Fiedler Alvarado Rubén Agustín Enrique

Rut: 5.718.006-4

Cargos: Sección II de Inteligencia del Regimiento Maipo

Grado : Capitan

Rama : Ejército

Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)


Confirman pena de 10 años de cárcel para ex DINA Rubén Fiedler, por el asesinato de un electricista en 1975

Fuente :vozciudadananoticias.com, 5 Noviembre, 2015

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Valparaíso dictó sentencia de segunda instancia por el homicidio calificado de Alejandro Delfín Villalobos Díaz, ilícito perpetrado el 19 de junio de 1975, el sector de Chorrillos de Viña del Mar.

En fallo unánime (causa rol 436-2013), sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pablo Droppelmann, Jorge Fernández y Rafael Corvalán– confirmó la resolución dictada en junio de 2013, que condenó a la pena de 10 años y un día de presidio al agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Rubén Fiedler Alvarado. Además, en el caso el agente Marcelo Moren Brito se dejó sin efecto idéntica condena, tras constatarse su fallecimiento.

La sentencia en alzada confirma el criterio del ministro en visita Julio Miranda Lillo que, en fallo del 20 de junio de 2013, determinó que el deceso de Villalobos Díaz se produjo por un impacto de bala, disparada por un agente que participaba en un operativo realizado por fuerzas de seguridad en Viña del Mar.

“Que el día 19 de enero de 1975, Villalobos Díaz llegó hasta el inmueble ubicado en calle Abtao N°780 y Jackson N° 870 del sector de Chorrillos de Viña del Mar, que era el domicilio de un miembro del MIR, donde era esperado por varios días por un grupo de la DINA y de la Sección Segunda del Regimiento Maipo, y en instantes en que aquél se encontraba frente a la puerta de ingreso, uno de los integrantes del señalado grupo, le apuntó con un arma de fuego y acto seguido efectuó un disparo a corta distancia, dirigido a la cabeza de aquel, causándole una herida a bala, sin salida de proyectil, lo que le causó la muerte en forma inmediata”.

Asimismo, se confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a hija de la víctima.


Caso "Ocho de Valparaíso": Ministro Solís dicta nuevas condenas para cúpula de la DINA

Fuente :El Mercurio, 31 de Julio de 2010

Categoría : Prensa

El ministro en visita Alejandro Solís Muñoz dictó ayer la sentencia por los secuestros calificados de Horacio Carabantes Olivares, Alfredo García Vega, María Isabel Gutiérrez Martínez, Fabián Ibarra Córdova, Sonia Ríos Pacheco, Carlos Rioseco Espinoza, Abel Vilches Figueroa y Elías Villar Guijón, causa conocida como los "Ocho de Valparaíso".
La pena más alta fue para el ex jefe de la DINA general (r) Manuel Contreras, quien fue condenado a 15 años y un día de presidio.
Mientras que a los coroneles (r) del Ejército Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchenko y Daniel Cancino Varas se los sentenció a 10 años y un día.
A ellos se suma la condena al oficial (r) de Gendarmería Orlando Manzo Durán, al ex oficial del Ejército Rubén Fiedler Alvarado y a Pedro Herrera Henríquez, a quienes les dio una pena de 5 años y un día de presidio.
Mientras que al suboficial (r) de Carabineros Pedro Alfaro Fernández y al teniente coronel (r) del Ejército Fernando Lauriani Maturana les dio 3 años y un día de presidio.
Fiedler, Herrera y Alfaro fueron condenados en calidad de cómplices. El magistrado, además, acogió la excepción de incompetencia presentada por el fisco de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado (CDE), respecto de las demandas civiles deducidas en su contra en la que se solicitaban indemnizaciones.

Los hechos investigados ocurrieron el 17 de enero de 1975, cuando fueron detenidos en Viña del Mar la pareja Sonia Ríos y Fabián Ibarra. Un día después fueron detenidos Carlos Rioseco y Alfredo García.  El 21 de enero de 1975 se detuvo a Horacio Carabantes en la misma ciudad; el 24 de enero, en Quilpué, a María Isabel Gutiérrez; el 25 de enero, a Abel Vilches, en Viña del Mar, y el 27 de enero, en Valparaíso, a Elías Villar. Todos fueron trasladados al Regimiento Maipú y, el 28 de enero de 1975, llevados a la Villa Grimaldi, donde desaparecieron.

