Santander Albornoz Ignacio del Tránsito


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Rut : 14.945.020-3

Fecha Detención : 24-09-1973
Lugar Detención : Paine


Fecha Nacimiento : 22-03-1956 Edad : 17

Lugar Nacimiento : Santiago

Actividad Política : sin militancia
Actividad : Obrero agrícola

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

IGNACIO DEL TRANSITO SANTANDER ALBORNOZ 

Rut : No tiene
F.Nacim. : 22-03-56, 17 años de edad a la fecha de su detención.
Domicilio : Asentamiento El Escorial Paine
E.Civil : Soltero
Actividad : Estudiante y trabajador agrícola ocasional
C.Repres. : Sin militancia política
F.Detenc. : 24 de septiembre de 1973  

                                                                   

  SITUACION REPRESIVA

            Los detenidos fueron llevados hasta la Escuela de Infantería de San Bernardo y luego al campo de detención de Chena. Santander Albornoz y Cuadra Espinoza según consta en certificado remitido por el Director de la Escuela de Infantería de San Bernardo en abril de 1974 a la Corte de Apelaciones de Santiago, fueron ejecutados el día 5 de octubre de 1973 en el Campamento de Detención de Chena. De los otros detenidos en la oportunidad, tres recuperaron su libertad desde ese recinto de detención en tanto que otros dos fueron nuevamente llevados al Asentamiento El Escorial el día 3 de octubre y desde allí a la Cuesta de Chada lugar en que se les ejecutó junto a otros doce campesinos. (Mayores antecedentes acerca de las víctimas de Cuesta de Chada en relato del caso de Héctor Santiago Pinto Caroca).

            El cadáver de Cuadra Espinoza ingresó al Instituto Médico Legal según consta en protocolo de autopsia N°3143. En tanto que Santander Albornoz no fue encontrado.

            Investigaciones posteriores realizadas por el Ministro en Visita don Humberto Espejo en agosto de 1980, en proceso rol 24005-1, permitieron establecer que Ignacio Santander A. bajo el protocolo de autopsia N°3130 fue sepultado en la tumba 2665 del Patio 29 del Cementerio General de Santiago. Posteriormente, en enero de 1991, el Ministro en Visita don Germán Hermosilla procedió a exhumar dicha tumba no encontrando osamentas correspondientes a Ignacio Santander, quedando de manifiesto que se había infringido orden judicial vigente emitida en 1980 en causa 24005-1 que prohibía la incineración, traslado y exhumación de las sepulturas bajo la inscripción de NN, o bien su cadáver no fue sepultado en el lugar que los libros de índices del Cementerio General señalaban.

            Mayores antecedentes en relación al operativo del día 24 de septiembre de 1973 se encuentran referidas en el caso de Héctor Guillermo Castro Sáez.

            La detención y ejecución de Ignacio del Tránsito Santander Albornoz se enmarca en lo que fue la represión en Paine de 1973. (antecedentes al respecto en caso de José Domingo Adasme Núñez).

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            Tras haber confirmado la permanencia en el Campamento de Chena, tanto de Cuadra Espinoza como de Santander Albornoz; por intermedio de sus compañeros de trabajo Marchant Rapa, Farías Aravena y Garrido Morales quienes salieron en libertad; familiares de los afectados se acercaron al recinto de detención, en donde personal de guardia reconoció las detenciones efectuadas en Paine, agregando "que era demasiado tarde para seguir preguntando por ellas", pese a ello regresaron nuevamente al recinto a fin de inquirir información de los afectados, siendo en esta oportunidad conminados a alejarse de allí bajo amenazas de  ser detenidos. La búsqueda continuó en Santiago recorriendo todos los recintos de detención habilitados en esa época además hicieron consultas en la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos (SENDET) Cruz Roja Internacional, y Ministerio de Defensa Nacional. A fines de diciembre de 1973 la familia Cuadra Espinoza fue informada por el Instituto Médico Legal que su cadáver había ingresado a ese servicio y luego había sido sepultado en la tumba 2526 del Patio 29 del Cementerio General. Al consultarse el Libro Indice de Ingresos de Cadáveres, los familiares se percataron que en la tumba asignada a Cuadra figuraba otro nombre y al hacérselo saber al funcionario que los atendía se limitó a tarjar el nombre del desconocido y poner el de Cuadra. Los familiares solicitaron la exhumación de la tumba a fin de verificar lo que se les informaba, la solicitud fue denegada por el personal del Cementerio General. La familia agudizó las dudas respecto a la información que se les entregaba, al concurrir a la sepultura 2526 y constatar que el terreno parecía no haber sido cavado ni removida su tierra por mucho tiempo. Respecto a Santander Albornoz, el Instituto Médico Legal informó a los familiares que no figuraba ingresado ningún cadáver con ese nombre.

            El 28 de marzo de 1974 se interpuso un Recurso de Amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago rol 293-74 en el cual se dio cuenta de ambas detenciones y la negación de los arrestos por parte de los organismos consultados.

            La Corte ofició al Ministerio del Interior y de Defensa, a la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos y al Director de la Escuela de Infantería de San Bernardo. La Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos reiteró la respuesta que entregara personalmente a los familiares: "no se encuentra registrada en esta Secretaría el ingreso de Ignacio Santander Albornoz y Juan Cuadra Espinoza" el Oficio lo firmó el Coronel Jorge Espinoza V., Secretario Ejecutivo. De manera casi simultánea respondió el Coronel Pedro Montalva Calvo, en su calidad de Director de la Escuela de Infantería y Jefe de Zona Interior Departamento San Bernardo y Maipo, su Oficio textualmente decía: "Se informa a U.S. que los detenidos Ignacio Santander Albornoz y Juan Cuadra Espinoza fueron dados de baja por centinelas del Campo de Prisioneros de Chena el 4 de octubre de 1973 por intento de escape del citado lugar"… La Corte de Apelaciones declaró sin lugar el Recurso de Amparo el 23 de abril de 1974, habiendo tenido presente el Oficio respuesta del coronel Pedro Montalva Calvo. Con posterioridad a la resolución de la Corte el Ministro del Interior Oscar Bonilla B. hizo llegar un Oficio en el cual se agregaban otros antecedentes; el protocolo de autopsia N°3130 -informaba el Ministro- correspondía a Ignacio del Tránsito Santander Albornoz y el N°3143 a Juan Guillermo Cuadra Espinoza. El Oficio fue agregado al expediente y se atuvo a lo ya resuelto.

