Calderón Carreño Gladys De Las Mercedes

Rut: 5.445.010-9

Cargos: Enfermera

Grado : Teniente

Rama : Ejército

Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)


La brigada Lautaro de la DINA era la unidad de exterminio montada por Manuel Contreras y dirigida por el Mayor de ejercito Juan Morales Salgado.

Fuente :Cambio 21 6 enero 2014 – Extracto

Categoría : Prensa

La brigada Lautaro de la DINA era la unidad de exterminio montada por Manuel Contreras y dirigida por el Mayor de ejercito Juan Morales Salgado.

Esta brigada operaba desde el desconocido cuartel de Calle Simón Bolívar 8630.

Las acciones hasta ahora conocidas de este grupo de agentes DINA seria la captura de la dirección del partido comunista en 1976.

La brigada funcionaba con un contingente de mas de 70 miembros, de los cuales sus miembros operativos ejecutaban la recopilación de información, detenciones, interrogatorios/tortura, ejecución y desaparecimiento de cuerpos de los detenidos.

Para estos efectos constaban con acceso a una gran infraestructura, que aparte del cuartel en si, tenían un variado numero de vehículos a su disposición, además del acceso a los helicópteros Puma, del Comando de Aviación del Ejército (CAE) que operaba desde Peldehue.

Los miembros de la Brigada lautaro provenían de las cuatro ramas de las FFAA, además de contar con algunos agentes civiles adscritos a las diversas ramas, su conformación era mayoritariamente de sub oficiales, El hecho de que en esta brigada existían a lo menos siete agentes provenientes de la Armada, deja de claro que la institución miente cuando declaro que la Armada retiró a todo su personal de la DINA en 1975.

Otra de las características de la brigada Lautaro, es que contaba con un gran numero de mujeres, las que como se ha ido descubriendo, se caracterizaban por su frialdad y crueldad ante los crímenes. Varias de ellas, por sus conocimientos de medicina y enfermería, cooperaban en los experimentos que se ejecutaban en el laboratorio químico de la casa de Michael Townley, en Lo Curro. Townley asistía constantemente al cuartel de Calle Simón Bolívar para experimentar en los detenidos con el gas que fabricaba el químico Eugenio Berrios.

 La información que se ha logrado rescatar hasta agosto 2007, aparece después de la investigación del caso “calle conferencia” llevada a cabo por el Juez Víctor Montiglio quien ha logrado establecer la suerte corrida por un numero de detenidos de la dirección del partido comunista, entre ellos el secretario general del PC en la clandestinidad, Víctor Manuel Díaz López, además de Bernardo Araya Zuleta, María Olga Flores Barraza, Mario Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortés, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa Escobar Cepeda, Lenín Adán Díaz Silva, Eliana Espinoza Fernández y Marta Lidia Ugarte Román.

Hasta hoy se ha establecido que Víctor Manuel Díaz López fue detenido la madrugada del 12 de mayo de 1976 en la casa ubicada en calle Bello Horizonte Nº 979, de la Comuna de Las Condes, días después de la detención de varios dirigentes del PC detenidos en el operativo conocido como la “Ratonera” en Calle Conferencia No1587.

Víctor Díaz fue llevado al centro de torturas de Villa Grimaldi, y posteriormente trasladado a “Casa de Piedra”, otro centro de torturas de la DINA ubicado en el Cajón del Maipo, lugar donde es sabido que Augusto Pinochet habría visitado a Víctor Díaz y a otros dirigentes PC ahí detenidos.

A principios de 1977 Manuel Contreras le da la orden a Juan Morales Salgado, de eliminar a Víctor Díaz, y en cumplimiento de esa orden, los agentes Sergio Escalona Acuña  y Bernardo Daza Navarro sacan a Díaz de un celda y le amarraron una bolsa plástica en la cabeza asfixiándolo, mientras la teniente (enfermera) de ejército Gladys de las Mercedes Calderón Carreño le inyectó cianuro. Posteriormente procedieron a introducir el cuerpo en bolsas plásticas, atarlo y adosarle un trozo de riel e introducirlo en sacos papero para luego atarlo con alambre y asegurarse que no se abran las amarras.

El cuerpo fue trasladado en vehículos hasta el regimiento del Ejercito en Peldehue, donde tenían otros ejecutados traídos desde Villa Grimaldi y atados de la misma forma que Víctor Díaz. Cargaron los cuerpos en el helicóptero Puma del Comando de Aviación del Ejercito y partieron con rumbo a la costa de la Quinta Región para lanzar los cuerpos al mar.

Este modo de operar de los agentes de la brigada Lautaro demuestra la brutalidad y deshumanización de todos sus miembros.

Lista de algunos de los agentes de la Brigada Lautaro.

1   Acevedo Acevedo, Heriberto del Carmen               Carabineros    Suboficial (R)

2   Ahumada Despouy, Joyce Ana                                Ejército           Suboficial (R)

3   Altamirano Sanhueza, Orlando del Tránsito            Armada          Suboficial (R)

4   Alvarez Droguett, Victor Manuel                             Ejército          Suboficial (R)

5   Alvarez Vega, Hiro                                                   Ejército          Suboficial (R)

6   Arriagada Mora, Jorge Hugo                                    FACH             Empleado civil (R)

7   Aspe Rojas, Celinda Angélica                                  Armada          Suboficial (R)

8   Benavides Escobar, César Raúl                                 Ejército          General (R)

9   Bermúdez Méndez, Carlos Justo                               Ejército          Suboficial (R)

10 Bitterlich Jaramillo, Pedro Segundo                         Ejército          Suboficial (R)

11 Cabezas Mardones, Eduardo Patricio                       FACH            Suboficial (R)

12 Calderón Carreño, Gladys de las Mercedes             Ejército          Oficial (R) y enfermera

13 Castro  Andrade, Sergio Hernán                              Carabineros     Suboficial (R)

14 Chaigneau Sepúlveda, Federico Humberto              Ejército          Teniente Coronel (R)

15 Daza Navarro, Bernardo del Rosario                       Armada          Suboficial (R)

16 Díaz Radulovich, Jorge Iván                                    FACH             Suboficial (R)

17 Díaz Ramírez, Guillermo Eduardo                           FACH             Suboficial (R)

18 Escalona Acuña, Sergio Orlando                             Armada           Suboficial (R)

19 Escobar Fuentes, Jorge Marcelo                              Ejército           Brigadier (R)

20 Ferrán Martínez, Guillermo Jesús                            Ejército           Suboficial (R)

21 Garea Guzmán, Eduardo                                          Ejército           Empleado civil (R)

22 Guerrero Aguilera, Gustavo Enrique                       Carabineros     Suboficial (R)

23 Guerrero Soto, María Angélica                                Ejército            Suboficial (R)

24 Gutiérrez Valdés, Pedro Antonio                             Ejército            Suboficial (R)

25 Jaime Astorga, Rufino Eduardo                               Carabineros     Suboficial (R)

26 Jímenez Escobar, Berta Yolanda                              Armada           Suboficial (R)

27 Krassnoff Martchenko, Miguel                                Ejército            Brigadier (R)

28 Lagos Yañez, Luis Alberto                                       FACH             Empleado civil (R)

29 Lawrence Mires, Ricardo Víctor                              Carabineros     Teniente Coronel (R)

30 López Tapia, Carlos José                                         Ejército            Coronel (R) y Prof. Ejér.

31 Magna Astudillo,  Elisa del Carmen                        Ejército             Oficial (R)

32 Manríquez Manterola, Jorge Lientur                       Armada             Suboficial (R)

33 Marcos Muñoz, Carlos Segundo                              Civil                  adscrito al Ejército

34 Meza Serrano, José Miguel                                      Armada             Suboficial (R)

35 Montre Méndez, Manuel Antonio                            Carabineros       Suboficial (R)

36 Morales Salgado, Juan Hernán                                 Ejército             Coronel (R) y Prof. Ejér.

37 Navarro Navarro, Teresa del Carmen                       Armada             Suboficial (R)

38 Obreque Henríquez, Manuel Jesús                           Ejército              Suboficial (R)

39 Ojeda Obando, José Alfonso                                    Carabineros        Suboficial (R)

40 Orellana de la Pinta, Claudio Orlando                      Carabineros        Suboficial (R)

41 Oyarce Riquelme, Eduardo Alejandro                      Ejército              Suboficial (R)

42 Pacheco Fernández, Claudio Enrique                       Carabineros        Suboficial (R)

43 Pichunmán Curiqueo, Jorge Segundo                       Carabineros        Suboficial (R)

44 Piña Garrido, Juvenal Alfonso                                  Ejército               Suboficial (R)

45 Reyes Lagos, Eduardo Antonio                                 Ejército               Suboficial (R)

46 Rinaldi Suárez, Carlos Ramón                                  Ejército               Suboficial (R)

47 Rivas González, Adriana Elcira                                FACH                 Suboficial (R)

48 Riveros Valderrama, René Miguel                           Ejército               Oficial (R)

49 Saavedra Vásquez, Orfa Yolanda                             Ejército                Suboficial (R)

50 Sagardía Monje, Jorge Laureano                              Carabineros         Suboficial (R)

51 Sarmiento Sotelo, José Manuel                                 Carabineros        Suboficial (R)

52 Silva Vergara, Marilin Melahani                              Carabineros         Suboficial (R)

53 Sovino Maturana, Hernán Luis                                 Ejército                Capitán (R)

54 Torrejón Gatica, Orlando Jesús                                 Ejército                Suboficial (R)

55 Troncoso Vivallos, Emilio Hernán                           Carabineros          Suboficial (R)

56 Urrutia Acuña, Luis Arturo                                       Carabineros         Suboficial (R)

57 Vacarella Gilio, Italia Donata                                    Carabineros        Suboficial (R)

58 Valdebenito Araya, Héctor Manuel                           Carabineros        Suboficial (R)

59 Vilches Muñoz, Ana del Carmen                               FACH                 Empleada civil (R)


Por primera vez aparecen infantes de Marina en el crimen del dirigente comunista Víctor Díaz

Fuente :La Nación 29 de Enero 2007

Categoría : Prensa

La indagatoria del juez Víctor Montiglio y la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos de Investigaciones determinó que la casa de calle Simón Bolívar fue el destino final de varios prisioneros comunistas cuyos cuerpos fueron después lanzados al mar.

Infantes de Marina (IM) que operaban con la DINA en la identificada como la “brigada de exterminio Lautaro” que funcionó en una casa de calle Simón Bolívar con Ossandón en la comuna de La Reina, comandada por el entonces mayor de Ejército Juan Morales Salgado, participaron en el asesinato del dirigente comunista Víctor Díaz López, padre de la vicepresidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Viviana Díaz.

La participación de los “cosacos” (IM) Bernardo Daza y Sergio Escalona, agentes de la Marina en la DINA todavía en los meses posteriores a mayo de 1976 cuando fue secuestrado Víctor Díaz como parte de la “ratonera” instalada en Calle Conferencia 1587 en Santiago, es otro de los antecedentes nuevos que surgieron del procesamiento dictado el viernes por el juez Víctor Montiglio, en contra de siete integrantes de la hasta ahora poco conocida brigada Lautaro.

Sí o no

Ello contradice que la Marina retiró a todo su personal de la DINA en el año 1975, como ha sido permanentemente informado por la institución. Daza y Escalona, que serían suboficial uno y oficial el otro, ambos en retiro, son nombres nuevos respecto de los agentes de la Armada más conocidos que colaboraron con la DINA y luego con el Comando Conjunto.

Otro elemento nuevo surgido del dictamen del juez Montiglio, es que la casa que la “brigada de exterminio Lautaro” -como se le conoce en algunas causas judiciales- ocupó en calle Simón Bolívar y que hoy colinda con un colegio, sirvió como lugar de destino final de varios prisioneros que hoy se encuentran desaparecidos, entre ellos algunos dirigentes comunistas. Hasta ahora, por ejemplo, se desconocía que Víctor Díaz fue asesinado en ese lugar, utilizando métodos crueles.

Del dictamen de Montiglio se desprende que la orden para matar a Víctor Díaz la dio el jefe de la brigada Morales Salgado.

Si bien la Brigada Lautaro estaba bajo el mando del mayor Morales, ésta obedecía directamente las órdenes del jefe operativo de la DINA Manuel Contreras. Se trataba de un grupo dedicado a “misiones especiales” y que también operaba como responsable de la seguridad de Contreras.

En las indagaciones del ministro Montiglio, calificado por organismos y abogados de derechos humanos como “uno de los pocos jueces que realmente sigue investigando”, éste logró identificar a un nuevo grupo de ex agentes vinculados a las tareas de exterminio de prisioneros, gracias a la colaboración de la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones,

De esta manera, el juez y los funcionarios de Investigaciones permitieron dilucidar una serie de aspectos de la represión al Partido Comunista en 1976, que hasta ahora permanecían desconocidos.

Féminas negras

Una de ellas es la participación de dos mujeres Dirección de Inteligencia Nacional de las filas del Ejército no ubicadas hasta ahora, Gladys Calderón, quien sería teniente a 1976, y la entonces con grado de suboficial Elisa del Carmen Magna Astudillo. Una de ellas, presumiblemente Calderón, participó en el secuestro de Víctor Díaz, identificada por un testigo como “una mujer que daba órdenes” con un comportamiento “muy violento”.

Con los nuevos antecedentes descubiertos, las detenciones podrían continuar este semana y aumentaría el número de procesados, algunos también ex agentes cuya identidad no se conocía hasta la fecha.

Los otros procesados por Montiglio, todos como autores del secuestro y homicidio de Víctor Díaz, son el teniente coronel (R) de Carabineros Guillermo Lawrence Mires, y el suboficial (R) de Ejército Guillermo Ferrán Martínez.

El juez encausó también por el delito de homicidio, además de secuestro, a pesar de que el cuerpo de Víctor Díaz nunca apareció pues habría sido arrojado al mar, inmediatamente después de su ejecución.

En la operación de calle Conferencia que dio cuenta de la primera dirección clandestina del PC, fueron secuestrados también Jorge Muñoz Poutays, esposo de la fallecida dirigenta comunista Gladys Marín, entre otros.


