Weitzel Pérez Patricio Lautaro


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Fecha Detención : 01-09-1973
Lugar Detención : Chillán

Fecha Asesinato : 01-10-1973
Lugar Asesinato : Chillán


Edad : 26

Actividad Política : Juventud Radical Revolucionaria (JRR)
Actividad : Relojero

Estado Civil e Hijos : Casado, 3 hijos
Nacionalidad : chileno


Relatos de Los Hechos

Fuente :Informe Rettig

Categoría : Antecedentes del Caso

El 1º de octubre de 1973 tres personas fueron detenidas por civiles y personal de Carabineros de la dotación del Retén Schleyer, en el domicilio de uno de ellos:

  • José Gregorio RETAMAL VELASQUEZ, 21 años, estudiante de la Escuela Normal.
  • PATRICIO LAUTARO WEITZEL PEREZ, 26 años, relojero, militante de la Juventud Radical Revolucionaria.  Estuvo detenido antes del 11 de Septiembre, sindicado como el autor de un atentado a una radio de Chillán y dejado en libertad por el Ministro a cargo de la investigación por falta de méritos, el 18 de septiembre del mismo año.
  • Arturo Lorenzo PRAT MARTI, 21 años, estudiante de la Escuela Normal y militante de la Juventud Radical Revolucionaria.

A pesar de los esfuerzos de sus parientes, la presencia de los detenidos no les fue reconocida en ningún recinto.  El 24 de Diciembre de ese año, el padre de Patricio Weitzel encontró un grupo de al menos nueve cadáveres, amarrados con alambres y con huellas de balas, a orillas del río Ñuble en el puente El Ala.  Entre ellos reconoció el de su hijo y lo escondió provisoriamente.  A raíz de una petición suya , el día 26 de diciembre, concurrió al lugar el juez de Chillán que estaba conociendo de una denuncia por presunta desgracia, quien ordenó levantar los restos y trasladarlos a la morgue local.  Los restos de Weitzel y Retamal fueron inhumados en el cementerio de la ciudad.  El certificado de defunción de Weitzel Pérez señala como causa de la muerte:"Anemia aguda.  Perforaciones balísticas múltiples.  Homicidio".  Se presume que fue muerto el mismo día de su detención, según lo indica el reloj que portaba. 

En cuanto al tercer detenido, Arturo Prat Martí, no se tuvo noticias tras su arresto , aunque es dable presumir que corriera la misma suerte que quienes fueron aprehendidos junto a él.

La Comisión se formó convicción que la ejecución de Weitzel y Retamal y el desaparecimiento forzado de Prat a manos de agentes del Estado, constituyeron violaciones graves de los derechos humanos.  Se funda este convencimiento en el hecho de encontrarse acreditado sus arrestos y reconocidos posteriormente los cuerpos de dos de ellos, entre varios cadáveres de ejecutados.

 


El Pato

Fuente :Extraído del libro Memoria Historica de los Detenidos Desaparecidos de Ñuble

Categoría : Mensaje

El Pato fue el cuarto de los seis hijos que tuvieron nuestros padres. No lo recuerdo mucho cuando pequeño, pero era uno más de los seis "bandidos", entre los cuales yo era la única mujer. Éramos seis bestezuelas libres y felices que hacíamos correr a nuestra pobre vieja todo el día (en esos tiempos, aún joven) pero a la que igual llamábamos vieja, como lo hacemos hoy. Era el rnás chico de los cuatro grandes, pero el más alto, el más alegre, el más rubio, el más risueño, el más travieso, el más libre. Y así se mantuvo hasta los 27 años, que fue todo lo que alcanzó a vivir. Pero, los vivió dulce e intensamente.

Hoy, cuando sus tres hermanos mayores, compañeros de juegos y correrías, ya superamos el medio siglo de vida, el Pato permanece entre nosotros con sus 27 años. Para sus dos hermanos rnenores, el Pato fue el ejemplo, la admiración y el amor de hermanos. Y no podría ser de otra forma. El está entre nosotros tal cual fue, tal cual fue su vida, tal cual fue su estampa, su genio y su figura. No lo endiosamos, no lo subliminamos. No es necesario, porque como alguien dijo una vez "El Pato era el mejor de los hermanos". En eso, sus cinco hermanos que le sobrevivimos, estamos de acuerdo.

