Lagos Yañez Luis Alberto

Rut: 7.257.527-K

Cargos:

Grado : Empleado Civil

Rama : Fuerza Aérea

Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)


Confesó el asesino de Víctor Díaz

Fuente :La Nación, 14 de Marzo 2007

Categoría : Prensa

El enorme suboficial (R) de Ejército lloró y dijo arrepentirse del crimen. Los dos infantes de Marina que hasta ahora aparecían como los autores materiales, participaron preparando el cuerpo para arrojarlo al mar.

Un ex agente de la Brigada Lautaro de la DINA que operó en el cuartel de Simón Bolívar 8630 en La Reina, confesó haber asesinado en enero de 1977 al secretario general del Partido Comunista en la clandestinidad, Víctor Díaz López.

Se trata de un suboficial (R) del Ejército, apodado “El Elefante” por su contextura física, que si bien se encuentra detenido, aún no ha sido procesado por el juez Víctor Montiglio que instruye el proceso conocido como Calle Conferencia.

Este nuevo antecedente se suma a la gran cantidad de información desconocida, obtenida en el marco de esta investigación de la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones y el juez Montiglio.

Hasta ahora aparecían los infantes de Marina Sergio Escalona Acuña y Bernardo Daza Navarro, procesados en la causa, como quienes habían cometido materialmente el crimen del dirigente comunista. Sin embargo, ahora se sabe que fue El Elefante el que puso una bolsa plástica en la cabeza de Díaz para asfixiarlo, mientras la teniente de Ejército Gladys Calderón Carreño le inyectó cianuro para acelerar su muerte.

Los dos infantes de Marina, hoy suboficiales retirados, estaban presentes y prepararon el cuerpo para ser lanzado al mar desde un helicóptero Puma del Comando de Aviación del Ejército.

En la investigación algunos ex agentes también confesaron que en el cuartel de Simón Bolívar se “experimentó” con los rostros de algunos prisioneros, desfigurándolos. Además de practicarles otras formas de tormentos “comparables sólo a los de los nazis en los campos de concentración”, de acuerdo a una fuente vinculada a la indagatoria.

Nuevos procesados

El ministro Víctor Montiglio continúa procesando a más ex agentes de la Brigada Lautaro, todos hasta ahora absolutamente desconocidos. Los tres nuevos declarados reos en las últimas horas, que se suman a los anteriores 44 encausados, son los ex agentes María Angélica Guerrero Soto, suboficial (R) del Ejército; Sergio Castro Andrade, suboficial (R) de Carabineros; y Luis Lagos Yáñez, entonces empleado civil adscrito a la Fuerza Aérea.

De acuerdo a fuentes estrechamente ligadas al proceso, “El Elefante” habría llegado incluso a las lágrimas, manifestándose “arrepentido” por el crimen cometido, argumentando que “si no cumplía las órdenes”, sería él quien sufriría el mismo destino de los prisioneros.

Los antecedentes de esta investigación judicial indican que tanto la Brigada Lautaro, que ahora se sabe que fue al final la más numerosa y bestial de la DINA, como el cuartel de calle Simón Bolívar operaron como entes de exterminio de militantes y dirigentes del Partido Comunista que trabajaron después del golpe militar de 1973 en forma encubierta. Principalmente sus dos direcciones clandestinas de 1976, secuestradas y hechas desaparecer.

La Brigada Lautaro fue dirigida por el entonces mayor de Ejército Juan Morales Salgado, pero fue una agrupación sobre la cual, tanto Manuel Contreras como Augusto Pinochet, mantuvieron un control directo


Acusados 51 ex DINA por embarazada desaparecida Reinalda Pereira

Fuente :lanacion.cl, 13 de Junio 2014

Categoría : Prensa

El emblemático caso de la Tecnólogo Médico y dirigente del Hospital Sótero del Río avanza con la presentación de los cargos por secuestro calificado de los miembros del Cuartel Simón Bolivar. Incluye al “Mamo” y Pedro Espinoza.

La plana completa de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y los que estaban a cargo del cuartel y centro de detención clandestino Simón Bolívar fueron acusados este viernes por el juez Miguel Velásquez por la desaparición de Reinalda del Carmen Pereira Plaza, en 1976.

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago imputó por el delito de secuestro calificado a un total de 51 ex agentes de la primera policía secreta de Augusto Pinochet por el delito que afectó a la mujer detenida cuando esperaba micro en Ñuñoa.

El caso de Reinalda del Carmen, militante del Partido Comunista, es uno de los más emblemáticos de los primeros años de la dictadura por ser una de varias embarazadas que se encuentran en la lista de detenidos desaparecidos en el triste historial del régimen militar.

La mujer, que tenía 29 años al momento de su desaparición, estaba casada y esperaba su primer hijo (tenía 5 meses de gestación). Se desempeñaba como Tecnólogo Médico en el Hospital Doctor Sótero del Río donde también ejerció como Delegada de Personal, fue Secretaria de la Federación de Profesionales y Técnicos de la Salud y fue dirigente de la Asociación de Tecnólogos Médicos.

EL SECUESTRO PERMAMENTE: "NO SE LE VOLVIÓ A VER CON VIDA"
En la resolución, el magistrado estableció que "se encuentra legalmente acreditado que, pasadas las 16:00 horas del día 15 de diciembre de 1976, en las calles Exequiel Fernández con Rodrigo de Araya, comuna de Ñuñoa, Reinalda del Carmen Pereira Plaza, 29 años de edad, tecnóloga médica y militante comunista, quien se encontraba embarazada, fue detenida por agentes de la DINA".
Agrega que estos "se movilizaban en dos automóviles, siendo ingresada a la fuerza a uno de ellos y trasladada a un cuartel secreto ubicado en calle Simón Bolívar 8.800, donde fue interrogada bajo apremios ilegítimos y luego hecha desaparecer, sin que hasta la fecha se tenga noticias de su paradero.

Establece finalmente que los hechos descritos "configuran la existencia del delito de secuestro calificado de Reinalda del Carmen Pereira Plaza, previsto y sancionado en el inciso 3 del artículo 141 del Código Penal de la época, toda vez que del encierro de la víctima resultó un grave daño en su persona, puesto que no se le volvió a ver con vida".
EL CASO ES EL TEMA DEL DOCUMENTAL "REINALDA DEL CARMEN, MI MAMÁ Y YO"

LA NÓMINA DE ACUSADOS POR SU SECUESTRO ES LA SIGUIENTE:
1- Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda.
2- Pedro Octavio Espinoza Bravo.
3- Juan Hernán Morales Salgado.
4- Ricardo Víctor Lawrence Mires.
5- Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda.
6- Hernán Luis Sovino Maturana.
7- Gladys de las Mercedes Calderón Carreño.
8- Juvenal Alfonso Piña Garrido.
9- José Alfonso Ojeda Obando.
10- Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo.
11- Jorge Laureano Sagardía Monje.
12- Héctor Raúl Valdebenito Araya.
13- Bernardo del Rosario Daza Navarro.
14- Sergio Orlando Escalona Acuña.
15- Jorge Lientur Manríquez Manterola.
16- José Miguel Meza Serrano.
17- Luis Alberto Lagos Yáñez.
18- María Angélica Guerrero Soto.
19- Jorge Iván Díaz Radulovich.
20- Guillermo Jesús Ferrán Martínez.
21- Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo.
22- Orfa Yolanda Saavedra Vásquez.
23- Elisa del Carmen Magna Astudillo.
24- Claudio Orlando Orellana de la Pinta.
25- Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme.
26- Heriberto del Carmen Acevedo.
27- Claudio Enrique Pacheco Fernández.
28- Emilio Hernán Troncoso Vivallos.
29- Sergio Hernán Castro Andrade.
30- Teresa del Carmen Navarro Navarro.
31- Juan Edmundo Suazo Saldaña.
32- Orlando Jesús Torrejón Gatica.
33- José Manuel Sarmiento Sotelo.
34- Carlos Enrique Miranda Mesa.
35- Víctor Manuel Álvarez Droguett.
36- Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza.
37- Gustavo Enrique Guerrero Aguilera.
38- Manuel Antonio Montre Méndez.
39- Guillermo Eduardo Díaz Ramírez.
40- Hiro Álvarez Vega.
41- Celinda Angélica Aspe Rojas.
42- Jorge Hugo Arriagada Mora.
43- Berta Yolanda del Carmen Jiménez Escobar.
44- Justo Bermúdez Méndez.
45- Eduardo Patricio Cabezas Mardones.
46- Carlos Eusebio López Inostroza.
47- Italia Donata Vaccarella Gilio.
48- Camilo Torres Negrier.
49- Joyce Ana Ahumada Despouy.
50- Marilín Melahani Silva Vergara
51- José Domingo Seco Alarcón.


Condenan a 36 ex agentes DINA por crímenes de dirigentes comunistas

Fuente :resumen.cl, 28 de Mayo 2020

Categoría : Prensa

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 36 ex agentes de la Dirección de Inteligencia nacional – DINA – por el asesinato de 6 dirigentes comunistas ejecutados en diciembre de 1976 por la Brigada Lautaro de la Dina en el centro de exterminio denominado Cuartel Simón Bolívar, en la capital.

En la causa rotulada como "Conferencia dos" (causa rol 829-2017), mediante fallo unánime la Quinta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Omar Astudillo, Mireya López y Jenny Book- condenó a los ex oficiales de ejército y jerarcas de la DINA Pedro Octavio Espinoza Bravo y Juan Hernán Morales Salgado a 20 años de presidio como autores de los homicidios calificados de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo.

Además, deberán purgar 12 años de presidio, como autores de los secuestros calificados de Fernando Navarro Allendes, Héctor Véliz Ramírez y Waldo Ulises Pizarro Molina; y 3 años de presidio por el secuestro simple de Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Berríos Cataldo.

En primera instancia, en fallo dictado en diciembre de 2016, el Ministro Miguel Vásquez Plaza había condenado a estos criminales y a Ricardo Víctor Lawrence Mires, a penas de presidio perpetuo, más 15 años y un día, más 4 años, respectivamente. Lawrence Mires todavía estaba en condición de prófugo cuando se vio la causa en la Corte; aunque fue capturado recientemente, el fallo no consigna el cambio en la situación procesal del condenado.

En tanto, los agentes Juvenal Alfonso Piña Garrido, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Jorge Iván Díaz Radulovich, Heriberto del Carmen Acevedo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Emilio Hernán Troncoso Vivallos, Orlando Jesús Torrejón Gatica y Carlos Eusebio López Inostroza, fueron condenados a 15 años y un día de presidio, como coautores de los homicidios de Ortiz Letelier, Cepeda Marinkovic y Berríos Cataldo.

