedro Espinoza.

En su larga lista de ejecutad@s y desaparecid@s figuran, entre otr@s, las jóvenes Diana Arón, periodista y militante del MIR, y Nalvia Rosa Mena, militante de las Juventudes Comunistas secuestrada junto a gran parte de su familia, ambas embarazadas y hasta hoy desaparecidas. Ha sido condenado por numerosos delitos, como el secuestro de Miguel Ángel Sandoval ( 15 años), el de Diana Arón (10 años), y procesado en muchos más, como los casos de Alfonso Chanfreau, el sacerdote Antonio Llidó, Carmelo Soria, Lumi Videla, Miguel Ángel Acuña, Manuel Carreño, Hernán y Maria Elena González, Ricardo Troncoso, Elsa Leuthner, David Silverman, Jacqueline DrouIlly, Calle Conferencia y Caravana de la Muerte, sin embargo sigue en libertad y total  impunidad. Moren Brito fue quien torturó al general Alberto Bachelet y hasta hoy, en este edificio, es vecino de su viuda, Angela Jeria, y de su hija, Michelle Bachelet.

A 30 años de la caída en combate de Miguel Enríquez con todas las fuerzas de la
historia, decimos: 

Si no hay justicia…HAY FUNA!
 


Procesan a cúpula de la ex DINA por secuestro de mirista

Fuente :El Mostrador 19 de Octubre 2004

Categoría : Prensa

La titular del Noveno Juzgado del Crimen de Santiago, Raquel Lermanda, procesó como autores de secuestro calificado a cuatro ex miembros de la cúpula de la disuelta Dirección Inteligencia Nacional (DINA).

La magistrada estimó que existen presunciones fundadas de que miembros de la DINA tienen responsabilidad en la desaparición del mirista Álvaro Barrios Duque, detenido el 15 de agosto de 1974 en su casa, ubicada en la comuna de Conchalí.

La resolución afecta al general (R) Manuel Contreras, ex jefe del organismo represivo, al brigadier (R) Miguel Krasnoff, al coronel (R) Marcelo Moren Brito y al civil Osvaldo Romo.


Dictan acusaciones por secuestro de David Silberman

Fuente :La Nación 20 de Octubre 2004

Categoría : Prensa

El ministro Jorge Zepeda dictó acusación en el caso por el secuestro del ex funcionario de Cobrechuqui, David Silberman, causa que se acerca ahora a la etapa de sentencia y en que hasta el momento se mantienen los cargos contra los cuatro procesados.

El magistrado estimó que el ex director de la DINA Manuel Contreras y el brigadier (r) Marcelo Moren Brito son responsables en calidad de autores del secuestro de Silberman, mientras que mantuvo la tipificación de cómplices en el mismo ilícito que compromete a Marcos Derpich Miranda y Carlos Labarca Sanhueza.

El 4 de octubre de 1974 miembros de la DINA sacaron a Silbermann de la Penitenciaría en donde permanecía recluido tras ser sometido a Consejo de Guerra en Calama. De acuerdo a testigos el supervisor de la actual Codelco fue visto en cuarteles de la DINA como José Domingo Cañas y Cuatro Alamos.

Las partes ahora podrán adscribir o rechazar la acusación y una vez que el ministro recabe todos los antecedentes comenzará la fase final que incluye la dictación de las sentencia de primera instancia.


DD.HH.: Juezas procesan a nueve militares (R) por dos secuestros

Fuente :El Mercurio 29 de Octubre 2004

Categoría : Prensa

Nueve ex uniformados fueron procesados en las últimas horas como autores de dos secuestros calificados ocurridos entre 1974 y 1975.

La primera encargatoria de reo fue dictada por la jueza Colomba Guerrero, del Primer Juzgado del Crimen de Puente Alto, quien investigó la desaparición de Juan Manuel Llanca Robas, quien fue visto por última vez en el Regimiento N°2 de Puente Alto en 1975.

En este caso fueron encausados como autores del secuestro el ex comandante del regimiento, Mateo Durruty, y los ex uniformados David Miranda, Pedro Teyssedre, René Cruces y Carlos Canales.

Asimismo la jueza del Octavo Juzgado del Crimen de Santiago, María Inés Collins, sometió a proceso a la cúpula de la DINA por la desaparición de el ex mirista Carlos Cubillos Gálvez, a quien se le perdió el rastro en el centro de detención conocido como Londres 38.

En este caso fueron encausados el general (R) Manuel Contreras, el brigadier (R) Miguel Krassnoff, el brigadier (R) Marcelo Moren Brito y el civil Osvaldo Romo. Estos últimos enfrentan una serie de procesamientos en causas de Derechos Humanos, que están a cargo de distintos jueces.

El abogado Sergio Concha, quien lleva las causas, destacó especialmente la labor de la jueza Guerrero puesto que desde que ella llegó a mediados del año pasado al primer Juzgado del Crimen de Puente Alto hubo un cambio en el desarrollo de la causa de Juan Llanca.

"La causa había estado aproximadamente 10 años en ese juzgado, había habido por lo menos cuatro magistrados que no se habían interesado mayormente por esta causa (…) todo esto fue solucionado cuando llegó la magistrado Guerrero, quien se dedicó a investigar lo que hasta entonces no había sido investigado", afirmó.


Juez Alejandro Solís dicta condenas en caso Cortez Joo

Fuente :El Mercurio 22 de Diciembre 2004

Categoría : Prensa

Además de la condena civil, el ministro de fuero Alejandro Solís notificó de las condenas penales por el secuestro calificado de Edgardo Cortez Joo, militante del MIR detenido en 1975 y desaparecido de Villa Grimaldi.

Como autores fueron sentenciados en primera instancia Krassnoff, Moren Brito, Romo, Wenderoth y Zapata. A los cuatro primeros se les impuso una pena de 10 años y al último de cinco años.

Por este caso nunca fue procesado el ex jefe de la Dina, Manuel Contreras Sepúlveda, quien aún no ingresa a cumplir condena por el caso de Miguel Ángel Sandoval Martínez, pues en la Corte Suprema continúa pendiente un recurso de inaplicabilidad presentado antes de la sentencia pronunciada hace tres semanas por la Segunda Sala Penal, imposibilitando la dictación del "cúmplase".

Siguiendo el criterio de la Suprema en la causa Sandoval, en el caso Cortez Joo el juez Solís desestimó aplicar prescripción y el Decreto Ley Amnistía por tratarse de un secuestro calificado, de carácter permanente.

El ministro, además, aplicó convenios internacionales. Consignó que "existe unanimidad en la doctrina en cuanto a que la amnistía deberá tener por objeto tan solo delitos políticos o militares, pero limitados a aquellos que no atenten contra los derechos humanos".

Según antecedentes de la Vicaría, el nombre de Edgardo Cortez Joo, apodado "el Chino Rony", casado, un hijo, apareció en una lista de 59 chilenos presuntamente muertos, heridos o evadidos en enfrentamientos con servicios de seguridad argentinos, dada a conocer el 24 de julio de 1975. La madre de la víctima sostuvo un breve intercambio epistolar con la entonces primera dama, Lucía Hiriart, quien le contestó que había enviado los antecedentes a la Dina.

Responsabilidad civil

El abogado querellante, Sergio Concha, fue también quien demandó civilmente a quienes resultaran autores del secuestro.

El profesional, que se encuentra estudiando apelar para que se aumente el monto, explicó que optó por incluirlos como "solidariamente responsables" ya que "por la enormidad de los crímenes que se han cometido, corresponde también que ellos cancelen la indemnización".

Para condenar civilmente a los victimarios, el ministro invocó el artículo 2324 del Código Civil. Tal disposición es aplicada frecuentemente en casos penales comunes, pero en derechos humanos los abogados han optado por dirigir las acciones civiles únicamente contra el Estado.

Concha también incorporó al Estado entre los demandados, pero el ministro Solís se declaró incompetente en esa materia y sostuvo que ella debe ser analizada por tribunales civiles.

El juez estableció que la indemnización por daño moral debe ser cancelada entre los cinco condenados (4 millones de pesos cada uno). Como beneficiaria dejó a la madre, Luisa Faustina Joo.


Notifican a dos ex DINA

Fuente :La Nacion 23 de Diciembre 2004

Categoría : Prensa

“No tengo ningún secuestrado en mi poder”, exclamó ayer el brigadier (R) Marcelo Moren Brito, que fue el martes condenado a diez años y un día de prisión por la desaparición del militante del MIR Manuel Edgardo Cortez Joo, detenido el 14 de febrero de 1975. Tras ser notificado de la nueva condena, Moren Brito aseveró que no conoció al desaparecido y negó haber participado en algún secuestro. “Nunca he participado en secuestros”, recalcó el ex jefe de Villa Grimaldi. Además acusó que la resolución adoptada por el ministro en visita Alejandro Solís “es una ilegalidad”. El ex alto cargo de la DINA señaló estar de acuerdo con el general (R) Manuel Contreras en el sentido de que Solís les ha hecho una persecución: “Nos ha atacado en dos causas en las que yo no he tenido nada que ver”. Ayer también fue notificado el ex agente civil de la DINA Osvaldo Romo.


Ex DINA obligados a pagar indemnización – Moren Brito y condena civil: "De dónde voy a sacar plata"

Fuente :El Mercurio 23 de Diciembre 2004

Categoría : Prensa

"No tengo plata, de dónde voy a sacar plata. Tampoco voy a estar dispuesto porque mi conciencia está limpia. No tengo nada que ver. Esta es una aberración jurídica de un juez que se ha dedicado a perseguir militares".

Así reaccionó el coronel (r) Marcelo Moren Brito a la condena que dictó en primera instancia el ministro de fuero Alejandro Solís en el caso del mirista Edgardo Cortez Joo. Ésta, además de imponerle una pena de cárcel de 10 años, lo sentencia a pagar entre cinco ex funcionarios de la DINA una indemnización de 20 millones de pesos a la madre del desaparecido.

Ejemplificando sus problemas económicos, dijo que en el pago de la fianza que se establece tras cada procesamiento en su contra el Ejército "se pone", pero "tarde". Por eso, tienen que "recurrir a los amigos para no estar allá arriba en un lugar infesto".Ofuscado, también descalificó al ministro Solís: "Nunca detuve ni conocí al tal Cortez Joo y me lo achaca a mí un juez que es prevaricato, un gallo de plena izquierda, que inventa un hecho que es absurdo, porque él es el que está obligado a probar que uno tiene en su poder al secuestrado". Agregó que "resulta que ahora nosotros somos los malos, pero antes cuando a los jueces los amenazaban los terroristas, nos pedían ayuda a nosotros", refiriéndose a la época anterior al golpe.

Contrarios a la sentencia civil dictada por el ministro Solís se mostraron también los abogados de los victimarios, que esperan revertirla en las apelaciones.

Luis Valentín Ferrada, abogado de Miguel Krassnoff, sostuvo que la imposición económica a los ex militares demuestra que "el criterio del juez es que las responsabilidades son individuales, cosa que contrasta con la lógica incluso del Ejército, que reconoce que son institucionales".

Por eso, calificó el fallo de "prehistórico" y dijo que será incluido entre los documentos que presentarán, anunció, ante la Corte Interamericana a fin de que ella se pronuncie definiendo si la responsabilidad de los crímenes ocurridos durante el régimen militar es del Estado o de personas individuales.

Francisco Piffaut, representante de Marcelo Moren, puso el acento en la prescripción de la acción civil y en la responsabilidad del Estado. "Todos los daños que se causaron a las víctimas, si se acredita que son efectivos, son responsabilidad del Estado. Estos militares ascendieron, Villa Grimaldi se financiaba con recursos estatales. No se trata de un grupo de delincuentes comunes", dijo.

Pena

EN LOS próximos días debiera ingresar a cumplir condena por el secuestro calificado de Miguel Ángel Sandoval. A la espera del cúmplase, Moren Brito dijo que va a "pensar" si va a la cárcel.


Juez Guzmán volvió a golpear a la DINA

Fuente :La Nación 4 de Enero 2004

Categoría : Prensa

En uno de los procesamientos que terminó por echar abajo uno de los principales montajes de la pasada dictadura, el ministro de fuero Juan Guzmán encausó a diez ex agentes de la DINA, varios de ellos de su plana mayor, incluido el ex jefe Manuel Contreras, por ocho víctimas desaparecidas en la conocida como Operación Colombo. Este es el segundo encausamiento dictado por el juez Guzmán por este montaje acontecido en 1975, siendo el primero el decretado el 2 de septiembre, cuando el magistrado procesó a 16 ex agentes por 37 víctimas de la Colombo.

Las resoluciones adoptadas por el juez Guzmán en este episodio, constituyen en conjunto el más masivo procesamiento dictado hasta ahora por este ministro, y uno de las que abarca más cantidad de víctimas y encausados en los juicios que se instruyen por violaciones de los derechos humanos.

Los procesados, todos en situación de retiro y declarados reos como autores de secuestro calificado son, además de Contreras, el ex jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA, general César Manríquez Bravo, hermano de Mario, coronel (R) encartado como autor intelectual del crimen de Víctor Jara; el ex segundo hombre de la DINA, brigadier Pedro Espinoza Bravo; el ex jefe de Villa Grimaldi, coronel Marcelo Moren Brito; el ex jefe del recinto DINA Cuatro Alamos, oficial de Gendarmería Orlando Manzo Durán; el ex jefe del grupo Halcón de la DINA, brigadier Miguel Krassnoff Martchenko; el ex jefe del Servicio Secreto de la Dirección de Inteligencia del Ejército y ex miembro de la plana mayor de la DINA, coronel Francisco Ferrer Lima, que cumple condena en Punta Peuco por el crimen del sindicalista Tucapel Jiménez; el ex jefe del recinto DINA Tres Alamos, oficial de Carabineros Conrado Pacheco Cárdenas; el suboficial de Ejército Basclay Zapata Reyes; y el ex agente civil Osvaldo Romo Mena.

Las nuevas ocho víctimas de Colombo son: Aldo Pérez Vargas, Roberto Aranda Romero, Jorge Müller Silva, Modesto Espinoza Pozo, Carlos Pérez Vargas, Carmen Bueno Cifuentes, Rodrigo Ugas Morales y Carlos Gajardo Wolf. Los cinco últimos figuran en la lista de los 119 desaparecidos por este operativo, no así los tres primeros.

El montaje

La llamada Operación Colombo nació en los primeros meses de 1975, cuando la DINA y el propio ex dictador Augusto Pinochet, así como otros de sus ministros militares, comenzaron a difundir informaciones de que el MIR preparaba “guerrilleros” en distintas ciudades argentinas para hacerlos entrar clandestinamente a Chile por pasos fronterizos a combatir el régimen militar. Los diarios El Mercurio, La Tercera, Las Ultimas Noticias y el vespertino La Segunda fueron los encargados de publicarlas.

La cúspide del montaje ocurrió entre los días 17 y 19 de julio de 1975, cuando primeramente el diario brasileño O Dia, de breve tiempo de circulación, informó

El retirado general Manuel Contreras ha sumado otro enjuiciamiento a su expediente en los tribunales chilenos.

 que 59 chilenos habían sido ejecutados en Argentina por sus propios compañeros de izquierda, atribuyendo las muertes a “ajustes de cuentas” políticas. El día 19, la revista argentina Lea, publicó en su único número que lo mismo había ocurrido con otros 60 chilenos, la mayoría del MIR.

En abril de 1975 apareció en un sótano de Buenos Aires el cuerpo destruido por una explosión con un cartel que decía “dado de baja por el MIR”. Se dijo que era el detenido desaparecido comunista David Silberman. Sin embargo, no era él. El 12 de julio de 1975 aparecieron en Buenos Aires otros dos cuerpos baleados y quemados con una leyenda similar. La dictadura informó que se trataba de quienes habían sido dado por desaparecidos en Chile, Jaime Robotham Bravo y Luis Guendelman Wisnik. Lo que también resultó falso.

El 24 de julio de 1975, La Segunda publicó en portada tal vez el titular más representativo del invento: “Exterminados como ratones: 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina”.

Objetivo y origen de la acción

El objetivo de la Operación Colombo fue hacer creer que decenas de personas, que en Chile sus familiares, abogados y las iglesias daban por detenidos desaparecidos, en realidad habían salido clandestinamente a Argentina a prepararse en guerrillas para regresar a Chile a combatir. Y que en el intertanto afuera se habían ajustado cuentas políticas matándose entre ellos o cayendo abatidos por operativos militares en Argentina, país que vivía la convulsión política y militar en los últimos meses antes del golpe de Estado de marzo de 1976.

En cuanto al origen del nombre Operación Colombo, éste se remite a declaraciones del ex agente civil de la DINA Enrique Arancibia Clavel, quien admitió en Buenos Aires en 1978 -acusado de “espionaje”- que en 1975 llegó a esa capital el agente Raúl Eduardo Iturriaga Neumann (ex jefe del Departamento Exterior DINA y actual general retirado) para hacer aparecer muerto en Argentina a un “subversivo chileno” de nombre “Simelman o algo parecido”. Se trataba de Silberman. Según Arancibia Clavel, Iturriaga le dijo que se trataba de la Operación Colombo en la cual se contó con la colaboración, entre otros, del civil argentino y miembro de la Triple A (Alianza Argentina Anticomunista) Martín Ciga Correa.


Juez Solís ordena detención de Manuel Contreras

Fuente :La Nación 28 de enero 2005

Categoría : Prensa

En su casa, en un condominio militar de La Reina, se encuentra el general en retiro y ex director de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), Manuel Contreras, a pesar de que a las ocho de la mañana debía presentarse en el Palacio de Tribunales, para notificarse de su condena a 12 de cárcel por el secuestro del mirista desaparecido Miguel Angel Sandoval Rodríguez.

Hasta el recinto "Club de Campo Norte", ubicado en el número 316 de la calle Alvaro Casanova, llegaron, cerca de las nueve de la mañana, seis vehículos de la Policía Civil que esperan el arribo de oficiales de esa institución con la orden de detención del ex jefe de la policía política de la primera etapa de de la dictadura. A las diez con 25 minutos arribaron al lugar otros tres automóviles con efectivos civiles.

El acceso principal al condominio del sector alto de Santiago está restringido por personal de Carabineros quienes sólo han permitido el ingreso a los equipos policiales y a familiares del retirado general. El hecho se asemeja a la situación de 1995, cuando Contreras atrincheró en un fundo de la Décima Región ante la notificación de su condena por el crimen del ex canciller Orlando Leterier.

Sus colaboradores ya van a la cárcel A las 8 de la mañana, y tal como estaba señalado, habían llegado hasta la sede de justicia los otros cuatro condenados en la histórica sentencia, dictada por el juez Alejandro Solís y luego ratificada en forma unánime por la Segunda Sala en lo Penal de la Corte Suprema, que desplazó a la ley de amnistía al considerar el secuestro como un delito permanente.

Además de Contreras, comienzan a cumplir hoy su pena, el ex jefe del Grupo Halcón de la DINA, brigadier (r) Miguel Krassnoff, 10 años de cárcel; el ex jefe de Villa Grimaldi, brigadiero (r) Marcelo Moren Brito (11 años); el ex jefe del Grupo Vampiro, coronel (r) Fernando Laureani (5 años); y el ex agente Gerardo Godoy (5 años).

Fuertemente custodiados por gendarmes y protegidos por un cerco de Carabineros que mantenía a distancia a casi 200 familiares de víctimas de la dictadura, que gritaban en contra de los ex agentes, Krassnoff, Moren Brito y Laureani, fueron subidos a dos vehículos de Gendarmería para ser trasladados hasta el penal "Cordillera", en la comuna de Peñalolén; mientras que Godoy, el único Carabinero de la lista, fue llevado, en otro carro celular, al penal de Punta Peuco al norte de la capital. La Segunda Sala en lo Penal, en un dictamen considerado histórico al sentar jurisprudencia en la tramitación de causas referidas a violaciones a los derechos humanos, mantuvo en noviembre del año pasado la sentencia del juez Solís y de la Corte de Apelaciones, en que se acusó a los cinco del crimen de Sandoval Rodríguez. El Decreto Ley de Amnistía de 1978, que fue dictado bajo el régimen de Augusto Pinochet (1973-1990), plantea la exoneración de responsabilidades penales de todos aquellos agentes del Estado involucrados en atropellos a las garantías constitucionales perpetradas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 marzo de 1978.

UN SASTRE DEL MIR
Miguel Angel Sandoval Rodríguez, un sastre de 26 años y que militaba en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido el 7 de enero de 1975 en Santiago. Sus familiares informaron que el afectado salió de su casa al mediodía y que les señaló que regresaría a las tres de la tarde. Sin embargo nunca volvió. Según testimonios de personas que estuvieron detenidas en Villa Grimaldi, fue visto por última vez en este lugar de reclusión secreto en muy malas condiciones. Quince días después de su detención, a las 02:30 de la madrugada, civiles armados allanaron su casa, llevándose documentación.  Luego, Sandoval apareció en la lista de 60 chilenos que habrían muerto en diversos países que fue publicada por la revista argentina Lea en julio de 1975. Este medio no tuvo más ediciones y en ella no se identificaron redactores ni editores.

Teolinda Sandoval, hermana del desaparecido, el 18 de febrero de 1975 presentó un recurso de amparo en la Corte de Apelaciones, solicitando que se oficiara a los ministerios del Interior, Defensa y a la DINA para que informen sobre la detención de Miguel Angel Sandoval. La petición nunca tuvo respuesta. El coronel de Ejército Hernán Ramírez, por orden de la jefatura de zona en estado de sitio, respondió que a “esta persona no se le instruye causa en el II Juzgado Militar ni se encuentra detenida”. Raúl Flores Castillo, detenido también el 7 de enero de 1975 y que estuvo 14 días en Villa Grimaldi, relató que entre el día 10 u 11 de enero llevan a mi celda a Miguel Angel Sandoval Rodríguez, actualmente desaparecido. Estaba mal físicamente, lo habían golpeado mucho. Me decía que ojalá pudiéramos salir pronto de esto”.


Procesan por torturas a plana mayor de la DINA

Fuente :La Nación 21 de Junio 2005

Categoría : Prensa

Como autores de tormentos y apremios ilegítimos el ministro de fuero, Alejandro Solís, procesó a nueve ex miembros de la plana mayor de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): el otrora director de la general (R) Manuel Contreras, el brigadier (R) Pedro Espinoza, el mayor (R) Miguel Krassnoff, el coronel (R) Marcelo Moren Brito, y los ex agentes Osvaldo Romo, Basclay Zapata, Gerardo Godoy, Fernando Laureani y Francisco Ferrer Lima.

A todos ellos Solís los responsabilizó de haber torturado a una veintena de presos políticos que estuvieron ilegalmente detenidos en Villa Grimaldi, -cárcel clandestina emplazada en la comuna de Peñalolén, de la que desaparecieron unos 400 presos políticos- durante los años 1974 y 1975.

En el auto de procesamiento, de 50 páginas, se señala que en ese lugar “operaba un grupo de agentes de la DINA (que) aplicaban tormentos (para) recabar información sobre el paradero de otros opositores” a Pinochet.

