Pinto Arroyo Edras de las Mercedes


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Rut : 2.471.076-9

Fecha Detención : 20-12-1976
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 04-02-1928 Edad : 48

Lugar Nacimiento : Recoleta – Santiago

Actividad Política : Partido Comunista (PC)
Actividad : Chofer

Estado Civil e Hijos : Casado, 8 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 2.471.070

F.Nacim. : 04-02-28; 48 años a la fecha de su detención

Domicilio : Pasaje 10 Norte N°3912, Sector A, La Cisterna, Santiago

E.Civil  : Casado, 8 hijos

Actividad : Chofer

C.Repres. : Ex funcionario de la Cámara de Diputados. Ex secretario particular de dos diputados del  Partido Comunista. Militante del Partido Comunista

F.Detenc. : 20 de diciembre de 1976

SITUACION REPRESIVA

 

            Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, 48 años, casado, ocho hijos, chofer, ex funcionario de la Cámara de Diputados, militante comunista, fue detenido por dos civiles el 20 de diciembre de 1976, en casa de su madre y en presencia de ella.

 

            Entre el 29 de noviembre y el 20 de diciembre de 1976, fueron detenidas trece personas: once pertenecientes al Partido Comunista -algunos de ellos miembros de su Comité Central- y dos al Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). Los procedimientos que se utilizaron para detenerlos guardan semejanzas entre sí, particularmente en el hecho de que sus arrestos se realizaron en la vía pública, salvo en un caso, y destacándose que el grueso de las detenciones se verificaron el día 15 de diciembre de 1976, afectando en ese sólo día a siete personas. Y la otra nota común en sus situaciones, fue aquella que proporcionó oficialmente el gobierno militar, en el sentido que prácticamente todos registraban salida de Chile a Argentina, entre fines de diciembre de 1976 o a principios de enero de 1977. Información que judicialmente quedó demostrada su falsedad.

            La otra característica común a todas estas personas es que hasta la fecha se encuentran desaparecidas.

            Se trata de: Santiago Edmundo Araya Cabrera, detenido el 29 de noviembre de 1976; Armando Portilla, detenido el 9 de diciembre de 1976; Fernando Alfredo Navarro Allende, detenido el 13 de Diciembre de 1976; Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Luis Segundo Lazo Santander, Juan Fernando Ortiz Letelier, Reinalda del Carmen Pereira Plaza, Waldo Ulises Pizarro Molina y Héctor Véliz Ramírez, todos ellos detenidos el 15 de diciembre de 1976; Lizandro Tucapel Cruz Díaz, Carlos Patricio Durán González, ambos detenidos el 18 de diciembre de 1976; y Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, detenido el 20 de diciembre de 1976.

            Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, tenía por costumbre visitar todos los días lunes a su madre, doña Audomira Arroyo Quiroz, anciana de 82 años de edad. Fue así como el lunes 20 de diciembre de 1976 por la mañana llegó hasta la casa de ella, ubicada en calle Patricio Lynch N°10030, y a eso de las 10:30 horas, cuando se disponían a tomar desayuno, dos individuos que penetraron en la vivienda tomaron a viva fuerza por la espalda a Edras de las Mercedes, reduciéndolo, para luego sacarlo de allí hasta las afueras, donde fue introducido a una camioneta que estaba estacionada en dirección contraria al sentido del tránsito en la calle Patricio Lynch. Todo esto se hizo en presencia de la anciana madre del afectado.