En el caso de los agentes José Alfonso Ojeda Obando, Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda, Gladys de las Mercedes Calderón Carreño, Jorge Laureano Sagardía Monje, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Sergio Orlando Escalona Acuña, Jorge Lientur Manríquez Manterola, José Miguel Meza Serrano, Luis Alberto Lagos Yáñez, Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo, Orfa Yolanda Saavedra Vásquez, Elisa del Carmen Magna Astudillo, Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme, Sergio Hernán Castro Andrade, José Manuel Sarmiento Sotelo, Gustavo Enrique Guerrero Aguilera, Jorge Hugo Arriagada Mora, Berta Yolanda Jiménez Escobar, Carlos Justo Bermúdez Méndez, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, Carlos Enrique Miranda Mesa, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, Teresa del Carmen Navarro Navarro, Celinda Angélica Aspé Rojas y Camilo Torres Negrier fueron condenados a penas de 10 años y un día de presidio, por los secuestros calificados de Fernando Navarro Allendes y Héctor Véliz Ramírez; mas 541 días de presidio por el secuestro simple de Ortiz Letelier, Cepeda Marinkovic y Berríos Cataldo.

Finalmente, María Angélica Guerrero Soto fue condenada a 61 días de presidio por el delito de secuestro simple de Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Berríos Cataldo.

La Brigada Lautaro de la DINA y el cuartel Simón Bolívar

El Cuartel Simón Bolívar fue un recinto secreto de detención y tortura de la DINA instalado en una casona de calle Simón Bolívar N° 8800 de la comuna de La Reina, en Santiago. En este lugar operaba la Brigada Lautaro dirigida por el oficial de ejército Juan Hernán Morales Salgado, dependiente de Manuel Contreras y Pedro Espinoza Bravo.

La mencionada brigada cumplía funciones operativas y se especializó en el exterminio de los prisioneros que caían en sus manos y eran llevados al ese cuartel secreto. Asimismo, en el segundo semestre del año 1976, llegaron a dicho recinto las agrupaciones de agentes operativos de la DINA, a cargo de los oficiales Germán Barriga Muñoz y Ricardo Víctor Lawrence Mires, los que se preocupaban fundamentalmente de reprimir a los miembros del partido comunista, en especial su cúpula directiva; con ese fin habilitaron dependencias para la instalación de oficinas, calabozos de encierro, celdas para interrogatorios y torturas, utilizando apremios con diversos métodos contra los detenidos. Los prisioneros luego de prolongadas sesiones de tortura eran eliminados con diversos métodos, que en algunos casos incluían el uso de pentotal y degollamientos. Finalmente los cuerpos de los asesinados eran hechos desaparecer por los ejecutores. De este recinto de exterminio no hubo prisioneros sobrevivientes, razón por la cual la existencia de este lugar solo pudo conocerse por los tribunales el año 2007 a través de la confesión de uno de los integrantes de la brigada.


La Brigada Lautaro

Fuente :elsiglo.cl, 2002

Categoría : Prensa

La brigada Lautaro de la DINA era la unidad de exterminio montada por Manuel Contreras y dirigida por el Mayor de ejercito Juan Morales Salgado.

Esta brigada operaba desde el desconocido cuartel de Calle Simón Bolívar 8630.

Las acciones hasta ahora conocidas de este grupo de agentes DINA seria la captura de la dirección del partido comunista en 1976.

La brigada funcionaba con un contingente de mas de 70 miembros, de los cuales sus miembros operativos ejecutaban la recopilación de información, detenciones, interrogatorios/tortura, ejecución y desaparecimiento de cuerpos de los detenidos.

Para estos efectos constaban con acceso a una gran infraestructura, que aparte del cuartel en si, tenían un variado numero de vehículos a su disposición, además del acceso a los helicópteros Puma, del Comando de Aviación del Ejército (CAE) que operaba desde Peldehue.

Los miembros de la Brigada lautaro provenían de las cuatro ramas de las FFAA, además de contar con algunos agentes civiles adscritos a las diversas ramas, su conformación era mayoritariamente de sub oficiales, El hecho de que en esta brigada existían a lo menos siete agentes provenientes de la Armada, deja de claro que la institución miente cuando declaro que la Armada retiró a todo su personal de la DINA en 1975.

Otra de las características de la brigada Lautaro, es que contaba con un gran numero de mujeres, las que como se ha ido descubriendo, se caracterizaban por su frialdad y crueldad ante los crímenes. Varias de ellas, por sus conocimientos de medicina y enfermería, cooperaban en los experimentos que se ejecutaban en el laboratorio químico de la casa de Michael Townley, en Lo Curro. Townley asistía constantemente al cuartel de Calle Simón Bolívar para experimentar en los detenidos con el gas que fabricaba el químico Eugenio Berrios.

 La información que se ha logrado rescatar hasta agosto 2007, aparece después de la investigación del caso “calle conferencia” llevada a cabo por el Juez Víctor Montiglio quien ha logrado establecer la suerte corrida por un numero de detenidos de la dirección del partido comunista, entre ellos el secretario general del PC en la clandestinidad, Víctor Manuel Díaz López, además de Bernardo Araya Zuleta, María Olga Flores Barraza, Mario Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortés, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa Escobar Cepeda, Lenín Adán Díaz Silva, Eliana Espinoza Fernández y Marta Lidia Ugarte Román. 

Hasta hoy se ha establecido que Víctor Manuel Díaz López fue detenido la madrugada del 12 de mayo de 1976 en la casa ubicada en calle Bello Horizonte Nº 979, de la Comuna de Las Condes, días después de la detención de varios dirigentes del PC detenidos en el operativo conocido como la “Ratonera” en Calle Conferencia No1587.

Víctor Díaz fue llevado al centro de torturas de Villa Grimaldi, y posteriormente trasladado a “Casa de Piedra”, otro centro de torturas de la DINA ubicado en el Cajón del Maipo, lugar donde es sabido que Augusto Pinochet habría visitado a Víctor Díaz y a otros dirigentes PC ahí detenidos.

A principios de 1977 Manuel Contreras le da la orden a Juan Morales Salgado, de eliminar a Víctor Díaz, y en cumplimiento de esa orden, los agentes Sergio Escalona Acuña  y Bernardo Daza Navarro sacan a Díaz de un celda y le amarraron una bolsa plástica en la cabeza asfixiándolo, mientras la teniente (enfermera) de ejército Gladys de las Mercedes Calderón Carreño le inyectó cianuro. Posteriormente procedieron a introducir el cuerpo en bolsas plásticas, atarlo y adosarle un trozo de riel e introducirlo en sacos papero para luego atarlo con alambre y asegurarse que no se abran las amarras.

El cuerpo fue trasladado en vehículos hasta el regimiento del Ejercito en Peldehue, donde tenían otros ejecutados traídos desde Villa Grimaldi y atados de la misma forma que Víctor Díaz. Cargaron los cuerpos en el helicóptero Puma del Comando de Aviación del Ejercito y partieron con rumbo a la costa de la Quinta Región para lanzar los cuerpos al mar.

Este modo de operar de los agentes de la brigada Lautaro demuestra la brutalidad y deshumanización de todos sus miembros.

A continuación la lista de algunos de los agentes de la Brigada Lautaro.

1 Acevedo Acevedo, Heriberto del Carmen Carabineros Suboficial 2 Ahumada Despouy, Joyce Ana Ejército Suboficial 3 Altamirano Sanhueza, Orlando del Tránsito Armada Suboficial 4 Alvarez Droguett, Victor Manuel Ejército Suboficial 5 Alvarez Vega, Hiro Ejército Suboficial 6 Arriagada Mora, Jorge Hugo FACH Empleado civil 7 Aspe Rojas, Celinda Angélica Armada Suboficial 8 Benavides Escobar, César Raúl Ejército General 9 Bermúdez Méndez, Carlos Justo Ejército Suboficial 10 Bitterlich Jaramillo, Pedro Segundo Ejército Suboficial 11 Cabezas Mardones, Eduardo Patricio FACH Suboficial 12 Calderón Carreño, Gladys de las Mercedes Ejército Oficial y enfermera 13 Castro Andrade, Sergio Hernán Carabineros Suboficial 14 Chaigneau Sepúlveda, Federico Humberto Ejército Teniente Coronel 15 Daza Navarro, Bernardo del Rosario Armada Suboficial 16 Díaz Radulovich, Jorge Iván FACH Suboficial 17 Díaz Ramírez, Guillermo Eduardo FACH Suboficial 18 Escalona Acuña, Sergio Orlando Armada Suboficial 19 Escobar Fuentes, Jorge Marcelo Ejército Brigadier 20 Ferrán Martínez, Guillermo Jesús Ejército Suboficial 21 Garea Guzmán, Eduardo Ejército Empleado civil 22 Guerrero Aguilera, Gustavo Enrique Carabineros Suboficial 23 Guerrero Soto, María Angélica Ejército Suboficial 24 Gutiérrez Valdés, Pedro Antonio Ejército Suboficial 25 Jaime Astorga, Rufino Eduardo Carabineros Suboficial 26 Jímenez Escobar, Berta Yolanda Armada Suboficial 27 Krassnoff Martchenko, Miguel Ejército Brigadier 28 Lagos Yañez, Luis Alberto FACH Empleado civil 29 Lawrence Mires, Ricardo Víctor Carabineros Teniente Coronel 30 López Tapia, Carlos José Ejército Coronel 31 Magna Astudillo, Elisa del Carmen Ejército Oficial 32 Manríquez Manterola, Jorge Lientur Armada Suboficial 33 Marcos Muñoz, Carlos Segundo Civil adscrito al Ejército 34 Meza Serrano, José Miguel Armada Suboficial 35 Montre Méndez, Manuel Antonio Carabineros Suboficial 36 Morales Salgado, Juan Hernán Ejército Coronel 37 Navarro Navarro, Teresa del Carmen Armada Suboficial 38 Obreque Henríquez, Manuel Jesús Ejército Suboficial 39 Ojeda Obando, José Alfonso Carabineros Suboficial 40 Orellana de la Pinta, Claudio Orlando Carabineros Suboficial 41 Oyarce Riquelme, Eduardo Alejandro Ejército Suboficial 42 Pacheco Fernández, Claudio Enrique Carabineros Suboficial 43 Pichunmán Curiqueo, Jorge Segundo Carabineros Suboficial 44 Piña Garrido, Juvenal Alfonso Ejército Suboficial 45 Reyes Lagos, Eduardo Antonio Ejército Suboficial 46 Rinaldi Suárez, Carlos Ramón Ejército Suboficial 47 Rivas González, Adriana Elcira Armada Suboficial 48 Riveros Valderrama, René Miguel Ejército Oficial 49 Saavedra Vásquez, Orfa Yolanda Ejército Suboficial 50 Sagardía Monje, Jorge Laureano Carabineros Suboficial 51 Sarmiento Sotelo, José Manuel Carabineros Suboficial 52 Silva Vergara, Marilin Melahani Carabineros Suboficial 53 Sovino Maturana, Hernán Luis Ejército Capitán 54 Torrejón Gatica, Orlando Jesús Ejército Suboficial 55 Troncoso Vivallos, Emilio Hernán Carabineros Suboficial 56 Urrutia Acuña, Luis Arturo Carabineros Suboficial 57 Vacarella Gilio, Italia Donata Carabineros Suboficial 58 Valdebenito Araya, Héctor Manuel Carabineros Suboficial 59 Vilches Muñoz, Ana del Carmen FACH Empleada civil


Condenan a 35 agentes de la dictadura de Pinochet por la desaparición de una mujer embarazada

Fuente :eldesconcierto.cl, 19 de Octubre 2017

Categoría : Prensa

El ministro en visita Miguel Vázquez Plaza confirmó ayer por la mañana la condena a 35 ex miembros de la Dirección Nacional de Inteligencia Nacional (DINA) por el secuestro calificado de Reinalda Pereira Plaza en diciembre de 1976. La mujer, al momento de la detención, tenía 5 meses de embarazo.

