Pizarro Meniconi Isidro Miguel Ángel


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Rut : 6.223.627-2

Fecha Detención : 19-11-1974
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 08-12-1952 Edad : 21

Lugar Nacimiento : Santiago Centro

Actividad Política : Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
Actividad : Técnico en maquinas

Estado Civil e Hijos : Soltero, en pareja, 2 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 6.233.362-7, Santiago

F.Nacim. : 08-12-52, 21 años a la fecha de la detención

Domicilio : Teniente Cochamó 1431, La Palmilla, Santiago

E.Civil  : Soltero

Actividad : Técnico en máquinas de oficina

C.Repres. : Militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR

F.Detenc. : 19 de noviembre de 1974

SITUACION REPRESIVA

            Isidro Miguel Pizarro Meniconi, soltero, técnico en máquinas de oficina, militante del MIR, fue detenido junto a Ida Vera Almarza el 19 de noviembre de 1974, alrededor de las 17:00 horas, en un domicilio ubicado en calle Joaquín Godoy 315, La Reina, por agentes de la DINA que se encontraban en el interior del inmueble esperando la llegada de los afectados, a quienes dispararon resultando ambos heridos de gravedad. Los hechos comenzaron a ocurrir cuando, a la hora señalada, llegaron al lugar las dos víctimas, movilizadas en un vehículo blanco marca Dodge Dart, modelo 1970. Del automóvil descienden Isidro e Ida Vera y cuando se encontraban en el patio de la propiedad, los agentes detienen al afectado a quien lanzan al suelo manteniéndolo boca abajo; en tanto, Ida Vera alcanza a retroceder a la vez que dispara con un arma que portaba. La joven es seguida por dos de los agentes, quienes en definitiva la detienen herida. De estos hechos fue testigo su hermano Hipólito Pizarro Meniconi. El auto quedó destrozado por múltiples impactos de bala. Cuando Isidro Pizarro se encontraba ya reducido, tendido en el suelo, los efectivos de la DINA le dispararon en ambas piernas. Los dos heridos fueron introducidos a una camioneta Chevrolet C-10 y trasladados al recinto secreto de la DINA ubicado en Irán con Los Plátanos, y esa misma noche son internados en la Clínica Santa Lucía, también de propiedad de la DINA, en donde, Isidro Pizarro permanece alrededor de 10 días, en tanto que Ida Vera permanece unos 15 días. Ambos son nuevamente trasladados al recinto de Irán con Los Plátanos, el cual es conocido como "La Venda Sexy", en alusión a las vejaciones sexuales a que eran sometidas las prisioneras políticas. La joven desaparece de este recinto, en tanto, Isidro Pizarro se le ve por última vez en el recinto de Villa Grimaldi.

            Esa noche del día 19 de noviembre, el domicilio de los padres de Isidro Pizarro Meniconi fue allanado por 4 sujetos de civil, quienes portaban su cédula de identidad. Señalaron ser de un Servicio de Inteligencia y que estaban investigando cosas ocurridas días atrás en relación a la víctima. Esa misma noche, el domicilio de los padres de Ida Vera Almarza también era allanado, por 3 civiles que preguntaron por ella. Uno de los sujetos corresponde a la descripción física de Osvaldo Romo Mena, agente de la DINA que comandó diversos operativos en donde resultaron detenidos militantes del MIR, que se encuentran desaparecidos.

            Su conviviente *, María Guadalupe Díaz Tapia embarazada en esa época, debió asilarse. A los días de llegar a Suecia nacieron sus hijos mellizos.

            La familia de Isidro Pizarro realizó diversas diligencias y averiguaciones para conocer su situación. En una de ellas, fueron informados en la Oficina de la Cruz Roja Internacional, que el afectado había sido visitado por personal de ese organismo en Villa Grimaldi, pero no recibieron más detalle, ni en esa ocasión ni posteriormente. En el Hospital Militar, un funcionario informó que no se encontraba allí, pero indicando a su madre, doña Doris Meniconi Lorca, que "su hijo sirve más vivo". Pero no le dieron mayor información. Los respectivos procesos judiciales, reunieron valiosos antecedentes acerca de la efectividad de los hechos narrados. Allí constan, los recortes de prensa que dan cuenta de la amplia difusión que tuvo el operativo de la DINA, se publican fotos del lugar de los hechos y se habla de incautación de armas y documentación en el inmueble de Joaquín Godoy 315. Asimismo, se consigna la declaración judicial del propietario del inmueble, don Jorge Guillermo Dahmen Alcaíno, quien arrendaba a Ida Vera Almarza un departamento interior ubicado en su propiedad. El testigo expone que el día de los hechos fue detenido violentamente por tres personas de civil que se identificaron como del Servicio de Inteligencia Militar y lo llevaron al departamento interior, el que se encontraba todo desordenado, y le preguntaron por sus moradores. Luego pasaron al living de su casa y encontrándose allí, apareció Ida Vera e inmediatamente uno de los sujetos tomó a su acompañante, pero la mujer alcanzó a retroceder a la vez que disparó un arma que portaba; la joven fue seguida por dos de los agentes y el tercero se quedó cuidando al detenido, quien se encontraba en el suelo boca abajo. Como a los 10 minutos los otros civiles volvieron con Ida Vera, herida y en calidad de detenida y luego de revisar nuevamente el departamento se retiraron llevándose a ambas personas.