            La detención también fue presenciada por una cuñada de Edras de las Mercedes, que vio cuando fue sacado por los sujetos e introducido a la camioneta de color blanco, que en seguida partió en dirección a calle Mapocho. Ella era Francisca Barraza Barraza, quien en esos momentos regresaba de hacer compras a su hogar que está en la misma calle Patricio Lynch, casa por medio, de la madre del afectado, donde se practicó la detención. Por otra parte, el gobierno chileno informó en el proceso criminal rol 2-77, que llevaba un Ministro en Visita Extraordinaria que más adelante se menciona, que Edras Pinto Arroyo había salido de Chile con destino a Argentina por el paso Los Libertadores el 6 de enero de 1977. Así, en la documentación que se agregó al proceso sobre el particular, denominada "Hoja de Ruta", figuraba el nombre del afectado indicándose que salió del país con esa fecha, con destino a Mendoza y que lo hizo en automóvil "año 19", "patente M-124961", y en la misma hoja de ruta se menciona a otras nueve personas con las mismas indicaciones, esto es, que un total de 10 personas habrían cruzado la frontera en un sólo vehículo, cual sería el patente M-124961.

            En tanto, la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior argentino, informó que el afectado ingresó el 6 de enero de 1977 a Argentina en el vehículo patente chilena HG-19, en compañía de Horacio Cepeda, Luis Lazo y Héctor Véliz, quienes a la fecha también se encontraban en calidad de detenidos desaparecidos. (ver sus casos).

            Respecto a la patente chilena HG-19, se logró comprobar que no había sido vendida por la Municipalidad de Santiago a la que fue asignada y, lo que es más, que había sido, por lo mismo, anulada.

            Con estos antecedentes, y otras pruebas, en particular pericias caligráficas, se llegó a determinar por el Ministro Carlos Cerda en el proceso rol 2-77 que la hoja de ruta en que se nombraba a Edras Pinto fue falsificada, lo que implicó la encargatoria de reo por tal delito del funcionario de Investigaciones Jorge Alberto Mondaca González, a la que se agregaba otra encargatoria de reo por el delito de ilegítima privación de libertad de Edras Pinto Arroyo. Cabe tener presente que en la hoja de vida de ese funcionario Mondaca, no figura que haya prestado servicios en el paso fronterizo en la fecha en que se indicó que el afectado salió del país, esto es, el 6 de enero de 1977.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            Con fecha 21 de diciembre de 1976, doña Orfilia Silva Corrales, cónyuge del afectado, recurrió de amparo en favor de éste ante la Corte de Apelaciones de Santiago señalando cómo habían ocurrido los hechos que concluyeron con la privación de libertad de su esposo; además, hizo presente que él sufría desde bastante tiempo de una afección a la piel, que últimamente se le diagnosticó por el médico como cáncer y que estaba en tratamiento médico. En el recurso pidió se requiriera informe al Ministerio del Interior y a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), petición ésta última que nunca fue concedida. En tanto, el Ministerio del Interior transcurridos más de veinte días de interpuesto el recurso, informó que "no se encuentra detenido por orden de este Ministerio". Nuevamente, a raíz de una determinación de esa Corte, en el sentido de que esa Cartera de Estado informara sobre si el afectado se encuentra detenido por orden de algún organismo público, dicho Ministerio se limitó a reiterar que no se encontraba detenido por orden suya.

            Atendido el tenor de esa última respuesta del Ministerio del Interior, el Ministro Paillás fue de la opinión "que se oficiara nuevamente al señor Ministro del Interior para que respondiera en su integridad a lo consultado por esta Corte". Pero, por el voto de mayoría de los Ministros Hernán Cereceda y Efrén Araya, el recurso fue rechazado, determinándose que los antecedentes pasaran al Juzgado del Crimen, para que se investigara el posible delito que puede existir en la desaparición del amparado.

            En la Corte Suprema, tramitándose la apelación respecto del fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago, aquel Tribunal, con el voto en contra del Ministro Marcos Aburto y del abogado integrante Raúl Rencoret, decretó que informaran los Servicios de Inteligencia del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones si el amparado Edras Pinto fue detenido o se encuentra detenido por personal dependiente de cada una de esas reparticiones.

            Los únicos servicios que informaron directamente a la Corte Suprema fueron los de la Fuerza Aérea e Investigaciones, ambos en términos negativos, destacándose, eso sí, en el caso de Investigaciones, que esta repartición nada dijo sobre el hecho de que el afectado habría salido del país el 6 de enero de 1977. La Policía de Investigaciones contaba con esa información pues su informe a la Corte Suprema fue evacuado el 29 de marzo de 1977.