Los agentes Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Hernán Morales Salgado y Ricardo Víctor Lawrence Mires fueron condenados a 10 años como autores del delito.

En tanto, Gladys de las Mercedes Calderón Carreño, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Sergio Orlando Escalona Acuña, Jorge Lientur Manríquez Manterola, María Angélica Guerrero Soto, Orfa Yolanda Saavedra Vásquez, Elisa del Carmen Magna Astudillo, Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme, Heriberto del Carmen Acevedo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Emilio Hernán Troncoso Vivallos, Teresa del Carmen Navarro Navarro, José Manuel Sarmiento Sotelo, Gustavo Enrique Guerrero Aguilera, Manuel Antonio Montre Méndez y Jorge Hugo Arriagada Mora deberán pagar 7 años de presidio.

Hernán Luis Sovino Maturana, José Alfonso Ojeda Obando, José Miguel Meza Serrano, Luis Alberto Lagos Yáñez, Jorge Iván Díaz Radulovich, Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo, Sergio Hernán Castro Andrade, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Orlando del Transito Altamirano Sanhueza, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, Berta Yolanda del Carmen Jiménez Escobar, Carlos Eusebio López Inostroza y Joyce Ana Ahumada Despouy deberán pagar 4 años como cómplices de la desaparición.

La detención de una mujer embarazada

Reinalda Pereira tenía 29 años y cinco meses de embarazo cuando fue secuestrada. Militante comunista y tecnóloga médica, pasó a enrostrar la larga lista de detenidos desparecidos en la dictadura de Pinochet.

 

Era hija única de una campesina nacida en Lonquén, quien viajó a Santiago para ser empleada doméstica.

En 1973 fue expulsada por razones políticas del Hospital Sótero del Río, donde trabajaba como tecnóloga médica. Estuvo detenida en el Regimiento Ferrocarriles del Ejército y su marido Maximiliano Santelices -también militante comunista- estuvo en el Estadio Nacional.

Pese a su embarazo de cinco meses, es detenida en la esquina de Exequiel Fernández con Rodrigo de Araya por dos hombres que la suben a la fuerza a un auto. El mismo día fueron detenidos otros militantes del PC e integrantes de la dirección clandestina del partido.

En diciembre de 1976, el ministerio del Interior diría que Reinalda se fue a Argentina, cruzando “a pie” por el paso Los Libertadores. Pasarían años hasta que se comprobara que esto era falso.

La investigación que se abrió en el Tercer Juzgado del Crimen de Santiago se prolongó por más de 13 años.

Fue una querella de Gladys Marín, del año 1998, lo que reabrió el caso de Reinalda y “los 13” militantes PC desaparecidos.

En febrero de 2007 fallece producto de un cáncer Maximiliano Santelices, sin saber qué pasó con su esposa ni si su hijo llegó a nacer o no.

Sería Jorgelino Vergara Bravo, “el mocito”, quien entregó detalles a la justicia de las torturas que se le hicieron a Reinalda Pereira por parte de la DINA.

Ayer, se confirmó la condena contra quienes desaparecieron a Reinalda y su hijo.


Condena a agentes de la DINA por secuestro de dirigentes y homicidio de secretario general del partido comunista

Fuente :cronicadigital.cl, 4 de Diciembre 2018

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, condenó a 53 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos consumados de ocho secuestros calificados y un homicidio calificado de dirigentes del Partido Comunista, detenidos en marco del denominado caso «Calle Conferencia 1».

En el fallo (causa rol 2.182-1998), el ministro de fuero dictó sentencia en contra de los exagentes de Estado por su responsabilidad, como autores o cómplices, en el delito de secuestro calificado de Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda, Lenin Adán Díaz Silva, Eliana Marina Espinoza Fernández y Víctor Manuel Díaz López; y el homicidio de Díaz López. Ilícitos perpetrados en 1976, en la Región Metropolitana.

En la resolución, el ministro condenó a:
-Carlos José Leonardo López Tapia y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, como autores de los delitos de secuestro calificado de: Mario Jaime Zamorano Donoso y Onofre Jorge Muñoz Poutays, perpetrados a partir del 4 de mayo de 1976; de Uldarico Donaire Cortez y Jaime Patricio Donato Avendaño, cometidos a partir del 5 de mayo de 1976; de Elisa del Carmen Escobar Cepeda, perpetrado a partir del 6 de mayo de 1976; de Lenin Adán Díaz Silva, cometido a partir del 9 de mayo de 1976; de Eliana Marina Espinoza Fernández, perpetrado a partir del 12 de mayo de 1976, y de Víctor Manuel Díaz López, perpetrado a partir del 12 de mayo de 1976.

-Ricardo Víctor Lawrence Mires deberá purgar 20 años de presidio, como autor de los ocho delitos de secuestro calificado; y 15 años de presidio, como coautor del homicidio calificado de Víctor Díaz López, perpetrado un día no determinado de la primera quincena de enero de 1977.

-Heriberto del Carmen Acevedo, Emilio Hernán Troncoso Vivallos, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Jorge Iván Díaz Radulovich, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, Eduardo Patricio Cabezas Mardones, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Carlos Enrique Miranda Mesa, Carlos Eusebio López Inostroza y Lionel de la Cruz Medrano Rivas, deberán purgar 13 años de presidio, en calidad de coautores de los delitos de secuestro calificado de Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda y Víctor Manuel Díaz López; y como cómplices del delito de secuestro calificado de Lenin Adán Díaz Silva y Eliana Marina Espinoza Fernández.

-Juvenal Alfonso Piña Garrido deberá cumplir la pena de 13 años de presidio, como coautor de los delitos de secuestro calificado de Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda y Víctor Manuel Díaz López; y como cómplice del delito de secuestro calificado de Lenin Adán Díaz Silva y Eliana Marina Espinoza Fernández; además de 12 años de presidio, como coautor del homicidio calificado de Víctor Díaz López.

-José Alfonso Ojeda Obando fue condenado a la pena de 11 años de presidio, como coautor de los delitos de secuestro calificado de Víctor Manuel Díaz López y Eliana Marina Espinoza Fernández; y como cómplice de los delitos de secuestro calificado de Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño y Elisa del Carmen Escobar Cepeda.

-José Domingo Seco Alarcón fue sentenciado a la pena de 10 años y un día de presidio, como coautor del delito de secuestro calificado de Víctor Manuel Díaz López y como cómplice de los delitos de secuestro calificado de Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda y Eliana Marina Espinoza Fernández.

-Roberto Hernán Rodríguez Manquel y Leónidas Emiliano Méndez Moreno, deberán purgar 7 años presidio, como cómplices de los delitos de secuestro calificado de Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda, Víctor Manuel Díaz López, Lenin Adán Díaz Silva y Eliana Marina Espinoza Fernández.

-Juan Hernán Morales Salgado deberá cumplir las penas de 8 años y 15 años presidio, como coautor de los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado de Víctor Díaz López, respectivamente.

-Jorge Claudio Andrade Gómez fue condenado a la pena de 6 años presidio, en calidad de coautor del delito de secuestro calificado de Víctor Manuel Díaz López.

-Sergio Orlando Escalona Acuña, Gladys de las Mercedes Calderón Carreño y Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo, fueron condenados a las penas de 5 años y un día y 12 años de presidio, como coautores del secuestro calificado y homicidio calificado de Víctor Díaz López, respectivamente.

-Nelson René Herrera Lagos, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda, Elisa del Carmen Magna Astudillo, Orfa Yolanda Saavedra Vásquez, Celinda Angélica Aspe Rojas, Teresa del Carmen Navarro Navarro, Berta Yolanda del Carmen Jiménez Escobar, Jorge Hugo Arriagada Mora, Eduardo Oyarce Riquelme, Ana del Carmen Vilches Muñoz, Italia Donata Vaccarella Gilio, Jorge Lientur Manríquez Manterola, José Manuel Sarmiento Sotelo, Gustavo Enrique Guerrero Aguilera, Luis Alberto Lagos Yáñez, María Angélica Guerrero Soto, Sergio Hernán Castro Andrade, Pedro Antonio Gutiérrez Valdés, Joyce Ana Ahumada Despouy, Hiro Álvarez Vega, José Miguel Meza Serrano, Carlos Justo Bermúdez Méndez, Marilín Melahani Silva Vergara, Camilo Torres Negrier y Juan Edmundo Suazo Saldaña, fueron condenados a 3 años y un día de presidio, como cómplices del delito de secuestro calificado Víctor Díaz López.

En tanto, los agentes Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Hugo Hernán Clavería Leiva, José Javier Soto Torres, Raúl Alberto Soto Pérez, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Pedro Mora Villanueva y Jorge Marcelo Escobar Fuentes fueron absueltos.

Los hechos
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Miguel Vázquez logró establecer los siguientes hechos:

«1.- Que, la Dirección de Inteligencia Nacional Dina, a fines de 1975 o principios de 1976, tuvo una evolución operativa, produciéndose una reestructuración de sus diversas agrupaciones, momento en que el objetivo pasó a ser la persecución y represión del Partido Comunista. La agrupación de Barriga, a quien se le encargó combatir a ese partido operó en el cuartel de Villa Grimaldi y la de Lawrence, paralelamente en, una primera etapa, en el cuartel Venecia y, sin perjuicio de lo anterior, los operativos represivos fueron realizados de manera coordinada y en conjunto.

2.- Que, circunscrito en tal contexto, agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional Dina, el día 30 de abril de 1976, alrededor de las 03:00 horas, concurrieron al domicilio de calle Conferencia N° 1587, comuna de Santiago, en conocimiento que se efectuaría una reunión de la cúpula directiva del Partido Comunista y detuvieron a sus moradores, Juan Becerra Barrera, su cónyuge, María Angélica Gutiérrez Gómez y la prima de ésta, Eliana Vidal; siendo trasladados a diversos establecimientos secretos de la Dina, en los que fueron intimidados e interrogados bajo apremios, a fin de entregar información respecto de las personas que iban o debían concurrir a su domicilio y, en particular, respecto de Mario Zamorano Donoso y Víctor Díaz López, entre otros, militantes comunistas.