Hacer una semblanza de él, no es sencillo. Aún nos duele, aún nos desgarra por dentro cuando hablamos de él. Y eso, pese a que lo recordamos con amor y alegría y en los mejores instantes de su vida. Cuando olvidamos que vivir la vida es algo más que tres palabras, traemos a nuestro hermano hasta el hoy. Lo traemos vivo, entero y respirando porque él, sin una sola palabra, nos enseñó a vivir la vida, a disfrutar el presente sin complicaciones. Y eso, muchas veces lo olvidamos.

Traemos al Pato hasta el hoy, recordando lo que era su vida, lo que era su realidad, lo que era él, hasta el momento en que un poder irracional lo arrancó del seno de su familia y le: arrebató la vida como a tantos otros miles de chilenos.

A los 27 años, El Pato estaba casado y tenía tres hijos de cuatro, tres y un año. Trabajaba con su padre en un taller de relojería que éste tenía en el mercado de Chillán. Era querido y conocido en ese mercado que todavía huele a fruta fresca, a tomates recién desprendidos y a cilantro acabado de cortar, como en aquellos años.

Su figura alta y esbelta, su cabello rubio y risotada franca era familiar entre sus vecinos artesanos que cada día exhiben el derroche de cerámica negra que corno ninguna, sabe reflejar el sol, o los grandes canastos llenos de mañanitas. Para El Pato, estas imágenes del Mercado de Chillán era una rutina a fuerza de ver años tras años, pero que no dejaban de ser una fiesta en la que cada día descubría algo nuevo.

En el estrecho local, trabajando junto a su padre, veía transcurrir los días tras el mostrador sin echar de menos nada: tenía a su mujer, a sus hijos, su trabajo, sus hermanos, sus amigos y ese mercado que era su mundo. Absorto en las diminutas piezas de los relojes, se inclinaba sobre su mesa de trabajo demasiado pequeña que lo obligaba a curvar rnás la espalda y enrollar sus largas piernas, adoptando una posición forzada y asombrosamente infantil en su corpachón. Pero de pronto el mercado y su gente lo distraían de su tarea. Hasta su mesa de trabajo llegaban las canciones del viejo cantor ciego, que junto a la pileta desgranaba los sones mexicanos con la cabeza inclinada casi rozando con sus labios las cuerdas en esa actitud tan de los ciegos.

Y El Pato, a gritos, desde su lugar de trabajo, con un despertador en una mano y una herramienta en la otra, le ayudaba a cantar. Otras veces, sin poder contenerse, dejaba todo a medio hacer y se instalaba al lado del ciego y se ponía a cantar con él, un poco desafinado pero con mucha fuerza.

El Preso Número Nueve y el Gorrioncillo Pecho Amarillo eran las que más le gustaban. Y las cantaba, las silbaba o hacía percusión con las delicadas herramientas, sobre cualquier cosa, haciendo saltar piezas de relojes, repuestos y todo lo que ponía por delante de sus ademanes musicales. Le sobraba vida, vitalidad, energía y ganas de vivir la vida… de comérsela. Y se la comía cada mañana en su tazón de café con leche, en los grandes panes con queso o en las gruesas sopaipillas cubiertas con mantequilla o dulce de mora que le hacía su madre. Y seguía viviéndola y comiéndosela durante el día en los kilos de fruta, en los paquetes de maní, en los helados, en la docena de panes de huevo como el niño que no se harta de esas cosas, como si fuera muy poco el tiempo que tendría para ello.

Sus 27 años eran insaciables y su corpachón sin fondo, alto y huesudo, lleno de vida hasta rnás arriba de la frente. Cuando el poder gobernante lo arrancó de su hogar el 1 de octubre de 1973, a ese pequeño local del mercado de Chillán le quitaron la vida y para su padre se convirtió en un enorme reloj angustioso, demasiado quieto y silencioso. Faltaba su risa, sus cantos grotescos, sus flexiones, sus bruscas estiradas que siempre provocaban algún destrozo.

Fue doloroso. Fue duro. Casi insuperable.

Por muchos años la muerte del Pato, la suerte que corrió el país, pareció desperdigar a su familia arrasada por un huracán incontenible, destructor, violento. Pero aún así, heridos, separados, cada uno le dio su fuerza al que parecía que iba a caer, aferrado al recuerdo del Pato que para quienes lo amamos vivo dentro de nosotros, es sinónimo de VIDA.