En tanto, ayer el vocero de la Corte Suprema, Nibaldo Segura, se refirió a las declaraciones del condenado general (r) Contreras, quien denuncia que los tribunales no están aplicando la ley de amnistía. "Yo tomo eso como el justo derecho a opinar que tienen todos los ciudadanos del país (…) No me molestan las críticas, estamos sometidos al escrutinio de la opinión pública, como también es legítimo que los tribunales resolvamos de acuerdo al criterio que tenemos", dijo.

DEMANDAS
Si bien el juez rechazó las demandas en contra del fisco, se pueden presentar otras en los juzgados civiles.


Prisión preventiva para cuatro oficiales (r) por secuestro en el Buque Esmeralda

Fuente :El Mercurio, 30 de Noviembre de 2009

Categoría : Prensa

La ministra de fuero de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Eliana Victoria Quezada, dictó procesamientos en contra de tres oficiales navales en retiro, uno de Carabineros, y de otros ocho implicados por el secuestro de seis personas a bordo del buque Escuela Esmeralda, tras el golpe de estado de 1973.

Según la investigación judicial, María Eliana Comené, Alberto Neumann Lagos, Claudina Moreno Cortés, María Elvira Huerta Sánchez, Rosa Angélica Huerta Sánchez y María Isabel Vásquez Pezoa, fueron mantenidas en contra de su voluntad al interior del buque escuela Esmeralda.

Los inculpados corresponden a los vicealmirantes (r) de la Armada, Sergio Barra von Kretschmann, Juan Mackay Barriga y Ricardo Riesco Cornejo; además del oficial de Carabineros, Nelson López Cofré; y de Bertalino Castillo Soto, Jorge Leiva Cordero, Jaime Lazo Pérez, Reginaldo Rebolledo López, Manuel Leiva Valdivieso, Juan Reyes Bausar, Luis Cabezón Cattanzano y Alejo Esparza Martínez.

"Los detenidos ingresaron en prisión preventiva a recintos de la Armada y de Carabineros, salvo uno que quedó con arresto domiciliario por motivos de salud", informó el Poder Judicial.

La magistrada, además, sometió a proceso a dos ex oficiales del Ejército, Marcelo Moren Brito y Rubén Fiedler Alvarado, quienes se encuentran en prisión preventiva en recintos de esa institución armada, por el homicidio calificado de Alejandro Delfín Villalobos Díaz, ocurrido el 19 de enero de 1975 en Viña del Mar.


Ministro Solís dicta nuevas condenas para cúpula de la DINA

Fuente :El Mostrador, 31 de julio 2010:

Categoría : Prensa

El ministro en visita Alejandro Solís Muñoz dictó la sentencia por los secuestros calificados de Horacio Carabantes Olivares, Alfredo García Vega, María Isabel Gutiérrez Martínez, Fabián Ibarra Córdova, Sonia Ríos Pacheco, Carlos Rioseco Espinoza, Abel Vilches Figueroa y Elías Villar Guijón, causa conocida como los "Ocho de Valparaíso".

La pena más alta fue para el ex jefe de la DINA general (r) Manuel Contreras, quien fue condenado a 15 años y un día de presidio. Mientras que a los coroneles (r) del Ejército Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchenko y Daniel Cancino Varas se los sentenció a 10 años y un día. A ellos se suma la condena al oficial (r) de Gendarmería Orlando Manzo Durán, al ex oficial del Ejército Rubén Fiedler Alvarado y a Pedro Herrera Henríquez, a quienes les dio una pena de 5 años y un día de presidio.

Los hechos investigados ocurrieron el 17 de enero de 1975, cuando fueron detenidos en Viña del Mar la pareja Sonia Ríos y Fabián Ibarra. Un día después fueron detenidos Carlos Rioseco y Alfredo García. El 21 de enero de 1975 se detuvo a Horacio Carabantes en la misma ciudad; el 24 de enero, en Quilpué, a María Isabel Gutiérrez; el 25 de enero, a Abel Vilches, en Viña del Mar, y el 27 de enero, en Valparaíso, a Elías Villar. Todos fueron trasladados al Regimiento Maipú y, el 28 de enero de 1975, llevados a la Villa Grimaldi, donde desaparecieron.


