Del Río Espinoza Gabriel

Rut:

Cargos: Director de la Escuela de Artillería de Linares

Grado : General

Rama : Ejército


Guzmán dicta procesamientos caso Caravana de la Muerte

Fuente :El Mercurio 21 de Julio 2003

Categoría : Prensa

El ministro de fuero Juan Guzmán sometió a proceso a tres militares (r) por delitos cometidos por la denominada Caravana de la Muerte en cuatro ciudades al sur del país.

Luego de su investigación, Guzmán encargó reos al general (r) Sergio Arellano Stark, por el homicidio calificado de dos personas en la ciudad de Curicó. Además encausó a Arellano y al general (r) Gabriel del Río por los delitos de secuestro y homicidio calificado de Teófilo Arce, Leopoldo González, Segundo Sandoval y José Sepúlveda, todos ellos de la ciudad de San Javier.

El magistrado determinó además recalificar desde secuestro a homicidio el procesamiento al general (r) Arellano, al brigadier Pedro Espinoza (r) y el coronel (r) Marcelo Moren Brito, por la muerte y desaparición de dos personas en la ciudad de Cauquenes.

Asimismo, Guzmán decidió nuevamente encargar reo a Arellano Stark y al general (r) Héctor Hernán Bravo por el secuestro con homicidio de dos personas en la ciudad de Valdivia.

Con la resolución emanada hoy el magistrado estableció que la comitiva militar efectivamente recorrió la zona sur del país en 1973.

Luego de notificarse, el abogado de derechos humanos Juan Bustos sostuvo que con la resolución "queda muy patente que en relación a la Caravana de la Muerte faltaba aún mucho más. Ahora esto se ha comprobado y ha quedado claro, y así el ministro dictó procesamientos por los casos de Valdivia, San Javier y Curicó".


Nueva querella

Fuente :La Tercera 29 de Julio 2003

Categoría : Prensa

La Agrupación de ex Presos Políticos de Linares acordó presentar una querella contra el ex intendente y ex director de la Escuela de Artillería, el general (R) Gabriel del Río, y el entonces enlace entre el Ejército e Investigaciones, Nelson Mery, por su presunta responsabilidad en violaciones a los DD.HH. ocurridas en la ciudad a fines de 1973.

Según informó el presidente de la agrupación, Teobaldo Peña, entre las diligencias que se solicitarán se contempla una reconstitución de escena en el Polígono General Bari, ubigado al interior de la Escuela de Artillería.

Otro flanco abierto para el jefe policial es la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, a la que concurrirá mañana a prestar declaración, luego de que fuera citado por los parlamentarios.

Los diputados ya escucharon hace dos semanas el testimonio de Odette Alegría, quien concurrió a Valparaíso en compañía de los diputados Laura Soto y Jorge Tarud (PPD), y el alcalde Claudio Villalobos (PS). El edil, quien también estuvo detenido en la Escuela de Artillería, proporcionó información en contra de Mery.

 


Procesan a cinco militares y dos detectives por secuestros en Linares

Fuente :El Mostrador.cl 19 de Abril 2006,

Categoría : Prensa

El ministro en visita Alejandro Solís procesó a cinco miembros en retiro del Ejército y dos ex detectives como autores de secuestro calificado de tres militantes del MIR y un dirigente sindical, quienes fueron vistos con vida por última vez en la Escuela de Artillería de Linares entre el 12 de septiembre de

1973 y el 2 de enero de 1974.

El dictamen se convierte en una ampliación de la resolución que dictó el 6 de julio de 2003, ocasión en que encausó a seis ex uniformados por otros casos de detenidos desaparecidos contenidos en el mismo episodio.

El magistrado decidió encausar al coronel (r) Gabriel del Río Espinoza, quien era el comandante del mencionado recinto y -a la vez- intendente regional en la época, al coronel (r), Claudio Abdón Lecaros Carrasco, al ex comisario de Investigaciones Héctor Torres Guajardo, al suboficial mayor (r) Antonio Aguilar Barrientos y al comisario (r) de Investigaciones Nelson Volta Rosas, en calidad de autores del delito de secuestro calificado de Guillermo del Canto Ramírez, dirigente del MIR.