            El 4 de diciembre de 1979 ingresó al Juzgado de Letras Maipo Buin una querella por los delitos de secuestro y homicidio calificado de Ignacio Santander Albornoz y Juan Guillermo Cuadra Espinoza en contra de efectivos de la Escuela de Infantería de San Bernardo que participaron en la detención y posterior eliminación de los afectados. La causa fue acumulada al proceso rol 1-79 (rol de origen 24005-1).

            Es del caso informar que el proceso 1-79 se había iniciado en el Juzgado de Letras Maipo Buin el 21 de marzo de 1975 bajo el rol 24005-1. En él se encontraba una denuncia por presunta desgracia por 23 personas detenidas en Paine durante septiembre y octubre de 1973. Posteriormente, el 4 de abril de 1979, la investigación recayó en el Ministro en Visita Juan Rivas Larraín designado por la Corte de Apelaciones de Rancagua en respuesta a solicitud hecha en tal sentido por el Cardenal Raúl Silva Henríquez y los Vicarios Episcopales a la Corte Suprema de Justicia, todo ello ante la conmoción pública provocada por los múltiples arrestos seguidos de desaparecimiento a lo largo de todo el país. El Ministro Rivas, con fecha 13 de agosto de 1979, se declaró incompetente para seguir conociendo de la causa dada la creación de la Corte de Apelaciones Presidente Pedro Aguirre Cerda cuya jurisdicción comprende Maipo Buin. De esta forma, tras haber sido designado por la nueva Corte, la investigación la continuó el Ministro en Visita Humberto Espejo con el nuevo rol N°1-79. A la denuncia inicial se habían agregado nuevas presentaciones que abarcaban denuncias por 26 arrestos de personas que permanecían desaparecidas y 9 querellas en contra del personal de la Escuela de Infantería de San Bernardo: cinco querellas contra el Coronel Jorge Dowling Santa María, como encubridor del delito de arresto ilegal de personas; una querella por secuestro en contra del Teniente Andrés Magaña Bau y otra contra el Sargento de Carabineros de la Subcomisaría de Paine Manuel Reyes. Las diligencias más relevantes referidas al caso de Ignacio del Tránsito Santander Albornoz realizadas durante el proceso rol 24005-1, se reseñan a continuación.

            En el mes de diciembre de 1979 declararon los ex-detenidos Francisco Javier Garrido Morales, Carlos Farías Arévalo y José Luis Marchant Roba, quienes afirmaron haber sido detenidos y haber permanecido en todo momento junto a Ignacio Santander y Juan Guillermo Cuadra, hasta el momento en que estos dos afectados son sacados de la celda que compartían en el Campamento de detención del Cerro Chena al menos 10 días después del arresto. También declaró el Coronel Pedro Montalba Calvo, reafirmando la existencia del citado campamento de detenidos, agregando que en el campamento de Chena no se fusiló a detenidos porque en tal caso debía haberse formado un Consejo de Guerra, pero sí que hubo personas "dadas de baja" al intentar escapar. En tal caso, agregó, se levantaba el cadáver y se entregaba al Instituto Médico Legal para su autopsia y posterior sepultura.

            Con fecha 12 de diciembre de 1979 el Ministro en Visita se declaró incompetente resolviendo remitir los antecedentes a la Fiscalía Militar. Su incompetencia se basó en los antecedentes entregados por los propios denunciantes, vale decir, se trataba de arrestos efectuados por los Militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo a cargo del Teniente Andrés Magaña Bau, que no habían sido arrestados conforme a ley, que Cuadra y Santander habrían sido muertos por centinelas en el Campamento de prisioneros de Chena y que se sindicaba como responsables a los Coroneles Leonel Koening (Director de la Escuela de Infantería de San Bernardo a septiembre (octubre '73) y Jorge Dauling Santa María, éste último por ocultamiento de información.

            Cabe hacer presente, que en el expediente se encontraba acumulado un volumen importante de antecedentes de los cuales aún era preciso agotar su investigación. Tal era el caso de una presentación fechada el 13 de noviembre de 1979 hecha por el Vicario General Monseñor Ignacio Ortúzar R. al Ministro Humberto Espejo, y que éste acogiera. En ella le había hecho llegar antecedentes acerca de inhumaciones masivas e irregulares de cadáveres en el Patio 29 del Cementerio General de Santiago y agregaba que lo hacía "como una forma de colaborar con la investigación que le había sido encomendada (se refiere al Ministro), a fin de determinar la situación de personas desaparecidas en la localidad de Paine en los meses de septiembre y octubre de 1973". A la presentación se acompañó entre los casos ejemplarizados de estas irregularidades precisamente a Juan Guillermo Cuadra Espinoza e Ignacio Santander Albornoz. Al momento de su incompetencia el Ministro recibió del Director del Cementerio General una lista completa de NN sepultados en el Patio 29. A su vez él había oficiado a dicho Servicio comunicando que hasta nueva orden de ese Tribunal no se podría incinerar, exhumar o trasladar restos de personas enterradas como NN correspondientes al Patio 29 del mencionado cementerio, asimismo el propio Ministro se constituyó en el Cementerio y confirmó la existencia de tumbas NN. La parte querellante apeló a tal resolución fundamentando su posición precisamente en la necesidad de completar la investigación del Tribunal Civil en orden a no desvirtuar el sentido de la designación de un "Ministro Visitador".

            Con fecha 6 de marzo de 1980, la Corte de Apelaciones revocó la resolución ordenando proseguir con la investigación e indicando diligencias aún pendientes a fin que se les diera cumplimiento. El Ministro Espejo quitó el conocimiento del sumario al momento de su reapertura. Resolución que fue revocada por la Corte el 3 de junio de 1980. Con fecha 7 de marzo del mismo año el Tribunal ofició al Instituto Médico Legal a fin de que le fueran remitidos los protocolos de autopsia 3130 y 3143 correspondientes a Ignacio Santander y J. Guillermo Cuadra respectivamente. Se reiteran los Oficios el 25 de marzo y el 3 de abril. El 21 de abril el Tribunal recibe ambos protocolos, en el Oficio respuesta se le hace ver que el nombre de Ignacio Santander Albornoz no aparece registrado en los libros índice e ingresos de cadáveres. El protocolo 3130, que de acuerdo a la información entregada por el Coronel Montalba Calvo correspondería a Ignacio Santander, se informa que se trata de un cadáver remitido por la Escuela de Infantería de San Bernardo cuya autopsia se realizó el 7 de octubre de 1973, cadáver de sexo masculino de 20 años de edad y cuya causa de muerte son heridas de bala torácicas con salida de proyectil, se trataría de disparos de corta distancia.