Cayó Prófugo de la DINA: PDI detuvo a Rubén Fiedler

Fuente :reddigital.c, 22 de Octubre 2015

Categoría : Prensa

En la avenida San Martín de Viña del Mar fue capturado el ex agente de la DINA, Rubén Fiedler Alvarado, quien estaba prófugo desde el 14 de abril de este año, fecha en que la Corte Suprema lo sentenció a cinco años y un día de cárcel como cómplice del homicidio de ocho personas durante la Dictadura militar, caso conocido como los «ocho de Valparaíso».

Desde hace aproximadamente dos meses que un equipo especial de la Policía de Investigaciones, le seguían la pista a Rubén Fiedler Alvarado, quien huyó de la justicia luego de que el máximo tribunal confirmara la sentencia que le impuso el juez Alejandro Solís.

Se trata del mismo grupo policial que detuvo hace dos semanas al ex prefecto Daniel Cancino Varas.

La detención se produjo cerca de las 18.00 horas del jueves pasado, sin que Fiedler Alvarado opusiera resistencia al momento en que el grupo de policías lo interceptó en la conocida arteria costera. Durante todo este tiempo, se ocultó gracias al apoyo de un hermano, un ex oficial del Ejército, del sujeto que vive en la zona.

El ex agente integraba un grupo de la DINA integrado además por Rolf Wenderoth Pozo y Daniel Cancino Varas, capturado hace dos semanas. Estos últimos fueron condenados como autores del secuestro y homicidio a 10 años de presidio. Además Fernando Lauriani Mauturana, como autor, a tres años, con beneficios.

Las víctimas de este grupo de criminales fueron Horacio Neftalí Carabantes Olivares, Alfredo Gabriel García Vega, María Isabel Gutiérrez Martínez, Fabián Ibarra Córdova, Sonia del Tránsito Ríos Pacheco, Carlos Ramón Rioseco Espinoza, Abel Alfredo Vilches Figueroa y Elías Ricardo Villar Guijón.

Su caso fue conocido como el de «los ocho de Valparaíso». Todos ellos fueron asesinados salvajemente durante enero de 1975, en diversos puntos del principal puerto del país.

De esta forma, Fiedler se transforma en el cuarto agente capturado en los últimos meses. Anteriormente fueron detenidos Alejandro Adonis Sepúlveda, abril; Patricio Kellet, junio, y Daniel Cancino Varas, en julio.

Aún se mantienen prófugo el coronel en retiro de Carabineros, Ricardo Lawrence Mires, ex integrante de la Brigada Puren de la DINA y  Arturo Silva Valdes, recientemente condenado por el asesinato del químico de la DINA, Eugenio Berríos.


Prontuario de los ex Dina y CNI que hoy reciben millonarias pensiones

Fuente :radio.uchile.cl,  29 de julio 2017

Categoría : Prensa

El pasado martes, el abogado Roberto Ávila interpuso una querella criminal en el 7° Juzgado de Garantía de Santiago. La acción busca determinar las responsabilidades de siete ex oficiales de las Fuerzas Armadas y, de todos quienes resulten responsables, por el delito de fraude al fisco, en el marco de la denuncia realizada por el programa Informe Especial, donde se reveló que existen una serie de ex funcionarios que reciben pensiones excepcionales sin cumplir con los requisitos establecidos por la ley.

Lo anterior significa que durante años, ex integrantes de las Fuerzas Armadas han recibido pensiones de invalidez de “segunda clase”, es decir, aquellas destinadas a personas que sufren una situación de invalidez que les impide seguir cumpliendo el servicio en que trabajan y que tampoco pueden realizar otra actividad para ganarse la vida. Esta categoría permite aumentar hasta un 20 por ciento de la última remuneración y favorece al jubilado hasta el término de su vida.

“Se trata de personas que no están en situaciones de invalidez de segunda clase y que han obtenido tal calificación con el único propósito de ver aumentada su jubilación dolosamente”, se lee en el documento.

La querella presentada por Ávila identifica a siete ex oficiales del Ejército, entre los cuales se encuentra el hijo del dictador Augusto Pinochet Ugarte, Augusto Pinochet Hiriart, quien recibe una pensión de invalidez de segunda clase desde 1979.