La mayoría de los procesados actualmente están recluidos en el penal Cordillera, instalado al interior de la Escuela de Telecomunicaciones del Ejército, donde cumplen sentencia por otros casos de violaciones de los derechos humanos


Juez pide la extradición de Fernández Larios y dicta condenas por secuestro de David Silberman

Fuente :La Nación 28 de Septiembre 2005

Categoría : Prensa

El magistrado condenó a Manuel Contreras y Marcelo Moren Brito a siete años de presidio como autores del secuestro y desaparición del ingeniero civil y militante comunista David Silberman. El ex agente Armando Fernández Larios, que vive desde 1987 en Estados Unidos, fue quien sacó a Silberman de la Penitenciaría con una identidad falsa.

El ministro Jorge Zepeda solicitó a la Corte Suprema dar curso a la solicitud de extradición desde Estados Unidos del ex agente DINA mayor (R) Armando Fernández Larios, bajo el cargo de haber sido el oficial de Ejército que, con una identidad falsa y ayudado de un bien montado operativo, secuestró desde la Penitenciaría de Santiago el 4 de octubre de 1974 al ingeniero civil y ex gerente general de Cobrechuqui, el militante del PC David Silberman Gurovich.

La petición la formuló el juez en la sentencia de primera instancia por el secuestro y desaparición del ingeniero. En su resolución, Zepeda condenó a la pena de siete años, en calidad de autores, al ex jefe de la DINA, general (R) Manuel Contreras, y al ex jefe del centro clandestino de Villa Grimaldi, coronel (R) Marcelo Moren Brito. Zepeda absolvió, sin embargo, a los ex agentes Carlos Labarca Sanhueza y Marcos Derpich Miranda, quienes también tuvieron relación con la operación y por ello estaban procesados y acusados.

El magistrado no concedió a Contreras y Moren beneficios de ningún tipo, por lo que deberán cumplir la condena después de que enteren sus actuales penas de doce y diez años respectivamente, por el secuestro y desaparición del mirista

Miguel Ángel Sandoval. Además, el ministro condenó al fisco a pagar mil 40 millones de pesos a la viuda, hijos y hermanos de Silberman.

Silberman había sido condenado por un cuestionado consejo de guerra en Calama a 13 años de presidio por las leyes de Seguridad Interior del Estado y control de armas, a pesar de que se presentó voluntariamente a la justicia militar el

15 de septiembre de 1973. Por eso fue trasladado a cumplir la condena a la Penitenciaría de Santiago.

En la tarde del 4 de octubre de 1974 se presentó en ese presidio el entonces teniente y agente de la DINA Armando Fernández Larios, de uniforme, premunido de la tifa 245-03, a nombre de Alejandro Quintero Romero. Fernández ordenó al alcalde, Jorge Ortiz Aedo, entregarle al condenado, mostrándole una orden de un coronel Marcelo Rodríguez “asesor militar de los consejos de guerra en los tribunales militares”.

Le dijo, además, que podía verificar la orden al teléfono 51-64-03, a un tal “auditor militar Leyton” o al mismo coronel Rodríguez. El alcaide lo hizo y le entregó a Silberman.

A Fernández lo esperaba un jeep blanco Ika-Renault. Por cierto, todo era falso y ninguno de los oficiales nombrados por Fernández Larios existía.

Previamente, el agente Derpich, nombrado en la DINA como encargado de “trabajos especiales confidenciales” en la Compañía de Teléfonos de Chile, había supervisado la intervención de las líneas telefónicas que se requerían.

Según una declaración judicial del 2 de abril de 1998 del obispo de Copiapó Fernando Ariztía, cuando poco después del secuestro se entrevistó con Pinochet, junto al rabino Angel Kreiman, el jefe militar les respondió: “A Silberman lo secuestró un comando mirista disfrazado de militares”. Lo mismo sostuvo Manuel Contreras a tribunales en ese tiempo. Pero para hacer más creíble la historia, éste agregó que la tifa 245-03 a nombre de Quintero “fue

encontrada en un allanamiento a la casa del mirista Alejandro de la Barra en diciembre de 1974”.

La tesis no era al azar, puesto que ya la dictadura planificaba el montaje de la Operación Colombo que se iniciaría con Silberman. Según una declaración del ex agente Enrique Arancibia Clavel en el proceso en Buenos Aires por el doble homicidio del general Carlos Prats y su esposa, a comienzos de 1975 llegó a Argentina “el general Raúl Iturriaga Neumann (jefe del aparato exterior DINA)

y me informó que su misión consistía en hacer aparecer en Argentina a un subversivo chileno de apellido Simelman o algo parecido, muerto en Chile, habiéndose bautizado ese operativo como la Operación Colombo”.

Efectivamente, en abril de 1975 apareció en un sótano de Buenos Aires el cuerpo semidestruido de una persona que -según se dijo- era David Silberman, lo que fue desmentido por su familia, que viajó para reconocerlo. Junto al cuerpo se halló el cartel “dado de baja por el MIR”. Justamente, Colombo consistió en hacer creer que 119 chilenos nunca estuvieron detenidos y que huyeron a Argentina, donde cayeron muertos en vendettas políticas de la izquierda o fallecieron en enfrentamientos con las FFAA argentinas.


Confirman sentencias contra ex agentes DINA imputados en secuestro de mirista

Fuente :La Nación 12 de noviembre de 2005

Categoría : Prensa

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó las condenas contra los ex agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el secuestro calificado del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), Manuel Cortés Hoo, en hechos acontecidos en 1975.

En el dictamen se pronunciaron los magistrados Amanda Valdovinos, Haroldo Brito y Carlos Gajardo, quienes ratificaron de esta forma lo resuelto por el ministro de fueron Alejandro Solís en el marco de la investigación del caso Villa Grimaldi.

Los acusados son: Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth, Basclay Zapata y Osvaldo Romo Mena.

En el fallo se establece asimismo que por daño moral a los familiares de Cortés Hoo, tanto los condenados como el Estado, deben cancelar una indemnización de 20 millones de pesos.


Juez procesa a la cúpula de ex DINA por secuestros calificados de opositores

Fuente :El Mostrador 9 de Enero 2006

Categoría : Prensa

Ministro Alejandro Solís encausó en calidad de autores a una nueve ex miembros del organismo represivo de la dictadura militar en calidad de autores de la desaparición de la asistente social Jackeline Binfa y el veterinario Jorge D'Orival, ambas registradas en 1974. El juez ordenó la detención de dos encausados.

El ministro en visita Alejandro Solís procesó a la cúpula de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) en calidad de autores de los secuestros calificados de las víctimas de la dictadura Jacqueline Binfa Contreras y de Jorge Humberto D'Orival Briceño.

La nómina de procesados está encabezada por el general (R) Manuel Contreras, otrora director del organismo represivo, y el jefe de la Brigada de Inteligencia, César Manríquez Bravo.

También fueron encausados los brigadieres (R) Miguel Krassnoff, jefe del Grupo Halcón de la ex DINA, y el brigadier retirado Maximiliano Ferrer Lima, ex director del Servicio Secreto del Ejército.

Asimismo, enfrentan cargos coroneles (R) Marcelo Morén Brito y Orlando Manso, ex jefe del centro de detención Cuatro Álamos, Ciro Torré Sáez, esposo de la ministra de la Corte de san Miguel Gabriela Hernández.

En tanto, sólo por el secuestro de D’Orival Briceño fue procesado por el ministro Solís el suboficial (R) Basclay Zapata Reyes.

El juez ordenó además la detención inmediata de Ciro Torres y Orlando Manso, pues todos los demás inculpados están en prisión, condenados o procesados en otros casos de violaciones de los derechos humanos.

Binfa Contreras y D'Orival Briceño fueron arrestados en 1974 por efectivos del organismo represivo y transitaron por diversos centros de prisioneros políticos de la dictadura, hasta que se perdió su rastro.

En el caso de D'Orival Briceño, a quien se le imputaban una supuesta cercanía con el entonces secretario general del MIR Pascal Allende, fue trasladado en distintos períodos a "Cuatro Alamos", "José Domingo Cañas", "La Venda Sexy".

Sin embargo, su rastro se perdió en el centro de reclusión "Cuatro Alamos" y no se tuvo información de su paradero hasta que figuró en la nómina de 119 chilenos miembros del MIR dados por muertos en Argentina y Brasil por publicaciones ficticias.


Ministro Solís procesó a 12 ex agentes de la DINA

Fuente :La Nacion 1 de Marzo 2006

Categoría : Prensa

El ministro de fuero Alejandro Solís procesó por los delitos de secuestro y homicidio a 12 ex agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), incluido su ex jefe, general (R) Manuel Contreras Sepúlveda. Los encausamientos fueron dictados por el secuestro y desaparición de ocho personas y la ejecución de otras seis, cuyos cuerpos fueron posteriormente entregados a sus familiares o abandonados en la vía pública.

Además de Contreras, los otros procesados son el ex segundo jefe de la DINA, Pedro Espinoza; el ex jefe de grupos operativos de ese organismo, Miguel Krassnoff; el ex jefe de algunos recintos de la DINA, oficial (R) de Carabineros, Ciro Torré; el ex jefe del departamento exterior de DINA, Christoph Willikie; el ex agente de la DINA y de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), Francisco Ferrer; el ex jefe del recinto de Villa Grimaldi y ex jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA, Marcelo Moren Brito; el ex integrante del grupo Halcón de la DINA, Basclay Zapata; el ex jefe del grupo Vampiro de la DINA, Fernando Lauriani; el ex agente civil Osvaldo Romo; el ex jefe del recinto de Cuatro Álamos y oficial (R) de Gendarmería, Orlando Manzo Durán, y el oficial (R) de Carabineros e integrante de grupos operativos de la DINA, Gerardo Godoy.

Los ex agentes fueron procesados por la responsabilidad que les cabe en el destino final de las siguientes víctimas: Sergio Pérez Molina, Iván Olivares Coronel, Jaime Ossa Galdames, Gustavo Ramírez Calderón, Julio Flores Pérez, Herbit Ríos Soto, Iván Monti Cordero, y Sergio Lagos Marín, todos ellos fueron secuestrados y hechos desaparecer, sin que hasta ahora se sepa que ocurrió exactamente con sus cuerpos.

Embajada de Italia

Además, los encausamientos fueron dictados por los homicidios calificados de Lumi Videla Moya, Pedro Labra Saure, Alberto Gallardo Pacheco, Catalina Gallardo Moreno, Mónica Pacheco Sánchez y Luis Ganga Torres.

La situación represiva sufrida por Lumi Videla, militante del MIR, fue conocida por la opinión pública porque el 4 de octubre de 1974 su cadáver fue arrojado por sobre la pared al interior de la Embajada de Italia. Aunque la prensa de la época atribuyó la muerte a rivalidades entre los asilados en el recinto diplomático, la verdad es que Lumi Videla había muerto el día anterior por efecto de las torturas a que fue sometida en la cárcel clandestina de la calle José Domingo Cañas en Ñuñoa.

Asimismo Alberto y Catalina Gallardo, Mónica Pacheco y Luis Ganga, fueron hechos aparecer como muertos en un enfrentamiento con fuerzas de seguridad supuestamente ocurrido en Rinconada de Maipú al mediodía del 19 de noviembre de 1975. Pero la investigación judicial de los últimos años estableció que fueron asesinados por agentes de la DINA, y sus cuerpos trasladados al lugar donde fueron encontrados.

El ex agente de la DINA Amador Fuentes Salas, de chapa “Hernán Galleguillos” entrevistado por La Nación en 2003, declaró que estas personas fueron sacadas ya muertos desde Villa Grimaldi, y que el falso enfrentamiento fue grabado en exclusiva para Televisión Nacional por el periodista Julio López Blanco.

La resolución del ministro Alejandro Solís deberá ser ahora revisada por una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, luego de que las respectivas defensas de los ex agentes apelen de los encausamientos.

Varios de los procesados, entre ellos Contreras, Moren, Krassnoff y Ferrer, se encuentran ya cumpliendo condenas de presidio por su responsabilidad en la muerte o desaparición de otras víctimas.


Dictan nueva condena en contra de ex director de la DINA

Fuente :La Nación 22 de Marzo 2006

Categoría : Prensa

Una nueva condena sumó el ex director de la DINA, general (r) Manuel Contreras, ya que el ministro Joaquín Billard dictó sentencia en un caso de secuestro calificado fijando una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo.

La resolución se basa en el proceso por el plagio de los deportistas Sergio Tormen Méndez y Luis Fajardo, desaparecidos el 20 de junio de 1974.

Igual sanción recibió el brigadier (r) Marcelo Morén Brito, en su calidad de jefe del centro de detención "Londres 38", mientras que el agente civil de la DINA, Osvaldo Romo Mena enfrenta una condena de cinco años y un día de presidio.

Tanto Contreras como Moren Brito fueron notificados hoy del dictamen en el Penal Cordillera.


Caso Arón: Suprema anula amnistía y confirma condena a cúpula DINA

Fuente :El Mercurio 30 de Mayo 2006

Categoría : Prensa

En un fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema anuló la aplicación de la Ley de Amnistía que había dejado sin efecto las condenas a los ex miembros de la DINA sindicados como responsables del secuestro de la militante del MIR Diana Arón.

El tribunal firmó hoy la esperada resolución mediante la cual deja sin efecto el fallo que a comienzos de junio 2005 absolvió de cargos al general Manuel Contreras, y a los ex agentes Marcelo Moren Brito, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Osvaldo Romo aplicando el polémico decreto de Ley de Amnistía.

De esta manera quedan vigentes las condenas de primera instancia que había dictado en contra de los ex DINA el ministro de fuero Alejandro Solís, quien investigó la situación de la periodista del MIR.

El fallo fue redactado por el ministro Enrique Cury, que integró la sala junto a los magistrados Alberto Chaigneau, Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez y Rubén Ballesteros.

Aunque aún no se conoce el texto de la resolución, que se presume extenso, si se sabe que algunos magistrados hicieron breves prevenciones.

Esta es la segunda condena por secuestros que la Corte Suprema deja a firme en contra de la cúpula de la DINA. A fines del 2004 el Máximo Tribunal ratificó la sentencia en el caso del también mirista Miguel Ángel Sandoval.


Por caso de dos detenidos desaparecidos Solís condena a cúpula DINA tras interrogar a ex ministros de Pinochet

Fuente :El Mostrador 2 de Diciembre 2006

Categoría : Prensa

De manera reservada, el ministro Alejandro Solís interrogó a una serie de otrora integrantes del gabinete de la dictadura, en el marco de una diligencia solicitada por el propio Manuel Contreras, ex jefe del desaparecido organismo represivo. Tras las diligencias, el magistrado estimó que sus dichos ''no alteran los razonamientos anteriores'', y le aplicó la décima condena por violaciones a los derechos humanos.

Pese a que el ministro Alejandro Solís acogió la petición interpuesta por la defensa del ex jefe de la disuelta DINA, general (r) Manuel Contreras, referida a que las ex autoridades civiles del régimen de Augusto Pinochet avalaron que las detenciones realizadas por el disuelto organismo eran legales, el magistrado decidió finalmente mantener la tipificación de secuestro calificado y dictar una nueva condena en su contra.

Los abogados Fidel Reyes y Javier Gómez, quienes representan al ex uniformado, pretendían -mediante estos testimonios- lograr establecer que los militantes del MIR Eugenio Montti y Carmen Díaz, al igual que los otros detenidos desaparecidos, ya no se encuentran secuestrados y que sus aprehensiones fueron legales, en virtud de los decretos exentos firmados por las autoridades administrativas.

La decisión del juez Solís, en cuanto a tomar estas declaraciones en la fase probatoria de estos casos, había sido interpretada como un "triunfo" por parte de la defensa del militar en retiro, ya que hace un año atrás habían solicitado que se realizarán estas indagatorias, lo cual fue rechazado por este magistrado, así como también por los ministros Juan Eduardo Fuentes y Joaquín Billard, quienes también sustancian investigaciones en contra del organismo encabezado por Contreras.

No obstante, Solís no varió su apreciación de los hechos e igualmente dictó la décima condena por violaciones a los derechos humanos en contra del ex jefe de la DINA, como autor del secuestro calificado en contra de estos dos opositores a la dictadura, sancionándolo con 15 años y un día de presidio.

En tanto, también en calidad de autores, condenó a los ex agentes Marcelo Moren Brito y Rolf Wenderoth, por ambos casos, mientras que a Osvaldo Romo le aplicó una sanción de cinco años y un día por el secuestro calificado de Montti.

Asimismo, Solís castigó con cinco años y un día a Miguel Krasnoff y Basclay Zapata, en calidad de cómplices, mientras que a Fernando Laureani y Gerardo Godoy los absolvió por falta de participación en los hechos.

Eugenio Iván Montti Cordero egresado de Ingeniería Mecánica de la Universidad Técnica del Estado y militante del MIR, fue detenido por agentes de la DINA el

13 de febrero de 1975, junto a su hijo Iván Montti Araya, de 5 años, y Carmen Díaz Darricarrere, en el domicilio ubicado en Los Illanes Nº95, Las Condes. (Fuente: memoriaviva.com).

Según los antecedentes recopilados en el proceso judicial, los dos adultos estuvieron detenidos en el recinto de detención clandestino Villa Grimaldi, lugar desde el cual se perdió su rastro.

Declaraciones de ex autoridades

Durante el pasado mes de noviembre, declararon ante Solís los ex jefes de gabinete de Pinochet Ricardo García, Sergio Fernández y Sergio Onofre Jarpa, el general (r) César Benavides y Carlos Cáceres. Asimismo, declaró el otrora subsecretario del Interior general (r) Enrique Montero Marx.

También fueron interrogados los ex directores de la desaparecida CNI, generales (r) Odlanier Mena, Gustavo Abarzúa y Hugo Salas Wenzel, además del ex agente del Comando Conjunto Otto Trujillo.

Detenciones y muertes

Como se explicó a este medio, los objetivos que buscó la defensa de Contreras apuntaron a establecer que las detenciones llevadas a cabo por la ex DINA eran legales en la medida que existió un decreto ley que proscribió a los partidos políticos y las actividades proselitistas tras el golpe militar de 1973.

En esa medida, los abogados del ex uniformado -quien actualmente cumple dos condenas a firme: de 12 años y un día por el secuestro calificado del sastre Miguel Ángel Sandoval y otra de 10 años y un día por el caso de la estudiante de periodismo Diana Arón- buscaban establecer que las aprehensiones realizadas por el ex organismo de seguridad fueron lícitas.

Por otra parte, también persiguieron acreditar mediante estos testimonios que en Chile no existió un estado de guerra, con lo cual impugnarían la aplicación de la Convención de Viena sobre crímenes de lesa humanidad, como también que no habría existido una política institucional para ordenar secuestros de personas.

Otro de los fines a que apuntó esta estrategia fue acreditar que las víctimas no se encuentran apresadas hasta ahora, con el fin de desvirtuar la aplicación de la figura de secuestro permanente, logrando imponer el delito de homicidio calificado, el cual a su juicio estaría prescrito en virtud de la legislación penal chilena.

De hecho, al igual que en estos dos casos, la defensa del "Mamo" pedirá que en todos los casos en que está involucrado su cliente (alrededor de 150) se incluyan estos testimonios. Así también, por medio de ellos interpondrán recursos de revisión ante la Corte Suprema para intentar modificar las condenas "a firme" que existen en contra del ex uniformado.

Párrafos escogidos

– Ricardo García, ex ministro del Interior (1985-1987): "Aquellas detenciones asociadas a los estados de excepción, que eran efectuadas con decreto exentos y que se ajustaban a las normas constitucionales y legales vigentes, debe concluirse que no adolecían de ilicitud".

"En cuanto al arresto transitorio de personas, podían ejercerse mediante Decreto Supremo exento de toma de razón, firmado por el Ministro del Interior “por Orden del Presidente de la República”. Las situaciones de detención en estados de excepción, así como por decreto exento en la forma expresada, según mis recuerdos, eran planteadas por Investigaciones".

"Nunca tuve conocimiento que existiera una política institucional que contemplara secuestros. Tampoco tuve conocimiento de que la hubiera habido antes de mi ingreso a mi Secretaría de Estado".

– Sergio Fernández, ex ministro del Interior (abril de 1978 a abril de 1982 – julio de 1987 a octubre de 1988": "Durante los períodos que ejercí como Ministro del Interior, no había estado de sitio en el país, y conforme a la legislación vigente a la época las órdenes de arresto debían ser firmadas por el Ministro del Interior, bajo la fórmula por Orden del Presidente de la República".

"La CNI se vinculaba con el Gobierno para efectos administrativos a través del Ministerio del Interior. Este Ministerio no tenía ni tuición ni mando respecto de dicha Central, ni tampoco conocía ni se le informaba de sus operaciones.

Tampoco intervenía en el nombramiento de su personal. Era un ente militar autónomo y especializado".

– Sergio Onofre Jarpa, ex ministro del Interior (1983 – 1985): "En mi época como Ministro del Interior nunca hubo secuestrados".

– Enrique Montero Marx, ex subsecretario del Interior (septiembre de 1973 hasta abril de 1982): "El Ministro del Interior, en relación con las detenciones que se practicaban en virtud del estado de sitio, se limitaba exclusivamente a dictar un decreto exento que las autorizaba, señalando el nombre completo del detenido, el lugar donde permanecía y la constancia que quedaba sujeto a vigilancia y control del Jefe de la respectiva Guarnición Militar o de la autoridad de las Fuerzas Armadas o de Carabineros en que delegaren esa facultad".

– Odlanier Mena, ex director de la CNI: "No se recibieron como personas secuestradas de la DINA, a las presuntas víctimas de estos autos, Iván Eugenio Montti Cordero y Carmen Díaz Darricarrere".

"Durante el desempeño de mi cargo como Director de la CNI no hubo personas secuestradas en las instalaciones de este organismo, en consecuencia no se dispuso la liberación de ellos".

– Otto Trujillo, ex agente del Comando Conjunto: "Sólo en dos oportunidades, en allanamientos que se hicieron en los cuales yo participé, el Oficial coordinador, ya sea (Roberto) Fuentes Morrison o (Edgard) Ceballos, ingresaban a las casas y se hacían pasar por DINA, finales de 1975".

"Me acuerdo que ocurrió en dos oportunidades una en La Granja, después que se completa el allanamiento se llamó a Marcelo Moren Brito, en ese lugar se encontró un barretín, con armamento, creo que eran metralletas AKA. Moren llegó en un auto Ford, color salmón, ellos siguieron buscando y encontraron otro barretín más grande aún. Y el segundo fue en la población Los Cóndores de Plata, en este caso también se identificaron como agentes de la DINA".


Derechos humanos: Juez condena a Contreras a 10 años de cárcel

Fuente :La Nación 20 de Diciembre 2006

Categoría : Prensa

El ministro Juan Eduardo Fuentes dictó ayer una nueva condena contra el general (r) Manuel Contreras, como autor del secuestro calificado de los militantes del MIR Cecilia Bojanic Abad y Flavio Oyarzún Soto, detenidos en Santiago el 2 de octubre de 1974.

Por el mismo delito, el juez dictó igual pena contra el ex agente civil de la DINA Osvaldo Romo; y condenó a cuatro años sin beneficios a los ex oficiales Francisco Ferrer Lima, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff y Fernando Laureani.

El único ex DINA que obtuvo la libertad vigilada fue Orlando Manzo, quien recibió una pena de 3 años como cómplice.

En tanto, en un fallo dividido la Sexta Sala de la Corte condenó a nueve ex miembros del Comando Conjunto por "asociación ilícita genocida", por haberse organizado para perseguir y exterminar a personas que pudieren "sustentar ideología marxista", a quienes recluyeron en la Academia de Guerra Aérea.