            Con fecha 5 de junio de 1980 nuevamente se declaró incompetente y se remitió el expediente a la Fiscalía Militar. Su resolución se fundamentó exactamente en los mismos términos de la anterior. Hubo apelación de dicha resolución, en la que se acompañó fotocopia de resolución de la Corte Suprema del 20 de junio de 1980 con motivo de presentación del Vicario General de Santiago y de la Solidaridad, Juan de Castro, en la cual solicitaba mayor acuciosidad en la tramitación de procesos por Presunta Desgracia, de ella la parte querellante reprodujo textualmente: "Se dispondrá oficiar a esta Ilustrísima Corte P. Aguirre Cerca a fin de que recomiende al Ministro en Visita Humberto Espejo investigar con mayor celo y acuciosidad los hechos que pesquisa y en particular lo denunciado respecto a entierros masivos de cadáveres no identificados, en el Patio 29 del Cementerio General". El 25 de junio de 1980 fue revocada la incompetencia, ordenándose diligencias fundamentalmente orientadas a continuar la investigación del Patio 29 y a obtener la concurrencia del General de Brigada Jorge Dawling Santa María, en cuya causa se encontraba acumulada querella en su contra por encubrimiento del delito de arresto. El Ministro al abrir el sumario nuevamente dejó sin su conocimiento al abogado querellante. Resolución que fue modificada el 7 de julio de 1980.

            El 23 de julio de 1980 el General de Brigada Dawling Santa María declaró por Oficio; en él niega toda participación y conocimiento de los hechos relativos a detenciones y operativos con consecuencia de desaparecimiento de más de 29 campesinos en Paine. Termina su declaración señalando que los antecedentes de las querella en su contra fueron puestos en conocimiento de la Comandancia en Jefe del Ejército para los efectos de la competencia "que a mi juicio correspondería a los tribunales militares".

            Con fecha 4 de septiembre 1980 declaró Alicia Santander Albornoz, hermana de Ignacio del Tránsito, y expresó encontrar importantes semejanzas entre los antecedentes contenidos en el protocolo de autopsia N°3130 y su hermano desaparecido.

            El 17 de octubre de 1980 por tercera vez se declaró la incompetencia remitiéndose el expediente a la II Fiscalía Militar. De esta forma el 15 de mayo de 1981 se reanudó la investigación bajo el rol N°952-80.

            A partir del 16 de octubre de 1981, y en seis oportunidades, se solicitó la exhumación de 7 tumbas del Patio 29 que podrían arrojar antecedentes de detenidos desaparecidos de Paine de acuerdo a información reunida en su oportunidad por el Ministro Humberto Espejo. En ello se incluía las tumbas asignadas a Santander Albornoz y Cuadra Espinoza. Todas las solicitudes fueron denegadas. El 17 de noviembre de 1981 el Fiscal Militar respondió que las diligencias solicitadas eran inconducentes atendido el tiempo transcurrido. Ante ello la parte querellante interpuso una Queja ante la Corte Marcial, siendo denegada por este Tribunal de Alzada, aduciéndose que tal recurso era improcedente por no existir falta o abuso suceptible de ser considerado por la vía disciplinaria. El 16 de febrero de 1982, el Tribunal Militar solicitó el sobreseimiento de la causa por encontrarse agotada la investigación y no haber sido posible concluir que el desaparecimiento de estas personas haya sido consecuencia de la perpetración de un delito por parte de personal de las Fuerzas Armadas y de Orden. El 20 de marzo de 1984, la Corte Marcial revocó el sobreseimiento apelado y ordenó diligencias orientadas a la comparecencia de toda la dotación, tanto de la Subcomisaría de Paine como de la Escuela de Infantería de San Bernardo, que cumplía funciones en esas Unidades durante septiembre y octubre de 1973. Durante el año 84 un número significativo de uniformados declaró en los autos, negando todos ellos haber participado en operativos, haber detenido personas, así como haber sabido de ejecuciones o permanencia de detenidos en los recintos de Chena y Subcomisaría de Paine. El 22 de noviembre de 1989 el Fiscal General Militar se hizo parte en representación del Ministerio Público y Militar y solicitó al Tribunal el sobreseimiento de la causa y la aplicación del D.L. 9191 por proceder la Amnistía. Tal resolución fue revocada en febrero de 1992 por la Corte Marcial, este Tribunal instruyó que la causa volviera a estado de sumario y ordenó la diligencia de la exhumación de las seis tumbas en el Patio 29. Dicha exhumación no se pudo realizar por orden de este tribunal, ya que en septiembre de 1991 en la causa 4449-AF del 22 Juzgado del Crimen de Santiago se había practicado la exhumación del total de restos de personas no identificadas enterradas entre septiembre y diciembre de 1973 en el referido patio en el Cementerio General. La causa a diciembre de 1992 continuaba en tramitación.

            En causa 2-90-E que instruyera el Ministro en Visita don Germán Hermosilla, al ser designado en agosto de 1990 por la Corte de Apelaciones Presidente Pedro Aguirre Cerda, para que se abocara al conocimiento de la denuncia formulada por la Vicaría de la Solidaridad del Arzobispado de Santiago, de inhumaciones irregulares ocurridas en Paine y que afectaría a detenidos desaparecidos de la zona, el Ministro realizó diligencias específicas en el caso de Santander Albornoz. Solicitó nuevamente los protocolos 3130 y 3143 correspondientes a Santander y Cuadra respectivamente, requirió información del Cementerio General que le confirmó que Santander Albornoz no figuraba sepultado en dicho cementerio, confrontó datos del protocolo de autopsia con los que proporcionara la familia de Santander, concluyendo que el protocolo 3130 NN correspondía a la persona de Ignacio Santander.

            Tras haberse constituido el 7 de enero de 1991 en el Patio 29 del Cementerio General y no haber tenido éxito en la exhumación de la tumba 2665, que según los documentos del Cementerio General correspondía al cadáver autopsiado N°3130, el Tribunal interrogó a funcionarios de dicho Cementerio acerca de esta irregularidad no pudiendo dar ninguno de ellos una respuesta satisfactoria al respecto, reconociendo sí la existencia de una orden de no inhumar emanada de la III Fiscalía Militar con fecha 19 de agosto de 1981 y remitida el 4 de abril de 1984. Con fecha 22 de enero de 1991, la parte denunciante solicitó al Ministro Visitador realizar una investigación respecto de las irregularidades cometidas en el Cementerio General en el caso de Santander Albornoz. La petición fue acogida favorablemente.

            Al cierre de esta redacción no se producían adelantos en la causa 2-90-E relativas al caso de Ignacio del Tránsito Santander Albornoz.