Dentro de los siete acusados en la querella, hay cuatro que han sido condenados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la Dictadura cívico – militar que encabezo Augusto Pinochet. Pese a que todos reciben pensiones de invalidez de segunda clase por más de un millón de pesos al mes, son sindicados como física y mentalmente sanos.

Aquí sus prontuarios:

Emilio Enrique Neira Donoso

Ex oficial de Ejército y miembro de la Central Nacional de Informaciones, CNI. Su condena fue ratificada por la segunda sala de la Corte Suprema el 28 de agosto de 2007. Ingresó a Punta Peuco a cumplir condena el 24 de septiembre de 2007 y quedó en libertad el 1 de julio de 2015.

Fue condenado como autor del delito de homicidio calificado de Recaredo Ignacio Valenzuela Pohorecky, y como autor del delito de homicidio calificado de José Joaquín Valenzuela Levi, ambos en el marco de la denominada Operación Albania. En esta operación, ocurrida los días 15 y 16 de junio, se asesinó a 12 integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, FPMR.

Sobre el asesinato de Recaredo Ignacio Valenzuela, la sentencia asegura que los agentes de la ex CNI seguían a Valenzuela desde hace meses; que el escenario del crimen se preparó con antelación, que la víctima fue “cargada” con una granada, para aparentar que se encontraba fuertemente armado y que los partícipes recibieron, el 15 de junio de 1987, la orden de “neutralizarlo”, forma verbal que, en el metalenguaje propio de los miembros del organismo estatal que integraban, es equivalente a abatir o exterminar.

Además, señala que la víctima fue emboscada, recibiendo varios disparos –a lo menos tres, según peritaje balístico efectuado por el Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones de Chile-, que se alteró el escenario del crimen mediante la artimaña de “suponer un enfrentamiento”, para lo cual “se le colocó una pistola a una distancia alejada de su cuerpo y, en la chaqueta que vestía, una granada” , circunstancias que demostrarían un actuar “sobre seguro”, lo que constituye alevosía.

“En efecto, es evidente que el número de los autores que tomaron parte de manera inmediata y directa en la ejecución del hecho –los procesados Valdovinos Morales, Acuña Luengo, Morales Acevedo y Neira Donoso – determina objetivamente que actuaron “sobre seguro”, aprovechándose de circunstancias materiales favorables que contribuyeron a asegurar el éxito de la acción delictiva y neutralizar los riesgos que pudieren emanar de una posible defensa de la víctima”, se lee en la sentencia.

Respecto a su responsabilidad material en la ejecución, el documento emitido por la Corte Suprema afirma que “el oficial a cargo de la misión de detener a Valenzuela Pohorecky era Neira Donoso, según lo reconocido por él mismo en sus indagatorias. Es, pues, ese jefe el único que pudo impartir la orden de disparar a matar, por ser un hecho que fue también él quien “ordena al equipo que lo enfrentó que no disparen más” y es, por ende, el único participante material en quien concurre el dominio de las condiciones creadas con la intencionalidad de asegurar el éxito de la misión de “neutralizar” al occiso”.

Por este crimen y el de Valenzuela Levi se le asignó la pena de única de ocho años de presidio mayor en su grado máximo; a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos; y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Actualmente está en libertad, trabaja en una empresa y recibe 2 millones 605 mil 979 pesos como pensión de invalidez.

Rubén Agustín Fiedler Alvarado

Ex oficial de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA. La última actuación judicial de su caso fue emitida por la Corte Suprema, el 12 de octubre de 2016. En esta oportunidad, se rechazó un recurso de casación por una condena establecida a Fiedler Alvarado como autor de homicidio calificado del jefe de la V Región del Movimiento de Izquierda Revolucionario, MIR, Alejandro Delfin Villalobos Díaz.

El máximo Tribunal reveló que a fin de capturar a las personas buscadas utilizaban, entre otros procedimientos, uno que llamaban “ratonera” que consistía en ocupar la casa de algún miembro del Movimiento de Izquierda Revolucionario a fin de esperar a que otro integrante se apersonara en el lugar para capturarlo. Con ese procedimiento se habría montado un operativo destinado a capturar a Villalobos Díaz.