Según la investigación sustanciada por Solís, siendo las 00:30 horas del 2 de enero de 1974, Del Canto fue detenido mientras se encontraba junto a su cónyuge Marianela Méndez Soto en el domicilio de su primo Félix Ignacio Valenzuela Ferrer, ubicado en calle Santa Clara Nº 560 de la comuna de La Cisterna.

En efecto, ingresaron al lugar varios funcionarios que dijeron pertenecer al Regimiento de la ciudad de Linares, los que detuvieron a del Canto Ramírez y a su primo, por tratarse de un ”encubridor” –según manifestaron los aprehensores- .

Ambos detenidos fueron llevados en un camión hasta la Escuela Militar de Santiago, lugar en que fueron interrogados. A la mañana siguiente, Valenzuela Ferrer fue dejado en libertad en tanto que Guillermo del Canto fue trasladado hasta el Regimiento de Artillería de Linares, donde permaneció detenido algunos días, siendo interrogado y torturado para, posteriormente, en una fecha no determinada, ser conducido al campo de prisioneros de Tejas Verdes de San Antonio, donde se perdió su rastro hasta hoy.

Otras tres víctimas

Por otra parte, el ministro Solís procesó al general (r) Carlos Edmundo Morales Retamal, a la sazón director de la Escuela de Artillería de Linares, en su calidad de autor del delito de secuestro calificado en contra de la estudiante universitaria y ex militante del MIR María Isabel Beltrán Sánchez, cometido a contar del 18 de septiembre de 1973.

Al ex comisario de Investigaciones Héctor Armando Torres Guajardo y al suboficial mayor (r) Antonio Aguilar Barrientos, como autores del delito de secuestro calificado en contra del ex militante del MIR Héctor Hernán Contreras Cabrera, cometido a contar del 8 de diciembre de 1973.

Por último, el juez encausó al coronel (R) Juan Hernán Morales Salgado, en su calidad de autor del delito de secuestro calificado en la persona de José Alfonso Saavedra Betancourt, ex dirigente sindical de la empresa Celco, perpetrado desde el 12 de septiembre de 1973.

El magistrado otorgó la libertad provisional a todos los procesados y sólo en el caso de Morales Salgado, quien por primera vez es imputado en esta causa, el beneficio fue entregado con consulta a la Corte de Apelaciones.

La Primera Sala del tribunal de alzada confirmó este martes la excarcelación del ex militar, con los votos favorables de los ministros Juan Cristóbal Mera y Amanda Valdovinos, además del abogado integrante Benito Mauriz.

Compañeros de Mery

En el procesamiento, que consta de más de 60 páginas, el ministro Solís dejó estampadas las varias alusiones que existen en estos casos por la participación del ex director de Investigaciones en la detención de estos opositores al régimen militar.

De hecho, varios testigos lo sindican como parte del grupo de agentes que detuvo a María Isabel Beltrán. Asimismo, uno de los detectives que prestó servicios en la Escuela de Artillería, Armando Torres Guajardo, sostuvo que en esa unidad "había un Departamento de Seguridad, a cargo del capitán Lecaros y contaba con otros funcionarios, como Nelson Mery, al mando de Jorge Zincke.

Participaba en los interrogatorios y respecto de María Isabel Beltrán, militante del MIR, arrestada en Santiago, presenció unos 3 interrogatorios a cargo del capitán Lecaros, el cual, para amedrentarla, la golpeaba, en la espalda, con un “churro” de goma".

En tanto, uno de los sobrevivientes de la Escuela de Artillería de Linares, Osvaldo Efraín Salazar Saavedra, quien fue detenido el 19 de diciembre de 1973 por un pelotón de militares y detectives que lo llevaron a la Escuela Militar y luego fue trasladado a la Escuela de Artillería de Linares, afirma que en ese grupo participó Nelson Mery.

Por su parte, el ex director de la policía civil, quien abandonó su cargo por su supuesta vinculación a violaciones a los derechos humanos, declaró en el procesó que "el 12 de septiembre de 1973, siendo detective, fue designado como Oficial de enlace en la Escuela de Artillería de Linares y en una ocasión lo llamaron de la “Oficina de Inteligencia” y Aguilar le preguntó si conocía a Patricia Contreras, a quien ubicaba por ser amigo de su hermana, Elena".