           


Corte de San Miguel condena a nueve militares por sustracción de menores y secuestro en caso Paine

Fuente :elmostrador.cl, 6 de Octubre 2023

Categoría : Prensa

Víctimas tenían 17, 18 y 26 años. Fueron secuestrados y luego fusilados, pero el cuerpo del más joven de todos nunca fue encontrado. Los exuniformados recibieron penas que fluctúan entre los 10 años y un día y los 15 años y un día.

La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel dictó fallo de segunda instancia en el denominado caso Paine, episodio Escorial Cerro Chena, que investiga los crímenes cometidos respecto de Juan Guillermo Cuadra Espinoza (26 años, obrero agrícola) Ignacio Santander Albornoz (17 años, estudiante secundario) y Carlos Manuel Ortiz Ortiz (18 años, obrero agrícola), ocurridos entre septiembre y octubre de 1973 a manos de militares de dotación de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo.

Las ministras María Soledad Espina Otero, María Alejandra Pizarro Soto y Celia Catalán Romero, confirmaron las condenas en contra de Jorge Eduardo Romero Campos, Alfonso Faúndez Norambuena, José Hugo Vásquez Silva y Jorge Fernando Reyes Cortés, de 15 años y un día de presidio mayor grado máximo; y de Escipión Pedro Escobar Norambuena, Carlos Enrique Durán Rodríguez, Carlos del Tránsito Lazo Santibáñez, Jorge Segundo Saavedra Meza y Víctor Reinaldo Sandoval Muñoz, de 10 años y un día de presidio mayor en grado medio, todos como autores de sustracción de menor agravada respecto de Ignacio Santander Albornoz y de secuestro calificado en el caso de Juan Guillermo Cuadra Espinoza y Carlos Manuel Ortiz.

De acuerdo a la investigación del caso, las tres víctimas fueron detenidas desde sus domicilios y trasladadas a la unidad militar, donde fueron fusiladas los días 5 y 6 de octubre de 1973. Los cuerpos de Cuadra Espinoza y Ortiz Ortiz fueron trasladados al Servicio Médico Legal y luego  sepultados en el Patio 29 del Cementerio General. En tanto, a la fecha, se desconoce el paradero del cuerpo del menor Ignacio del Tránsito Santander Albornoz.

“Que se hayan confirmado las condenas de estos criminales es un alivio para las familias de las víctimas, que con tanto esfuerzo y paciencia han esperado por justicia. Las tres víctimas eran muy jóvenes, tenían toda la vida por delante y nunca se podrá entender por qué fueron tratados de esta manera. Estamos conformes con esta buena noticia de la última causa del caso Paine, que estaba pendiente ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, y esperamos que los criterios vertidos en el fallo se mantengan si el caso sigue a la Corte Suprema”, señala la abogada Andrea Gattini, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, querellante en el caso.

En junio pasado familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados de Paine solicitaron al presidente de la Corte Suprema apurar la tramitación de las causas todavía pendientes de los distintos episodios del caso Paine, ad portas de cumplirse 50 años de ocurridos los hechos que enlutaron esa localidad, siendo este el último caso que quedaba en segunda instancia. En la actualidad todos los episodios pendientes de dicho caso se encuentran esperando resolución de la Corte Suprema


Rompiendo el silencio de niñas, niños y adolescentes ejecutados políticos durante la dictadura cívico-militar 1973-1990 (LIBRO)

Fuente :cultura,gobierno.cl 20/4/2023

Categoría : Prensa

Testimonios, fotografías, cartas, testimonios y otros documentos que familias, amigas y amigos entregaron o escribieron especialmente para ser publicados incorpora el libro “Rompiendo el silencio de niñas, niños y adolescentes ejecutados políticos durante la dictadura cívico-militar 1973-1990”, el que fue realizado por la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP) con el apoyo del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, a través de la Unidad de Cultura, Memoria y Derechos Humanos, y a la Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad de Chile.

La publicación basada principalmente en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (1991) y el Informe de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (1996), busca reconstruir de forma integral y cuidada cada una de las vidas e historias de las víctimas.

Durante la investigación se accedió al archivo de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, donde se custodian documentos que las familias han preservado a través de años. También se incluyeron ilustraciones que estuvieron a cargo de Álvaro Gómez.

El proceso de creación fue un desafío complejo que implicó conjugar delicadeza, respeto y rigurosidad metodológica para enunciar en esta obra una verdad dolorosa e ineludible.


Presidente Boric se refirió a fallo de la Suprema por masacre de Paine en 1973

Fuente :24horas.cl 16/6/2022

Categoría : Prensa

La Segunda Sala del máximo tribunal del país acogió sendos recursos de casación presentados en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que había aplicado la figura de la media prescripción en contra de once involucrados.El Presidente Gabriel Boric se refirió en horas de esta tarde a la condena que realizó la Corte Suprema a 11 exintegrantes del Ejército y Carabineros, por la matanza de 38 campesinos en distintos asentamientos de Paine, hecho ocurrido en el año 1973.

"Si no hay verdad ni justicia, las heridas no pueden sanar. Después de 49 años de lucha, familias de Paine lograron vencer a la impunidad. A seguir construyendo un Chile en donde siempre se respete la democracia y los derechos humanos", reflexionó el Mandatario en su cuenta de Twitter.     El Presidente Gabriel Boric se refirió en horas de esta tarde a la condena que realizó la Corte Suprema a 11 exintegrantes del Ejército y Carabineros, por la matanza de 38 campesinos en distintos asentamientos de Paine, hecho ocurrido en el año 1973.

Y es que la Segunda Sala del máximo tribunal del país acogió sendos recursos de casación presentados en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que había aplicado la figura de la media prescripción. La decisión de la Suprema radicó en que aquello no debía aplicarse en crímenes de lesa humanidad.

En primer lugar, se condenó a los miembros en retiro del Ejército, Jorge Romero Campos y Arturo Fernández Rodríguez, a 20 años de presidio por su responsabilidad en los 38 casos de homicidio calificado.
En tanto, José Vásquez Silva, Carlos Lazo Santibáñez, Juan Opazo Vera, Roberto Pinto Labordarie, Jorge Saavedra Meza, Víctor Sandoval Muñoz y Carlos Durán Rodríguez, todos retirados de la institución castrense, fueron sentenciados a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, en calidad de autores de homicidio calificado.Por otra parte, Raúl Areyte Valdenegro fue sentenciado a 7 años y seis meses, y Nelson Iván Bravo Espinoza, oficial (r) de Carabineros, fue condenado a diez años y un día.