Por asociación ilícita, homicidio y secuestro Procesan a médicos y ex militares por crimen de agente DINA Manuel Leyton

Fuente :El Mostrador 24 de Julio 2007

Categoría : Prensa

Juez Madrid encausó a trece personas, entre ellas los facultativos Horacio Taricco, Pedro Valdivia, Osvaldo Leyton, Vittorio Orvietto y la enfermera Eliana Bolumburu, develando las oscuras actividades de profesionales de la salud al servicio de la dictadura. Fallo, al que accedió en exclusiva El Mostrador.cl, acreditó que deceso de Leyton estuvo asociado al gas sarín.

La no despreciable cantidad de 35 procesamientos contra 13 personas –entre los que destacan cuatro doctores y una enfermera- dictó el ministro Alejandro Madrid Crohare, en el proceso que sustancia por el homicidio y secuestro del ex agente de la DINA Manuel Jesús Leyton, quien murió en marzo de 1977 por aplicación de torturas y gas sarín en la clínica London del organismo represivo.

Esta es la primera vez que un magistrado logra identificar la orgánica del recinto que la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) usó para aplicar tormentos y venenos a opositores de la dictadura, como también quiénes formaban parte del personal médico y auxiliar que ayudaron a llevar a cabo estas prácticas.

El Mostrador.cl accedió a una copia íntegra del procesamiento dictado por Madrid, a través de una alta fuente judicial.

Los encausamientos dictados por Madrid se dividen en los delitos de asociación ilícita, homicidio calificado y asociación ilícita y afectan a 13 personas que tuvieron distintas participaciones en los hechos investigados.

Por asociación ilícita, en calidad de co-autores, fueron procesados los médicos Hernán Horacio Taricco Lavín, Pedro Samuel Valdivia Soto, Osvaldo Eugenio Leyton Bahamondes, Vittorio Orvietto Tiplitzky y la enfermera jefe de la clínica London Eliana Carlota Bolumburu Tabeada.

Esta última es prima de Ana María Borumburu, quien laboraba en la Universidad Católica, cerca de los doctores Hermal Rosemberg y Sergio González Bombardiere, quienes realizaron la autopsia no autorizada al ex Presidente Eduardo Frei.

Bajo los mismos cargos, el ministro procesó a los ex militares Ricardo Víctor Lawrence Mires, Vianel Valdivieso Cervantes, Hernán Luís Sovino Maturana (jefe de seguridad de la clínica), al suboficial mayor (R) Santiago Alfredo Matteo Galleguillos; al coronel (R) Juan Morales Salgado (recién procesado en el caso Prats); al comandante (R) del Ejército y miembro de la brigada Lautaro de la DINA Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda (procesado en el caso Conferencia); la teniente del Ejército Gladys de las Mercedes Calderón Carreño (también encausada en Conferencia), conocida en la DINA por su crueldad, ya que fue quien inyectaba cianuro a los detenidos; y al empleado civil Lorenzo Omar Toro Olivares.

De acuerdo a la resolución del magistrado, los coautores del homicidio calificado, es decir, quienes participaron directamente en la muerte de Leyton, fueron el médico Taricco Lavín, y los ex uniformados Lawrence Mires, Vianel Valdivieso Cervantes y Morales Salgado. Sus cómplices, en tanto, fueron Sovino Maturana y Toro Olivares

Los encubridores del homicidio, según el procesamiento, son los doctores Leyton Bahamondes, Valdivia Soto, la enfermera Bolumburu Taboada y los ex uniformados Matteo Galleguillos, Chaigneau Sepúlveda y la teniente Calderón Carreño.

Finalmente, como coautores de secuestro fueron procesados los doctores Taricco Lavín, Leyton Bahamondes, la enfermera Bolumburu Taboada, y los ex militares Lawrence Mires, Vianel Valdivieso, Sovino Maturana, Morales Salgado y Toro Olivares.

Papeles mentirosos

Madrid no escatimó detalles en su investigación y también encausó en calidad de co-autores de falsificación de instrumento público al médico Leyton Bahamondes y la enfermera Bolumburu Taboada.

Estos últimos fueron quienes elaboraron la documentación para que la muerte de Leyton apareciera asociada a un ataque cardíaco provocado por una enfermedad, y no por los efectos de la aplicación del gas sarín.

De hecho, en la resolución dictada por Madrid queda acreditada que los directivos del Servicio Médico Legal (SML) de la época fueron presionados para cambiar la historia clínica y las causas de muerte.

Estos procesamientos se suman a los dictados el lunes por el mismo juez contra el ex auditor general del Ejército Fernando Torres Silva y quien fuera su mano derecha, el coronel (R) de justicia Enrique Ibarra Chamorro, en el marco de la investigación por el secuestro y homicidio del ex agente de la DINA Eugenio Berríos.

La historia que acreditó Madrid

La muerte del cabo Leyton Robles es lo que podría llamarse una vendetta mafiosa para quien traiciona el código del silencio. Y para el ex director de la DINA Manuel Contreras la palabra traición era sencillamente un vocablo impronunciable.

La historia acreditada por el juez es que Leyton Robles, junto a otros agentes, buscaban repuestos para reparar una renoleta con la que trabajaba la DINA. Sin embargo, los fondos con los que contaba el organismo represivo ya eran exiguos y, por lo tanto, no se podía arreglar el vehículo.

El cabo decidió resolver el tema por sí mismo robó un automóvil similar al francés Marcel Duhalde. El ciudadano europeo denunció el hecho ante Carabineros, cuyos efectivos detuvieron a Leyton Robles y al agente Heriberto Acevedo y los llevaron a una comisaría.

Entre tiras y aflojas entre la DINA y la policía uniformada, se llegó al punto máximo de que la unidad fue rodeada por efectivos del organismo encabezado por Manuel Contreras.

Sin embargo, Leyton ya había revelado en el interrogatorio que el vehículo en cuestión pertenecía a un detenido desaparecido y que éstos eran lanzados al mar, como una forma de hacerles ver a los policías que su detención era casi un asunto de seguridad nacional.

El cabo fue finalmente liberado. Pero la DINA lo detuvo nuevamente en el recinto de Simón Bolívar. Días más tarde falleció de un misterioso ataque cardíaco, cuando sólo tenía 24 años.

Tras la muerte de Leyton, el círculo de hierro de la DINA se hizo presente en el lugar: Vianel Valdivieso y el entonces mayor Morales Salgado. Ellos se llevaron el cadáver. De eso han pasado poco más de 20 años.


Ex agentes Dina: 7 procesados por homicidio de dirigentes comunistas 

Fuente :El Mercurio 27 de Enero 2007

Categoría : Prensa

Siete ex uniformados ex agentes de la Dina fueron procesados anoche por secuestro y homicidio del los dirigentes clandestinos del Partido Comunista asesinados durante 1976 en una serie de operativos perpetrados entre abril y diciembre de ese año.

Los procesados por el ministro Víctor Montiglio son el teniente coronel (r) de Carabineros Ricardo Lawrence, el coronel (r) de Ejército Juan Morales Salgado, los ex suboficiales Juan Ferrán Martínez y Elisa Magna, la ex teniente de reserva Gladys Calderón y los ex oficiales de la Armada Sergio Escalona y Bernardo Daza. Todos ellos están con prisión preventiva en unidades militares y policiales.

Según se informó, los procesamientos serían sólo por el caso del dirigente Víctor Díaz, padre de la secretaria general de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Viviana Díaz.

Durante esta semana, el magistrado sometió a intensos interrogatorios a los encausados y ayer se vencía el plazo para dictar el auto de procesamiento.

El seguimiento a las directivas clandestinas del PC partió en abril de 1976 con la detención en Quintero del ex parlamentario Bernardo Araya y su cónyuge María Olga Flores.

Un mes después se registró operativo de Calle Conferencia, en el que fueron detenidos cinco dirigentes comunistas, entre ellos Jorge Muñoz, marido de la fallecida ex secretaria general del PC Gladys Marín.

Luego se detuvo al dirigente regional del PC Fernado Lara, y después al subsecretario general de la colectividad Víctor Díaz López. Otros dos dirigentes fueron detenidos días más tarde.


Caso Villa Grimaldi:Ministro Solís procesa a 21 ex uniformados por secuestros

Fuente :El Mercurio 16 de Julio de 2009

Categoría : Prensa

La cúpula de la DINA y otros ex agentes del organismo fueron procesados ayer por el ministro en visita Alejandro Solís por el secuestro calificado de 13 militantes comunistas, entre ellos los médicos Iván Insunza Bascuñán y Carlos Godoy Lagarrigue.

Encabeza la nómina de 21 encausados el ex jefe de la DINA, general (r) Manuel Contreras Sepúlveda, procesado como autor de los secuestros calificados junto a Carlos López Tapia, Pedro Espinoza Bravo, Juan Morales Salgado, Eugenio Fieldehouse Chávez, Marcelo Moren Brito, Ricardo Lawrence Mires, Orlando Manzo Durán, Ciro Torré Sáez y Claudio Andrade Gómez.

Como cómplices de seis de los secuestros fueron encausados Gladys Calderón Carreño, Rufino Jaime Astorga, José Friz Esparza, Hermon Alfaro Mundana, Orlando Inostroza Lagos, Pedro Bitterlich Jaramillo, Claudio Pacheco Fernández y Eduardo Reyes Lagos.

En tanto, el ministro en visita Joaquín Billard ordenó el ingreso a Punta Peuco de los ex oficiales del Ejército Fernando Polanco Gallardo y Luis Fernández Monjes, condenados a 5 años y un día de presidio por los homicidios calificados de Bernardo Lejderman y María del Rosario Ávalos, ocurridos el 8 de diciembre de 1973, en el Valle de Elqui.
El magistrado despachó una orden de detención contra el tercer condenado, el suboficial (r) del Ejército Héctor Vallejos Birtiola, quien no concurrió a la citación del máximo tribunal. 


Caso Leyton: Colegio Médico abre sumario a doctores 

Fuente :La Nación 25 de Julio de 2007

Categoría : Prensa

Tras los procesamientos dictados por el ministro Alejandro Madrid por el crimen del ex agente de la DINA, Manuel Jesús Leyton, el Colegio Médico condenó el actuar de los cuatro doctores encausados e indicó que en su mayoría están desafiliados o expulsados de la institución. 

Son los otrora miembros del Departamento de Sanidad de la DINA que operaba la clínica London Pedro Valdivia Soto, Osvaldo Leyton Bahamondes, Vittorio Orvietto Teplisky y Hernán Taricco Lavín. Los dos primeros quedaron presos en la Cárcel de Alta Seguridad (CAS), mientras que los otros en el Regimiento de Policía Militar de Peñalolén. 

“El Colegio Médico reitera su compromiso con la vida y el respeto por los derechos humanos. Sin embargo, a pesar de la reforma constitucional que devolvió la tuición ética a los colegios profesionales, no contamos con los mecanismos para realizar sumarios éticos en el caso de médicos desafiliados a esta institución”, indicaron. 

Orvietto fue sancionado con la expulsión del Colegio Médico de Chile en septiembre del 2005, como resultado de un sumario ético por su participación en violaciones de los derechos humanos en Tejas Verdes. 

En tanto, Pedro Valdivia Soto es uno de los médicos que son investigados en el sumario que actualmente realiza el Tribunal Nacional de ética, para determinar la participación de doctores colegiados en los confusos hechos que rodearon la muerte del ex Presidente de la República, Eduardo Frei Montalva. 

También fueron procesadas las ex enfermeras Eliana Bolomburú Taboada -recluida en la Escuela de Gendarmería- y la oficial en retiro Gladys Calderón Carreño, quien ya se encontraba detenida en Peñalolén. Además, fueron encausados los coroneles (R) Juan Morales Salgado, jefe de la brigada Lautaro, y Ricardo Lorens, quién pertenecía a Carabineros. 

Asimismo, fueron notificados cinco integrantes de las brigadas Mulchén y Lautaro: Vianel Valdivieso, Hernán Sovino, Santiago Mateo, Lorenzo Toro y Federico Chaigneau.


Los "delfines" que exterminaron al PC

Fuente :La Nación 01 de abril de 2007

Categoría : Prensa

El mocito de 15 años recibió la subametralladora Mack-10 y el maletín de manos del coronel Manuel Contreras, y luego inclinó su cabeza ante el jefe operativo de la DINA. Le habían enseñado que así debía hacerlo cada vez que el Mamo llegaba a su casa en Pocuro con Antonio Varas, en Providencia. “Mira, huevón, tenís que estar más atento cuando llega el jefe y te entrega sus cosas. Y de aquí en adelante le vai a hacer una reverencia con la cabeza cuando llegue, porque aquí la huevá no anda al lote. Y lo vai a tratar de mi coronel, nada de señor Contreras. Esto no es un club social, esta huevá es la DINA”, le había gritado furioso el suboficial Olmedo, uno de los escoltas de Contreras, mientras lo agarraba del pelo y presionaba su frente con una pistola.

Después del episodio, el “Mamo” se retiró a descansar y esperó que el mocito sirviera la cena. El joven llegó a la casa un día de 1974, recomendado por la esposa del general Galvarino Mandujano, quien le habló de él a María Teresa Valdebenito, esposa de Contreras.

Luego, todo sucedió muy rápido. Tras una breve preparación militar, el mocito pasó a integrar la Brigada Lautaro de la DINA, primero en un departamento del piso 19 de la torre 5 del complejo San Borja, en el centro de Santiago, y después en el cuartel de Simón Bolívar 8630, en La Reina.

La brigada nació para brindar protección a Contreras y su familia, pero a partir de 1976 ese objetivo se desvió para ayudar a matar comunistas.

Presa del morbo, al mocito le atrajo todo. Presenció torturas, escuchó los gritos de dolor y vio correr la sangre de los dirigentes del PC. Una vez, incluso, tuvo que contener la respiración para no gritar cuando sus jefes utilizaron un soplete para borrarle las huellas dactilares y una cicatriz al cadáver de un militante comunista.