3.- Que, una vez corroborada la información que manejaron los agentes, los moradores fueron devueltos al domicilio de calle Conferencia, para ser obligados a aparentar una vida de cotidiana normalidad, bajo la fiscalización de agentes de seguridad armados con metralletas, que montaron un operativo denominado «Ratonera», quedándose en el interior del lugar 5 agentes, los que se turnaban en espera sigilosa y encubierta de la llegada de cada uno de los integrantes del Partido Comunista que asistirían a la reunión, con el fin de detenerlos.

4.- Que, paralelamente, también se montó un operativo de similares características, en el domicilio de la madre de Juan Becerra Barrera, Sra. María de las Mercedes Barrera Pérez, la que en ocasiones hospedó a Mario Jaime Zamorano Donoso en su casa ubicada en calle Alejandro Fierro N° 5113, comuna de Quinta Normal; operativo que se efectuó en forma simultánea y coordinada con el de calle Conferencia y, en los que participaron en conjunto, a lo menos 20 funcionarios de la Dina.

5.- Que, en tal escenario, aproximadamente a las 19:00 horas del día 4 de mayo de 1976 llegó al inmueble de calle Conferencia Mario Jaime Zamorano Donoso, amigo del arrendatario y obrero marroquinero, quien perteneció al Partido Comunista, primero como integrante de las Juventudes Comunistas y luego, del Partido Comunista, pasando el año 1973 a ser el Encargado Nacional de Organización de dicho partido, perseguido por los servicios de seguridad que, al entrar al domicilio y producto de un forcejeo con los agentes de la Dina, resultó herido de bala en un muslo. Como se desangraba fue trasladado a una de las habitaciones, al fondo de la casa, para no obstruir el operativo, para luego, ser sacado de noche, envuelto en una frazada y transportado al cuartel de detención Villa Grimaldi o Terranova, ubicado en Avenida José Arrieta N° 8200, comuna de La Reina, donde permaneció y fue visto privado de libertad, por otros detenidos en aquel tiempo, tales como, Máximo Vásquez Garay (detenido en Villa Grimaldi desde el 11 de agosto de 1976, quien lo identificó físicamente y por su herida en el muslo), y datos proporcionados por Edwin Bustos Streter, agentes de la Dina Carlos Ramón Rinaldi Suarez, Guido Arnoldo Jara Brevis y Eduardo Antonio Reyes Lagos; informe policial N° 103 e informes de foja 8286 y 8290, emanados de la Fundación documentación y archivo de la Vicaría de la Solidaridad. Se desconoce actualmente su paradero.

6.- Que, cerca de las 21:00 horas del mismo 4 de mayo de 1976 llegó al inmueble de calle Conferencia Onofre Jorge Muñoz Poutays, miembro del Comité Central del Partido Comunista, que al ser identificado como el marido de Gladys Marín, fue detenido, conducido al interior de la propiedad y finalmente transportado al cuartel de Villa Grimaldi, según los antecedentes proporcionados por los ex agentes de seguridad Carlos Ramón Rinaldi Suárez, Guido Arnoldo Jara Brevis, y datos incorporados por los informes de fojas 8286 y 8290, emanados de la Fundación documentación y archivo de la Vicaría de la Solidaridad. Se desconoce actualmente su paradero.

7.- Que, al día siguiente, esto es, el 5 de mayo de 1976, concurrieron al citado inmueble de calle Conferencia, tipo 09:00 horas, Uldarico Donaire Cortez (también conocido como Rafael Cortez) y, tipo 09:30 horas, Jaime Patricio Donato Avendaño; ambos miembros del Comité Central del Partido Comunista, que apenas entraron fueron inmovilizados y detenidos; luego sacados en vehículos, esposados, custodiados por agentes y trasladados al cuartel de Villa Grimaldi, según los antecedentes proporcionados por los ex agentes de seguridad Carlos Ramón Rinaldi Suárez, Eduardo Antonio Reyes Lagos, Guido Arnoldo Jara Brevis; e informes de fojas 8290, 8297 y 8301, emanados de la Fundación documentación y archivo de la Vicaría de la Solidaridad. Se desconocen actualmente sus paraderos.

8.- Que, del mismo modo, el 6 de mayo de 1976, entre las 13:00 y 14:00 horas fue detenida por agentes de la Dina, en el mismo inmueble y utilizando el mismo procedimiento, la enlace Elisa del Carmen Escobar Cepeda, conocida como «Marcela» o «La Chica Elisa» integrante del Comité Central del Partido Comunista, que también fue conducida al cuartel de Villa Grimaldi, según los antecedentes proporcionados por los ex agentes de seguridad Carlos Ramón Rinaldi Suárez y Guido Arnoldo Jara Brevis; testigo Sergio Helio Ovalle Farias, e informes de fojas 8290 y 8305, emanados de la Fundación documentación y archivo de la Vicaría de la Solidaridad. Se desconoce actualmente su paradero.

9.- Que, el gobierno chileno de la época, dada las gestiones de búsqueda efectuadas por los familiares de las víctimas, informó que Mario Zamorano Donoso y Onofre Jorge Muñoz Poutays abandonaron el país rumbo a Argentina, datos falsos que no fueron confirmados por las autoridades argentinas; lo que resulta ilustrativo de una preparación y concertación que escapa del ámbito al que pueden acceder los agentes operativos, evidenciando una participación de los estamentos superiores de la Dina en la planificación de la operación de inteligencia, lo que se corrobora con el informe policial N° 907 en relación a los informes N° 531 y N° 603 de la Central Nacional Interpol de la Policía de Investigaciones de Chile.

10.- Que, el 9 de mayo de 1976, tipo 09:00 horas, fue detenido por agentes de la Dina Lenin Adán Díaz Silva, miembro de la Comisión Técnica del Partido Comunista, encargado de los contactos entre los integrantes del Comité Central y de la búsqueda de casas para reuniones o para la protección de miembros del Partido, en el inmueble de propiedad de su suegro, José Apolonio Ramírez Ortega, ubicado en calle Gaspar de Orense N° 993, comuna de Quinta Normal, desde donde salió con rumbo desconocido, junto a la ya detenida Elisa Escobar y a un agente de la Dina, para ser visto posteriormente privado de libertad en el cuartel de Villa Grimaldi por el también detenido Isaac Godoy Castillo (quien compartió celda con Lenin Díaz el martes 24, miércoles 25 y jueves 26 de agosto de 1976), lo que corrobora Humilde Apolonia Ramírez Caballero; informe de foja 8305 proporcionado por la Fundación documentación y archivo de la Vicaría de la Solidaridad, informe policial N° 103, partes policiales N° 117 y 973, entre otros datos del proceso. Se ignora actualmente su paradero.

11.- Que, el 12 de mayo de 1976, Eliana Marina Espinoza Fernández, de nombre político «Sara», «Ana», miembro de la Comisión Nacional de Propaganda del Partido Comunista y enlace entre Mario Zamorano y Víctor Díaz (que ya había sido previamente buscada por Elisa Escobar), al enterarse del allanamiento del domicilio de unos arquitectos, decidió arriesgarse y abandonar su refugio de calle Adorno Nº 648, a fin de advertir a Víctor Díaz López. En tal escenario, salió de casa muy nerviosa, alrededor de las 17:00 horas, utilizando prendas de su hermana para no ser reconocida y acompañada de su cuñado Hernán Rivera Delgado, quien la trasladó hasta el sector de Independencia con Nueva de Matte, para tomar locomoción colectiva hacia un destino que no reveló, oportunidad en la que fue detenida, en un punto no determinado, por agentes de la Dina, para ser trasladada al cuartel de detención de Villa Grimaldi, donde permaneció privada de libertad, lo que se evidencia de la conexión existente entre ésta y el resto de los detenidos miembros de la misma colectividad, al igual que del modus operandi de aquella época, en concordancia con los datos proporcionados por Ninfa Ana Espinoza Fernández, Juan Espinoza Vega, Humilde Apolonia Ramírez Caballero y Sandra Eugenia Vila Macchiavello, y del informe del departamento de informaciones de Investigaciones de foja 4745. Se desconoce su actual paradero.

12.- Que, en la madrugada del día 12 de mayo de 1976, agentes de la Dina en un operativo que se denominó «La Noche de los cuchillos largos», allanó el domicilio de calle Bello Horizonte N° 979 comuna de Las Condes, momento en que sus moradores y testigos presenciales de los hechos, Jorge Canto Fuenzalida, su esposa Sandra Eugenia Vila Macchiavello e hijas de éstos, fueron despertados abruptamente con la frase «Somos de la Dina», intimidados con metralletas y obligados a mostrar el interior de la vivienda, lugar en que descubrieron al Secretario General del Partido Comunista, Víctor Manuel Díaz López, de apodo «Chino Díaz» y de nombre supuesto «José Santos Garrido Retamal», que estaba en la clandestinidad desde el 11 de septiembre de 1973, buscado por largo tiempo por los servicios de seguridad, de lo que dan cuenta los diversos allanamientos de los que fue objeto su familia y, los atestados de Viviana Elisa Díaz Caro, Héctor Aureliano Zúñiga Muñoz y José Alejandro Cifuentes Calderón, entre otros.

13.- Que, descubierto Víctor Díaz López en una de las habitaciones del inmueble, fue obligado a caminar delatando su cojera, por lo que fue insultado y golpeado duramente con puños, fue detenido e interrogado y obligado a abandonar el inmueble, bajo pretexto, según se comunicó a los propietarios de la casa, que sería conducido al centro de detención «Cuatro Álamos» y devuelto al inmueble, probablemente al día siguiente.

14.- Que, tras su detención, Víctor Díaz López, fue conducido al cuartel de Villa Grimaldi, donde se lo interrogó y torturó a fin de que entregara a otros miembros del partido, atendido el «Modus Operandis» de aquella época utilizado para desarticular a los partidos políticos y, los datos proporcionados por los detenidos de aquella época, Isaac Godoy Castillo, Pedro Rolando Jara Alegría, Emilio Iribarren Ledermann, Horacio Renato Silva Balbontín, Rosa Elsa Leiva Muñoz y Leonardo Alberto Scheneider Jordán y; agentes de la Dina Eduardo Antonio Reyes Lagos y Carlos Ramón Rinaldi Suárez, entre otros.