El 19 de enero de 1975, Villalobos Díaz llegó hasta un inmueble ubicado en el sector de Chorrillos de Viña del Mar, donde era esperado por varios días por un grupo de la DINA y de la Sección Segunda del Regimiento Maipo. Cuando se encontraba frente a la puerta de ingreso, uno de los integrantes del señalado grupo le apuntó con un arma de fuego y efectuó un disparo a corta distancia en la cabeza, causándole una herida a bala, sin salida de proyectil, lo que le causó la muerte en forma inmediata.

“Alejandro Delfín Villalobos Díaz murió por acción de terceros, quienes lo esperaban con la determinación anterior de causarle la muerte, desprendiéndose la circunstancia calificante del hecho que se montó un operativo como el descrito con la finalidad de ubicarlo y eliminarlo. A su turno, los jueces del grado concluyeron la participación del acusado en calidad de autor, considerando que en la época se encontraba en el Regimiento Maipo, se unió al trabajo de la DINA y le reconoció a un compañero de armas que él había capturado a Villalobos Díaz, con una participación tan relevante que le significó un premio”, se lee en la sentencia que condenó a Fiedler Alvarado.

Lo anterior, hizo concluir que quien disparó a corta distancia asesinando a Villalobos Díaz, fue Rubén Fiedler Alvarado. Lo condenaron a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, con accesorias de inhabilitación y al pago de las costas de la causa.

Actualmente está preso en Punta Peuco, donde se ha registrado como física y psíquicamente sano, sin enfermedades. Recibe una pensión de invalidez de 1 millón 340 mil pesos mensuales.

Jaime Torres Gacitúa

Ex oficial de ejército e integrante de la CNI. “Asesor de seguridad” de Pinochet y miembro del Servicio Secreto del DINE. Su condena fue ratificada por la Corte Suprema el 11 de agosto de 2015 y se dio en el marco del caso de Eugenio Berríos, ex químico de la DINA, quien en 1991 huyó a Uruguay donde fue secuestrado y posteriormente asesinado.

Como parte del Régimen de Pinochet, Berrios fue responsable de la fabricación de gases sarín, soman y tabun. Por lo estratégicas que resultaron sus acciones y su conocimiento relativos de las políticas ofensivas de la Dictadura, fue asesinado. Este caso es considerado uno de los últimos perpetrados en el marco de la Operación Cóndor.

Por estos hechos, Torres Gacitúa fue condenado a las penas de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos y derechos políticos profesiones titulares mientras dure la condena por su responsabilidad de autor del delito de secuestro de Eugenio Berríos Sagredo perpetrado en Santiago a partir de octubre de 1991.

En la misma actuación se le condenó a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como coautor del delito de asociación ilícita.

A través de la figura de media prescripción se le condenó finalmente, a la pena de diez años y un día de presidio.

Recluido actualmente en Punta Peuco, recibe una pensión de 1 un millón 647 mil 687 pesos por invalidez de segunda clase.

Patricio Ferrer Ducaud

Ex oficial de la DINA.  Se le condenó por los homicidios calificados de 14 personas, ocurridos 19 de octubre de 1973, en la Quebrada El Way de Antofagasta. Este caso es conocido como “El episodio Antofagasta” en el marco del caso Caravana de la Muerte. Por esos hechos se le asignó la pena de 15 años de prisión en diciembre de 2013.

“Alrededor de las 23:30 horas de ese día, dos oficiales de la Escuela de Blindados, a cargo de una patrulla compuesta de alrededor de 10 militares, salieron en dos camiones del Ejército desde el patio de la Escuela con destino a la Cárcel Pública, de esa ciudad pasando previamente en el trayecto al Cuartel de Investigaciones de Antofagasta, donde recibieron la orden escrita para el retiro de los prisiones políticos. Transcurrida una espera de alrededor de 15 a 20 minutos, llegaron a la Quebrada El Way varios vehículos militares en los cuales se desplazaban miembros de la comitiva del Oficial Delegado y personal militar de la zona, los que se detuvieron metros más delante de donde estaban los camiones, descendiendo de uno de ellos el Director de la Escuela de Blindados quien procedió a ordenar a los oficiales, que bajaran a los prisioneros políticos de los vehículos y que los dejaran a disposición del personal que debía proceder a su ejecución en la zona de fusilamiento, disponiendo luego el repliegue de los oficiales y la patrulla”, relata la sentencia.