"Contestó que sí y le ordenaron ir a Santiago porque aquella estaría involucrada en un ocultamiento de armas en Panimávida. Llegaron a una casa en calle Cienfuegos, en un jeep militar, a cargo del capitán Humberto Julio, iban además el sargento Aguilar y el detective Volta; la detuvieron y la llevaron a la Escuela Militar; al día siguiente, yendo de regreso, bajó del jeep y miró en el camión en que iba aquella y se encontró, además, con María Isabel Beltrán, quien fue detenida por los efectivos militares", añadió.

"Siempre estimó que María Isabel Beltrán era un objetivo de inteligencia militar como lo dijo por escrito el coronel Morales Retamal, quien señala que aquella pertenecía a una célula mirista, mantenía actividades extremistas en Parral y en la infiltración de personas en las Fuerzas Armadas, principal cargo por el cual fue detenida", aseguró Mery al tribunal.


Solís dicta condenas de 10 años y un día por desaparición de mirista

Fuente :El Mostrador 4 de Junio 2007

Categoría : Prensa

Dictamen del magistrado por secuestro de Guillermo del Canto afectó a dos oficiales y un sargento del Ejército, todos retirados, además de un ex comisario de Investigaciones.

El ministro en visita Alejandro Solís Muñoz dictó su 15ª condena por violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el régimen militar desde que heredó parte de las causas que investigó el ex ministro de Juan Guzmán Tapia en contra de Augusto Pinochet.

Solís condenó al general (R) Gabriel del Río, al capitán (R) Claudio Lecaros Carrasco y al ex sargento Antonio Aguilar Barrientos, todos del Ejército, y al otrora comisario de Investigaciones Héctor Torres Guajardo a 10 años y un día de presidio por el secuestro del militante del MIR Guillermo del Canto Ramírez, ocurrido en enero de 1974. En calidad de cómplice fue sentenciado a cinco años y un día de cárcel al ex detective Nelson Volta Rozas.

En mayo de 2006, el ministro en visita Víctor Montiglio Rezzio había favorecido al general (R) Del Río con la aplicación del decreto ley de Amnistía de 1978 por los crímenes de la denominada Caravana de la Muerte en la ciudad de San Javier, Región del Maule, por lo que ésta es la primera sentencia que afecta al militar que fue intendente en los primeros días del régimen.

En tanto, el resto de los condenados ya enfrentan sentecias a presidio remitido por las torturas que se desarrollaron al interior de la Escuela de Artillería de Linares entre 1973 y 1974, en causa que investigó el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Talca Víctor Stenger Larenas.

Guillermo del Canto Ramírez tenía 30 años al momento de su detención y era secretario regional del MIR de Linares-Maule, por lo tanto integrante del Comité Central del partido de izquierda. Desde noviembre de 1973, era intensamente buscado por integrantes del Servicio de Inteligencia Militar (SIM) en la zona donde además era funcionario de la Corporación de Reforma Agraria (CORA).

Pese a la intensa búsqueda en la Región del Maule, Del Canto Ramírez había logrado salir hacia Santiago para refugiarse en la casa de unos primos ubicada en calle Santa Clara 560, La Cisterna, donde fue capturado en la madrugada del 2 de enero de 1974.

Los efectivos militares irrumpieron en la vivienda y se llevaron a Del Canto Ramírez y su esposa, Marianela Méndez Soto, para trasladarlo a la Escuela Militar y la Escuela de Artillería de Linares, desde donde se perdió el paradero del técnico agrícola.

El ministro Alejandro Solís es el juez que más condenas ha dictado en casos de violaciones a los derechos humanos desde que el 14 de octubre de 2002 la Corte Suprema decidiera dividir las más de 200 querellas que tramitó ex juez Juan Guzmán Tapia.