Ministra Marianela Cifuentes condena a militares por el secuestro calificado de tres campesinos de Paine 

Fuente :piensachile.com, 8 de Febrero 2022

Categoría : Prensa

La ministra en visita extraordinaria para causas de DD.HH. de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó sentencia de primera instancia en la causa que investiga el secuestro calificado de los obreros agrícolas Manuel Ortiz Ortiz (18) y de Juan Guillermo Cuadra Espinoza (26), y  la sustracción del menor Ignacio del Transito Santander Albornoz (17), hechos ocurridos entre el 24 de septiembre y 2 de octubre de 1973, en el sector El Escorial, en Paine, comuna de San Bernardo.

De esta manera la magistrada condenó a 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo a Jorge Eduardo Romero Campos, Alfonso Faúndez Norambuena, Carlos Walter Kyling Schmidt y José Hugo Vázquez Silva, como autores del secuestro calificado de Manuel Ortiz y la sustracción del menor. Mientras que a Escipón Pedro Cesar Escobar Norambuena  se le condenó a 10 años de presidio mayor en su grado medio por dichos delitos. Y absolvió a Roberto Rozas Aguilera.

Por su parte, se condenó a Sergio Ávila Quiroga y Jorge Reyes Cortés a 15 años y un día como autor del secuestro calificado de Ortiz y Guillermo Cuadra Espinoza; así como también por la sustracción del menor Tránsito Santander.  Y a una pena de 10 años y un día a Carlos Durán Rodríguez, Carlos del Tránsito Lazo Santibáñez, Jorge Saavedra Meza y Víctor Sandoval Muñoz.

Todos los condenados eran miembros del Ejército, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo. El sub teniente de dicha dependencia militar, el coronel (r) del Ejército Andrés Magaña Bau falleció durante la investigación, en julio de 2021.

El abogado Nelson Caucoto, querellante en el caso, valoró lo resuelto e indicó que “este caso refiere al martirio de 3 jóvenes chilenos contra los cuales se ensañaron los militares. Son símbolos de la brutalidad desatada en Paine por la Dictadura”.

Caucoto junto con valorar lo resuelto, destacó el trabajo realizado por la magistrada: “La tarea de la Ministra en Visita Marianela Cifuentes es encomiable y reivindica  la actividad judicial.  Los familiares de los campesinos de Paine claman al cielo por justicia para todas sus víctimas, y con este fallo se da un paso trascendente en esa inmensa tarea, que aún no concluye, pero avanza sin desmayar”.

Los hechos:

De acuerdo a los antecedentes recopilados por la ministra se ha podido establecer:

a) Que, el día 24 de septiembre de 1973, en el sector de El Escorial de Paine, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, comandada por el capitán Jorge Romero Campos, a cargo del subteniente Osvaldo Andrés Magaña Bau, detuvieron, sin derecho, a Juan Guillermo Cuadra Espinoza e Ignacio del Tránsito Santander Albornoz, entre otros.

b) Que, tras su detención, Cuadra Espinoza y Santander Albornoz fueron trasladados al Campo de Prisioneros que la Escuela de Infantería de San Bernardo mantenía al interior del Cerro Chena, a cargo del teniente Alfonso Faúndez Norambuena, lugar en el que además se desempeñaba el subteniente Carlos Walter Kyling Schmidt, junto a personal de Investigaciones y Carabineros, entre ellos, Mario Jesús Campos Ripley, Oscar Hernán Vergara Cruces, Roberto Arcángel Rozas Aguilera y Sergio Heriberto Ávila Quiroga, donde se les mantuvo encerrados.

c) Que, posteriormente, el día 2 de octubre de 1973, en el sector de El Escorial de Paine, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, comandada por el capitán Jorge Romero Campos, a cargo del subteniente Osvaldo Andrés Magaña Bau, detuvieron, sin derecho, a Carlos Manuel Ortiz Ortiz.

d) Que, igualmente tras su detención, Ortiz Ortiz fue trasladado al Campo de Prisioneros referido, a cargo del teniente Alfonso Faúndez Norambuena, lugar en el cual se le mantuvo encerrado, sin derecho.

e) Que, finalmente, y al interior del mencionado lugar, Juan Guillermo Cuadra  Espinoza y Carlos Manuel Ortiz Ortiz fueron fusilados los días 5 y 6 de octubre de 1973, respectivamente, desconociéndose hasta la fecha el paradero de Ignacio del Tránsito Santander Albornoz.

por Daniela Caucoto T. 


Caso Paine. El clan Kast, la participación de latifundistas y dueños de camiones en la ejecución y desaparición de 70 habitantes

Fuente :laizquierdadiario.cl 17/6/2020

Categoría : Prensa

Fueron los dueños de latifundio y de camiones quienes participaron junto a los agentes de Estado en las torturas, ejecución y desaparición de los 70 habitantes de Paine, en su mayoría campesinos, durante la dictadura militar. La justicia ha procesado a seis de ellos y uno quedó imputado por los crímenes de lesa humanidad, Francisco Luzoro Montenegro. Sin embargo, el clan Kast, quien ha participado según testigos, ha quedado impune.

El 2017, la Corte Suprema ratificó el fallo contra el primer civil condenado por crímenes de lesa humanidad: Francisco Luzoro, por el asesinato de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres. La condena fue por 20 años y un día. Sin embargo, el criminal solicitó la libertad provisional bajo fianza en favor del procesado, bajo el argumento de "no ser un peligro para la seguridad de la sociedad", manteniendo para el procesado la obligación de firma en dependencias del tribunal.

Francisco Luzoro fue el dirigente dueño de camiones de Paine, quien actuó como cabecilla de varios civiles que facilitaron vehículos y logística para las labores represivas de carabineros y militares y participaron en ejecuciones de al menos setenta campesinos y obreros agrícolas de Paine, localidad ubicada 46 kilómetros al suroeste de Santiago, en la actual provincia del Maipo.

También hubo otros cinco civiles procesados, como Rubén González Carrasco, Claudio Orregón Tudela y Juan Francisco Luzoro como cómplices de secuestro agravado de dos víctimas. Luego, Luzoro y Mario Tagle Román fueron encargados reos como autores del homicidio calificado de otras víctimas. En un tercer procesamiento, Juan Francisco Luzoro y Ricardo Tagle Román también fueron procesados como autores de homicidio calificado.

El 2017 también se procesó al civil Juan Guillermo Quintanilla Jerez y al militar (r) José Vásquez Silva como autores del secuestro calificado de 22 personas, entre ellas Andrés Pereira, padre de la abogada de Derechos Humanos Pamela Pereira.

Estas 22 víctimas fueron detenidas en la localidad de Paine, en octubre de 1973, de ahí fueron trasladadas a la quebrada de Los Quillayes en las cercanías del lago Rapel, donde habrían sido ejecutados.