“Los prisioneros fueron separados en grupos de tres o cuatro y llevados frente a un paredón y, a la orden del oficial a cargo del operativo, fueron ejecutados por miembros de la comitiva del Oficial Delegado y personal militar de la zona, mediante diferentes ráfagas de fuego provenientes de las armas que portaban, terminando con el tiro de gracia dado a los prisioneros moribundos”, agrega.

Al momento de ser condenado, Ferrer Ducaud envió una sentida carta a la Asociación de Oficiales de la Armada en Retiro, donde afirmaba que “por razones del destino y por edad, mucho de los actores de ese evento, todos superiores del suscrito, han fallecidos (sic), quedando el suscrito con responsabilidades totalmente ajenas”.

Y no sólo eso.

También afirmaba que por su edad, el dictamen constituía para él “una pena de muerte, la que acepto con resignación por ser un militar orgulloso de mis actos y ser conscientes del Juramento a la bandera de “obedecer con prontitud y puntualidad las órdenes de mis superiores”.

Actualmente está recluido en Punta Peuco, sindicado física y mentalmente sano. Recibe mensualmente, por concepto de pensión de invalidez de segundo grado, la suma de 2 millones 161 mil 406 pesos.


CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO SE QUERELLA CONTRA CUATRO REOS DE PUNTA PEUCO POR FRAUDE AL FISCO

Fuente :La Nacion, 12 de Mayo 2018

Categoría : Prensa

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) interpuso una querella contra cuatro reos de Punta Peuco: Enrique Neira, Patricio Ferrer, Jaime Torres y Rubén Fiedler.

El organismo realizó la acción legal acusando fraude al fisco en el otorgamiento de pensiones de inutilidad de segunda clase, equivalente a la jubilación de invalidez. Se señala que los acusados recibieron pensiones que suman más de 7 millones de pesos pese a que, cuando ingresaron al penal, no informaron a Gendarmería de ningún tipo de enfermedad.

El medio La Tercera tuvo acceso a la querella, y el documento puntualiza que los condenados por Derechos Humanos “no cumplían ni cumplen con los requisitos para haberse acogido a la pensión de inutilidad de segunda clase que les fue otorgada. No tienen, según sus propios dichos, ninguna limitación física o mental que les impida desarrollar alguna actividad laboral en completa normalidad“.

Según, el medio, el detalle de las pensiones es el siguiente: Enrique Neira 2.605.979 pesos, Patricio Ferrer 2.161.406 pesos, Jaime Torres: 1.647.687 pesos, y Rubén Fiedler: 1.340.000 pesos.

De igual modo, el CDE también decidió hacerse parte en la investigación por pago de pensiones de invalidez contra Emilio Neira Donoso, exoficial de la CNI; Patricio Ferrer Ducaud, exoficial de la Fach; y la abogada Patricia Rivera. La querella también incluye al excomandante en jefe de la Fach, Patricio Ríos Ponce; y al general en retiro de Brigada Aérea, Patricio Franjola.

Asimismo el organismo pidió a la Fiscalía oficiar a la subsecretaría para las Fuerzas Armadas para que informe sobre los miembros de la comisión de Sanidad que integraron funcionarios de las tres ramas de las Fuerzas Armadas.

El CDE indica que el diagnóstico de esta comisión “dio origen al otorgamiento de pensiones improcedentes y cuya individualización deberá precisar la presente investigación”.

Por último, también apuntó a un tercer grupo que recibiría pensión de invalidez de segunda clase y que trabaja en el ámbito civil, en este último identificando a Patricia Rivera, exabogada de Capredena que actualmente se desempeña como jueza del Segundo Juzgado de Familia de Santiago; y Patricio Franjola, quien ejerce como abogado particular y recibe la pensión más alta (6.806.000 pesos).

RESPUESTA DE ABOGADO DE INTERNOS

El abogado Raúl Meza, representante de los internos de Punta Peuco señaló: “Me parece extraordinariamente grave que el CDE cuestione la probidad y las competencias profesionales de los organismos públicos que participaron en este proceso de concesión de este beneficio de jubilación de segunda clase a funcionarios de las FFAA”.