Treinta años después, perseguido por su conciencia, se decidió a contar lo que había vivido. En enero pasado enfrentó a los funcionarios de la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos (BAEDH) de la Policía de Investigaciones, y después habló con el juez Víctor Montiglio, que instruye el proceso acerca del secuestro y desaparición de la primera dirección clandestina del Partido Comunista en mayo de 1976, conocido como calle Conferencia.

Después de él, otros ex agentes también comenzaron a hablar. Así se han ido develando episodios desconocidos de la represión: el exterminio de los dirigentes clandestinos del PC en el cuartel de Simón Bolívar, la existencia de la Brigada Lautaro y, sobre todo, la formación del grupo de elite Delfín, comandado por una de las estrellas de la DINA, el capitán de Ejército Germán Barriga Muñoz.

Con un alicate

“En el cuartel de Simón Bolívar, después que los mataban, a todos los detenidos se les quemaban las huellas dactilares y las cicatrices del cuerpo con un soplete a parafina. Además, se les sacaban los relojes, los anillos y las tapaduras de oro de los dientes”, relató el mocito en el proceso.

A veces, las escenas no tenían nada que envidiar a los campos de concentración nazis. Un ex agente, a quien identificaremos como Vicente Medina, vio a su compañero Sergio Escalona Acuña tendido sobre un cadáver que tenía la boca abierta , con un alicate en la mano. El Negro Escalona, como le decían al infante de Marina, trabajaba afanosamente. “En los camarines, él sacaba a los muertos las tapaduras de oro. Nunca supe si se quedaba con el oro o lo entregaba”, contó. (Salvo el mocito y Medina, el resto de los nombres que aparecen en esta crónica son reales).

Escalona era un comando y fue –junto a otro infante de Marina, Bernardo Daza Navarro, alias “El Chancho”– uno de los primeros refuerzos que la Armada traspasó a la DINA en abril de 1974 para integrar la Brigada Lautaro. Su jefe fue el mayor de Ejército Juan Morales Salgado. Los antecedentes que ha establecido la investigación del juez Montiglio revelan a Daza y Escalona como dos peligrosos asesinos, preparados para todo.

Según declaran otros ex agentes, estos dos personajes se peleaban a los comunistas para torturarlos. Fueron ellos los que, junto a Juvenal Piña Garrido, alias “El Elefante”, mataron al secretario general del PC en la clandestinidad, Víctor Díaz.

Piña ya confesó: fue él quien lo asfixió con una bolsa plástica mientras Daza y Escalona lo sujetaban. Y la teniente de Ejército Gladys Calderón Carreño, que se decía enfermera, esperó a que terminaran y le inyectó cianuro en la vena, para asegurarse de que estaba muerto.

El mocito fue quien recibió el cuerpo, ya envuelto en un saco y con un trozo de riel amarrado al cuerpo. “Trasladé el cuerpo de Víctor Díaz hasta el estacionamiento del cuartel y lo metí en la maleta de un auto”, dijo. Desde ahí lo llevaron hasta Peldehue, al norte de Santiago, y lo subieron a un helicóptero para tirarlo al mar junto a los cadáveres de otros prisioneros.

Navidad de 1976

Las navidades en cautiverio eran tristes, pero aquel 24 de diciembre de 1976, el mocito tuvo un gesto humano. Esa noche, cuando el Chino Díaz llevaba algunos meses prisionero en Simón Bolívar, los guardias Emilio Troncoso y Guillermo Ferrán fueron llamados a prestar seguridad a la nueva casa del “Mamo” en calle Príncipe de Gales, donde se celebraba una regada fiesta. Así, el joven ex agente quedó solo con su prisionero.

“Esa noche en el cuartel nos dieron un pavo asado y algo para tomar. Como quedé solo, llevé la comida al casino del cuartel y fui al calabozo a buscar al Chino Díaz para que comiéramos juntos. Estaba sorprendido por mi corta edad y por las cosas que tenía que hacer y que ver. Después lo llevé de vuelta al calabozo”.

Pero aquel episodio fue sólo un paréntesis en medio del horror que rodeaba al mocito de Contreras. En otra ocasión, mientras torturaban a la dirigente comunista Reinalda Pereira, el capitán Barriga le pidió que le llevara café y bebidas para tomarse un descanso. “A esa mujer la torturaron brutalmente, y ella clamaba para que pararan porque decía que estaba embarazada. La teniente Calderón chequeó que eso era efectivo, pero igual el capitán Barriga siguió con las torturas y la corriente. Estaba en muy mal estado y empezó a pedir que la mataran. Murió unas tres horas después, en el gimnasio del cuartel. La teniente Calderón le inyectó cianuro en la vena para asegurar su muerte”.

Participando en el crimen de Pereira –desaparecida como todos los dirigentes comunistas que llegaron a Simón Bolívar–, el mocito vio también aquella tarde a la agente de la Armada Teresa Navarro Navarro y al oficial de Carabineros Ricardo Lawrence Mires, apodado “El Cachete Grande”, otra estrella de la DINA.

Vicente Medina, también testigo de la tragedia de la mujer comunista, dice que participaron en su muerte “El Elefante” (Piña Garrido) y Claudio Pacheco Fernández, agente de Carabineros. “Poco después de que murió, el agente Pacheco usó un soplete para quemar a Reinalda Pereira sus huellas dactilares”, dijo Medina, quien reconoció a la dirigente en un set de fotografías que le mostraron en el tribunal.

En “Casa de Piedra”

Junto a Fernando Ortiz Letelier, otro de los dirigentes comunistas asesinados en el cuartel de Simón Bolívar, Vicente Medina vio llegar a ese lugar a “cerca de ocho personas”, antecedente que coincide con el arresto masivo de la segunda dirección encubierta del PC, en diciembre de 1976. En este grupo estaban Reinalda Pereira, Waldo Pizarro –esposo de la fallecida presidenta de la AFDD, Sola Sierra– y Fernando Navarro Allendes, entre otros.

“En las fotos que se me muestran puedo reconocer al señor Navarro como uno de los que llegó detenido junto a Ortiz. A Navarro lo mataron con una inyección que le aplicó la teniente Calderón”, dijo Medina.

Hasta ahora se sabía que Augusto Pinochet concurrió un día de 1976 hasta la llamada Casa de Piedra, en el Cajón del Maipo, para ver a Víctor Díaz, que por esos días estaba detenido allí. Pero nuevos antecedentes de la investigación indican que Pinochet habló en ese lugar con al menos otros once comunistas presos.

“Llegué a la Casa de Piedra y vi que estaba el coronel Manuel Contreras, el mayor Juan Morales y el capitán Barriga, junto a once miembros de la cúpula del Partido Comunista. Estaban Víctor Díaz, Pizarro y otro llamado Zamorano [Mario]. Entonces llegó el general Pinochet y conversó con todos ellos, pero especialmente con Díaz, quien le dijo al general que atacar al PC era como sacar el agua del mar con un balde”, declaró Lawrence.

Nace delfín

La nueva fase de investigación de la BAEDH y el juez Víctor Montiglio en este juicio ya suma sobre 50 procesados, transformándose en la causa por violaciones de los derechos humanos con mayor cantidad de agentes encausados hasta ahora.

Entre los múltiples nuevos antecedentes descubiertos se logró determinar el origen del grupo de exterminio Delfín, a cargo del entonces capitán Barriga. Don Jaime, como se hacía llamar Barriga, se suicidó el 17 de enero de 2005 lanzándose desde un edificio en un barrio de Las Condes.

Según coinciden varios ex agentes, entre ellos el mocito, Vicente Medina e incluso Juan Morales, el ex jefe de la Lautaro, la formación de Delfín fue un parto difícil. Su constitución fue una decisión de Contreras y Pinochet, que la formaron para que se dedicara exclusivamente a exterminar a los dirigentes clandestinos del PC.

El grupo llegó a instalarse a Simón Bolívar a comienzos de 1976, y tuvo siempre línea directa con el jefe de la DINA, sin pasar por el jefe de la Lautaro. Eso, según Morales, produjo incluso algunas rencillas internas.

Además de Barriga, lo integraban Lawrence, como segundo jefe, y los agentes de Carabineros Emilio Troncoso Vivallos, Heriberto Acevedo Acevedo, Claudio Pacheco Fernández y Rufino Astorga. Aún falta por precisar los nombres del resto de sus miembros, que no son muchos más. Pero varios integrantes de la Brigada Lautaro, como Daza, Escalona, Piña y otros, colaboraron activamente en los crímenes de Delfín. Sí hay una cosa en que Morales y el mocito coinciden: “Simón Bolívar fue un cuartel de exterminio, desde donde nadie salió vivo”. LND

Los extranjeros envenenados con sarín

Uno de los enigmas más sombríos de la investigación que sustancia el juez Montiglio es la identidad de dos ciudadanos extranjeros presuntamente asesinados en el cuartel de Simón Bolívar en 1976. Una versión señala que ambos serían peruanos, pero otro agente de la Brigada Lautaro afirma que se trataría de un boliviano y un peruano.

Los ex agentes de la DINA sí coinciden en que ambos murieron por inhalación de gas sarín suministrado por Michael Townley, quien habría llevado el veneno mortal hasta el cuartel. “Townley procede a ponerse una mascarilla en su cara, junto a unas antiparras, y saca de un bolso un tubo spray, acercándose lentamente. Espera que estas personas inhalen para aplicarles un toque del tubo. El primer afectado por el gas cayó de forma instantánea y a los pocos segundos dejó de moverse. Consecutivamente le aplica este mismo mecanismo a la segunda persona detenida, a la cual le produce el mismo efecto”, declaró un ex agente en el proceso.

El testimonio agrega que los efectos del gas sarín se extendieron sobre los agentes Jorge Díaz Radulovich y Emilio Troncoso Vivallos, que mantenían a los extranjeros de pie e inmóviles mientras eran envenenados. Al poco rato, Townley también se vio afectado por el gas sarín. “Salió desesperado, gritando desesperado muy fuerte ‘¡me agarró, me agarró!’”, relató otro agente al juez Montiglio.

Tras el accidente, los tres agentes fueron atendidos por la teniente Gladys Calderón, que le inyectó un antídoto a Townley y después, cuando estaba fuera de peligro, aplicó otra inyección, pero esta vez de cianuro, a los dos extranjeros que yacían en el patio del cuartel. El agente Eduardo Alejandro Oyarce declaró que minutos más tarde vio al ciudadano peruano, “percatándome que tenía su rostro totalmente desfigurado y su boca en extremo abierta por el gas sarín”. Oyarce también dijo que antes del asesinato tuvo ocasión de conversar con el peruano, quien le habría dicho que su nombre era Juan Pablo y que el boliviano se llamaba Rafael. El peruano era el chofer del embajador de Perú en Chile de la época, José Carlos Mariátegui, actualmente fallecido.

Según la Comisión de Verdad, Justicia y Reconciliación, existe sólo una denuncia por un ciudadano peruano desaparecido en Chile, y ésta corresponde a la década de los ’80. Consultada por LND, la Embajada de Perú en Chile señaló que no tienen los registros correspondientes a esa fecha. La esposa del malogrado embajador también declinó referirse al hecho, y el Ministerio de Relaciones Exteriores no entregó una versión al respecto.


Libertad Provisional para Mujeres del Secuestro y Homicidio de Victor Diaz

Fuente :Fasic.org 01 de junio 2007

Categoría : Prensa

Previo pago de 100 mil pesos cada uno, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en votación unánime concedió la libertad provisional a seis ex agentes de la DINA, que permanecían bajo arresto tras procesadas por el secuestro y homicidio del secretario general del PC en la clandestinidad, Víctor Díaz López. 

Las beneficiadas son Italia Vacarella Gilio, suboficial (R) de Carabineros, Teresa Navarro Navarro, suboficial (R) de la Armada, Joyce Ahumada Despouy, suboficial (R) de Ejército, Marilyn Silva Vergara, Ana Vilches Muñoz, suboficial (R) de la Fach, y Adriana Rivas González, suboficial (R) de la Armada. 

Una de las mujeres ex agentes que aún permanece bajo arresto y procesada, es la teniente (R) del Ejército Gladys Calderón Carreño, que era la encargada de inyectar cianuro a los prisioneros en el cuartel clandestino de la DINA en calle Simón Bolívar 8630, donde operó la Brigada Lautaro y el Grupo Delfín para exterminar a la dirigencia comunista en la clandestinidad.


Corte de Santiago eleva condena a exagentes de la DINA por su responsabilidad en secuestros y homicidios calificados de víctimas de la Operación Cóndo

Fuente :pjud.cl, 25 de Julio 2022

Categoría : Prensa

La Undécima Sala del tribunal de alzada modificó la sentencia del ministro de primera instancia y condenó a un total de 22 exagentes de la DINA por su responsabilidad en los delitos de secuestros calificados y homicidios calificados cometidos en Chile y el extranjero.

La Corte de Apelaciones de Santiago elevó las penas que deberán cumplir 22 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional por los  secuestros calificados de Jorge Fuentes Alarcón, Julio Valladares Caroca, Juan Hernández Zazpe, Manuel Tamayo Martínez, Luis Muñoz Velasquéz, Alexei Jaccard Siegler, Héctor Velásquez Mardones y los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González, Ruiter Correa Arce, ilícitos perpetrados en el marco de la denominada “Operación Cóndor”, acuerdo de cooperación entre los grupos represores de Chile, Argentina, Brasil, Paraguay, Bolivia y Uruguay en la década de los 70.

En la sentencia (rol 4.545-2019) la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jessica González, Loreto Gutiérrez y Jaime Balmaceda, modificó las condenas del tribunal de primera instancia y aumentó las sanciones penales para los ex agentes involucradas en los delitos cometidos tanto en Chile como en el extranjero.

1)       Los agentes Cristoph Willike Floel y Raúl Iturriaga Neumann deberán cumplir una pena de 20 años de presidio como autores de los secuestros calificados de  Jorge Fuentes Alarcón, Julio Valladares Caroca, Juan Hernández Zazpe, Manuel Tamayo Martínez, Luis Muñoz Velasquéz, Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones y una pena de 20 años como autores de los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce

2)       El agente Juan Morales Salgado fue condenado a una pena de  20 años de presidio por los secuestros calificados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones y una pena de 20 años de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik y Matilde Pessa Mois.