El tribunal procesó, además, a tres miembros del organismo en calidad de coautores del delito de ilegítima privación de libertad del dirigente de la CUT, José Luis Baeza Cruces.


Juez condena hasta quince años de cárcel a cúpula de la ex DINA

Fuente :El Mostrador 30 de Marzo 2007

Categoría : Prensa

El ministro de fuero Alejandro Solís dictó una nueva condena de hasta quince años y un día contra la cúpula de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el secuestro calificado de Herbit Guillermo Ríos Soto, registrado el 3 enero de 1975.

Las máximas sentencias dictadas por el magistrado recayeron en contra del general retirado Manuel Contreras Sepúlveda, otrora director del organismo represivo, y el brigadier retirado Miguel Krassnoff Martchenko.

En tanto, a diez años y un día de prisión fueron condenados el brigadier (R) Pedro Espinoza Bravo, el teniente (R) Fernando Lauriani Maturana, el coronel (R) Marcelo Morén Brito, el mayor (R) Rolf Wenderoth Pozo, el suboficial (R) Basclay Zapata Reyes, y el agente civil Osvaldo Romo Mena.

Solís también condenó a cinco años de cárcel al teniente coronel retirado Francisco Maximiliano Ferrer Lima, y absolvió al carabinero en retiro Orlando Manzo Durán.

Ríos Soto, estudiante de pedagogía en Historia y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido el 3 de enero de 1975 en el domicilio de un compañero, tras lo cual fue trasladado al centro de detención de Villa Grimaldi.


Corte Suprema dicta nueva condena en contra de agentes de la DINA

Fuente :El Mostrador 12 de Mayo 2007

Categoría : Prensa

En un nuevo fallo que desestima la Ley de Amnistía y la prescripción la Sala Penal condenó cuatro integrantes de la Brigada Caupolicán de la DINA por el secuestro de cuatro integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria

(MIR) en agosto de 1974 y que fueron sacados desde un departamento en el centro de Santiago.

La Corte Suprema ratificó una condena de 10 años y un día de presidio a los integrantes de la Brigada Caupolicán de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por la desaparición de cuatro militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) ocurrido en agosto de 1974.

En fallo unánime la Sala Penal confirmó la pena dictada en contra del coronel (R) Marcelo Moren Brito, el brigadier (R) Miguel Krassnoff Martchenko, el suboficial (R) Basclay Zapata y el agente civil Osvaldo Romo Mena por los secuestros calificados de Ricardo Aurelio Troncoso Muñoz, Hernán Galo González Inostroza, María Elena González Inostroza y Elsa Victoria Leuthner Muñoz, Reyes, quienes fueron el 15 de agosto de 1974 por distintos puntos de la capital.

El fallo ratificó el dictamen del ministro de fuero Joaquín Billard Acuña dictado en abril de 2004 y que no había sido modificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, aplicando una vez más en el criterio del máximo tribunal del país de acoger los Convenios de Ginebra para los casos de violaciones a los derechos humanos cometidos en la dictadura y desestimando de ese modo las figuras de la amnistía y la prescripción.

“No es dable que los mismos que se asilaron en las ventajas que les concedía la referida declaración de estado de guerra, establecido por el único instrumento legislativo disponible luego de haberse producido el quebrantamiento de la institucionalidad constitucional vigente hasta entonces, pretendan ahora desconocer su valor para ignorar las sanciones que a las transgresiones de las leyes de tal estado y los cotos que a la auto exoneración respecto de ellas imponen los Convenios de Ginebra y los otros instrumentos internacionales ya entonces en vigor sobre la materia”, dice el fallo redactado por el ministro Jaime Rodríguez Espoz y que tiene más de 70 carillas y 90 considerandos.

Agrega que “si valiéndose de la superioridad de la fuerza se consagró un estado de guerra para facilitar la lucha contra los que se oponían al gobierno militar, hay que estarse también a las consecuencias que se siguen de haber vulnerado la normativa que regulan los conflictos bélicos en relación con el tratamiento de los combatientes, a los que ya no se podía considerar como delincuentes comunes y, mucho menos, hacer víctima de represiones brutales como aquella de que dan cuenta los antecedentes de este proceso”.

De los sentenciados sólo el suboficial Zapata, conocido como El Troglo, no se encuentra cumpliendo prisión por alguna condena anterior por violaciones a los derechos humanos, por lo que una vez que los expedientes sean remitidos a primera instancias deberá ingresar a uno de los dos recintos penales especiales para militares que se ubican en la Región Metropolitana.

Ricardo Aurelio Troncoso Muñoz, Hernán Galo González Inostroza, María Elena González Inostroza y Elsa Victoria Leuthner Muñoz, Reyes fueron detenidos el 15 de agosto de 1974 en un allanamiento realizado por agentes de la DINA en el departamento ubicado en calle Bueras 172, Departamento D de Santiago y conducidos a los recintos de reclusión de Londre38 y Tres y Cuatro Álamos desde donde se les perdió el rastro.

El caso de Troncoso Muñoz es particular. Antes de su detención, había permanecido asilado en la Embajada de México en Santiago, desde el 10 de octubre de 1973, hasta el 1 de marzo de 1974, fecha en que abandonó el asilo, desesperado por la tardanza en otorgársele salvoconducto. Quince días después fue detenido por agentes de la DINA.


Condenan a cuatro miembros de DINA por desaparición de carpintero

Fuente :El Mostrador 19 de Junio 2007

Categoría : Prensa

Ofelio Lazo fue detenido en julio de 1974 por efectivos comandados por el agente Osvaldo Romo, uno de los integrantes del organismo afectados por fallo de ministro Juan Eduardo Fuentes.

 Una nueva condena contra agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) dictó el ministro Juan Eduardo Fuentes Belmar por el secuestro de Ofelio de la Cruz Lazo Lazo.

El magistrado sentenció al ex director del organismo Manuel Contreras y al agente civil Osvaldo Romo a cinco años de presidio, mientras que los colaboradores Miguel Krassnoff y Marcelo Moren recibieron tres años y un día de reclusión.

Ésta es la 15ª condena que afecta a Contreras, quien ya suma 159 años de reclusión por distintos casos de abusos durante la dictadura militar.

Lazo Lazo, carpintero y militante del Partido Socialista (PS), fue detenido el 30 de julio de 1974 por efectivos comandados por Romo, que llegaron hasta su casa en la comuna de Pudahuel cerca de las 1:00 horas.

Posteriormente, se logró establecer que esa misma noche desde su casa Ofelio Lazo fue conducido por el grupo de agentes de la DINA hasta el domicilio de su amigo y ex compañero de trabajo Eduardo Alarcón Jara, a quien detuvieron a las 02:30 horas.

Esa misma noche los agentes detuvieron en su domicilio en la localidad de Peñaflor a Gumercindo Machuca Morales, hasta allí los aprehensores llegaron con Ramón Núñez Espinoza a quien habían detenido el 25 de julio de 1974 y con Lazo, recuerda Memoria Viva.


Corte de Apelaciones procesó a ex DINA en causas de DDHH

Fuente :La Nación 25 de Junio 2007

Categoría : Prensa

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en votación unánime, procesó al ex agente de la DINA, brigadier (r) Marcelo Moren Brito como autor de los homicidios calificados de los dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Bautista Van Schowen y Patricio Munita Castillo, ocurridos en diciembre de 1973.

En el fallo en el que se pronunciaron los ministros Haroldo Brito, Carlos Gajardo y el abogado integrante Nelson Pozo Silva, se estimó que existen presunciones fundadas, para estimar que el jubilado oficial tuvo una participación directa en los ilícitos "toda vez que existen antecedentes que le imputan haber integrado el grupo de agentes del Estado que detuvieron a las víctimas en el lugar en que se habían refugiado".

Van Schouwen, de profesión médico y cuñado del líder fundador del MIR, Miguel Enríquez, fue requerido el mismo día del golpe militar para presentarse ante las autoridades de facto. La junta de gobierno en ese entonces ofreció una recompensa de 500.000 escudos a la persona que ayudara a encontrarlo.

Según los antecedentes del proceso, ambos miristas ingresaron a las dependencias de la Congregación de los Capuchinos, ubicada en calle Catedral 2345 de la capital, en busca de refugio, donde fueron arrestados por efectivos del organismo de inteligencia, desconociéndose el lugar preciso al cual fueron conducidos. Sin embargo, sostiene el dictamen “los antecedentes reunidos hasta ahora permiten establecer que al día siguiente (14 de diciembre) sus cuerpos, que presentaban múltiples heridas a bala causadas por terceros, fueron abandonados en la vía pública, siendo llevados al Servicio Médico Legal, donde se les practicó la autopsia, cuyos protocolos se registraron con los números 3950 y 3951, y fueron luego inhumados en el Patio 29 del Cementerio General en las tumbas Nos. 2335 y 2336".

El dictamen del tribunal de alzada capitalino consigna que "igualmente, en el estado actual de la investigación, es posible establecer que posteriormente sus cuerpos fueron exhumados y que Patricio Munita Castillo fue sepultado en el Cementerio Católico de esta ciudad por gestiones realizadas por sus familiares, en tanto que los restos de Bautista van Schoewen Vasey, habrían sido incinerados en el Cementerio General por agentes de seguridad".

Señala el fallo que al encontrarse incompleta la investigación, se repone la causa al estado de sumario para que se practiquen las diligencias pertinentes para deducir otras responsabilidades y decretar pericias para establecer la efectividad que los restos de Munita Castillo se encuentra sepultado en el Cementerio Católico de Santiago.

El caso

La Corte Marcial dispuso el sobreseimiento del caso, sin determinarse responsabilidades, en agosto de 2003, al invocar la ley de Amnistía y la prescripción.

La sentencia fue dos años después revocada por la Sala Penal de la Corte Suprema, al considerar que tal cierre infringió disposiciones del Código de Procedimiento Penal, y por tanto no pueden ser demandadas mientras no se investiguen a fondo los hechos, por lo que ordenó la reapertura del caso.

La investigación quedó así en manos del ministro Joaquín Billard, quien nuevamente decretó el sobreseimiento, por lo que la parte querellante, a cargo del abogado Nelson Caucoto, impugnó la decisión ante la Corte de Apelaciones.

El brigadier (r) Moren Brito se encuentra recluido en el Penal Cordillera de Peñalolén por su implicancia en otros casos de violaciones a los Derechos Humanos. Dentro de la otrora DINA, fue jefe de la denomina Brigada Caupolicán, dedicaba a neutralizar a los militantes del MIR.

 


Suprema dicta nueva condena aplicando figura del secuestro permanente

Fuente :El Mostrador 28 de Junio 2007

Categoría : Prensa

Sala Penal del máximo tribunal volvió a dictar sentencia contra cinco ex agentes de la disuelta DINA por un caso de detenido desaparecido. De los ex militares sentenciados a presidio efectivo, el único que se encuentra en libertad es el coronel retirado Rolf Wenderoth Pozo, que en los próximos días deberá ingresar al Penal Cordillera.

La Corte Suprema dictó una nueva condena en contra de cinco ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), aplicando la figura del secuestro calificado de un detenido desaparecido. Una decisión que llega en medio de las críticas de militares en retiro y parlamentarios de la UDI a la lógica de los tribunales en los casos por violaciones a los derechos humanos, luego de la fuga del general retirado Raúl Iturriaga Neumann.

La Sala Penal del máximo tribunal sentenció a 10 años y un día de reclusión al agente civil Osvaldo Romo Mena por el caso del detenido desaparecido Manuel Cortez Joo, y rebajó a cinco años y un día de reclusión las sentencias a Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito y Rolf Wenderoth, que habían sido sentenciados a la mismas pena de Romo Mena.

Considerando la colaboración que prestó en el proceso, también se disminuyó de cinco años y un día a tres años y un día de presidio remitido la sentencia para el suboficial en retiro Basclay Zapata Reyes, conocido como “El Troglo”.

El fallo de los ministros Alberto Chaigneau, Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez Espoz y los abogados integrantes José Fernández y Fernando Castro no entra en un análisis profundo de la figura del secuestro calificado y sólo se limita a rebajar las sentencias, considerando que Krassnoff, Moren Brito y Wenderoth están favorecidos por la atenuante de la irreprochable conducta anterior.

En el aspecto civil el dictamen hace un profundo análisis, ya que rechaza la demanda que habían presentado los familiares por daño moral y el tema debe ser analizado por la justicia civil y no junto a la sentencia penal rechazando el pago que se había ordenado solidariamente al Fisco y los 5 sentenciados a pagar $ 20 millones de pesos a los familiares de la víctima.


Nueva condena por crimen en dictadura de Pinochet

Fuente :La Nación 28 de Septiembre 2007

Categoría : Prensa

El ministro en visita Alejandro Solís dictó una nueva condena en contra de ex miembros de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su implicancia en el secuestro calificado de la militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), María Teresa Bustillos Cereceda, en hechos acontecidos en diciembre de 1974.

El magistrado sentenció al ex jefe de la desaparecida DINA  general (r) Manuel Contreras Sepúlveda a 15 años de presidio; y a los brigadieres en retiro Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito y Pedro Espinoza Bravo a 10 años y un día de reclusión.

Esta es la 17 condena que dicta el ministro Solís desde que fue nombrado en octubre de 2002 para hacer cargo de investigaciones por violaciones a los Derechos Humanos cometidas entre 1973 y 1990.

La victima era militante del MIR y asistente social de la Universidad de Chile, tenia 24 años de edad, y fue detenida en su departamento de calle San Antonio, de la comuna de Santiago.


Corte condena a 15 años de cárcel a Contreras por secuestro de mirista

Fuente :El Mostrador 28 de Diciembre 2007

Categoría : Prensa

Tribunal también sentenció a diez años y un día a los coroneles  jubilados Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth y Francisco Ferrer Lima,  a los ex brigadieres de Ejército Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza y  al suboficial Basclay Zapata.

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó este viernes a quince años  y un día de presidio al general retirado Manuel Contreras, ex jefe de  la DINA, la policía secreta de la dictadura de Augusto Pinochet, por  la desaparición de un mirista en 1975.

El tribunal también sentenció a diez años y un día a los coroneles  jubilados Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth y Francisco Ferrer Lima,  a los ex brigadieres de Ejército Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza y  al suboficial Basclay Zapata.

El fallo, acordado por unanimidad de la Novena Sala de la Corte de  Apelaciones, ratificó la resolución de primera instancia dictada por  el juez Alejandro Solís, el 18 de enero de este año.

El tribunal, sin embargo, rechazó la demanda civil interpuesta por los  familiares de la víctima en contra del Estado chileno, que solicitaban  una indemnización monetaria.

El caso se refiere al secuestro de Julio Flores, de 22 años, quien era  estudiante de la Universidad Técnica del Estado y militaba en el  Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

El joven fue detenido por agentes de la DINA el 10 de enero de 1975 en  su domicilio en Santiago y fue visto por última vez en el centro de  torturas de Villa Grimaldi, desde donde desapareció, según consta en  el Informe Rettig.

Con la de este viernes, Contreras acumula una quincena de sentencias  condenatorias en su contra, que suman más de 200 años de prisión,  aunque al menos la mitad aún está pendiente de una revisión de la  Corte Suprema.

Con estas sentencias la Corte de Apelaciones completa en lo que va del  año 21 fallos en casos de violaciones a los derechos humanos. Según el informe Rettig, durante la dictadura de Pinochet más de 3.200  personas murieron a manos de agentes del Estado, de las que 1.192  figuran como detenidas desaparecidas.


Francia juzgará en ausencia a trece represores chilenos

Fuente :La Nación 12 de Febrero 2008   

Categoría : Prensa

Luego de casi diez años, desde que la justicia francesa se decidió a juzgar a un grupo de represores chilenos y un argentino por el secuestro y desaparición de cinco ciudadanos franco-chilenos, el Gran Tribunal Penal de París fijó fecha para el juicio entre el 19 y 23 de mayo próximo.

Los 13 chilenos y el argentino serán juzgados en rebeldía (según la figura legal francesa) pues ni Chile ni Argentina acogieron las demandas de extradición formuladas en su momento por Francia. Entre los chilenos están el ex jefe de la DINA, Manuel Contreras y el líder de la secta alemana Colonia Dignidad, Paul Schaffer.

Cuatro de los chilenos requeridos inicialmente ya están muertos: el dictador Augusto Pinochet, el general Javier Palacios que comandó el asalto desde tierra a La Moneda el 11 de septiembre de 1973, el coronel de aviación Andrés Pacheco Cárdenas, comandante de la base aérea de Temuco, y el ex agente civil Osvaldo “Guatón” Romo.

Los oficiales chilenos (todos en retiro) que serán sometidos a juicio son, además de Contreras y Schaffer: Emilio Sandoval Poo, empresario sureño; Joaquín Ramírez Pineda, ex comandante del regimiento Tacna; Rafael Ahumada Valderrama; el teniente coronel de Carabineros Gerardo Godoy García (“El Cachete Chico”); Basclay Zapata Reyes (“El Troglo”), DINA suboficial de Ejército; Miguel Krassnoff Martchenko, brigadier DINA ex jefe de la brigada Águila; Marcelo Moren Brito, coronel DINA ex jefe de Villa Grimaldi; Pedro Espinoza Bravo, brigadier ex segundo jefe de DINA; Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, general DINA ex jefe de su departamento exterior; José Zara Holger, brigadier DINA, ex jefe de su departamento exterior; y el ex agente civil DINA Enrique Arancibia Clavel, que el año pasado terminó de cumplir una pena de presidio en Buenos Aires por el asesinato en 1974 del general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert. También será juzgado el ex jefe de la inteligencia del Ejército argentino (SIDE) en Mendoza y Bahía Blanca durante la última dictadura, José Osvaldo Riveiro, alias “Balita”.

Los catorce criminales, la mayoría con un largo prontuario por delitos de lesa humanidad, serán juzgados por el secuestro y desaparición de Alfonso Chanfreau Oyarce, Jean Ives Claudet Fernández, René Marcel Amiel Baquet, George Klein Pipper, y Etienne Pesle de Menil.

Las cinco víctimas Chanfreau fue detenido en julio de 1974 en Santiago y su nombre aparece en la lista de los 119 desaparecidos de la Operación Colombo -preámbulo de la Operación Cóndor- por la que la dictadura chilena pretendió hacer creer que habían huido a Argentina.

Claudet fue detenido en Buenos Aires en noviembre de 1975 como parte de la Operación Cóndor, en la que también participaron los servicios de inteligencia de Argentina, Paraguay, Bolivia y Uruguay. En este caso, Arancibia Clavel o “Luis Felipe Alemparte”, envió desde Buenos Aires (noviembre de 1975) un memorándum dirigido a “Luis Gutiérrez”   -chapa del cargo de jefe exterior DINA, en ese entonces Iturriaga

Neumann- que decía: “A Claudet se le sometió a interrogatorio. .. Ya no existe, es RIP (Réquiem in pace)”.

El memo, junto a otros similares, fue pesquisado en Buenos Aires por la jueza María Servini y formó parte del expediente abierto allá por el crimen de los Prats-Cuthbert.

Amiel fue arrestado en Mendoza por agentes chilenos y argentinos en 1977. Klein era asesor de Allende y fue detenido en La Moneda el día del golpe militar. Pesle era un sacerdote secuestrado en Temuco en septiembre de 1973.


Desaparición de cuatro franceses: Abogados de ex agentes de la DINA restan valor a juicio en Francia

Fuente :El Mercurio 12 de Febrero 2008  

Categoría : Prensa

"No tiene validez en Chile", dijo ayer el abogado Jorge Balmaceda, quien representa a dos de los ex miembros de la DINA que en mayo próximo serán juzgados por un tribunal francés, por su responsabilidad en los secuestros y apremios ilegítimos que sufrieron en Chile cuatro ciudadanos de ese país durante el régimen militar.

Ayer se informó en Francia que entre el 19 y el 23 de mayo próximo tendrá lugar en un tribunal criminal de París el juicio contra 17 ex miembros del organismo de inteligencia que encabezaba el entonces coronel Manuel Contreras, a quienes se responsabiliza por las desapariciones de Alfonso Chanfreau Oyarce, Etienne Pesle, Georges Klein y Jean-Yves Claudet Fernández.

Según se prevé, varios de quienes serán enjuiciados en ausencia podrían ser condenados a presidio perpetuo, si se comprueba la aplicación de torturas.

Para Balmaceda, quien defiende al brigadier (r) Pedro Espinoza y al general (r) Raúl Iturriaga -ambos en la lista de los 17- los tribunales franceses "no tienen competencia ni jurisdicción en Chile", y es la justicia chilena la única que puede pronunciarse por los hechos acontecidos en el país. "Además, no tienen cómo investigar los hechos; el juicio se hace sólo a base de suposiciones", agregó.

El abogado Enrique Ibarra, quien representa a Basclay Zapata, enfatizó que lo que pueda resolver la justicia francesa no tiene valor. "Es un tema simbólico", aseveró, porque no tiene efectos prácticos. Además, recordó que los casos por los cuales van a ser juzgados están siendo indagados por la justicia chilena, y en algunos ha habido resoluciones.

El abogado José Luis Sotomayor, quien representa al brigadier (r) José Zara y al ex jerarca de Colonia Dignidad, Paul Schaeffer, enfatizó que "ningún estado de derecho racional puede juzgar a nadie en rebeldía".

En tanto, la viuda de Alfonso Chanfreau, Erika Hennings, celebró la noticia.

"Creo que es espectacular, considerando que en Chile no ha habido avances", aseveró, en referencia al proceso que instruye el ministro Carlos Gajardo. La mujer, quien también estuvo detenida, no descartó viajar a Francia.


Ex jefe de la disuelta DINA sumó nueva condena

Fuente :UPI 20 de mayo de 2008

Categoría : Prensa

El magistrado dictó las siguientes sentencias en contra de ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): Manuel Contreras Sepúlveda, 15 años como autor de secuestro calificado.

El ministro en visita Alejandro Solís dictó este lunes una nueva condena en contra del ex jefe de la desaparecida Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), general (r) Manuel Contreras por su implicancia en el secuestro calificado de Anselmo Radrigán Plaza, ocurrido a partir del 12 de diciembre de 1974.

El magistrado dictó las siguientes sentencias en contra de ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): Manuel Contreras Sepúlveda, 15 años como autor de secuestro calificado; Marcelo Moren Brito 10 años y un día como autor de secuestro calificado; Pedro Espinoza Bravo, 10 años y un día como autor de secuestro calificado; Rolf Wenderoth Pozo, 10 años y un día como autor de secuestro calificado; Miguel Krassnoff Martchentko, 10 años y un día como autor de secuestro calificado; y Basclay Zapata Reyes, 10 años y un día como autor de secuestro calificado.

Asimismo el juez dictó una serie de autos de procesamiento por cuatro casos de secuestro calificado. Entre los encausados figuran Pedro Espinoza Bravo, Basclay Zapata Reyes y Palmira Almuna Guzmán, vinculados a la desaparición de Claudio Silva Peralta, ocurrido a partir del 26 de noviembre de 1974.

Por el secuestro de Mireya Pérez Vargas, secuestrada a partir del 24 de febrero de 1976, fueron procesados Manuel Contreras Sepúlveda, Miguel Krassnoff Martchentko, Carlos López Tapia, Basclay Zapata Reyes, José Fuentes Torres.