Ruby Weitzel P.


Ministro Carlos Aldana informa a familiares identificación de restos de detenido desaparecido

Fuente :periodicoellibertador.cl, 1 de Agosto 2021

Categoría : Prensa

Juan Mauricio Poblete Tropa fue sacado del domicilio de sus padres alrededor de las 23:45 horas del 23 de septiembre de 1973, por un piquete de carabineros y fue visto por su madre por ultima vez el 27 de septiembre en momentos que era subido a un furgón

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana Fuentes, sostuvo reunión virtual con familiares de Juan Mauricio Poblete Tropa, quien hasta ahora figuraba como detenido desaparecido.

En el encuentro, el ministro Aldana (acompañado por profesionales del Servicio Médico Legal y abogados de la Oficina de Derechos Humanos del tribunal de alzada penquista) informó a los familiares de Poblete Tropa los resultados de una serie de informes periciales y de laboratorio desarrollados en Chile y Austria, que concluyeron que parte de las osamentas encontradas pertenecían a su pariente.

En la reunión, el ministro Aldana Fuentes les dijo a los familiares que pueden retirar y disponer de los restos de Juan Mauricio Poblete Tropa para que le realicen su funeral. ‘Ustedes tienen la decisión. El tribunal normalmente la respalda y el procedimiento esta reglado por el Servicio Médico Legal, donde se les detallará cómo proceder’, les comentó.

En tanto, los familiares presentes a través Zoom, le agradecieron al ministro en visita el compromiso que ha demostrado para lograr el esclarecimiento de los hechos.

‘Yo, ante que nada, le voy a dar las gracias al ministro Aldana, porque él siguió este caso, ya que muchos otros lo dejaron y no fueron capaces de llevar nuestro testimonio. Le doy las gracias de corazón y espero que hasta el final esté con nosotros’, manifestó María Cristina Poblete Tropa, hermana de la víctima.

En el proceso abierto por la desaparición de Poblete Tropa (causa rol 6-2017 y acumulada), el ministro Aldana encausó al general (r) de Carabineros Patricio Jeldres Rodríguez, en calidad de autor directo del delito de secuestro. Ilícito perpetrado a partir del 23 de septiembre de 1973, en la comuna de Chillán.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la carpeta investigativa, el ministro Aldana logró determinar que alrededor de las 23:45 horas del 23 de septiembre de 1973, Juan Mauricio Poblete Tropa se encontraba durmiendo en el domicilio de sus padres, lugar al que arribó un piquete de carabineros, dirigidos por el entonces teniente Jeldres Rodríguez, quienes procedieron a sacar violentamente de la vivienda, sin orden judicial o administrativa, a la víctima, para trasladarla hasta la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, lugar donde lo habrían golpeado.

Posteriormente, el 27 de septiembre, Poblete Tropa fue visto por su madre María Sabina Tropa, en los momentos en que era subido a un furgón, perdiéndose desde entonces su rastro y destino, hasta que su progenitora recibió de manos de Mario Weitzel Trincado algunos artículos personales de su hijo, los que fueron retirados de un cuerpo sin cabeza que yacía junto al cadáver de Patricio Lautaro Weitzel Pérez, hijo de Weitzel Trincado, en las cercanías del puente ‘El Ala’, el 24 de diciembre de 1973.


Ministro Carlos Aldana dicta acusación contra general (r) de Carabineros por homicidios y secuestros en Chillán

Fuente :pjud.cl, 18 de Mayo 2022

Categoría : Antecedentes del Caso

En la resolución (causa rol 6-2017 y acumuladas), el ministro Aldana Fuentes acusó al general (R) de Carabineros, Jeldres Rodríguez, en calidad de autor de los homicidios calificados de Patricio Lautaro Weizel Pérez y Gabriel Marcelo Cortez Luna; de los secuestros calificados de Ricardo Troncoso León, Arturo Lorenzo Prat Martí, José Gregorio Retamal Velásquez, Robinson Ramírez del Prado, Leopoldo López Rivas y Mario Fernando Moreno Castro; y el secuestro agravado de Juan Mauricio Poblete Tropa.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las Cortes de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana Fuentes, dictó auto de acusación en contra del general (r) de Carabineros Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, por su responsabilidad en dos delitos consumados de homicidio calificado, seis delitos consumados de secuestro calificado y un delito consumado de secuestro agravado. Ilícitos perpetrados entre septiembre y diciembre de 1973, en la comuna de Chillán.