3)       En tanto el agente Pedro Espinoza Bravo deberá purgar una pena de 20 años de presidio por los secuestros calificados de Julio Valladares Caroca, Manuel Tamayo Martínez, Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y una pena de 20 años de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.

4)       Jorge Escobar Fuentes, Federico Chaigneau Sepúlveda, Miguel Riveros Valderrama cumplirán pena de 18 años de presidio por los secuestros de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y una pena de 18 años de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.

5)       La agente Gladys Calderón Carreño fue sancionada con una pena de 10 años y un día de presidio por los secuestros calificados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones;  y 15 años y un día de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.

6)       Los agentes Jaime Ojeda Obando y Eduardo Oyarce Riquelme cumplirán una pena de 5 años y un día de presidio por los secuestros calificados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y una pena de 10 años y un día de presidio por los homicidios calificados de  Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik y Matilde Pessa Mois.

7)       Miguel Krasnoff Martchenko y Gerardo Godoy Garcia cumplirán 15 años y un día de presidio por el secuestro calificado de Jorge Fuentes Alarcón.

8)       El agente Hermon Alfaro Mundaca fue condenado a 10 años de presidio por el secuestro calificado de Jorge Fuentes Alarcón. A la misma pena y por el mismo delito fueron sentenciados José Fuentes Torres, Jorge Andrade Gómez, José Aravena Ruiz, Luis Torres Méndez, María Gabriela Órdenes Montecinos, Osvaldo Pulgar Gallardo y Rodolfo Concha Rodríguez, quienes habían sido absueltos en el fallo de primera instancia.

9)       Finalmente Jerónimo Neira Méndez y Manuel Rivas Díaz deberán cumplir una pena de 3 años y un día de presidio por el secuestro calificado de Jorge Fuentes Alarcón.

La Corte compartió el criterio de primera instancia respecto de la participación de los condenados en la causa por reunirse antecedentes reales y probados respecto de su participación en los hechos, ya sea como autores inductores o autores directos de los delitos que se le atribuyeron a cada uno.

“Que respecto a las condenas y, específicamente, en relación a aquellos acusados cuya participación se calificó como coautoría, la Corte concuerda con la conclusión a que arriba el sentenciador de primer grado, en cuanto a que con los antecedentes recopilados durante la investigación es posible construir diversas presunciones judiciales que por reunir las exigencias de fundarse en hechos reales y probados, ser múltiples, graves, precisas, directas y concordantes, son bastantes para sostener con convicción que a los acusados Cristoph Georg Willeke Floel, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Juan Hernán Morales Salgado, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Jorge Marcelo Escobar Fuentes, Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda, Miguel René Riveros Valderrama, Gladys de las Mercedes Calderón Carreño, Carlos José Leonardo López Tapia, José Alfonso Ojeda Obando, Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Miguel Krassnoff Martchenko, Gerardo Ernesto Godoy García, Ciro Ernesto Torré Sáez y Orlando José Manzo Durán les cupo intervención en calidad de coautores, en los términos de los N° 1, 2 y 3 del artículo 15 del Código Penal, según se especifica en cada caso, de los delitos reiterados de secuestro calificado de Jorge Isaac Fuentes Alarcón, Juan Humberto Hernández Zazpe, Manuel Jesús Tamayo Martínez, Luis Gonzalo Muñoz Velásquez, Julio del Tránsito Valladares Caroca. Alexei Vladimir Jaccard Siegler y Héctor Heraldo Velásquez Mardones y de homicidio calificado de Ricardo Ignacio Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bortnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto Gálvez y Ruiter Correa Arce.”, dice el fallo.

Agrega: “Que, en efecto, en el caso de quienes formaron parte del Departamento Exterior de la Dirección de Inteligencia Nacional -Willeke Floel, Iturriaga Neumann y Espinoza Bravo- en los fundamentos Vigésimo Octavo, Vigésimo Noveno, Trigésimo Primero, Trigésimo Segundo, Trigésimo Cuarto y Trigésimo Quinto se exponen uno a uno todos los antecedentes probatorios en que se sustentan las imputaciones y se concluye acertadamente que la forma de autoría que les cabe a cada uno de ellos es la del N° 1 del artículo 15 del Código Penal al primero de los nombrados al haber tomado parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa, y del N° 2 en relación a los dos restantes, pues se demostró que forzaron o indujeron directamente a otros a ejecutarlos.

Lo mismo acontece en el caso de los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional que formaron parte de la denominada Brigada Lautaro y que operó en el cuartel ubicado en Calle Simón Bolívar N° 8.630 de la comuna de La Reina, en relación con los secuestros calificados de las víctimas Jaccard Siegler y Velásquez Mardones y los homicidios calificados de las víctimas Ramírez Herrera, Stoulman Bortnik y Pessa Mois, esto es, los condenados Valdebenito Araya, Morales Salgado, Oyarce Riquelme y Ojeda Obando; y de los sentenciados Calderón Carreño, Riveros Valderrama, Chaigneau Sepúlveda y Escobar Fuentes en estos mismos lícitos y también en los homicidios calificados de las víctimas Soto Gálvez y Correa Arce.

Los fundamentos Trigésimo Séptimo, Trigésimo Noveno, Cuadragésimo Cuarto y Quincuagésimo Cuarto, respecto de los cuatro primeros, y los motivos Cuadragésimo Segundo, Cuadragésimo Séptimo, Quincuagésimo y Quincuagésimo Segundo, en relación a los cuatro restantes, dan cuenta detallada de los antecedentes conforme a los cuales es posible desprender con certeza que a la época de los hechos estos acusados formaban parte, como agentes operativos, de la brigada de la Dirección de Inteligencia Nacional que materializó el secuestro de militantes del Partido Comunista, entre cuyos miembros se encontraban las personas recién nombradas, de manera tal que no obstante no recordar algunos de ellos el nombre específico de éstas, resulta indiscutible concluir, tal como lo hace el a quo, que tomaron parte en su ilegítima privación de libertad, en algunos casos, y de su homicidio, en otros, sea de manera inmediata y directa, sea forzando o induciendo directamente a otros a ejecutar estos actos, en la forma que prevén los citados N°S 1 y 2 del citado artículo 15 y que, por lo mismo, son coautores punibles de estos ilícitos.

A su turno, los encausados Godoy García y Krassnoff Martchenko, agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional adscritos al denominado Cuartel Terranova o Villa Grimaldi y condenados por el secuestro calificado de la víctima Jorge Isaac Fuentes Alarcón, son también autores en los términos del N° 1 del mismo artículo 15, en tanto jefes de grupos operativos -Tucán y Halcón respectivamente- encargados de la desarticulación del Movimiento de Izquierda Revolucionaria mediante el secuestro y homicidio de sus miembros, uno de los cuales fue el mencionado Fuentes Alarcón, quien, como se dijo, fue privado ilegítimamente de libertad en la localidad de Enramada en la República de Paraguay y trasladado primero a Cuatro Álamos y luego a Villa Grimaldi, lugar este último donde, de acuerdo a numerosa prueba que se reseña en el fallo de primer grado, fue interrogado y sometido a torturas para obtener información acerca de la organización en la que militaba, actividades éstas en las que evidentemente hubieron de participar los jefes de los grupos operativos antes mencionados, que además también abundante prueba indica dirigían estos interrogatorios. En estas calidades de directos interrogadores o indirectos custodios de una persona que luego de ser secuestrada era mantenida privada de libertad en Villa Grimaldi, no puede sino concluirse que, al igual que en los casos anteriores, no obstante no recordar el nombre concreto de la víctima Jorge Isaac Fuentes Alarcón, los acusados Godoy García y Krassnoff Martchenko tomaron parte en su secuestro de manera inmediata y directa en la forma que prevé el N° 1 del artículo 15 del Código Penal.

Cabe precisar que de acuerdo a esta norma, en lo que interesa, se considera autores precisamente a los que toman parte en la ejecución del hecho de manera inmediata y directa; y lo cierto es que tratándose del delito de secuestro, la ejecución de la conducta típica no se agota con el hecho de la -por decirlo de algún modo- “aprehensión” material o física del secuestrado, sino que continúa ejecutándose, y por tanto el delito en curso de consumación, mientras dure el ilegítimo encierro o la ilegítima privación de libertad. Por consiguiente, quienes realizan actos que permiten perpetuar ese estado están en rigor ejecutando la conducta descrita por el tipo, independiente del concierto previo que haya podido mediar o no con otros intervinientes. En otras palabras, sus actos no son de simple facilitación de medios para la ejecución o de mera presencia sin tomar parte directa en ella (en cuyo caso resultaría relevante la determinación del eventual concierto previo para calificar la intervención de autoría o complicidad, de acuerdo a lo que disponen los artículos 15 N° 3 y 16 del Código Penal), sino ejecutivos propios de la autoría. Por lo mismo, el que fuerza o induce a otro a ejecutar alguno de estos actos es evidentemente autor mediato en los términos del N° 2 del artículo 15 y su conducta, por consiguiente, es también punible.

En tales condiciones, se concuerda con el sentenciador de primer grado cuando concluye que a quienes se acusó como coautores ejecutores del delito de secuestro calificado o como coautores mediatos del mismo revisten efectivamente tal calidad, pues la conducta desplegada por cada uno de ellos, según resultó acreditado, satisface las exigencias del tipo del artículo 141 del Código Penal, en relación a la primera parte del N° 1 del artículo 15 del mismo cuerpo legal y del N° 2 de ese precepto.”

Reparaciones civiles

En el aspecto civil se modificaron los montos de las indemnizaciones  para algunos de los familiares de las víctimas y además se acogieron dos nuevas medidas reparatorias solicitadas por la cónyuge de Alexei Jaccard Siegler y que son: condenar al Fisco a  destinar la suma de $15.000.000 para que a través del Ministerio de Educación se adquieran libros sobre la temática de los Derechos Humanos, que deberán entregarse equitativamente a todas las escuelas públicas de la comuna de Chiguayante y se instale en un lugar visible de las bibliotecas de cada una de ellas una placa en que se informe el hecho de existir tales libros y que fueron entregados en memoria de Alexei Jaccard Siegler, víctima de violación a los Derechos Humanos durante la dictadura militar.

Además el Fisco de Chile deberá entregar $75.000.000 a la Universidad de Concepción para que ésta instituya el premio “Alexei Jaccard Siegler”, que se otorgará anualmente a un estudiante regular de esa casa de estudios que desarrolle una investigación acerca de la temática de los Derechos Humanos, en el contexto de sus estudios en la Universidad de Concepción, y que ascenderá al equivalente en pesos a 100 Unidades de Fomento, debiendo la misma Universidad reglamentar las exigencias, requisitos y condiciones del trabajo.

Los hechos

En la etapa de investigación el ministro Mario Carroza estableció:

-Que a raíz de los acontecimientos acaecidos en el país el día 11 de septiembre de 1973, el Gobierno Militar instituye de manera formal el 25 de noviembre de 1975, en reunión plasmada en la ciudad de Santiago, Chile, un plan de coordinación de acciones y mutuo apoyo entre los líderes de los servicios de inteligencia de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay, Uruguay y Chile, destinado a desestabilizar a los opositores a los regímenes asumidos por las Fuerzas Armadas y de Orden;

-Que éste vínculo generaba de manera estatal e inmediata una realidad que ya se había forjado en acciones concretas entre los países aludidos, esto es, seguimientos, detenciones, interrogatorios bajo tortura, traslado entre países, desaparición o ejecución de personas contrarias a los gobiernos instituidos de facto;

-El escenario anterior habría permitido que se consumaran casos como los que a continuación se indican:

-Que el día 17 de mayo de 1975, Jorge Isaac Fuentes Alarcón, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fuera detenido en la República de Paraguay, en la localidad de Enramada, y luego trasladado a la ciudad de Asunción, donde permaneció privado de libertad hasta el 23 de septiembre de 1975, cuando se define su traslado a Chile vía aérea en forma clandestina por agentes de la DINA, los que una vez en el país le conducen a los recintos secretos de encierro y tortura que mantenía esta organización, esto es, Cuatro Álamos y Villa Grimaldi. En este último lugar, es donde Fuertes permaneció más tiempo prisionero y privado de libertad, recibió un trato cruel de parte de sus captores, se le interroga bajo tortura y se le mantiene en condiciones inhumanas, hasta probablemente el 17 de enero de 1976, cuando otros prisioneros le ven por última vez, desconociéndose su paradero hasta el día de hoy.