15.- Que, la Dirección de Inteligencia Nacional Dina, en una fecha no precisada, pero desde fines de 1975 o principios de 1976, ocupó y habilitó el inmueble de calle Simón Bolívar Nº 8800, comuna de La Reina, consistente en una casa quinta, que fue acondicionada luego, para su propósito de reclusión. Contó con un solo portón de acceso, una garita a su derecha donde se hizo la guardia de puerta, una casa al fondo, una cancha de baby futbol, estacionamientos y al lado izquierdo del predio una especie de gimnasio donde hubo un casino, cocina y unos camarines y baños, inmueble en el que se desempeñó operativamente la brigada Lautaro a cargo del mayor Juan Morales Salgado, empleado como un lugar secreto y clandestino de reclusión, que operó en la práctica como un cuartel de exterminio; situación que es reconocida por los propios agentes integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional, Dina.

16.- Que, en dicho escenario, a finales de agosto o principios de septiembre de 1976, se trasladaron al cuartel Simón Bolívar, las agrupaciones de la DINA a cargo de los oficiales Germán Barriga y Ricardo Lawrence, conjuntamente con sus agentes operativos, los que continuaron con la labor de investigar, ubicar, allanar, perseguir, reprimir y desarticular a los miembros del Partido Comunista, en especial a sus cúpulas directivas, para lo cual se habilitaron dependencias provisorias para su instalación, consistentes en oficinas, un gimnasio y camarines que fueron calabozos de encierro, en donde se realizaron interrogatorios y apremios; recinto al cual fue trasladado conjuntamente con dichas brigadas Víctor Manuel Díaz López, que permaneció a lo menos cuatro meses en tal lugar, en un régimen de encierro, permanentemente custodiado, interrogado y utilizado por los agentes que operaron en dicho cuartel para ubicar a otros en la clandestinidad; sin perjuicio, de los privilegios que obtuvo, tales como, televisión, velador y radio, por colaborar a lo menos aparentemente con los agentes de la Dina, producto de los apremios de los que fue objeto; momento en que las agrupaciones de Morales, Barriga y Lawrence formaron una sola unidad; razón por la que existen tantos testimonios en autos que dan cuenta de su estadía en tal cuartel, dentro de éstos, Hugo Luis Castillo Ovalle, Jorgelino del Carmen Vergara Bravo, Carlos Segundo Marcos Muñoz, Jorge Laureano Sagardía Monje, Guillermo Jesús Ferrán Martínez, Claudio Orlando Orellana de la Pinta y Eduardo Antonio Reyes Lagos.

17.- Que, todas las víctimas del proceso, fueron detenidas para ser interrogadas y torturadas en razón de su militancia política, con el fin de obtener información sobre sus actividades de partido y, en especial, la identificación posterior de otros miembros del Partido Comunista en la clandestinidad; apremios que no cesaban hasta la obtención de la información requerida o, hasta la inconciencia de las víctimas.

18.- Que, una vez considerado que Víctor Díaz López no tenía nada más que aportar, agentes de la Dina procedieron, en cumplimiento de una orden de ejecución, emanada del superior jerárquico de la institución y trasmitida por el jefe del cuartel a sus subordinados, a dar muerte a Víctor Manuel Díaz López cuando estaba en el interior de un calabozo del cuartel Simón Bolívar, lo que se verificó durante una tarde, de un día indeterminado de la primera quincena de enero 1977.

19.- Que, para darle muerte, se utilizó la acción conjunta de varios agentes del cuartel, los que con una bolsa plástica cubrieron su cabeza y la amarraron al cuello, impidiéndole la respiración, lo que produjo su deceso por asfixia, atento a lo revelado por el testigo presencial Eduardo Antonio Reyes Lagos; por los testigos de oídas Carlos Segundo Marcos Muñoz, Jorge Laureano Sagardía Monje, Claudio Orlando Orellana de la Pinta; datos proporcionados por los acusados (exclusivamente por delitos de secuestro), Jorge Iván Díaz Radulovich, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme, José Alfonso Ojeda Obando; por lo informado a través del periódico «El Siglo», e incluso por el propio autor confeso, Juvenal Alfonso Piña Garrido, como se reproducirá en la oportunidad correspondiente de participación.
Una vez constatada su muerte, los hechores introdujeron el cadáver en dos bolsas gruesas de polietileno, una por la cabeza y otra por los pies, que amarraron con alambres en torno a su cintura, atándolo a un trozo de riel, por ser el método utilizado para que los cuerpos en el mar se fueran a profundidad y no fueran encontrados, en virtud de lo acusado por Jorgelino del Carmen Vergara Bravo, Jorge Laureano Sagardía Monje y datos proporcionados por Juan Carlos Molina Herrera e informe policial Nº 1615, entre otros datos del proceso.

20.- Que, acto seguido, el cadáver fue introducido en dos sacos de arpillería, uno por la cabeza y otro por las extremidades, unidos con alambres, subido a un portamaletas de un vehículo de la brigada y trasladado hasta el sector de Peldehue, donde fue subido a un helicóptero que partió con destino a alta mar, siendo arrojado desde las alturas, en un punto no determinado; circunstancia que se acredita por los atestados de Jorgelino del Carmen Vergara Bravo, Carlos Segundo Marcos Muñoz, Jorge Laureano Sagardía Monje, antecedentes proporcionados por el periódico «El Siglo», partes policiales Nº 973 y 242, informes policiales Nº 907, declaraciones de los acusados (exclusivamente por delitos de secuestro) Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Heriberto del Carmen Acevedo, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, e incluso, por el propio Manuel Contreras Sepúlveda en foja 4343 al declarar: «…que fueron más de 400 los lanzados al mar, aunque no por la Dina».

21.- Que, la autoridad administrativa de gobierno negó las detenciones de todas las víctimas de autos, informando el Departamento Confidencial del Ministerio del Interior que no se encontraban detenidos por orden del Ministerio, salvo la situación peculiar de Víctor Diaz López, en que por Decreto exento N° 2052, de 12 de mayo de 1976, se constató el arresto de «José Santos Garrido Retamal» en el Campamento Cuatro Álamos, constando su libertad por Decreto exento N° 2054 de 13 de mayo de 1976, lo que aclara por oficio de foja 4373 estableciendo que Víctor Díaz López y José Santos Garrido Retamal corresponden a la misma persona, en conformidad a lo expuesto por su cónyuge.

22.- Que, el lanzamiento de cuerpos al mar fue una práctica sistemática utilizada por los agentes de seguridad desde principios de 1974 hasta 1978, la que se acredita por los distintos relatos del personal del Comando de Aviación del Ejército, entre otros, mecánicos de aviación y encargados del mantenimiento, que dan cuenta de esas operaciones denominadas «Secretos Militares», en las que describen el modo en que se cargaron los bultos, preferentemente en modelos Puma SA 330; los lugares desde donde se iniciaron los vuelos, las zonas costeras hacia donde se dirigieron y; el modo en que los bultos denominados «Paquetes» se lanzaron al mar desde las alturas, sea por una escotilla del centro de la plataforma que se removía o, por las puertas laterales; conclusión que se aviene de la lectura conjunta de los relatos de Juan Carlos Molina Herrera, Bernardo de la Cruz Sepúlveda Lara, José Miguel Cabezas Flores, Ernesto Samuel Araneda Ortiz, Juan Jesús Pacheco Figueroa, Sergio del Carmen Castro Cano, Marcos Segundo Cáceres Rivera, Eufemio Segundo Pérez Vargas, Rigoberto Saavedra Navarro, Gabriel Enrique Saldaña Molina, Juan Domingo Pérez Collao, Juan Alfonso Díaz Morales, Julio Cesar Urbina Muñoz y José Domingo Ávila; antecedentes proporcionados por el parte policial Nº 1654 y; atestados de los Subcomisarios de la Policía de Investigaciones Sandro Gonzalo Gaete Escobar y Abel Alfonso Lizama Pino».

En el aspecto civil, el ministro de fuero condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $3.460.000.000 (tres mil cuatrocientos sesenta millones de pesos) a familiares de las víctimas.


Juez Acusó a 53 Ex Agentes de la DINA por Desaparición de la Segunda Dirección Clandestina del Partido Comunista

Fuente :reddigital.cl, 22 de Octubre 2015

Categoría : Prensa

El ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez, quien investiga el denominado caso “Conferencia 2”, acusó a 53 ex agentes de la DINA por los delitos de homicidio calificado y secuestro calificado perpetrados en contra de seis víctimas – Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Fernando Ortiz Letelier, Héctor Véliz Ramírez y Waldo Ulises Pizarro Molina- todos ellos integrantes de la cúpula del Partido Comunista. Asimismo, solicitó a la Corte Suprema que pida la extradición al gobierno de Australia de Adriana Rivas González, quien se encuentra procesada en esta causa y sobre quien pesa una orden de captura internacional.

Los dirigentes comunistas  fueron llevados al cuartel secreto que la DINA tenía en calle Simón Bolívar 8800,  en La Reina. Allí fueron interrogados, torturados y luego hechos desaparecer.

Asimismo, el ministro Vásquez solicitó a la Corte Suprema que pida la extradición al gobierno de Australia de Adriana Rivas González -la secretaria de Manuel Contreras- quien se encuentra procesada en esta causa y sobre quien pesa una orden de captura internacional.

Al respecto, el abogado querellante Eduardo Contreras calificó como histórica la petición del magistrado.

“Esta decisión del ministro Vásquez muestra cómo están actuando ahora los tribunales. En esta nueva situación nos parece que es una decisión histórica, puesto que Adriana Rivas -que participa en el exterminio de toda la dirigencia del Partido Comunista en el fatídico cuartal de Simón Bolívar- es una figura central, tanto por su propia responsabilidad como por la información que ella maneja”, sostuvo el abogado.

El abogado querellante Eduardo Contreras afirmó que confía en que el país oceánico envíe a la represora a Chile para que enfrente la Justicia.

«De acuerdo a la actual institucionalidad que une a los países de Chile y Australia, ésta esa una extradición perfectamente viable», manifestó el jurista.

En enero el juez Vásquez había pedido ya la extradición de Rivas por la desaparición del secretario general del PC, Víctor Diaz.