            Otra prueba de la detención de la víctima, lo constituye la declaración judicial del Teniente de Carabineros Hugo Guillermo Urrutia González, quien expone que en el día de los hechos se encontraba de turno en la 23a. Comisaría de La Reina, y que al constituirse en el lugar, en compañía del Cabo Elías Uribe Novoa y otros dos carabineros, se percató que había ocurrido un baleo entre "extremistas y personal de DINA"; en el pasillo habían dos personas heridas, un hombre sentado y apoyado en la pared del pasillo y herido en una pierna; y una mujer tendida en el suelo y también herida, vestía chomba oscura y pantalones. Personalmente, vio cuando a los heridos se los llevó personal de DINA en una camioneta Chevrolet C-10 con toldo de lona (en las fotografías de la prensa aparece la parte trasera de una camioneta con esa característica). Cerca de la casa en donde estaban los heridos había un automóvil Dodge Dart, que tenía quebrado el parabrisas delantero y trasero, y tenía varios impactos de bala.

            Del destino de los afectados, dan cuenta los testimonios de personas detenidas por la DINA y que fueron recluidas en recintos secretos de ese organismo. Cristina Godoy Hinojosa, tecnóloga médico, expone en su declaración judicial, que fue detenida el 6 de diciembre de 1974 por efectivos de la DINA en la oficina del Director del Hospital José Joaquín Aguirre. Fue trasladada con la vista vendada a Villa Grimaldi y ese mismo día fue llevado a otro recinto, ubicado en el sector de Quilín (Irán con Los Plátanos). Allí fue dejada en una pieza en donde se encontraba otra detenida, quien dijo llamarse Ida Vera Almarza, que era arquitecto y que había sido detenida junto a Isidro Pizarro Meniconi en un baleo en La Reina, resultando con lesiones graves en la cabeza y pierna, y que había sido atendida en una clínica que no sabía ubicar y en donde habría permanecido unos 15 días. Le dio el número de teléfono de su familia para que le avisara acerca de su situación en el caso que recuperaba su libertad antes que ella. La vio hasta el 14 de diciembre, fecha en que fue trasladada al Campamento de Prisioneros de Tres Alamos, quedando Ida Vera en ese lugar, en buen estado de salud. En Tres Alamos, conversó con otra detenida, Iris Guzmán Uribe, quien le contó que ella había estado internada en la clínica junto con Ida Vera, permaneciendo en camas vecinas. La testigo, al momento de comparecer ante el Tribunal, el 4 de septiembre de 1975, aún se encontraba recluida en el Campamento Tres Alamos. Otra detenida en Tres Alamos, Beatriz Constanza Bataszew, compareció ante el Tribunal, señalando que fue detenida por la DINA el 10 de diciembre de 1974 siendo trasladada al centro de tortura denominado "La Venda Sexy", en donde fue interrogada y brutalmente torturada. Luego de la tortura fue trasladada a una pieza en donde había otras detenidas, entre las que se encontraba Ida Vera, con la cual permaneció unos 5 días. Ella le contó las circunstancias de su arresto junto a Isidro Pizarro. Permaneció en contacto con ella hasta el 17 de diciembre, fecha en que fue trasladada al Campamento de Tres Alamos.

            El 29 de agosto de 1978 compareció ante el Tribunal, Iris Magaly Guzmán Uribe, quien expone que fue detenida el 20 de noviembre de 1974 por agentes de la DINA, siendo trasladada a Villa Grimaldi en donde fue salvajemente torturada al igual que sus dos hijos, de 17 y 16 años de edad que también se encontraban detenidos en ese lugar. Un día, producto de las torturas, le vino una hemorragia nasal y metrorragia, siendo conducida a una clínica ubicada en calle Santa Lucía, la cual ubicó por el cañonazo de las doce. En ese lugar, cuando recuperó el conocimiento, se percató que estaba al medio de dos enfermas más, una de las cuales dijo llamarse Ida Vera y que había sido detenida en La Reina, siendo baleada junto a un hombre que estaba amarrado, también le dijo que era arquitecto. Ambas dejaron la clínica en la misma oportunidad, siendo sacadas juntas en un automóvil, ella fue dejada en Villa Grimaldi, en tanto Ida Vera fue trasladada a otro lugar. En la declaración jurada de la misma testigo, agrega que en una oportunidad, el agente de la DINA, Osvaldo Romo Mena, fue a visitarla a la clínica con el objeto de interrogarla, para lo cual fue llevada a uno de los pisos inferiores de la clínica en donde nuevamente se le aplicó corriente eléctrica.