Por Jaime Robotham Bravo, secuestrado a partir del 31 de diciembre de 1974, Solís formuló cargos contra Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Rolf Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchentko, Fernando Lauriani Maturana, Daniel Cancino Varas.

En el caso de Claudio Thauby Pacheco, secuestrado a partir del 31 de diciembre de 1974, se encausó a Pedro Espinoza Bravo, Rolf Wenderoth Pozo, Fernando Lauriani Maturana y Daniel Cancino Varas


Juez Montiglio procesó a 98 ex agentes por víctimas de la Operación Colombo – El golpe más grande a la represión

Fuente :La Nación 27 de mayo de 2008 

Categoría : Prensa

Entre los encausados, todos en retiro, hay ocho coroneles y 23 suboficiales de Ejército, 40 oficiales y suboficiales de Carabineros, dos ex agentes de la FACH, una ex agente de la Armada, y siete ex agentes de la Policía de Investigaciones.

El mayor golpe a la represión de la dictadura de Augusto Pinochet dio ayer el ministro Víctor Montiglio, al procesar a 98 ex agentes de distintas ramas de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones por 42 víctimas de la Operación Colombo.

Se trata de la resolución más numerosa dictada entre las casi 400 causas por violaciones de los derechos humanos que se instruyen en el país. Incluso superó a los 67 ex agentes encausados por el mismo juez Montiglio en 2007 por los crímenes de la Brigada Lautaro y su Grupo Delfín en el cuartel Simón Bolívar.

Entre los encausados por Colombo hay ocho coroneles de Ejército (R), seis de los cuales no habían procesados antes en ninguna causa. También fueron declarados reos 23 suboficiales de Ejército (R) de los cuales al menos el 50 por ciento aparecen por primera vez en este tipo de causas.

Entre estos suboficiales figura Juvenal Piña, alias "El Elefante", ex agente de la Brigada Lautaro, que fue quien asfixió al jefe comunista en la clandestinidad (1976) Víctor Díaz, con una bolsa plástica en su cabeza, previo a que le inyectaran cianuro.

Además el magistrado encausó a 40 ex agentes oficiales y suboficiales de Carabineros, entre los que están Ricardo Lawrence, Heriberto Acevedo, Claudio Pacheco y José Mora, todos ex integrantes de la misma Brigada. Entre los procesados hay también ex agentes que pertenecían a la Policía de Investigaciones. El único civil (Ejército) es Juan Suárez.

De la lista total, al menos trece ya se encuentran cumpliendo condena por otras causas (ver lista).

Hasta el cierre de esta edición los procesados seguían siendo detenidos para ser internados en distintos lugares, como el Batallón de Policía Militar de Peñalolén.

Entre las 42 víctimas por las cuales el ministró dictó su resolución, están María Angélica Andreolli, Miguel Acuña Castillo, Juan Carlos Perelmann Ide, Juan Chacón Olivares, Jorge Müller Silva, Luis Guendelmann Wisniak, Mario Calderón Tapia y Carmen Bueno Cifuentes.

La Operación Colombo y los medios

La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA.

La Operación Colombo fue parte de la Operación Cóndor, y consistió en un montaje de la dictadura para hacer creer a la población que 119 detenidos que se encontraban desaparecidos, habían salido clandestinamente a Argentina y allí murieron enfrentados con fuerzas policiales y del Ejército durante la fase previa al golpe militar de 1976 en Argentina.

Algunos de esos nombres aparecieron como militantes "asesinados" en Buenos Aires y alrededores, con carteles en sus cuerpos que decía que habían sido ejecutados por sus propios compañeros por ajuste de cuenta por rencillas internas. Sin embargo, ello también resultó un montaje.

La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA en el extranjero y tuvieron una única edición.

En Chile la prensa pro dictadura como los diarios El Mercurio, La Tercera, Las Ultimas Noticias y La Segunda, reprodujeron el montaje de los servicios de inteligencia. En el recuerdo quedó el titular del vespertino que informó "Exterminados como ratones: 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina". Ellos formaron parte de la lista de los 119 desaparecidos de Colombo.

El ex prófugo Raúl Iturriaga, quien era uno de los encargados del departamento exterior de la DINA, fue quien primero dio luces en Buenos Aires de este operativo.

Según el ex agente civil Enrique Arancibia Clavel, condenado en Buenos Aires por el crimen del general Carlos Prat y su esposa, fue Iturriaga quien a comienzos de 1975 se juntó con él para pedirle que preparara lo necesario porque "hay que hacer aparecer a unos muertos de la Operación Colombo".

Se trataba de preparar la aparición de los supuestos cuerpos de Jaime Robotham y Luis Guendelmann como parte del montaje.

Lista de procesados

Ejército (todos en retiro):

Víctor Molina Astete (coronel); Sergio Castillo González (crl); Eduardo Guerra Guajardo (crl); Víctor San Martín Jiménez (crl); José Fuentes Torres (crl); Manuel Carevic Cubillos (crl); Jaime Paris Ramos (crl); César Manríquez Bravo (crl); Raúl Toro Montes (suboficial); Eduardo Reyes Lagos (sub); Orlando Torrejón Gatica (sub); Osvaldo Tapia Alvarez (sub. Suicidado); Juvenal Piña Garrido (sub. “El Elefante”); Juan Suárez Delgado (civil); Nelson Paz Bustamante (sub); José Aravena Ruiz (sub); Luis Torres Méndez (sub); Raúl Soto Pérez (sub); Jorge Andrade Gómez (sub); Juan Escobar Valenzuela (sub); Rolando Concha Rodríguez (sub); Gustavo Apablaza Meneses (sub); Hiro Alvarez Vega (sub); Víctor Alvarez Droguett (sub); Jorge Venegas Silva (sub); Carlos Rinaldi Suazo (sub); Carlos Letelier Verdugo (sub); Reinaldo Concha Orellana (sub); Máximo Aliaga Soto (sub); Hugo Clavería Leiva (sub); Samuel Fuenzalida Devia (sub)

Investigaciones

Juan Urbina Cáceres; Hugo Hernández; Manuel Rivas Díaz; Herman Alfaro; Eugenio Fieldhouse; Osvaldo Castillo

Carabineros (oficiales y suboficiales todos en retiro)

Gerardo Godoy García; Ciro Torres Sáez, Alejandro Molina Cisternas; Camilo Torres Negrier; Héctor Lira Aravena; José Fritz Esparza; Claudio Pacheco Fernández; Jorge Sagardia Monge; Sergio Castro Andrade; Luis Villarroel Gutiérrez; Armando Cofré Gómez; Fernando Roa Montaña; Gerardo Meza Acuña; Enrique Gutiérrez Rubilar; Luis Mora Cerda; José Muñoz Leal; Juan Duarte Gallegos; Carlos Miranda Meza; Rufino Jaime Astorga; Luis Urrutia Acuña; Luis Zúñiga Ovalle; Pedro Alfaro Hernández; Orlando Inostroza Lagos; Rosa Ramos Hernández; Gustavo Caruvan Soto; Héctor Valdebenito Araya; Manuel Avendaño González; José Mora Diocares; Guido Jara Brevis; Nelson Ortiz Vignolo; Ruderlindo Urrutia Jorquera; Héctor Flores Vergara; Jerónimo Neira Méndez; Manuel Montré Méndez; Heriberto del Carmen Acevedo; Claudio Orerllana de la Pinta; Nelson Iturriaga Cortés; Luis Gutiérrez Uribe; José Ojeda Obando

Fuerza Aérea

Delia Gajardo Cortés; Hernán Avalos Muñoz

Armada

Teresa Navarro Osorio;

Procesados que ya cumplen condena

Manuel Contreras Sepúlveda; Pedro Espinoza Bravo; Raúl Iturriaga Neumann; Marcelo Moren Brito; Miguel Krassnoff Martchenko; Ricardo Lawrence Mires; Basclay Zapata Reyes; Conrado Pacheco; Francisco Ferrer Lima; Gerardo Urrich; Orlando Manzo Durán; Rizier Altez España; Fernando Lauriani Maturana


Se confirmó nueva condena contra general en retiro Manuel Contreras

Fuente :La Tercera 2 de septiembre de 2008 

Categoría : Prensa

Hoy se ratificó una nueva condena por violación a los derechos humanos en contra del General en retiro Manuel Contreras, ex jefe de la DINA durante el gobierno militar.

Corte Suprema ratificó lo dispuesto por el juez Joaquín Billard por el homicidio calificado de Carlos Cuevas, un estudiante de 21 años miembro del Partido Comunista.

La sala penal de la Corte Suprema dictó diez años y un día contra el ex colaborador de Pinochet, y para los también ex agentes de la DINA, Marcelo Moren y José Fritz, todos detenidos por otros casos de violación a los derechos humanos.

La resolución del máximo tribunal ratificó lo dispuesto por el juez Joaquín Billard, a cargo de la investigación por el homicidio calificado de Carlos Cuevas, un estudiante de 21 años miembro del Partido Comunista, ejecutado el 21 de septiembre de 1973.

Cuevas fue acusado por la DINA de estar ideando el denominado "Plan Leopardo", una presunta coordinación de grupos de izquierda para provocar "disturbios graves", que fue desestimada por la comisión de Verdad y Reconciliación en el Informe Rettig en su momento y también por la investigación del juez Billard.

Con esta nueva condena, Contreras suma más de 50 años ejecutoriados por violaciones a los derechos humanos.


Manuel Contreras suma nueva condena por desaparición de mirista

Fuente :El Mostrador 2 de octubre de 2008 

Categoría : Prensa

El juez Juan Eduardo Fuentes condenó a Contreras a 5 años y un día de presidio por el secuestro calificado de Álvaro Barrios Duque el 14 de agosto de 1974, informaron fuentes judiciales.

En su resolución, el magistrado condenó también a 3 años de presidio por el mismo caso al general de brigada retirado Miguel Krassnoff Martchenko y el coronel jubilado Marcelo Moren Brito, quienes también acumulan varios procesos por otras causas de violaciones de derechos humanos.

Además, condenó a 800 días de presidio a los suboficiales en retiro del Ejército Basclay Zapata Reyes y Nelson Paz Bustamante.

En los casos de Contreras, Krassnoff, Moren y Zapata la pena deberá cumplirse de manera efectiva, mientras que a Paz Bustamante se le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena, precisó la resolución del juez.

Asimismo, el magistrado determinó que todos los condenados, salvo Zapata Reyes, deberán cancelar una indemnización solidaria de 35.000.000 de pesos (unos 64.220 dólares) a Gabriela Zúñiga Figueroa, cónyuge de la víctima.

Álvaro Barrios Duque era militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), tenía 26 años y estudiaba pedagogía de Inglés cuando fue detenido en su domicilio de Santiago por miembros de la DINA.

Posteriormente, el joven opositor de la dictadura militar (1973-1990) fue visto en el centro de tortura y reclusión "Londres 38", desde donde se perdió su rastro.


Suprema ratificó nuevas penas por la "Operación Colombo"

Fuente :Cooperativa.cl 30 de octubre de 2008    

Categoría : Prensa

La condena se refiere al caso del desaparecido carpintero Ofelio Lazo.

Manuel Contreras fue condenado a cinco años de prisión.

La Corte Suprema ratificó penas de prisión para el general retirado Manuel Contreras, ex jefe de la policía secreta de Augusto Pinochet, y otros dos ex oficiales como autores del secuestro calificado de un opositor al régimen militar, informaron fuentes judiciales.

El fallo definitivo de la II Sala Penal del máximo tribunal condenó a Contreras, otrora jefe de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), a cinco años de prisión, mientras el ex coronel Marcelo Moren Brito y el ex brigadier Miguel Krassnoff Martchenko fueron sentenciados a permanecer tres años en la cárcel.

El caso se refiere al carpintero Ofelio de la Cruz Lazo Lazo, de 43 años, militante del Partido Socialista y vinculado al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), detenido en su domicilio de Santiago por agentes de la DINA el 30 de julio de 1974.

El mismo grupo de agentes, comandados por el civil Osvaldo Romo, uno de los peores torturadores, detuvo ese día a varios conocidos y compañeros de trabajo de Lazo Lazo, desaparecidos desde entonces, al igual que este.

Sus nombres, sin embargo, figuraron en la "Operación Colombo", un montaje de la dictadura para encubrir la desaparición de 119 opositores, en su mayoría miembros del MIR, a quienes se intentó mostrar como caídos en luchas internas de ese movimiento, que opuso resistencia armada a la dictadura.

El caso fue investigado en primera instancia por el juez Juan Eduardo Fuentes, que el 15 de julio del año pasado dictó el fallo de primera instancia, ratificado el 2 de octubre siguiente por la VIII Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Los tres represores se encuentran actualmente en prisión, donde cumplen condenas por otros procesos de violaciones a los derechos humanos, entre ellas dos cadenas perpetuas en el caso del general Contreras.

En la parte civil del caso, la Corte Suprema acogió una demanda por perjuicio y condenó al Fisco a pagar una indemnización de 100 millones de pesos a dos hijos de  Ofelio de la Cruz Lazo Lazo.


Manuel Contreras suma nueva condena por violación a los DD.HH

Fuente :El Mostrador 13 de noviembre de 2008              

Categoría : Prensa

Además el ministro en vista de la Corte de Apelaciones de Santiago Juan Eduardo Fuentes Belmar condenó a los también ex integrantes de la DINA Marcelo Moren Brito a 3 años  de presidio efectivo y a Ricardo Lawrence Mires a 3 años de presidio con beneficio de remisión condicional.

El ex jefe de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), general (r) Manuel Contreras Sepúlveda, fue condenado a 5 años y un día de presidio efectivo por su responsabilidad en el secuestro calificado de Ariel Danton Santibáñez Estay, ocurrido en noviembre de 1974 en la comuna de Santiago.

La condena de primera instancia la dictó el ministro en vista de la Corte de Apelaciones de Santiago Juan Eduardo Fuentes Belmar.

Asimismo fueron condenados los también ex integrantes de la DINA Marcelo Moren Brito a 3 años  de presidio efectivo y a Ricardo Lawrence Mires a 3 años de presidio con beneficio de remisión condicional.

Esta es la segunda condena dictada por el ministro Juan Eduardo Fuentes Belmar durante el año 2008 y la décimo quinta desde el año 2005 en causas por investigaciones de violaciones a los derechos humanos.

Del total de 61 procesos que recibió el magistrado en 2005 por violaciones a los derechos humanos que tramitaban los antiguos juzgados del crimen de Santiago, sólo quedan 21 pendientes.


Manuel Contreras suma dos nuevas condenas en caso de DDHH

Fuente :El Mostrador 14 de noviembre de 2008   

Categoría : Prensa

El encarcelado ex represor fue condenado a 5 años y un día de presidio por el secuestro de Sergio Pérez Molina y 10 años y un día en calidad de autor por el homicidio de Lumi Videla Moya.

Dos nuevas condenas sumó este viernes el ex jefe de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), general en retiro Manuel Contreras luego que la Corte de Apelaciones de Santiago dictara sentencia de segunda instancia en el proceso por el secuestro calificado de Sergio Pérez Molina, ocurrido a partir del 22 de septiembre de 1974, y el homicidio calificado de Lumi Videla Moya, registrado el 3 de noviembre de ese mismo año.

El encarcelado ex represor fue condenado a 5 años y un día de presidio por el secuestro de Pérez Molina y 10 años y un día en calidad de autor por el homicidio de Videla Moya.

En fallo dividido (en causa rol 5157-2007), la Octava Sala del tribunal de alzada capitalino –compuesta por los ministros Cornelio Villarroel, Mario Carroza y el abogado integrante Carlos López,  ratificó la mayoría de las condenas dictadas por el ministro en visita Alejandro Solís Muñoz en contra de 7 ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). Sin embargo, modificó el quantum de las penas aplicadas por el magistrado de primera instancia.

El fallo de segunda instancia establece las siguientes sanciones:

– Ciro Torré Saéz: absuelto por falta de participación.

– Manuel Contreras Sepúlveda: 5 años y un día de presidio por el secuestro de Pérez Molina y 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).

–  Miguel Krassnoff Martchentko: 5 años y un día por el secuestro de Pérez Molina y 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).

– Cristoph Willike Floel: 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).

– Francisco Ferrer Lima: 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).

– Marcelo Moren Brito: 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).

– Basclay Zapata Reyes: 5 años y un día por su participación como cómplice en el homicidio de Lumi Videla Moya.

En el aspecto civil, se rechazó la demanda que había condenado a Krassnoff Martchenko, Willike Floel y Ferrer Lima a pagar una indemnización de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a cada demandante: Lautaro Videla  Moya y Eduardo Pérez Molina.

La decisión en cuanto a las condenas se adoptó con el voto en contra del ministro Cornelio Villarroel, quien estuvo por dictar la absolución de todos los sentenciados, aplicando el Decreto Ley N° 2191 de 1978, conocido como Ley de Amnistía.

En tanto, el abogado integrante López se pronunció en contra de la decisión que absolvió a Ciro Torré y el rechazo a la demanda civil.

En primera instancia, el 23 de julio de 2007, el ministro Alejandro Solís Muñoz, había establecido las siguientes condenas:

-Manuel Contreras Sepúlveda: 10 años y un día por el secuestro de Sergio Pérez y 15 años y un día por el homicidio de Lumi Videla.

-Miguel Krassnoff Martchenko: 5 años y un día por el secuestro de Sergio Pérez y 10 años y un día por el homicidio de Lumi Videla.

-Ciro Torré Saez, Cristoph Willike Floel, Francisco Ferrer Lima y  Marcelo Moren Brito: 10 años y un día por el homicidio de Lumi Videla Moya.

-Basclay Zapata Reyes: 5 años y un día como cómplice del homicidio de Lumi Videla Moya.

Esta es la décimo quinta sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago en 2008 en causa de derechos humanos, y la 56 desde el 2004.

El 3 de noviembre de 1974 Lumi Videla murió en una sesión de tortura a la que era sometida en el recinto de José Domingo Cañas.  Según el informe de autopsia, la causa precisa de la muerte fue la asfixia producto de una obstrucción de la boca y la nariz estando el cuerpo de cúbito ventral. Su esposo Sergio Pérez desapareció desde ese mismo recinto.

 El 4 de noviembre de 1974 se encontró el cadáver de Lumi Videla en el lado interior de una pared del jardín de la embajada de Italia, en la comuna de Providencia. La prensa de la época informó que habría sido víctima de los asilados que se encontraban en la embajada, en el marco de una orgía. La embajada, por su parte, desmintió que Lumi VIDELA se hubiera encontrado asilada en el recinto.


Ratifican condena por secuestro calificado de militante del MIR

Fuente :El Mostrador 28 de noviembre de 2008   

Categoría : Prensa

Jorge Humberto D'Orival Briceño, padre de un hijo, egresado de medicina veterinaria, militante del MIR, fue detenido en el 31 de octubre de 1974.

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia del ministro en visita Alejandro Solís Muñoz en la investigación por el secuestro calificado de Jorge D’ Orival Briceño, ocurrido a partir del 31 de octubre de 1974, en Santiago.

En fallo dividido, los ministros de la Octava Sala del tribunal de alzada Juan Escobar Zepeda, Cornelio Villarroel Ramírez y el abogado integrante Roberto González Maldonado, ratificaron la sentencia del 22 de octubre de 2007 que estableció: 15 años para Manuel Contreras Sepúlveda; 10 años y un día para Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito y Francisco Ferrer Lima y 5 años para Basclay Zapata Reyes y Orlando Manzo Durán.

En tanto, el fallo dejó absuelto a César Manríquez Bravo por no haber participado en los hechos.

El ministro Escobar y el abogado integrante González fueron partidario de ratificar la sentencia y rechazar las apelaciones interpuesta por los condenados; en tanto, el ministro Villarroel estuvo por dictar la absolución de todos los sentenciados acogiendo las excepción de la prescripción de la acción penal y aplicando el Decreto Ley de Amnistía de 1978.

Jorge Humberto D'Orival Briceño, padre de un hijo, egresado de medicina veterinaria, militante del MIR, fue detenido el 31 de octubre de 1974, a las 22:30 hrs, por un grupo de aproximadamente unos cinco a ocho individuos vestidos de civil, armados con ametralladoras y que manifestaron verbalmente pertenecer a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).

Los sujetos mencionados se movilizaban en 2 vehículos, una camioneta marca Ford, año 1958, de color gris y otra, marca Chevrolet, roja con toldo verde oliva, y en la que podía leerse la placa EM 965 de Las Condes.


Suprema dicta condena a cúpula de la DINA por secuestros calificados

Fuente :El Mostrador 27 de diciembre de 2008  

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó condena en la investigación por los secuestros calificados de Eugenio Montti Cordero y Carmen Díaz Daricarrere, ocurridos a partir el 13 de febrero de 1975 en la Región Metropolitana.

En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal acogieron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago del 21 de enero de 2008.

El tribunal máximo sentenció al ex director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, a 7 años de presidio efectivo; y a Marcelo Moren Brito y Rolf Wenderoth Pozo, a 4 años de presidio, como autores de dos secuestros calificados. Se les concedió el beneficio de la libertad vigilada.

En tanto, Miguel Krassnoff Martchentko y Basclay Zapata Reyes fueron condenados a 541 días de presidio como cómplices de dos secuestros calificados. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.

Fernando Lauriani Maturana y Gerardo Godoy García fueron absueltos por falta de participación.

Asimismo, se ratificó la decisión de rechazar la demanda de indemnización de perjuicios presentados por los familiares de las víctimas en contra del Estado de Chile.

En el aspecto penal, la decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes estuvieron por acoger la figura de la prescripción de la acción penal y determinar la absolución de todos los procesados.

En tanto, en el aspecto civil la decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Dolmestch y Künsemüller, quienes sostienen que este tipo de delitos son imprescriptibles, tanto en el aspecto penal como en el civil, por lo que eran partidarios de conceder indemnización por el daño causado.

Con este fallo se completan 15 sentencias por este tipo de procesos dictadas por la Corte Suprema en este año, y 43 desde 2005.

Historia de su desaparción

Carmen Díaz Darricarrere y Eugenio Montti, quienes tenían 24 y 29 años, respectivamente, fueron aprehendios por agentes de la DINA a escasos metros de su domicilio junto al hijo de este último, de cinco años. Junto a otros detenidos -Alan Bruce Catalán y Sergio Vásquez Sáenz- fueron llevados ese mismo día a Villa Grimaldi, en donde fueron interrogados y sometidos a tortura.

Ambos jóvenes y los otros detenidos desaparecieron desde ese recinto clandestino la última semana de febrero de 1975, mientras que el niño, quien también fuera llevado a Villa Grimaldi, fue trasladado a un hogar de menores donde fue encontrado fortuitamente por sus familiares.


Juez dicta condenas por desaparición de dos socialistas en 1974

Fuente :La Nación 30 de diciembre de 2008        

Categoría : Prensa

El ministro Alejandro Solís sentenció a siete ex agentes de la DINA que secuestraron a Jaime Robotham y Claudio Thauby justo la víspera del Año Nuevo de 1975. Las pistas de los estudiantes de Sociología se pierden tras su paso por Villa Grimaldi.

Un capítulo doloroso de la reciente historia comenzó ayer a cerrarse luego que el ministro de fuero Alejandro Solís dictara sentencia por el secuestro calificado de los dos militantes del Partido Socialista Jaime Robotham y Claudio Thauby, detenidos por organismos represores durante la víspera del año nuevo de 1975.