-Que, a su vez, el día 2 de julio de 1976, en la ciudad de La Paz, República de Bolivia, se detiene al ciudadano chileno Julio del Tránsito Valladares Caroca, militante del Partido Socialista, por la Dirección de Orden Político, organismo de seguridad de ese país en esa época. En la condición aludida, éste permaneció detenido hasta el 13 de noviembre de 1976, fecha en que fue entregado a Agentes de la DINA, en la localidad fronteriza de Charaña, quienes le trasladaron a nuestro país y le llevaron al Campamento de Prisioneros "Cuatro Álamos", que se encontraba ubicado en la calle Canadá a la altura del 3.000 de Vicuña Mackenna, quedando bajo la custodia de sus agentes, lugar en el cual de acuerdo a testigos permaneció encerrado e incomunicado, y donde se le ve con vida por última vez a fines de noviembre de 1976;

-Que por otro lado, el día 3 de abril de 1976, en la ciudad de Mendoza, República Argentina, son detenidos tres ciudadanos chilenos Juan Humberto Hernández Zazpe, Manuel Jesús Tamayo Martínez y Luis Gonzalo Muñoz Velásquez, militantes socialistas, los cuales fueron trasladados de manera clandestina vía terrestre a Chile y puestos a disposición de los agentes de la Dirección Nacional de inteligencia, quienes le llevaron al Cuartel de Villa Grimaldi, ubicado en Avenida José Arrieta N°8.200 en Santiago, como ya se ha dicho, un campo de prisioneros políticos que pertenecía a la citada organización de inteligencia, en ese lugar fueron encerrados, interrogados y torturados, y se les vio por última vez con vida a fines de abril de 1976, desconociéndose hasta la fecha sus paradero;

-Que por último, en un episodio acaecido en el año 1977, militantes del Partido Comunista, cuya dirección orgánica exterior había decidido la necesidad de canalizar ayuda financiera externa al Partido en Chile, le pide a uno de ellos viajar desde Suiza -Alexei Vladimir Jaccard Siegler-, a Chile, previa escala en Buenos Aires, para encontrarse con otro militante que debía viajar desde Rusia -Ricardo Ignacio Ramírez Herrera- y contactarse ambos además con el militante que residía en esa ciudad -Héctor Heraldo Velásquez Mardones-. Este encuentro no pudo plasmarse porque los tres son detenidos por la Policía Federal Argentina el día 16 de mayo de 1977, sin fundamento legal, y privados de libertad para ser entregados a los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, quienes les trasladan a Santiago de Chile, donde los encierran en el Cuartel de Simón Bolívar, ubicado en la calle del mismo nombre, N08.630, son interrogados bajo tortura y en fecha indeterminada desaparecen. La búsqueda hasta hoy se mantiene al no ser posible encontrar a las víctimas Jaccard y Velásquez, que no registran salidas o entradas comprobadas ni tampoco constan sus defunciones, pero sí se ha encontrado parte de los restos de su compañero de infortunio, Ricardo Ramírez Herrera en Chile, en el sector denominado "Cuesta Barriga", al igual que aquellos pertenecientes al matrimonio formado por Jacobo Stoulman Bortnik y Matilde Pessa Mois, quienes viajaron a Buenos Aires a concretar el despacho del dinero a nuestro país, pero antes son detenidos -el 29 de mayo de 1977- en el Aeropuerto de Ezeiza, en momentos en que bajaban del avión que los traía de Chile, perdiéndose desde ese momento todo rastro de ellos, hasta la aludida evidencia cierta de haber sido inhumados ambos en el ya citado lugar;

-En esta operación, participan a su vez, militantes del Partido Comunista que se encontraban en Chile, que servían de enlace en esta operación, pero cuando se descubre la artimaña fueron ejecutados, Hernán Soto Gálvez en fecha indeterminada, entre el día 7 de junio y el 10 de noviembre de 1977, y Ruiter Enrique Correa Arce, el día 28 de mayo de ese mismo año, y

-El análisis de los antecedentes reseñados en los párrafos precedentes, patentizan la apuntada cooperación y coordinación de los servicios de inteligencia, en casos concretos, donde los agentes de inteligencia de nuestro país, en estos casos, coludidos con los de Argentina, Paraguay y Bolivia, no solo concertaron la detención de las víctimas, sino que también crearon las condiciones para encerrarlos y trasladarlos a nuestro país, con el siniestro propósito de confinarlos en recintos clandestinos para interrogarlos, torturados y luego proceder con extrema crueldad, a eliminarlos.


Corte de Santiago confirma fallo que condenó a 30 agentes de la DINA por secuestro calificado de joven embarazada

Fuente :pjud.cl, 4 de Marzo 2022

Categoría : Prensa

Tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó a 30 agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Reinalda del Carmen Pereira Plaza. Joven de 29 años y con un embarazo de cinco meses, que fue detenida el 15 de diciembre de 1976, en la actual comuna de Macul y conducida al cuartel de detención clandestino ubicado en la calle Simón Bolívar Nº 8800, comuna de La Reina, desde donde se pierde su rastro.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a 30 agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Reinalda del Carmen Pereira Plaza. Joven de 29 años y con un embarazo de cinco meses, que fue detenida el 15 de diciembre de 1976, en la actual comuna de Macul y conducida al cuartel de detención clandestino ubicado en la calle Simón Bolívar Nº 8800, comuna de La Reina, desde donde se pierde su rastro.

En la sentencia (causa rol 3.023-2019), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Rosa Kittsteiner, María Paula Merino y Paula Rodríguez– ratificó la sentencia que condenó a Pedro Espinoza Bravo, Juan Morales Salgado y Ricardo Lawrence Mires a 10 años de presidio como autores del delito.

En tanto, en calidad de coautores, Gladys Calderón Carreño, Juvenal Piña Garrido, Héctor Valdebenito Araya, Sergio Escalona Acuña, Jorge Manríquez Manterola, María Angélica Guerrero Soto, Orfa Saavedra Vásquez, Elisa Magna Astudillo, Heriberto del Carmen Acevedo, Claudio Pacheco Fernández, Emilio Troncoso Vivallos, Teresa Navarro Navarro, José Manuel Sarmiento Sotelo, Gustavo Guerrero Aguilera y Jorge Arriagada Mora deberán cumplir  7 años de presidio.

En el caso de José Alfonso Ojeda Obando, José Miguel Meza Serrano, Jorge Iván Díaz Radulovich, Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo, Sergio Hernán Castro Andrade, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, Bertha Yolanda del Carmen Jiménez Escobar, Carlos Eusebio López Inostroza y Joyce Ana Ahumada Despouy deberán purgar penas de 4 años como cómplices.

El tribunal de alzada hizo suyos los antecedentes que permitieron al ministro en visita Miguel Vázquez Plaza establecer la responsabilidad y participación que les cupo a los entonces agentes del Estado condenados, en el secuestro y desaparición de la tecnóloga médica.

“Que, en ese derrotero, se comparte lo razonado en la sentencia que se revisa, a efectos de establecer la participación de los condenados, por cuanto los antecedentes de prueba reseñados en la sentencia en alzada, en los motivos catorce en contra de Espinoza Bravo, diecisiete en contra de Morales Salgado, veinte en contra de Lawrence Mires, veintinueve en contra de Calderón Carreño, treinta y dos en contra de Piña Garrido, cuarenta y uno en contra de Valdebenito Araya, cuarenta y cuatro en contra de Escalona Acuña, cuarenta y siete en contra de Manríquez Manterola, sesenta y cinco en contra de Saavedra Vásquez, sesenta y ocho en contra de Magna Astudillo, setenta y uno en contra de Oyarce Riquelme, setenta y cuatro en contra de Acevedo, setenta y siete en contra de Pacheco Fernández, ochenta en contra de Troncoso Vivallos, ochenta y seis en contra de Navarro Navarro, noventa y cinco en contra de Sarmiento Sotelo, ciento siete en contra de Guerrero Aguilera y ciento veintidós en contra de Arriagada Mora, constituyen un conjunto de presunciones judiciales, que atendida su multiplicidad, gravedad, precisión y concordancia y por reunir los requisitos legales previstos en el artículo 488 del Código de Procedimiento Penal, permiten acreditar la participación que a título de coautores, en los términos previstos en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, se les atribuye, conforme con lo razonado en los motivos quince, dieciocho, veintiuno, treinta, treinta y tres, cuarenta y dos, cuarenta y cinco, cuarenta y ocho, sesenta y seis, sesenta y nueve en contra de Magna Astudillo, setenta y dos, setenta y cinco, setenta y siete, ochenta y uno, ochenta y siete, noventa y cinco, ciento siete y ciento veintitrés respectivamente y que se complementa con lo razonado en los fundamentos ciento setenta y tres, ciento setenta y ocho, ciento ochenta y dos, ciento ochenta y seis, ciento ochenta y nueve, ciento noventa y cinco, ciento noventa y siete, doscientos tres, doscientos seis y doscientos diez”, se detalla.

La resolución agrega que: “En este punto cabe precisar que la participación como coautor que se atribuye a Juan Morales Salgado, se encuadra plenamente en lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 Código Penal, desde que actuaba bajo las órdenes directas de Manuel Contreras y estaba a cargo del cuartel de Simón Bolívar a la época de los hechos, correspondiéndole en dicha calidad coordinar los trabajos operativos de las brigadas que actuaban bajo su mando, especialmente en relación a la desarticulación del Partido Comunista, destinando personal a su cargo para ello, dirigir las labores de investigación y recibir los informes correspondientes, disponiendo el ingreso y retención de los detenidos a la unidad, así como los interrogatorios y torturas a los que eran sometidos y, en su caso, su muerte y desaparición, estableciéndose que estuvo presente durante el interrogatorio y tortura de la víctima de estos antecedentes, lo que determina que intervino de una manera inmediata y directa en los hechos, por lo que su conducta implica un aporte funcional al resultado global, manteniendo en conjunto con los otros hechores, el codominio del hecho”.

“Por su parte, la atribución de responsabilidad a título de coautora, en los términos previstos en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, que se imputa a la encartada María Angélica Guerrero Soto, se establece en virtud de su confesión conforme con lo previsto en el artículo 482 del Código de Procedimiento Penal, la que se ve corroborada con el mérito los antecedentes señalados en la fundamentación cincuenta y siete de la sentencia recurrida, a lo que se suma lo razonado en la motivación ciento noventa y tres”, añade el fallo.

“Que, en el mismo sentido –prosigue–, se adhiere a lo señalado en la sentencia en estudio, por cuanto los indicios señalados en los motivos treinta y cinco en contra de Ojeda Obando, cincuenta en contra de Meza Serrano, cincuenta y tres en contra de Lagos Yáñez, cincuenta y nueve en contra de Díaz Radulovich, sesenta y dos en contra de Pichunmán Curiqueo, ochenta y tres en contra de Castro Andrade, noventa y ocho en contra de Miranda Mesa, ciento uno en contra de Álvarez Droguett, ciento cuatro en contra de Altamirano Sanhueza, ciento trece en contra de Díaz Ramírez, ciento veinticinco en contra de Jiménez Escobar, ciento treinta y cuatro en contra de López Inostroza y ciento cuarenta y tres en contra de Ahumada Despouy, reúnen la fuerza necesaria para configurar presunciones judiciales, que atendida su multiplicidad, gravedad, precisión y concordancia, permiten acreditar la participación que se les atribuye a título de cómplices, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Código Penal, al tenor de lo razonado en los basamentos treinta y seis, cincuenta y uno, cincuenta y cuatro, sesenta, sesenta y tres, ochenta y cuatro, noventa y nueve, ciento dos, ciento cinco, ciento catorce, ciento veintiséis, ciento treinta y cinco y ciento cuarenta y cuatro, respectivamente, a lo que se aúnan los razonamientos ciento setenta y uno, ciento setenta y nueve, ciento ochenta y siete, ciento noventa y ocho, doscientos, doscientos cuatro y doscientos ocho del fallo”.

Para el tribunal de alzada, en la especie: “(…) como se señaló, ha quedado suficientemente demostrado que todos los imputados eran parte de una estructura organizada bajo subordinación y dependencia, en la que coexistían quienes ejercían labores de dirección y personal operativo, dedicado tanto a la investigación cuanto a la detención, custodia, interrogatorio, tortura y, en su caso, muerte y desaparición de los detenidos, en lo que se observa, por un lado, la división de roles propia de la coautoría, desde que todos ellos realizaron un aporte funcional a la ejecución del delito, disponiendo cada uno de ellos del codominio del hecho y, por otro, una facilitación de los medios con que se comete el delito, cooperando así en el hecho ajeno, por actos anteriores o simultáneos, que es lo que caracteriza la complicidad”.

“En ese entendido, contrariamente a lo que señalan las defensas en estrados en sustento de sus apelaciones, conviene precisar que no se castiga a los condenados meramente por pertenecer a la institución, sino por las conducta desplegada por cada uno en relación a los hechos que atañen a la víctima de estos autos, doña Reinalda Pereira Plaza, lo que también conduce a descartar la intervención de aquellos acusados a cuyo respecto, no obstante haberse establecido que formaban parte de la misma institución y prestaron funciones en el inmueble ubicado en Simón Bolívar N° 8.800 de La Reina, no se ha comprobado su participación punible en alguna de las formas previstas en la ley”. Concluye.

Detención y desaparición
En el fallo en alzada, el ministro en vista Miguel Vázquez Plaza dio por establecidos los siguientes hechos:
a) Que, la Dirección de Inteligencia Nacional Dina , en una fecha no precisada, pero durante el primer semestre del año 1976, ocupó y habilitó un inmueble de calle Simón Bolívar Nº 8800, comuna de La Reina, consistente en una casa quinta, que fue acondicionada para su propósito de reclusión. Contaba con un solo portón de acceso, una garita a su derecha donde se hacía la guardia de puerta, una casa al fondo, una cancha de baby futbol, estacionamientos y al lado izquierdo del predio una especie de gimnasio donde había un casino, cocina y unos camarines y baños, que se acondicionaron para ser utilizados como calabozos, inmueble en el que se desempeñó operativamente la brigada Lautaro a cargo del mayor Juan Morales Salgado y que fue ocupado como un lugar secreto y clandestino de reclusión; a dicho recinto eran llevadas personas en calidad de detenidas, para ser interrogadas bajo el empleo de diversas técnicas de apremios físicos, en especial respecto de aquellas que tenían o habían tenido militancia política adherente al Partido Comunista.
b) Que asimismo, en el segundo semestre del año 1976, se trasladaron a dicho recinto, las agrupaciones de la DINA a cargo de los oficiales Germán Barriga y Ricardo Lawrence, conjuntamente con sus agentes operativos, los que se preocuparon fundamentalmente de investigar, ubicar, allanar, perseguir, reprimir y desarticular a los miembros del Partido Comunista, en especial a sus cúpulas directivas, para lo cual se habilitaron dependencias provisorias para su instalación; consistentes en oficinas, un gimnasio y camarines que fueron calabozos de encierro, en donde se realizaban los interrogatorios y torturas, utilizando apremios con diversos métodos.
c) Que, Reinalda del Carmen Pereira Plaza, embarazada de su primer hijo, de 5 meses de gravidez, tecnólogo médico y militante comunista, que trabajaba asilando personas y como enlace entre Eliana Ahumada y Fernando Navarro, aunque también relacionada al militante comunista Fernando Ortiz, fue detenida a sus 29 años de edad, aproximadamente a las 20:30 horas, mientras esperaba locomoción colectiva, por agentes de seguridad el día 15 de diciembre de 1976, en la calle Exequiel Fernández esquina Rodrigo de Araya, comuna de Nuñoa, actualmente comuna de Macul. Los agentes que la detuvieron, se movilizaban en dos automóviles marca Peugeot; uno de ellos patente HLN-55, de donde se bajó un sujeto que la tomó violentamente, al dar gritos de auxilio, se bajó un segundo sujeto con el cual fue reducida a la fuerza e ingresada al interior del vehículo. La detención fue materializada en presencia de testigos que se encontraban en los diversos locales comerciales circundantes, que dan cuenta que una vez reducida la víctima y materializada la detención, el automóvil se dirigió por Rodrigo de Araya en dirección al norte.
d) Que, Reinalda del Carmen Pereira Plaza fue trasladada al cuartel secreto de reclusión Simón Bolívar, donde fue vista junto a otros privados de libertad, que a su vez, habían sido detenidos por las mismas brigadas bajo la misma política operativa entre el 13 y 15 de diciembre de 1976; esto es, Héctor Véliz Ramírez, Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Yalu Berríos Cataldo, Juan Fernando Ortiz Letelier y Horacio Cepeda Marincovich. En este lugar, Reinalda fue duramente golpeada, torturada, apremiada ilegítimamente y luego hecha desaparecer, sin que hasta la fecha se tengan noticias de su paradero.
e) Que, el gobierno chileno de la época, dada las gestiones de búsqueda efectuadas por su familiares, informó que la afectada registraba salida ‘a pie’ por el paso fronterizo de Chile con Argentina Los Libertadores, el día 21 de diciembre de 1976, versión oficial que se estableció judicialmente como falsa, según consta en proceso tenido a la vista, autos Rol 2-77, en el cual se constató que la hoja de ruta que consignaba dichas circunstancias, había sido falsificada.
f) Que, la víctima de autos fue detenida en la vía pública al igual que otras trece personas en circunstancias similares; once pertenecientes al Partido Comunista y dos al MIR y, donde la información proporcionada por el Gobierno Militar fue semejante y errada, demostrando un operativo a gran escala que obedeció a una política de investigación, persecución y desarticulación del Partido Comunista y no, a un hecho aislado.
g) Que, todas las personas antes mencionadas, incluida la víctima, fueron detenidas para ser interrogadas y torturadas en razón de su militancia política y, a fin de obtener información sobre sus actividades de partido y la identificación de otros miembros del Partido Comunista en la clandestinidad; apremios que no cesaban hasta la obtención de la información requerida o, hasta la inconciencia de las víctimas”.