De igual modo, acusó un sesgo político, ya que a su juicio la querella debería incluir a todos los funcionarios públicos que reciben el beneficio.


El asesinato del Mickey

Fuente :Punto Final”, 3 de diciembre, 2015

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Valparaíso ratificó el fallo por el homicidio calificado de Alejandro Delfín Villalobos Díaz, perpetrado el 19 de junio de 1975 en el sector Chorrillos de Viña del Mar. Se confirmó la sentencia del ministro en visita Julio Miranda Lillo, quien en fallo de 20 de junio de 2013 determinó que Villalobos murió por un impacto de bala disparada por un agente que participaba en un operativo realizado en Viña del Mar. Condenó al agente de la Dina, Rubén Fiedler Alvarado a 10 años y un día de cárcel. El tribunal de alzada dejó sin efecto idéntica condena para Marcelo Moren Brito, tras constatar su fallecimiento.
Villalobos fue dirigente de los pobladores del campamento Nueva Habana, sector que se conformó con grupos venidos de otras tomas de terrenos como Nueva Ranquil, Magaly Honorato y Elmo Catalán, al cual llegaron 1.500 familias y se instalaron al oriente de la actual rotonda Quilín. La dictadura rebautizó el barrio como Nuevo Amanecer. Villalobos, militante del MIR, luego del 11 de septiembre del 73 debió pasar a la clandestinidad. A más de 40 años de los hechos que provocaron su muerte, la mano de la justicia se acerca, aunque algunos de los culpables hayan fallecido.
“El día 19 de enero de 1975, Villalobos Díaz llegó hasta el inmueble ubicado en el sector de Chorrillos de Viña del Mar, domicilio de un miembro del MIR, donde era esperado por varios días por un grupo de la Dina y de la sección segunda del Regimiento Maipo, y en instantes en que aquel se encontraba frente a la puerta de ingreso, uno de los integrantes del señalado grupo le apuntó con un arma de fuego y, acto seguido, efectuó un disparo a corta distancia dirigido a la cabeza de aquel, causándole una herida a bala sin salida de proyectil, lo que le causó la muerte en forma inmediata”, señala la sentencia.

LA DINA EN EL REGIMIENTO MAIPO
La investigación determinó que “a principios del año 1975, el jefe de la Dirección de Inteligencia Nacional, Dina, por orden del integrante de la Junta Militar almirante José Toribio Merino Castro, envió a un grupo operativo a cargo del jefe de la Brigada Caupolicán hasta la ciudad de Valparaíso, quienes viajaron desde Santiago a fines de la primera quincena del mes de enero de 1975, en un helicóptero que se posó en el patio del Regimiento Maipo N°2 de Valparaíso”. En ese recinto militar los agentes “establecieron su centro de operaciones; primeramente en el casino de suboficiales ubicado al interior del referido regimiento y posteriormente en el subterráneo del casino de oficiales ubicado en frente”, consignó la investigación judicial.
“En los operativos realizados se procedió a la captura de los militantes o afines al grupo revolucionario MIR, quienes eran interrogados en las dependencias antes señaladas. Los capturados eran sometidos a sesiones de tortura física y síquica de variada índole, siento algunos de ellos trasladados al Cuartel Silva Palma de la Armada de Valparaíso y otros al centro de detención clandestino denominado Villa Grimaldi, en Santiago. Para dichos operativos, los agentes de la Dina contaron con la colaboración de oficiales y suboficiales del Regimiento Maipo, especialmente de los integrantes de la sección segunda de Inteligencia”, detalla la resolución.
“A fin de capturar a las personas buscadas, utilizaban, entre otros procedimientos, uno que llamaban ‘ratonera’ que consistía en ocupar la casa de algún miembro del MIR a fin de esperar a otro integrante o simpatizante que se apersonara al lugar para proceder a su interceptación o captura. Es así que dentro del marco antes descrito y encontrándose dentro de los listados de personas buscadas por los órganos de inteligencia el jefe regional del MIR, Alejandro Delfín Villalobos Díaz, se montó dicho operativo para su captura”, precisa el dictamen.