En la resolución (causa rol 6-2017 y acumuladas), el ministro Aldana Fuentes acusó al teniente de Carabineros, a la época de los hechos, Jeldres Rodríguez, en calidad de autor de los homicidios calificados de Patricio Lautaro Weizel Pérez y Gabriel Marcelo Cortez Luna; de los secuestros calificados de Ricardo Troncoso León, Arturo Lorenzo Prat Martí, José Gregorio Retamal Velásquez, Robinson Ramírez del Prado, Leopoldo López Rivas y Mario Fernando Moreno Castro; y el secuestro agravado de Juan Mauricio Poblete Tropa. Además, acusó al civil Juan Antonio Sepúlveda Peña, en calidad de cómplice en el secuestro agravado de Troncoso León.

En la resolución, el ministro en visita da por establecidos los siguientes hechos:

a) Causa rol 7-2017: “Que el 1 de octubre de 1973, alrededor de las 11:00 horas, en circunstancias que Ricardo Troncoso León, fotógrafo y director teatral, seudónimo ‘Gonzalo Román’, se encontraba en su domicilio ubicado en población El Tejar, Pasaje Sur N° 387 de la ciudad de Chillán, junto a su esposa e hija menor, lugar hasta donde llegó una patrulla de Carabineros de la Segunda Comisaria de Chillán, al mando de un Teniente, en un jeep con logo de Carabineros y acompañados de un civil, apodado ‘El vuela poco’, de nombre Juan Antonio Sepúlveda Peña y procedieron a allanar la vivienda y detenerlo, sin orden judicial ni administrativa competente, trasladándolo hasta el recinto de dicha Institución, permaneciendo allí en tal calidad, informándose a la familia el día 3 del mismo mes y año, que había sido trasladado hasta el Regimiento, donde tal hecho fue negado, desconociéndose su paradero o destino a partir de dicha data hasta ahora”.

b) Causa rol 9-2017: “Que a las 22:00 horas del 1 de octubre de 1973, en el domicilio de Patricio Lautaro Weitzel Pérez, ubicado en Pabellones Pizarro, calle seis, casa cuatro, comuna de Chillán, llegó una patrulla de Carabineros, dedicada a detener a personas contrarias al régimen militar, los que sin orden judicial ni administrativa competente, ingresaron a dicho domicilio y procedieron a detenerlo, conjuntamente con sus compañeros de estudios en la Escuela Normal de Chillán Arturo Lorenzo Prat Martí y José Gregorio Retamal Velásquez, trasladándolos hasta la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, donde fueron sometidos a interrogatorios y torturas, por el referido grupo operativo de Carabineros, dirigidos por el Teniente Patricio Jeldres Rodríguez, encontrándose sus cuerpos en el lecho del río Ñuble, a la altura del Puente El Ala.

Posteriormente, el 24 de diciembre de 1973 una joven llegó hasta el local de relojería de propiedad de don Mario Weitzel Trincado –padre de Patricio Lautaro Weitzel Pérez– a reparar un reloj pulsera, y al percatarse que pertenecía a su hijo Patricio Lautaro –detenido desaparecido desde septiembre de 1973–, después de atenderla, procedió a seguir a distancia, arribando hasta el sector del Puente El Ala, sobre el río Ñuble, en cuya ribera encontró flotando en el agua los cuerpos de seis personas, entre ellos el de su hijo Patricio, dejándolo a medio enterrar en el mismo lugar, mientras cumplía con dar cuenta al tribunal el 26 de diciembre de 1973, formándose causa criminal y constituyéndose el juez en el lugar antes referido, al día siguiente, ordenando el levantamiento del cadáver y su traslado a la morgue, para la autopsia correspondiente y luego, dispuso su entrega a los familiares, los que le dieron sepultura.