            Los otros servicios no informaron directamente a la Corte Suprema, sino que lo hicieron a través del Ministerio del Interior, Cartera de Estado que transmitió los respectivos informes al Tribunal, los que también fueron negativos, haciendo siempre hincapié el Ministro del Interior, Raúl Benavides Escobar, General de División del Ejército de Chile, que el amparado figuraba con salida del país en enero de 1977.

            En relación al Servicio de Inteligencia de la Armada, con mayor retraso también el Ministro del Interior fue el que informó por ese servicio.

            Así, la Corte Suprema confirmó el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el amparo rol 1086-76.

            Luego que los respectivos recursos de amparo fueran rechazados, familiares de las víctimas solicitaron a la Excma. Corte Suprema la designación de un Ministro en Visita para que se abocara al conocimiento de los 13 desaparecidos ya nombrados. El Tribunal accedió a lo solicitado, pero limitando el ámbito de investigación a sólo 8 de los casos; al poco tiempo de iniciada la investigación se incluyeron dos más. Entre estos ocho primeros se encontraba el caso de Edras de las Mercedes Pinto Arroyo.

            La tramitación de esta causa duró cerca de 13 años y se acumularon en ella 21 tomos con más de 9.000 fojas, y la investigación estuvo a cargo de distintos Ministros.

            El máximo Tribunal de la República ordena a la Corte de Apelaciones de Santiago que efectúe tal designación, la que recayó en el Ministro Sr. Guastavino, quien luego de requerir informe al Ministerio del Interior -quien informó que los afectados habían hecho abandono del país por un paso cordillerano, hacia la República Argentina- sobreseyó la causa. Dicha resolución fue revocada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al igual que en la segunda oportunidad en que se decretó un nuevo cierre del sumario. Posteriormente, el Ministro Carlos Letelier Bobadilla, vino a subrogar al Ministro Guastavino, cerrando el sumario en agosto de 1978, "no pudiendo adelantarse en la investigación".

            Dicha resolución fue impugnada por los abogados que hicieron ver al Ministro que sí podía adelantar en la investigación, por existir diligencias pendientes solicitadas y porque del estado del proceso surgirían otras por disponer. Fue así como el Ministro Letelier dejó sin efecto su propia resolución, decretando diligencias.

            Más adelante, reasumiendo sus funciones el Ministro Guastavino, decretó sobreseimiento definitivo por aplicación del D.L. 2191 en diciembre de 1980. La Corte de Apelaciones, esta vez, revocó la resolución de cierre del sumario, y el propio Ministro en Visita dejó sin efecto el sobreseimiento decretado, por haberse omitido una formalidad legal. De esta manera continuó la tramitación. Ya en el año 1983 se hizo cargo de continuar la investigación por el "proceso de los trece", el Ministro señor Carlos Cerda Fernández, quien dictó cientos de diligencias, consistentes en citaciones de personas, reconocimientos de lugares y de personas, peritajes, revisión de expedientes criminales, despacho de Oficios recabando informes a servicios del Estado, a ramas de las Fuerzas Armadas, instituciones particulares y otras de vital importancia.

            En suma recibió cerca de 200 testimonios de testigos presenciales de las detenciones de los afectados y de su reclusión en recintos clandestinos. Entre estos testimonios también se contaron los de miembros de las Fuerzas Armadas, que participaron en Servicios de Inteligencia, como asimismo de funcionarios de Carabineros y de Investigaciones, y de algunos civiles que colaboraron con los servicios de seguridad, como es el caso de Otto Trujillo y de Miguel Estay Reyno (El Fanta).