Listado de acusados

De acuerdo a lo indicado en la resolución, los acusados en calidad de coautores del delito de secuestro calificado de Fernando Alfredo Navarro Allendes, cometido a partir el 13 de diciembre de 1976, y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Juan Fernando Ortíz Letelier, Héctor Véliz Ramírez, cometidos a partir del 15 de diciembre de 1976, son:

1.-Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda,
2.- Pedro Octavio Espinoza Bravo,
3.- Juan Hernán Morales Salgado,
4.- Ricardo Víctor Lawrence Mires,
5.- Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda,
6.- Hernán Luis Sovino Maturana,
7.- Gladys de las Mercedes Calderón Carreño,
8.- Eduardo Antonio Reyes Lagos,
9.- Juvenal Alfonso Piña Garrido,
10.- José Alfonso Ojeda Obando,
11.- Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo,
12.- Jorge Laureano Sagardía Monje,
13.- Héctor Raúl Valdebenito Araya,
14.- Bernardo del Rosario Daza Navarro,
15.- Sergio Orlando Escalona Acuña,
16.- Jorge Lientur Manríquez Manterola,
17.- José Miguel Meza Serrano,
18.- Luis Alberto Lagos Yáñez,
19.- María Angélica Guerrero Soto,
20.- Jorge Iván Díaz Radulovich,
21.- Guillermo Jesús Ferrán Martínez,
22.- Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo,
23.-  Orfa Yolanda Saavedra Vásquez,
24.- Elisa del Carmen Magna Astudillo,
25.- Claudio Orlando Orellana de la Pinta,
26.- Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme,
27.- Heriberto del Carmen Acevedo,
28.- Claudio Enrique Pacheco Fernández,
29.- Emilio Hernán Troncoso Vivallos,
30.- Sergio Hernán Castro Andrade,
31.- Teresa del Carmen Navarro Navarro,
32.- Juan Edmundo Suazo Saldaña,
33.- Orlando Jesús Torrejón Gatica,
34.- José Manuel Sarmiento Sotelo,
35.- Carlos Enrique Miranda Mesa,
36.- Víctor Manuel Álvarez Droguett,
37.- Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza,
38.- Gustavo Enrique Guerrero Aguilera,
39.- Manuel Antonio Montre Méndez,
40.- Guillermo Eduardo Díaz Ramírez,
41.- Hiro Álvarez Vega,
42.- Celinda Angélica Aspe Rojas,
43.- Jorge Hugo Arriagada Mora,
44.- Berta Yolanda del Carmen Jiménez Escobar,
45.- Carlos Justo Bermúdez Méndez,
46.- Eduardo Patricio Cabezas Mardones,
47.- Adriana Elcira Rivas González,
48.- Carlos Eusebio López Inostroza,
49.- Italia Donata Vaccarella Gilio,
50.- Camilo Torres Negrier,
51.-  Joyce Ana Ahumada Despouy,
52.- Marilín Melahani Silva Vergara,
53.- José Domingo Seco Alarcón.

Respecto del delito de secuestro calificado de Waldo Ulises Pizarro Molina, cometido a partir el 15 de diciembre de 1976, los acusados como coautores fueron:

1.- Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda,
2.- Pedro Octavio Espinoza Bravo,
3.- Juan Hernán Morales Salgado,
4.- Ricardo Víctor Lawrence Mires
Por último, respecto de la comisión de tres delitos de homicidio calificado en contra de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, perpetrados entre el 15 de diciembre de 1976 al 25 de diciembre de 1976, los acusados en calidad de coautores son:
1.- Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda
2.- Pedro Octavio Espinoza Bravo
3.- Juan Hernán Morales Salgado
4.- Ricardo Víctor Lawrence Mires
5.- Eduardo Antonio Reyes Lagos
6.- Juvenal Alfonso Piña Garrido
7.- José Alfonso Ojeda Obando
8.- Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo
9.- Víctor Manuel Álvarez Droguett
10.- Jorge Iván Díaz Radulovich
11.- Heriberto del Carmen Acevedo
12.- Claudio Enrique Pacheco Fernández
13.- Emilio Hernán Troncoso Vivallos
14.- Orlando Jesús Torrejón Gatica
15.- Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza
16.-Carlos Enrique Miranda Mesa
17.-Guillermo Eduardo Díaz Ramírez
18.- Eduardo Patricio Cabezas Mardones
19.- Carlos Eusebio López Inostroza
20.- José Domingo Seco Alarcón

De acuerdo a los antecedentes disponibles en el proceso, se tuvo por acreditado que:

a) el 13 de diciembre de 1976, en calles Grecia con Ramón Cruz, comuna de Ñuñoa, Fernando Alfredo Navarro Allendes, miembro del Comité Central del Partido Comunista de Chile, fue detenido por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, quienes los ingresaron a la fuerza en uno de los vehículos en que se movilizaban y lo trasladaron a un cuartel secreto ubicado en Simón Bolívar N° 8.800, comuna de La Reina, donde posteriormente hecho desaparecer;

b) el 15 de diciembre de 1976, en horas de la mañana, en el sector de la rotonda de Lo Plaza, comuna de Ñuñoa, Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, 48 años de edad, profesor de educación general básica, militante comunista fue detenido por agentes de la DINA, quienes lo trasladaron a un cuartel secreto ubicado en Simón Bolívar N° 8.800, comuna de La Reina, donde fue interrogado bajo apremio ilegítimo y se le dio muerte posteriormente.

c) el 15 de diciembre de 1976, en la vía pública, en la ciudad de Santiago, Horacio Cepeda Marinkovic, 54 años de edad, militante comunista, fue detenido por agentes de la DINA, siendo trasladado a un cuartel secreto ubicado en Simón Bolívar N° 8.800, comuna de La Reina, donde fue interrogado bajo apremio ilegítimo y se le dio muerte posteriormente;

d) el 15 de diciembre de 1976, en la vía pública, en la ciudad de Santiago, Juan Fernando Ortiz Letelier, 54 años de edad, miembro del Comité Central del Partido Comunista de Chile, fue detenido por agentes de la DINA, quienes lo trasladaron a un cuartel secreto ubicado en Simón Bolívar N° 8.800, comuna de La Reina, donde fue interrogado bajo apremio ilegítimo y se le dio muerte posteriormente;

e) el 15 de diciembre de 1976, en la vía pública, en la ciudad de Santiago, Héctor Véliz Ramírez, 43 años de edad, coordinador o enlace entre las direcciones regionales y central del Partido Comunista, fue detenido por agentes de la DINA, quienes lo trasladaron a un cuartel secreto ubicado en Simón Bolívar N° 8.800, comuna de La Reina, donde fue interrogado bajo apremio ilegítimo y posteriormente hecho desaparecer;

f) cerca de las 18:00 horas del 15 de diciembre de 1976, Waldo Ulises Pizarro Molina, militante del Partido Comunista de Chile, fue detenido por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, quienes lo trasladaron a un cuartel secreto ubicado en calle Simón Bolívar N° 8.800, comuna de La Reina, donde fue interrogado bajo apremio ilegítimo y posteriormente hecho desaparecer.

Vásquez se prepara así para la última etapa del juicio en el antiguo procedimiento penal, para luego dictar sentencia en primera instancia en la investigación por la represión y exterminio de la segunda cúpula clandestina del PC.

Según la indagatoria, a partir del 13 de diciembre de 1976 en distintos puntos de la capital -principalmente la zona oriente- los ex agentes detuvieron a Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Fernando Ortiz Letelier, Héctor Véliz Ramírez y Waldo Ulises Pizarro Molina, todos militantes comunistas.

Los dirigentes fueron trasladaron al cuartel secreto de calle Simón Bolívar número 8800 en la comuna de La Reina, donde fueron interrogados bajo brutales torturas y posteriormente hechos desaparecer.

La DINA contó con la Brigada Lautaro y las unidades Mehuín y Defín con el objetivo primordial de reprimir, detener y desarticular al PC, acción en la que varias mujeres partiparon de los apremios ilegítimos, como Gladys Calderón, apodada «doctora Hoffmann», quien ponía inyecciones letales a los detenidos.

También aparecen imputadas Adriana Rivas, Berta Jiménez y Celinda Aspe, supuestas secretarias del director de la DINA, Manuel Contreras, pero que tomaron parte «operativa» en la ejecución de los crímenes.

El juez Vásquez pidió ampliar la extradición de Adriana Rivas, actualmente en Australia.

Quien más relatos entregó en la causa sobre lo ocurrido en el cuartel Simón Bolívar fue Jorgelino Vergara Bravo, el llamado «mocito» de la DINA, quien asegura que a los detenidos se les ejecutaba, se les metía en sacos, a algunos se le ponían rieles para ser lanzados al mar, y otros eran hechos desaparecer en las minas de cal de Lonquén o la cuesta Barriga.

«El mocito» relata en la causa que Fernando Ortiz imploró que lo mataran, porque le habían quebrado sus piernas a palos.

Una de las víctimas de Calle Conferencia es Waldo Pizarro, padre de la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, quién se muestra escéptica ante la posibilidad de justicia, sobre todo considerando los recientes beneficios conocidos de los condenados en el «caso Degollados»:

«Hoy día la verdad todavía no sé exactamente qué pasó con él. Sé generalidades, porque el pacto de silencio sigue entre los uniformados, porque la Justicia ‘en la medida de lo posible’ sigue estando presente y porque tenemos un Estado que indulta o da beneficios carcelarios a los que cometieron tanta barbaridad (…) Ojalá nadie lo vuelva a vivir».


Caso Calle Conferencia: Dictan acusación contra 53 ex agentes de la disuelta DINA

Fuente :publimetro.cl, 7 de Febrero 2014

Categoría : Prensa

El ministro en visita, Miguel Vásquez dictó la acusación penal en contra de 53 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por la desaparición y muerte de los integrantes de la segunda cúpula clandestina del Partido Comunista en 1976

La nómina la encabeza el general(r) Manuel Contreras y entre los acusados figuran 11 mujeres, una de ellas Gladys Calderón, la torturadora conocida como “Doctora Hoffmann“, donde además el magistrado amplió el pedido de extradición contra Adriana Rivas, actualmente en Australia.

De esta manera el juez Vásquez se prepara para la última etapa del juicio en el antiguo procedimiento penal para luego dictar sentencia en primera instancia en la investigación por la represión a la segunda cúpula clandestina del Partido Comunista en 1976, conocida como “Calle Conferencia Dos”.

Según la indagatoria, los ex agentes a partir del 13 de diciembre de 1976, en distintos puntos de la capital, principalmente la zona oriente detuvieron a Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Fernando Ortiz Letelier, Héctor Véliz Ramírez, y Waldo Ulises Pizarro Molina, todos militantes comunistas, quienes lo trasladaron a un cuartel secreto ubicado en calle Simón Bolívar N° 8.800, comuna de La Reina, donde fueron interrogados bajo brutales torturas y posteriormente hechos desaparecer.