El magistrado condenó al ex jefe de la DINA, Manuel Contreras, a 15 años de presidio efectivo y la misma pena impuso al líder de la denominada "Brigada Vampiro", Fernando Lauriani quien -según el relato de testigos- se habría ensañado con las torturas a Thauby, ya que lo conocía de la Escuela Militar, donde el joven socialista había pasado un tiempo antes de decidirse a estudiar Sociología en la Universidad de Chile.

Este hecho habría molestado a Lauriani quien lo consideraba un traidor a las Fuerzas Armadas por sus ideales socialistas, situación que quedó plasmada en declaraciones efectuadas a la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación en 1990.

Asimismo, el juez tras investigar este caso halló responsabilidad en los demás agentes represores Pedro Espinoza, Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth y Miguel Krassnoff; todos sentenciados a 10 años de cárcel y sin ningún beneficio. En tanto, el ex policía Daniel Cancino quien fue destinado a la DINA durante esos años fue condenado a 5 años y un día.

Esto último por prestar colaboración para el esclarecimiento de los hechos. El policía, en una de sus declaraciones, reconoció que integró el "Grupo Vampiro" y aclaró que Lauriani estuvo al mando del grupo que detuvo a Robotham y Thauby.

"Cuando se hizo cargo del grupo Laureani me pareció que era una persona que no tenía manejo de mando, tenía menos grado que yo en equivalencia y era tonto, por lo que me molestó mucho estar bajo sus órdenes ( ) (le decíamos) "Pablito". Se le decía así como diminutivo por lo tonto que era. No tenía ninguna preparación. Era un ignorante total en todo aspecto" declaró Cancino.

Asimismo, el ministro Solís acogió la demanda indemnizatoria presentada por las familias de las víctimas. Es así como todos los condenados deberán cancelar $250 millones a la familia de Thauby y la misma suma a la de Robotham.

Ambos jóvenes caminaban por calle Miguel Claro el 31 de diciembre de 1974, cuando agentes de la DINA los intimidaron con armas obligándolos a subirse a un automóvil para luego trasladarlos a Villa Grimaldi.

En ese lugar, Robotham durante su estadía era identificado porque su cabeza sangraba debido a que una alergia le impedía cicatrizar un golpe recibido de parte de uno de los agentes cuando quiso escapar de la detención.

En tanto, Thauby recibió una tortura tan violenta con electricidad que afectó su oído medio y su equilibrio. Una cara amoratada y su incapacidad para mantenerse de pie son las características que recuerdan ex prisioneros de Villa Grimaldi que le perdieron la pista en ese recinto.


Suprema confirmó condenas por secuestro y desaparición de Sergio Tormen

Fuente :La Nación 22 de enero de 2009  

Categoría : Prensa

En estrecha votación de tres votos contra dos, la Sala Penal de la Corte Suprema mantuvo las condenas de diez años de presidio a Manuel Contreras y Marcelo Moren Brito, por el secuestro y desaparición el 20 de julio de 1974 del campeón nacional de ciclismo Sergio Tormen Méndez, y el también ciclista internacional Luis Guajardo Zamorano.

Si bien esta resolución exceptúa la regla del criterio jurídico que viene aplicando desde hace al menos dos años este tribunal, rebajando considerablemente condenas en contra de los militares que cometieron delitos de lesa humanidad, esto se explica por la composición ocasional que tuvo la sala con la integración de abogados externos que, a veces, hacen variar este criterio inclinando la balanza.

Esta vez la parte querellante opinó que fueron dos los puntos que habrían hecho variar el criterio reduccionista de esta sala para beneficiar a los violadores de derechos humanos: primero, que se trató de dos condenados archi conocidos por los que "nadie da un peso", como son Contreras y Moren Brito, y segundo, porque el tribunal lo integró un abogado externo para completar la nómina de cinco magistrados, que esta vez fue Domingo Hernández, quien aportó su decisión de mantener las penas.

El dictamen fue acordado con los votos favorables de los ministros Hugo Dolmetsch y Carlos Kunzemüller y el abogado integrante Hernández.

Por absolver a los condenados por la vía de la prescripción de la acción penal por el paso del tiempo, que a su entender anula la responsabilidad criminal, votaron los magistrados Rubén Ballesteros y Nibaldo Segura.

Éstos son dos votos permanentes a favor del desconocimiento de la legislación penal internacional que obliga al Estado chileno a perseguir los crímenes de lesa humanidad.

En los últimos dos años la gran parte de los magistrados de esta sala evita dictar resoluciones de mayoría para absolver, amnistiar o aplicar la prescripción en este tipo de causas.

Ello, como sostienen los abogados querellantes Hugo Gutiérrez o Nelson Caucoto, "sería más vergonzoso aun para la justicia chilena si así fuera, sobre todo en cuanto a la imagen internacional".

Pero, en cambio, afirman los demandantes, "sí resuelven drásticas rebajas de condenas, lo que permite que los sentenciados cumplan en libertad por los beneficios que les conceden".

El ex campeón de ciclismo fue arrestado por la DINA junto al otro desaparecido, en el taller de bicicletas de los Tormen en calle San Dionisio en la comuna de San Miguel.

Luego fueron llevados al centro clandestino de Londres 38, desde donde desaparecieron. Se presume que fueron sacados de allí en camiones de la Pesquera Arauco, asesinados y sus cuerpos lanzados al mar.

Los familiares iniciaron una larga búsqueda, pero no los encontraron. La Corte de Santiago rechazó un recurso de amparo, como fue su permanente conducta, y los órganos administrativos de la dictadura y la DINA negaron siempre su detención.

Sólo un informe entregado a tribunales por el general Sergio Arellano Stark como jefe de zona de Santiago, dijo que "el señor Tormen quedó en libertad y se fue a Argentina junto a otros miristas".


Corte Suprema absuelve a cúpula de la DINA en secuestro de militante del MIR

Fuente :EFE 23 de enero de 2009  

Categoría : Prensa

La Corte Suprema de Chile absolvió este jueves de toda responsabilidad penal a la cúpula de la DINA por el secuestro calificado de Jacqueline Binfa Contreras, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), cuyo rastro se perdió el 27 de agosto de 1974, en Santiago.

Según fuentes judiciales, en un fallo dividido, los jueces absolvieron por prescripción lo establecido por el ministro de fuero (juez especial) Alejandro Solís y ratificado por una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.

El fallo condenaba entre 10 y 15 años al ex jefe de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), general Manuel Contreras, los ex agentes Marcelo Moren Brito, César Manríquez Bravo, Miguel Krassnoff y Ciro Torres Sáez.

Binfa Contreras fue detenida por el ex agente Osvaldo Romo Mena, pasando luego por los centros clandestinos de detención y tortura José Domingo Cañas, Simón Bolívar y luego Villa Grimaldi, todos utilizados durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).

Los jueces que estuvieron a favor de absolver de responsabilidad a los inculpados fueron Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros y Julio Torres Allú, quien postula como juez titular del máximo tribunal.

En tanto, en contra se manifestaron Jaime Rodríguez y Hugo Dolmetch, quienes eran partidarios de confirmar la sentencia.

Loreto Sepúlveda, abogada del programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, se manifestó sorprendida por lo sucedido.

"Es un fallo que nos vuelve al pasado, pensamos que ya habíamos avanzado en el tema de la aplicación del Derecho Internacional, pero parece que no es así", sostuvo.

"El tema es que es difícil porque hay momentos en que no están los ministros (jueces) titulares e integran en este caso con un ministro suplente y en otros casos con abogados integrantes entonces depende del que esté ahí", agregó Sepúlveda


AFDD reaccionó con indignación por absolución de responsables de secuestro y desaparición de joven

Fuente :Cooperativa 23 de enero de 2009        

Categoría : Prensa

Los familiares de víctimas de la dictadura de Augusto Pinochet reaccionaron con indignación a la decisión de la Corte Suprema de absolver a altos jefes de la policía secreta responsables de la represión en un juicio por el secuestro y desaparición de una joven opositora en 1974.

La II Sala Penal del máximo tribunal, resolvió este jueves, por tres votos a dos, aplicar la prescripción en el caso de la estudiante de Servicio Social Jacqueline Binfa Contreras, secuestrada y hecha desaparecer por la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).

La joven, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue vista en dos centros de tortura de la DINA antes de desaparecer, según testimonios de supervivientes.

"Nos duele que Jacqueline sea una vez más víctima; ya lo fue de la dictadura, ahora lo es de la propia Justicia, la encargada de protegerla y defenderla de las atrocidades comprometidas en contra de ella", señaló en una declaración la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD).

"Aquí se ha violado el derecho internacional, esto compromete la responsabilidad exterior del Estado de Chile", afirmó por su parte el abogado Nelson Caucoto, quien señaló que la resolución "viola toda la jurisprudencia de la misma Corte Suprema en materia de derechos humanos", lo que ocurre "porque estamos expuestos a mayorías ocasionales en la Sala Penal".

En el juicio por la desaparición de Jacqueline Binfa, el juez Alejandro Solís había condenado a 10 años de prisión al general (r) Manuel Contreras, ex jefe de la DINA, y a los ex oficiales Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff, César Manríquez y Ciro Torres.

El fallo de primera instancia había sido ratificado por la Corte de Apelaciones de Santiago, sin embargo, el Supremo consideró prescrita la acción penal y absolvió a los inculpados basándose en normas del Código Penal a pesar de que el derecho internacional considera imprescriptibles los crímenes de lesa humanidad.

Para la AFDD, fallos como el del caso de Jacqueline Binfa "dan a entender que aún falta mucho para que se comprenda que la desaparición forzada de personas es un crimen contra la humanidad, contra las normas del derecho internacional y contra el único derecho que asiste a las víctimas de la dictadura: la justicia".

El abogado Caucoto, en tanto, opinó que el dictamen "deja a la sociedad chilena y a los familiares de las víctimas en total vulnerabilidad".

"Es un fallo que nos vuelve al pasado, pensamos que ya habíamos avanzado en el tema de la aplicación del derecho internacional, pero parece que no es así", dijo por su parte Loreto Sepúlveda, abogada del programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior.


Enésima condena contra “el Mamo”: Por las desapariciones de dos miristas

Fuente :La Nación, 14 de marzo de 2009   

Categoría : Prensa

El enésimo fallo contra el general (R) Manuel Contreras Sepúlveda, alias “el Mamo”, dictó la Corte de Apelaciones de Santiago, esta vez por los secuestros calificados de Cecilia Bojanic Abad y Flavio Oyarzún Soto, ocurridos a partir del 2 de octubre de 1974 en la comuna de La Granja, Región Metropolitana.

Contreras Sepúlveda, ex director de la DINA, fue condenado a 10 años y un día por las detenciones y posteriores desapariciones de Bojanic y Oyarzún, militantes del MIR. La mujer, al momento de su detención, presentaba un embarazo de cinco meses.

Otros cuatro integrantes de la ex DINA, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Fernando Lauriani Maturana y Francisco Ferrer Lima, fueron sentenciados a 4 años de presidio cada uno.


Manuel Contreras suma nueva condena por caso Villa Grimaldi

Fuente :El Mostrador 24 de Marzo de 2009   

Categoría : Prensa

El ministro en visita Alejandro Solís impuso la condena de primera instancia en la investigación por los secuestros calificados de Fernando Silva Camus y Claudio Silva Peralta, padre e hijo respectivamente, ocurridos a partir del 26 y 27 de septiembre de 1974 en la Región Metropolitana.

Asimismo el magistrado determinó las siguientes sanciones:

-Pedro Espinoza Bravo: 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autor.

-Marcelo Moren Brito: 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autor.

-Basclay Zapata Reyes: 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autor.

-Palmira Almuna Guzmán: 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.

Igualmente en el aspecto civil, se estableció que los condenados como autores deberán  pagar solidariamente $ 100.000.000 (cien millones de pesos) a María Inés Peralta Zamorano y $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Regina Lazo Dinamarca.

En tanto, la condenada Almuna Guzmán deberá cancelar $ 5.000.000 (cinco millones de pesos) a Regina Lazo Dinamarca.

Además se desestimó la demanda en contra del Fisco de Chile acogiendo la excepción de incompetencia del tribunal.

Fernando Guillermo Silva Camus, 60 años, casado, dos hijos, decorador de interiores, vinculado al MIR, fue detenido en su domicilio el 27 de noviembre de 1974, aproximadamente a las 23:30 horas por agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA). El día anterior había sido detenido en la vía pública su hijo Claudio Guillermo Silva Peralta, militante del MIR.


Manuel Contreras suma 15 años más de condena

Fuente :La Nación; 14 de abril de 2009  

Categoría : Prensa

Otra vez el ex director de la DINA, Manuel Contreras, suma condena en causa de derechos humanos. Esta se vez se trata del secuestro de Anselmo Radrigán Plaza, ocurrida el 12 de diciembre de 1974 en la región Metropolitana.

En esta investigación la Corte de Apelaciones de Santiago dictó condena de segunda instancia en un fallo unánime suscrito por los ministros Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich y la abogada integrante Claudia Chaimovich.

Los jueces ratificaron en el aspecto penal la sentencia del ministro en visita Alejandro Solís que estableció las siguientes penas:

– Manuel Contreras Sepúlveda 15 años de presidio.

– Marcelo Moren Brito 10 años y un día de presidio.

– Pedro Espinoza Bravo. 10 años y un día de presidio.

– Rolf Wenderoth Pozo. 10 años y un día de presidio.

– Miguel Krassnoff Martchentko. 10 años y un día de presidio.

– Basclay Zapata Reyes. 10 años y un día de presidio.

En materia civil los jueces estuvieron por entregar una indemnización a los  familiares de las víctimas, cambiando así el dictamen de primera instancia suscrito por el ministro Alejandro Solis:

Amalia Caballero Nadeau. $ 40.000.000

Gastón Radrigán Plaza $ 20.000.000

Cecilia Radrigán Plaza. $ 20.000.000

Jorge Radrigán Plaza $ 20.000.000


Corte Suprema dicta sentencia definitiva en caso de secuestro de David Silberman

Fuente :El Mostrador 20 de abril de 2009       

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de David Silberman Gurovich, ocurrido a partir del 4 de octubre de 1974, en Santiago.

En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala Penal ratificaron el fallo en el aspecto penal que había establecido las siguientes sanciones: Manuel Contreras Sepúlveda: 7 años de presidio efectivo; Marcelo Moren Brito: 7 años de presidio efectivo; Carlos Labarca Sanhueza: absuelto por falta de participación; y Marcos Derpich Miranda: absuelto por falta de participación.

En el aspecto civil, los magistrados acogieron el recurso de casación planteado por el Consejo de Defensa del Estado y acogieron la excepción de incompetencia absoluta del tribunal determinando eliminar el pago de una indemnización total de  $1.040.000.000 a la viuda, tres hijos y dos hermanos de la víctima.

El caso

David Silberman Gurovich fue un ingeniero civil casado y Gerente General de Cobre Chuqui hasta el 11 de septiembre de 1973. Militante del Partido Comunista, se presentó voluntariamente el 15 de septiembre de 1973 ante el Comandante Militar de Calama quedando detenido y sometido a proceso por un Tribunal Militar de Tiempo de Guerra.

El 28 de septiembre de ese año el Consejo de Guerra dictó sentencia condenándole a la pena de 10 años de prisión por delitos contemplados en la Ley de Seguridad del Estado y a 3 años por Ley de Control de Armas, debiendo cumplir su condena en Santiago, por haber sido requerido desde aquí por bando. Alrededor del 2 de octubre fue recluido en la Penitenciaría de esta ciudad.

El día 4 de octubre del mismo año, es sacado de la Penitenciaría y llevado a la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea permaneciendo en dicho recinto hasta el 20 de octubre, día en que fue devuelto a la Penitenciaría de Santiago.

Silberman, permaneció en este lugar hasta el 4 de octubre de 1973. En esta fecha, fue sacado del recinto carcelario por agentes de la DINA que falsificaron documentos del Ejército a fin de engañar a Gendarmería y lograr la entrega del detenido. Una vez fuera del recinto, David Silberman fue trasladado a la casa que ese organismo de seguridad mantenía en José Domingo Cañas.

De allí, el 5 de octubre fue llevado a 4 Alamos, para ser luego, el 6 ó 7 de ese mes, nuevamente conducido a José Domingo Cañas, en cuyas dependencias permanece hasta mediados del mismo mes en que es trasladado a 4 Alamos, desde donde desaparece a fines de octubre o primeros días del mes de noviembre.

En abril de 1975 apareció en un sótano de Buenos Aires el cuerpo de un hombre destruido por una explosión con un cartel que decía “dado de baja por el MIR”.  Se dijo que era David Silberman, sin embargo se comprobó que no era Silberman, sino los primeros pasos de una campaña de desinformación que marcaría el inicio de la denominada "Operación Colombo". El cuerpo del militante comunista continúa desaparecido.


Corte Suprema dictó una nueva condena contra la cúpula de la DINA

Fuente :Cooperativa 21 de julio de 2009   

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó una nueva condena a la cúpula de la DINA por el secuestro calificado de una de las víctimas de la denominada Operación Cóndor, identificada como Jorge D'Orival Briceño, quien estuvo detenido y desapareció del centro ilegal José Domingo Cañas.

Por este caso, el entonces jefe de la DINA, Manuel Contreras, recibió una condena de 15 años mientras que sus ex agentes  Marcelo Moren Brito, Maximiliano Ferrer y Miguel Krasnoff fueron condenados a 10 años.

Para Orlando Manzo y Basclay Zapata el tribunal supremo determinó una condena de cinco años.

Además, se estableció la responsabilidad del Estado por el crimen de lesa humanidad por lo que la familia de la víctima podrá recurrir para pedir una indemnización.

Con esta nueva condena, Manuel Contreras suma casi 300 años de prisión por violaciones a los derechos humanos.


Nueva condena contra el “Mamo” Contreras

Fuente :El Mostrador, 14 de agosto de 2009    

Categoría : Prensa

La Corte Suprema condenó hoy a cinco años y un día de prisión al general retirado Manuel Contreras por el secuestro calificado de un estudiante universitario en 1975.

Según informaron fuentes judiciales, el fallo definitivo de la Segunda Sala Penal del máximo tribunal sentenció también a cinco años y un día al ex brigadier Miguel Krasnof Marchenko y al ex coronel Marcelo Moren Brito.

La nueva sentencia contra el ex jefe de la DINA se suma a unas veinte anteriores dictadas en su contra, que totalizan casi 300 años de cárcel.

Los dos militares fueron condenados por la desaparición de Luis Gregorio Muñoz Rodríguez, un estudiante de la Universidad Católica de Valparaíso, de 22 años, detenido el 20 de enero de 1975 por agentes de la DINA, en Santiago, donde vivía.

El joven, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue visto en los días siguientes en la 'Villa Grimaldi', un centro de torturas de la DINA, según testificaron durante el juicio otros prisioneros que lograron sobrevivir.

Además, el 9 de febrero del mismo año, sus familiares recibieron una llamada telefónica de Muñoz Rodríguez, en la que les comunicó que estaba detenido en la 'Villa Grimaldi'.

De acuerdo con los testimonios judiciales, el joven aprovechó un par de minutos en que quedó solo en una oficina del centro de torturas que le habían ordenado asear para hacer la llamada.

Contreras, de 80 años, fue llevado ayer al Hospital Militar, en el que permaneció unas doce horas, tras desmayarse y golpearse en la cabeza mientras era interrogado en otro juicio por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar.

El general retirado fue devuelto a la prisión militar donde purga sus penas en las últimas horas del jueves.


Crueles represores figuran entre los más de 150 ex agentes procesados

Fuente :La Nación 4 de septiembre de 2009    

Categoría : Prensa

Crueles represores figuran entre los más de 150 ex agentes de la DINA, todos en situación de retiro, que fueron procesados el martes pasado por el ministro Víctor Montiglio en los casos Operación Colombo, Cóndor y Calle Conferencia 1587.

Entre ellos figura la oficial de Ejército Gladys Calderón Carreño, quien inyectaba cianuro para matar a los detenidos en el cuartel de avenida Simón Bolívar, en la comuna de La Reina, donde operó la Brigada Lautaro.

También aparece el suboficial de Infantería de Marina Sergio Escalona Acuña, quien con un alicate extraía a los cuerpos de los prisioneros ya muertos, las piezas dentales que contenían oro.

Esta operación la realizaba antes de que los cadáveres fueran ensacados para ser arrojados al mar.

De la misma manera, otros de los procesados son los suboficiales de Carabineros Jorge Pichunmán Curiqueo y Claudio Pacheco Fernández, quienes se encargaban en ese cuartel clandestino de desfigurar los rostros de los detenidos y quemar sus huellas dactilares, utilizando un soplete.

Entre los 150 ex agentes encausados por los casos Colombo y Conferencia, existe un total de 21 oficiales. (Ver lista).

A ello hay que sumar los cerca de 50 procesados por víctimas de la Operación Cóndor, lo que podría hacer crecer la cifra total de encausados por sobre los 165, dado que la mayoría de estos cerca de 50 nombres se repiten en las resoluciones dictadas por Colombo y Conferencia.

La mayoría de los procesados pertenecen al Ejército, pero también hay integrantes de la Fuerza Aérea, Armada, Carabineros, Investigaciones y Gendarmería.

Hoy viernes debe terminar la maratónica operación para que todos los procesados queden arrestados e ingresados a los distintos lugares de reclusión preventiva, según la institución a la que pertenecen.

En el caso del Ejército, todos deberán quedar detenidos en el Batallón de Policía Militar en la Avenida José Arrieta, en la comuna de Peñalolén

Lista de oficiales (R)

1.- César Manríquez Bravo (coronel Ejército)

2.- Ciro Torré Sáez (crl. Carabineros)

3.- Fernando Lauriani Maturana (brigadier Ej.)

4.- Gerardo Godoy García (tte.crl. Carab.)

5.- Gerardo Urrich González (crl. Ej.)

6.- Jaime Paris Ramos (crl. Ej.)

7.- José Fuentes Torres (crl. Ej.)

8.- Manuel Contreras Sepúlveda (gral. Ej.)

9.- Manuel Carevic Cubillos (crl. Ej.)

10.- Marcelo Moren Brito (crl. Ej.)

11.- Miguel Krassnoff (brig. Ej.)

12.- Orlando Manzo Durán (crl. Gendarmería)

13.- Pedro Espinoza Bravo (brig. Ej.)

14.- Raúl Iturriaga Neumann (gral. Ej.)

15.- Ricardo Lawrence Mires (crl. Carab.)

16.- Sergio Castillo González (crl. Ej.)

17.- Víctor Molina Astete (crl. Ej.)

18.- Víctor San Martín Jiménez (crl. Ej.)

19.- Gladys Calderón Carreño (cap. Ej.)

20.- Federico Chaigneau Sepúlveda (tte. crl. Ej.)

21.- Juan Morales Salgado (crl. Ej.)


Cúpula de la DINA recibió dura condena por asesinato de mirista

Fuente :Cooperativa 8 de septiembre de 2009 

Categoría : Prensa

La Corte Suprema impuso pena de 15 años de cárcel para general (r) Manuel Contreras.

Esto, por el secuestro calificado de Sergio Pérez Molina y el homicidio calificado de Lumi Videla.