El clan Kast y su impunidad

Las denuncias contra la familia del candidato presidencial ultraderechista José Antonio Kast volvieron tras conocerse el fallo de la Corte Suprema por el caso de "Paine Centro", el cual involucra la ejecución y desaparición de 38 habitantes. En el fallo se condenó a 11 ex uniformados del Ejército y Carabineros.

En el programa Sin Filtros, Dauno Tótoro, dirigente del Partido de los Trabajadores Revolucionarios (PTR) emplazó a Teresa Marinovic, convencional del Partido Republicano por la complicidad de la familia Kast en la ejecución y desaparición de 70 personas, todos hombres y en su mayoría trabajadores agrícolas. Durante la discusión, Tótoro invitó a Marinovic a leer el libro A la sombra de los cuervos (Ceibo Ediciones, 2015) del periodista Javier Rebolledo, en donde se aborda el rol de los cómplices civiles de la dictadura civil-militar.

La familia Kast tiene renombre en la derecha, Miguel Kast, hermano de José Antonio Kast, famoso operador de la derecha, uno de los pilares fundantes de la UDI, arquitecto en los cambios del Estado (ODEPLAN) durante los 80 para ajustarlo al nuevo sistema económico neoliberal que se quería implementar en ese momento, sino además con vínculos con la misma DINA, como revela el libro A la Sombra de los Cuervos, el periodista Javier Rebolledo.

Voces contra la Reforma Agraria

En el Golpe de Estado, Miguel Kast hizo una buena relación con Jaime Guzmán y también fundador UDI. Antes, en los años 70, mientras que en distintas localidades como en Paine, la Reforma Agraria comenzaba a levantarse desde organismos campesinos y sindicatos de obreros agrícolas, en ese periodo la familia Kast habría facilitado los camiones e inclusive sindicado a algunos de los que fueron luego asesinados.

Christian Kast, hijo del propietario de establecimientos Bavaria y hermano de José Antonio, fue citado a declarar por la justicia el 2003. Causa que fue reabierta el año 2002 por la ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel, María Stella Elgarrista, acumulándolas en una sola, denominada “Paine”, producto de que 70 ciudadanos de localidades como Pintué, El Escorial, Chada, Culitrín y Hospital, entre otras, habían sido asesinados o permanecían desaparecidos.

Francisco Luzoro, reconoció que “los operativos que realizaba personal de carabineros escoltados por nosotros [los civiles] eran exclusivamente para detener gente en diferentes lugares, los cuales eran trasladados a la Subcomisaría de Paine, sin saber cuál era su destino final (…)”. La familia Kast tenía relación con préstamos y traslados que unía a los militares y Carabineros con las detenciones.


Dictan acusación contra 15 ex uniformados por secuestros calificados y sustracción de menor en 1973

Fuente :eldinamo.cl 5/2/2018

Categoría : Prensa

Según la investigación, en septiembre y octubre de ese año, en el sector de El Escorial de Paine, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, detuvieron a tres personas.

Por su responsabilidad como autores de los delitos de secuestros calificados y sustracción de menor, la ministra en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó acusación en contra de 15 miembros del Ejército en retiro.

En la resolución, Cifuentes responsabilizó a Jorge Romero Campos, Alfonso Faúndez Norambuena, Osvaldo Magaña Bau, Carlos Kyling Schmidt, José Vásquez Silva, Escipión Escobar Norambuena, Mario Campos Ripley, Óscar Vergara Cruces, Roberto Rozas Aguilera, Sergio Ávila Quiroga, Carlos Durán Rodríguez, Carlos Lazo Santibáñez, Jorge Reyes Cortés, Jorge Saavedra Meza y Víctor Sandoval Muñoz, quienes son ex funcionarios del Ejército, Carabineros y la Policía de Investigaciones.

Según la investigación de la ministra, el 24 de septiembre de 1973, en el sector de El Escorial de Paine, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, detuvieron a Juan Cuadra Espinoza e Ignacio Santander Albornoz, quien era menor de edad, entre otros.

Los detenidos luego fueron trasladados al Campo de Prisioneros que la Escuela de Infantería de San Bernardo mantenía al interior del Cerro Chena.

Posteriormente, el 2 de octubre de 1973, fue detenido en el mismo sector de Paine, Carlos Ortiz Ortiz, quien fue trasladado a los mismos lugares mencionados.

Cuadra Espinoza y Ortiz Ortiz fueron fusilado los días 5 y 6 de octubre de 1973, respectivamente, desconociéndose hasta la fecha el paradero de Ignacio del Tránsito Santander Albornoz.


DDHH: dictan nuevos procesamientos por campesinos de Paine

Fuente :El Mostrador, 12 de Septiembre 2003

Categoría : Prensa

La ministra de fuero de la Corte de Apelaciones de San Miguel, María Estela Elgarrista, dictó cuatro autos de procesamientos por casos de detenidos de desaparecidos y ejecutados políticos de Paine, algunos de los cuales fueron trasladados al cerro Chena.

En calidad de coautores de los secuestros con homicidios de los campesinos Juan Guillermo Cuadra Espinoza, de 26 años, e Ignacio del Tránsito Santander Albornoz, de 17 años, quedaron encausados Andrés Magaña Bau y Víctor Raúl Pinto Pérez.

Cuadra y Santander fueron aprehendidos el 24 de septiembre de 1973 en el fundo "El Escorial" de Paine. Según revelaron miembros del Regimiento de Infantería de San Bernardo de la época, ambos fueron ejecutados por aplicación de la ley de fuga el cuatro de octubre de 1973.

Por los casos de Paine ya habían sido dictados otros autos de procesamientos en relación a 37 víctimas. Las encargatorias de reo dictadas ayer por la jueza Elgarrista amplía la resolución anterior.

Además del fallo indicado, la ministra dictó otros tres autos de procesamiento, contra el entonces capitán Víctor Raúl Pinto Pérez, quien en esa época se desempeñaba como jefe del departamento de inteligencia del Regimiento de Infantería de San Bernardo y jefe del recinto del Cerro Chena.

Pinto quedó procesado como autor del secuestro y homicidio del campesino Carlos Manuel Ortiz Ortiz, de 18 años, llevado al cerro Chena el tres de octubre de 1973.

También fue encausado por el homicidio calificado del conscripto René Máximo Martínez Aliste, de 20 años, asesinado el ocho de diciembre 1973; y, en calidad de autor, por el homicidio del conscripto Manuel Rojas Fuentes, de 20 años, ultimado el siete de diciembre del mismo año.