Que en relación a las víctimas Arturo Lorenzo Prat Martí y José Gregorio Retamal Velásquez, desde la fecha de su detención –1 de octubre de 1973–, y su traslado a la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, se desconoce toda noticia cierta de su paradero o ubicación”.

c) Causa rol 11-2017: “Que alrededor de las 10:00 horas del 25 de septiembre de 1973, es detenido por un grupo de Carabineros, sin orden judicial ni administrativa competente, Robinson Enrique Ramírez del Prado, Presidente de la Central Única de Trabajadores de Chillán, en presencia de su jefe (Juan León Bernier) y compañeros de labores, en su lugar de trabajo, curtiembre ‘El Cóndor’, ubicada en Av. Collin N° 866, Chillán y visto ingresar a la Segunda Comisaría por su primo Gerardo Pradenas del Prado, quien a la época era funcionario de Carabineros de la misma Comisaría y a quienes se los confronta personalmente para saber el grado de parentesco entre ellos y posteriormente ingresa la víctima a un calabozo, siendo esta la última vez que lo vio.

Que a las 13:00 horas del 26 de septiembre de 1973, en su taller de Zapatería ubicado en Av. Brasil con Av. Libertad, en la ciudad de Chillán, es detenido por un grupo de Carabineros, sin orden judicial ni administrativa competente, Leopoldo López Rivas, militante del Partido Comunista, en presencia de su ayudante (Vicente Vidal Méndez), quien es trasladado a la Segunda Comisaría de Chillán, lo que es reconocida su detención en el referido recinto policial por Carabineros de Guardia, al revisar el libro de ingreso, ante doña Rosario Peña Espinoza, la que concurre a dicho lugar a las 15:00 de ese mismo día.

Asimismo, está acreditado que ambos detenidos –Robinson Ramírez del Prado y Leopoldo López Rivas– fueron objeto de intensas y crueles torturas, quedando en malas condiciones físicas y en dicho estado, fueron sacados de la citada unidad policial y subidos a un vehículo por personal de Carabineros –junto a los también detenidos Luis Ibarra Durán y Juan Poblete Tropa–, fecha desde la cual –25 y 26 de septiembre de 1973–, se desconoce toda noticia respecto sus paraderos o ubicación”.

d) Causa rol 15-2017: “Que alrededor de las 23:45 horas del día 23 de septiembre de 1973, mientras Juan Mauricio Poblete Tropa se encontraba durmiendo en casa de sus padres, llegó Carabineros dirigidos por el teniente Patricio Jeldres Rodríguez apoyado por personal militar, quienes lo sacan violentamente, sin orden judicial o administrativa y es conducido a la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, donde es visitado por su madre María Sabina Poblete Tropa, quien lo observa que se encontraba muy maltratado por los apremios recibidos. El día 27 de septiembre de 1973, en momentos que su madre iba hacia la Comisaría a dejarle almuerzo a su hijo, se percata que a este lo suben a un furgón, cuando ella pregunta por su destino, se le informa que será llevado al Regimiento, lugar en que niegan haberlo recibido.

Desde ese día, la familia pierde toda noticia de su paradero, hasta que recibe información de don Mario Weitzel Trincado, quien le entrega especies encontradas en un cadáver –sin cabeza–, que se encontraba en las cercanías del Puente ‘El Ala’, el 24 de diciembre de 1973, junto al cuerpo de su hijo Patricio Lautaro Weitzel Pérez.

Practicadas las pericias de genética forense, informe de laboratorio GMI, e informe pericial integrado, incorporados a fs. 1767 y siguientes de 23 de septiembre de 2019, se estableció con una probabilidad de identificación de al menos 99,99997% que el fémur izquierdo rotulado 62, pertenece a la víctima señalada, esto es, a Juan Mauricio Poblete Tropa, ordenándose a fs. 1992, la correspondiente inscripción de defunción al Servicio de Registro Civil, por causa de muerte: indeterminada”.

