Comisaría de Carabineros N° 1 Los Angeles


Ubicación:Avda Ricardo Vicuña con Freire Los Angeles VIII Región

Rama:Carabineros

Geolocalización: Google Maps Link


Descripción General

Categoría : Otra Información

A partir del 11 de Septiembre de 1973 se utilizo el antiguo recinto de la Comisaría de Carabineros No 1 de Los Ángeles como uno de los centros de detención y tortura de presos políticos de esta ciudad.

Este establecimiento era una casona antigua que abarcaba prácticamente una cuadra, esquina Avda Ricardo Vicuña con Freire (donde hoy funciona un supermercado), en la cual funcionó Comisaría de Carabineros en la década de los 60 hasta principio de los 90 la

Cuando este recinto de detencion no dio abasto en los meses posteriores al golpe militar, se comenzó a utilizar en forma paralela la Cárcel de Los Ángeles, al Gimnasio IANSA (Industria Azucarera Nacional), al Liceo de Hombres de Los Ángeles o el Regimiento de los Ángeles (actual Regimiento de Infantería de Montaña Nº 17). En este ultimo, los detenidos eran sometidos a la aplicación sistemática de torturas.

Los presos políticos, hombres y mujeres, llegaban hasta aquí luego de ser detenidos, desde otros recintos de Carabineros o después de que fueron a presentarse voluntariamente al llamado por los bandos. Eran mantenidos en condiciones de hacinamiento y sin alimento. Durante los interrogatorios sufrían golpes, ataduras con alambres, colgamientos, permanecían desnudos en el calabozo, fueron sumergidos en un río cercano, les aplicaban electricidad.

Criminales y Cómplices:

Mayor Aroldo Solari Sanhueza (Comisario de Los Ángeles); Germán Salazar Muñoz (Carabineros); Sergio Siguiere (Carabineros); Aroldo Solari Sanhueza (Carabineros); Rigoberto Ulloa Labial (Prefecto Carabineros de Los Ángeles); Mayor Jorge Beltrán Gálvez (SICAR); Cabo Sergio Saguiere (Carabineros);

 

Fuentes de Información Consultadas: Informe Rettig; Libro: “No hay dolor inútil”; CODEPU; Informe Valech; Memoriaviva;


Corte de Concepción confirma fallo por secuestro calificado de estudiante universitario en 1973.

Fuente :diarioconstitucional.cl; 21 de Marzo 2018

Categoría : Judicial

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al general en retiro del Ejército Patricio Martínez Moena y al comerciante Juan Patricio Abarzúa Cáceres a 5 años y un día de presidio, en calidad de coautores del delito.

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la sentencia que condenó a general del Ejército en retiro y civil por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Luis Ángel Ariel Cornejo Fernández, ilícito perpetrado en Los Ángeles, en septiembre de 1973.

Así, el Tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al general en retiro del Ejército Patricio Martínez Moena y al comerciante Juan Patricio Abarzúa Cáceres a penas efectivas de 5 años y un día de presidio, en calidad de coautores del delito.

Además, se ratificó la forma de cumplimiento de la pena impuesta al exmilitar por el ministro en visita Carlos Aldana, quien dispuso, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 164 de Código Orgánico de Tribunales, la unificación de la sanción a los 20 años de presidio que purga por su responsabilidad en el denominado "Episodio Endesa" por 14 secuestros calificados y 7 homicidios calificados.

En aspecto civil, el Tribunal de alzada rechazó la demanda de indemnización por daño moral deducida por familiares de la víctima.

En la etapa de investigación, el Ministro Aldana logró establecer que alrededor de las 16.30 horas del 18 de septiembre de 1973, una patrulla integrada por militares y carabineros detuvo a varias personas en calle Saavedra 170, Los Ángeles, entre quienes se encontraba Luis Ángel Ariel Cornejo Fernández, militante comunista, sin contar con orden legal, administrativa o judicial competente.

La víctima fue trasladada hasta la Comisaría de Los Ángeles y, posteriormente, al Regimiento Reforzado de dicha ciudad, quedando a disposición de la unidad de inteligencia militar y sometido a apremios ilegítimos.

En los primeros días de octubre de 1973, al interior del regimiento, Cornejo Fernández fue sacado de la carpa en donde estaba junto al detenido Osvaldo Gustavo Rojas Ortiz y llevado al sector denominado Picadero, lugar destinado a interrogatorio bajo torturas de detenidos políticos, donde un civil adscrito al servicio de inteligencia señalado, trasladó a los detenidos Rojas y Cornejo, el primero destinándolo al sector de las caballadas (o naves) mientras que Cornejo Fernández ingresó al Picadero, perdiéndose desde ese entonces todo rastro suyo, sin tenerse noticias de su paradero o destino cierto hasta el día de hoy.

Decisión, en el aspecto civil, adoptada con el voto en contra de la Ministra Matilde Esquerré, quien afirma que en el escenario en que el delito fue acreditado, con la intervención de agentes del Estado amparados en un manto de impunidad fraguado con recursos estatales, trae no sólo aparejada la imposibilidad de declarar la prescripción de la acción penal que de ellos emana sino que, además, la inviabilidad de proclamar la extinción -por el transcurso del tiempo- del eventual ejercicio de las acciones civiles indemnizatorias derivadas de los delitos que se han tenido por acreditados.