Estos son los 17 agentes de la Dina beneficiados por la Corte de Apelaciones de Santiago en el caso de la desaparición de 17 dirigentes comunistas en

Fuente :interferencia.cl, 13 de Abril 2020

Categoría : Prensa

Entre los implicados en el crimen está el ex brigadier de Ejército, Pedro Espinoza, subdirector de la agencia de represión de Augusto Pinochet en los 70. En la lista aparecen agentes ligados a la Brigada Lautaro, una de las más temidas de la época.

Indignación causó en algunas personas el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que absolvió y redujo la pena de 17 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (Dina) de la dictadura, que funcionó entre 1973 y 1977.

En concreto, la instancia integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera Muñoz, Mireya López Miranda y el abogado integrante Cristián Lepín Molina, absolvió a siete agentes de la DINA por el caso de la desaparición de 16 personas y el asesinato de una 17°, hechos ocurridos en 1976, a quienes se les vio por última vez en el centro de detención de Villa Grimaldi.

Las víctimas son los siguientes militantes y dirigentes del Partido Comunista: Luis Emilio Recabarren González, Manuel Guillermo Recabarren González, Nalvia Mena Alvarado, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Clara Canteros Torres, Alejandro Rodríguez Urzúa, Daniel Palma Robledo, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, Iván Sergio Insunza Bascuñán, José Eduardo Santander Miranda, Mario Jesús Juica Vega, Víctor Hugo Morales Mazuela, Carlos Mario Vizcarra Cofré, Miguel Nazal Quiroz, Juan Aurelio Villarroel Zárate, Julio Roberto Vega Vega y Eduardo Canteros Prado, (el único no desaparecido).

En vista de esta polémica, INTERFERENCIA indagó en el currículum criminal de estos agentes del Estado que en su momento formaron parte de la máquina de tortura, desaparición y homicidio, la que violó sistemáticamente los derechos humanos fundamentalmente en la década de los 70. La mayoría de los beneficiados, están involucrados en otros casos de similares características, por lo que continuarán en prisión.

Los absueltos

1. Pedro Espinoza Bravo. Ex brigadier de Ejército y ex subdirector de la Dina. Fue condenado por el asesinato del ex canciller Orlando Letelier, el ex comandante en jefe del Ejército, general Carlos Prats y el diplomático español Carmelo Soria. Fue parte de la Caravana de la Muerte y autor material de los asesinatos de los periodistas estadounidenses Charles Horman Lazar y Frank Randall Teruggi Bombactch. También recibió condenas en Francia por "secuestro acompañado de torturas y de actos de barbarie", en los casos de los ciudadanos franceses Jorge Klein, Etienne Pesle, Alfonso Chanfreau y Jean Yves Claudet.

La Corte de Apelaciones de Santiago absolvió a Espinoza exclusivamente de los crímenes cometidos en el centro de detención y tortura, Villa Grimaldi. “No hay evidencia que haya liderado ninguna brigada que operara en Villa Grimaldi ni menos la agrupación Delfín, durante el año 1976, que es lo que importa para estos efectos”, se lee del fallo. En concreto, se le exime de responsabilidad en el secuestro y desaparición de 17 víctimas, llevadas a cabo a través de la llamada agrupación Delfín en 1976.

2. Rolf Wenderoth Pozo. Ex coronel de Ejército y subdirector de Inteligencia Interior de la Dina. Integró la Brigada Mulchén, conocida por el uso de gas sarín en varios asesinatos y por ser la responsable del asesinato de Carmelo Soria. Wenderoth fue el agente de enlace de Luz Arce, una miembro del GAP del presidente Salvador Allende, quien fue dada vuelta en tortura para convertirse en agente de la Dina, y fue parte de los equipos a cargo de los centros de detención y tortura de Villa Grimaldi y Belgrano.

3. Hermón Alfaro Mundaca. Ex comisario de la PDI, agente de la Dina. Fue parte de Villa Grimaldi desde 1975 y fue procesado junto a otros 97 agentes por la desaparición de 41 personas, en el contexto del Caso de la Operación Colombo y del Caso de los 119, una operación de intoxicación informativa de la dictadura en connivencia con El Mercurio y La Tercera, para esconder desapariciones. A este caso corresponde el famoso titular de La Segunda del 24 de julio; Exterminados como ratones. 

4. Pedro Bitterlich Jaramillo. Ex suboficial de Ejército, agente de la Dina. Fue parte de la Brigada Lautaro, la que -entre otras misiones criminales- estuvo a cargo de los Vuelos de la Muerte, mediante la cual la Dina se deshacía de los cuerpos de sus víctimas empleando helicópteros Puma del Ejército. A esta operación corresponde el caso de Marta Lidia Ugarte Román, víctima de un vuelo de la muerte, pero cuyo cuerpo lo devolvió el mar, causa por la que Bitterlich fue condenado como uno de los autores de secuestro calificado, junto con Pedro Espinoza y varios otros agentes. También fue implicado en las causas conocidas como Operación Colombo, Calle Conferencia I y II (destinadas al exterminio de la dirección del Partido Comunista) y Operación Cóndor (en la que las agencias represivas de varias dictaduras del Cono Sur se confabularon para cometer y encubrir crímenes más allá de sus fronteras).

5. Claudio Pacheco Fernández. Ex suboficial de Carabineros, agente de la Dina. También fue parte de la Brigada Lautaro. Fue implicado en la Operación Colombo.

6. Orlando Torrejón Gatica. Ex suboficial de Ejército, agente de la Dina y la CNI. Fue parte de la Brigada Lautaro y pasó a ser parte de las Brigadas Verde y Azul de la CNI, el organismo represor continuador de la Dina. Fue procesado en el caso Calle Conferencia II.

7. Orlando Altamirano Sanhueza. Ex suboficial de la Armada, agente de la Dina. También fue parte de la Brigada Lautaro. 

8. Carlos López Inostroza. Agente de la Dina. Implicado en los casos Calle Conferencia I y en el de Marta Ugarte.

Los que recibieron rebaja de condena

9. Ricardo Lawrence Mires. Ex teniente coronel de Carabineros, agente de la Dina. Según Memoria Viva, es uno de los principales y más crueles torturadores de la agencia, habiendo sido quien apremió a Luz Arce antes de su conversión. Estuvo destinado a los centros de tortura Londres 38, José Domingo Cañas y Villa Grimaldi. Lawrence es conocido últimamente por haber estado prófugo y ser uno de los más buscados por la PDI por el homicidio de Alfonso Chanfreau, habiéndose entregado al OS-9 de Carabineros el pasado 10 de enero.

10. Jorge Andrade Gómez. Ex teniente coronel de Ejército, agente de la Dina y la CNI. Fue parte de la Escuela de las Américas, instancia creada por Estados Unidos para enseñar técnicas de represión y tortura que se emplearían en las dictaduras de los 70 en América Latina. Fue lugarteniente de Miguel Krassnoff tras su paso por Villa Grimaldi y estuvo implicado en las operaciones de Calle Conferencia y Cóndor, y en numerosos secuestros. En la CNI fue parte de la Operación Alfa Carbón I, en la que la CNI ultimó a siete militantes del MIR y fue condenado por el asesinato de Paulina Alejandra Aguirre Tobar, de 20 años, del MIR en 1985.

11. Juan Morales Salgado. Ex coronel de Ejército y director de la Brigada Lautaro de la Dina. Conocido también por su participación en el homicidio de Prats y su esposa, Sofía Cuthbert, en 1974 en la ciudad de Buenos Aires. Por este delito fue condenado a una pena de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo, así como por asociación ilícita. Este oficial en retiro de las Fuerzas Armadas recién entró en prisión el año 2010. Asimismo, sobre él pesa otra condena por el secuestro de cinco jóvenes en un episodio conocido como Caso Linares, por el que Morales Salgado recibió una rebaja de pena por parte de la Corte Suprema en 2011.

12. Gladys Calderón Carreño. Ex teniente de Ejército, enfermera y agente de la Brigada Lautaro de la Dina. Fue condenada en 2018 por el ministro en visita, Mario Carroza, por su actuación en los hechos que involucraron la Operación Cóndor, por su autoría en los homicidios calificados de Ricardo Ignacio Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bortnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto Gálvez y Ruiter Enrique Correa Arce. También, según publicó El Mostrador, participó del operativo de calle Conferencia y la detención de Víctor Díaz López, del Partido Comunista.

13. Ciro Torré Sáez. Ex capitán de Carabineros y jefe administrativo de la Dina. Según el sitio Memoria Viva el ministro Llanos lo condenó en 2017 a la pena de quince años y un día de presidio en su grado máximo, como autor del secuestro calificado de Luis Emilio Recabarren González, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue e Iván Sergio Insunza Bascuñán.

Anteriormente, Torré había sido condenado por la Corte Suprema en el homicidio calificado Lumi Videla Moya, integrante del MIR, quien fue secuestrada junto a su esposo por la Dina en 1974, falleciendo ella en el centro de detención de José Domingo Cañas. El máximo tribunal le dictó una pena de 5 años y un día en 2009.

14. Orlando Escalona Acuña. Ex suboficial de la Armada y miembro de la Brigada Lautaro de la Dina. Fue condenado anteriormente como coautor del secuestro y homicidio calificado en 1976 de Víctor Díaz López, militante del Partido Comunista quien alcanzó en 1973 un cargo directivo en la Central Única de Trabajadores de Chile (CUT). Además, la Corte Suprema emitió una sentencia en su contra por el secuestro del ex diputado comunista Bernardo Araya Zulueta y su esposa María Olga Flores Araya en 1976.

15. Juvenal Piña Garrido. Suboficial de Ejército y miembro de la Brigada Lautaro de la Dina. Tuvo la misma rebaja de condena que Sergio Orlando Escalona Acuña, ambos involucrados en el secuestro de Daniel Palma Robledo. Piña cumple condena también por secuestro calificado de Alfredo Rojas Castañeda, Michelle Marguerite Peña Herreros, Ricardo Ernesto Lagos Salinas, Mireya Herminia Rodríguez Díaz y Exequiel Ponce Vicencio.

16. Jorge Díaz Radulovich. Suboficial de la Fuerza Aérea y miembro de la Brigada Lautaro de la Dina. La Corte Suprema lo condenó por el secuestro del ex diputado Bernardo Araya Zulueta y su esposa María Olga Flores Araya en 1976 a 5 años y un día de presidio, como coautor del delito. Según consigna Memoria Viva, Díaz fue mencionado en el libro La Danza de los Cuervos como miembro del Comando Vengadores de Mártires. 

17. Gustavo Guerrero Aguilera. Suboficial de Carabineros y miembro de la Brigada Lautaro. Estuvo implicado en el operativo de Calle Conferencia. Recibió originalmente una condena de diez años por el secuestro de Daniel Palma Robledo, pero se redujo su condena a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo.


Los médicos y enfermeras que “hicieron su trabajo” para el terrorismo de Estado

Fuente :elmostrador.cl, 10 de Septiembre 2013

Categoría : Prensa

Los doctores Camilo Azar Saba, Manfred Jürgensen Caesar y Luis Alberto Losada Fuenzalida confesaron haber viajado al cuartel Borgoño de la CNI para atender detenidos: los tres auscultaron al profesor Federico Álvarez Santibáñez, detenido en esas dependencias. Según sus declaraciones policiales, no observaron lesiones externas atribuibles de mayor cuidado. Al día siguiente falleció en la Posta Central producto de las torturas. Los tres son médicos colegiados.

por Javier Rebolledo 1

En “El Despertar de los Cuervos”, dediqué un capítulo en un grupo de civiles que grafican las consecuencias reales del silencio que jueces y políticos han reconocido durante la dictadura. Se trata de los más de cien dentistas y doctores que trabajaron en las clínicas de la DINA-CNI y que hoy conforman parte de la opinión pública. Respecto de su acción, el Colegio Médico ha actuado de forma particular, caso a caso, sancionando a algunos pocos. Se entiende entonces que debieran ser vistos según sus opiniones personales frente a los hechos.