e) Causa rol 5-2018: “Que alrededor de las 12:00 de la noche del 01 de octubre de 1973, Mario Fernando Moreno Castro, dirigente del Partido Socialista, se encontraba en su domicilio de calle Cabildo N° 441, Chillán Viejo (domicilio que compartía con su mujer Rosa Elba Salinas Farías y su hija de 3 años, quienes en ese momento no se encontraban en el lugar), se dio cuenta que su vivienda estaba siendo allanada por funcionarios de Carabineros, opta por huir a través del cerco posterior de la propiedad, pasando por los patios interiores de sus vecinos, y cuando pasaba por la intersección de calles Juan Martínez de Rozas con Cabildo, es auxiliado por doña Mónica Muñoz Orellana, quien lo ve caminando en medio de la calle, portando un pañuelo blanco en el hombro, manifestándole Mario que venía escapando del allanamiento a su vivienda y que se dirigía a entregarse a Carabineros de la 2° Comisaría. Dada las circunstancias de la época y el toque de queda imperante, doña Mónica lo hace ingresar al restorán donde trabajaba (‘Sociedad Mutualista Bernardo O’Higgins’), ubicado en la esquina de calle Juan Martínez de Rozas con Cabildo a media cuadra del domicilio de Moreno Castro, lugar donde permaneció escondido toda la noche. Alrededor de las 6:00 de la mañana Mario Moreno Castro se retira del Restaurant, manifestando nuevamente su intención de entregarse en la 2° Comisaría de Carabineros de Chillán, no sin antes dejar sus pertenencias para que se las hicieran llegar a su mujer. Al momento de abrir la puerta doña Mónica Muñoz Orellana, se encuentra con un jeep de Carabineros, manteniendo un diálogo con el Carabinero Troncoso (fallecido), a quien conocía, puesto que el restaurant servía de pensión a Carabineros de la zona preguntándole que hacían tan temprano por ahí, señalando el Carabinero Troncoso que ‘Se les había escapado un Pajarito, pero que andaba cerca’, luego de retirarse la patrulla de Carabineros, Mario Moreno Castro se retira del lugar, momento desde el cual nunca más se lo ha vuelto a ver con vida, hasta fecha.

En la mañana del 2 de octubre de 1973, cuando Rosa Elba Salinas Farías retorna a su hogar después de su turno en el Hospital de Chillán, se percata que su vivienda fue allanada, siendo informada por vecinos que pareja había sido detenido esa madrugada por una patrulla de Carabineros en un lugar cercano a su domicilio, por lo que ella se dirigió en su búsqueda a la 2° Comisaria de Carabineros de Chillán, donde fue informada en un primer momento, que Mario Moreno se encontraba detenido en ese recinto Policial, pero posteriormente los mismos funcionarios de Carabineros niegan esa información”.

f) Causa rol 6-2017 y acumuladas: “Que a las 17:00 horas del 18 de septiembre de 1973, una patrulla de Carabineros integrada por Herminio Fernández Mercado (fallecido), Juan Francisco Opazo Guerrero (fallecido), Márquez Rodolfo Riquelme Echeverría (fallecido) y Pedro Loyola Osorio (fallecido), llegó al domicilio de Gabriel Marcelo Cortez Luna, ubicado en Pabellón Manuel Rodríguez, N° 107 comuna de Chillán, los que entraron sin orden judicial ni administrativa competente, registrando violentamente el domicilio, en busca de Jorge Cortez Luna (hermano mayor de la víctima), quien no se encontraba en el lugar, procediendo a detener a los hermanos Gabriel Marcelo y Pedro Eduardo ambos Cortez Luna, a quienes trasladaron hasta la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, lugar en el que Pedro Cortez Luna fue liberado por orden del Teniente Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, porque habían sido compañeros de estudios en el Liceo en Hombres de Chillán, quedando detenido Gabriel Marcelo Cortez Luna en dicha unidad policial.

Que después de muchas búsquedas de su familia, su madre toma conocimiento el 18 de octubre de 1973, que en dependencias del Servicio Médico Legal de Chillán se encontraba un cuerpo que presentaba como causa de muerte ‘perforación cráneo encefálica, proyectil balístico, acción de contingente uniformado’, según certificado médico de defunción emitido el 20 de septiembre de 1973, el que fue sepultado en la fosa común del cementerio de Chillán. Exhumado el cuerpo, se verificó que correspondía a la víctima Gabriel Marcelo Cortez Luna, que habría fallecido el 19 de septiembre del mismo año, en el paso a nivel de calle Maipón, al llegar a la Estación de Ferrocarriles de Chillan”.

Finalmente, el ministro Aldana reanudó la tramitación de la causa rol 8-2017 (acumulada a la 6-2017), en la que Jeldres Rodríguez es sindicado como autor de los delitos de secuestro calificado de Gustavo Domínguez Jara, Wilson Becerra Cifuentes y Tomás Domínguez Jara. Ilícitos cometidos a partir del 11 de octubre de 1973, en la comuna de Chillán.