AL VERLO LO ASESINARON DE INMEDIATO
El testigo Reinaldo Zott Chuecas esclareció para el tribunal la muerte de Alejandro Villalobos Díaz, conocido por sus compañeros y pobladores del campamento Nueva Habana como “Mickey”.
“A principios del mes de enero de 1975 la Dina dirigida por Marcelo Moren Brito, secundado por Fernando Laureani Maturana y por los agentes de la unidad Vampiro, todos suboficiales de Carabineros, inicia una acción represiva usando como base el Regimiento Maipo, en contra de los miembros del MIR en esta región, lo que dio inicio a una serie de detenciones, interrogatorios y torturas”, entre las cuales se encuentra la de Zott, el 17 de enero de 1975.
Zott declaró ante la justicia que “estando detenido en el Regimiento Maipo, tuvo contacto con el capitán de ejército, jefe del Servicio de Inteligencia Militar, Osvaldo Heyder Goicoechea, quien entre los días 20 a 21 del mismo mes le contó que Alejandro Delfín Villalobos Díaz había muerto en una casa ubicada en Chorrillos, Viña del Mar, habitada por Fabián Ibarra (detenido desaparecido) y su cónyuge Sonia Ríos (detenida desaparecida). Cuando llega a Chorrillos es sorprendido por gente de la Dina quien al verlo aparecer lo asesina en forma inmediata mediante disparos a quemarropa”.
La versión fue ratificada por la de María Teresa Villalobos Díaz, ”quien da cuenta que habiendo sido detenida el día 14 de enero de 1975, se encontró en Villa Grimaldi con Sonia Ríos Pacheco, quien le señaló que su casa habitación fue entregada por información de un tercero, por lo que fue detenida por la Dina, quien armó en el lugar una ratonera donde esperaban a personas que les interesaba encontrar. Para el caso en concreto, afirma, le contó que en eso tocan el timbre y ella abre la puerta con un Dina detrás suyo apuntándola con el arma, que en ese momento el Dina la empuja hacia un lado y le apunta a Alejandro Delfín Villalobos Díaz, el cual trató de desarmar al agente lanzándose sobre él y el agente le dispara ingresando el proyectil por la mandíbula”.

SE CONCERTARON PARA COMETER EL CRIMEN
La justicia tomó como antecedente relevante el hecho que el director de la Dina, Manuel Contreras, con fecha 14 de junio de 1977, en recurso de amparo deducido a favor de María Isabel Gutiérrez Martínez y otros, informó al presidente de la Corte Suprema José María Eyzaguirre “que en el mes de enero de 1975 se efectuó en Valparaíso un enfrentamiento armado con el segundo jefe del regional del MIR, Alejandro Delfín Villalobos Díaz, quien resultó muerto. Se informa, además, la detención de Fabián Ibarra Córdova y Sonia Ríos Pacheco”.
Sergio Vásquez Malebrán, Julio Torres Villegas, José Fernando Saavedra Romero, Francisco de la Fuente Droguett declararon haber sido detenidos en la Región de Valparaíso por la Dina y haber permanecido privados de libertad en el Regimiento Maipo, en enero de 1975, “y vieron en el lugar y/o posteriormente en Villa Grimaldi a Fabián Ibarra Córdova y a Sonia Ríos Pacheco, todo lo cual da consistencia a la conclusión de que fue la Dina quien estuvo detrás de la muerte de Alejandro Delfín Villalobos Díaz”, precisa la resolución judicial.

PREMIADO POR EL ASESINATO
El agente Fernando Lauriani Maturana señaló “que en los meses de enero o febrero de 1975, por orden de Marcelo Moren Brito transportó detenidos del MIR desde el Regimiento Maipo hasta Santiago”.
El tribunal determinó que el asesino fue Rubén Fiedler. Este reconoció haber trabajado en el Regimiento Maipo en enero de 1975 “y haber prestado apoyo a operativos de la Dina en Viña del Mar y haber tenido contacto, al menos en una oportunidad, con Moren Brito”. Además, declaró haber visto antes personalmente a Alejandro Villalobos en septiembre de 1973, cuando “concurrió con su hermano, que es bombero, a un llamado de incendio en la Población Nueva La Habana, donde indirectamente conoció a una persona que se hacía llamar ‘Mickey’”.
Héctor Julio Salinas Prado, compañero de armas del acusado, declaró que “el propio teniente Rubén Fiedler Alvarado le contó que había capturado al ‘Mickey’, y que en premio habría recibido un viaje a Brasil”.