La DINA contó con la Brigada LAUTARO Y las unidad Mehuín y Defín con el objetivo primordial de reprimir, detener y desarticular al PC, y donde varias mujeres partiparon de los apremios ilegítimos, como Gladys Calderón apodada la “Doctora Hoffmann” porque le ponía inyecciones letales a los detenidos, Adriana Rivas, Berta Jiménez y Celinda Aspe, quienes en el papel aparecían como secretarias del director de la DINA, el general Manuel Contreras, pero la verdad es que eran “operativas” para ejecutar los crímenes

Una de las víctimas es Waldo Pizarro, padre de la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, quien dijo que al concer esta decisión judicial sigue con dudas, en especial por los beneficios a los condenados en el caso Degollados

Pizarro dijo que “todavía no sé que pasó con él, sólo sé generalidades, porque el pacto de silencio sigue entre los uniformados, porque la justicia en la medida de lo posible sigue estando presente. Y porque después tenemos a un estado que indulta o da beneficios a los que cometieron estos brutales y graves hechos, que espero a nadie nunca más le ocurran”

Quien más relatos entregó del cuartel Simón Bolívar fue Jorgelino Vergara Bravo, el llamado mocito de la DINA, quien asegura que a los detenidos se les ejecutaba, se les ensacaba, a algunos se le ponían rieles, para ser lanzados al mar, a las minas de cal de Lonquén o cuesta Barriga y quien en la causa relata que Fernando Ortiz, en su momento imploró que lo mataran porque le habían quebrado sus piernas a palos.

A su vez, el juez Vásquez pidió ampliar la extradición por estos hechos contra Adriana Rivas, actualmente en Australia, donde el abogado Eduardo Contreras confía en que el país oceánico la envíe a Chile.

El abogado querellante Eduardo Contreras valoró esta ampliación señalando que “esta decisión del ministro Vásquez muestra como están actuando ahora los tribunales, y nos parece que es una decisión histórica, puesto que Adriana Rivas, quien participa en todo el extermino de las cúpulas del Partido Comunista en el fatídico cuartel Simón Bolívar, es una figura central, tanto por su propia responsabilidad como por la información que ella maneja. De acuerdo a la actual institucionalidad que une a ambos países, Chile y Australia, la extradición de esta mujer es absolutamente viable” dijo el jurista.

En enero pasado, el juez Vásquez pidió igual extradición de Rivas a Australia por la desaparición del secretario general del PC, Víctor Diaz.

Nómina de acusados:
En la resolución, el juez Vásquez indica:

“Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 424 y 426 del Código de Procedimiento Penal, se declara que se eleva esta causa a plenario y se acusa,

I. A (1)Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, (2)Pedro Octavio Espinoza Bravo, (3)Juan Hernán Morales Salgado, (4)Ricardo Víctor Lawrence Mires, (5)Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda, (6)Hernán Luis Sovino Maturana, (7)Gladys de las Mercedes Calderón Carreño, (8)Eduardo Antonio Reyes Lagos, (9)Juvenal Alfonso Piña Garrido, (10)José Alfonso Ojeda Obando, (11)Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, (12)Jorge Laureano Sagardía Monje, (13)Héctor Raúl Valdebenito Araya, (14)Bernardo del Rosario Daza Navarro, (15)Sergio Orlando Escalona Acuña, (16)Jorge Lientur Manríquez Manterola, (17)José Miguel Meza Serrano, (18)Luis Alberto Lagos Yáñez, (19)María Angélica Guerrero Soto, (20)Jorge Iván Díaz Radulovich, (21)Guillermo Jesús Ferrán Martínez, (22)Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo, (23)Orfa Yolanda Saavedra Vásquez, (24)Elisa del Carmen Magna Astudillo, (25)Claudio Orlando Orellana de la Pinta, (26)Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme, (27)Heriberto del Carmen Acevedo, (28)Claudio Enrique Pacheco Fernández, (29)Emilio Hernán Troncoso Vivallos, (30)Sergio Hernán Castro Andrade, (31)Teresa del Carmen Navarro Navarro, (32)Juan Edmundo Suazo Saldaña, (33)Orlando Jesús Torrejón Gatica, (34)José Manuel Sarmiento Sotelo, (35)Carlos Enrique Miranda Mesa, (36)Víctor Manuel Álvarez Droguett, (37)Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, (38)Gustavo Enrique Guerrero Aguilera, (39)Manuel Antonio Montre Méndez, (40)Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, (41)Hiro Álvarez Vega, (42)Celinda Angélica Aspe Rojas, (43)Jorge Hugo Arriagada Mora, (44)Berta Yolanda del Carmen Jiménez Escobar, (45)Carlos Justo Bermúdez Méndez, (46)Eduardo Patricio Cabezas Mardones, (47)Adriana Elcira Rivas González, (48)Carlos Eusebio López Inostroza, (49)Italia Donata Vaccarella Gilio, Camilo Torres Negrier, Joyce Ana Ahumada Despouy, Marilín Melahani Silva Vergara, yJosé Domingo Seco Alarcón, como coautores de los delitos de secuestro calificado de Fernando Alfredo Navarro Allendes, cometido a partir el 13 de diciembre de 1976, y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Juan Fernando Ortíz Letelier, Héctor Véliz Ramírez, cometidos a partir del 15 de diciembre de 1976.

II: A Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Hernán Morales Salgado, y Ricardo Víctor Lawrence Mires, como coautores del delito de secuestro calificado de Waldo Ulises Pizarro Molina, cometido a partir el 15 de diciembre de 1976.

III. A Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Hernán Morales Salgado, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Eduardo Antonio Reyes Lagos, Juvenal Alfonso Piña Garrido, José Alfonso Ojeda Obando, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Jorge Iván Díaz Radulovich, Heriberto del Carmen Acevedo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Emilio Hernán Troncoso Vivallos, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, Carlos Enrique Miranda Mesa, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, Eduardo Patricio Cabezas Mardones, Carlos Eusebio López Inostroza y José Domingo Seco Alarcón, comocoautoresde tres delitos de homicidio calificado de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, perpetrados entre el 15 de diciembre de 1976 al 25 de diciembre de 1976, en la ciudad de Santiago.”


Condenaron a 35 agentes de la Dina por el secuestro de Reinalda Pereira

Fuente :soychile.com, 18 de Octubre 2017

Categoría : Prensa

El ministro en visita Miguel Vázquez Plaza condenó a 35 ex miembros de la Dirección Nacional de Inteligencia Nacional (Dina) por el secuestro calificado de Reinalda Pereira Plaza.

La militante comunista tenía cinco meses de embarazo cuando fue detenida en diciembre de 1976. Tenía 29 años.

Los agentes Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Hernán Morales Salgado y Ricardo Víctor Lawrence Mires, fueron condenados a 10 años como autores del delito.

En tanto, Gladys de las Mercedes Calderón Carreño, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Sergio Orlando Escalona Acuña, Jorge Lientur Manríquez Manterola, María Angélica Guerrero Soto, Orfa Yolanda Saavedra Vásquez, Elisa del Carmen Magna Astudillo, Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme, Heriberto del Carmen Acevedo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Emilio Hernán Troncoso Vivallos, Teresa del Carmen Navarro Navarro, José Manuel Sarmiento Sotelo, Gustavo Enrique Guerrero Aguilera, Manuel Antonio Montre Méndez y Jorge Hugo Arriagada Mora fueron condenados a 7 años de presidio como autores del ilícito.

Hernán Luis Sovino Maturana, José Alfonso Ojeda Obando, José Miguel Meza Serrano, Luis Alberto Lagos Yáñez, Jorge Iván Díaz Radulovich, Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo, Sergio Hernán Castro Andrade, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Orlando del Transito Altamirano Sanhueza, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, Berta Yolanda del Carmen Jiménez Escobar, Carlos Eusebio López Inostroza y Joyce Ana Ahumada Despouy deberán pagar 4 años como cómplices de la desaparición.

En su resolución, el juez dijo que la tecnóloga médica "fue trasladada al cuartel secreto de reclusión Simón Bolívar, donde fue vista junto a otros privados de libertad, que a su vez, habían sido detenidos por las mismas brigadas bajo la misma política operativa entre el 13 y 15 de diciembre de 1976; esto es, Héctor Veliz Ramírez, Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Yalu Berrios Cataldo, Juan Fernando Ortiz Letelier y Horacio Cepeda Marincovich. En este lugar, Reinalda fue duramente golpeada, torturada, apremiada ilegítimamente y luego hecha desaparecer, sin que hasta la fecha se tengan noticias de su paradero".
 


Conferencia II: Corte de Santiago condena a ex agentes de la DINA por secuestro y homicidio de segunda directiva clandestina del PC

Fuente :caucoto.cl, 3 de Junio 2020

Categoría : Prensa

En la resolución de segunda instancia se condena a los ex jefes de la DINA,  Pedro Espinoza Bravo y Juan Morales Salgado, a 34 años de presidio por los delitos de homicidio y secuestro de militantes comunistas.

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia definitiva de segunda instancia en el caso denominado “Episodio Conferencia II”, operación a manos de la “brigada Lautaro” perteneciente a la Dirección Nacional de Inteligencia,  DINA, y responsable del secuestro y homicidio de los dirigentes Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Juan Fernando Ortiz Letelier, Héctor Véliz Ramírez y Waldo Pizarro Molina, todos miembros de la segunda directiva clandestina del Partido Comunista, hecha desaparecer en 1976.

El tribunal de alzada capitalino, cuya sala estuvo presidida por el ministro Omar Astudillo e integrada por los ministros Mireya Eugenia López y Jenny Book, revocó la sentencia de primera instancia, dictada por el ministro de fuero, Miguel Vázquez, que había absuelto a  los ex agentes Guillermo Díaz, Teresa del Carmen Navarro, Celinda Aspe y Camilo Torres, y en su lugar, resolvió condenarlos a la pena de 10 años y un día como autores de los delitos de secuestro calificado de Fernando Navarro Allendes y Héctor Veliz Ramírez; y a la pena de de 541 días de presidio como autores de los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Beríos Cataldo.

La sala, además, aplicó la media de prescripción- con el voto en contra del ministro Astudillo- y rebajó penas, condenando a 20 años de presidio mayor en su grado máximo a los jefes de la DINA, Juan Morales Salgado y Pedro Espinoza Bravo, como autores de los delitos de homicidio calificado de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo. Del mismo modo, se fijan penas de 14 años de presidio mayor en su grado como autores de los delitos de secuestro calificado de Fernando Navarro Allendes, Héctor Véliz Ramírez y Waldo Pizarro Molina; a 3 años de presidio menor en su grado medio como autores de los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo.

Además se condena a 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio las condenas a los agentes José Alfonso Ojeda Obando, Federico Chaigneau Sepúlveda, Gladys Calderón Carreño, Jorge Sagardía Monje, Héctor Valdebenito Araya, Sergio Escalona Acuña, Jorge Manríquez Manterola, José Meza Serrano, Luis Lagos Yáñez, Jorge Pichunmán Curiqueo, Orfa Saavedra Vásquez, Elisa Magna Astudillo, Eduardo Oyarce Riquelme, Sergio Castro Andrade, José Sarmiento Sotelo, Gustavo Guerrero Aguilera, Jorge Arriagada Mora, Berta Jiménez Escobar, Carlos Bermúdez Méndez, Orlando Altamirano Sanhueza y Carlos Miranda Mesa, como autores de los delitos de secuestro calificado de Fernando Navarro Allendes y Héctor Véliz Ramírez.