            En esta etapa se contó con la declaración del soldado primero de la Fuerza Aérea de Chile, Andrés Valenzuela Morales, que en 1984 desertó de esta Institución, quien mediante su declaración dio cuenta y datos que, a mediados de la década del 70, comenzó a operar un llamado "Comando Conjunto" o"Comando Conjunto Antisubversivo", integrado por miembros de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden, más algunos civiles que pertenecieron a partidos de izquierda y que luego de ser detenidos por los servicios de inteligencia, sometidos a presiones y/o extorsiones, se transformaron en colaboradores.

            En este grado de investigación, el Ministro Carlos Cerda llegó a establecer datos valiosos y esclarecedores respecto de otros casos de violaciones de derechos humanos, algunos de ellos de desaparecimiento de personas, disponiendo incluso la remisión de algunas piezas del "proceso de los trece" a otros Tribunales que conocían de causas criminales por ellos.

            El Ministro Carlos Cerda dictó durante la tramitación que a él le tocó sustanciar 43 encargatorias de reos; en septiembre de 1983, a dos funcionarios de Investigaciones por los delitos de falsificación de instrumento público, constituido por la hoja de ruta que daba cuenta de la salida del país y de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira Plaza y de Edras Pinto Arroyo; y, en septiembre de 1985, a Miguel Estay Reyno (El Fanta), como cómplice en los delitos de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira Plaza y Edras Pinto Arroyo.

            El 14 de Agosto de 1986 el Ministro dicta 40 encargatorias de reo por igual número de personas, entre las que se encuentra el ex miembro de la Junta Militar, General del Aire Gustavo Leigh, otros Generales, Oficiales y Suboficiales de Carabineros, Fuerza Aérea y Marina de Chile, detectives de la Policía de Investigaciones y de algunos civiles. Los uniformados eran algunos de servicio activo y otros en retiro a esa fecha.

            Cuatro de estos 40 reos presentaron queja por no aplicación de ley de amnistía y la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 10 de septiembre de 1986, deja sin efecto las encargatorias de reo, no sólo de los cuatro reos que apelaron sino que incluye por Oficio a los otros 36 reos. Este fallo fue confirmado por la Corte Suprema el 6 de Octubre del mismo año.

            Ante tal resolución, el Ministro Cerda resolvió suspender su cumplimiento y representar a la Corte Suprema un escrito fundamentando las razones de su determinación. Enterada de esta situación la Corte Suprema, en Pleno del 8 de octubre de 1986, resolvió aplicar medida disciplinaria de suspensión del cargo por 2 meses, con goce de media remuneración, al Ministro Carlos Cerda Figueroa.

            Se nombró como suplente al juez Manuel Silva Ibáñez quien, el 23 de Octubre de 1986 aplicando el D.L. de amnistía, sobreseyó definitivamente el proceso Rol 2-77.

            Los familiares de las víctimas apelaron y la Corte de Apelaciones el 10 de Junio de 1987 confirmó el fallo del juez Silva. Ante esta situación se presentaron recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema, Tribunal que en sentencia del 11 de agosto de 1989 confirmó el sobreseimiento definitivo por amnistía de la causa Rol 2-77, que investigaba la suerte corrida tras la detención de Edras de las Mercedes Pinto Arroyo.

            Para mejores antecedentes del proceso Rol 2-77 que investiga la suerte de detenidos desaparecidos del año 1976, ver ficha de Reinalda del Carmen Pereira Plaza, detenida el 15 de diciembre de 1976.


Gobierno pide investigar remoción de restos en Cuesta Barriga

Fuente :PRIMERA LÍNEA – 18 de octubre 2001

Categoría : Prensa

Cumpliendo con el compromiso verbal asumido con los familiares de las víctimas de Cuesta Barriga, el gobierno, a través del Programa de Derechos Humanos, solicitó al ministro Héctor Carreño que instruya sumario en el caso de la desaparición de trece dirigentes comunistas en 1976 e investigue los antecedentes que demostrarían que hubo remoción de restos en ese lugar.