            En el proceso instruido por la detención de Isidro Pizarro Meniconi, consta la declaración de Narciso Alfredo Gálvez Fuentes, quien expone que fue detenido el 20 de diciembre de 1974 por la DINA siendo trasladado a Villa Grimaldi en donde fue introducido en una pieza. Allí había unos 15 detenidos ; uno de ellos, manifestó que hacía las veces de jefe por el más antiguo en ese lugar, y dijo llamarse Isidro Pizarro. Dio diversas indicaciones sobre la manera de vivir entre los detenidos y precauciones que debían adoptarse. Los sábados y domingos hacían charlas entre ellos a manera de ejercicio mental y allí pudo darse cuenta que Isidro Pizarro hablaba el idioma mapuche. El Tribunal le muestra una foto, reconociendo a la víctima. Finalmente agrega que el afectado tenía varios impactos de bala en las piernas. En el mismo proceso, consta la declaración jurada de Manuel Elías Padilla Ballestero, en la cual indica que fue detenido el 25 de noviembre de 1974 por agentes de la DINA siendo llevado a Villa Grimaldi. Al día siguiente fue trasladado al recinto denominado "La Venda Sexy". Allí, algunos días después, llegó detenido Isidro Pizarro Meniconi, quien relató a todos sus compañeros de celda la forma en que había sido detenido junto a Ida Vera Almarza, siendo ambos heridos a bala. Isidro manifestó que había sido baleado en el suelo, cuando ya estaba detenido. También llegó a ese recinto el arquitecto Humberto Canodra Bañados, propietario del vehículo en que se movilizaba Isidro al momento de ser detenido. Posteriormente, él fue trasladado a otro recinto de detención, y por comentarios de otros detenidos, se enteró que Isidro Pizarro fue sacado de "La Venda Sexy" hacia fines de la primera quincena de diciembre de 1974.

            En julio de 1975 salió publicada en la prensa nacional, la reproducción de dos publicaciones extranjeras, de Argentina y Brasil respectivamente, una lista de 119 chilenos que según la noticia habían muertos en el extranjero en luchas internas de movimientos ultra-izquierdistas. Entre los nombres figura el de Isidro Pizarro Meniconi y de Ida Vera Almarza. Posteriormente, se estableció que las referidas publicaciones extranjeras editaron un sólo número y que tanto sus direcciones como el pie de imprenta resultaron falsas. Todas las personas mencionadas en esa lista, tienen en común el haber sido detenidos por la DINA.

            Pese a las evidencias acerca de la detención y posterior reclusión de la víctima en centros de tortura de la DINA, las autoridades del gobierno militar y los servicios de seguridad negaron sistemáticamente su aprehensión, y aún su familia desconoce la suerte final que corrió en manos de ese organismo de seguridad.

            Isidro Pizarro tenía 10 hermanos, el mayor Bernardo también fue detenido en junio de 1974, habiendo salido del país con pena de extrañamiento, Hipólito, testigo de la detención de Isidro, se asiló. Posteriormente el padre y los otros 8 hermanos salieron al exilio. En Chile sólo quedó la madre, en razón de la búsqueda de su hijo. Su conviviente y sus dos hijos vivieron en el exilio hasta 1990.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            El 16 de diciembre de 1974, doña Doris Meniconi Lorca interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 1588-74, en el cual expone las circunstancias de la detención de su hijo. En la tramitación del recurso, consta lo informado por los Tribunales de Aviación dependientes del Comando de Combate, el Ministerio de Defensa Nacional, del Jefe del Estado Mayor de la II División de Ejército, del Ministro del Interior; todos de febrero de 1975, y en los cuales se indica que el amparado no se encuentra detenido por orden de esos organismos. Con el mérito de estos informes, y lo señalado por el Hospital Militar en el sentido que el afectado no se encuentra ni estuvo hospitalizado en esa instalación militar, el recurso fue rechazado el 7 de abril de 1975 sin que la Corte remitiera los antecedentes al Juzgado del Crimen correspondiente pese a la gravedad de los hechos denunciados.