A través de la investigación centré mi atención en una veintena de hombres de la salud que ha prestado declaración policial o judicial en causas de lesa humanidad y en qué están hoy, pasados los años. En el libro se denuncia, por ejemplo, que el psiquiatra colegiado, Roberto Emilio Lailhacar Chávez, experto en drogas e integrante actual de grupos iniciáticos y de conocimiento personal (así se publicita en revistas vinculadas al tema), confesó recién este año que dentro de su casa de campo, ubicada en Curacaví, hay 6 o 7 cadáveres enterrados. Según el doctor, antes de morir, su padre le confesó que los cuerpos fueron lanzados por Carabineros de la zona dentro de un fallido y profundo pozo destinado a extraer agua. En este momento, Investigaciones y el Servicio Médico Legal se encuentran intentando llegar hasta el fondo del estrecho orificio y dar con las víctimas. En su declaración a la justicia se observa que Lailhacar se considera un actor pasivo de aquellos hechos. Sin embargo, un soldado del regimiento Tejas Verdes, el lugar donde se creó la DINA y tema central de “El Despertar de los Cuervos”, contó para el libro que Lailhacar era conocido ahí como “el hipnotizador”, debido a que aplicó técnicas de tortura “novedosas”, dentro de aquel centro de experimentación, donde seres humanos fueron utilizados como conejillos de indias.

El psiquiatra colegiado, Roberto Emilio Lailhacar Chávez, experto en drogas e integrante actual de grupos iniciáticos y de conocimiento personal (así se publicita en revistas vinculadas al tema), confesó recién este año que dentro de su casa de campo, ubicada en Curacaví, hay 6 o 7 cadáveres enterrados. Según el doctor, antes de morir, su padre le confesó que los cuerpos fueron lanzados por Carabineros de la zona dentro de un fallido y profundo pozo destinado a extraer agua. En este momento, Investigaciones y el Servicio Médico Legal se encuentran intentando llegar hasta el fondo del estrecho orificio y dar con las víctimas.

Luego, ya entrada la dictadura, fue el jefe del departamento de operaciones psicológicas de la DINA, unidad que estuvo dedicada a crear contra propaganda a las manifestaciones en contra de la dictadura. También atendió y dio sustento psicológico a aquellos agentes con problemas de conciencia. En su declaración a la justicia incluso reconoció haber celebrado asados con Manuel Contreras y la directiva de la DINA en el mismo campo donde probablemente hoy se encuentran enterrados detenidos desaparecidos.

Muchos funcionarios de la salud trabajaron junto a Lailhacar dentro de las clínicas DINA-CNI y fueron parte de los crímenes ocurridos ahí. El enfermero de la Clínica Santa Lucía, Carlos Norambuena Retamales, declaró a la justicia que ahí escuchó y vio hechos que lo dejaron marcado de por vida. “Viene paquete”, era la nomenclatura que se utilizaba ahí, cuando un detenido llegaba proveniente de un centro de torturas para ser eliminado. “Bajaban de la camilla al detenido, lo ingresaban a una sala, le suministraban algo y luego el paciente salía fallecido”, declaró a la justicia. El enfermero escuchó luego a los doctores decir que para eliminar a los detenidos, les suministraban 5 milígramos de pentotal. Según él, por lo menos dos doctores, Wener Zanghellini y Osvaldo Leyton Robles, ambos con consulta particular en Providencia, eran los encargados de efectuar esta labor.

La enfermera Gladys Calderón, tomó ese conocimiento de los médicos, y en 1976 y 1977 se dedicó a inyectar  mortalmente a los detenidos del cuartel Simón Bolívar, hasta ahora el único centro de exterminio documentado en detalle por la justicia y donde se asesinó a tres direcciones del Partido Comunista. Ella declaró a la justicia que no sólo se consideraba inocente, sino que su acción era humanitaria, puesto que los detenidos inyectados se encontraban en pésimas condiciones físicas.

Algunos doctores, como el oftalmólogo Vittorio Orvieto, quien partió asesorando sesiones de tortura en Tejas Verdes, también dio su opinión frente a los hechos antes de que se probara su participación criminal. “Quiero dejar una constancia. Que toda esta situación en la que me he visto involucrado y de la cual no tuve ninguna participación, ha signi?cado para mí y mi familia un grave deterioro moral y espiritual y, por qué no decirlo, también físico. Siento en lo más profundo de mi ser que he sido víctima de circunstancias que yo no busqué en ningún momento […]”, declaró en la causa Tejas Verdes.

En el libro incluí el testimonio del actual director del Servicio Médico Legal, Patricio Bustos, quien fue detenido por la DINA y torturado dentro de la clínica Santa Lucía, donde Orvieto trabajaba. En aquel lugar, según recordó, sus colegas integraban las sesiones e incluso le suministraron sueros como una forma de facilitar la continuidad de los tormentos cuando se encontraba al borde de la muerte. A través de una radio, lo hicieron escuchar cómo torturaban a su mujer al mismo tiempo en la Villa Grimaldi. En una ocasión, un doctor se le acercó y le habló de cerca. “Tú entiendes, yo acá estoy haciendo mi trabajo”.

Otros, como los doctores Camilo Azar Saba, Manfred Jürgensen Caesar y Luis Alberto Losada Fuenzalida confesaron haber viajado al cuartel Borgoño de la CNI para atender detenidos: los tres auscultaron al profesor Federico Álvarez Santibáñez, detenido en esas dependencias. Según sus declaraciones policiales, no observaron lesiones externas atribuibles de mayor cuidado. Al día siguiente falleció en la Posta Central producto de las torturas. Los tres son médicos colegiados. Azar trabaja en la clínica Meds, célebre debido a que atiende a muchos deportistas de alto rendimiento. Losada trabaja en el Instituto de Geriatría y Jurguensen se desempeña en el Hospital Clínico de la Fuerza Aérea, donde es jefe del Departamento de Educación. Además labora en la Clínica Alemana. Los tres se consideraban actores pasivos. Alguno de ellos, incluso, manifestó estar molesto con los servicios de inteligencia, por haberlos involucrado en estos hechos.

Respecto de un terreno aparentemente menos grave, pero que dio sustento a la dictadura, en “El Despertar de los Cuervos” incluí la declaración policial del dentista de la DINA y CNI, Pablo César Oyanguren Plaza, prestada en agosto de 2010, dentro de la causa Villa Grimaldi. Su chapa dentro de la organización terrorista era “Cicerón Videla”. Interrogado señaló: “Me dieron (la CNI) una cédula de identidad a nombre de Cicerón Videla, con la finalidad de votar en el plebiscito”. Antes de publicar el libro, encontré a Oyanguren Plaza, dando clases en la Universidad Mayor. Me confirmó su acción en el plebiscito de 1980 que dio legitimidad a la dictadura y que aprobó la Constitución Política que nos rige hasta hoy. Según me explicó, sentía que lo que había hecho “fue un error” y que mirado en el tiempo “lo sentía”. Según él, todos sus compañeros dentro de la Clínica Santa Lucía utilizaban un nombre real y otro ficticio o chapa y que, aunque no podía probarlo, tenía la impresión de que, al igual que él, sus compañeros también sufragaron dos veces con el fin de aprobar la Constitución.

Esto ya había sido reconocido por Jorgelino Vergara, “El Mocito”, para el libro “La Danza de los Cuervos”. Según su testimonio, junto a su unidad acudió en masa a votar todas las municipalidades de Santiago en dos ocasiones, con el fin de vencer en el plebiscito de 1980.

Jorgelino Vergara se encuentra unido a los profesionales de la salud en la DINA y la CNI también por otro tema. Según él, como empleado civil, su sueldo era cancelado por la empresa Boxer y Asper. No conocía a sus dueños legales, pero estaba seguro que el financista detrás era el fallecido empresario, Ricardo Claro Valdés. En la investigación por las clínicas de la DINA, varios profesionales de la Salud señalaron entre sus empleadores a las empresas Boxer y Asper.


Corte Suprema revoca fallo y condena a 14 ex agentes DINA por el crimen de 17 militantes comunistas en 1976

Fuente :resumen.cl, 30 de Julio 2023

Categoría : Prensa

La Corte Suprema condenó a 14 agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de Luis Emilio Recabarren González, Manuel Guillermo Recabarren González, Nalvia Rosa Mena Alvarado, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Clara Elena Canteros Torres, Alejandro Rodríguez Urzúa, Daniel Palma Robledo, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, Iván Sergio Insunza Bascuñán, José Eduardo Santander Miranda, Mario Jesús Juica Vega, Víctor Hugo Morales Mazuela, Carlos Mario Vizcarra Cofré, Miguel Nazal Quiroz, Juan Aurelio Villarroel Zárate y Julio Roberto Vega Vega; y el homicidio calificado de Eduardo Canteros Prado. Los delitos fueron cometidos entre abril y agosto de 1976, en la provincia de Santiago.

En fallo unánime (causa rol 71.900-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros y ministras Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, María Cristina Gajardo, María Soledad Melo y Eliana Quezada- revocó la sentencia dictada por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago en abril de 2020, que aplicaba la media prescripción a los acusados.  En sentencia de reemplazo la Corte Suprema condenó a los ex jerarcas DINA y ex oficiales de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo y Jorge Claudio Andrade Gómez a las penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de 16 secuestro calificado y a 10 años y un día en calidad de autores de un homicidio calificado.

En tanto, Rolf Arnold Wenderoth Pozo fue condenado a sendas penas de 10 años y un día de presidio, como autor de tres secuestros calificados y un homicidio calificado; Juan Hernán Morales Salgado y Gladys de las Mercedes Calderón Carreño a 10 años y un día de presidio, como autores de seis secuestros calificados.

En el caso de los ex agentes Sergio Orlando Escalona Acuña, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Jorge Iván Díaz Radulovich y Gustavo Enrique Guerrero Aguilera, se les aplicó una pena de 5 años y un día de presidio, como autores de un solo caso de secuestro calificado.

Asimismo, los ex agentes Orlando Jesús Torrejón Gatica, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza y Carlos Eugenio López Inostroza deberán purgar 7 años en calidad de cómplices de los 16 secuestros calificados y 5 años y un día presidio en calidad de cómplices del homicidio calificado.

Finalmente, Hermon Helec Alfaro Mundaca deberá purgar 7 años en calidad de cómplice de 15 secuestros calificados y 5 años y un día de presidio, en calidad de cómplice del homicidio calificado.

Los criminales Carlos José Leonardo López Tapia y Ricardo Víctor Lawrence Mires, que habían sido condenados en el fallo de primera instancia, dictado por el ministro Leopoldo Llanos en julio de 2017, a penas de 20 años de presidio, fallecieron en el curso del proceso. También fallecieron los condenados en primera instancia Ciro Ernesto Torré Sáez y Orlando José Manzo Durán y Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo.

Al desestimar la media prescripción, la Corte Suprema establece que: "(…) resulta preciso tener en consideración que la materia en discusión también debe ser analizada conforme a la normativa internacional de los Derechos Humanos contenida principalmente en los Convenios de Ginebra, que impiden la prescripción, total o gradual, respecto de delitos cometidos en casos de conflictos armados sin carácter internacional".

La resolución agrega que: "A la misma conclusión se llega considerando tanto las normas de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, como las de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, por cuanto de conformidad a esa normativa, la prescripción gradual tiene la misma naturaleza que la total".

"Desde otra perspectiva, la doctrina, sobre esta materia ha expresado que sus fundamentos se encuentran en las mismas consideraciones de estabilidad social y certeza jurídica que dieron origen al artículo 93 del Código Penal, pero que está destinada a producir sus efectos en aquellos casos en que la realización de los fines previstos para la prescripción no concurren en forma natural sino al cabo de un proceso gradual, esto es, cuando el lapso necesario para prescribir está por cumplirse, lo que justificaría la atenuación de la pena", añade.

"Sin embargo -prosigue-, es evidente que aquella conclusión es para los casos que no presentan las características de los delitos de lesa humanidad, pues estos son imprescriptibles. En consecuencia, para que dicha atenuación sea procedente es necesario que se trate de un delito en vías de prescribir, lo que no acontece en la especie, de modo que el transcurso del tiempo no produce efecto alguno, debido a que el reproche social no disminuye con el tiempo, lo que solo ocurre en los casos de delitos comunes".

Los hechos

En el fallo de primera instancia, el ministro de fuero Leopoldo Llanos Sagristá dio por establecido que en el marco de la represión sistemática a los opositores al régimen militar, en los meses de abril y agosto de 1976, se produjeron las detenciones de una serie de personas, todos militantes del Partido Comunista.

El día 29 de abril de 1976, en el sector de las calles Santa Rosa y Sebastopol de la comuna de San Miguel, fueron detenidos por agentes de la DINA los hermanos Manuel Guillermo, de 22 años, y Luis Emilio Recabarren González, de 29 años, junto a Nalvia Rosa Mena Alvarado, de 20 años, y el hijo de ésta de dos años de edad. El menor fue abandonado cerca de su domicilio en horas de la noche.

Al día siguiente, 30 de abril, a las 7:00 horas, fue detenido Manuel Segundo Recabarren Rojas, de 50 años de edad, a poco de salir de su domicilio en el mismo sector y cuando se disponía a abordar un bus de locomoción colectiva.

Todos los detenidos fueron conducidos al cuartel clandestino de detención y tortura 'Villa Grimaldi'; a Manuel Guillermo Recabarren González y Manuel Segundo Recabarren Rojas, además, se les vio en el recinto 'Simón Bolívar' y a Luis Emilio Recabarren González en 'Cuatro Álamos'. Desde esos recintos la DINA los hizo desaparecer.

El día 23 de julio de 1976, alrededor de las 20:00 horas, en la intersección de las calles Rojas Magallanes con Panamá de la comuna de La Florida, fue detenida por agentes de la DINA la joven Clara Elena Canteros Torres, de 21 años de edad. Fue reducida al descender de la locomoción colectiva.

Es trasladada hasta 'Villa Grimaldi' donde es vista por testigos, y el día 20 de agosto de 1976, es sacada de ese recinto junto a los también detenidos Mario Juica Vega y "scar Ramos. Desde entonces se les hizo desaparecer.