Si es acogida la solicitud del Programa, se abrirá un nuevo frente de investigación, pues el mandato que otorgó la Corte Suprema a Héctor Carreño y Amanda Valdovinos -a cargo de la búsqueda de veinte cuerpos en el Fuerte Arteaga- fue sumamente restrictivo desde el minuto que los designó como jueces especiales, pues sólo les comisionó confirmar la veracidad de la información de la Mesa de Diálogo y encontrar los cuerpos que estarían en esas coordenadas, pero nada les dijo sobre esclarecer las circunstancias de las desapariciones investigadas.

Así, a diez meses de esta resolución, sólo ha habido avances en materia de hallazgo de osamentas. De hecho, desde que el 9 de enero comenzó la investigación en el socavón de la mina Los Bronces, ubicada en el kilómetro 12 de la Cuesta Barriga, el proceso se ha visto enturbiado por las limitaciones impuestas por el máximo tribunal.

De acuerdo a los familiares de las víctimas de Cuesta Barriga no se puede pretender encontrar cuerpos, identificarlos y luego dejar el caso botado. Aseguran que todo juez debe tener como principal misión la verdad y la justicia y, en ese plano, determinar quiénes fueron los culpables de los crímenes de 1976 y quiénes removieron sus cuerpos. Por ello, anticipan que si falla la presentación del Programa presentarán querellas para determinar la remoción de restos de sus parientes, la que aseguran se efectuó, con 90 por ciento de certeza, en 1987.

La remoción de 1987
Una pieza fundamental para investigar la remoción de restos será la información proporcionada por dos testigos a Investigaciones y el mismo tribunal, que declararon que en 1987 camiones del Ejército recorrieron la zona y realizaron operativos, trasladando bultos.

Esta tesis cobra fuerza, porque los peritajes de los expertos del Servicio Médico Legal han determinado que los cuerpos fueron exhumados entre cinco a diez años después de su entierro, lo que queda en evidencia porque los restos que permanecieron en la mina corresponden a aquellos que caen libremente al moverse y no presentan las fracturas propias de un cadáver que no está en avanzado proceso de descomposición.

Si a ello se suma que el propio ex almirante Jorge Arancibia, cuando se desempeñaba como comandante en jefe de la Armada confirmó que la información de restos en Cuesta Barriga fue entregada por su institución, las posibilidades que el juez Carreño inicie una investigación en esa área pone como principales inculpados -nuevamente- a miembros de las Fuerzas Armadas.
Para los familiares de las víctimas estos antecedentes son tan contundentes que ameritan solicitar al Ejército que informe sobre estos trabajos y rompa -parcialmente- el secreto que ofreció la Mesa de Diálogo a las personas que entregaron estos datos, pues en su opinión tendrían alguna participación en el delito de exhumación y remoción de cuerpos.

Entre los familiares existe la creencia que la totalidad de los restos de sus padres y hermanos jamás serán encontrados, pues señalan que luego de remover los restos la práctica habitual fue dinamitarlos o destruirlos y, muy difícilmente se realizaron en ese período operativos para lanzar cuerpos al mar.

Lenta identificación
Mientras los familiares de los desaparecidos aguardan con ilusión el resultado de la diligencia solicitada por el Programa, el Servicio Médico Legal comenzó la larga tarea de establecer la identidad de las osamentas, que de acuerdo al organismo corresponderían al menos a diez personas.

Las 200 piezas encontradas sólo han permitido a la fecha tener certeza de la identidad de dos personas: Horacio Cepeda y Fernando Ortiz, gracias a la comparación de las piezas dentales con radiografías que guardaban sus familiares, aunque sus restos deberán ser evaluados como todos los demás con pruebas de ADN, investigación que se extenderá al menos por un año. Ello, pese a que los familiares esperan que el trámite sea más corto de lo previsto, considerando que se chequearon grupos de osamentas comunes para facilitar los peritajes.
El informe de la mesa de diálogo sólo consigna que en la Cuesta estarían los cuerpos de Lincoyán Yalu Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Luis Segundo Lazo Santander, Luis Segundo Fernando Alfredo Navarro Allendes, Juan Fernando Ortíz Letelier y Héctor Véliz Ramírez, todos ellos detenidos el 13 de diciembre de 1976.