            El 17 de noviembre de 1977, se interpuso una querella criminal por los delitos de secuestro, lesiones graves e incomunicación prolongada, en la persona de Isidro Pizarro Meniconi. En el proceso iniciado en el 11° Juzgado del Crimen de Santiago, y signado con el rol 12630-5, con fecha 12 de diciembre de 1977 compareció don Jorge Guillermo Dahmen Alcaíno, dueño de la propiedad de Joaquín Godoy 315, quien expuso las circunstancias del arresto de Ida Vera y de Isidro Pizarro de lo cual fue testigo presencial. También se encuentra consignado en el proceso, la falsedad de las publicaciones "Lea" de Buenos Aires, y O'Día de Brasil, en las que se publican una nómina de 119 chilenos muertos en enfrentamientos en Argentina. Dichas publicaciones editaron un sólo número y para el sólo efecto de publicar la lista referida. Respecto a esta situación, y pese que el Ministerio de Relaciones Exteriores indicara a los Tribunales que no existen antecedentes oficiales acerca de la efectividad de la noticia comentada, el Juez Militar de Santiago, Enrique Morel Donoso, en entrevista a la Revista "Hoy" edición del 26 de octubre al 1° de noviembre de 1977, indica que el caso de los "119" estaría solucionado, ubicándolos en tres situaciones: "muchos han sido ubicados vivos, de otros no se tiene antecedentes, y algunos fueron muertos por las Fuerzas Armadas argentina. El hecho ha sido comprobado por la documentación que portaban cuando combatieron". La parte querellante solicitó al Tribunal que citara al Juez Militar a fin que aportara los antecedentes del caso. Pese a que el Tribunal Civil acogió dicha petición, no hay constancia en el proceso de la comparecencia del Juez Militar.

            El 3 de mayo de 1978, el Juez don Tomás Dahm Guíñez, sobreseyó definitivamente la causa en virtud del Decreto Ley de Amnistía de abril de 1978. El 23 de junio de ese año, la Corte de Apelaciones rechazó dicha resolución y ordenó que la causa volviera a estado de sumario, por cuanto la investigación no se encontraba agotada.

            En esta nueva etapa del proceso, el Ministerio del Interior nuevamente informa al Tribunal que no tiene antecedentes acerca de la víctima. En agosto de 1978, compareció ante el Tribunal, el Mayor de Carabineros Domingo Teodoro Sabaleta Mendoza, quien expone que en la fecha de los hechos prestaba servicio en la 23a. Comisaría de la Reina. Que por disposición del señor Comisario se constituyó en el sector en donde habría ocurrido un baleo entre personal de seguridad y civiles extremistas, pero que al llegar al lugar indicado, estos ya no existían y no habían ni heridos ni detenidos. En ese mes comparece el Teniente de Carabineros Hugo Guillermo Urrutia González, quien también prestaba servicio en la unidad policial indicada, y que el día de los hechos se constituyó en calle Joaquín Godoy, indicando que vio a dos personas que eran subidas a una camioneta, se imagina que en calidad de detenidos. Este mismo policía, realizó una declaración más completa en el proceso por la detención de Ida Vera Almarza, cuyos detalles ya fueron expuestos. Cabe hacer notar, que la 23 Comisaría de Carabineros, informó al Tribunal que en esa Unidad no existe constancia alguna de los hechos denunciados.

            La parte querellante acompañó a la causa, el testimonio de Manuel Elías Padilla Ballestero, detenido el 25 de noviembre de 1974 por agentes de la DINA, siendo recluido en "La Venda Sexy" en donde estuvo con Isidro Pizarro. También comparecieron ante el Tribunal, Narciso Alfredo Gálvez Fuentes, quien declaró las circunstancias en que fue recluido junto al afectado.

            El 4 de abril de 1979, la causa fue remitida al señor Ministro en Visita, servando Jordán López, que investigó la detención y posterior desaparecimiento de personas del Departamento de Santiago. Ante el señor Ministro en Visita, la querellante Doris Meniconi ratificó los términos de la querella criminal. Igual cosa hizo doña Ida Almarza Pensa, querellante por la detención de su hija Ida Vera Almarza, cuyo proceso, rol 1.302, también fue acumulado por el Ministro Servando Jordán.

            Ante el señor Ministro comparecieron el Coronel de Carabineros Omar Sandalio Tordesilla Matus; doña Rosa Elena Reyes Parada y doña Lina Betsabé Garrido Lagos; estas dos últimas vecinas del inmueble de calle Joaquín Godoy. Las declaraciones de estas 3 personas confirman los hechos ocurridos en ese domicilio. El 16 de noviembre de 1979, el Ministro del Interior Sergio Fernández Fernández, informó al Ministro sumariante que en el acta de entrega de inmuebles de la ex DINA a la CNI, no figura propiedad alguna en el sector de Quilín (lugar donde funcionó la "Venda Sexy").

            El 10 de diciembre de 1979, el señor Ministro Servando Jordán se declaró incompetente de seguir conociendo ambos procesos (el de Pizarro Meniconi y el de Ida Vera) y remitió los antecedentes a la Justicia Militar, con el fundamento de que en autos existen presunciones bastantes en orden a la detención por efectivos de la ex DINA de Ida Vera e Isidro Pizarro, el 19 de noviembre de 1974.