La sala penal de la Corte Suprema condenó a la cúpula de la DINA, encabezada por el general (r) Manuel Contreras, por el secuestro calificado de Sergio Pérez Molina y el homicidio calificado de Lumi Videla Moya, hechos ocurridos en 1974.

En fallo dividido, el ex jefe de la policía secreta del fallecido dictador Augusto Pinochet recibió 15 años y un día de cárcel, sin beneficios, por ambos crímenes, al igual que el brigadier (r) Miguel Krassnoff.

Por su parte, los brigadieres (r) Cristoph Willike, Francisco Ferrer y Marcelo Morén Brito, fueron condenados a 10 años y un día por su responsabilidad en el homicidio de Videla.

A su vez, el ex agente Basclay Zapata Reyes recibió cinco años de presidio como cómplice del asesinado de la mirista y el coronel (r) de Carabineros Ciro Torré fue condenado a cinco años de cárcel por el secuestro de Sergio Pérez Molina, con el beneficio de la libertad vigilada.

El 4 de noviembre de 1974 se encontró el cuerpo de Lumi Videla en un jardín de la embajada de Italia en Providencia. La prensa de la época informó que su muerte se produjo tras participar en una orgía con los demás asilados en la sede diplomática.


Penas de hasta 7 años por crimen de sacerdote Llidó

Fuente :La Nación 15 de octubre de 2009         

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia en caso de secuestro de sacerdote Antonio Llidó Mengual, ocurrido a partir de fines de septiembre o comienzos de octubre de 1973 en Santiago.

La Tercera Sala del tribunal de alzada, conformada por los ministros Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich y la abogada integrante Claudia Chaimovich ratificaron el fallo de primera instancia del ministro Jorge Zepeda Arancibia, que estableció las siguientes sanciones:

Manuel Contreras Sepúlveda. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.

Marcelo Moren Brito. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.

Miguel Krassnoff Martchenko. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.

Basclay Zapata Reyes. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.

Francisco Ferrer Lima. Absuelto.

Fernando Lauriani Maturana. Absuelto.

Orlando Manzo Durán. Absuelto.

En el caso de Manzo Durán la decisión se adoptó con el voto en contra de la abogada integrante Chaimovich quien estuvo por condenar a este oficial.

En la arista civil del caso se ratificó la condena al Fisco a pagar una indemnización de 100 millones de pesos a la hermana del sacerdote Josefina Llidó Mengual


Londres 38: Juez procesa a cúpula DINA por desaparición de secretario político del PC

Fuente :La Nación 27 de octubre de 2009     

Categoría : Prensa

El ministro de fuero Alejandro Solís dictó ayer un auto de procesamiento en la investigación por el secuestro calificado de Sergio Riveros Villavicencio, ocurrido a partir del 15 de agosto de 1974, en la comuna de Santiago.

La víctima desempeñaba en esa época el cargo de secretario político del Partido Comunista (PC) en la comuna de Conchalí y, según consta en el expediente, fue detenido por la DINA y luego llevado hasta el recinto de detención Londres 38 desde donde se perdió su pista, engrosando desde esa fecha la lista de detenidos desaparecidos por organismos de inteligencia comandados por Manuel Contreras Sepúlveda, quien fue encausado como autor de este delito.

Asimismo, el juez Solís dictó el procesamiento de Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchentko y Nelson Paz Bustamante. Los tres primeros fueron notificados de esta resolución en sus recintos de detención, mientras que Bustamante, que era el único en libertad, quedó recluido en el Batallón de Policía Militar de Peñalolén


Contreras suma otros 5 años de condena

Fuente :La nación 25 de noviembre de 2009 

Categoría : Prensa

Por su responsabilidad en el secuestro calificado de Sergio Alejandro Riffo Ramos, ocurrido a partir del 27 de noviembre de 1974, fue condenado el director de la desaparecido DINA, Manuel Contreras, así como el resto de la cúpula del organismo represivo de la dictadura.

En fallo de segunda instancia la Corte de Apelaciones de Santiago fijó de manera unánime las siguientes penas:

-Manuel Contreras Sepúlveda: 5 años y un día de presidio. Sin beneficios.

-Pedro Espinoza Bravo: 5 años y un día de presidio. Sin beneficios.

-Marcelo Moren Brito: 5 años y un día de presidio. Sin beneficios.

-Miguel Krassnoff Martchentko: 5 años y un día de presidio. Sin beneficios.

-Fernando Lauriani Maturana: absuelto por falta de participación.

En el aspecto civil del proceso los jueces Cornelio Villarroel Ramírez, Mauricio Silva Cancino y el abogado integrante Bernardo Lara Berríos estuvieron por mantener el dictamen anterior y ordenar el pago de una indemnización solidaria de 20 millones de pesos por parte de Contreras y Moren a Blanca Ramos Aranda, cónyuge de la víctima


Suprema confirma sentencias por secuestro de mirista

Fuente :La Nación 15 de diciembre de 2009   

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó este martes nuevas sentencias en contra de los integrantes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), a raíz de la investigación instruida por el secuestro calificado de Ariel Danton Santibáñez, ocurrido en noviembre de 1974.

Los ministros de la Sala Penal del máximo tribunal, en fallo dividido acogieron, las condenas establecidas tras la indagatoria del ministro en visita Juan Eduardo Fuentes Belmar.

Según consta en el fallo se condenó al general y otrora líder del organismo represor de la dictadura militar, general (r) Manuel Contreras, a la pena de tres años de presidio, pero se le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena; en tanto el coronel en retiro Marcelo Morel Brito y el teniente coronel Ricardo Lawrence fueron condenados también a tres años de cárcel con el beneficio de la remisión condicional.


Otros cinco años de prisión para el jefe de la Policía secreta de Pinochet

Fuente :Europapress 13 de Abril 2010

Categoría : Prensa

Un juez de primera instancia de Chile ha condenado a otros cinco años de cárcel al que fuese el jefe de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) durante la dictadura de Augusto Pinochet, el general Manuel Contreras Sepúlveda, por la desaparición de un político opositor, informaron este lunes fuentes judiciales.
El magistrado Juan Fuentes –quien ha abierto 71 procesos vinculados con las violaciones de Derechos Humanos cometidas durante la dictadura– emitió la sentencia contra Contreras y otros dos agentes del servicio secreto por el secuestro de Héctor Vergara Doxrud, ocurrido el 17 de septiembre de 1974, indicaron las mismas fuentes citadas por el diario 'El Mercurio'.
Vergara Doxrud era ingeniero y militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU), una formación política de izquierda desvinculada de la Democracia Cristiana y disuelta en los últimos años de la dictadura. Tenía 32 años, mujer y tres hijos cuando fue detenido por el servicio secreto.

Según la información revelada por fuentes judiciales chilenas a la prensa local, Contreras fue condenado junto a otros dos agentes del servicio secreto por el secuestro ocurrido el 17 de septiembre de 1974, de Héctor Vergara Doxrud, quien era ingeniero, tenía 32 años y estaba casado y con tres hijos, era militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU), un grupo izquierdista cuando fue detenido por el servicio secreto chileno.
Los otros condenados son el ex jefe de la brigada metropolitana de la DINA, César Manríquez, y otro ex alto funcionario de la DINA, Marcelo Morén, condenado a 800 días de presidio.
El juez Fuente ha llevado adelante algo más de setenta procesos por violaciones de los derechos humanos durante la dictadura de Pinochet.
La nueva condena contra Contreras, quien dirigía la ya desaparecida DINA se suma a otras dos cadenas perpetuas que actualmente cumple en prisión.


Corte de Apelaciones de Santiago y Concepción dictan resoluciones en causas de Derechos Humanos

Fuente :Radio Bio Bio 18 de Junio 2010

Categoría : Prensa

Dos ministros en visita que investigan procesos por violaciones a los derechos humanos dictaron resoluciones en las causas que instruyen en las jurisdicciones de la Corte de Apelaciones de Concepción y la de Santiago, respectivamente.

En primer lugar el ministro Carlos Aldana, del tribunal de alzada penquista, dictó condena de primera instancia en la investigación por el secuestro calificado de Adán Valdebenito Olavarría, ocurrido a partir del 24 de septiembre de 1974 en la ciudad de Lota.
El magistrado sentenció a Manuel Contreras Sepúlveda a la pena de 541 días y a Orlando Manzo Durán a la pena de 61 días de presidio remitido por su responsabilidad como autor y cómplice del delito de secuestro calificado. En el caso de Contreras Sepúlveda se dio por cumplida por el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva.

En tanto, el ministro Alejandro Solís, de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictó procesamiento en la investigación por el homicidio calificado de Ramón Martínez González, ocurrido el 13 de enero de 1975, en Santiago.
El magistrado procesó a Manuel Contreras Sepúlveda, Mario Jahn Barrera, Marcelo Moren Brito, Fernando Lauriani Maturana y Miguel Krassnoff Martchenko por su responsabilidad como autores de delito mencionado.

Respecto de los procesados Contreras Sepúlveda, Moren Brito y Krassnoff Martchenko se ordena la prisión preventiva anexa a las condenas que cumplen. En cuanto al procesado Lauiriani Maturana se mantiene el beneficio de la libertad provisional y en cuanto al procesado Jahn Barrera se ordenó su ingreso a prisión preventiva por considerarlo un peligro para la sociedad.


Escandalosa rebaja de penas a los autores del secuestro y desaparición del Padre Llidó

Fuente :ZonaImpacto, 27 de Septiembre 2010

Categoría : Prensa

En libertad cumplirán sus penas los autores del secuestro calificado, homicidio y desaparición de los restos del sacerdote español Antonio Llidó, quien cumplió una fructífera misión pastoral, social y política en Quillota.
El cura valenciano, querido y recordado en esta ciudad, fue detenido y hecho desaparecer por agentes de la dictadura a fines de septiembre de 1974 en la Región Metropolitana, donde se había refugiado después del golpe militar. Hay múltiples testimonios de que se le mantuvo detenido en centros clandestinos de reclusión, donde fue cruelmente torturado hasta provocar su muerte y luego los represores hicieron desaparecer su cadáver.
En septiembre de 2008, el ministro en visita Jorge Zepeda determinó penas de 7 años de presidio, sin beneficios, para los autores del crimen: Manuel Contreras, Marcelo Moren, Miguel Krassnoff y Basclay Zapata.

Pero ahora, en fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva. Los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller condenaron a cinco años de presidio a los ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Contreras Sepúlveda, Moren Brito, Krassnoff Martchentko y Zapata Reyes rebajando sus penas a cinco años, pero concediéndoles el beneficio de la libertad vigilada; es decir, en sus casas o para que caminen libres por las calles aunque todos están encarcelados (en prisiones vip, por supuesto) por otros crímenes de lesa humanidad.
En su resolución, los ministros -además- absolvieron por falta de participación a los ex agentes Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana y Orlando Manzo Durán.

De igual forma, y demostrando un desprecio absoluto por el sufrimiento que la familia arrastra por 36 años, la Suprema rechazó la demanda de indemnización de perjuicios contra el Estado de Chile interpuesta por la hermana de la víctima, Josefa "Pepa" Llidó, a quien se había concedido una indemnización. El máximo tribunal acogió la excepción de incompetencia absoluta del tribunal de primera instancia y la dejó sin efecto.
En su fallo, la Corte Suprema aplicó la atenuante de la "media prescripción" o "prescripción incompleta" -que otros ministros han rechazado- , con los votos favorables de los ministros Segura, Ballesteros y Dolmestch, y con la opinión contraria de los magistrados Rodríguez y Künsemüller.
Decisión escandalosa

El fallo definitivo de la Segunda Sala de la Corte Suprema es percibido por familiares y amigos del Padre Llidó como una determinación verdaderamente escandalosa, pues deja de manifiesto la indolencia de la justicia chilena frente a un caso tan cruel como emblemático de violación contra los derechos humanos.
Consta en el proceso que durante las décadas de investigación, ninguno de los autores intelectuales o materiales del secuestro, las torturas, el homicidio y la desaparición de los restos del Cura Toño -como lo conocimos en Quillota- colaboró con las indagaciones. Por décadas negaron no sólo su participación, sino engañaron a los jueces con datos falsos, tergiversaron los hechos, ocultaron antecedentes y actuaron ante los tribunales con repugnante cinismo.

El esclarecimiento parcial de lo sucedido con el Padre Llidó sólo fue posible gracias a la tenacidad y profesionalismo de magistrados como el ministro Zepeda, que no se rindió hasta acercarse a la verdad…
…Solamente acercarse, porque siguen ocultando la verdad total. Las confesiones sólo se lograron porque fueron cayendo en absurdas contradicciones. Pero nunca han querido revelar por qué lo secuestraron y torturaron con tanta crueldad, quién le dio muerte, qué hicieron con sus restos o dónde los ocultaron hasta ahora.
Escasas repercusiones locales
La escandalosa rebaja de penas y la negativa a indemnizar a la todavía acongojada familia ha tenido escasa repercusión en los medios nacionales. Sólo el diario La Tercera entregó una información relativamente amplia, de 278 palabras. También emisoras como Cooperativa, Bio Bio y Universidad de Chile le dedicaron algún espacio, sin mayor trascendencia. "El Observador" de Quillota -que antes de 1973 fue gran crítico de las actividades del Cura Toño- publicó una crónica de 291 palabras.
Al cerrar esta nota (noche del miércoles 22), descubrimos una nota publicada por El Mercurio, de 261 palabras, informando sobre el hecho.
En cambio, a nivel internacional el vergonzoso fallo tuvo gran repercusión.
El buscador Google da cuenta de publicaciones en medios escritos como El País, El Periódico, El Diario de Levante y El Diario Vasco de España, La Jornada de México, Agencia Ansa Latina, China.Org.cn y Agencia Xinhua de China, entre muchos otros.
El abogado
El abogado de la familia Llidó en Chile, Héctor Salazar, criticó la resolución del máximo tribunal estimando que es "demasiado blanda la mano para un delito de esta naturaleza, en un caso donde incluso todos quienes aparecen involucrados y condenados jamás aportaron información, ni siquiera para saber dónde quedaron los restos del padre Llidó".
Además, el abogado Salazar lamentó el rechazo de la indemnización fijada en un primer momento para los familiares del ciudadano español, porque "deja al Estado chileno, desde el punto de vista de sus compromisos internacionales, en un mal pie", pues no resolvió la "reparación que va envuelta en esta clase de delitos".Valenzuela, Luis Valenzuela González y Anatolio Zárate Oyarzún.


Francia condena en ausencia a militares de dictadura chilena

Fuente :AFP 17 de Diciembre 2010

Categoría : Prensa

La justicia francesa condenó el viernes en ausencia a penas de 15 años de prisión a cadena perpetua a una docena de militares y un civil chilenos y a un militar argentino por la desaparición de cuatro franceses durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-90).
El general retirado Manuel Contreras, fundador de la temible Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), policía política del régimen, encarcelado actualmente en Chile, fue condenado a cadena perpetua por decisión del Tribunal en lo Criminal de París presidido por el juez Hervé Stephan.
A la misma pena máxima fue condenado su número dos en la jerarquía de la DINA, el general retirado Pedro Octavio Espinoza Bravo, sostuvo el magistrado al leer la sentencia que pone punto final al juicio en ausencia por la desaparición de cuatro franceses durante la dictadura pinochetista.
George Klein, Etienne Pesle y Alphonse Chanfreau desaparecieron en Chile y Jean Yves Claudet desapareció en Argentina, todos ellos entre 1973 y 1975.

El general retirado Herman Julio Brady fue condenado a 30 años de cárcel, igual que los coroneles retirados Marcelo Luis Moren Brito y Miguel Krasnoff Martchenko.

El magistrado francés reafirmó la vigencia de la orden de detención emitida por la justicia francesa en mayo de 2005 contra los militares condenados. De la lista inicial fue absuelto José Octavio Zara Holger, por fallecimiento.
En presencia de un centenar de familiares, principalmente los hijos de los cuatro desaparecidos, de ex compañeros de trabajo y de expertos legales que llegaron desde Chile, España y Francia, concluyó así un juicio en ausencia iniciado el 8 de diciembre, 12 años después de iniciada esta causa en Francia, en octubre de 1998, justo cuando Pinochet era detenido en Londres.
 


Familiares de ciudadanos franceses desaparecidos en dictadura valoran condenas a ex agentes de Pinochet

Fuente :Radio Universidad de Chile 20 de Diciembre 2010

Categoría : Prensa

Condenas ejemplares que en Chile serán difíciles de igualar recibieron los ex agentes de la dictadura militar, con el general Augusto Pinochet incluido, en el juicio que se desarrolló en París.
En total, fueron 14 acusados del régimen chilenos, quienes recibieron como mínimo penas de 15 años de prisión.
Manuel Contreras, ex jefe de la Dirección Nacional de Inteligencia, la temible DINA, fue condenado a cadena perpetua, la misma pena otorgada al ex brigadier Pedro Espinoza.

35 años después de las desapariciones de 4 ciudadanos franceses asesinados en dictadura, llega una forma de justicia simbólica para sus familiares, como celebra Bernard Chanfreau, hermano de Alphonse, militante del MIR desaparecido en 1974.
“Estoy muy emocionado porque termina una época muy dura para nosotros, tanto para nuestra familia como para la mujer de mi hermano, la hija, las dos hermanas de Janet Claude. Es una satisfacción total muy importante. Ninguna condena de esos culpables nos va a restituir a nuestro hermano y a nuestra familia”, señaló Chanfreau.

Los familiares de los desaparecidos valoraron que en estos casos se haya logrado la actuación de la justicia, a diferencia de lo que ocurre en nuestro país, donde según acusan, el sistema sigue bajo el yugo de la dictadura.

El abogado Benjamín Serfati, representante de la Corporación de Defensa y Promoción de los Derechos del Pueblo (Codepu) destacó que a partir de este juicio histórico emanarán desde Francia órdenes de extradición que deberá resolver nuestro país.
“Una orden de extradición va a ser emitida por Francia dirigida a las autoridades chilenas y vamos a ver cómo van a reaccionar las autoridades chilenas respecto de los condenados que hoy están presos en Chile. Sobre los casos de los chilenos libres va a ser muy interesante seguir la elección de las autoridades en el sentido de acoger o no las solicitudes”, indicó el jurista.

Los familiares y sus representantes aseguraron que más allá que parezca que este juicio haya sido simbólico se utilizaron argumentos jurídicos válidos en todo el mundo, lo que impedirá que los ex agentes condenados salgan del país, por ejemplo, y las órdenes de detención emanadas del gobierno francés para los 14 inculpados siguen vigentes.


DDHH: Nuevos procesamientos contra encarcelada cúpula DINA

Fuente :La Nación 16 de Marzo 2011

Categoría : Prensa

Fallo del ministro Solís corresponde a los casos de secuestro calificado de Juan Aniceto Meneses Reyes, Eduardo Zúñiga Zúñiga y Carlos Terán de la Jara.
El ministro de fuero Alejandro Solís dictó 3 nuevos autos de procesamiento contra la cúpula de la disuelta DINA en investigaciones por casos de detenidos desaparecidos, ocurridos desde 1974 durante la dictadura de Augusto Pinochet.
En su resolución, el magistrado ordenó el ingreso a prisión preventiva de todos los procesados por considerarlos un “peligro para la sociedad”, pese a que ya se encuentran tras las rejas cumpliendo penas por otras violaciones de derechos humanos.
Por el secuestro calificado de Juan Aniceto Meneses Reyes, ocurrido a partir del 3 de agosto de 1974, el magistrado encausó al ex director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, junto a los ex agentes Miguel Krassnoff Martchentko, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata Reyes, Gerardo Godoy García y Maximiliano Ferrer Lima.
En cuanto al secuestro de Eduardo Zúñiga Zúñiga, ocurrido a partir del 23 de agosto de 1974, fueron procesados Contreras, Krassnoff, Moren Brito y Zapata.
Por el caso de Carlos Terán de la Jara, ocurrido a partir del 11 de diciembre de 1974, el ministro Solís encausó a Contreras, Krassnoff, Moren Brito , Zapata y Rolf Wenderoth Pozo.


Justicia francesa condena a cadena perpetua a ex miembros de la DINA en fallo simbólico

Fuente :El Mercurio 10 de Octubre 2011

Categoría : Prensa

Una delegación de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) notificará a las 11:00 horas de este jueves en el Penal Cordillera al director de la disuelta DINA, General (r) Manuel Contreras, y a sus subalternos Pedro Espinoza, Marcelo Moren Brito y Miguel Krassnoff, de la condenas que les impuso la justicia francesa por los crímenes de cuatro ciudadanos chileno-franceses.

El proceso en ausencia, ante la negativa de la justicia chilena de extraditar a los 13 chilenos y un argentino, culpables de secuestro, tortura y desapariciones en Chile de Jorge Klein, Etienne Pesle y Alfonso Chanfreau y Jean Yves Claudet, en Argentina entre 1973 y 1975, terminó con una actuación sin precedentes de los magistrados galos. En el Tribunal de París -presidido por el juez Hervé Stephan- Contreras y su lugarteniente Pedro Espinoza Bravo recibieron la pena máxima, y el resto de los encausados por los delitos de "secuestro acompañado de torturas y de actos de barbarie", extensas condenas de prisión. Pese a que los ex agentes de la disuelta DINA no cumplirán las sentencias, ya que casi todos ellos están encarcelados o con juicios pendientes en Chile, los familiares de las víctimas se manifestaron satisfechos por el fallo.

Los expedientes fueron investigados durante 12 años de instrucción, además de otros tres de juicios. Del resto de los acusados, tres recibieron penas de 30 años, seis de 25, uno de 20 y el restante, una condena de 15 años. La causa se inició en 1998, cuando el general Pinochet fue arrestado en Londres por una orden de captura internacional emitida por el magistrado español Baltasar Garzón.

Además de los casos de Contreras y Espinoza Bravo, las condenas más fuertes fueron para el general retirado Herman Julio Brady, a 30 años de cárcel, lo mismo que los coroneles en retiro Marcelo Luis Moren Brito y Miguel Krassnoff Martchenko. El coronel argentino José Osvaldo Riveiro fue condenado a 25 años de prisión, igual que el recientemente fallecido Enrique Arancibia Clavel, el general Raúl Iturriaga, el coronel Gerardo Godoy García, el general Luis Ramírez Pineda y el suboficial Basclay Zapata Reyes.

En un hecho poco común, el fiscal general de París, Francois Falletti, defendió la legitimidad de llevar a cabo este juicio en Francia, 37 años después de los hechos denunciados. "Es necesario recordarlo: este juicio es indispensable (…) y debe lanzar un mensaje claro" pues crímenes semejantes "deben dar lugar a demandas ante la justicia, en cualquier momento y lugar", afirmó Falletti.


La Operación Cóndor enfrenta un juicio clave en Roma  

Fuente :El Clarín 13 Octubre 2013

Categoría : Prensa

Han sido 15 años de investigación, pero este viernes 11 de octubre arrancaron las audiencias en Roma que deben determinar a quién se juzga de los 35 acusados de la desaparición de 23 italianos durante la Operación Cóndor, que coordinó la represión de las dictaduras del Cono Sur en los años 70 y 80.