Pero las agrupaciones de derechos humanos y el Informe de la Comisión Rettig suman los nombres de Santiago Edmundo Araya Cabrera (detenido el 29 de noviembre de 1976), Armando Portilla (detenido el 9 de diciembre de 1976), Reinalda del Carmen Pereira Plaza y Waldo Ulises Pizarro Molina, detenidos en el operativo del 13 de diciembre de 1976; Lizandro Tucapel Cruz Díaz y Carlos Patricio Durán González, ambos apresados el 18 de diciembre de 1976; y Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, arrestado el 20 de diciembre de 1976.

A la fecha los informes forenses han establecido "acercamientos" a las identidades de Héctor Véliz, Alfredo Navarro, Luis Lazo y Lincoyán Berríos, pues sus antecedentes médicos presentan importantes correspondencias con las piezas óseas periciadas en el Servicio Médico Legal. También se menciona a Lizandro Cruz y Carlos Durán que se encuentran entre las víctimas del Partido Comunista


Comando conjunto y caso de los trece

Fuente :PRIMERA LÍNEA – 18 de octubre 2001

Categoría : Prensa

Entre noviembre y diciembre de 1976 se produjo una verdadera redada del Comando Conjunto sobre altos dirigentes de izquierda. Luego de su muerte a manos de los efectivos de esa unidad, los cuerpos de estas trece personas detenidas fueron arrojados a un socavón de difícil acceso en la Cuesta Barriga y, más tarde, removidos sin que existan antecedentes de su paradero final.

En materia judicial, el caso de los once dirigentes comunistas y dos integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) dan luces sobre el modo de actuar del grupo operativo paralelo a la DINA, el Comando Conjunto que agrupo a representantes de las diferentes ramas de las Fuerzas Armadas.

Incluso, el Ministerio del Interior de Argentina confirmó que cuatro chilenos – Luis Lazo, Héctor Véliz, Horacio Cepeda y Edras Pinto- ingresaron a su territorio el 6 de enero de 1977, en un vehículo con patente chilena HG-19. Curiosamente los tribunales chilenos, en los que se había presentado una denuncia por presunta desgracia señalaban que Véliz no registraba salida del país y se citaba un informe del régimen militar.

Después de una serie de tentativas judiciales en que los familiares solicitaron ministros en visita, la causa quedó en manos del magistrado Guestavino pero con limitaciones: se indagarían ocho casos y no trece. La tramitación de esta causa duró cerca de 13 años y se acumularon en ella 21 tomos con más de nueve mil fojas. Durante ese período no sólo Guestavino conoció el proceso sino también Carlos Letelier Bobadilla, quien en agosto de 1978 cerró el sumario que reabrió a los pocos meses.

Reasumió entonces Guestavino, quien decretó el sobreseimiento definitivo por aplicación del D.L. 2191 en diciembre de 1980. En un hecho inédito durante este período, la Corte de Apelaciones revocó el cierre del sumario, y el propio ministro en Visita dejó sin efecto el sobreseimiento decretado, por haberse omitido una formalidad legal.

Así en 1983 el proceso recayó en manos del actual ministro de la Corte de Apelaciones capitalina Carlos Cerda Fernández, quien dictó cientos de diligencias, consistentes en citaciones, reconocimientos de lugares y de personas, peritajes, revisión de expedientes criminales, despacho de Oficios recabando informes a servicios del Estado, a ramas de las Fuerzas Armadas, instituciones particulares y otras de vital importancia.

En total sumó cerca de 200 testimonios, entre ellos destaca las declaraciones de miembros de las Fuerzas Armadas que participaron en Servicios de Inteligencia, como asimismo de funcionarios de Carabineros y de Investigaciones, y de algunos civiles que colaboraron con los servicios de seguridad, como es el caso de Otto Trujillo y de Miguel Estay Reyno (El Fanta).

