Retamales Briceño Asrrael Leonardo


Museo de la Memoria

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MEMORIALES.CL

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Rut : 2.934.165-6

Fecha Detención : 07-09-1974
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 14-07-1930 Edad : 34

Lugar Nacimiento : Valparaíso – El Almendral

Actividad Política : sin militancia
Actividad : Mecánico

Estado Civil e Hijos : Casado, 5 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 2.934.165 de Santiago

F.Nacim. : 14-07-30, 34 años de edad a la fecha de detención

Domicilio : Villa Grumdi, Cruz del Sur N°968, Maipú

E.Civil  : Casado, 5 hijos

Actividad : Mecánico de mantención, ex empleado de INSA, Comerciante ocasional

C.Repres. : Sin militancia política conocida

F.Detenc. : 7 de septiembre de 1974

 

    SITUACION REPRESIVA

            Asrael Leonardo Retamales Briceño, Casado, 5 hijos, mecánico de mantención, sin militancia política conocida, fue detenido el 7 de septiembre de 1974, alrededor de las 11:30 horas, por dos civiles que vestían pantalón y parka color azul, en el Mercado Agrícola de Maipú, en donde mantenía un puesto de frutas y verduras de su propiedad. El arresto fue presenciado por su ayudante, don Luis González Kaplán, quien en su testimonio ratificado judicialmente expone que el día y a la hora señalada, recibió la visita de dos señores quienes preguntaron por Asrael Retamales, quien no se encontraba en ese momento. Al poco rato llegó y uno de los civiles le señaló que necesitaba hablar con él estricta y absolutamente en privado a la vez que le mostró una especie de credencial. Después Asrael le hizo entrega de E°20.000 y le comunicó a su ayudante que tenía que acompañar a los dos señores. Enseguida fue subido a una camioneta Ford blanca, último modelo, la cual no tenía patente.

            Asrael Retamales Briceño, tras ser detenido, fue trasladado al recinto de 4 Alamos, el cual era regentado por la DINA. Su madre, doña Luisa Briceño Pérez, dice en su testimonio que varios días después de ocurrido el arresto supo por un señor que estuvo detenido en 4 Alamos, que su hijo se encontraba incomunicado en ese lugar. Este señor le hizo entrega de las llaves y los documentos de una camioneta de propiedad del afectado. Agrega en su testimonio, que el mismo día 7 de septiembre, fue detenida una persona de nombre Juan Riquelme, domiciliado en la Población Grundi, ex dirigente sindical de INSA, siendo trasladado a 4 Alamos a fin que reconociera a Asrael Retamales, quien se encontraba inconsciente a raíz de la tortura a que fue sometido.

            Posteriormente, el 6 de diciembre de 1974, en horas de la noche, llegó una persona a su domicilio, que dijo ser un ex detenido, y le comunicó que su hijo había muerto la madrugada del 2 de noviembre, hecho que jamás se ha podido confirmar.

            Su nombre figuró en una nómina de 119 chilenos que habrían fallecido en el extranjero en enfrentamientos entre grupos de ultraizquierda o en enfrentamientos con las Fuerzas Armadas Argentinas. Dichas nóminas fueron dadas a conocer por las revistas LEA de Argentina y O'DIA de Brasil, publicaciones que editaron un sólo número, sin editor responsable, y cuyas direcciones como pie de imprenta resultaron ser falsos. Las 119 personas que allí figuran, tienen en común el haber sido detenidos por la DINA.

            Su familia realizó innumerables diligencias y averiguaciones con el fin de dar con su paradero; pero todas ellas no dieron resultado alguno, salvo noticias contradictorias obtenidas en el SENDET, en que extraoficialmente les informaban que se encontraba registrado como detenido en 3 Alamos, pero nunca confirmaron oficialmente la detención.

             

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            El 17 de septiembre de 1974 se presentó un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 1116-74, en el cual se exponen las circunstancias que rodearon su detención. Durante la tramitación del recurso, el Tribunal requirió informes al Ministro del Interior, al Jefe de la Zona en Estado de Sitio, y al Auditor del Comando de Combate para tribunales de Aviación en Tiempo de Guerra, obteniéndose de todos ellos respuestas negativas. Con el mérito de estos informes, el 21 de noviembre de 1974 se declaró sin lugar el recurso remitiéndose los antecedentes al 7° Juzgado del Crimen de Santiago. La parte recurrente apeló de la resolución que rechazó el amparo ante la Corte Suprema, Tribunal éste último que el 27 de noviembre confirmó la resolución apelada.

            El 19 de diciembre de 1974 el 7° Juzgado del Crimen dio inicio a la causa 76.568, a la cual compareció la denunciante doña Luisa Briceño Pérez quien ratificó los términos de su denuncia, agregando que una persona que había estado detenida en 3 Alamos (el pabellón de incomunicados de 3 Alamos se conoce como 4 Alamos) dio aviso en el Arzobispado de varios nombres de detenidos que él logró memorizar, entre ellos el nombre del afectado de quien dijo además que antes trabajaba en INSA. La orden de investigar diligenciada por la policía de Investigaciones no dio resultado alguno, por cuanto sólo se entrevistó a la denunciante y las averiguaciones en el SENDET, Instituto Médico Legal y establecimientos asistenciales fueron negativas. El 10 de abril el Tribunal requirió informe al Campamento de Prisioneros de 3 Alamos, no existiendo constancia en el proceso que se haya recibido respuesta de ese centro de reclusión.