La justicia es lenta. Eso lo sabe la muerte, que ya le ha evitado el paso por los tribunales a decenas de los torturadores y asesinos de uniforme que participaron en la tétrica Operación Cóndor, el plan urdido por la CIA (según documentos desclasificados de Estados Unidos), y que significó la acción conjunta contra sus opositores de las dictaduras cívico-militares de Chile, Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Bolivia, y esporádicamente actuaron con militares de Perú, Colombia, Venezuela y Ecuador.

En el marco de la Operación Cóndor fueron asesinadas unas 50.000 personas, unas 30.000 fueron desaparecidas y hasta 400.000 encarceladas y torturadas.

Ahora, la Fiscalía de Roma pide que se juzgue a 35 de las 140 personas investigadas durante los últimos 15 años por Giancarlo Capaldo, el fiscal que puso en marcha este proceso en 1998 por el asesinato de 23 ciudadanos italianos. Ahora, el juez Alessandro Arturi debe decidir a quién procesa de los imputados de Bolivia, Chile, Perú y Uruguay a los que juzgaría en ausencia y que sólo serían pedidos en extradición en caso de ser condenados y si existe convenio entre su país de origen e Italia.

De los 140 investigados iniciales, varios han muerto, como el ex presidente de Uruguay Juan María Bordaberry Arocena o el ex militar chileno Odlanier Rafael Mena Salinas, pero el hecho de que se investiguen y esclarezcan los asesinatos, desapariciones y torturas realizados durante la Operación Cóndor es un aporte al proceso de verdad, justicia y reparación exigido por las víctimas y sus familiares.
El juez aceptó el viernes que Italia, Uruguay y el Frente Amplio Uruguayo se personen como partes en el proceso y el Partido Democrático de Italia (PD) también ha anunciado que asistirá en el proceso y que, en caso de producirse finalmente el juicio, ayudará a las familias de las víctimas para que puedan asistir.

La lista de 23 desaparecidos que tenían nacionalidad italiana incluye a seis argentinos –dos secuestrados en Bolivia, dos en Brasil y dos en Paraguay–, cuatro ciudadanos chilenos secuestrados en el propio país, y 13 uruguayos desaparecidos en la Argentina.

Estos son los imputados por la fiscalía

Bolivia: general Luis Gómez Arce, jefe del Segundo Departamento de Inteligencia del Estado Mayor, entre 1979 y 1980, y el expresidente Luis García Meza Tejada.

Chile: Daniel Aguirre Mora, ex prefecto de la Policía; el general Sergio Víctor Arellano Stark (Caravana de la Muerte); el general Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda (DINA); el brigadier Pedro Octavio Espinoza Bravo; Carlos Luco Astroza; el coronel Marcelo Luis Moren Brito, el suboficial Orlando Moreno Vásquez, el coronel Hernán Jerónimo Ramírez, el coronel Rafael Francisco Ahumada Valderrama, el excomandante del regimiento Tacna Luis Joaquín Ramírez Pineda, y el brigadier Manuel Vásquez Chahuán.

Perú: el ex presidente Francisco Morales Bermúdez, Martín Martínez Garay, Germán Ruiz Figueroa, y Pedro Richter Prada.

Uruguay: los ex militares Gregorio Conrado Álvarez Armellino, José Ricardo Arab Fernández, Carlos Calcagno Gorlero, José Horacio Gavazzo Pereira, Juan Carlos Larcebeau Aguirre Garay, Pedro Antonio Mato Narbondo, Luis Alfredo Maurente Mata, Ricardo José Medina Blanco, Iván Paulós y Ernesto Avelino Ramas Pereira. Figuran también en la lista José Felipe Sande Lima, Jorge Alberto Silveira Quesada, Ernesto Soca, Gilberto Valentín Vázquez Bisio, el exabogado Juan Carlos Blanco y Ricardo Eliseo Chávez Dominguín.


Contreras, Krassnoff y otros ex miembros de la DINA otra vez condenados por secuestro y desaparición

Fuente :El Mostrador 22 de Abril 2014

Categoría : Prensa

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos, condenó a diez años y un día de cárcel sin beneficios a cuatro ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), según informó Radio Bío Bío.

Se trata de los militares retirados Manuel “Mamo” Contreras, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata Reyes y Miguel Krassnoff Martchenko, acusados del secuestro calificado y posterior desaparición de un militante del MIR durante la dictadura. Los cuatro ya han recibido condenas anteriores por violaciones a los derechos humanos y se encuentran cumpliendo condenas penitenciarias en el Penal Punta Peuco.

La víctima es Juan Ernesto Ibarra Toledo, quien al momento de su detención tenía 21 años y era estudiante de Servicio Social de la Universidad de Chile. Hasta el día de hoy se desconocen qué pasó con sus restos.


PROCESAN A MILITARES (R) POR HOMICIDIOS DEL MONTAJE DE RINCONADA DE MAIPÚ

Fuente :La Nación 6 de Junio 2014

Categoría : Prensa

El magistrado Leopoldo Llanos encausó a los ex agentes de la DINA Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchenko y Basclay Zapata Reyes, en calidad de autores de los homicidios de Pedro Cortés Jelves y Manuel Reyes Garrido y procesó también como encubridor al ex agente de la DINA Ricardo Lawrence Mires.

Según la investigación, Reyes Garrido y Cortés Jelves fueron víctimas de una operación de montaje realizada por la DINA para hacer aparecer como muertos en un enfrentamiento a un total de 6 personas vinculadas al MIR y al Partido Comunista, las que habían sido detenidas y torturadas en el centro de detención de Villa Grimaldi.

Según consta en el fallo, Manuel Lautaro Reyes Garrido, militante del MIR, y Pedro Blas Cortés Jelves, militante del Partido Comunista, fueron ejecutados el 19 de noviembre de 1975. Todo partió el 17 de noviembre de 1975, cuando se produjo un enfrentamiento en calle Biobío en el cual resultó muerto un militar y el militante del MIR Roberto Gallardo Moreno. Al día siguiente, el 18 de noviembre, fueron detenidos en sus domicilios todos los integrantes de la familia Gallardo y conducidos luego hasta el Cuartel de Investigaciones de calle General Mackenna donde fueron interrogados y torturados.

"En la madrugada del 19 de noviembre fueron liberados algunos de los miembros de la familia, a excepción de Alberto Recaredo Gallardo Pacheco, Catalina Ester Gallardo Moreno y Mónica del Carmen Pacheco Sánchez, quienes fueron puestos a disposición de la DINA y trasladados hasta el recinto de Villa Grimaldi", señala el fallo.

La resolución agrega: "La madrugada del 19 de noviembre, fue detenida Ester Torres junto a tres de sus hijos, Renato, Mauricio y Francisco Javier Ganga, por agentes de la DINA que buscaban a su hijo mayor Luis Andrés Ganga y fueron llevados a Villa Grimaldi; después de ser torturados e interrogados se obtuvo el dato del paradero de Luis Andrés, quien fue aprehendido momentos más tarde y conducido a ese recinto, donde fue torturado. Testigos que se encontraban detenidos en Villa Grimaldi declaran que esa fue la peor de todas las noches, describen un gran movimiento de autos, escucharon a los agentes pidiendo agua y aceite caliente y gritos de lamento de los torturados. Al otro día se observó en el patio, tirados en el suelo, varios cadáveres y en una pieza a dos mujeres, Catalina y Mónica, en muy malas condiciones físicas".

Ese mismo día, los cadáveres de Mónica Pacheco Sánchez, Catalina Gallardo Moreno, Alberto Gallardo Pacheco, Luis Andrés Gangas Torres, Pedro Blas Cortés Jeldres y Manuel Lautaro Reyes Garrido, "fueron trasladados desde Villa Grimaldi, por personal de la DINA al mando del capitán de Ejército Germán Barriga Muñoz y del capitán de Carabineros Ricardo Lawrence Mires, hasta el recinto denominado Rinconada de Maipú, con la finalidad de aparentar un enfrentamiento entre estos detenidos y personal de la DINA".

En la tarde del 19 de noviembre, un comunicado de prensa del Gobierno dio cuenta de "un enfrentamiento" en los cerros de la Rinconada de Maipú, en el que habrían muerto Alberto Recaredo Gallardo Pacheco, Catalina Ester Gallardo Moreno, Mónica del Carmen Pacheco Sánchez, Luis Andrés Ganga y otros dos hombres".
La falsa información fue abordada por los medios de la época quienes la comunicaron en sendas portadas y en noticieros de televisión como hechos reales. Los medios escritos de la época y los noticieros de TVN y Canal 13 daban cuenta de este montaje.

En el caso de la TV, la cobertura tuvo consecuencias a nivel gremial ya que el Tribunal Regional de Ética y Disciplina (TRED) del Consejo Metropolitano (Santiago) del Colegio de Periodistas, determinó en ese tiempo suspender por un año, con censura pública, a Julio López Blanco, Claudio Sánchez Venegas, Vicente Pérez Zurita y Manfredo Mayol Durán, quienes colaboraron con la dictadura desde sus cargos en Televisión Nacional (TVN), y Canal 13 (en ese tiempo, Corporación de Televisión de la Pontificia Universidad Católica).

MONTAJE HISTÓRICO

El comunicado emitido por los organismos oficiales señalaba textual: "(…) Hoy 19 de noviembre, a las 12:00 horas en los cerros de Rinconada de Maipú, se registró un violento enfrentamiento a tiros de más de treinta minutos de duración entre las fuerzas de la DINA e Investigaciones y el grupo de extremistas que se parapetó fuertemente armado en ese cerro. Resultando muertos 6 extremistas, huyendo uno de ellos. Al mismo tiempo fueron heridos dos funcionarios de los servicios de inteligencia y seguridad con diagnóstico, uno grave y el otro menos grave. Se ha podido arribar a las siguientes conclusiones, los extremistas muertos son Mónica Pacheco Sánchez alias Myriam, del MIR… casada con Roberto Gallardo Moreno alias Juan, del MIR, quien resultó muerto en el tiroteo registrado en la escuela N° 51 el lunes pasado. Catalina Gallardo Moreno del MIR…. Manuel Lautaro Reyes Garrido, perteneciente al MIR, Alberto Gallardo Pacheco perteneciente al MIR, Luis Andrés Gangas Torres alias Jaime o Lucho Cárcamo del MIR y Pedro Blas Cortés Jeldes del partido comunista, alias 'Marcos'".

"En realidad, se realizó un "montaje" para impedir su descubrimiento, destinado a ocultar los hechos, efectivamente, ocurridos, torturas y muertes de víctimas desvalidas y los efectos utilizados para la comisión de los mismos, existiendo, además, favorecimiento personal, por existir conocimiento de las circunstancias de los ilícitos, para lograr la impunidad de los autores de los mismos, miembros de la DINA", señala el documento judicial.


Corte suprema dicta sentencia definitiva por el secuestro calificado de Muriel Dockendorff

Fuente :PoderJudicial.cl 22 de Agosto 2014

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de la estudiante Muriel Dockendorff Navarrete, detenida desaparecida desde el 6 de agosto de 1974, una de las víctimas de los centros de detención clandestinos de Londres 38 y Cuatro Álamos.
 

En fallo dividido (causa rol 4911-2013), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Gloria Ana Chevesich; además del abogado integrante Jorge Lagos- confirmó la responsabilidad como autores del delito, de seis integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).
 

El máximo tribunal aplicó penas de 8 años de presidio efectivo a: Manuel Contreras Sepúlveda, Miguel Krassnoff Martchenko y Marcelo Moren Brito; y de 6 años de presidio efectivo a los ex agentes: Basclay Zapata Reyes, Gerardo Godoy García y Orlando Manzo Durán.
 

La sala, con los votos en contra de los ministros Brito y Chevesich, acogió el recurso de casación presentado por las defensas de los condenados y aplicó el principio de la media prescripción, disminuyendo las penas de 15 años y de 10 años y un día de presidio para los dos grupos de sentenciados, respectivamente. Penas que habían sido aplicadas por el ministro en visita Alejandro Solís y confirmadas por la Corte de Santiago.
 

De acuerdo a los antecedentes recopilados en el proceso: "(…) Muriel Dockendorff Navarrete fue detenida el 6 de agosto de 1974, en su domicilio ubicado en calle Marconi 280, Santiago, por los efectivos de la DINA Osvaldo Romo Mena y Basclay Zapata, "El Troglo". Muriel Dockendorff y su cónyuge, Juan Molina Manzor habían sido detenidos dos meses antes, el 6 de junio de 1974, por miembros del Servicio de Inteligencia de la FACH, ella fue dejada en libertad el 12 de julio del mismo año por falta de méritos y su marido continuó detenido hasta el 17 de junio de 1975, fecha en la que fue expulsado del país. Al ser nuevamente detenida por la DINA, Muriel Dockendorff fue conducida hasta el recinto ubicado en calle Londres N° 38, donde fue objeto de terribles torturas, las que le provocaron grave daño físico, según declararon varios testigos. Posteriormente, Muriel Dockendorff fue llevada a "Cuatro Álamos", junto a la testigo Erica Hennings y en ese lugar se pierde su rastro hasta la fecha, sin que la persona privada de libertad haya tomado contacto con sus familiares, realizado gestiones administrativas ante organismos del Estado, sin registrar entradas o salidas del país, sin que conste tampoco, su defunción".

El nombre de Muriel Dockendorff Navarrete es uno de los 119 que apareció en una de las listas de la denominada "Operación Colombo".
El aspecto civil, se rechazó la demanda en contra del fisco por incompetencia del tribunal.

 


Acusan a agentes de la DINA por el secuestro calificado de joven del MIR

Fuente :El Clarin 06 de enero de 2015

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago designado para causas por violaciones a los Derechos Humanos, Mario Carroza, dictó acusación por el delito de secuestro calificado de Luis Humberto Piñones Vega,  quién fue  detenido el 8 de enero de 1975,  en la ciudad de Santiago.

El ministro Carroza acusó a Fernando Lauriani Maturana, Gerardo Godoy García, Rolf Wenderoth Pozo, Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito y María Gabriela Órdenes Montecinos de ser coautores del delito de secuestro calificado del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario, MIR.

De acuerdo a los antecedentes de la investigación, se logró determinar los siguientes hechos:

a) "Luis Humberto Piñones Vega, de 21 años de edad,  se encontraba viviendo en la clandestinidad luego de haber sido allanado el domicilio de sus padres con ocasión de la publicación de su nombre en un periódico dónde se ponía en evidencia su militancia política y se catalogaba como prófugo. En estas circunstancias fue detenido el día 8 de enero de 1975 en un punto que debía efectuar con otro militante, en la vía pública en un sector próximo a la Universidad de Santiago, por agentes pertenecientes a la DINA, sin que existiera orden emanada de autoridad legítima y competente que la justificase,  quienes lo condujeron hasta el recinto clandestino de detención y torturas conocido como Villa Grimaldi o Cuartel Terranova, donde fue visto y reconocido por otros detenidos que lograron su libertad y entregaron su versión. Piñones Vega, continuó privado de libertad en dicho centro hasta el día 25 de enero de 1975, fecha en que se pierde su rastro, coincidentemente con la ausencia de otros detenidos, todos quienes fueron sacados en un vehículo, ignorándose desde entonces su paradero, así como la suerte que ha corrido tanto física como psíquicamente, sin que se haya tenido noticias de él, ni que se registre salida  o entrada al país, y sin que conste su defunción."

b) Que en Villa Grimaldi "operaban dos agrupaciones de la DINA, llamadas Purén y Caupolicán, cada una de ellas con objetivos de trabajo y represión perfectamente identificables."

c) "Encargada de las operaciones de la DINA en la región metropolitana estaba la Brigada de Inteligencia, BIM, a cargo de un alto oficial del ejército, y quién contaba con una plana mayor que lo asesoraba en labores de inteligencia. De este jefe dependían brigadas, entre las que se encuentran Caupolicán, cuyo objeto a la fecha de ocurrencia de estos hechos, apuntaba al combate y represión del Movimiento de Izquierda Revolucionario, al que pertenecía la víctima de esta investigación".

Con esta acusación, la causa se eleva al estado de plenario.


DDHH: procesan a militares (r) por ataque a la ex Universidad Técnica

Fuente :La Nación, 16 de enero de 2015

Categoría : Prensa

Ministro Carroza encausó a Donato Alejandro López Almarza y Marcelo Luis Manuel Moren Brito por los homicidios de Hugo Araya González y Marta Vallejo Buschmann, quienes perdieron la vida en el brutal sitio de la hoy Universidad de Santiago de Chile.

El 11 de septiembre de 1973, en las primeras horas del Golpe Militar, tropas del Batallón del Regimiento Yungay N° 3 de San Felipe y del Regimiento de Arica de La Serena, sitiaron la ex Universidad Técnica del Estado, actual Universidad de Santiago de Chile. Al día siguiente procedieron a atacar el frontis con armas de fuego y artillería y asaltaron la casa de estudios.

41 años después, el ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago para causas por violaciones a los derechos humanos, Mario Carroza, procesó a Donato Alejandro LópezAlmarza y Marcelo Luis Manuel Moren Brito.

El magistrado les imputó responsabilidad, por el homicidio calificado de Hugo Araya González (en la foto) y Marta Vallejo Buschmann, dos funcionarios de la universidad que se encontraban cercados en su interior juntos a otras 600 personas entre alumnos, profesores, directivos y trabajadores,incluyendo al popular cantautor Víctor Jara.

LOS HECHOS

De acuerdo a la resolución, el 11 de septiembre, en horas de la tarde, el mayor Donato López Almarza, comandante del Batallón del Regimiento Yungay N° 3 de San Felipe, con parte de su tropa, se constituye en la ex Universidad Técnica del Estado, con el objetivo de efectuar su desalojo.

Sin embargo, como se aproximaba la hora del toque de queda, toma la decisión de ejecutarlo al día siguiente, "replegando a sus hombres y rodeando el campus universitario, con la orden perentoria de evitar la fuga de las personas que se encontraban al interior del recinto y de dispararles si era necesario para evitarlo".

Al día siguiente, en horas de la mañana, llega hasta el lugar el mayor de Ejército y futuro miembro de la cúpula de la DINA, Marcelo Moren Brito, comandante de Batallón del Regimiento Arica de La Serena, "a prestar apoyo y cobertura con el personal de su unidad que se encontraba en Santiago".

Al mediodía, ambos comandantes "dan la orden de disparar al frontis de la casa de estudios, lo cual origina que dos personas que se encontraban en su interior resulten heridos a bala, Hugo Araya González y Marta Vallejo Buschmann, quienes a consecuencia de sus lesiones fallecen en el lugar".

La resolución añade que ambos fueron trasladados hasta las dependencias del Servicio Médico Legal, "registrándose en el informe de autopsia que Hugo Araya González fallece producto de una herida de bala tóraco-abdominal con salida de proyectil y Marta Vallejo Buschmann por herida de bala que en su trayecto torácico y cervical determina perforación de esófago, tráquea, vértice pulmonar izquierdo y destrucción del cuerpo de vértebra dorsal y médula espinal".


Condenan a 3 años de cárcel a Moren Brito y Laureani por secuestro en 1975

Fuente :La Nación, 23 de enero de 2015

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el delito de secuestro de Patricio Santana Boza, militante del MIR detenido en enero de 1975 en Viña del Mar, que permaneció recluido en el regimiento Maipo del Ejército y el cuartel Silva Palma de la Armada.

En fallo divido, la Segunda Sala del máximo tribunal del país -integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Carlo Künsemüller, Haroldo Brito, Andrea Muñoz y Carlos Cerda- condenó a los miembros en retiro del Ejército Marcelo Moren Brito y Fernando Lauriani Maturana (también ex miembros de la DINA) a cumplir penas de 3 años de presidio por su responsabilidad en el delito.

La sentencia del máximo tribunal -adoptada con el voto en contra del ministro Cerda- acogió el recurso de casación, determinando que Santana Boza permaneció privado de libertad ilegalmente en los recintos militares y no en la Cárcel Pública del Valparaíso, donde fue trasladado con posterioridad.

En el aspecto civil, la Sala Penal determinó que el fisco debe pagar $10.000.000 a la víctima por concepto de daño moral. Decisión que adoptó con el voto en contra de la ministra Muñoz, quien estuvo por acoger la figura de la prescripción de la acción civil planteada por el fisco.

 


Condenan a plana mayor de la DINA por caso de universitario del MIR

Fuente :La Nación, 29 de enero de 2015

Categoría : Prensa

Corte Suprema ratificó condena de 10 años y un día por el secuestro calificado y desaparición en 1974 de Juan Ibarra Toledo.

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de Juan Ibarra Toledo, ocurrido el 25 de julio de 1974, y ratificó así la condena de 10 años y un día de presidio contra los ex agentes de la DINA Manuel Contreras Sepúlveda, Marcel Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y Basclay Zapata Reyes.

Juan Ibarra Toledo, estudiante universitario, de 21 años de edad, y militante del MIR, fue detenido el 25 de julio por agentes de la DINA y trasladado hasta el centro de detención y tortura clandestino Londres 38, donde fue visto por última vez, sin que hasta la fecha se tenga conocimiento de su paradero.

La Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas y Carlos Cerda.

La resolución se adoptó con los votos en contra de los ministros Dolmestch y Cisternas, quienes estuvieron por aplicar el principio de la media prescripción.

 


Corte Suprema dicta sentencia definitiva contra agentes de la DINA por el secuestro calificado de mirista Ruth Escobar

Fuente :Clarin.cl, 01 de febrero de 2015

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de Ruth Escobar Salinas, detenida desaparecida desde el 30 de junio de 1974, proceso que investigó, en primera instancia, el ministro en visita Miguel Vázquez Plaza. En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmetsch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas- rechazó los recursos de casación presentados y mantuvo las condenas de 10 años de presidio que deberán cumplir los agentes de la DINA: Manuel Contreras Sepúlveda y Marcelo Moren Brito, por su responsabilidad en el delito.

La sentencia da por acreditada la siguiente secuencia de hechos:
"a) Que Ruth María Escobar Salinas era militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) desde al menos el año 1972 y, como consecuencia del golpe militar del 11 de septiembre de 1973, pasó a la clandestinidad, y por razones de seguridad vivió y pernoctó en diferentes viviendas donde era acogida por sus ocupantes, para refugiarse de los agentes de seguridad del Estado que andaban tras sus pasos.

b) Que el día 30 de junio de 1974 agentes operativos de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) sin que hubiera orden alguna, procedieron a la detención de la señora Ruth Salinas Escobar, la que fue trasladada al centro de detención clandestino de dicho organismo denominado Londres 38, donde se le mantuvo privada de su libertad, siendo sacada en varias oportunidades a la calle para reconocer militantes del MIR y lograr su captura, ignorándose desde entonces su paradero, así como la suerte que ha corrido en su salud física, síquica e integridad personal, desconociéndose hasta el día de hoy el lugar donde se encuentra".

Estos presupuestos fácticos fueron calificados por los jueces del fondo como constitutivos del delito de secuestro calificado, contemplado y sancionado en el artículo 141 incisos I y III del Código Penal en su redacción vigente a la época de comisión del hecho punible, calificándolo en la motivación cuarta de la sentencia de primer grado, como un delito de lesa humanidad por tratarse de la detención de una persona cuya motivación fue de orden político, perpetrado por agentes del Estado en una organización (DINA) que actuaba con una estructura y en forma específica para la persecución, desaparición y detención de los miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) y, en su caso, hacerlos desaparecer".