En aquella ocasión, se nombraron además de Solís a los ministros Jorge Zepeda Arancibia y Daniel Calvo Flores, quien luego fue reemplazado por Joaquín Billard Acuña, mientras que Guzmán se quedó sólo con los procesos denominados Caravana de la Muerte, Operación Colombo, Operación Cóndor I y II y Calle Conferencia, los que tramitó hasta su jubilación en marzo de 2005 sin dictar condenas. 

 


Suprema dicta primera condena definitiva en el caso Caravana de la Muerte

Fuente :El Mostrador Miércoles 15 de octubre de 2008

Categoría : Prensa

Seis años de presidio dispuso el máximo tribunal para el general retirado Sergio Arellano Stark por el homicidio calificado de cuatro jóvenes militantes del Partido Socialista, en el denominado "episodio San Javier", una de las escalas que hizo la comitiva militar a fines de 1973 para acelerar procesos y ejecuciones de detractores del régimen militar.

La Segunda Sala de la Corte Suprema condenó a seis años de presidio, sin la posibilidad de obtener beneficios, al general (r) del Ejército Sergio Arellano Stark, por los homicidios calificados de de Teófilo Arce Toloza, José Sepúlveda Baeza, Leopoldo González Norambuena y Segundo Sandoval Gómez en la investigación del episodio San Javier del caso denominado Caravana de la Muerte.

La decisión la adoptaron en un fallo dividido los los ministros Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Juan Carlos Cárcamo, luego de acoger un recurso de casación presentado contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.

La misma condena recibió el oficial retirado Carlos Romero Muñoz, quien en la fecha de los acontecimientos tenía el grado de mayor y se desempeñaba como fiscal militar de Linares.

También fueron condenados, a cuatro años de cárcel con el beneficio de la libertad vigilada, José Parada Muñoz y Julio Barrios Espinace.

En tanto, el máximo tribunal absolvió a Claudio Lecaros Carrasco y a Gabriel del Río Espinoza.

Reparación del fisco

Asimismo, el fallo determina que el fisco debe pagar 80 millones de pesos a cada una de las dos querellantes que actuaron en el proceso a título de indemnización por daño moral.

En el aspecto penal la sentencia se adoptó con el voto en contra del ministro Rubén Ballesteros, quien estuvo por aplicar la prescripción de la acción penal; mientas que el aspecto civil la sentencia fue determinada con la decisión en contra de los ministros Ballesteros y Jaime Rodríguez, quienes estuvieron por acoger la excepción de incompetencia.

Esta es la  trigésima séptima condena de la Corte Suprema en causas de derechos humanos desde 2005 y la décima en lo que va de 2008.

Amnistía

El ministro en visita del caso Caravana, Víctor Montiglio, había absuelto a los imputados en mayo de 2006, tras aplicar el Decreto Ley de Amnistía vigente desde 1978. Sin embargo,

Sin embargo, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de la capital revocó el dictamen el año pasado y decidió condenarlos por el delito de homicidio calificado.

El episodio San Javier

En el episodio San Javier de la Caravana de la Muerte, registrado el 2 de octubre de 1973, encontraron la muerte en esa ciudad cuatro jóvenes militantes del Partido Socialista, quienes habían sido detenidos por efectivos de Investigaciones de San Javier y destinados a la cárcel pública de la ciudad.

Teófilo Arce Tolosa (26) y Mauricio González Norambuena (20) se desempeñaban en la Corporación de Reforma Agraria (CORA), José Sepúlveda Baeza (22) era estudiante universitario y Segundo Sandoval Gómez (19) cursaba la enseñanza media.

Todos ellos habían protagonizado un incidente el día 11 de septiembre de 1973 en el que fueron perseguidos por funcionarios de Carabineros y civiles de la zona, logrando escapar de los disparos de sus perseguidores.

De acuerdo a la versión oficial entregada a la prensa que recoge el Informe Rettig, los detenidos eran conducidos a una "reconstitución de escena" e intentaron arrebatar las armas a sus centinelas y escapar.

De acuerdo a la instancia, los jóvenes fueron ejecutados por agentes del Estado, al margen de todo procedimiento legal y la versión del intento de fuga no es posible de aceptar.