En esta etapa se contó con la declaración del soldado primero de la Fuerza Aérea de Chile, Andrés Valenzuela Morales, que en 1984 desertó de esta institución y dio cuenta que a "mediados de la década del 70, comenzó a operar un llamado Comando Conjunto o Comando Conjunto Antisubversivo, integrado por miembros de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden, más algunos civiles que pertenecieron a partidos de izquierda y luego de ser detenidos por los servicios de inteligencia, sometidos a presiones y/o extorsiones, se transformaron en colaboradores".

En este grado de investigación, el ministro Carlos Cerda llegó a establecer datos esclarecedores respecto de otros casos de violaciones de derechos humanos, disponiendo incluso la remisión de algunas piezas del "proceso de los trece" a otros tribunales que conocían de causas criminales por ellos.

Pero fue el 14 de agosto de 1986 cuando el magistrado asestó su golpe más fuerte, cuando dictó 40 procesamientos por igual número de personas, entre los que se encuentra el ex integrante de la Junta Militar, General del Aire Gustavo Leigh, otros generales, oficiales y suboficiales de Carabineros, Fuerza Aérea y Marina de Chile, detectives de Investigaciones y de algunos civiles. Los uniformados eran algunos en servicio activo y otros en retiro a esa fecha.

Cuatro de éstos presentaron un recurso de queja por no aplicar la Ley de Amnistía y la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 10 de septiembre de 1986, deja sin efecto las encargatorias de reo no sólo de los cuatro oficiales, sino que mediante oficios de la totalidad de los procesados.

Como consecuencia directa de estos encausamientos, el ministro Cerda fue amonestado por el pleno de la Corte Suprema que determinó su suspensión por dos meses del poder judicial.
Desde esa época, las causas del Comando Conjunto se encuentran dispersas en distintos juzgados del crimen y una de ellas, el caso de los trece, es manejada por el ministro Héctor Carreño. Los familiares de las víctimas confían en que por primera vez se acercarán a la verdad y a la justicia, y sostienen que hoy más que nunca merecen saber quiénes detuvieron a sus familiares y quiénes removieron años después sus cuerpos.


Caso Calle Conferencia: Justicia 42 años después

Fuente :radio.uchile.cl 4/12/2018

Categoría : Prensa

53 ex agentes de la DINA fueron condenados por el exterminio de la dirigencia del Partido Comunista entre 1976 y 1977. En conversación con Radio Universidad de Chile, los familiares recuerdan los detalles de esta investigación y las heridas que “aún no sanan”. A más de cuatro décadas de espera, cercanos a las víctimas relatan que muchas sucumbieron esperando alguna sentencia y sus paraderos.

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, condenó recientemente a 53 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos consumados de secuestros y homicidio de dirigentes del Partido Comunista, detenidos en el contexto del denominado caso “Calle Conferencia 1”.

La principal condena recayó sobre el otrora Jefe operativo de la DINA, Ricardo Lawrence Mires, quien fue condenado por 20 años de presidio como autor de ocho delitos de secuestro calificado, y 15 años de cárcel como coautor del homicidio de Víctor Díaz López.

Lo sigue el ex-agente Carlos López Tapia, sentenciado a 20 años, al igual que el ex brigadier de Ejercito, Miguel Krassnoff Martchenko, quien acumula más de 700 años de cárcel por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico militar.

Pese a los avances en la investigación y posteriores condenas, Álvaro Muñoz, hijo del desaparecido Onofre Jorge Muñoz, indicó que, a 42 años de los hechos, aún no se sabe completamente lo que sucedió, a partir del ocultamiento de información y falsos antecedentes declarados por los militares y civiles involucrados.

El también hijo de la fallecida dirigenta del Partido Comunista, Gladys Marín, recordó la difícil situación de muchos familiares de las víctimas que sucumbieron esperando alguna sentencia condenatoria.