            El 16 de enero de 1980, el Tribunal Militar aceptó la competencia y ordenó instruir la causa 34-80 a la Segunda Fiscalía Militar. Entre las diligencias decretadas por el Fiscal Militar, se encuentra la orden dada a la Policía de Investigaciones para constituirse en la Clínica Santa Lucía ubicada en la calle de ese mismo nombre en el N°162. El informe de Investigaciones, indica que la dirección indicada corresponde a un inmueble sin moradores, cuya única puerta de acceso está permanentemente cerrada, y en la cual existen unos avisos para la enseñanza del Karate. Posteriormente, en información solicitada a la CNI, ese organismo informó que dicho inmueble es de propiedad fiscal y fue destinado a la DINA el 10 de marzo de 1977 y que en la actualidad (14 de julio de 1980) se encuentra en poder de la CNI; se afirma que ese inmueble jamás fue usado para el funcionamiento de una clínica. Cabe hacer notar que en declaraciones prestadas por el General Manuel Contreras Sepúlveda ante el señor Ministro en Visita Servando Jordán, reconoce la existencia de la Clínica Santa Lucía, en donde, según sus dichos, se atendía personal de ese organismo de seguridad y detenidos.

            El 7 de septiembre de 1981, la causa 34-80 fue acumulada al proceso 553-78 instruida en ese mismo Tribunal Militar, y originada a raíz de una querella criminal presentada en contra del General Manuel Contreras Sepúlveda. En este proceso, el General Manuel Contreras Sepúlveda respondió por Oficio una minuta elaborada por el Fiscal, en la cual expone, entre otras cosas, que la casa de Irán esquina Los Plátanos no era un recinto de detenidos de la DINA, y que Osvaldo Romo era un informante de un agente de ese organismo. En la tramitación del proceso se recibieron informes negativos de los diferentes hospitales de la ciudad, de los Cementerios, del Registro Civil e Identificación, y de la Policía Internacional.

            La referida causa en contra del General (R) Manuel Contreras y otros agentes de la DINA se inició el 10 de agosto de 1978, cuando familiares de 70 detenidos desaparecidos interpusieron ante el 10° Juzgado del Crimen la querella. En ella, además del General Contreras, se identificaban a otros agentes de la DINA: Osvaldo Romo Mena, Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Morén Brito, Rolf Wenderoth Pozo y a Marcia Merino Vega. El Tribunal se declaró incompetente y remitió los antecedentes a la Justicia Militar, después de varias quejas en mayo de 1979 se radicó la causa en la 2a. Fiscalía Militar bajo el rol 553-78. En enero de 1983, el fiscal tuvo a la vista los antecedentes del proceso por detenidos desaparecidos que tramitó el Ministro en Visita Servando Jordán. El 17 de marzo de ese año el fiscal sobreseyó la causa, resolución que fue revocada el 5 de octubre por la Corte Marcial. Entre los años 1984 y 1985 se realizaron algunas diligencias, una de ellas la declaración por exhorto del ex General Contreras, quien negó la existencia de las Brigadas de Inteligencia, y dijo que los agentes Krassnoff, Laureani, Morén, Valdivieso y Wenderoth sólo cumplieron funciones como analistas; y que Romo sólo era informante de un agente; que los recintos de Villa Grimaldi, Londres 38, calle Irán y José Domingo Cañas no eran recintos de detención y que la Clínica Santa Lucía sólo prestaba atención médica a los funcionarios de la DINA. Agregaba no recordar los nombres de las personas encargadas de los archivos de la DINA.

            Sin que se realizaran diligencias durante cuatro años, el 20 de noviembre de 1989, el Teniente Coronel de Ejército Enrique Ibarra Chamorro, Fiscal General Militar, solicitó para esta causa la aplicación del Decreto Ley de Amnistía (D.L. 2.191) porque el proceso había tenido como finalidad exclusiva la investigación de presuntos delitos ocurridos durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978 y porque durante los 10 años de tramitación no se había logrado "determinar responsabilidad de persona alguna". El 30 de noviembre de 1989, la solicitud fue acogida por el 2° Juzgado Militar, el que sobreseyó total y definitivamente la causa -la que aún se encontraba en etapa de sumario- por "encontrarse extinguida la responsabilidad penal de las personas presuntamente inculpadas en los hechos denunciados". Las partes querellantes apelaron de dicha resolución a la Corte Marcial, la que confirmó el fallo en enero de 1992. Se interpuso entonces un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia, la que al mes de diciembre de 1992 aún no evacuaba su resolución.

            (Más antecedentes de la causa 553-78 y de la Visita del Ministro Servando Jordán en la ficha de Eduardo Alarcón Jara).

            Uno de los agentes contra quien también fue dirigida la querella, Osvaldo Romo Mena, fue detenido en noviembre de 1992, después de haber permanecido cerca de 17 años oculto en Brasil, país que lo expulsó.