El abogado querellante en todos estos casos, Nelson Caucoto, valoró la resolución de la jueza y señaló que es significativo que hayan sido dictados en estos días, pues “eran procesos en los cuales nunca se pensó que la justicia podría avanzar, lo que viene a justificar la función de los jueces especiales en materia de derechos humanos”. 

 


Mi hermano Ignacio, la mirada de Ana María González Albornoz

Fuente :germina.cl, 2014

Categoría : Prensa

Somos cristianos y en cada oración que nosotros hacemos pedimos al Señor que aparezcan los cuerpecitos de ellos porque años, años, hemos llorado, hemos luchado porque ellos aparezcan, por tener cualquier cosita y tener donde ir a dejarles una flor, estar un ratito con ellos. Siempre hemos sabido que donde estaba el Juan, Ignacio estaba, pues él decía que donde llevaran a su cuñado, lo llevaran a él, entonces los directamente afectados y/o a sus familiares. Sus calles, pasajes, sedes sociales, espacios deportivos llevan los nombres de detenidos desaparecidos y ejecutados de Paine.nosotros como familia siempre decimos, si aparece Juan, va a aparecer Ignacio. Los chiquillos hasta aquí no han estado solos, siempre se han buscado, siempre tanto por parte de la familia como de las personas que están trabajando en este caso y espero, pido al Señor que aparezca algo de Ignacio para tener un consuelo. Hemos vivido todos estos años pensando en qué manera, en qué forma, qué pasaron, por qué, qué le hicieron, entonces es una tortura para la familia. Mi mamá se recuerda de muchas cosas, muchas cosas de mi hermano. Mi hermano tenía 16 años cuando lo detuvieron y mi mamá cuando conversa de él es como si volviera a ese momento, es muy penoso porque yo sé que mi mamá a la edad que tiene todavía tiene fuerzas para seguir adelante y yo pienso que el descanso más grande que va a tener es cuando digan “Apareció algo de Ignacio”. Entonces da pena porque mi mamá va a partir con esta sensación que nunca supo de Ignacio. Muchas personas ya se han ido sin tener ni una esperanza de que hayan aparecido, muchas personas han esperado y se van con el dolor de que sus familiares no aparecieron. Yo pienso que Ignacio no estaba metido en algo, porque un niño ¿en qué puede estar metido?

Yo tenía en esa época seis o siete años, recuerdo que él estudiaba y cuando llegaba a la casa se ponía a tocar la guitarra porque era su pasión y en las tardes íbamos a ver tele, porque en ese tiempo en la capilla había una tele grande, veíamos películas. Esa es la vida que yo recuerdo que tenía mi hermano, yo no recuerdo que él haya ido a alguna reunión o algo así, nada y esa es la pregunta que siempre una se hace que ¿por qué se lo llevaron siendo un niño? Yo era muy regalona de mi hermano, cuando tocaba la guitarra me enseñaba a cantar, cantábamos juntos, entonces cuando estaba en la casa yo andaba siempre con él, era como su resfrío, pegadita a la espalda. Entonces, siempre jugaba en la calle con la esperanza de que llegara Ignacio o pasaba mirando para fuera por si venía él. Recuerdo que como a las dos semanas después que los milicos se llevaron a Ignacio, a Juan y a los demás, estaba en la calle jugando cuando llega un jeep de un milico, venían como cinco milicos más o menos y me recuerdo que llevaban al Juan Núñez y a otro más que no lo vi porque iba agachadito, no sé si sería alguien conocido, y cuando lo veo, voy corriendo al jeep “¡Juan, Juan y el Ignacio, ¡¿viene también mi hermanito?” y me toma un milico y me dice “Sale niñita, no tení que estar acá, ¡sale, sale, sale¡” y yo me subí a la parte de atrás del jeep para ver si iba Ignacio. Juan Núñez llevaba un ojito reventado, lo vi en muy mal estado. Esos son los recuerdos que tengo, no sé qué andarían buscando, no sé, pero andaba el Juan muy mal. Siempre cuando conversamos y recordamos, yo digo quizás cuánto habrá sufrido mi hermano porque si Juan andaba en ese estado, vaya a saber cómo estaban los demás, porque si ellos fueron torturados no creo que haya sido cosa fácil, por eso que uno a veces piensa que hubo mucho dolor. El sufrimiento de Ignacio siempre lo he llevado sola, siempre he llorado porque lo he echado mucho de menos a mi hermano, mucho. Y cuando mi mamá dejó de venir a las reuniones con mi hermana, empezó mi hijo mayor a acompañar y después empezó a trabajar y yo le dije a la Alicia “Mientras yo pueda yo te voy a acompañar en todo” porque cuando salgo a las actividades o reuniones me siento muy cerca de mi hermano, es como andar cerca y no los dejas atrás


Ignacio Santander Albornoz: El guitarrista de Paine

Fuente :vestigios.udp.cl, 2023

Categoría : Otra Información

La familia lo recuerda cantando, tocando la guitarra, como si aún lo tuvieran al lado suyo, con la vitalidad de siempre y haciendo música de manera perfeccionista. Ignacio del Tránsito Santander Albornoz tenía 17 años cuando los militares se lo llevaron junto a su cuñado, el 24 de septiembre de 1973. Ignacio vivía en la zona de Paine, cursaba la enseñanza secundaria y no militaba en política. Esta comuna posee la mayor cantidad de personas detenidas desaparecidas y ejecutadas políticas: 70 en total.

Ignacio del Tránsito Santander Albornoz tenía 17 años, era estudiante secundario, trabajaba en el campo de vez en cuando, en la viña El Escorial, de Paine, cortando uvas y poniendo corchos y etiquetas en las botellas de vino. Estaba juntando plata para sacar su cédula de identidad: así podría hacer trámites y ganar independencia. Le caracterizaba su afición por usar un gorro de lana azul, de esos con pompón, que no se sacaba nunca, salvo en verano.

Tenía talento para el trompo y le apasionaba la guitarra, la acústica y la eléctrica. Tocaba cada vez que podía, en la iglesia, por ejemplo, y también cantaba. Lo cautivaban las canciones religiosas, aunque la suya era una familia con más interés en los rituales festivos del catolicismo que en la fe o en la doctrina o en la prédica de los curas.

Ignacio además dirigía una banda. En ella tocaba la guitarra eléctrica. Se presentaban en casamientos que podían extenderse durante días, con sacrificio de chanchos incluido. Era muy perfeccionista al momento de ejecutar el repertorio de cumbias y cuecas. 

En las tardes le gustaba ir a la capilla de El Escorial, ubicada junto a la casona patronal, a ver películas y partidos de fútbol, porque allí tenían una tele grande y se reunían campesinos y trabajadores agrícolas a pasar el rato después de las faenas. Lo acompañaba su hermana chica, Ana María, hija del segundo matrimonio de su madre.