“Algunas de ellas yo las conocía porque eran los tíos que frecuentaban la casa. Además, a través de esta entrevista quiero recordar a mi abuelo, Jorge Muñoz Contreras, padre de Jorge, que murió el año 1987 sin saber qué pasó con su hijo. Mi abuela, con quien yo me crie, y que rezó hasta su último día por saber lo que ocurrió y quien murió el año 1999. Lo mismo pasó con mi hermana, quien también falleció sin saber el paradero de sus familiares. Al igual que tantas personas que ya no están, y que no pudieron saber lo que realmente sucedió. Yo creo que este es un acto de justicia que se merecen ellos y tantos luchadores sociales que fueron asesinados y hechos desaparecer”, afirmó.

Los hechos se remontan a 1976, donde integrantes de la DINA tomaron detenidos a los miembros de la familia que vivía en el número 1587 de la Calle Conferencia, en una acción conocida como “ratonera”. Después de interrogatorios y torturas, fueron obligados a volver a su casa y aparentar una vida normal, bajo estrecha vigilancia de los agentes, para ayudar en la detención de miembros y dirigentes del PC, que allí se reunían clandestinamente.

Además de Onofre Muñoz, entre las víctimas se encuentra el otrora secretario general del Partido Comunista, Víctor Díaz López, padre de Viviana Díaz, fundadora de la Agrupación de Familiares de Detenidos desaparecidos,

También se hizo desaparecer a Mario Zamorano Donoso, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Donato Avendaño, Elisa Escobar Cepeda, Lenin Díaz Silva y Eliana Espinoza Fernández.

Alexis Zamorano, sobrino de Mario Zamorano Donoso, precisó que, a pesar de valorar la resolución judicial, las heridas aún no sanan, debido principalmente al desconocimiento del paradero de las víctimas.

“No podemos cerrar el ciclo, es decir, es distinto con aquellos compañeros que aparece su cuerpo, y que la familia, independiente del dolor y trauma de saber cómo lo mataron y cuanta tortura le hicieron, acá no hay duelo, esa parte no está cerrada, la herida sigue abierta. Esto lo podrá mitigar un poco el tiempo, pero ¿dónde cresta voy a dejar una flor?, el Ejército dijo hace un tiempo que los habían tirado al mar, sin embargo, algunos se encontraron sepultados en dependencias militares. La Justicia tardó, pero se sabía que en ese tiempo los jueces estaban comprados por la dictadura, igual algo se ha avanzado”, argumento.

Según estableció la investigación, la mayoría de las víctimas del caso Calle Conferencia, fueron detenidas y trasladadas a Villa Grimaldi, para ser interrogadas y torturadas en razón de su militancia política, con el fin de obtener información sobre sus actividades de partido y, en especial, la identificación posterior de otros integrantes del PC.

Lorena Díaz Ramírez, hija del desaparecido economista y militante de la colectividad, Lenin Díaz Silva, indicó que el fallo es considerado como un logro, sin embargo, aseveró que se trata de condenas de baja pena en comparación con la magnitud de los delitos cometidos.

“Son sentimientos encontrado porque la Justicia cuando tarda tanto, también duele y se hace lejana. Además, esta sentencia no se hace cargo de determinar o establecer en qué circunstancias murieron nuestros familiares. Parte de la reparación, verdad, justicia y el nunca más, tiene que ver con eso, el país tiene derecho a saber toda la verdad por muy doloroso que sea, y caminar por las calles y encontrarte con un asesino libre”, subrayó.

En el expediente, se constata que muchas de estas personas opositoras al régimen, fueron colocadas en bolsas de polietileno, que amarraron con alambres en torno a su cintura, atándolo a un trozo de riel para eventualmente ser lanzados al mar.

Durante la dictadura de Augusto Pinochet, según cifras oficiales, unos 3 mil 200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado, de los cuales mil 192 figuran aún como detenidos desaparecidos, mientras otros 33 mil fueron torturados y encarcelados por causas políticas.