Fernández Cuevas Juan Dagoberto

Fecha Detención : 17-09-1973
Lugar Detención :

Fecha Asesinato : 18-09-1973
Lugar Asesinato :


Edad : 24

Actividad Política : Partido socialista
Actividad : Obrero

Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chileno


Relatos de Los Hechos

Fuente :Informe Rettig

Categoría : Antecedentes del Caso

Juan Dagoberto FERNANDEZ CUEVAS

El 17 de Septiembre de 1973, la empresa ELECMETAL había reiniciado sus actividades después de los sucesos acaecidos el 11 del mismo mes.  Ese mismo día los trabajadores reiniciaron sus labores, ello de acuerdo a la solicitud hecha por las nuevas autoridades.

Alrededor de las 10:00 horas del día anteriormente indicado, se hizo presente en la empresa un contingente de carabineros y militares, quienes en forma selectiva procedieron a detener a algunos de los trabajadores.  Las detenciones decían relación con los cargos que a la fecha ocupaban en el sindicato de la empresa y en el llamado Cordón Industrial Vicuña Mackenna, sector geográfico en el que se ubicaba la empresa.

La detención se produjo en presencia de los ejecutivos, dueños de la empresa y de los demás trabajadores, entre los cuales se encontraba un hermano de dos de las víctimas.

Las personas detenidas en este operativo, de acuerdo a los testimonios y otros antecedentes aportados a esta Comisión son:

  Augusto Andino ALCAYAGA ALDUNATE, de 42 años, quien se desempeñaba como contador general de la empresa y era a su vez el Presidente del sindicato.  Militaba en el Partido Radical. 

  José Rosa DEVIA DEVIA, de 27 años, soldador, dirigente sindical de la empresa. 

Juan Dagoberto FERNANDEZ CUEVAS, de 24 años, obrero, Secretario del sindicato y del Cordón Industrial Vicuña Mackena.  Militaba en el Partido Socialista. 

  Miguel Alberto FERNANDEZ CUEVAS, de 22 años, obrero, Coordinador del sindicato, militante del Partido Socialista. 

  José MALDONADO FUENTES, 33 años, soldador.  

  De acuerdo a testimonios y otros antecedentes recibidos por esta Comisión, las cinco personas fueron detenidas al interior de la empresa ELECMETAL, por un contigente integrado por carabineros y militares.  Fueron conducidos dos vehículos distintos, uno de los cuales pertenecía a ELECMETAL.  Se desconoce el recinto al que son conducidos y donde fueron ejecutados

Sus cuerpos fueron encontrados en la vía pública y remitidos al Instituto Médico Legal por carabineros del Retén Macul.  La fecha de sus muertes corresponde al día 17 de septiembre entre las 10:50 horas y las 06:30 horas del día 18 de septiembre, siendo la causa de la muerte en todos los casos, múltiples heridas a bala. 

Considerando las circunstancias de su detención; la causa de su muerte y que los cuerpos fueron remitidos al Instituto Médico legal por carabineros, esta Comisión se formado la convicción que Augusto Andino Alcayaga Aldunate, José Rosa Devia Devia, Juan Dagoberto Fernández Cuevas, Miguel Alberto Fernández Cuevas y José Maldonado Fuentes, fueron ejecutados por agentes del Estado, constituyéndose una violación a sus derechos fundamentales al margen de todo proceso y justificación.

 

 


Procesan a exoficial de Carabineros por ejecución de trabajadores en Cordón Industrial Vicuña Mackenna en 1973

Fuente :resumen.cl, 6 de Junio 2021

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Guillermo de la Barra Dünner, sometió a proceso al exoficial de Carabineros, Fernando Galvarino Valenzuela Romero, por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de seis trabajadores de la empresa Elecmetal, ejecutados el 17 de septiembre de 1973 en Santiago.

En la resolución (causa rol 585-2017), el ministro De la Barra Dünner procesó al exoficial que a la época de los hechos ejercía como capitán de la policía uniformada, en calidad de autor de los homicidios de los trabajadores Augusto Andino Alcayaga Aldunate, José Rosa Devia Devia, José Maldonado Fuentes, Miguel Alberto Fernández Cuevas, Juan Dagoberto Fernández Cuevas y Francisco Guillermo Flores Flores.

En esta etapa procesal, el ministro en visita dio por establecidos los siguientes hechos:

"El día 17 de septiembre de 1973, aproximadamente a las 10:00 horas, en dependencias de la empresa Elecmetal ubicadas en Av Vicuña Mackenna N° 1550 de la comuna de 'uñoa, la cual se encontraba en el llamado 'Cordón Industrial Vicuña Mackenna', llegan por un llamado de los ejecutivos de la empresa, personal de la Cuarta Comisaría de Carabineros, al mando de un capitán de dicha unidad policial, quienes proceden a detener a las víctimas Augusto Andino Alcayaga Aldunate, contador de la empresa y quien a la vez ejercía el cargo de presidente del sindicato de empleados, junto a José Rosa Devia Devia, José Maldonado Fuentes, Miguel Alberto Fernández Cuevas, Juan Dagoberto Fernández y Francisco Flores Flores, miembros del sindicato, siendo sacados desde el interior de ella y subidos a un vehículo policial y a otro de la misma empresa, y trasladados a la mencionada comisaría, para luego entre los días 17 y 18 de septiembre de 1973, ser encontrados sus cuerpos en la vía pública (Av Macul) con múltiples impactos de bala, evidenciando además sus cuerpos signos de haber sido torturados previamente, siendo identificados sus restos en el Servicio Médico Legal".

El ministro De La Barra despachó orden de detención contra el procesado Valenzuela Romero; medida que deberá ser cumplida por la Brigada Investigadora de Delitos contra los Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones.

Puente Loreto

Por otra parte, en otra causa de derechos humanos, el ministro De la Barra sometió a proceso al exoficial de Ejército Osvaldo Patricio Acevedo Trujillo, por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado del estudiante universitario Ronald William Wood Gwiazdon perpetrado el 23 de mayo de 1986, en las inmediaciones del Puente Loreto de la comuna de Santiago.

En la resolución (causa rol 1.357-2018), el ministro en visita procesó a Osvaldo Patricio Acevedo Trujillo, a la época de los hechos comandante del Regimiento de Infantería N° 1 "Buin", en calidad de encubridor del crimen del joven estudiante, de 20 años de edad, alumno del entonces Instituto Profesional de Santiago (IPS), quien recibió un disparo ejecutado por una patrulla militar que participaba en la represión de las manifestaciones convocadas en apoyo de la Asamblea Parlamentaria Internacional, la cual se desarrollaba en un hotel en el centro de Santiago.

Con posterioridad a los hechos, el inculpado denegó información requerida por los tribunales de justicia acerca de los componentes de la patrulla militar emplazada el día de los hechos en el referido puente Loreto. Además, Acevedo Trujillo habría sido parte de la destrucción de los documentos oficiales que contenían tal información, obstruyendo la labor de la investigación judicial e infringiendo la normativa que regulaba esas materias.

El ministro dictó orden de aprehensión contra el procesado y, cumplida ésta, su ingreso en tal condición al Regimiento de Policía Militar N°1 de Santiago.