A los mismos sentenciados se les condena a 541 días de presidio menor en su grado medio como autores de los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Berríos Cataldo; Y pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo a María Angélica Guerrero Soto, como autora de los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, don Horacio Cepeda Marinkovic y don Lincoyán Berríos Cataldo.

En el mismo fallo, se revoca la sentencia de primera instancia, y se absuelve a José Ojeda Obando como cómplice de los delitos de homicidio calificado de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y  Lincoyán Berríos Cataldo. Y Luis Lagos Yañez y  Sergio Castro Andrades se les absuelve de ser  autores de los delitos de secuestro calificado de don Fernando Navarro Allendes y de don Héctor Véliz Ramírez.

Para el abogado querellante, Nelson Caucoto, con este fallo “comienza a escribirse el penúltimo capítulo de una historia de 43 años. No quedamos satisfechos con la aplicación de la media prescripción, que rebaja las penas hasta desnaturalizar el castigo a los perpetradores. Confiamos en que la Corte Suprema corrija esta sentencia, atendiendo a la gravedad de los hechos, dejando sin efecto la media de prescripción que en este tipo de delitos es inaplicable”.

Caucoto junto al abogado Francisco Ugás, ambos representantes de los familiares de las víctimas, presentaron un recurso de casación ante la Corte Suprema, para que sea el máximo tribunal quien se pronuncie al respecto.

Cabe señalar que en esta causa no se pudo dictar sentencia contra Ricardo Lawrence por encontrarse en calidad de fugado. Una situación similar ocurre con Adriana Rivas, también ex agente de la DINA y secretaria de Manuel Contreras, quien se encuentra en Australia y por quién se está tramitando actualmente un proceso de extradición. Respecto de ambos agentes, la sentencia confirmó el sobreseimiento temporal que dictó el ministro Vázquez.

Junto con este caso, en un expediente separado, se encuentra el de Reinalda Pereira, también dirigente comunista, detenida en 1976, con 5 meses de embarazo, y que hasta la fecha se encuentra desaparecida. Su causa también es sustanciada por el ministro en visita Miguel Vázquez y tiene como responsables a miembros de la “brigada Lautaro” de la DINA.


Caso Conferencia: dictan acusación conta 79 ex DINA

Fuente :24horas.cl, 22 de Octubre 2013

Categoría : Prensa

Miguel Vázques, ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, determinó la responsabilidad de 79 ex integrantes de la Dirección Nacional de Inteligencia (Dina) en el secuestro calificado de siete personas y el homicidio calificado de Víctor Díaz López, hechos ocurridos entre mayo de 1976 y enero de 1977 y que conforman el llamado Caso Conferencia.

Los ocho delitos fueron perpetrados en los operativos realizados por la policía secreta de la dictadura de Augusto Pinochet en las calles Conferencia 1587, de la comuna de Santiago; Gaspar de Orense 993, de la comuna de Quinta Normal; Bello Horizonte 979, de la comuna de Las Condes, y el cuartel de Simón Bolívar 8800, en la comuna de La Reina.

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Quienes fueron identificados como responsables de la desaparición de Mario Zamorano Donoso, Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortés, Jaime Donato Avendaño, Elisa Escobar Zepeda, Lenin Díaz Silva y Eliana Espinoza Fernández y la muerte de Víctor Díaz López son:

 

Manuel Contreras SepúlvedaPedro Espinoza Bravo, Carlos López Tapia, Miguel Krassnoff Martchenko, Ricardo Lawrence Mires, Jorge Madariaga Acevedo, Eugenio Fieldhouse Chávez, José Fuentealba Saldías, Hugo Clavería Leiva, José Soto Torres, Raúl Soto Pérez, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Jerónimo Neira Méndez, Héctor Briones Burgos, Pedro Mora Villanueva, Roberto Rodríguez Manquel, Leonidas Méndez Moreno, Jorge Andrade Gómez, Nelson Herrera Lagos, Juan Morales Salgado, Jorge Sagardía Monje, Héctor Valdebenito Araya, Federico Chaigneau Sepúlveda, Bernardo Daza Navarro, Sergio Escalona Acuña, Guillermo Ferrán Martínez, Gladys Calderón Carreño, Elisa Magna Astudillo, Heriberto del Carmen Acevedo, Emilio Troncoso Vivallos, Claudio Pacheco Fernández, Jorge Díaz Radulovich, Orlando Altamirano Sanhueza, Eduardo Cabezas Mardones, Jorge Escobar Fuentes, René Riveros Valderrama, Jorge Pichunmán Curiqueo, Orfa Saavedra Vásquez, Celinda Aspe Rojas, Teresa Navarro Navarro, Berta Jiménez Escobar, Adriana Rivas González, Jorge Arriagada Mora, Pedro Bitterlich Jaramillo, Eduardo Oyarce Riquelme, Guillermo Díaz Ramírez, Ana Vilches Muñoz, Italia Vacarella Gilio, Jorge Manríquez Manterola, Orlando Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Manuel Obreque Henríquez, Gustavo Guerrero Aguilera, Eduardo Garea Guzmán, Juvenal Piña Garrido, Rufino Jaime Astorga, Luis Lagos Yáñez, María Angélica Guerrero Soto, Sergio Castro Andrade, Manuel Montre Méndez, Pedro Gutiérrez Valdés, Claudio Orellana de la Pinta, Joyce Ahumada Despouy, Hiro Álvarez Vega, José Miguel Meza Serrano, José Ojeda Obando, Carlos Bermúdez Méndez, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Eduardo Reyes Lagos, Marilin Silva Vergara, Hernán Sovino Maturana, José Friz Esparza, Carlos Miranda Mesa, Camilo Torres Negrier, Orlando Inostroza Lagos, Carlos López Inostroza, José Seco Alarcón, Lionel Medrano Rivas, Juan Suazo Saldaña.

Los querellantes en el caso Conferencia, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, fueron notificados para que adhieran a la acusación de Vázquez o presenten otra en particular.

Una vez definidas éstas, se notificará a las defensas de los acusados para la etapa de plenario previa a la sentencia en primera instancia.

PROCESO DE MINISTRO CARROZA

En tanto, el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza encausó a ex teniente Kenny Aravena Sepúlveda por su responsabilidad en los homicidios de Jorge Pacheco Durán, Denrio Álvarez Olivares y Ernesto Mardones, ocurridos el 19 de diciembre de 1973.

Según señala el escrito, una patrulla militar retiró a los fallecidos de la Cárcel Pública de Santiago para trasladarlos al regimiento número 1 Buin a cargo de Aravena y una hora después el oficial dejó los cuerpos de los tres detenidos en el Servicio Médico Legal (SML).

Carroza también dictó procesamiento por los homicidios de Luis Herrera González y Mario Parra Guzmán, ocurridos en septiembre de 1973, responsabilizando a Pedro Silva Jiménez, Jaime García Zamorano, Jorge Muñoz Pontony y Pedro Rivera Piña por los delitos.

"El 27 de septiembre de 1973, una patrulla militar se dirige a la empresa Chilean Autos y accede a la detención de dos de sus trabajadores, dirigentes sindicales, Luis Ricardo Herrera González y Mario Parra Guzmán, acto seguido los traslada a las dependencias de la Academia de Guerra del Ejército (…) posteriormente, sin mediar justificación algunas, los oficiales mayor Jorge Muñoz Pontony y capitán Benjamín Araya Pérez le ordenan al capitán Jaime García Zamorano y a los soldados segundos Pedro Rivera Piña y Pedro Silva Jiménez, la ejecución de los detenidos", indica la investigación.


Los ex agentes Gladys Calderón y Jorge Pichunmán ya están libres

Fuente :lanacion.cl, 15 de Enero 2008

Categoría : Prensa

Eran los encargados del cianuro y el soplete en la Brigada Lautaro Los ex agentes Gladys Calderón y Jorge Pichunmán tuvieron activa participación en el exterminio de la dirigencia comunista clandestina en el cuartel Simón Bolívar.

Una inyectaba cianuro a los prisioneros para causar o acelerar su muerte, y el otro quemó sus cuerpos para desfigurarlos.  Dos de los últimos ex agentes de la Brigada Lautaro procesados en la causa calle Conferencia puestos en libertad provisional por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones, corresponden a quienes aparecen en estas fotografías más recientes.  

La teniente ® de Ejército y enfermera Gladys Calderón Carreño, conocida como “El ángel del cianuro” y el suboficial ® de Carabineros, Jorge Pichunmán Curiqueo, nombrado “El verdugo del soplete”, fueron dos de los más crueles agentes que participaron en el exterminio de la dirigencia comunista en la clandestinidad, en el cuartel donde operó esta brigada en la Avenida Simón Bolívar, comuna de La Reina. Gladys Calderón, que obtuvo la libertad provisional (sigue procesada) el pasado 14 de diciembre después de permanecer casi un año detenida en el Batallón de Policía Militar en Peñalolén, era quien inyectaba cianuro a los prisioneros para causarles o acelerar su muerte cuando éstos quedaban moribundos luego de las torturas. Fue quien inyectó también al líder PC encubierto en 1976, Víctor Díaz López.  

Luego de muertos, Pichunmán fue el encargado de quemar a los detenidos sus huellas dactilares y desfigurarles el rostro y borrar cicatrices, con el fin de que quedaran irreconocibles. Lo hizo con Víctor Díaz y los otros comunistas asesinados en ese lugar. Aún permanecen detenidos preventivamente (también procesados) los ex agentes infantes de marina, Bernardo Daza Navarro y Sergio Escalona Acuña, quienes también se destacaron por actuar con ensañamiento en los crímenes cometidos en aquel cuartel.  

FERNÁNDEZ LARIOS Tanto en el proceso por Calle Conferencia (lugar de Santiago donde en 1976 fue secuestrada la primera dirigencia comunista clandestina), como en la causa por el crimen del ex químico de la DINA, Eugenio Berríos, los ministros Víctor Montiglio y Alejandro Madrid indagan acerca de la participación del mayor ® Armando Fernández Larios en los crímenes cometidos por esta organización. Hasta ahora sólo se ubicaba a Fernández formando parte del pelotón de la Caravana de la Muerte, donde actuó con extrema violencia.

Pero al menos los ex agentes Luis Lagos Yáñez y Guillermo Ferrán Martínez, declaran en estas causas ser testigos de la presencia de él en el cuartel Simón Bolívar, interrogando y torturando prisioneros. Según Ferrán, Fernández, radicado en Estados Unidos adonde huyó en 1987, actuó algunas veces en estos hechos junto a Gladys Calderón y el jefe de la Lautaro, Juan Morales Salgado.  Desde Estados Unidos, hasta ahora Fernández Larios se ha negado a responder interrogatorios respecto de delitos que cometió en Chile, amparándose en la protección que ese país le brindó por su colaboración en el juicio por el crimen de Orlando Letelier en Washington.