Argumenta, por ejemplo, que resulta inconsistente afirmar que el día de los hechos los cuatro fueron sacados desde la cárcel y llevados a una reconstitución de escena, a un lugar situado entre el Regimiento de Artillería y el Polígono, en circunstancias que este lugar no está en el camino a San Javier, lugar donde efectivamente ocurrieron los hechos.

Además, que la fuerte custodia bajo la cual eran trasladados los detenidos en el período, hace improbable que, estando reducidos y desarmados, intentaran arrebatar las armas a efectivos militares, cuya superioridad física, numérica y logística resulta evidente.

Finalmente, señala que es inexplicable que para evitar un intento de fuga, de haber existido, se haya causado la muerte, en las condiciones descritas, a la totalidad de los prisioneros.

 

 


Cinco militares involucrados en violación a los DD.HH. cumplirán en libertad sus penas

Fuente :El Mostrador 28 de Abril 2011

Categoría : Prensa

La Corte Suprema absolvió a un militar retirado y permitió a otros cinco cumplir en libertad vigilada penas de entre tres y cinco años de prisión como autores de la desaparición de nueve opositores durante la dictadura militar, informaron este jueves fuentes judiciales.

Con este fallo definitivo, el alto tribunal ha dictado desde 2005 un total de cien sentencias condenatorias y otras doce absolutorias en casos de violaciones a los derechos humanos durante el régimen de Augusto Pinochet.

En este caso, la Corte Suprema rebajó las penas decretadas por el juez Alejandro Solís en una sentencia de 2008, en las que fijó quince años y un día de prisión para cinco de los imputados, y diez años y un día de prisión para el sexto ex militar encausado.

Con este fallo definitivo, el general en retiro Juan Morales Salgado y el ex coronel Claudio Lecaros Carrasco fueron condenados a cinco años de prisión con el beneficio de la libertad vigilada por la desaparición de cinco de los jóvenes opositores.

A la misma pena fueron sentenciados el suboficial en retiro Antonio Aguilar Barrientos, por cuatro secuestros calificados, y el coronel en retiro Félix Cabezas Salazar, por tres desapariciones.
En tanto, por un secuestro calificado, el subsecretario de Relaciones Exteriores durante el régimen militar, el general en retiro Humberto Julio Reyes, recibió 3 años de presidio con el beneficio de la remisión condicional, similar a la libertad vigilada.

En cambio, el general en retiro Gabriel del Río Espinoza fue absuelto de su responsabilidad como autor de cinco desapariciones.

Las víctimas del llamado proceso “Linares” son Arturo Riveros Blanco, Jaime Torres Salazar, Jorge Yáñez Olave, José Saavedra Betancourt, Gabriel Campos Morales, María Isabel Beltrán Sánchez, Anselmo Cansino Aravena, Héctor Contreras Cabrera y Alejandro Mella Flores.

La mayoría de las víctimas, de entre 19 y 26 años, vivía en las localidades de Linares y Constitución, y eran militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
Los jóvenes fueron detenidos por la policía días después del golpe militar del 11 de septiembre de 1973 y posteriormente fueron trasladados hasta la Escuela de Artillería de Linares y el Polígono de Tiro General Bari, desde donde se perdió su ubicación.

Respecto a la rebaja de penas y la aplicación de beneficios, la presidenta de la Asociación de Familiares Desaparecidos, Lorena Pizarro, consideró hoy que estas medidas reflejan un Poder Judicial que “beneficia a los criminales y deja a las víctimas en el más absoluto desamparo”.

Pizarro explicó que un grupo mayoritario de jueces “creen en esta visión reconciliadora que finalmente es impunidad, con la que tratan de dejar contentos a las víctimas y a los victimarios”, mientras que otros prefieren incluso aplicar la prescripción en estos crímenes.

En cambio, la directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena Fríes, defendió que “en Chile la Justicia es lenta, pero llega”.
“Los jueces en Chile tienen un mandato claro de cuándo pueden absolver y cuándo pueden condenar”, y también de cuándo pueden otorgar ciertos beneficios, indicó.

Según la responsable del Instituto, “las absoluciones tienen que ver muchas veces con la falta de información, que no permite acreditar la responsabilidad penal de los funcionarios de las Fuerzas Armadas que participaron”.