            El 3 de mayo de 1975 doña Luisa Briceño presentó ante el mismo Tribunal una denuncia por el delito de secuestro, en la cual expone que el 24 de marzo un carabinero le informó en la puerta del recinto 3 Alamos que su hijo se encontraba en ese lugar incomunicado; posteriormente la información fue negada. También pone en conocimiento del Tribunal que el 2 de mayo escuchó en Radio Portales una noticia en la cual se nombraba a "Rafael Retamales B." el que habría sido encontrado muerto a puñaladas. Noticia que se complementa con lo informado el 3 de mayo por el diario La Segunda en que se dice que la policía investiga un crimen en Los Angeles, de una persona de unos 35 años, que tenía una herida cortante. Inquieta por la noticia, concurrió a hablar con don Patricio Varela, locutor de la emisora, quien reconoció haber dado la información y que el nombre correcto era Asrael y no Rafael como él la había leído, sin embargo, no recordaba el texto mismo de la noticia y la sección de prensa puso todo tipo de inconvenientes para, finalmente, señalar que el boletín se había extraviado. La denuncia fue aceptada a tramitación acumulándose al proceso.

            En agosto de 1975 compareció y prestó declaración don Orlando Román Varela Silva, nombre artístico Patricio Varela, quien expuso ser el locutor de Radio Portales y que él sólo lee las noticias que prepara el Departamento de Prensa. Una vez leídos, los textos vuelven a los archivos de la emisora. Acerca de la noticia indicada, dice no recordar nada por cuanto son muchos los nombres que lee diariamente. Por otra parte, las diligencias requeridas a Osorno no dieron resultado alguno, por cuanto la persona muerta correspondía a un N.N. original del lugar y que habría fallecido por causa natural.

            Requerido el Ministerio de Relaciones Exteriores acerca del caso de "los 119", informó que no hay antecedente oficial alguno de que las personas nombradas en las nóminas publicadas en "LEA" y "O'DIA" hayan fallecido en el extranjero.

            Por otra parte, la parte denunciante hizo entrega al Tribunal del testimonio de don Luis González Kaplán, quien luego compareció ante el Juez ratificando sus dichos.

            El 13 de abril de 1976, la causa fue sobreseída temporalmente con el fundamento que de los antecedentes allegados al proceso, no aparece que se hubiera cometido algún delito. El 14 de junio la Corte de Apelaciones de Santiago aprobó la resolución de sobreseimiento.

            Doña Luisa Briceño, en diciembre de 1974 requirió información al Comandante en Jefe de la Zona en Estado de Sitio, General Sergio Arellano Stark, quien el 23 de diciembre le informó que la responsabilidad de informar sobre las personas detenidas, corresponde a la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos (SENDET), pero que las consultas que realizó a los diferentes organismos de inteligencia no dependientes de ese Comando fueron negativas.


Tres nuevas querellas contra Pinochet Fuente: Emol.com – https://www.emol.com/noticias/nacional/2000/08/03/28373/tres-nuevas-querellas-contra-pinoche

Fuente :emol.cl 3/8/2000

Categoría : Prensa

Las demandas fueron interpuestas por el abogado Nelson Caucoto por el secuestro y desaparición de Mario Samuel Olivares, Julio del Tránsito Valladares y Asrael Leonardo Retamales Briceño..- Tres nuevas querellas presentó hoy ante la Corte de Apelaciones el abogado Nelson Caucoto en contra del senador vitalicio Augusto Pinochet por su presunta violación a los derechos humanos. La primera es por el secuestro y desaparición de Mario Samuel Olivares, 27 años, militante del partido socialista el 17 de septiembre de 1973. La segunda acción legal interpuesta contra el ex Mandatario es por el secuestro y desaparición de Julio del Tránsito Valladares, 28 años, militante socialista el 2 de julio de 1976. El último libelo acusatorio presentado hoy es por el secuestro y desaparición de Asrael Leonardo Retamales Briceño, 34 años, el 7 de Septiembre de 1974. Con estas tres nuevas presentaciones el número de querellas presentadas contra el ex Mandatario asciende a 157, a poco más de dos años de la presentación del primer recurso en este mismo sentido por parte de la secretaria general del Partido Comunista, Gladys Marín, por la desaparición de su esposo.

 


Corte de Santiago confirma condena de exagentes de la Dina por secuestro en mercado agrícola de Maipú

Fuente :adprensa.cl 16/4/2020

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a 3 agentes de la desaparecida Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Asrael Leonardo Retamales Briceño. Ilícito perpetrado a partir del 7 de septiembre de 1974, en el marco de la denominada Operación Colombo.

En fallo unánime (causa rol 693-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dobra Lusic, Fernando Carreño y el abogado (i) Rodrigo Asenjo– confirmó la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a 13 años de presidio efectivo, en calidad de autores del delito.

En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita extraordinaria Hernán Crisosto estableció los siguientes hechos:

«Que en horas de la mañana del día 07 de septiembre de 1974, Asrael Leonardo Retamales Briceño, fue detenido en su lugar de trabajo ubicado en el Mercado Agrícola de Maipú, por agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia, que lo subieron a una camioneta marca Ford color blanco sin patente, y lo trasladaron a un recinto desconocido;

Que nunca más se supo de Retamales Briceño, quien se encuentra desaparecido hasta la fecha;

Que el nombre de Asrael Leonardo Retamales Briceño apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista ‘O’DIA’ de Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que Asrael Leonardo Retamales Briceño había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes a grupos de izquierda, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros; y que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Retamales Briceño tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior, lo que permite establecer que la víctima fue detenido por agentes de la DINA».