            Romo fue ubicado en el curso de una serie de diligencias decretadas en la causa por el desaparecimiento de Alfonso Chanfreau Oyarce. El mencionado agente abandonó el país a instancias de la DINA. En esa época había sido citado por varios Tribunales que tramitaban causas por violaciones a los derechos humanos. En Brasil usó la identidad de Osvaldo Andrés Henríquez Mena.

            A partir de su detención ha sido interrogado en varias causas por detenidos desaparecidos y, a diciembre de 1992, ha sido encargado reo en 6 de ellas.

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* Este relato ha sido copiado integramente de los libros rojos de la Vicarìa. Memoriaviva  recibio un mensaje de María Guadalupe Díaz Tapia, que correctamente, esta en desacuerdo con el tèrmino "conviviente". Ella era su pareja, compañera, con quièn tuvo dos hijos.


HBO realizará serie sobre el Plan Cóndor

Fuente :https://www.vagabunda.mx/hbo 11/5/2020

Categoría : Prensa

La serie que hará el canal HBO sobre el Plan Cóndor, la operación de persecución y asesinato de opositores que involucró a 8 regímenes durante las últimas dictaduras de América del Sur, contribuirá a que el tema salga del ámbito académico, dijo Fernando Butazzoni, autor del libro Las Cenizas del Cóndor.

«Lo que sí puede generar es interés en abordar un tema, que primero ha sido estudiado muy fragmentariamente, no en su globalidad, y segundo ha tenido un tono mucho más académico; la investigación por lo tanto ha estado afuera del circuito de la gente común», dijo el escritor, periodista y guionista uruguayo a Sputnik.

Recordemos que la cadena televisiva estadounidense Home Box Office (HBO) compró los derechos para realizar una serie con la historia que narra la novela Las Cenizas del Cóndor, según comunicó la empresa la semana pasada.

Según el autor uruguayo, el texto publicado en 2014 es «muy grande, muy complejo, con una historia que es a su vez riquísima» y por esa razón se deberá «buscar un eje central dramático para poder traducir todas las historias que se cuentan», pero aclaró que los detalles «no se han definido demasiado».

Sin embargo, lo más importante es que una serie que será transmitida en toda América muestre «tal cual es» a una historia «muy distorsionada». «Puede ser muy importante para que el común de la gente conozca una historia que fue muy distorsionada», resaltó el autor que en su juventud perteneció al grupo guerrillero Movimiento de Liberación Nacional de Uruguay, luego participó como artillero de la Revolución Cubana y peleó contra el dictador nicaragüense Anastasio Somoza (1974-1979) como parte del Frente Sandinista de Liberación Nacional.

Una historia verdadera

En Las Cenizas del Cóndor se cosen varias historias de la época: un militar uruguayo que rescata a una, en ese entonces, connacional subversiva sentenciada a muerte por el ejército argentino y la aloja en la casa de una espía soviética, de quien no conocía su verdadera identidad, hasta que finalmente logra sacarla de manera clandestina desde Buenos Aires a Montevideo.

Además, la historia une otras tramas como la del mismo autor y su periplo durante la investigación para el libro, o la organización en Chile para concretar el asesinato del general chileno Carlos Prats y quien fuera canciller del derrocado ex presidente Salvador Allende (1970-1973), Orlando Letelier.

Butazzoni insistió en que la narración de su premiado libro es «verdadera» y en la misma se muestran distintas crónicas de la época. «El público siempre va a estar ávido de historias interesantes y además que sean verdaderas lo cual no quiere decir que sean reales, pero sí verdaderas, que estén contadas con la verdad y me parece que es importante para difundir momentos de la historia de cualquier sociedad», reflexionó.

Se calcula que hubo unos 50.000 muertos, 30.000 desaparecidos y 400.000 presos en el marco de ese operativo militar, según cifras que no han podido ser corroboradas oficialmente. El artífice del Plan Cóndor fue el coronel chileno Manuel Contreras, fundador de la policía secreta DINA, a las órdenes del dictador Augusto Pinochet, que gobernó el país de 1973 a 1990.

Henry Kissinger, secretario de Estado (canciller) de Estados Unidos durante la presidencia de Richard Nixon (1969-1974), también ha sido señalado como el autor e ideólogo del Plan Cóndor. Sin embargo, para Butazzoni, el Plan Cóndor tuvo su génesis en Buenos Aires durante la tercera presidencia de Juan Domingo Perón (1973-1974).

Además, Butazzoni fue crítico con el rol que cumplió la Unión Soviética (URSS) con las ocho naciones que formaban parte de la operación militar. «La URSS jugó un papel muy vidrioso en todo ese asunto, en aquél momento tenía posturas muy contradictorias incluso entre sí, tenía una postura y luego tenía una postura contradictoria con eso, tenía intereses económicos muy fuertes que estaba intentando desarrollar al máximo», indicó.

El libro Las Cenizas del Cóndor fue publicado en 2014 por la editorial Planeta y se estima que se han vendido decenas de miles de ejemplares en países como Uruguay, Argentina, Chile, México y Cuba.