A las 21:40 horas Eduardo Canteros Prado, 48 años, tío de Clara Elena, constructor civil, es detenido en la vía pública por agentes de la DINA, frente a su domicilio ubicado en calle Panamá, de la comuna de La Florida. Fue trasladado hasta la 'Villa Grimaldi'. En el año 1990 sus restos fueron encontrados en el fundo Las Tórtolas de Colina, recinto que hasta 1980 perteneció al Ejército.

El día 27 de julio de 1976, alrededor de las 17:15 horas, Alejandro Rodríguez Urzúa, de 49 años de edad, fue detenido por agentes DINA desde su oficina ubicada en Mallinkrodt 70, Barrio Bellavista. Lo trasladaron hasta el recinto de 'Villa Grimaldi'.

El día 4 de agosto de 1976, Daniel Palma Robledo, 61 años, empresario, fue detenido en horas de la mañana, en avenida Matta, entre las calles San Diego y Arturo Prat; luego de retirar su correspondencia, compró un diario y al momento de retirarse fue detenido y se lo llevaron con destino desconocido, pero fue visto en el cuartel de exterminio 'Simón Bolívar'.

El mismo 4 de agosto, a las 15:00 horas, fue detenido el médico Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, de 39 años. Lo apresaron durante el trayecto que efectuaba entre el Hospital Parroquial de San Bernardo y su consulta particular, ubicada en calle Barros Arana con Arturo Prat. Fue trasladado hasta 'Villa Grimaldi' y, posteriormente, a 'Cuatro Álamos', desde donde se le hace desaparecer.

En horas de la noche del 4 de agosto fue detenido por agentes DINA el médico cirujano Iván Sergio Insunza Bascuñán, de 43 años, mientras conducía su vehículo. Fue trasladado a 'Villa Grimaldi' y luego a 'Cuatro Álamos'.

El día 6 de agosto de 1976, a poco de salir de su domicilio, alrededor de las 9:30 horas, fue detenido por agentes DINA el dirigente estudiantil y de la Central Única de Trabajadores, José Eduardo Santander Miranda, de 29 años; testigos sobrevivientes lo vieron en el recinto de 'Villa Grimaldi'.

El 9 de agosto, Víctor Hugo Morales Mazuela, de 45 años, carpintero y obrero de la construcción, dirigente sindical y encargado de organización de un regional del Partido Comunista, fue detenido en horas de la mañana, en los alrededores de la población 'Villa México' de la comuna de Maipú y fue trasladado hasta 'Villa Grimaldi'. Posteriormente, se le vio en el cuartel 'Simón Bolívar'.

El mismo 9 de agosto, Mario Jesús Juica Vega, 34 años, comerciante, fue detenido alrededor del mediodía, en las inmediaciones de plaza Egaña, en la comuna de 'uñoa, y trasladado a 'Villa Grimaldi', lugar en que fue visto por numerosos testigos. El día 20 de agosto fue sacado desde ese recinto junto a otros dos detenidos y desde entonces la DINA los hace desaparecer.

El 11 de agosto de 1976, a las 9:00 horas, en circunstancias que salía de su domicilio, ubicado en calle Chiloé, entre Santa Rosa y Gran Avenida, en la comuna de San Miguel, fue detenido por agentes DINA el comerciante Miguel Nazal Quiroz, de 44 años. Fue trasladado a' Villa Grimaldi'.

En horas de la noche del mismo 11 de agosto, Carlos Mario Vizcarra Cofré, de 31 años, desabollador, en su domicilio en Quinta Normal fue detenido por agentes que lo trasladaron hasta 'Villa Grimaldi', recinto en que lo vieron testigos hasta el 25 de agosto del mismo año. Posteriormente, fue visto en el recinto 'Simón Bolívar'.

El 13 de agosto, Juan Aurelio Villarroel Zárate, de 55 años, dirigente sindical, fotograbador, alrededor de mediodía, cuando se trasladaba desde su domicilio en Conchalí fue detenido por agentes DINA en las cercanías de la Estación Mapocho. Fue trasladado hasta Villa Grimaldi.

El día 16 de agosto de 1976, a las 11:30 horas, el obrero Julio Roberto Vega Vega fue detenido por agentes DINA en avenida Presidente Balmaceda, entre Cueto y Libertad, de la comuna de Santiago. Varios testigos lo vieron recluido tanto en 'Villa Grimaldi' como en el cuartel 'Simón Bolívar'.

por  Darío Núñez


Exterminio en Simón Bolívar: el horror revelado por el mocito de Manuel Contreras

Fuente :lacuarta.cl, 11 de Septiembre 2023

Categoría : Prensa

La historia de Jorgelino Vergara, y la propia existencia del centro de detención y torturas de la Brigada Lautaro, salió a la luz de la mano de un prestigioso documental que se gestó luego de sus declaraciones oficiales ante la Justicia. Con el correr de los años, decenas de militares involucrados en el caso Calle Conferencia han sido condenados.

“Es extraño que El Mocito no terminara suicidado. Raro que hasta hoy no cayera abatido por las balas de viejos camaradas de la DINA o la CNI, por traidor”.

Con esas palabras comienza “La danza de los cuervos”, el exitoso libro publicado en 2012 por Javier Rebolledo, un periodista que también fue parte del equipo de investigación del documental “El mocito”, un trabajo cinematográfico que inicialmente puso el foco sobre Jorgelino Vergara, quien en su juventud, en los tiempos de la Dirección Nacional de Inteligencia, fue el mozo de la casa del líder de la policía secreta de la dictadura, Manuel Contreras.

No solo eso, por sus posteriores días en la Brigada Lautaro, Vergara terminó testificando sobre las atrocidades al interior del cuartel de la calle Simón Bolívar, un centro de torturas calificado por Rebolledo como “el único cuartel dedicado de modo expreso al exterminio”.

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De acuerdo a lo que relató el propio escritor del libro, en conversación con revista Ercilla en octubre de 2012, “La danza de los cuervos” marcaba la diferencia con otros textos por “estar construido sobre la base de las declaraciones de los propios victimarios”. Dicha situación fue posible ya que Rebolledo tuvo acceso al expediente secreto que incluían las declaraciones de militares sobre el caso de Calle Conferencia, el cual afectó a las cúpulas clandestinas del Partido Comunista que fueron destinadas al centro de detención.

Y en ese escenario, la declaración clave de ese expediente era aquella del mocito que rompió el pacto de silencio tras ser contactado por la PDI debido a que otro agente lo había culpado en 2007 del crimen de Víctor Díaz López, subsecretario general del PC y quien lideraba a los comunistas desde la clandestinidad.

Todo aquello terminó dando pie a la detención temporal y el testimonio de los exoficiales involucrados en lo que Rebolledo catalogó en su libro como “la cofradía de lesa humanidad”.

HABLANDO DE “PAQUETES”: LAS REUNIONES EN LA CASA DEL MAMO CONTRERAS

En julio de 2012, en una entrevista con Tomas Mosciatti para CNN Chile, el propio Jorgelino Vergara abordó su historia de precaria vida familiar y el “encandilamiento” que tuvo una vez que comenzó a trabajar, a los 14 años de edad, en la casa del por entonces coronel Contreras en calle Pocuro con Antonio Varas.

“Yo abría la puerta de entrada, el ingreso a la casa, le recibía su maletín, llevaba también su metralleta, subía al segundo piso, dejaba su metralleta al lado del velador y dejaba su maletín ahí”, explicó sobre sus acciones diarias en el lugar.

Con los meses, el mozo adolescente comenzó a tener instrucción en el uso de las armas para “repeler el fuego en caso de un ataque a su domicilio”. Según sus palabras, por todo eso terminó siendo un “experto” con “buena” puntería, aunque relató que además recibió instrucción de defensa personal con karate, full contact y uso de armas como katanas, nunchakus y lanzamiento de dagas con una distancia de 8 a 12 metros.

Entre sus declaraciones más relevantes, Vergara reconoció que escuchaba las conversaciones que sostenía Contreras al interior de la casa, pues pasaba desapercibido como parte de la servidumbre. “No tenía restricción ninguna porque… era algo… como prácticamente insignificante”, recordó sobre su estancia en el hogar.

Dicho lugar habitualmente recibía la visita de militares como Miguel Krassnoff, Juan Morales Salgado, Alejandro Burgos, Marcelo Moren Brito y Michael Townley, entre otros. Todos ellos fueron condenados salvo Townley, quien declaró en Estados Unidos y terminó bajo el programa de protección de testigos.

“Por lo general conversaban todo lo relacionado con las operaciones de inteligencia (…) hablaban de bajas, que eran documentos, por ejemplo, decisiones que tomaba el general Contreras, pero que en el fondo Pinochet solo tenía que firmarlos porque los hechos ya estaban concretados”, recalcó Jorgelino.

También recordó que militares como Moren Brito llegaban hablando de “paquetes” y que pronto entendió que esas conversaciones en realidad tenían relación con cadáveres y “personas que habían sido dado de baja y tenían que ser llevadas a sus destinos finales”.

Por otro lado, Vergara planteó que la casa tenía un citófono para entablar conversación directa con el dictador y todos los cuarteles de la DINA, por lo que una vez le tocó recibir una llamada de Pinochet. “Dígale que lo llama su compadre”, le habría dicho el líder militar.

En ese entorno, el mocito reconoció que el primer regalo de su vida lo recibió en la Navidad de 1975 en el hogar de Contreras y que inclusive salía de vacaciones con la familia a lugares como las rocas de Santo Domingo y el Cajón del Maipo.

El memorial del cuartel inaugurado por la Presidenta Bachelet.

EL CUARTEL DE SIMÓN BOLÍVAR

Tomando como chapa el nombre de Alejandro, en sus nuevas funciones como asistente de mozo en la DINA al interior de la brigada Lautaro, Jorgelino Vergara explicó que a su llegada al cuartel firmó un contrato con su nombre verdadero y un archivo adjunto con un “pacto de silencio” que era “una especie de juramento a la bandera, jurar lealtad y silencio sobre todo lo que viera mientras estuviese dentro de los servicios de inteligencia”.

“[El juramento dejó de ser válido] cuando me echaron [en 1985] y no habría seguido siendo válido porque hubieron muchas situaciones en las cuales nunca estuve de acuerdo – obviamente no se lo comenté a nadie – pero no estaba de acuerdo con que mataran a gente, incluso gente inocente″, aseguró. Luego agregó que solo reveló sus aprehensiones a una persona, el suboficial de Carabineros José Manuel Sarmiento Sotelo, y desde ahí lo tuvieron “entre ceja y ceja”.

En esa línea, lo más definitorio es que Jorgelino Vergara dejó en claro que, salvo una persona, “jamás, nunca” alguien logró salir con vida del cuartel Simón Bolívar Y ahí subrayó que las personas trasladadas hasta ese lugar solo duraban un par de semanas antes de ser asesinadas, con un caso excepcional siendo el de Víctor Díaz.

“Yo era el encargado de darles la comida en los calabozos, de darles agua y, bueno, las sesiones de torturas eran constantes, todos los días, [en horarios de oficina]”, afirmó sobre su estadía en un lugar que, por sus condiciones socioeconómicas, se transformó en su residencia junto a otros dos soldados. Oor ello le tocaba hacer guardia.

Además planteó que las torturas incluían hipnosis a través de fármacos sesiones de electroshock, en acciones en las que también participaban las agentes femeninas de la DINA. Y una enfermera, la teniente Gladys Calderón, era la encargada “de poner el tiro de gracia” a través de una inyección letal de cianuro. Con el tiempo, la criminal terminó siendo condenada por sus acciones en la Operación Cóndor.

En otro ámbito, un hecho relevante del cuartel tuvo relación con las acciones de Michael Townley, quien realizó tanto experimentos para las torturas, con máquinas de electricidad a control remoto, como pruebas con gas sarín en contra de presos peruanos que nunca pudieron ser identificados y que cayeron muertos de inmediato. “El gas lo hizo Eugenio Berríos y a los peruanos se le dio muerto con eso, con un tubito spray”, planteó el mocito.

Finalmente, Vergara desmintió haber asesinado a Víctor Díaz, asegurando que solo tuvo una función. “Yo no tenía ninguna relación con los detenidos, más allá de darles comida y agua, pero me tocó la lamentable función de trasladar el cuerpo… yo le tenía muy buena a ese cristiano, porque tenía un parecido a mi padre”, dijo apuntando contra dos infantes que tuvieron que rematar al militante del PC, ya que “El Elefante”, Juvenal Piña, no logró su cometido a través de un método de asfixia.

LAS DUDAS SOBRE EL MOCITO

En la entrevista con la revista Ercilla, Javier Rebolledo planteó que no se puede dar completa veracidad a las declaraciones del mocito.

“Le doy credibilidad a su infancia y juventud, pero posteriormente, en el período de la Brigada Lautaro, empiezo a contrastar con lo que van contando los otros agentes. En la tercera etapa de su vida, cuando cumple 18 años, tomó distancia, y lo que dice lo condicionó y se relativiza. Él entiende que es imputable, si confiesa o dice cosa, lo pueden procesar”, planteó.

En tanto, Marcela Said, co-directora del documental de “El mocito”, en una conversación con Mosciatti en julio de 2012, explicó que personalmente tenía una visión complicada sobre Jorgelino.

“Pero independiente del grado en que uno esté dispuesto a creerle, yo siempre le digo a la gente: gracias al testimonio de Jorgelino hay procesados en este caso”, expresó en un escenario en el que siempre explicó que su documental buscó presentar ”la ambigüedad entre ser víctima y victimario al mismo tiempo”.

Finalmente consideren que, en abril de este año, la Corte Suprema ratificó la condena contra 47 exagentes de la DINA – incluido Miguel Krassnoff – por los secuestros calificados de diversos líderes comunistas, incluidos Jorge Muñoz (marido de Gladys Marín) y Waldo Pizarro (padre de la diputada Lorena Pizarro), y el homicidio calificado de Víctor Díaz. Todo aquello era conocido como el caso Conferencia I. Por otra parte, en junio de este año, el máximo tribunal cerró las condenas de otros 14 exagentes por el caso Conferencia II.