Ana María lo idolatraba: “cuando estaba en la casa yo andaba siempre con él”, recuerda, “era como su resfrío, pegadita a la espalda”. De verdad eran inseparables. Ignacio correspondía al cariño de su hermana. Le regalaba dulces cuando volvía del trabajo y la llevaba consigo a todas partes. Juntos asistían a matrimonios y bautizos, solo para ver el espectáculo y luego “copuchar”, según Ana María. En la faena del vino, cuando las máquinas extraían el jugo de las uvas, jugaban a la par, como “cabros chicos”, sobre los montones de hollejos descartados. Luego el hollejo servía para alimentar a los chanchos.

Según sus hermanas, Alicia y Ana María, Ignacio no militaba. Era un “niño”, dicen, “ni siquiera tenía polola”. Del liceo al trabajo, del trabajo a la casa en los tiempos de faenas agrícolas. Era responsable, muy friolento, bajo de estatura y llevaba el pelo largo. “Ni gordo ni flaco”, aseguran las hermanas. Muy respetuoso de los padres, agregan. Y también tímido. Le gustaba una “niña” de El Escorial, hija de un trabajador de la viña, pero nunca se aventuró a galantearla.

En la zona de Paine, la Reforma Agraria había alterado los ánimos, y después del 11 de septiembre de 1973 se desataron las represalias.

Las desapariciones empezaron a los dos días del Golpe de Estado. Los militares se ensañaron con los campesinos y los trabajadores agrícolas. La Reforma Agraria había alterado los ánimos, y después del 11 de septiembre se desataron las represalias. En Paine, las personas detenidas desaparecidas y ejecutadas políticas llegaron a 70. Esto convirtió al sector en la comuna con el mayor número de  detenidos desaparecidos y ejecutados políticos del país.

Poco después del Golpe, los militares coparon con tropas la cancha de fútbol de la viña El Escorial y, de refuerzo, los escoltó un helicóptero. Allanaron las casas del lugar e iniciaron una balacera sin respuesta, largando tiros al aire para intimidar. Corría este rumor infundado: que en la bodega de la viña se guardaban armas por montones. Era el primer aviso de lo que venía.

La madre de Ignacio voló a la cancha de fútbol, donde los militares habían reunido a decenas de hombres del sector. Ahí estaban Ignacio y Juan Guillermo, bajo el arco que da al camino, tendidos en la tierra, boca abajo.

El 24 de septiembre de 1973 regresaron, aún más decididos. El objetivo presunto: los obreros agrícolas que ambicionaban una parcela propia. La denuncia la había realizado una vecina de la viña, con la venia del patrón, por medio de una carta que inculpaba a gente con la que trataba a diario, en un ambiente de gran cordialidad entre los trabajadores que vivían en el sector de El Escorial.

Los militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo llegaron en camiones y en un jeep. Llevaban una lista en la que figuraba el nombre de Ignacio y el de Juan Guillermo Cuadra Espinoza, su cuñado, a quien también se llevaron detenido. Ante la noticia, la madre de Ignacio voló a la cancha de fútbol, donde los militares habían reunido a decenas de hombres del sector. Ahí estaban Ignacio y Juan Guillermo, bajo el arco que da al camino, tendidos en la tierra, boca abajo.

Ella se notaba abrumada, de modo que Ignacio intentó calmarla, diciéndole, tal como recuerda Ana María, entonces presente: “El que nada hace, nada teme, yo voy y vuelvo”. Antes de partir, le alcanzaron a pasar una chaqueta para abrigarse, y él le entrega a su madre las pocas monedas que llevaba encima. Ana María, de ocho años en esa época, lloraba e incluso intentó subirse al camión donde estaba Ignacio. Todo esto pasó cerca de las cuatro de la tarde de un día de cielo grisáceo, con nubes muy bajas, como cargadas de lluvia.

Después de una breve parada en un regimiento, los llevaron al campo de prisioneros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, en el cerro Chena. Los mantuvieron vendados. Los torturaron. Un sobreviviente que compartió con Ignacio, José Luis Marchant, cuenta que cuando llamaban a declarar a Juan Guillermo, Ignacio decía: “Por favor, cuando lleven a mi cuñado llévenme a mí, porque yo no conozco ni siquiera Buin. Y otra cosa que les voy a pedir es que, si lo matan a él, mátenme a mí, también”. Imposible precisar cuánto tiempo los tuvieron en ese recinto; tal vez 10 días. 

A través del testimonio de la gente que liberaron, la familia de Ignacio y Juan Guillermo se enteró de que estaban prisioneros en el cerro Chena. Fueron de inmediato a preguntar por ambos, pero no consiguieron información y, por lo demás, ya los habían trasladado a otro lugar. La madre volvió más tarde y logró acercarse a las instalaciones militares. Esta es la versión de Alicia. Ana María, en cambio, recuerda que su madre iba a diario a Chena. Se tomaba la primera micro de la mañana, al alba, y regresaba en la última del recorrido; solo llevaba la plata para los pasajes y nada para comer. Fue a la madre, seguramente, a quien le dijeron que ya “era demasiado tarde para seguir preguntando” por ellos. Los familiares no se conformaron con esa respuesta.

Entonces empezó una odisea de gestiones judiciales y de consultas en la Cruz Roja Internacional, en el Estadio Nacional, en la Secretaría Nacional de Detenidos, el Ministerio de Defensa y el Instituto Médico Legal, donde fueron maltratados, pese a haberles advertido de la posible presencia de los cuerpos de Ignacio y Juan Guillermo. Alicia, hermana de Ignacio y esposa de Juan Guillermo, asistió al Instituto Médico Legal. Ahí les dijeron que los cuerpos ya habían sido retirados por los militares. De esos cadáveres solo había quedado una ojota guacha.

En esos trámites, Alicia cargaba a su hija, Flor, de siete meses de edad. Sentada en el living de su hermana Ana María, el 19 de abril del 2023, Alicia cuenta que al salir del Instituto Médico Legal solo quería “tirarse a los autos” de puro desesperada. Pero ella y su madre no aflojaron. Alicia se hizo habitué de la Vicaría de la Solidaridad y aún forma parte de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Paine, donde dos memoriales los honran. “Hay gente que todavía los espera como si fueran a llegar”, dice Alicia.

Ana María se sentaba en unas piedras a las afueras de su casa, que quedaba justo frente a la cancha de fútbol improvisada como lugar de detención el día 24 de septiembre de 1973.

Miraba las micros pasar, por si Ignacio se bajaba de una.