SOBRE LA FOTO DE PORTADA: La mujer que es empujada hacia el carro policial es Doris Meniconi Lorca, madre del detenido desaparecido Isidro Miguel Angel Pizarro Meniconi, que permanece en tal condición desde el día 19 de noviembre del año 1974. Ella falleció en mayo de 2005 sin abandonar nunca la búsqueda de su hijo.


Corte de Santiago aplica criterios de impunidad en fallo sobre 16 víctimas de Operación Colombo

Fuente :resumen.cl 1/12/2020

Categoría : Prensa

La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago redujo al máximo posible las condenas que había aplicado el fallo de primera instancia contra una centena de agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). En un veredicto insólito, la Corte reduce la cantidad de responsables a solo 34 agentes y les aplica penas irrisorias, en una auténtica burla a las víctimas y sus familias que por décadas han buscado los restos de sus familiares asesinados y algo de justicia.

El veredicto de mayo de 2017, dictado por el Ministro especial para causas de Derechos Humanos, Hernán Crisosto Greisse, condenó a 106 agentes de la disuelta DINA por su responsabilidad en la desaparición de 16 prisioneros políticos secuestrados por ese organismo criminal; 14 de las víctimas que fueron incluidas en la fatídica lista de la denominada Operación Colombo. En el fallo de primera instancia fueron sancionados los delitos de secuestro calificado de Francisco Eduardo Aedo Carrasco, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Jaime Mauricio Buzio Lorca, Mario Eduardo Calderón Tapia, Cecilia Gabriela Castro Salvadores, Juan Carlos Rodríguez Araya, Rodolfo Alejandro Espejo Gómez, Albano Agustín Fiorasso Chau, Gregorio Antonio Gaete Farías, Mauricio Edmundo Jorquera Encina, Isidro Miguel Ángel Pizarro Meniconi, Marcos Esteban Quiñones Lembach, Sergio Alfonso Reyes Navarrete, Jilberto Patricio Urbina Chamorro e Ida Amelia Vera Almarza.

Sin embargo, en fallo dividido (causa rol 1.500-2017), la Octava Sala del tribunal de alzada capitalino -integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera Muñoz, Mireya López Miranda y el abogado (i) Jaime Guerrero Pavez – rebajó a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, las condenas  a los ex oficiales del Ejército  César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko. En su oportunidad, el ministro Hernán Crisosto había sentenciado a estos criminales a 20 años de cárcel por su responsabilidad como autores de los secuestros de las 16 víctimas.

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Por otro lado, los ex oficiales del Ejército Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, los ex oficiales de carabineros Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, y los agentes Rosa Humilde Ramos Hernández, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Nelson Alberto Paz Bustamante, José Alfonso Ojeda Obando, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Enrique Fuentes Torres, Pedro René Alfaro Fernández, Hiro Álvarez Vega, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Daniel Valentín Cancino Varas, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Osvaldo Enrique Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara y Olegario Enrique González Moreno fueron sentenciados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena. En primera instancia, todos estos inculpados habían sido condenados a 13 años de presidio por su responsabilidad como autores de los delitos.

Finalmente, de una condena inicial de 6 años, los ex agentes Heriberto del Carmen Acevedo Gallardo y Jaime Alfonso Fernández Garrido fueron sentenciados a 541 días de presidio con el beneficio de la remisión condicional. A juicio de los integrantes de esta Corte, todos los demás inculpados condenados (60) fueron declarados absueltos; los 12 restantes condenados fallecieron durante la larga tramitación de la causa.

El fallo dividido se produce porque la resolución de la Octava Sala fue acordada en lo penal con el voto en contra del abogado integrante Guerrero Pavez, quien no estuvo de acuerdo en aplicar los criterios de media prescripción y la prescripción gradual de la pena, que son los artilugios recurrentemente utilizados por Juan Mera para aplicar beneficios e impunidad a los criminales de causas derechos humanos. Además, el mismo ministro Mera estuvo por revocar en lo civil y rechazar el fallo de primera instancia que aceptaba las demandas patrimoniales interpuestas por los querellantes.


Fueron acusados de participar en la Operación Colombo Chile condena a 59 exagentes del principal órgano represor de la dictadura de Pinochet

Fuente :pagina12.com.ar 6/3/2023

Categoría : Prensa

La Operación Colombo intentó simular la muerte de 119 personas en supuestos combates internos entre militantes de organizaciones de izquierda.

La Corte Suprema de Chile condenó a la cárcel a 59 responsables y agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), principal institución represora durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990). La justicia los condenó por participar en el secuestro y tortura de 16 militantes de la izquierda en 1974  en un operativo militar conocido como Operación Colombo

El fallo de la justicia chilena publicado por la Segunda Sala Penal del máximo tribunal de justicia revoca una sentencia previa hecha por la Corte de Apelaciones en la que absolvía a una parte de los acusados y a otros les dio penas bajas y sin cárcel.