En el aspecto civil, el fallo ratificó el pago que debe hacer el fisco y los condenados de una indemnización por $100.000.000 (cien millones de pesos), por daño moral  a familiares de la víctima.

 


Miguel Angel Acuña Castillo: La desaparición del joven de 19 años en Londres 38

Fuente :Villa Grimaldi.cl, 03 de febrero de 2015

Categoría : Prensa

Fue detenido en julio de 1974 en la comuna de Macul. Numerosos testigos lo vieron en el centro de tortura y exterminio de Londres 38. Es una de las víctimas de la “Operación Colombo”. La Justicia condenó a 78 ex agentes de la DINA por este crimen contra la humanidad.
El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto, dictó sentencia de primera instancia por el secuestro y desaparición de Miguel Angel Acuña Castillo.
El magistrado estableció que el joven, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en las cercanías de su domicilio ubicado en pasaje Talca N° 2033 de la comuna de Macul, por agentes del Estado pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), entre ellos Osvaldo Romo Mena, alias el Guatón Romo.
Su hermana Rosa Acuña Castillo declaró que su padre trató de subirse a la parte trasera de la camioneta con toldo, en momentos en que se lo llevaban, pero fue golpeado en la boca por uno de los sujetos, cayendo al suelo.
Una semana después del secuestro, Romo fue nuevamente a su domicilio y le dijo que su hermano estaba en buenas condiciones junto a Héctor Garay Hermosilla, también desaparecido. Ambos integraron el Frente de Estudiantes Revolucionarios (FER), en el Liceo 7 de Ñuñoa.
El juez Crisosto determinó que los agentes de la DINA“lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado “Yucatán” o “Londres 38″.
Acuña Castillo pertenecía a la estructura de estudiantes secundarios del Grupo Político Militar 3 del MIR (GPM3), orgánica que agrupaba a los militantes de la zona oriente de la capital y que era dirigida por Agustín Reyes González, del cual se perdió para siempre su rastro en Londres 38.
Allí “permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA” y, la última vez que fue visto con vida, “ocurrió un día no determinado del mes de julio o agosto de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha”, señala el fallo de primera instancia.
Reían en Londres 38 junto a Héctor Garay Hermosilla
En el Cuartel “Yucatán” fue visto por Erika Hennings, detenida el 30 de julio de 1974. “Puedo decir que era muy joven, creo que le decían El Pampa, aseveró en el proceso. Escuchó que les pasaban lista diaria dos veces al día a los detenidos. El 31 de Julio de 1974, escuchó el nombre de Miguel Angel Acuña Castillo, quien contestaba presente. Luego no volvió a oir que lo llamaran. “Los sacaron de Londres 38 al igual que otros detenidos entre los que recuerda a María Inés Alvarado”, detenida desaparecida de 21 años.
Hugo Chacaltana Silva detenido el 4 de mayo de 1974, ex alumno del Liceo Manuel de Salas y miembro del Frente de Estudiantes Revolucionarios (FER), también lo vio en Londres 38. Relató que en la madrugada del 8 al 9 de Julio de 1974 llegaron Miguel Angel Acuña junto a Héctor Garay Hermosilla a quien decían Titín, los pudo ver por un hueco que se formaba entre la nariz y los pómulos de la venda.
Chacaltana señaló que conoció a Castillo en 1971, cuando ambos eran estudiantes secundarios. Ambos coincidieron en reuniones que se efectuaban en la época entre miembros del FER, consigna el dictamen judicial. Recuerda a “Miguel Ángel como un joven de gran capacidad de liderazgo y mucha resistencia física”.
Dejó de verlo el 11 de septiembre de 1973. Lo volvió a encontrar en Londres 38. Llegó junto a Héctor Garay a la misma habitación en que él permanecía acostado en el suelo. “En ese momento no me dirigí a Miguel Ángel”, por el contrario, se hizo el desentendido respecto de su presencia. “Al día siguiente cuando las colchonetas en que nos recostábamos los detenidos fueron retiradas y reemplazadas por sillas, yo me senté y, a uno de los costados observé que aún permanecían sentados. Le llamó la atención que ambos conversaban y se reían, lo que le hizo pensar que ignoraban la magnitud de lo que les esperaba. Miguel Ángel lo abordó en Londres-38 diciéndole “yo te conozco”.
Su madre supo en la peluquería que su hijo estuvo en Londres 38
León Gómez, detenido el 15 de julio de 1974 y trasladado a Londres 38 vio a Miguel Angel junto a Héctor Garay a quien conocía. Alguien le comentó que entre los detenidos estaba Pampino, lo que corroboró al escucharlo “con sus típicas tallas que le hacía a los guardias, como dando la impresión que lo que estaba sucediendo en el lugar no tenía ninguna importancia. Incluso Titín con Pampino sacaban de sus casillas a los guardias. Eran muy irreverentes”.
David Cuevas Sharon detenido el 04 de mayo de 1974 también testimonió haberlo visto. “El Pampino pese a que evidenciaba maltrato se veía con mucha presencia de ánimo, era muy fuerte físicamente”. Compartió con él a lo menos unos cinco días.
Cuando Cuevas salió en libertad Acuña Castillo quedó prisionero. Su abuela materna tenía una peluquería en Ñuñoa y una de sus clientas era la madre de Miguel Angel. En una conversación “se enteró del problema que tenía con un hijo desaparecido. Ante esto mi abuelita le hizo ir a la peluquería en donde conoció a la madre de Pampino y le contó lo que sabía de él, específicamente el lugar en que había estado preso con él”.
Respecto a los tormentos aplicados a los detenidos en Londres 38, entre ellos Miguel Angel, el ministro Crisosto incorporó declaraciones de Osvaldo Romo, quien manifestó que entre otras torturas, se les aplicaba a los detenidos “el submarino seco, que era taparle la respiración con una bolsa de plástico puesta en la cabeza, a los detenidos, se les ponían los ojos como “huevo frito”, les salía sangre por las narices y por los tímpanos. Después de los interrogatorios y apremios los detenidos quedaban extenuados”.
Otro ex agente, Samuel FuenzalidaDevia precisó al respecto que “el trato general a los prisioneros era mantenerlos con la vista cubierta, no se los dejaba asear, no había camas para que durmieran, la alimentación era escasa y eran sometidos a intensos interrogatorios en los cuales se les aplicaba electricidad, especialmente en los órganos genitales y senos. Otra forma de tortura consistía en mantener sentados a los detenidos en las sillas, atados de pies y manos , mientras se les aplicaba corriente con magnetos, aunque también se les aplicaba corriente eléctrica común, por lo cual se quemaba a esas personas, procedimiento en los cuales falleció mucha gente.”
Eugenio Fieldhouse Chávez sostiene que como funcionario de la Policía de Investigaciones a mediados de junio de 1974 fue destinado a ese organismo represor e indicó que los mismos agentes de la DINA que intervenían en la detención e interrogatorio de los detenidos, una vez obtenida la información que se buscaba, eran los encargados de hacerlos desaparecer”, previa orden de la superioridad de la DINA.
El nombre de Miguel Ángel Acuña Castillo, apareció entre los 119 chilenos de la Operación Colombo, en una lista difundida en la prensa nacional, luego que figurara en publicaciones que aparecieron por una sola vez en Brasil y Argentina, “en la que se daba cuenta que Miguel Ángel Acuña Castillo, había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas”.
Las condenas
“Las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Acuña Castillo tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior”, determinó el juez Crisosto, quien condenó a 78 ex agentes de la DINA por su desaparición.
El magistrado dictó sentencia de 13 años de presidio mayor en su grado medio a Manuel Contreras Sepúlveda; César Manríquez Bravo; Pedro Espinoza; Marcelo Luis Moren Brito; Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann.
Asimismo condenó a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo a Gerardo Ernesto Urrich González; Gerardo Ernesto Godoy García; Ricardo Víctor Lawrence Mires; Ciro Ernesto Torré Sáez; Sergio Hernán Castillo González; Manuel Andrés Carevic Cubillos; José Nelson FuentealbaSaldías; Basclay Humberto Zapata Reyes; José Enrique Fuentes Torres; José Mario Friz Esparza; Julio José Hoyos Zegarra; Nelson Alberto Paz Bustamante; Claudio Orlando Orellana de la Pinta; Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar; Gustavo GalvarinoCaruman Soto; Hiro Álvarez Vega; José Alfonso Ojeda Obando; Luis Salvador Villarroel Gutiérrez; Olegario Enrique González Moreno; Orlando Jesús Torrejón Gatica; Rudeslindo Urrutia Jorquera; Alfredo Orlando Moya Tejeda; Carlos Alfonso Sáez Sanhueza; Fernando Enrique Guerra Guajardo; Hernán Patricio Valenzuela Salas; Hugo Rubén Delgado Carrasco; Juan Alfredo Villanueva Alvear; Juan Evaristo Duarte Gallegos; Lautaro Eugenio Díaz Espinoza; Leónides Emiliano Méndez Moreno; Pedro Ariel Araneda Araneda; Rafael De Jesús Riveros Frost; Víctor Manuel Molina Astete; Manuel Rivas Díaz; Hugo del Tránsito Hernández Valle; Juan Ángel Urbina Cáceres; Risiere del Prado Altez España; HermonHelec Alfaro Mundaca y Raúl Juan Rodríguez Ponte.
Como cómplices del secuestro y desaparición del joven de 19 años sentenció a 4 años de presidio menor en su grado máximo a Luis Eduardo Mora Cerda; José Jaime Mora Diocares; Camilo Torres Negrier; Carlos Justo Bermúdez Méndez; Claudio Enrique Pacheco Fernández; Fernando Adrián Roa Montaña; Gerardo Meza Acuña; Héctor Raúl Valdebenito Araya; Jaime Humberto Paris Ramos; Jorge Laureano Sagardia Monje; José DorohiHormazabal Rodríguez; José Manuel Sarmiento Sotelo; José Stalin Muñoz Leal; Juvenal Alfonso Piña Garrido; Luis René Torres Méndez; Manuel Antonio Montre Méndez; Máximo Ramón Aliaga Soto; Moisés Paulino Campos Figueroa; Nelson Aquiles Ortiz Vignolo; Nelson Eduardo Iturriaga Cortes; Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo; Reinaldo Alfonso Concha Orellana; Sergio Hernán Castro Andrade; Víctor Manuel de la Cruz San Martin Jiménez; Gustavo Humberto Apablaza Meneses; Héctor Carlos Díaz Cabezas; Jorge Antonio Lepileo Barrios; Oscar Belarmino La Flor Flores; Rufino Espinoza Espinoza; Roberto Hernán Rodríguez Manquel; Víctor Manuel Álvarez Droguett; Héctor Manuel Lira Aravena y Sergio Iván Díaz Lara.
Respecto de Víctor Manuel De la Cruz San Martín Jiménez, por haber caído en demencia, se suspende el cumplimiento de la pena, debiendo en su oportunidad ser entregado bajo fianza de custodia a un familiar.


Moren Briton suma nueva condena por homicidio de trompetista en 1975

Fuente :La Nación, 06 de febrero de 2015

Categoría : Prensa

Mario Carroza determinó la responsabilidad del ex agente de la DINA en el asesinato de Isidro Arias Matam

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, condenó al ex agente de la DINA Marcelo Moren Brito a la pena de 10 años y un día de presidio por el homicidio calificado de Isidro Arias Matamala, ocurrido en el mes de abril de 1975 en la centro de detención clandestina de Villa Grimaldi.

El magistrado determinó la responsabilidad de Moren Brito en el homicidio del músico y trompetista de laOrquesta Filarmónica de Santiago, detenido el 2 de abril de 1975 y muerto el 5 o 6 de abril del mismo año.

El caso

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la investigación: “Isidro Segundo Arias Matamala, músico trompetista de la Orquesta Filarmónica de Chile y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, junto a integrantes de un grupo de la zona sur de Santiago, se encontraba realizando acciones de propaganda en la vía pública, cuando el día 2 de abril de 1975 y mientras pintaban consignas en un muro de la comuna de La Granja, fueron interceptados por un funcionario de la Policía de Investigaciones quien, al tratar de detenerlos, fue repelido por un disparo (…) Lo anterior motivo un vasto operativo de la Policía de Investigaciones y de los servicios de seguridad, que concluyó con la detención de un grupo de personas que fueron encausadas por un tribunal militar por su responsabilidad en los hechos”.

“Mientras se procuraba la detención de Isidro Arias Matamala, éste fue ubicado entre los días 3 y 5 de abril de 1975 en un domicilio de la comuna de Santiago, y con la finalidad de evitar su captura se provocó cortes en sus brazos y muñecas, quien de acuerdo a la versión entregada en el parte policial por personal de la Policía de Investigaciones de Chile que participó en el operativo, habría sido retirado con vida desde el interior del inmueble por funcionarios del servicio de inteligencia, quienes posteriormente comunicaron oficialmente que habría fallecido al interior de un calabozo producto de las heridas autoinferidas", agrega.

 


Suprema dicta sentencia por secuestro calificado de dos jóvenes durante la dictadura

Fuente :El Mostrador, 27 de febrero de 2015

Categoría : Prensa

La Segunda Sala de la Corte Suprema, en un fallo unánime, resolvió acoger un recurso de casación que condena al Fisco por daño moral a Magaly González Pérez, la hermana de una de las víctimas, quien recibirá una indemnización por 70 millones de pesos.

La Corte Suprema dictó sentencia por los secuestros calificados de José Flores Araya y Rodolfo González Pérez ocurridos en 1974, durante la dictadura de Pinochet.

Según informó radio BíoBío, la Segunda Sala de la Corte Suprema, en un fallo unánime, resolvió acoger un recurso de casación que condena al Fisco por daño moral a Magaly González Pérez, la hermana de una de las víctimas, quien recibirá una indemnización por 70 millones de pesos.

Así se ratificó la sentencia condenatoria a los ex integrantes de la DINA, César Manríquez Bravo, Marcelo Moren Brito, Gerardo Urrich González, Manuel Carevic Cubillos, Hernán Ramírez Hald y Haroldo Latorre Sánchez a penas de 10 años.

En el fallo se detalla que “la acción indemnizatoria deducida como de naturaleza meramente patrimonial, porque los hechos en que se la sustenta son ajenos a una relación contractual o extracontractual, sino configurativos de un delito de lesa humanidad, del cual emana, además de la acción penal, una civil reparatoria”.

 


"Operación Colombo": Dictan condena contra 77 agentes de la DINA por secuestro de estudiante

Fuente :t13.cl, 31 de Agosto 2015

Categoría : Prensa

Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Raúl Iturriaga Neumann, son algunos de los implicados.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto, condenó este lunes a 77 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el secuestro de Héctor Garay Hermosilla en 1974.

Garay Hermosilla, miembro del Frente de Estudiantes Revolucionarios (FER), tenía 19 años cuando el 8 de julio de 1974 fue detenido cerca de su hogar. Días más tarde, su nombre apareció en la prensa nacional en una falsa lista de 119 personas muertas por presuntas rencillas internas del MIR, en lo que se denominó como “Operación Colombo”. De acuerdo con lo recabado por el juez, “las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Garay Hermosilla tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuadas por agentes de la DINA en el exterior".

Según la reconstitución de los hechos realizada por el ministro en visita, los agentes de la DINA que capturaron a Garay “lo introdujeron en la parte posterior de una camioneta Chevrolet C-10 gris y lo trasladaron al domicilio de un amigo de la víctima, quien también fue obligado a entrar en la referida camioneta, para ser conducidos en dirección desconocida”.

“Posteriormente, se pudo establecer, a través de testimonios, el paso de Héctor Marcial Garay Hermosilla por el recinto clandestino de detención denominado "Londres 38", que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA”, continua explicando el fallo, donde se establece que a la fecha no hay más antecedentes del paradero de Garay.

Los condenados

En la resolución, el ministro de fuero condenó a penas de 13 años de presidio a: César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Marcelo Luis Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, como autores del ilícito perpetrado en 1974.

En tanto, deberán purgar 10 años de presidio, también en calidad de autores, los ex agentes: Gerardo Ernesto Urrich González, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, Sergio Hernán Castillo González, Manuel Andrés Carevic Cubillos, José Nelson Fuentealba Saldías, Basclay Humberto Zapata Reyes, José Enrique Fuentes Torres, José Mario Friz Esparza, Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Alberto Paz Bustamante, Claudio Orlando Orellana de la Pinta, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Gustavo Galvarino Caruman Soto, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Olegario Enrique González Moreno, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Hugo Rubén Delgado Carrasco, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Ariel Araneda Araneda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Víctor Manuel Molina Astete, Máximo Ramón Aliaga Soto, Manuel Rivas Díaz, Juan Ángel Urbina Cáceres, Risiere del Prado Altez España, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Hermon Helec Alfaro Mundaca y Hugo del Tránsito Hernández Valle.

Como cómplices del delito de secuestro calificado de Garay Hermosilla, el ministro de fuero condenó de penas de 4 años de presidio a: Luis Eduardo Mora Cerda, José Jaime Mora Diocares, Camilo Torres Negrier, Carlos Justo Bermúdez Méndez, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Fernando Adrián Roa Montaña, Gerardo Meza Acuña, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Jaime Humberto Paris Ramos, Jorge Laureano Sagardia Monje, José Dorohi Hormazábal Rodríguez, José Manuel Sarmiento Sotelo, José Stalin Muñoz Leal, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Luis René Torres Méndez, Manuel Antonio Montre Méndez; Moisés Paulino Campos Figueroa, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Nelson Eduardo Iturriaga Cortés, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Sergio Hernán Castro Andrade, Víctor Manuel de la Cruz San Martín Jiménez, Gustavo Humberto Apablaza Meneses, Héctor Carlos Díaz Cabezas, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Óscar Belarmino la Flor Flores; Rufino Espinoza Espinoza, Héctor Manuel Lira Aravena, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Sergio Iván Díaz Lara, Juan Miguel Troncoso Soto y Roberto Hernán Rodríguez Manquel.

Mientras tanto, fueron absueltos por falta de participación en los hechos: Rodolfo Valentino Cocha Rodríguez y Armando Segundo Cofre Correa.


Confirman condenas a dos exoficiales de Ejército por crimen de dirigente estudiantil de Universidad Técnica del Estado en Santiago

Fuente :resumen.cl, 11 de Mayo 2023

Categoría : Prensa

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en contra de la sentencia que condenó a dos ex oficiales de Ejército por el homicidio calificado del estudiante y presidente del Centro de Alumnos de Ingeniería en Ejecución de la Universidad Técnica del Estado (UTE), Gregorio Mimica Argote, cometido el 14 de septiembre de 1973 al interior de la casa de estudios que actualmente es la Universidad de Santiago de Chile (Usach).

En la sentencia (rol 125.434-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, el abogado (i) Diego Munita y la abogada (i) Carolina Coppo- ratificó la sentencia que condenó al ex brigadier de Ejército Fernando Guillermo Santiago Polanco Gallardo a la pena de 10 años y un día de presidio como autor del delito. En tanto, Fredy Alejandro Tornero Deramond deberá purgar una pena de 5 años de presidio por el mismo delito.

En la investigación judicial llevada a cabo por la ministra Marianela Cifuentes Alarcón quedó demostrado que el estudiante Gregorio Mimica Argote, de 22 años de edad, dirigente estudiantil en la UTE y militante de las Juventudes Comunistas, fue detenido el día 12 de septiembre de 1973 al interior de la Universidad Técnica del Estado, por militares procedentes del Regimiento "Arica" de La Serena, que actuaban bajo el mando del mayor Marcelo Luis Manuel Moren Brito (actualmente fallecido), siendo luego, trasladado al recinto de detención instalado en el Estadio Chile, lugar en que permaneció prisionero hasta el día 14 de septiembre de 1973, pues fue liberado en horas de la mañana.

Tras recuperar su libertad, se dirigió a su domicilio, ubicado en la comuna de San Miguel, pero fue nuevamente detenido, alrededor del mediodía, esta vez por militares del Regimiento "Coraceros" de Viña del Mar, quienes lo trasladaron a la Universidad Técnica del Estado y lo entregaron al mayor Marcelo Moren Brito, quien estaba a cargo del Batallón del Regimiento "Arica" de La Serena que aún se encontraba instalado en la referida universidad.

En horas de la tarde del día 14 de septiembre, en circunstancias que Gregorio Mimica Argote permanecía detenido en una sala de clases de la Escuela de Artes y Oficios de la UTE, atado de pies y manos, fue interrogado y sometido a tormentos por Marcelo Moren Brito, acompañado por los oficiales Fernando Guillermo Santiago Polanco Gallardo, Daniel Alfredo Verdugo Gómez (fallecido), Jaime Fernando del Villar Chaigneau (fallecido), Pedro Andrés Rodríguez Bustos (fallecido) y Fredy Alejandro Tornero Deramond.

En ese contexto de interrogatorio y torturas, Marcelo Morén Brito ordena ejecutar al joven Gregorio Mimica, cuestión que realizan en el acto los oficiales partícipes mediante múltiples impactos de bala. Cometido el crimen, el cuerpo del joven asesinado fue introducido a un horno en el laboratorio de metalurgia de la misma universidad, y sus restos hechos desaparecer.

Los restos óseos parcialmente carbonizados de Gregorio Mimica fueron encontrados en 1991, en la tumba N° 2.699 el Patio 29 del Cementerio General de Santiago. En la sentencia, la Segunda Sala descartó infracción en la calificación del delito como un crimen de lesa humanidad imprescriptible. Al respecto el fallo señala:

"Que atendida la naturaleza de los sucesos demostrados, es acertada la calificación jurídica efectuada por el sentenciador de primera instancia ratificada por el de segunda, esto es, que se trata de un crimen contra la humanidad, porque el injusto en estudio ocurrió en un contexto de violaciones a los derechos humanos graves, masivas y sistemáticas, verificadas por agentes del Estado, constituyendo las víctimas un instrumento dentro de una política a escala general de exclusión, hostigamiento o persecución de personas quienes en la época inmediata y posterior al once de septiembre de mil novecientos setenta y tres se le sindicó de pertenecer ideológicamente al régimen político depuesto o que por cualquier circunstancia fuera considerado sospechoso de oponerse o entorpecer la realización de la construcción social y política ideada por los detentadores del poder, garantizándoles la impunidad a los ejecutores de dicho programa mediante la no interferencia en sus métodos, tanto con el ocultamiento de la realidad ante la solicitud de los tribunales ordinarios de justicia de informes atingentes, como por la utilización del poder estatal para persuadir a la opinión pública local y extranjera que las denuncias formuladas al efecto eran falsas y respondían a una campaña tendiente a desprestigiar al gobierno autoritario. Así, personas que se sirven de medios e instrumentos estatales para perpetrar tan graves crímenes contra los derechos y libertades fundamentales del individuo, se envuelven en un manto de impunidad fraguado con recursos propios del Estado".

Y agrega: "Que los crímenes de lesa humanidad no sólo contravienen los bienes jurídicos comúnmente garantizados por las leyes penales, sino que al mismo tiempo suponen una negación de la personalidad del hombre, de suerte tal que para su configuración existe una íntima conexión entre los delitos de orden común y un valor agregado que se desprende de la inobservancia y menosprecio a la dignidad de la persona. En definitiva, constituyen un ultraje a la dignidad humana y representan una violación grave y manifiesta de los derechos y libertades proclamadas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, reafirmadas y desarrolladas en otros instrumentos internacionales pertinentes" concluye

por Darío Núñez