 

Crímenes de la última dictadura militar

Los exjefes y oficiales de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann, condenados como autores de los delitos de secuestro calificado fueron sentenciados a 15 años y un día de prisión.

 

Con esta sentencia, Miguel Krassnoff, acumula más de 100 años de condena por participar en múltiples causas de crímenes de lesa humanidad que tuvieron lugar durante el último régimen militar.

El tribunal además le dio 10 años y un día de prisión a 51 exagentes que habían sido absueltos por la Corte de Apelaciones de Santiago a pesar de haber sido condenados en primera instancia como autores y cómplices de la Operación Colombo.

La resolución del máximo tribunal es "trascendente en la historia judicial chilena (ya que) restituyó el sentido de justicia para crímenes de esta naturaleza, que habían quedado literalmente una situación de impunidad inaceptable", explicó a la prensa local el abogado de los querellantes, Nelson Caucoto.
 

Qué fue la Operación Colombo

"El máximo tribunal desechó una vez más la media prescripción y los recursos de la defensa de los condenados, y acogió los recursos de los querellantes … se trata de un fallo moderno basado en el derecho internacional y en la legislación interna", agregó el abogado.

"Es indudable que la justicia opera en este caso como una sanación para tantos familiares de víctimas que aún sobreviven y es una pena que otros no hayan alcanzo a ver este final”, apostilló.

La Operación Colombo fue un operativo de inteligencia y montaje comunicacional diseñado por la DINA que intentó simular la muerte de 119 personas en supuestos combates internos entre militantes de organizaciones de izquierda como el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

Todas las víctimas habían sido secuestradas por el organismo represor y luego fueron sometidas a desaparición forzada. El proceso judicial investigó el paradero de 16 de esas 119 víctimas, entre ellas Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro


Corte Suprema manda a la cárcel a 59 ex agentes DINA por la Operación Colombo

Fuente :radio.uchile.cl, 3 de Marzo 2023

Categoría : Prensa

La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile.

La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema revocó sentencia que había absuelto a más de 60 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y los condenó como responsables de la desaparición de 16 militantes de izquierda, mayoritariamente del MIR, en el proceso conocido como Operación Colombo, y que en este caso fue perpetrado entre el 17 de junio de 1974 y 6 de enero de 1975 durante la dictadura de Augusto Pinochet.

El fallo fue emitido por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y Diego Simpertigue, y revocaron la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y condenaron a los ex jefes y oficiales de la DINA César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo como autores de los delitos de secuestro calificado de las víctimas.

Del mismo modo, el tribunal condenó a 53 ex agentes a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autores del mismo delito, quienes habían sido absueltos anteriormente por el tribunal de alzada capitalino, a pesar de haber estado condenados en primera instancia como cómplices y autores. Además, esta vez todos deberán ingresar a la cárcel, encontrándose alguno de ellos ya en prisión por otros delitos de lesa humanidad.

Se trata de los ex agentes DINA Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic, Rosa Humilde Ramos Hernández, Nelson Alberto Paz Bustamante, Jose Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Manuel Heriberto Avendaño Gonzalez, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Daniel Alberto Galaz Orellana, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Leoncio Enrique Velásquez Guala, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo Del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Diaz, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Evangelista Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael De Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara, Olegario Enrique González Moreno, Werner Zanghellini, Hector Flores Vergara.

Jaime Alfonso Fernández Garrido, recibió una condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de secuestro calificado de Ida Vera Almarza. Mientras que Samuel Fuenzalida Devia fue condenado a 541 y un día por el mismo delito, mas no cumplirá tiempo en la cárcel.

Se trata de un proceso extenso que tuvo su primera sentencia de primera instancia en 2017 a manos del ministro Hernán Crisosto Greisse. En el transcurso de la investigación han fallecido algunos agentes como Basclay Zapata, Ciro Torré, Manzo Duran, Ricardo Lawrence, entre otros.

Para Nelson Caucoto, abogado querellante, representante de 13 de las 16 víctimas, este es “un fallo trascendente en la historia judicial chilena, puesto que la Corte Suprema ha restituido el sentido de justicia para crímenes de esta naturaleza, los que habían quedado literalmente en una .situación de impunidad inaceptables. El máximo tribunal ha desechado una vez más la media prescripción y los recursos de la defensa de los condenados, y ha acogido los recursos de los querellantes”, señaló.

Caucoto agrega que “se trata de un fallo moderno basado en el derecho internacional y en la legislación interna. Es indudable que la justicia opera en este caso como una sanación para tantos familiares de víctimas que aún sobreviven y es una pena que otros no hayan alcanzo a ver este final”.

La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile por la DINA, las que habrían perecido luego de enfrentarse entre ellos.

Este proceso investigó la suerte de 16 de esas 119 víctimas. Se trata de Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro.